Resolución de Empates |
En caso de existir empate en el resultado de la evaluación, se procederá a adjudicar considerando el siguiente orden de prelación:
- Mejor puntaje Oferta económica.
- Mejor puntaje Plazo de Entrega.
- Mejor puntaje Cumplimiento de los Requisitos Formales.
- Mejor puntaje de sustentabilidad
- Oferente que ingreso primero la oferta a través del Portal Mercado Público.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA |
El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación de cada línea será seleccionado y se procederá, mediante acto administrativo fundado de la Corporación, a la adjudicación de los productos a través del Sistema de Información de Compras Públicas.
La notificación de la adjudicación, tanto al o los oferentes adjudicados como a los oferentes no adjudicados, se realizará a través del portal www.mercadopublico.cl.
En el caso que el oferente adjudicado se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado o que se desista de su oferta, la Corporación podrá adjudicar, dentro de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que, según el Acta Final de Evaluación, hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final, si dicha oferta es conveniente a los intereses de la Corporación, o bien declarará desierta la licitación, a través de acto administrativo fundado.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo informado en el cronograma, la Corporación comunicará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento e indicará un nuevo plazo para la adjudicación
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DEL CONTRATO |
El contrato será de ejecución inmediata, por medio de un (01) despacho según requerimiento, conforme a los criterios de evaluación preestablecidos.
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FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
La contratación se formalizará mediante el envío y posterior aceptación de la Orden de Compra del o los productos adjudicados a través del Portal Mercado Público
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CONDICIONES DE ENTREGA |
Las entregas de los productos deben ser coordinadas con el encargado(a) de Bodega, previa gestión del despacho.
Dirección de despacho: Ismael Carmona 976, Lampa. Encargado de Bodega: Mario Andrades, Correo electrónico: bodegacentral@corporacionlampa.cl, N° de contacto: +56 9 4234 4303, Horario: Lunes a jueves de 8:30 a 13:30 horas y 15:00 a 17:00, Viernes de 8:30 a 13:30
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FACTURACIÓN |
Cada orden de compra deberá ser facturada de acuerdo al centro de costo asociado, indicando el giro según corresponda: Salud, Giro: Actividades de centros de salud municipalizados (servicios de salud pública).
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PAGO |
La Corporación pagará al Contratista por los bienes encomendados según orden de compra y factura previa recepción conforme de los bienes efectivamente entregados por parte de la Contraparte Técnica.
La Corporación procederá a efectuar los pagos que correspondan dentro del plazo de 30 días corridos contados desde que el Contratista presente los siguientes antecedentes:
a) Certificado que indique la recepción conforme de los bienes requeridos, otorgado por la Contraparte Técnica de la Corporación
b) En caso que la empresa o el oferente no posea una cuenta bancaria, se podrá girar el pago al representante legal, siempre y cuando envíe la escritura o extracto de la misma que acredite que es el representante legal vigente
c) Es obligatorio que una vez enviada la orden de compra se envíe los datos de pago a facturacion@corporacionlampa.cl
d) La(s) factura(s) respectiva(s), extendida(s) a nombre de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa RUT Nº 70.954.200-1, domicilio en Sargento Aldea 898, comuna de Lampa
Declaración jurada simple del proveedor o beneficiario del cobro que señale si la factura será o no cedida a algún factoring de conformidad a la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga merito ejecutivo a copia de la factura, o bien una especificación detallada y documentada, mediante su copia cedible, si el crédito a que da derecho el documento mercantil referido ha sido o será definitivamente cedido a este tipo de instituciones financieras, especificándose con rigurosidad los antecedentes que permitan realizar el pago a tal organismo (nombre, Rut, detalle de cuenta corriente, etc.).
En caso que la factura sea cedida a crédito (factoring) se deberá adjuntar una copia del contrato de factoring y la copia cedible de la factura.
Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo establecido en el artículo 3º Nº 2 de la Ley Nº 19.983.
Para proceder a ejecutar los pagos que correspondan, la Orden de Compra respectiva debe encontrarse aceptada por el proveedor, en el portal www.mercadopublico.cl.
El pago deberá realizarse a través de transferencia electrónica, para ello el contratista deberá informar a la Corporación, al momento de suscripción del contrato, los antecedentes de la cuenta corriente respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.
