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1.LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA |
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La Corporación Nacional Forestal (CONAF), Oficina Regional Concepción, a través de su Departamento de Finanzas y Administración, Sección Adquisiciones, en cumplimiento de la normativa vigente en materia de compras públicas Ley 19.886, su Reglamento y sus posteriores modificaciones, convoca a los interesados a participar en el proceso de Licitación Pública Nacional para la contratación del servicio de:
"SERVICIO DE ARRIENDO DE BUS PARA TRANSPORTE DE PERSONAL DE BRIGADAS DEL DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES PARA LOS PERIODOS 2025-2026, 2026-2027"
ID de Licitación en Mercado Público: 1036-27-LE25.
Los oferentes podrán acceder a las Bases de Licitación y sus anexos, así como realizar consultas y presentar sus ofertas, exclusivamente a través de la plataforma electrónica del Sistema de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, en los plazos y formas que se establecen en las presentes Bases.
El objeto de la presente licitación pública es la contratación del servicio de arrendamiento de un vehículo tipo bus con conductor, destinado al transporte de personal brigada y carga (equipos y herramientas) de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) en la Región Biobío, durante las temporadas de operación del año 2025-2026 y 2026-2027, que se extienden, tentativamente, desde el mes de septiembre a abril de cada temporada, dentro del periodo de adjudicación.
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2. OBJETO DE LA LICITACIÓN |
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El objeto de la presente licitación pública es la contratación del servicio de arrendamiento de un vehículo tipo bus con conductor, destinado al transporte de personal brigada y carga (equipos y herramientas) de la Corporación Nacional Forestal (CONAF) en la Región Biobío, durante las temporadas de operación del año 2025-2026 y 2026-2027, que se extienden, tentativamente, desde el mes de septiembre a abril de cada temporada, dentro del periodo de adjudicación.
Este servicio incluye, pero no se limita a:
La disposición de vehículo tipo bus que cumplan con las características técnicas y de seguridad detallada en las presentes Bases.
La provisión de conductores calificados y con la documentación requerida.
La realización de todas las mantenciones preventivas y correctivas necesarias para asegurar la operatividad continua y segura de los vehículos.
El cumplimiento de la normativa vigente en materia de tránsito y transporte, así como del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo de CONAF.
La cobertura de los seguros requeridos para el vehículo y los conductores.
La disponibilidad de los vehículos para ser destinados fuera de la región en caso de emergencia por incendios forestales.
El adjudicatario deberá garantizar la disponibilidad de los vehículos y conductores durante los períodos de operación definidos por CONAF para cada temporada, los cuales podrán tener una duración estimada de cinco (5) a siete (7) meses por temporada dentro del periodo de adjudicación.
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3.CARACTERISTICAS DE LA LICITACIÓN |
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Nombre de la licitación: “SERVICIO DE ARRIENDO DE BUS PARA TRANSPORTE DE PERSONAL DE BRIGADAS DEL DEPARTAMENTO DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS FORESTALES PARA LOS PERIODOS 2025-2026, 2026-2027”.
Descripción: Adquirir los servicios de arriendo de minibuses para la Corporación Nacional Forestal.
Monto total estimado: $69.000.000.-monto referencial.
Tipo de ejecución: Contrato de ejecución en el tiempo.
Tipo de Licitación: Publica – Licitación Pública Mayor a 100 y menor a 1.000 UTM. (LE)
Tipo de convocatoria: Abierta.
Tipo contrato: Convenio de Suministro de Ejecución en el tiempo.
Moneda: Peso chileno.
Presupuesto en base a: Presupuesto referencial.
Etapas del proceso de apertura: Una Etapa.
Tiempo de Ejecución: La duración del presente contrato será de dos temporadas, comprendidas desde septiembre a mayo de los años 2025-2026 y 2026-2027, respectivamente. La duración efectiva del servicio dentro de cada temporada será de cinco (5) a siete (7) meses, aproximadamente, según las condiciones climáticas y otras circunstancias que hagan necesario aumentar o disminuir el periodo, de acuerdo a los criterios y procedimientos que se detallan en las Bases de Licitación.
Renovación: SÍ
Plazos para pago: 30 días.
Opciones de pago: Transferencia.
Responsable del pago: Sección de Finanzas.
Publicidad de ofertas técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento.
Convocatoria a Propuesta: Se efectuara mediante la publicación de las bases administrativas y demás documentos en el Sistema de Información y Contratación Pública que opera a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el periodo señalado en el Portal www.mercadopublico.cl (Calendario de la Licitación) hasta la fecha y hora de cierre para el ingreso de las ofertas a este portal.
Entrega de antecedentes para postulación: Las bases y antecedentes se encontraran disponibles en los días indicados en el calendario de licitación, en el portal www.mercadopublico.cl
Recepción de consultas: Los proponentes pueden solicitar aclaraciones o hacer consultas sobre los documentos de licitación o los aspectos que les merezcan dudas, las que deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido para ello en el portal (Calendario de Licitación).
Respuesta a Consultas: La respuesta a las consultas y/o aclaraciones, serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo que se señala en el Calendario de Licitación y se entenderán, forman parte integrante de las Bases Administrativas. Sera de responsabilidad de los oferentes el conocimiento de éstas y no podrán alegar desconocimiento de ellas para cualquier efecto.
Ingreso de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl: Las ofertas deben ser publicadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl dentro del plazo y hora estipulado en el Calendario de la Licitación.
Apertura de las Propuestas: La apertura de las propuestas se realizara en forma electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, el día y hora señalados en el calendario de Licitación.
Fecha de Adjudicación: Corresponde a la fecha en la que estará resuelta la adjudicación por parte de la comisión de evaluación de la propuesta, de acuerdo al Calendario de Licitación. La cual podrá ser prorrogable con motivo justificado, situación que se indicara expresamente en el portal www.mercadopublico.cl
Prohibición de subcontratación: Sí, el proveedor no podrá subcontratar el servicio, dado que el período de ejecución es breve y la verificación de los antecedentes administrativos del contratista requiere un análisis exhaustivo, lo que dificulta una evaluación adecuada en caso de subcontratación, además, se trata de vehículos destinados a la prestación de un servicio de emergencia, los cuales deben estar operativos de forma inmediata y continua.
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4.1.CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl (modalidad FORO) asociado a esta Licitación Pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y tipo de base que dan origen a la consulta. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl por el mismo mecanismo, hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas. Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
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4.2.COMPLEMENTACIÓN DE LAS BASES |
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CONAF podrá complementar las Bases Únicas de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una/s aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Esta complementación formará parte integral de las bases
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5.REQUISITOS TÉCNICOS |
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Conaf Biobío requiere contratar un servicio de arriendo de 1 Bus para transporte de personas (21 a 25 Brigadistas), con caja en su interior y exterior para el trasporte de herramientas y equipos, según el siguiente recuadro:
Línea
Descripción
Cantidad
1
Bus para transporte de personas (21 a 25 Brigadistas), con caja en su interior y/o exterior para el trasporte de herramientas y equipos.
1
5.1.CONDICIONES GENERALES DEL VEHÍCULO OFERTADO
El vehículo ofertado para el servicio de arriendo deberá cumplir estrictamente con las siguientes condiciones, las cuales serán verificadas por CONAF durante la evaluación de las ofertas y/o al inicio de la prestación del servicio:
Estado General de la Carrocería e Interior: Deberán presentarse en perfectas condiciones de funcionamiento y de presentación, sin trizaduras, abolladuras significativas, partes rotas o deterioradas que afecten su apariencia o funcionalidad. El interior deberá estar limpio y en buen estado de conservación.
Neumáticos: Tanto los neumáticos en uso como el de repuesto deberán cumplir con la normativa de seguridad vigente y presentar una huella adecuada para garantizar la seguridad en diversas condiciones de terreno y climáticas. No se aceptarán neumáticos con cortes, deformaciones, o un desgaste que supere los límites legales o recomendados por el fabricante.
Componentes Mecánicos y de Seguridad: Deberán encontrarse en óptimo estado de funcionamiento y cumplir con la normativa técnica y de seguridad vigente. Esto incluye, pero no se limita a:
Dirección: Sin holguras excesivas ni ruidos anormales.
Frenos: Eficientes y seguros permitiendo detener el vehículo en distintas condiciones sin ruidos extraños y con el nivel de líquido adecuado, si este fuere procedente.
Suspensión mecánica estándar: Funcionando correctamente.
Luces (delanteras, traseras, intermitentes, de freno, etc.): Todas deben estar operativas y cumplir con la normativa vigente en cuanto a intensidad y color.
Otros: Cualquier otro componente mecánico o de seguridad esencial para la operación segura del vehículo deberá estar en perfecto estado de funcionamiento.
Documentación vehículo: La documentación del vehículo ofrecido para el servicio de arriendo será un requisito obligatorio y deberá mantenerse vigente durante todo el periodo del contrato.
Los oferentes deberán presentar la siguiente documentación para el vehículo al momento de la oferta, y CONAF podrá requerirla nuevamente en cualquier momento durante la vigencia del contrato:
Copia Simple del Permiso de Circulación vigente.
Copia Simple del Certificado de Revisión Técnica al día.
Copia Simple de la Póliza del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) vigente.
En caso de vehículos con antigüedad inferior a un año desde su primera inscripción: Copia simple de la factura de compra o documento que acredite la propiedad y el año de fabricación del vehículo.
