9.1. Presentación de las Ofertas
Los oferentes por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.
Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al Serviu Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.
9.2. Metodología de Evaluación
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Administración y Finanzas, mediante una Orden de Servicio.
Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.
Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.
SERVIU podrá solicitar a los Oferentes, a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales con tal que no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. (No incluye la presentación de certificaciones de antecedentes omitidos por el proveedor en su oferta).
Las ofertas se evaluarán por proveedor, considerando todas las líneas de suministro ofertadas, aplicando la siguiente metodología de evaluación:
a) Precio:
Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación)*100
Donde:
- Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.
- Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.
A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (70%) para obtener el puntaje ponderado.
b) Plazo de Entrega:
El plazo de entrega se evaluará en días corridos de acuerdo a la información entregada en el Anexo Nº2, se considerará desde la fecha de emisión de la respectiva Orden de Compra a través del Portal Mercado Publico y hasta la entrega física de los suministros solicitados en ella en el Centro Recreacional Los Vilos. El oferente que no entregue información del plazo de entrega, será evaluado con cero puntos en este criterio. El puntaje se otorgará aplicando la siguiente fórmula:
Plazo entrega = (Oferta menor plazo/Oferta en evaluación)*100
Donde:
- Oferta menor plazo: es la oferta cuyo plazo de entrega, en días corridos, corresponde al menor tiempo de todas las ofertas recibidas.
- Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.
A los puntajes obtenidos se le aplicará una ponderación de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases (30%) para obtener el puntaje ponderado.
d) Cálculo puntaje total ponderado:
El cálculo del puntaje total ponderado (PTP) de las ofertas, corresponderá a la suma de los puntajes ponderados en cada uno de los criterios señalados en las letras a, b y c precedente.
PTP = (Puntaje Precio * 0,7) + (Puntaje Experiencia del Oferente * 0,3)
La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio plazo de entrega. Finalmente en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.
Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Administración y Finanzas, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.
9.3. Adjudicación
SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.
SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de adjudicar hasta 2 proveedores, en consideración a sus puntajes de evaluación, de acuerdo a las necesidades del Servicio
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y plazos” de la presentes bases.
9.4. Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación
SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.
9.5. Suscripción del Contrato
Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario dentro de 5 días hábiles, el que se contará desde la fecha en que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).
El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado.
9.6. Del Contrato
a) Documentos Integrantes del Contrato:
Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones a las Bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.
b) Gastos del Contrato:
Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.
c) Cobros Adicionales:
SERVIU Metropolitano bajo ningún término pagará: intereses, reajustes, multas, fletes, bodegaje o almacenamiento, cargos y/o cualquier partida adicional que recargue el precio de lo ofertado.
d) Responsabilidad del Oferente Adjudicado:
El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que este pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato.
En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.
Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
e) Modificaciones del Contrato:
Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Pública y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004. Cualquier modificación que se realice al contrato estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.
f) Término Anticipado del Contrato:
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:
ü En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en forma inmediata, administrativa, unilateral, y anticipada, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano deberá notificar tal circunstancia al proveedor por carta certificada, enviada al domicilio registrado por éste, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.
ü Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada despachada al domicilio registrado por éste en el contrato, con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.
ü Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo Nº 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.
Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el sistema de información de las resoluciones o decretos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras, D.S. Nº 250 (Hacienda) del año 2004, las que deberán, en todo caso, ser fundadas.
g) Multas:
SERVIU Metropolitano podrá aplicar una multa al proveedor en caso de incumplimiento del plazo de entrega comprometido en su oferta, equivalente a 1 UTM por cada día de atraso. Dicha multa será solicitada por el Administrador del Centro Recreacional Los Vilos.
Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate.
h) Domicilio:
El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago.
9.7. De la Orden de Compra
Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano, cada vez que lo requiera, emitirá una Orden de Compra al proveedor contratado, considerando en cada ocasión el tipo y la cantidad de suministro a requerir. Para lo cual el Departamento. Administrativo solicitará a la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, mediante Formulario de Compra, emitir una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público de acuerdo a las necesidades del Servicio.
9.8. Del Despacho
El despacho de los suministros solicitados en las respectivas Órdenes de Compras se realizará en el Centro Recreacional Los Vilos, ubicado en Panamericana Norte Km. 225 IV Región, y deberá regirse específicamente a lo indicado en ella.
Toda las consultas y coordinación para el despacho serán con el Administrador del Centro Recreacional Los Vilos, Sr. Manuel Suarez (09/7793639 - (53) 541454), quien indicará al proveedor la cantidad a despachar y su periodicidad.
El almacenamiento y traslado de los suministros solicitados deberá realizarse cumpliendo todas las normas sanitarias establecidas en la legislación vigente del Ministerio de Salud y otros organismos competentes.
9.9. Del Pago
El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de las ordenes de compras respectivas. El adjudicatario sólo podrá cobrar los suministros efectivamente entregados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.
SERVIU Metropolitano pagará al proveedor, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura ó Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.
El adjudicatario deberá emitir una Factura ó Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura ó Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:
ü Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) emitido por la Inspección del Trabajo.
ü Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.
ü Copia de Orden de Compra.
La Factura ó Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en formato electrónico despachado al correo electrónico msuarezr@minvu.cl. La entrega física de la Factura ó Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos se efectuará en Panamericana Norte km 225 Los Vilos (IV Región). Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la Factura ó Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.
Los pagos se harán en las dependencias del SERVIU Metropolitano, mediante cheque nominativo, o bien, mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Es opción de SERVIU Metropolitano realizar los pagos, preferentemente a través de transferencia electrónica, si esta opción se encontrare disponible tanto para este como para el proveedor.
Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, al Departamento. Administrativo, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura ó Boleta de Honorarios.