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DE LA INSPECCIÓN DEL CONTRATO |
La labor de Contraparte Técnica será realizada por por un funcionario(a) de la Dirección de Salud Comunal. Dentro de las funciones se encuentran:
a) Autorizar los pagos correspondientes, previa emisión del Certificado de conformidad
b) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda
c) Colaborar y asistir al Contratista en el ámbito de sus competencias
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PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS |
Los incumplimientos considerados, en la prestación de los servicios en que haya incurrido en falta, serán informados mediante Carta de “Notificación de Incumplimiento” enviada por la Dirección de Administración y Finanzas, al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público.
El proveedor tendrá 5 días corridos para presentar sus descargos, acompañando todos los documentos que estime pertinente, por la misma vía al correo electrónico a adquisciones@corporacionlampa.cl con copia a camila.maldonado@corporacionlampa.cl laleschka.millacaris@corporacionlampa.cl y David.gomez@corporacionlampa.cl. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Corporación dictará la respectiva Resolución aplicando la multa respectiva.
Si el contratista hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Corporación tendrá un plazo de hasta 20 días corridos a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución, previo V°B° de la Unidad de Control, lo que se notificará al adjudicatario al correo electrónico del proveedor registrado en el Portal Mercado Público, la cual se entenderá notificada, transcurrido 3 días hábiles de remitido el documento, siendo además publicado oportunamente en el Sistema de Información.
El proveedor adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera, dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación de la total tramitación de la resolución que disponga la aplicación de la multa. Para efecto del pago de la multa, se considerará el valor de la UTM correspondiente a la fecha de la total tramitación de la misma resolución. Si no lo hiciere, la Corporación estará facultada para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
La entidad licitante podrá declarar administrativamente el término anticipado de la relación contractual, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
2) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional
3) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor o se encuentra en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas
4) Si se disuelve la empresa adjudicada
5) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave las obligaciones contractuales:
a. Atraso en la entrega de los productos superior a 05 días corridos
b. No subsanación de las conductas que puedan estar afectas a multas equivalentes a 10 UTM
6) Por fallecimiento del proveedor
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha
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ANTECEDENTES FINALES |
Para efectos de la presente licitación, las bases administrativas, bases técnicas, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas, formarán parte integra del proceso licitatorio como también para la ejecución del contrato.
Toda impresión o discordancia en los antecedentes o falta de aclaración de un detalle deberá interpretarse en la forma que mejor se beneficie la ejecución del contrato, previa coordinación y autorización del Inspector del Contrato
La información entregada por el contratista a la Corporación deberá estar contenida en formatos o soportes reutilizables y procesables (ejemplo; formato CSV, XML, SPSS, KML, WFS, XLS, etc.
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR |
Podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que no hayan sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras.
Asimismo, no podrán participar empresas condenadas en virtud de lo establecido en la Ley 20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.
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INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
Los oferentes ingresarán su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl, a excepción de lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Se aceptará solo una oferta por cada oferente, de lo contrario estas serán declaradas inadmisibles. Además, se declarará inadmisible a las ofertas publicadas con valores de $1.
Las ofertas deberán ser ingresadas a portal www.mercadopublico.cl en montos totales netos por línea de producto.
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ANEXOS |
Todos los Anexos deberán ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda.
Los anexos serán ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Administrativos, Anexos técnico y Anexos económicos.
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INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES |
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 10 días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
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SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS |
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación,
la entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS |
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por tres (3) integrantes, designados por resolución.
La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas:
1. Un funcionario(a) de la Dirección de Salud Comunal
2. Un funcionario(a) del Departamento de Abastecimiento
3. Director(a) de Salud Comunal o quien este designe en su reemplazo
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las ofertas presentadas por cada oferente se ajustan a los requisitos administrativos solicitados en las presentes Bases y a las especificaciones que forman parte de las Bases Técnicas. En caso de que ello no ocurra, propondrá declarar inadmisible dicha oferta
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas
c) Evaluar las Ofertas Económicas de los proponentes que hayan calificado técnicamente
d) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de Información de Compras Públicas
e) Solicitar a las oferentes aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación, en virtud de lo establecido en el artículo 39° del Reglamento de Compras
f) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia de los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos; la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas y cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Corporación; la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes; así como cualquier hecho relacionado con el proceso de evaluación que le merezca comentar; y la proposición de adjudicación, dirigida a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa, señalando en orden decreciente, la puntuación obtenida por cada una de las propuestas evaluadas
g) Indicar, en el Acta Final de Evaluación, el valor total de los servicios requeridos, considerando impuestos si correspondiere y la duración total del contrato respectivo
h) Por último, los miembros de la Comisión Evaluadora declararán que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas
Por último, el evaluador declarará que no tienen conflictos de intereses respecto de los oferentes y/u ofertas evaluadas
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