En caso de vehículo en proceso de adquisición: Al momento de la oferta, los proponentes que ofrezcan vehículo en proceso de adquisición deberán adjuntar un documento notarial de compromiso de adquisición del vehículo (declaración jurada o similar) junto con la cotización vigente y detallada de la automotora e incorporar en su oferta la documentación necesaria para garantizar el cumplimiento de las características técnicas solicitadas en el numeral 5.2. de las presentes bases.
En caso de que los oferentes sean propietarios deberán adjuntar certificado de anotaciones vigentes que le permitan acreditar estar en posesión del vehículo ofertado.
Para los oferentes que no sean propietarios, deberán adjuntar documentación notarial original que acredite en forma fehaciente la disponibilidad del vehículo para la prestación del servicio como por ejemplo: contrato de arriendo notarial, comodato, leasing, etc. Esta documentación será exigida también de forma física si la Corporación así lo estima.
Derecho de Rechazo: CONAF se reserva el derecho de rechazar cualquier oferta cuyo vehículo o no cumplan con las condiciones técnicas mínimas especificadas en la presente cláusula, lo cual será debidamente fundamentado en el proceso de evaluación.
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5.2.ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL VEHÍCULO |
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(VER TABLA EN RESOLUCION)
Consideraciones al momento de ofertar.
El proveedor deberá adjuntar croquis y/o fotografías de los compartimientos interiores y exteriores, indicando las medidas, el material de construcción, la cantidad de compartimientos, entre otros detalles, y completar la información requerida en el Anexo N°4.
Tanto para la caja interior y exterior como para el diseño y tamaño, se aceptarán ofertas de otros modelos similares, siempre que cumplan los requisitos técnicos que CONAF estime pertinente. Para lo anterior deberán adjuntar fotografías y/o diseño de una propuesta distinta, y completar la información requerida en el Anexo N°4.
La carga útil (peso máximo que el vehículo puede transportar, incluyendo pasajeros, carga y fluidos) del minibús a postular, deberá contemplar la capacidad de carga, considerando el personal, herramienta, equipamiento e infraestructura. El peso total, no podrá sobrepasar la carga útil del minibús, de lo contrario su oferta será declarada inadmisible.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos técnicos obligatorios especificados en el presente artículo será causal de declaración de inadmisibilidad de la oferta para la línea o las líneas que no cumplan. Esto significa que la oferta o las ofertas que presenten deficiencias o no acrediten el cumplimiento de la totalidad de los requisitos técnicos no serán consideradas para la etapa de evaluación de las ofertas
Económicas y, por lo tanto, serán descartadas del proceso de licitación. CONAF se reserva el derecho de verificar en cualquier etapa del proceso la veracidad y el cumplimiento de la información técnica proporcionada por los oferentes.
La Corporación podrá autorizar modificaciones posteriores a la contratación, ya sea de diseño de las cajas para el traslado de herramientas y equipos interior y exterior, en beneficio de mejorar la seguridad del personal y la eficiencia del vehículo en el control de incendios, siempre y cuando se cumplan los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases de licitación.
* CONAF podrá contratar vehículos con año inferior al 2019 dependiendo de su estado mecánico, para lo cual debe presentar un certificado mecánico que acredite estar en óptimas condiciones, sin perjuicio que la CONAF pueda efectuar otras revisiones técnicas en talleres definidos por la Corporación, a costo del proveedor, que le permitan asegurar el buen estado de las máquinas y la seguridad del personal a trasladar.
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5.3.DEL USO DE LOS VEHÍCULOS |
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El vehículo será utilizado para el traslado del personal del Departamento de la CONAF, relacionadas a actividades de Combate de Incendios Forestales, Prevención y/o Logística, lo cual se realizará preferentemente dentro de la Región del Biobío, pudiendo trasladarse a cualquier punto del país, si las circunstancias así lo requieren. De ser así, CONAF asumirá sólo el costo de combustible y peaje del traslado, ida y vuelta, desde el momento en que empieza el despacho especial hasta cuando regrese a la base original asignada, costos que se devolverán contra la rendición respectiva de boletas y comprobantes correspondientes, la que deberá ir en estricta relación al rendimiento (km/litro), del vehículo.
Durante la prestación del servicio, el o los vehículos, deberán permanecer en las Bases de Brigada correspondiente, considerando inclusive los días sábados, domingos y festivos, mientras dure el contrato (a excepción del día de mantención). Si el propietario del vehículo solicita, en casos especiales, retirar el móvil una vez terminado su turno, deberá comunicar a la Contraparte técnica del presente contrato, quienes evaluarán la pertinencia de acceder a dicha petición.
El proveedor debe considerar que sus vehículos podrán ser destinados a las brigadas nocturnas, cuyo turno de trabajo corresponde a 12:00 horas, a diferencia del turno diurno que son 10:30 horas.
Cada vehículo se contratará sin tope de kilometraje. A modo de información se estima un recorrido referencial mensual promedio de 4.000 kms.
El precio ofertado deberá considerar el uso del vehículo sin restricción de kilometraje dentro de las provincias de Biobío, Concepción y Arauco de la Región del Biobío, y para las actividades propias del contrato. CONAF se reserva el derecho de rotar los vehículos dentro de estas provincias según las necesidades operativas. A modo referencial, se estima un recorrido total de 24.000 km para un periodo de seis meses, pudiendo variar mensualmente. CONAF solo asumirá los costos de combustible y peaje en caso de traslados fuera de la Región del Biobío, previa rendición y justificación. Por lo tanto, cualquier kilometraje total utilizado al término del contrato, incluso si supera la estimación referencial, no generará pagos diferenciales por parte de CONAF, a excepción de los costos de traslados fuera de la región debidamente rendida.
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5.4.INSTALACIÓN DE EQUIPOS E IDENTIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS |
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El contratista, deberá poner él o los vehículo seleccionado a disposición de la Corporación, con el objeto de instalarles, por cuenta de CONAF y durante el período de arriendo, un GPS y un equipo de radiocomunicaciones, además de la respectiva antena en el pick up, para lo cual, de ser necesario, se realizará una perforación.
En la parte externa de la cabina y carrocería, CONAF instalará letreros de identificación de la brigada y letreros preventivos o que señalen la condición de emergencia del servicio, los cuales serán retirados por personal de CONAF una vez terminado el contrato.
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5.5. REQUISITOS Y OBLIGACIONES RELATIVAS A LOS CONDUCTORES |
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Los Contratistas deberán disponer de un conductor titular y uno de relevo para garantizar la continuidad del servicio durante toda la vigencia del contrato. El o los proveedores adjudicados deberán cumplir con los siguientes requisitos, tanto para el conductor titular como para el de relevo. El contratista deberá proporcionar toda la información y documentación relativa a los conductores (titular y de relevo) al momento de la formalización del contrato. Asimismo, esta información deberá mantenerse actualizada y ser remitida a CONAF en cualquier momento en que se produzca un cambio de conductor o cuando la Corporación lo requiera para su verificación.
5.5.1. Requisitos de Experiencia y Conducta (al momento de la formalización del contrato):
Deberán acreditar experiencia en conducción defensiva de a lo menos 3 años, lo que se determinará con la fecha de obtención de la Licencia de conducir y la hoja de vida del conductor.
La hoja de vida del conductor no puede tener más de 1 multas gravísimas en los últimos 2 años.
Acompañar certificado de hasta 3 años de antigüedad que acredite la asistencia a un curso de manejo a la defensiva.
Certificado de antecedentes, actualizado.
La documentación que acredite las letras a), b), c) y d) deberá ser presentada en el caso de ser adjudicado conforme a lo establecido en el artículo N°10.1)
5.5.2. Obligaciones y conducta durante el servicio
El conductor deberá acatar las instrucciones del Jefe de Brigada respecto de la utilización del vehículo y, además, deberá cumplir con el Reglamento de Campamento y conocer el Anexo Normas de Higiene y Seguridad para el personal que labora en el programa de protección contra incendios forestales.
Será responsabilidad del Contratista, a través del conductor, mantener el móvil operativo con combustible antes de iniciar el turno diario de la respectiva Brigada, sin restricción de kilometraje, por lo tanto, el contratista deberá disponer los medios necesarios para abastecer de combustible en cualquier Servicentro de la Región.
Normativas Internas para el conductor Titular y Relevo: Conocer y cumplir lo estipulado en el Anexo Normas de Higiene y Seguridad para el personal que labora en el programa DEPRIF, Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad de la Corporación, el cual podría ser consultado sobre los conocimientos que de él tenga, en una eventual auditoría interna de CONAF y/u observaciones de puestos de trabajo.
Para fines de coordinación y seguridad, el conductor deberá proporcionar y mantener actualizada la siguiente información personal, la cual será de manejo reservado:
Mutualidad donde está adherido su empleador
Domicilio o morada particular
Teléfono de algún familiar directo
A qué medicamento es alérgico y grupo sanguíneo.
5.5.3.Prohibiciones al Conductor:
Transportar terceras personas en el vehículo.
Escuchar música con audífonos al momento de conducir.
Hablar por celular al momento de conducir.
Fumar al momento de conducir.
Conducir bajo los efectos de medicamentos que produzcan somnolencia.
Desplazar el vehículo sin la autorización de la contraparte técnica, fuera del horario del turno asignado.
