Licitación ID: 776-35-LP18
Televisión por Cable y Satelital para Presidencia
Responsable de esta licitación: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Presidencia de la República
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de televisión por cable 1 Global
Cod: 83111801
servicio de televisión satelital  

2
Servicios de televisión por cable 1 Global
Cod: 83111801
servicio de televisión por Cable  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Televisión por Cable y Satelital para Presidencia
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La presente licitación por línea tiene por objeto la contratación de televisión por cable y televisión satelital por 36 meses, para dependencias del Palacio de la Moneda, Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo y Edificio Bicentenario
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Unidad de compra:
Presidencia de la República
R.U.T.:
60.000.000-4
Dirección:
varias direcciones de despacho
Comuna:
Valparaíso
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-12-2018 17:00:00
Fecha de Publicación: 05-11-2018 10:12:00
Fecha inicio de preguntas: 05-11-2018 11:01:00
Fecha final de preguntas: 30-11-2018 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-12-2018 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-12-2018 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-12-2018 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 27-02-2019 17:38:44
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 26-12-2018
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
visita Técnica a terreno (para cable y satelital) morande 130 sub suelo plaza de la constitución enviar correo a para agendar enviar correo a licitaciones@presidencia.cl 20-11-2018 10:00:00
visita Técnica a terreno (para cable y satelital) Callao N°398, Viña del Mar. enviar correo a para agendar enviar correo a licitaciones@presidencia.cl 21-11-2018 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1 (Declaración jurada simple de no afectación de inhabilidades y prohibiciones);
2.- Anexo N°1-A, (Declaración Jurada Simple de socios y representantes);
3.- Anexo N°1-B, Formulario de datos del Oferente;
4.- Acuerdo Temporal de Proveedores: En el caso que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores,
5.- Copia simple del RUT del proponente;
6.- Copia de la cédula de identidad del oferente o de su representante legal.
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°2 OFERTA TÉCNICA
 