Doblar turnos sin cumplir con el descanso establecido en las bases y lo que estipula la ley. No puede realizar funciones de conductor sin haber hecho uso de este descanso.
No comunicar inmediatamente algún incidente o accidente que afecte a su persona, como también algún desperfecto mecánico del vehículo.
Llegar y/o presentarse al turno en estado de intemperancia, bajo los efectos de drogas y/o alcohol o en condiciones de salud no aptas a recibir el turno.
Desviarse de la ruta de la brigada para realizar actividades ajenas a las laborales.
Abandonar el vehículo en actividades de incendio.
Participar en la extinción de incendios. Su función es exclusivamente conducir el vehículo y seguir instrucciones del jefe de brigada y/o central de operaciones.
5.5.4.Condiciones Laborales y Logísticas:
El contratista debe considerar las jornadas de descanso del conductor, por lo cual deberá contar con el personal de relevo suficiente para dar cumplimiento a la legislación laboral vigente; además deberá considerar que en caso de proporcionar servicios en una brigada nocturna, el turno del conductor será de 12 horas.
La Corporación proporcionará al conductor alojamiento y alimentación en la brigada (si el conductor pernocta en la base deberá cumplir y respetar el Régimen de campamento). Será responsabilidad del contratista disponer, para el conductor, los siguientes implementos de seguridad y vestuario:
Para la base de brigada:
Saco de dormir
Colchoneta
Ropa de cama.
Para terreno:
Calzado de seguridad certificado.
Tres pantalones de algodón ignífugo tipo sport (Azul, Café y/o Verde) con cintas reflectantes.
1 Camisa o polera manga corta ignífuga (Azul, Café y /o Verde) con la identificación de la empresa contratista (puede ser bordada o estampada).
2 poleras manga larga ignífugas (Azul, Café y /o Verde) con la identificación de la empresa contratista (puede ser bordada o estampada).
Casaca género geólogo o pescador (con estampado en la espalda que diga “Conductor Contratista”) y en el frente con la identificación de la empresa contratista (puede ser bordada o estampada).
Quepis o gorro tipo safari (Azul, Café y /o Verde) con legionario.
Casco de seguridad color Blanco.
Guantes de cabritilla y/o multiflex anticorte.
Linterna personal
Bloqueador solar (factor 50 mínimo) permanentemente. Se aceptará uniforme de otro color, pero con la aprobación de la Corporación. Este vestuario deberá ser de uso obligatorio durante su jornada laboral y permanencia en la brigada desde el inicio del contrato. Si esta obligación no se cumpliese, el contratista está expuesto a las sanciones indicadas en el punto multa 25.1.2.c.
El conductor deberá disponer de un fondo fijo en dinero efectivo y permanente, por un monto mínimo de $150.000.- para el pago de reparaciones menores, en que no sea necesario solicitar el permiso establecido en el punto 5.6 de estas Bases, dinero respecto del cual, CONAF no tendrá responsabilidad alguna.
5.5.5.Gestión y Reemplazo de Conductores:
La Corporación podrá en forma unilateral y por causa justificada exigir el cambio del conductor.
En el caso que el conductor titular y/o el de relevo fueran reemplazados, el contratista deberá informar a la contra parte técnica y a la Central de Coordinación Regional (CENCOR), en forma PREVIA a su ingreso, acompañando al menos la hoja de vida del conductor a través de correo electrónico y dispondrá de 3 días hábiles para acompañar el resto de los documentos que acrediten que el/los nuevos conductores cumplen con los requisitos señalados en el punto 20. Documentos previo inicio de las faenas de las presentes Bases. Si el contratista no diere cumplimiento a lo señalado precedentemente, Conaf, dejará inoperativo el vehículo que no cuenta con conductor habilitado.
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5.6.SEGUROS |
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Conocidos los resultados de la selección, el Contratista deberá contratar a su costo, para cada vehículo que preste Servicio a CONAF, los seguros respectivos, los cuales deberán ser entregados a CONAF al momento de la elaboración del contrato. Para estos efectos, deberá entregar copia simple de la Póliza emitida por la compañía aseguradora donde se señale claramente el número de póliza, materia asegurada, monto y vigencia, cubriendo por lo menos los siguientes riesgos:
Daños Propios: Cobertura para los daños que sufra el vehículo arrendado.
Daños contra Terceros (Responsabilidad Civil): Cobertura que indemnice los daños materiales y personales, incluyendo el daño moral, ocasionados a terceros por el vehículo arrendado o su operación, por un monto mínimo de quinientas Unidades de Fomento (500 UF) por evento.
Robo: Cobertura contra la pérdida del vehículo por robo o hurto.
Seguro de Vida y Accidente para Conductores: Póliza individual para el conductor titular y cada uno de los conductores de relevo, por un monto mínimo unitario de quinientas Unidades de Fomento (500 UF), que cubra los riesgos de incapacidad total y permanente, e incapacidad o muerte por accidente.
Esta cobertura deberá mantenerse activa durante toda la vigencia del contrato, y deberá aplicarse de forma expresa a cualquier desplazamiento interregional que el personal conductor deba realizar en el marco de la operación del servicio, sea dentro o fuera de la Región del Biobío, conforme a los requerimientos de CONAF.
La vigencia de todas las pólizas señaladas deberá cubrir la totalidad del período de operación de los vehículos para cada temporada dentro del plazo de adjudicación. El Contratista deberá asegurar que las pólizas estén vigentes desde el inicio efectivo de la prestación del servicio de cada vehículo en cada temporada y hasta su término, conforme a lo que CONAF determine para cada año. Para las temporadas 2025-2026 y 2026-2027, el Contratista deberá presentar a CONAF la documentación que acredite la vigencia de las pólizas para el período de operación específico de cada temporada, con al menos quince (15) días corridos de anticipación al inicio estimado de dichas operaciones. El Contratista será responsable de mantener las pólizas vigentes durante todo el tiempo que los vehículos estén operando bajo el contrato en cada temporada.
La no presentación de estas pólizas en el plazo establecido será causal para no formalizar el contrato, pudiendo CONAF ejercer las acciones que correspondan según las presentes Bases. CONAF se reserva el derecho de verificar la autenticidad y vigencia de las pólizas presentadas.
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6. DE LOS OFERENTES |
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6.2. CARACTERÍSTICAS DEL OFERENTE
Podrán presentarse a esta licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de proveedores (UTP), en cuyo caso deberán dar cumplimiento a lo indicado en la Directiva N° 22 para UTP, la Ley N° 19.886 de Compras Públicas y su Reglamento.
Quedan excluidos de participar en esta licitación:
Quienes, en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, o por delitos concursales del Código Penal, regulados en el Código Penal y en la Ley N° 20.720.
Los funcionarios directivos de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), ni personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstas forman parte, ni sociedades en comandita por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representan al menos el 10% del capital, ni los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dichas.
En caso de ser la otra persona jurídica, aquellas que hubieran sido condenadas a
las penas señaladas en el artículo 8 N°s 1 y 2 de la Ley N° 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas
Aquellos proveedores que se encuentren con inhabilidades vigentes en el Registro de Proveedores de ChileCompra.
6.2.REQUISITOS DE LOS OFERENTES
Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Únicas y Anexos que se publican en el Portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado Portal de compras.
Todas las ofertas y documento Anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del Portal www.mercadopublico.cl. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las Bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las Bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los Productos y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
6.3.INHABILIDAD POR CONFLICTO DE INTERESES
Conforme al Artículo 35 quáter de la Ley N° 21.634, que modifica la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, se establece que los oferentes no podrán ser adjudicados si mantienen vínculos contractuales o están contratados a honorarios por el organismo licitante. Este requisito de inhabilidad se extiende a sus cónyuges, convivientes civiles y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros, yernos, nueras, cuñados), así como a las sociedades o empresas en las que estas personas tengan participación directa o indirecta, o sean beneficiarios finales (entendiéndose por tales aquellos definidos en la Ley N° 20.393). Además, el requisito de inhabilidad se aplicará a las ofertas presentadas por funcionarios en cargos directivos, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como a aquellos que participen en el proceso de contratación, vigente durante el ejercicio de sus funciones y hasta un año después de tener éxito.
6.4. LEY 21.643, LEY KARIN
En cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N°21.643, que modificó el Código del Trabajo y Otros Cuerpos Legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo, y el Decreto N° 21/2024 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento que estableció las directrices a las cuales deberán ajustarse los procedimientos de investigación de acoso sexual, laboral o de violencia en el trabajo, el proveedor y sus dependientes deberán dar cumplimiento íntegro a las disposiciones legales estipuladas en la normativa antes indicada.
Las partes declaran rechazar cualquier conducta que sea constitutiva de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, tanto a dependientes de esta Corporación Nacional Forestal como a dependientes del proveedor o a terceros, y viceversa.
Asimismo, en los casos que la conducta provenga de terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las personas trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores del servicio, usuarios, entre otros, la persona trabajadora afectada podrá presentar la denuncia ante
su empleador o la Dirección del Trabajo, quienes deberán realizar la investigación conforme a las directrices establecidas en el presente reglamento según corresponda.
Por su parte, se deberá informar, cuando los hechos puedan ser constitutivos de delitos penales, los canales de denuncia ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, debiendo el empleador proporcionar las facilidades necesarias para ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 175 del Código Procesal Penal.
En caso que el empleador principal o usuaria reciba una denuncia de una persona trabajadora dependiente de otro empleador, deberá informar las instancias que contempla el artículo 211-B bis del Código del Trabajo, cuando los involucrados en los hechos sean de la misma empresa, ya sea en régimen de subcontratación o de servicios transitorios, según corresponda. Una vez conocida la decisión de presentar su denuncia ante su empleador o la Dirección del Trabajo, la empresa principal deberá remitir la denuncia respectiva, en el plazo de tres días, a la instancia que sustanciará el procedimiento.
Cuando los hechos denunciados involucren a personas trabajadoras de distintas empresas, sean estas de la principal o usuaria, de la contratista, de la subcontratista, o de servicios transitorios, según corresponda, la persona afectada podrá denunciar ante la empresa principal o usuaria respectiva, ante su empleador o ante la Dirección del Trabajo. Cuando la persona trabajadora efectúa su denuncia ante su empleador, éste deberá informar de ella a la empresa principal o usuaria, dentro de los tres días desde su recepción. La empresa principal o usuaria será siempre la responsable de realizar la investigación conforme lo establecido por el presente reglamento, según corresponda. Los empleadores de las personas trabajadoras involucradas deberán adoptar las medidas de resguardo y aplicar las sanciones que correspondan respecto de sus dependientes conforme lo establecido en la normativa vigente.
Por lo anterior, el proveedor conoce los procedimientos internos establecidos en la Corporación Nacional Forestal, regulados en su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, específicamente en el Anexo N°2 y en el Protocolo de Prevención del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo, que se encuentran adjuntos y forma parte integrante del presente procedimiento de contratación.
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7.PRESENTACIÓN DE LA OFERTA |
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7.1. ANTECEDENTES PARA INCORPORAR EN LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA U OFERTA
Todos los oferentes deberán presentar su propuesta adjuntando la documentación señalada en este artículo.
7.1.1. Antecedentes del Oferente y Otros Documentos.
Los antecedentes establecidos deberán ser presentados por los oferentes debidamente digitalizados como anexos administrativos a través Sistema de Información.
Tipo de proponente
Antecedentes que debe acompañar
a.1) Persona Natural
Nº1.- Fotocopia simple de última declaración anual de impuesto a la renta.
Nº2.-Fotocopia simple de documento de Iniciación de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos, en un rubro compatible con el objeto de esta licitación. Se hace presente que, tratándose de personas naturales, deberán ser contribuyentes de impuesto de 1ª categoría.
a.2)Persona Jurídica
Nº1.- Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo.
N°2.- Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).
Nº3.- Fotocopia simple del acto de constitución o de la escritura pública, según corresponda, en la que conste el poder del (o los) representante (s) legal (es) de sociedad. Se deberá marcar con destacado el texto en que conste la designación del representante legal.
Nº4.- Fotocopia simple del RUT de la sociedad.
Nº5.- Instrumento que acredita la vigencia de la personería jurídica de la sociedad (por ejemplo, certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad máxima de 30 días).
a.3)Proponente conformado como Unión Temporal de Proveedores
Nº1.- Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del representante o apoderado común con poderes suficientes.
N°2.- Instrumento público o privado que formaliza o da cuenta del acuerdo de los oferentes para participar como Unión Temporal de Proveedores en esta licitación.
Unión Temporal de Proveedores
“según lo estipulado en el Decreto N° 661, artículo 180, letra C: ‘Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga’.
Los proveedores podrán cumplir con la exigencia referida en el cuadro anterior manteniendo los antecedentes solicitados en su ficha de proveedor del portal Mercado Público.
De conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, CONAF podrá solicitar los documentos indicados en el numeral 7.1.1 mediante foro inverso. Sin perjuicio de lo anterior, la omisión de los antecedentes enumerados en las letras a.1), a.2) y a.3) del mismo numeral, por constituir antecedentes mínimos, facultará a CONAF para declarar inadmisible la oferta y rechazarla en caso de que no sean presentadas dentro del plazo que se otorgue.
7.1.2.Anexos Administrativos
El oferente deberá completar los archivos adjuntos, con los siguientes antecedentes:
Anexo N°1: “Antecedentes Actualizados del Oferente”: Firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
De no adjuntar el Anexo N°1 en su oferta, el oferente deberá presentar dicho documento previo a la firma del contrato y/o emisión de la Orden de Compra.
Anexo N° 2: “Declaración Jurada Persona Jurídica, Relaciones de Parentesco y Ley N° 20.393”: Firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 2, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas.
Anexo N°3 A y B: “Declaración de programa de integridad o compliance” el programa de Integridad de una empresa u organización se entiende como un conjunto de instrumentos internos que fomentan, entre sus integrantes, un comportamiento apegado a determinados estándares éticos que contribuyen a las buenas prácticas, al respeto de la normativa vigente y a la creación de una cultura de probidad que permite evitar prácticas corruptas o delictivas. Para esto el proveedor deberá completar este anexo y complementar con los documentos acredite si cuentan con él debidamente implementado y conocido por su personal y/o trabajadores.
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda.
7.1.3.Anexos técnicos
El oferente deberá completar el anexo adjunto que se indica, con los siguientes antecedentes:
Anexo N°4: “Oferta técnica”: El oferente deberá completar el Anexo, donde deberá indicar el plazo de entrega de los vehículos solicitados (en días corridos), el año de fabricación del vehículo y la información detallada sobre la Tecnología de Reducción de Emisiones Presente, necesaria para la evaluación de los criterios correspondientes. En caso de no adjuntar el Anexo N°4 en su oferta, o si los valores indicados en el Anexo no coinciden con la información ingresada en el Portal Mercado Público, o si el Anexo resulta ilegible o incompleto en los campos requeridos para la evaluación, la Entidad Licitante tomará para la evaluación y adjudicación la información ingresada por el oferente directamente en el Portal Mercado Público al momento de la presentación de su oferta. La omisión de información relevante tanto en el Anexo como en el Portal Mercado Público podrá ser causal de inadmisibilidad de la oferta, según lo establecido en las presentes bases.
7.1.4. Anexos Económicos
Anexo N° 5 “Oferta Económica”: El oferente deberá completar el presente Anexo N°5, en donde la oferta deberá ser ingresada por el valor neto unitario en pesos chilenos de los servicios por mes. Indicar el valor numérico neto en pesos chilenos sin. Dicho valor unitario debe coincidir con el monto traspasado a la oferta económica del portal de compras www.mercadopublico.cl. En caso de no coincidir el monto indicado en el anexo con su oferta en el portal Mercado Público o no adjuntar el Anexo N°5, se tomará para la evaluación y adjudicación la información ingresada por el oferente directamente en el Portal Mercado Público al momento de la presentación de su oferta.
Las ofertas que no presenten un valor neto ofertado claro y específico para la línea indicada serán consideradas incompletas y podrán ser declaradas inadmisibles, salvo que dicha información sea claramente proporcionada en el Portal Mercado Público. Si el valor ofertado en el anexo no cumple con el formato requerido y dificulta su interpretación, se tomará la información del Portal Mercado Público, siempre que esta sea clara y cumpla con el formato esperado.
Cualquier condición adicional a los precios ofertados incluida en este Anexo Económico no será considerada para la evaluación y se entenderá por no escrita. La oferta económica se evaluará exclusivamente en base al valor neto ofertado por la unidad de medida solicitada.
Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda.
Asimismo, CONAF se reserva el derecho de verificar la veracidad de la información indicada en el mencionado documento.
La documentación solicitada anteriormente deberá venir en idioma ESPAÑOL. Cualquier otro idioma utilizado deberá venir conjuntamente con la traducción al español, de lo contrario la oferta será declarada inadmisible por la comisión de evaluación.
La Corporación se reserva el derecho de verificar la validez de los antecedentes entregados por el oferente ante los organismos pertinentes.
Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta. Se insiste en que aquellos oferentes que no presenten la documentación solicitada tanto para los Anexos Administrativos como para los Anexos Técnicos no serán evaluados, quedando fuera de este proceso.
Los interesados en formular una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:
Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal www.mercadopublico.cl, en la modalidad foro.
Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal www.mercadopublico.cl, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal www.mercadopublico.cl.
Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas en el Portal www.mercadopublico.cl.
7.2.VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la CONAF podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciera, dicha oferta se entenderá desistida.
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8.EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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8.1. APERTURA ELECTRÓNICA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el Portal de Compras Públicas del Estado y considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases únicas de la presente licitación.
Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una Comisión Evaluadora.
8.2.COMISIÓN EVALUADORA
Las ofertas serán evaluadas por la siguiente comisión de profesionales de la Corporación, Región del Biobío:
Jefe/a del Departamento de Finanzas y Administración, o quien lo subrogue; o en su ausencia a quien se le designe.
Jefe/a del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, o quien lo subrogue, o en su ausencia a quien se le designe.
Jefe/a de la Sección de Operaciones del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales, o quien lo subrogue, o en su ausencia a quien se le designe.
Como ministro de fe y en calidad de asesor Jurídica, el/la abogado de la unidad jurídica regional, en su ausencia a quien se le designe.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora serán individualizados en la Resolución respectiva que apruebe estas Bases y llame a la Licitación.