2.- ANEXO N°2-A CANALES OFERTADOS
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°3 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Instalación, Implementación y Habilitació Este criterio de evaluación considera el plazo para la instalación, implementación y habilitación del servicio de Televisión por Cable y/o Satelital, según corresponda, para lo cual el oferente deberá señalar en el Anexo Nº2 “Oferta Técnica” el tiempo que requiere para satisfacer dicho requerimiento por la o las líneas ofertadas. Para efectos de la evaluación, se asignará puntaje conforme a la siguiente tabla. Condición Puntaje Menor o igual a 15 días corridos 100 De 16 a 29 días corridos 50 30 días corridos 0 El resultado se pondera por el 10%, calculado con un decimal. 10%
2 Cantidad de Canales Análogos Este criterio de evaluación medirá la cantidad de canales análogos conforme a lo señalado en el punto N°2 de las Especificaciones técnicas, de acuerdo a la línea ofertada, siendo estas, televisión por cable y/o satelital según corresponda. El puntaje de las ofertas en este criterio de evaluación se determinará aplicando la siguiente fórmula: puntaje=[( cantidad de canales analogos ofertados )/(Mayor cantidad analogos de canales ofertados )]X 100 Para efectos de evaluación, la “cantidad de canales análogos ofertados” corresponderá a la sumatoria de los canales de ofertados en el anexo N°2 El resultado se pondera por el 20%, calculado con un decimal. 20%
3 Cantidad de Canales Alta Definición Este criterio de evaluación medirá la cantidad de canales de alta definición conforme a lo señalado en el punto N°2 de las Especificaciones técnicas, de acuerdo a la línea ofertada, siendo estas, televisión por cable y/o satelital según corresponda. El puntaje de las ofertas en este criterio de evaluación se determinará aplicando la siguiente fórmula: puntaje=[( cantidad de canales en alta definición ofertados )/(Mayor cantidad en alta definición de canales ofertados )]X 100 Para efectos de evaluación, la “cantidad de canales en alta definición ofertados” corresponderá a la sumatoria de los canales de ofertados en el anexo N°2. El resultado se pondera por el 20%, calculado con un decimal. 20%
4 Cumplimiento Requisitos Formales Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo a la siguiente tabla, con sus respectivos puntajes. Puntaje Requisitos Formales 100 puntos La oferta cumple todos los requisitos formales de presentación dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas. 0 puntos La oferta no cumple todos los requisitos formales de presentación dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, sino que cumple con todos los requisitos dentro del plazo adicional, según lo establecido en el artículo 15º de las presentes bases administrativas. El puntaje obtenido se ponderará por el 5%. 5%
5 Cantidad de canales de noticias internacionales Este criterio de evaluación medirá la cantidad de canales de noticias internacionales de acuerdo a lo señalado en el punto N°2 de las Especificaciones técnicas, de acuerdo a la línea ofertada, siendo estas, televisión por cable y/o satelital según corresponda. El puntaje de las ofertas en este criterio de evaluación se determinará aplicando la siguiente fórmula: puntaje=[( cantidad de canales de noticias internacionales ofertados )/(Mayor cantidad de canales de noticias internacionales ofertados )]X 100 Para efectos de evaluación, la “cantidad de canales de noticias internacionales ofertados” corresponderá a la sumatoria de los canales de ofertados en el anexo N°2. El resultado se pondera por el 5%, calculado con un decimal. 5%
6 Precio total neto del Servicio El oferente deberá informar el PRECIO TOTAL NETO OFERTADO por la o las líneas por la (s) cual (es) formula su oferta. La oferta deberá expresarse en pesos chilenos, el oferente deberá ofertar mediante el Anexo N°3 “Oferta económica”, el precio neto de la oferta por la o las líneas por las cuales postula, tendrá que ser expresado en pesos chilenos y deberá incluir todos los costos (impuestos, despacho, instalación, etc.). Para el cálculo de este factor, el puntaje será asignado mediante la siguiente fórmula: Puntaje=[(Menor precio neto ofertado)/(Precio neto de la oferta a evaluar)]x 100 Asimismo, el oferente tendrá que informar el valor total por, Instalación, implementación y habilitación por cada decodificador análogo y de alta definición extra que la Presidencia de la República solicite, siendo este valor respetado durante el periodo por el cual dure el contrato, en caso de que los referidos valores no sean expresados en el Anexo N°3, la oferta será declarada inadmisible. Por último, el oferente tendrá que expresar el precio por contratar un canal análogo y en alta definición extra toda vez que la Presidencia de la República requiera incorporar nuevas estaciones a la parrilla programática, en caso de que los referidos valores no sean expresados en el Anexo N°3, la oferta será declarada inadmisible. Para aquellos proveedores cuya oferta económica supere el presupuesto disponible para la o las líneas a las que oferte que se refiere el artículo 9° de estas bases, su oferta por dicha línea será declarada inadmisible. Además, el oferente deberá publicar dicho valor neto ofertado en el portal www.mercadopublico.cl, expresado también en pesos chilenos. NOTA IMPORTANTE: La omisión o modificación de alguno de los precios o servicios señalados en el Anexo N°3, impedirá evaluar objetivamente su oferta, por lo que dicha omisión determinará la exclusión del oferente del proceso de compras, declarándose inadmisible su oferta. La Presidencia de la República, estará facultada para modificar la oferta si esta viene con errores de cálculo. Para el caso, se considerará el valor del precio unitario de cada servicio. El resultado se pondera por el 40%, calculado con un decimal. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Diecció Administrativa
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: El contrato se extenderá por un plazo de 36 meses, para cada línea de servicios, y comenzará a regir a contar de la total habilitación de los servicios contratados, cuestión de la que se dejará constancia en un acta de entrega de los servicios, que deber
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rodrigo Sánchez
e-mail de responsable de pago: Eseguel@presidencia.cl
Nombre de responsable de contrato: Manuel Cantero
e-mail de responsable de contrato: mcantero@presidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-6904024-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
En conformidad a las disposiciones contenidas en el artículo 15° de la Ley N°19.886 sobre Compras y Contrataciones Públicas, y atendiendo al objeto de esta contratación, manifestado en el N° 1 de las Especificaciones Técnicas, se deja expresa constancia
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Presidencia de la República Rut 60.000.000-4
Fecha de vencimiento: 18-03-2022
Monto: 5 %
Descripción: La garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes de la Presidencia de la República, ubicada en calle Teatinos Nº 92, piso 10 Edificio Moneda Bicentenario, Santiago Centro, en sobre cerrado dirigido al encargado del proceso de licitación, rotulándolo con el nombre de la licitación: “Servicio de Televisión por Cable y Televisión Satelital para el Palacio de La Moneda, Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo y Edificio Bicentenario” Causales de cobro de garantía. La Presidencia de la República podrá hacer efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del contrato si el Contratista incurre en alguna de las causales de término anticipado del contrato indicadas en el artículo 28º de las presentes Bases Administrativas, excluidos los números 3 y 6 del referido artículo. Asimismo, la presidencia podrá realizar el cobro de la boleta de garantía en los casos en que el contratista no realice el pago de alguna de las multas que eventualmente pudieran ser cursadas dentro del plazo establecido en el artículo 30° de las presentes bases de licitación. Además, la Presidencia podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, para hacer efectivos los pagos por obligaciones laborales y sociales de los trabajadores y las multas del adjudicatario. En tal caso se devolverá el excedente al contratista una vez acreditado que ha presentado una nueva boleta de garantía por el mismo monto y plazo de la que se hizo efectiva, lo que deberá realizar dentro de los 5 días siguientes a su ejecución. Si no se renueva la garantía dentro del plazo indicado, ello será causal para poner término al contrato aplicándose en tal caso el total de la garantía ya ejecutada.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato por el Servicio de Televisión por Cable y/o Televisión Satelital para el Palacio de La Moneda, Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo y Edificio Bicentenario
Forma y oportunidad de restitución: Devolución de la Garantía. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al tomador una vez extinguidas, a entera satisfacción de la Presidencia, todas las obligaciones emanadas del contrato. La caución será devuelta por el Departamento de Finanzas de la Presidencia de la República, ubicado en calle Teatinos Nº92, piso 10 Edificio Moneda Bicentenario, Santiago Centro.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el adjudicatario desistiere de su oferta; o no entrega los antecedentes legales para contratar; o no se encuentra en estado hábil; o no presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato; o no firma el contrato, la Presidencia de la República dejará sin efecto la adjudicación mediante resolución fundada y podrá readjudicar la licitación al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, o bien, declarar desierta la licitación por no ser las ofertas convenientes a los intereses de la institución. Todo lo anterior en un plazo máximo de 60 días corridos contados desde la fecha de publicación de la adjudicación original.
Bases administrativas y Técnicas