La Comisión Evaluadora, luego de su evaluación emitirá un Informe en el que propondrán al Director Regional la adjudicación o deserción total o parcial, indicando la admisibilidad o inadmisibilidad de las propuestas analizadas.
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8.4.RESOLUCION EMPATES |
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En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
Año del Minibús
Políticas de Remuneración y empleo
Valor mensual ofertado
Cumplimiento de Programa de Integridad y Compliance
Cumplimiento de los requisitos formales
En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el Portal.
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8.5.CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y ANTES DE LA ADJUDICACIÓN |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO o Aclaración de Ofertas del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
Los oferentes tendrán un plazo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por la Corporación Nacional Forestal, o para acompañar los antecedentes requeridos por está. La Corporación no considerara las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
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8.6.APLICACIÓN DEL ART. 40 DEL REGLAMENTO. |
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Si al oferente le fuere solicitada que se salvaren errores u omisiones formales, siempre y cuando estas rectificaciones no le confieren una situación de privilegio frente a los demás oferentes mediante la presentación de antecedentes a través de la modalidad “foro inverso”, para lo cual se le aplicará el criterio de evaluación respectivo.
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8.7.READJUDICACIÓN |
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En los casos en que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido, por causas atribuibles a él, tales como, no entregue la documentación solicitada, no entregue la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, no acepte la Orden de Compra dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF tendrá derecho a encomendar la adquisición de los Productos/bienes licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso.
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9.ADJUDICACIÓN |
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La adjudicación se efectuará mediante una resolución fundada de CONAF, previa propuesta de la Comisión Evaluadora, y recaerá en el oferente único cuya propuesta resulte ser la más ventajosa según los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases.
El contrato tendrá un plazo total de veinticuatro (24) meses. No obstante, la prestación efectiva de los servicios estará sujeta a las temporadas operativas, con una duración estimada de cinco (5) a siete (7) meses por temporada, pudiendo este período ser modificado por CONAF según las necesidades del servicio.
Para ser considerado en la adjudicación, el oferente deberá obtener un puntaje final igual o superior a cincuenta y un (51) puntos en la evaluación.
De conformidad con la Ley N° 19.886, CONAF podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando las existentes no resultaren convenientes a sus intereses.
Asimismo, en caso de que el adjudicatario se desista de su oferta, no entregue la documentación requerida para la formalización del contrato, o no cumpla con los requisitos para contratar, CONAF estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación al oferente que le siga en el orden de prelación, y así sucesivamente.
La resolución de adjudicación será publicada y notificada a través del portal www.mercadopublico.cl. Se entenderá que la notificación ha sido realizada transcurridas veinticuatro (24) horas desde su publicación en dicho portal.
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo estipulado en el cronograma, CONAF informará en el Sistema de Información las razones que justifican el retraso y comunicará un nuevo plazo estimado para la adjudicación.
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10.EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
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10.1. CONTRATO
El contrato deberá suscribirse en las Oficinas de la Corporación Nacional Forestal, ubicadas en la ciudad de Concepción, calle Barros Arana 514, 3er piso, Edificio Remodelación Catedral. Para ello, el Adjudicatario deberá tomar contacto con la Sección Administración dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la Resolución de Adjudicación.
Para la formalización del contrato, el proveedor adjudicado deberá cumplir con los siguientes requisitos en un plazo de cinco (05) días hábiles contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación, para lo cual deberá hacer entrega de la siguientes documentos:
1. Entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento: El adjudicatario deberá hacer entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, cuyo monto y características se establecen en el Artículo N°7 de las presentes Bases. El incumplimiento del plazo de entrega de la garantía facultará a la Corporación para readjudicar la línea correspondiente, considerándose que el proveedor ha desistido de su oferta, lo que dará lugar al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
2. Presentación de Documentación de los Conductores: para la firma del contrato, y en cumplimiento con lo establecido en el Artículo N° 5.5. de las presentes Bases, el adjudicatario deberá presentar la totalidad de la documentación requerida para el conductor titular y el conductor de relevo , incluyendo:
Copia simple de la Licencia de Conducir vigente (experiencia mínima de 3 años).
Copia de hoja de vida del conductor sin registros de 3 o más multas gravísimas en los últimos 2 años.
Copia simple del certificado de asistencia a un curso de manejo defensivo con una antigüedad no mayor a 3 años.
Información Personal y de Contacto del conductor, la cual deberá contener como mínimo:
Nombre completo y RUT del conductor.
Información de la Mutualidad a la que está adherido su empleador (nombre y número de afiliación). Para el caso de oferentes personas naturales que actúen directamente como conductores, no será aplicable este requisito.
Domicilio o morada particular del conductor.
Número de teléfono de algún familiar directo del conductor para contacto en caso de emergencia.
Indicación del grupo sanguíneo y alergias a medicamentos del conductor (declaración simple del conductor).
Certificado de antecedes, actualizado.
Copia del Contrato de Trabajo vigente del conductor, donde se acredite la relación laboral con el oferente.
3. Presentación de Pólizas de Seguro: El oferente seleccionado deberá entregar a CONAF, previo a la suscripción del contrato copia simple de las pólizas de seguro vigente para el vehículo y conductor que prestará servicio. Estas pólizas deberán cumplir con los requisitos y coberturas mínimas detalladas en el Artículo 5.6 de las presentes Bases. La no presentación de estas pólizas en el plazo establecido será causal para no formalizar el contrato, pudiendo CONAF ejercer las acciones que correspondan según las presentes Bases.
Una vez recepcionados todos los antecedentes mencionados anteriormente, se podrá proceder con la elaboración del contrato y la recepción en terreno del o los móviles por parte del personal de DEPRIF. Cualquier reemplazo de conductor (titular o de relevo) durante la vigencia del contrato, el contratista deberá presentar la documentación completa detallada en los puntos i, ii, iii, iv y póliza de seguro conforme al artículo 5.6, dentro del plazo de 3 días hábiles desde la notificación del reemplazo a CONAF.
La Corporación Nacional Forestal (CONAF) se responsabilizará del resguardo y tratamiento confidencial de la información personal y de contacto de los conductores proporcionada por el adjudicatario, en cumplimiento con la normativa vigente en materia de protección de datos personales. Esta información será utilizada exclusivamente para fines operativos y de coordinación inherentes a la ejecución del contrato, y será proporcionada al Departamento de Protección Contra Incendios Forestales (DEPRIF) correspondiente a la brigada donde se desempeñen los minibuses, para facilitar la comunicación y gestión eficiente de las operaciones en terreno.
En caso de vehículos en proceso de adquisición el proveedor deberá acreditar la posesión del vehículo, presentar la documentación completa y vigente del mismo (permiso de circulación, revisión técnica, SOAP), y garantizar el cumplimiento técnico de la totalidad de los requisitos exigidos en el numeral 5.2 de las presentes bases de licitación. Esta acreditación y presentación de documentación deberá realizarse dentro de un plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados desde la notificación formal de la adjudicación, según lo establecido en el numeral 10.1. de las presentes bases de licitación. En caso de no presentar la documentación en el plazo establecido la corporación podrá procede a la re adjudicación de la o las líneas.
Se informa al adjudicatario que, una vez finalizado el contrato, su desempeño será evaluado por la contraparte técnica conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Manual de Procedimientos de Adquisiciones y Gestión de Contratos de CONAF. Dicha evaluación será registrada en el módulo de Gestión de Contratos del portal www.mercadopublico.cl.
10.1.2 DE LA DURACIÓN Y MONTO DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato será para los periodos, 2025-2026 y 2026-2027, esto es 5 a 7 meses, contados desde noviembre de cada año hasta mayo en cada periodo, salvo que por condiciones climáticas u otras circunstancias se haga necesario aumentar o disminuir el periodo, pero se entregará un calendario tentativo donde indique el inicio y término de este.
De acuerdo con las disposiciones establecidas el servicio será por un monto Referencial de $69.000.000.- (Sesenta y nueve millones de pesos), Impuestos incluidos. Este valor se tomado considerando cuidadosamente los recursos disponibles y las necesidades operativas pertinentes.
Este contrato podrá renovarse por un mismo periodo más (2 temporadas), siempre que las presupuestarias lo permitan y previa evaluación del servicio entregado por parte del Departamento de Protección contra Incendios Forestales (DEPRIF) y del Departamento de Finanzas y Administración (DEFA), quien iniciará el proceso administrativo correspondiente, con la asesoría de la Unidad Jurídica Regional. Se informará al contratista de la posibilidad de extensión del contrato y los términos en que se enmarcará, variación del IPC, presupuesto disponible, etc. Si, con todo, el nuevo valor del servicio no resultara conveniente para los intereses de la Corporación, se procederá a un nuevo proceso, según lo estipulado en la Ley de Compras Públicas.
10.2. Registro Único de Proveedores:
Al momento de la firma del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito y habilitado en el Registro Único de Proveedores. En el caso de las UTP (Unión Temporal de Proveedores), todos los integrantes deberán encontrarse inscritos y habilitados en el Registro Único de Proveedores.
Las presentes Bases Únicas, sus Anexos y la propuesta del adjudicatario forman parte integral del contrato.
CONAF se reserva el derecho de solicitar documentación adicional o aclaraciones en caso de ser necesario.
La falta de presentación de la documentación requerida dentro de los plazos establecidos podrá ser causal de incumplimiento contractual, lo que dará lugar al cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta y re adjudicación.
10.3. CONTRAPARTE TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
La administración y supervisión del presente contrato se realizará a través de dos contrapartes designadas por la Corporación Nacional Forestal (CONAF): una Contraparte Técnica, dependiente del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales (DEPRIF), y una Contraparte Administrativa, dependiente de la Sección Administración del Departamento de Finanzas y Administración (DEFA).
a)Contraparte Técnica
La Contraparte Técnica corresponderá a un profesional integrante del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales (DEPRIF), o a quien el Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales designe específicamente para la ejecución, quien será el responsable directo de la supervisión operativa y del cumplimiento de los aspectos técnicos del servicio por parte del proveedor adjudicado.
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
Administrar y supervisar la correcta ejecución técnica del contrato en terreno.
Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
Aprobar la recepción conforme de los servicios prestados, verificando el cumplimiento de los términos técnicos y de calidad establecidos en las presentes Bases y en la propuesta del adjudicatario.
Al término de cada mes de servicio, notificar formalmente a la Contraparte Administrativa el monto total recepcionado conforme por la prestación de los servicios durante dicho período, indicando cualquier descuento que deba aplicarse por incumplimientos o ajustes según lo estipulado en las presentes Bases.
Notificar formalmente a la Contraparte Administrativa cualquier multa que corresponda aplicar al proveedor por incumplimientos de las obligaciones contractuales, adjuntando la documentación de respaldo que justifique la aplicación de la sanción.
Actuar como nexo principal con el proveedor en todos los aspectos operativos, técnicos y administrativos del contrato.
Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución técnica de la contratación.
b)Contraparte Administrativa:
La Contraparte Administrativa corresponderá al Encargado(a) de Contratos de la Sección Administración del Departamento de Finanzas y Administración, o a quien la Jefa del Departamento de Finanzas y Administración (DEFA) designe específicamente para la ejecución. Quien será responsable de la gestión administrativa y contractual del acuerdo.
Serán funciones de la Contraparte Administrativa las siguientes:
Emitir las órdenes de compra asociadas al presente contrato.
Gestionar y formalizar el contrato con el proveedor adjudicado.
Responder a los posibles reclamos derivados de la licitación y la ejecución del contrato en los aspectos administrativos y contractuales.
Gestionar el proceso de aplicación de multas, en base a la notificación y documentación proporcionada por la Contraparte Técnica.
Gestionar los pagos al proveedor, basándose en la recepción conforme de los servicios notificada por la Contraparte Técnica y verificando la correcta emisión de las facturas y los antecedentes requeridos para el pago.
Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra gestión administrativa y contractual de la contratación.
Al inicio del contrato, se informará formalmente al proveedor adjudicado la identidad y los datos de contacto de las personas designadas como Contraparte Técnica y Contraparte Administrativa para llevar a cabo toda comunicación oficial relacionada con la ejecución del contrato.
10.4. MODALIDAD, FORMA Y PLAZO DE PAGO
El pago se efectuará posterior a la recepción conforme de los servicios por parte de la Contraparte Técnica, previa presentación por parte del proveedor de la siguiente documentación, a más tardar el quinto día hábil del mes en curso y referida a las remuneraciones del mes anterior al servicio facturado, con la sola excepción del primer mes donde podrá presentar certificado F30 o declaración jurada simple en caso de no tener personal contratado en el periodo inmediatamente anterior al inicio de los servicios, respecto de los/as conductores que hayan prestado servicios en virtud del contrato:
Comprobante de pago de cotizaciones Previsiones de la ISAPRE, FONASA y AFP según corresponda.
Liquidaciones de sueldos firmadas.
Una vez recepcionados conformes los servicios por la Contraparte Técnica, verificada la habilitación del proveedor en el Portal Mercado Público y la recepción de los documentos indicados precedentemente, se notificara al proveedor, vía correo electrónico, la recepción conforme. El proveedor deberá emitir la factura correspondiente
al mes del servicio prestado, indicando la patente del vehículo, el número de la brigada e incluyendo el número completo de la Orden de Compra emitida por la Corporación en la sección “Referencias”. La factura deberá ser emitida con fecha posterior a la fecha de finalización del servicio facturado.
La factura por servicio deberá ser emitida a nombre de:
Razón Social: Corporación Nacional Forestal,
RUT: 61.313.000-4
Giro: Productos Forestales
Domicilio: Barros Arana 514, Concepción.
El pago será realizado por la Corporación Nacional Forestal dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de recepción conforme de la totalidad del servicio y la recepción de la factura.
En caso que el proveedor adjudicado factorice los documentos tributarios entregados a la Corporación, deberá notificar oportunamente a la institución la existencia de dicho contrato de factoraje, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes de pago por parte del proveedor.
Asimismo, por razones de buen funcionamiento interno de la Corporación, excepcionalmente durante el mes de diciembre el proveedor podrá emitir la factura de forma anticipada por los servicios a realizar en dicho mes. Todas las inoperatividades que ocurran durante el mes de diciembre serán descontadas del pago correspondiente al mes siguiente. En caso de no existir dicho pago, las inoperatividades serán descontadas de la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
CONAF se reserva el derecho de verificar la correcta presentación y validez de la documentación laboral y previsional entregada por el proveedor, como asimismo solicitar documentación adicional, como libro de asistencia u otro que permita verificar el cumplimiento de la ley laboral vigente. El incumplimiento en la presentación de esta documentación en los plazos establecidos podrá generar retrasos en el pago.
10.5.SERVICIOS Y/O PRODUCTOS ADICIONALES
En el caso que la Corporación, debidamente justificada la necesidad, requiera efectuar adquisiciones adicionales de los servicios, estas no podrán superar el 30% monto adjudicado, evento en el cual el adjudicatario deberá mantener las condiciones técnicas y económicas de la oferta, lo que será formalizado mediante una nueva Orden de Compra (Párrafo 5, Art. 77, N° 6).
10.6. DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
10.6.1. DE LAS MODIFICACIONES:
Una vez adjudicado el contrato, este podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre CONAF y el contratista, siempre que no se altere la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, conforme al artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886. La modificación no podrá alterar los elementos esenciales del contrato original, como el objeto principal de la contratación o la naturaleza fundamental de las obligaciones de las partes. Los cambios deben ser consistentes con la finalidad inicial del contrato. En ningún caso, las modificaciones podrán aumentar el monto del contrato en más de un treinta por ciento (30%) del monto originalmente pactado, salvo las excepciones legales establecidas. Cualquier modificación al contrato deberá formalizarse mediante un acto administrativo debidamente fundado y publicado en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
10.6.2.TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
CONAF queda facultada para poner término anticipado unilateral y de forma anticipada al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, bastando para dichos efectos, la sola notificación mediante carta enviada al domicilio del prestador de los servicios, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
Si el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
Si se produce cualquier incumplimiento gravísimo de las obligaciones establecidas en bases y contratos. Se entenderá por incumplimientos gravísimos los señalados en estas bases.
Cuando CONAF y el Adjudicatario de común acuerdo resuelvan poner término al Contrato.
Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva o es formalizado por iguales delitos.
Si el Adjudicatario no iniciará la ejecución del contrato dentro de los 5 días hábiles administrativos después de haber suscrito el contrato.
Si el Adjudicatario cayera en inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
Si se produce cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato respectivo.
Si el/a adjudicatario/a no cuenta con los servicios requeridos.
Si el adjudicatario no cumple con lo señalado en las presentes bases.
Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que podría implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un trabajador de CONAF durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
Muerte o incapacidad sobreviniente del adjudicatario, si fuese una persona natural.
Declaración de quiebra del adjudicatario.
Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
De constatar que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurra durante la ejecución del contrato.
Disolución de la UTP.
Incumplimiento de las especificaciones técnicas de los vehículos, incluyendo, pero no limitado a, la falta de equipamiento de seguridad, el mal estado mecánico o estético, o la no instalación del GPS.
Incumplimiento de los plazos de reemplazo de vehículos inoperativos o siniestrados.
Incumplimiento de las mantenciones preventivas y correctivas, según lo especificado en las bases.
Uso indebido de los vehículos, incluyendo, pero no limitado a, el uso fuera del territorio permitido, el uso en actividades ilícitas o el exceso de kilometraje no autorizado.
Falta de seguros vigentes y adecuados para los vehículos.
Falta de entrega de la documentación de los vehículos al día.
No entrega de los vehículos en las condiciones estipuladas.
Incumplimiento de la ley Karin.
Para las causales señaladas en los literales g), i), q), r), s), u), v) y w), CONAF podrá otorgar al Adjudicatario un plazo de 3 días hábiles desde la notificación para subsanar el incumplimiento. Si el incumplimiento no es subsanado satisfactoriamente dentro de dicho plazo, CONAF podrá proceder al término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
10.7.MULTAS Y/O DESCUENTOS.
CONAF queda facultada para cobrar multar y realizar descuentos por tiempos no trabajado, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
10.7.1.Descuentos:
Los descuentos a aplicar sólo corresponden a inoperatividades del vehículo o sea a aquellas causas atribuibles al oferente que impidan a la Corporación por un tiempo determinado (horas, días) a hacer uso de los móviles, ya sea por una condición específica del vehículo como por ejemplo, fallas mecánicas pero también puede ser por ausencia de conductor, falta de combustible, fondo fijo, documentación incompleta, entre otros.