ARTÍCULO 1º. Normativa. La presente licitación se rige por la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, y las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, además y de sus anexos, todos los cuales forman parte integrante de esta licitación para todos los efectos legales.

Las presentes Bases son obligatorias para los que participen de la licitación, entendiéndose que son aceptadas por éstos por el solo hecho de formular sus ofertas.

            Forman parte de esta licitación, además:

  • Los antecedentes solicitados a cada postulante;
  • Las consultas efectuadas por los oferentes y las respuestas emanadas por la Presidencia;
  • Las aclaraciones efectuadas a las presentes Bases de iniciativa de la Presidencia;
  • Las aclaraciones a las ofertas de los proponentes que solicite la Presidencia;
  • Las ofertas de los proponentes; 
  • Contrato que suscriba la Presidencia de la República con el adjudicatario y;
  • Orden de Compra que emita la Presidencia de la República.

ARTÍCULO 2º. Objeto.  La presente licitación por línea tiene por objeto la contratación de televisión por cable y televisión satelital por 36 meses, para dependencias del Palacio de la Moneda, Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo y Edificio Bicentenario, todo ello conforme a las condiciones y estipulaciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y los otros documentos que forman parte integrante de esta licitación.

ARTÍCULO 3º. Comunicaciones y Plazos. Esta propuesta pública será llamada a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, y todas las comunicaciones que requiera este proceso se harán exclusivamente por ese medio.

Los plazos a que se hace referencia en esta licitación serán de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario. Sin embargo, si alguno de los plazos recayere en día sábado, domingo o festivo, se ha de considerar dicho plazo para el día hábil inmediatamente siguiente. A modo de ilustrar adecuadamente a los proponentes, se informan los hitos y plazos relevantes del proceso de licitación, como sigue:

Proceso

Plazo

Publicación en el portal www.mercadopublico.cl

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de tramitada la Resolución que Aprueba las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.

Inicio del plazo para preguntas

Desde el día corrido, contado desde el día hábil siguiente al de la publicación en el portal

Visita a terreno Palacio de La Moneda y Edificio Bicentenario.

Al cuarto (4°)  día corrido, contado desde el día hábil siguiente al de la publicación en el portal.

Visita a terreno Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo

Al quinto (5°)  día corrido, contado desde el día hábil siguiente al de la publicación en el portal .

Término del plazo de preguntas

Al séptimo (7°)  día corrido, contado desde el día hábil siguiente al de la publicación en el portal .

Publicación de respuestas

Al noveno (9°)  día corrido, contado desde el día hábil siguiente al de la publicación en el portal .

Fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal

A las 17:00 del vigésimo (20°)  día corrido, contado desde el día hábil siguiente al de la publicación en el portal .

Apertura electrónica de las ofertas

A las 17:01 del vigésimo (20°)  día corrido, contado desde el día hábil siguiente al de la publicación en el portal .

Tiempo de evaluación de las ofertas

Cinco (5) días corridos contados desde el día de la recepción de ofertas.

Adjudicación

Dentro de los diez (10) días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de oferta.

Firma del Contrato

Dentro de los veinte (20) días corridos de notificada la resolución de adjudicación por el portal www.mercadopublico.cl.

Nota Importante: El plazo de Adjudicación podrá ser ampliado por la Presidencia de la República si la complejidad del proceso u otros factores no permitiesen efectuar la adjudicación en el tiempo previsto originalmente, y de ello se informará oportunamente a los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl, indicando las razones de la ampliación y el nuevo plazo de Adjudicación.

ARTÍCULO 4º. Participantes. Podrán participar todas las personas, naturales o jurídicas y/o uniones temporales de proveedores, que formulen sus ofertas por el portal www.mercadopúblico.cl, con capacidad técnica y financiera y que no se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración.

ARTÍCULO 5º. Prohibiciones e Inhabilidades. Quedan excluidos de participar o de suscribir contrato en esta licitación, todas aquellas personas a las que les afecten las inhabilidades establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº19.886.

Asimismo, existe la prohibición de suscribir contrato, a todas aquellas personas que hayan sido condenadas por infracción a la Ley N°20.393, sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.

Para efectos de acreditar su habilidad, los oferentes deberán suscribir declaración jurada simple que se acompaña como Anexo Nº1 de las presentes Bases.

ARTÍCULO 6º. Consultas, Aclaraciones y modificaciones a las Bases. Los oferentes podrán formular las consultas que estimen pertinentes solo a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, hasta el séptimo día corrido contado desde el día hábil siguiente al de la publicación en el portal. Las respuestas a dichas consultas serán liberadas por la Presidencia de la República, a través del mismo medio, al noveno día corrido contado desde el día hábil siguiente al de la publicación en el portal.

No se aceptarán ni contestarán consultas planteadas por otro medio diferente al señalado, como tampoco se aceptarán aquellas consultas efectuadas fuera del plazo estipulado precedentemente.

Asimismo, a través del mismo sitio Web, la Presidencia de la República podrá efectuar, a iniciativa propia, todas las aclaraciones que requieran las presentes Bases Administrativas o Técnicas, a objeto que los oferentes queden lo suficientemente informados respecto del alcance y significado de sus contenidos. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al plazo de publicación de respuestas.

La Presidencia podrá también modificar las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes que rigen esta licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a alguna o algunas aclaraciones manifestada(s) por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante la correspondiente Resolución y deberán ser publicadas en el portal Mercado Público y, en caso de ser necesario, deberá fijarse un nuevo plazo prudente para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones.

Dada la posibilidad de modificar los antecedentes que rigen la presente licitación, se podrá modificar también el cronograma de la licitación –solo hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas- también por Resolución publicada en el portal Mercado Público. Será responsabilidad de los oferentes estar atentos a las posibles modificaciones.

ARTÍCULO 7º. De las Ofertas. Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, y no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable. Será de responsabilidad de cada oferente adoptar las precauciones necesarias para ingresar en forma oportuna y adecuadamente sus ofertas en el referido portal electrónico.

La forma de presentación y contenido de las ofertas deberá ceñirse a lo establecido en estas bases.

           

Cualquier documento presentado por los proponentes y que no haya sido expresamente solicitado en estas bases no será considerado por la Comisión Evaluadora de las Ofertas.

Las ofertas deberán presentarse en los formatos dispuestos en esta licitación.

En los casos de indisponibilidad técnica del Sistema de Información, se procederá de la forma dispuesta en el artículo 62° número 2 del Reglamento de la Ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

ARTÍCULO 8º. Plazo de Presentación de las Ofertas. Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl hasta las 17:00 horas del vigésimo (20°) día corrido, contado desde el día siguiente hábil al de la publicación en el portal.

No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado o después del día y hora dispuestos al efecto.