El descuento por inoperatividad, corresponderá sólo al tiempo que estuvo no operativo en el turno diario o turno nocturno. Se considera turno diario a una jornada de trabajo de 10:30 horas, y a un turno nocturno de 12:00 horas.
Descuento por inoperatividad: La Corporación procederá al descuento proporcional respecto del valor mensual del arriendo, por las horas y/o días no trabajados durante el mes y le informará al proveedor los montos que deben ser descontados de la facturación del mes siguiente.
Para conocimiento general, la forma de cálculo de la inoperatividad corresponde al valor mensual ofertado, dividido convencionalmente por 30 días; obteniendo así el valor diario del servicio. Este valor diario deberá dividirse a su vez por las horas del turno (10:30 horas diurnas o 12:00 horas nocturnas, según el turno asignado al minibús) determinando el valor de la hora.
10.7.2.Multas:
Inoperatividad por fallas: Cualquier falla que presente el vehículo, ya sea por falta o atraso de conductor, por documentación incompleta, por falta de seguros, de combustible, entre otros, se aplicará una multa de 1 UF por cada hora de inoperatividad o fracción de ella; entendiéndose que la fracción de hora superior a los 30 minutos, se considerará como una hora completa. Ej. 02:37 = 3 horas o en su defecto 02:30 = 2 horas. (Adicional a lo aplicado en el punto anterior e independiente del descuento por cada hora no trabajada).
Las sanciones estarán relacionadas al tiempo del turno de la unidad o brigada a la cual ha sido asignado.
Otras faltas: En caso de que el o los conductores asignados a un vehículo no utilicen el vestuario requerido según lo estipulado, no cuenten con el monto total del Fondo Fijo solicitado en el Punto de Operación, u otra falta o prohibiciones establecida en las bases, se aplicará una multa de 1 Unidades de Fomento (UF) por cada día en que se verifique este incumplimiento. Si el incumplimiento no se resuelve dentro de los treinta (30) días corridos desde la primera detección, la Corporación podrá rescindir el contrato, independientemente de la aplicación de las multas acumuladas.
El valor de la UF a considerar para el cálculo de la multa será el vigente el día en que ocurra el incidente que dé pie al cobro de la multa.
CONAF queda facultada para cobrar la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, para el pago de las multas aplicadas, pago de obligaciones laborales no canceladas o en caso de resolverse anticipadamente el contrato.
Si la Garantía se cobrare para el pago de multas y el contrato subsistiere, el Adjudicatario deberá reemplazar ésta, por otra de igual valor y características de la original en un plazo de 10 días hábiles.
En caso de resolverse anticipadamente el contrato por voluntad unilateral de la Corporación, o aplicarse multas o cobrarse la Garantía, se comunicará tal decisión al Adjudicatario, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco días hábiles administrativos siguientes a la notificación, la cual se hará mediante carta dirigida al correo electrónico indicado en su oferta. Para el envio de su descargo deberá hacerlo llegar al correo de Oficina de partes de la región del Biobío: oficina.partes.concepcion@conaf.cl .
Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulado descargos, el Director Regional del Biobío procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en el Ley 19.880.
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta y además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
De cualquier manera, todo incumplimiento será registrado por CONAF en los antecedentes que disponga del proveedor, pudiendo ser considerados negativamente en futuros procesos de licitación que la Corporación realice. Además, esta situación será puesta en conocimiento de las instancias pertinentes del portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
a.Monto Máximo por cobro de Multas
El monto máximo total a cobrar por conceptos de multas no podrá sobrepasar un 30% del monto total adjudicado del contrato, sin impuestos. Si el monto de las multas supera el porcentaje máximo indicado, la Corporación quedará facultada para dar término anticipado del contrato.
b.Procedimiento Aplicativo de Multas
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multas o del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a través de la entrega de un informe técnico, que contenga los hechos específicos que la configuran el/los incumplimientos e insumos que permitan el cálculo de las multas.
El Departamento de Administración calculará las multas aplicadas, y posteriormente, notificará de ello al proveedor, a través de una carta sencilla, visada por la contraparte técnica y la Unidad Jurídica respectiva, a través del correo electrónico único que el proveedor inscriba en el Sistema de Información, y se entenderán como notificadas una vez transcurrido el plazo de 24 horas. En dicha carta de notificación, se identificarán los correos electrónicos a los cuales deberá dirigir su defensa.
A contar de dicha notificación el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus defensas por escrito, acompañando todos los antecedentes que estime necesarios que puedan servirle de fundamento.
Recibidos los descargos del proveedor dirigidos al Director Regional o Jefe (a) de Finanzas y Administración, según corresponda, la sección de Administración, deberá remitir los descargos a la contraparte técnica para que posteriormente sean enviados a la Unidad Jurídica correspondiente para que pueda anualiza, rechazar o acoger total o parcialmente en un plazo de 30 días hábiles Dicha decisión será comunicada mediante resolución fundada firmada por el Director Regional, según corresponda, la cual informará sobre la aplicación de la multa, y sobre los hechos en que aquellas se motivan.
A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 05 días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante correo electrónico dirigido Director Regional considerando los destinatarios indicados en la notificación anterior.
CONAF dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerse, total o parcialmente. Al respecto, la aceptación o el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor, deberá formalizarse mediante resolución fundada firmada por el Director Regional, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar, deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existiesen; y, posteriormente, ser notificada al proveedor mediante el correo electrónico inscrito en el Sistema de Información.
En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva a través de una Factura de Cobro emitida al Proveedor por la Unidad de Finanzas correspondiente. Dicho documento deberá ser solicitado por el área administrativa mediante memorándum, adjuntando toda la documentación que respalda la aplicación de la sanción. Por otro lado, si la sanción amerita el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dicho cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Igualmente, de acuerdo a las bases de licitación o el requerimiento, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
NOTA: En caso de que el proveedor no pague la multa en un plazo de 30 días hábiles se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y el monto se descontará de dicho valor, si procede.
Notificación Electrónica: Cabe señalar que el o los proveedores adjudicados deberán mantener una casilla de correo electrónico vigente. Lo anterior, debido a que la Corporación a través del Departamento de Finanzas y Administración, determinará si la notificación se realizará a través de Carta (Física) y/o mediante notificación a través de correo electrónico.
10.8. PROHIBICIONES
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. Esta prohibición se fundamenta en el párrafo cuarto del artículo 74 de la Ley N° 19.886 sobre Bases Generales de Contratos Administrativos.
La cesión o transferencia de derechos y obligaciones realizada sin la autorización expresa de CONAF y al margen de lo dispuesto en una ley especial constituirá un incumplimiento grave del contrato, facultando a CONAF para poner término anticipado al mismo, de conformidad con lo establecido en la cláusula respectiva de estas Bases.
10.9.MANTENCIONES Y REPARACIONES VEHÍCULOS
Las mantenciones y reparaciones o cualquier otro daño que sufra o cause el vehículo, serán de costo del contratista.
En caso de accidente será obligación del contratista gestionar los trámites ante la Compañía de Seguros que corresponda. Si la reparación del daño supera el tiempo establecido en el punto 7.5 de Término anticipado y/o Multas, y/o cobro de Garantía, se procederá de acuerdo al punto 6.
Los vehículos deberán pasar por revisiones o mantenciones obligatorias, durante el período de prestación de los servicios, para tal efecto la Central de Operaciones de Conaf, le asignará un día para tal efecto, para ello el móvil deberá retirarse de la base y regresar al día siguiente al turno correspondiente (el móvil y conductor no deben permanecer en la base de brigada).
Cuando el vehículo retorne del día de mantención debe indicar las mantenciones y/o reparaciones que fueron realizadas a través de un informe mecánico el cual el proveedor deberá entregar a la contraparte técnica del contrato y al Jefe de brigada.
10.10.DESTINACIÓN DE VEHÍCULOS FUERA DE LA REGIÓN EN CASO DE EMERGENCIA
En situaciones de emergencia por incendios forestales que requieran el desplazamiento de los vehículos arrendados fuera de la región de operación habitual, según lo determine y coordine la Corporación Nacional Forestal (CONAF) a través de su Central de Coordinación Regional (CENCOR) o la instancia que corresponda, el Contratista estará obligado a poner a disposición los vehículos y sus conductores para la labor que se disponga.
En estos casos específicos de destinación fuera de la región por emergencia de incendios forestales, el costo del combustible que se utilice durante el desplazamiento y la operación de los vehículos fuera de su región habitual será de cargo de la Corporación Nacional Forestal (CONAF). Para efectos de reembolso, el Contratista deberá presentar a la Contraparte Administrativa de CONAF los comprobantes de carga de combustible (facturas o boletas) debidamente detallados (fecha, lugar, tipo y cantidad de combustible, patente del vehículo) para su respectiva revisión y pago, de acuerdo con los procedimientos internos de CONAF. Adicionalmente, durante el período en que el conductor se encuentre operando fuera de su región habitual debido a la emergencia, CONAF se hará cargo de proporcionar el alojamiento y la alimentación que requiera el conductor, de acuerdo con las normas y procedimientos internos de la Corporación para personal en terreno.