ARTÍCULO 9º. Monto de la propuesta. El monto total de la presente licitación es de $55.000.000.- (cincuenta y cinco millones de pesos) más IVA por 36 meses, dando cumplimiento con ello a lo señalado en el Artículo 11° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. El presupuesto antes mencionado se desglosa de la siguiente manera:

  1. LÍNEA 1: Televisión Satelital.         

Presupuesto: $3.500.000.- (tres millones quinientos mil pesos) más IVA

  1. LÍNEA 2:  Televisión por Cable

Presupuesto: $51.500.000.- (diez millones de pesos) más IVA

En el evento de que el valor total de la oferta de algún proponente supere el presupuesto asignado a una o más líneas ofertadas, su oferta será declarada inadmisible.

Del mismo modo, la Presidencia deja expresa constancia que la presente licitación es por el periodo de 36 (treinta y seis) meses, contado desde la total tramitación de la resolución que apruebe el contrato. Las partes podrán modificar las prestaciones contratadas, aumentándolas por un monto que no podrá ser superior al 30% del valor total del contrato por cada una de las líneas licitadas. En este caso se mantendrán los precios ofertados también, para los servicios que se compren mediante el aumento del contrato.

 

ARTÍCULO 10º. Contenido de las Ofertas. Las ofertas deberán contener, en formato digital, lo siguiente:

I.- ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS.

Los oferentes deberán acompañar los anexos administrativos que se indican a continuación, suscritos por el oferente o su representante legal cuando sea procedente:

1.- Anexo N°1 (Declaración jurada simple de no afectación de inhabilidades y prohibiciones);

2.- Anexo N°1-A, (Declaración Jurada Simple de socios y representantes);

3.- Anexo N°1-B, Formulario de datos del Oferente;

4.- Acuerdo Temporal de Proveedores: En el caso que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá adjuntar también el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar en esta licitación. Las empresas partícipes del Acuerdo deberán necesariamente estar habilitadas para participar de la licitación, en conformidad a lo establecido en el artículo 67º bis del Reglamento de la Ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios;

5.-Copia simple del RUT del proponente;

6.- Copia de la cédula de identidad del oferente o de su representante legal.

Los documentos necesarios para proceder a la confección del contrato se presentarán de acuerdo a lo establecido en el artículo 24° de estas bases, en forma posterior a la notificación de la resolución de adjudicación, y solo por el proponente adjudicado.

Para estos efectos, La Presidencia de la República está facultada para solicitar al oferente adjudicado, toda la documentación legal y administrativa necesaria, considerando la naturaleza jurídica del adjudicatario, y mientras esta documentación no sea entregada por él no se podrá proceder a la suscripción del respectivo contrato. En tal evento, se podrá hacer efectiva la readjudicación dispuesta en el artículo 22º de las presentes bases.

II.- OFERTA TÉCNICA:

Los proponentes podrán ofertar por uno o más líneas y para ello deberán adjuntar, su oferta técnica, en conformidad al Anexo N°2 detallando, a lo menos los siguientes puntos:

A.- Plazo de Instalación, implementación y habilitación, en la cual se medirá el tiempo que se demore en instalar, implementar y habilitar el o los servicios, a contar de la autorización por parte del prevencionista de riesgos de la Presidencia de la República, una vez suscrito el referido contrato.

Además, es obligatorio para el oferente presentar la cantidad de canales de noticias internacionales y nacionales, contenidos en plan ofertado, conforme a lo indicado en el Anexo N°2.

La oferta que no presente la referida información será declarada técnicamente inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.

B.- Cantidad de Canales Análogos: Medirá la cantidad de canales análogos conforme a lo señalado en el punto N°2 de las Especificaciones técnicas, de acuerdo a la línea ofertada, siendo estas, televisión por cable y/o satelital.

C.- Cantidad de Canales Alta Definición: Medirá la cantidad de canales de alta definición conforme a lo señalado en el punto N°2 de las Especificaciones técnicas, de acuerdo a la línea ofertada, siendo estas, televisión por cable y/o satelital.

2.- Anexo Nº4: En este anexo el oferente deberá señalar si mantiene contratos de trabajo vigentes con personas de menos de 25 años de edad, lo que deberá ser acreditado adjuntando a los antecedentes de su oferta, una copia de la cédula de identidad del o los trabajadores de su dependencia menores de 25 años de edad.

Además, para acreditar la relación laboral con esta persona o personas, deberá adjuntar el Contrato de Trabajo y las copias de la planilla de cotizaciones previsionales del último mes en que figure el o los trabajadores de menos de 25 años de edad o en su defecto las ultimas 3 Boletas de Honorarios que certifiquen la relación laboral del/a trabajador/a en la Empresa.