El Contratista deberá asegurar que los vehículos destinados a operaciones fuera de la región se encuentren en óptimas condiciones de funcionamiento y con la documentación al día, conforme a lo establecido en las presentes Bases. Asimismo, los conductores deberán contar con la capacitación y la disposición necesaria para operar en diferentes zonas geográficas y bajo las condiciones que la emergencia requiera.
10.11.SUSTITUCIÓN DE VEHÍCULOS
El Contratista podrá solicitar a la Corporación Nacional Forestal (CONAF) la sustitución de uno o más de los vehículos asignados al contrato, ya sea de forma temporal o permanente, bajo las siguientes condiciones y procedimientos:
10.11.1.Sustitución Temporal:
En caso de que un vehículo asignado al servicio sufra una avería o deba someterse a un mantenimiento mayor que impida su operación normal, el Contratista podrá solicitar su sustitución temporal. Para ello, deberá:
Informar de inmediato a la Contraparte Técnica de CONAF sobre la situación, detallando la causa de la inoperatividad y el tiempo estimado de reparación.
Proponer un vehículo de reemplazo que cumpla con todas las características técnicas y de seguridad exigidas en las presentes Bases para el vehículo original. Se deberá adjuntar la documentación técnica del vehículo de reemplazo para su verificación por parte de CONAF.
Obtener la autorización expresa y por escrito de la Contraparte Técnica de CONAF para la incorporación del vehículo de reemplazo al servicio. CONAF se reserva el derecho de inspeccionar el vehículo de reemplazo antes de otorgar la autorización.
La sustitución temporal no podrá exceder un plazo máximo de 15 días corridos, salvo autorización expresa y justificada de CONAF. Una vez reparado el vehículo original, deberá ser reintegrado al servicio, y el vehículo de reemplazo deberá ser retirado, a menos que se acuerde una sustitución permanente.
10.11.2.Sustitución Permanente:
El Contratista podrá solicitar la sustitución permanente de un vehículo asignado al servicio por otro, siempre y cuando:
El vehículo propuesto para el reemplazo cumpla íntegramente con todas las características técnicas, de seguridad y la antigüedad exigidas en las presentes Bases para el vehículo original. Se deberá presentar la documentación técnica completa del vehículo de reemplazo para su evaluación por parte de CONAF.
Se presente una solicitud formal y por escrito a la Contraparte Administrativa de CONAF, con copia a la Contraparte Técnica, indicando las razones de la solicitud de sustitución permanente y adjuntando la documentación del vehículo de reemplazo.
Se obtenga la autorización expresa y por escrito de la Contraparte Administrativa de CONAF, previo informe favorable de la Contraparte Técnica que certifique el cumplimiento de las características del vehículo de reemplazo. CONAF se reserva el derecho de inspeccionar el vehículo de reemplazo antes de otorgar la autorización.
Una vez autorizada la sustitución permanente, el Contratista deberá presentar la documentación legal del nuevo vehículo (permiso de circulación, revisión técnica, seguro obligatorio, etc.) a nombre del Contratista para su registro por parte de CONAF, en un plazo máximo de 5 días hábiles desde la notificación de la autorización.
En ambos casos de sustitución (temporal o permanente), el Contratista será el único responsable de los costos asociados al reemplazo del vehículo, incluyendo traslados, documentación y cualquier otra gestión que sea necesaria. La autorización de CONAF no implicará una modificación del precio del contrato, a menos que se acuerde expresamente y por escrito.
CONAF se reserva el derecho de rechazar cualquier solicitud de sustitución de vehículo si considera que el vehículo propuesto no cumple con los requisitos establecidos o si la sustitución afecta la correcta ejecución del contrato.
10.12.AJUSTE DE PRECIOS
Los precios ofertados en el presente contrato podrán ser ajustados, bajo las siguientes condiciones:
10.12.1.Condiciones para el ajuste:
a. Cambio de Temporada: Al inicio o antes de cada nueva temporada de operación (considerando la temporada 2026-2027), el precio del contrato podrá ser revisado y ajustado de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) según la información publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) de Chile en su página oficial, acumulado desde la fecha de inicio del contrato o desde el último ajuste realizado, según corresponda.
10.12.2.Procedimiento de Solicitud:
El proveedor deberá presentar una solicitud formal por escrito a CONAF de manera física en la oficina ubicada en Barros Arana N°514, 3er piso, o vía correo electrónico enviándola a: oficina.partes.concepcion@conaf.cl, detallando el cálculo del ajuste y adjuntando la documentación de respaldo correspondiente (ej., certificado del IPC emitido por el organismo competente).
La solicitud deberá presentarse dentro de los 15 días hábiles antes del inicio de operaciones cada nueva temporada.
10.12.3.Cálculo del ajuste:
a. El IPC que se considera será el publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) de Chile.
10.12.4.Aprobación y Vigilancia del Ajuste:
CONAF evaluará la solicitud y, de ser procedente, aprobará el ajuste mediante un anexo de contrato.
El ajuste aprobado entrará en vigencia a partir del mes siguiente a la fecha de aprobación por parte de CONAF.
10.13.GESTIÓN DE INFRACCIONES Y MULTAS DE TRÁNSITO
El Contratista asume la total y exclusiva responsabilidad por todas las infracciones a las leyes, reglamentos y normativas de tránsito que se cometan durante la operación de los vehículos arrendados en virtud del presente contrato, ya sea por acción u omisión del conductor o de cualquier persona relacionada con el Contratista.
10.14.CUMPLIMIENTO REGLAMENTO ESPECIAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUB-CONTRATISTAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
En cumplimiento del Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de Seguridad y Salud en el Trabajo de CONAF, el Contratista está obligado a entregar la siguiente documentación previamente al inicio de las actividades de cada vehículo asignado al presente contrato. Dado que los vehículos podrían comenzar a operar en fechas distintas, esta documentación será solicitada vía correo electrónico por la Contraparte Técnica de CONAF y deberá ser remitida antes de que cada vehículo inicie sus labores.
La no entrega de la documentación completa y en los plazos establecidos para cada vehículo dará lugar a la aplicación de la multa correspondiente, según lo especificado en el punto 10.6 de las presentes Bases.
La documentación requerida es la siguiente:
a)Documentación del Conductor/es:
Certificado médico que confirme que su estado de salud es compatible con las funciones requeridas para el trabajo.
Hoja de vida del conductor y certificado de antecedentes que acredite no tener más de 3 multas gravísimas en los dos últimos años.
Fotocopia legible de la Licencia de conducir correspondiente al tipo de vehículo a conducir, vigente.
Declaración jurada simple del propietario en caso de que este sea el conductor de alguno de los vehículos. Para el conductor suplente, se deberá adjuntar la totalidad de la información solicitada precedentemente.
Certificado de aprobación de curso de manejo a la defensiva, con una antigüedad no superior a [Indicar antigüedad máxima, ejemplo: 3 años].
Copia del Contrato de trabajo vigente del conductor.
Obligación de informar de riesgos laborales firmada por el trabajador.
Registro de toma de conocimiento por parte del trabajador del Procedimiento de Trabajo Seguro asociado a sus funciones específicas.
Registro de entrega de Elementos de Protección Personal (EPP), especificando cada implemento entregado, la identificación de la persona que realizó la entrega, la firma de quien entrega, la firma del trabajador receptor y la fecha de entrega.
Registro de capacitación del trabajador sobre el uso correcto y mantención de los Elementos de Protección Personal (EPP).
Registro de entrega al trabajador del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa a la que pertenece.
b)Documentación de Seguridad de la Empresa Contratista:
Listado actualizado de todos los trabajadores que prestarán servicios en el marco del presente contrato.
Plan y Programa de Prevención de Riesgos específico para los trabajos a realizar en CONAF, con la aprobación formal del Representante Legal de la empresa contratista.
Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPER) específica para los trabajos a realizar en CONAF, que cuente con la aprobación formal del Representante Legal de la empresa contratista.
Procedimiento de Trabajo Seguro (PTS) detallado para cada una de las labores realizadas por los trabajadores en el contexto del presente contrato.
Procedimiento a seguir en caso de accidentes del trabajo y de trayecto que involucren a los trabajadores asignados al contrato.
Certificado de adhesión vigente a alguna Mutualidad de Empleadores o al Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
Certificado de tasas de accidentabilidad siniestralidad actualizado de la empresa contratista, emitido por la Mutualidad o el ISL respectivo.
10.15.CONFIDENCIALIDAD
Toda la información que el Adjudicatario conozca con ocasión de la ejecución de los servicios contratados será considerada reservada quedando prohibidos su difusión por cualquier forma o medio, salvo expresa autorización de CONAF.
10.16.PROPIEDAD INTELECTUAL
Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales, la rotulación de los vehículos con la imagen corporativa de CONAF, y de cualquier otro tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizados previa autorización de CONAF y, citando la fuente. El proveedor se obliga a respetar y no alterar la imagen corporativa de CONAF utilizada en los vehículos, salvo autorización expresa y por escrito de la Corporación.
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11.ORDEN DE PRELACIÓN Y DECLARACIÓN |
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Ley de Compras Públicas y su Reglamento.
Respuestas a proveedores.
Aclaraciones y/o complementaciones a las bases de licitación.
Bases de licitación.
Contrato.
El oferente adjudicado asume la plena responsabilidad en cuanto a la calidad y oportunidad de los Productos y productos exigidos de acuerdo con las especificaciones técnicas y demás estipulaciones de las presentes Bases Únicas.
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12.PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que
deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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