III.- OFERTA ECONÓMICA:

En el portal www.mercadopublico.cl, el oferente presentará su oferta económica, por una o más líneas, según estime conveniente, adjuntando el Anexo N°3, “Oferta Económica” donde se incluirán los PRECIOS NETOS de los servicios. Tales valores deberán ser expresados en pesos chilenos.     

La omisión de alguno de los precios o la modificación de los servicios, ambos señalados en el Anexo N°3, impedirá evaluar objetivamente la oferta, lo que determinará la exclusión del oferente, declarándose inadmisible su oferta.

ARTÍCULO 11º Visita a Terreno. Los proveedores interesados en participar en esta licitación deberán concurrir a visitas Técnicas a Terreno por la o las líneas ofertadas según corresponda, de carácter obligatorias.

  1. LÍNEA 1: Televisión Satelital: Se solicitará una visita técnica en el Palacio de La Moneda y Edificio Bicentenario. Las propuestas de los proveedores que no hayan asistido a las Visitas Técnicas a Terreno correspondiente serán declaradas inadmisibles.

  1. LÍNEA 2:  Televisión por Cable: Se solicitará las siguientes visitas técnicas:

  1. Una visita técnica en el Palacio de La Moneda. [JO1] [CSV2] 
  2. Una visita técnica a la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo.

  • Las propuestas de los proveedores que no hayan asistido a las Visitas Técnicas a Terreno serán declaradas inadmisibles.

Las visitas descritas en los párrafos anteriores se realizarán de la siguiente forma:

1.- Visita Técnica al Palacio de La Moneda y Edificio Bicentenario: Se realizará a las 10:00 hrs. (con una espera máxima de 15 minutos) del cuarto (4°) día corrido contado desde el día siguiente hábil al de la publicación en el portal (incluido este último día en la cuenta), y para ello, los proponentes deberán concurrir hasta las dependencias del Palacio de La Moneda, ubicadas en Morandé N°130, Subsuelo de la Plaza de la Constitución, comuna de Santiago.

2.- Visita Técnica a la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo: Se realizará a las 12:00 hrs. (con una espera máxima de 15 minutos) del quinto (5°) día corrido contado desde el día siguiente hábil al de la publicación en el portal (incluido este último día en la cuenta), y para ello, los proponentes deberán concurrir hasta las dependencias de la Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo, ubicadas en Callao N°398, Viña del Mar.

No obstante, lo anterior y, para efectos de una acertada interpretación del plazo de las visitas a terreno, la Presidencia publicará en el portal www.mercadopublico.cl, el día especifico de realización de las mismas.

Para agendar ambas visitas los proponentes deberán remitir la solicitud al correo electrónico licitaciones@presidencia.cl, identificando el nombre o ID de la licitación y señalando el nombre y Rut del oferente y de/ los asistentes(s).   

Todas las consultas que los oferentes requieran efectuar en razón de las visitas se deberán canalizar obligatoriamente a través del foro que el portal www.mercadopublico.cl tiene a disposición para ello, dentro del plazo establecido en el artículo 6º de las presentes bases.

De las visitas se levantarán dos actas, las cuales contendrán la identidad de los visitantes, y del oferente que representan, las firmas de éstos y de los funcionarios encargados de la Visita Técnica, junto con cualquier otro antecedente relativa a la misma.

ARTÍCULO 12º. De la Vigencia de las Ofertas. Las ofertas mantendrán su validez y vigencia por un plazo que no podrá ser inferior a 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de cierre del plazo para la recepción de las propuestas, señalado en el artículo 8°, de las presentes bases.

ARTÍCULO 13º. Apertura de las Ofertas. La apertura de la “Oferta Técnica y Económica”, así como de los “Antecedentes Administrativos del Proponente”, se realizará electrónicamente en una etapa, a las 17:01 hrs. del día estipulado para el cierre de recepción de las ofertas.

Solo se procederá a revisar las Ofertas Administrativas, Técnicas y Económicas enviadas electrónicamente vía el portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, serán declaradas inadmisibles, salvo que exista una indisponibilidad técnica del portal, en cuyo caso se procederá según lo dispuesto en el artículo 62° número 2 del Reglamento de Compras Públicas. Asimismo, serán declaradas inadmisibles las ofertas ingresadas mediante el portal que no contengan una propuesta técnica y/o económica, o a la que falte algún documento esencial y que no pueda solicitarse vía foro inverso. Por último, toda otra que adolezca de algún defecto por los cuales las presentes bases prevengan expresamente que se declararán inadmisibles o que derechamente no cumplan con los requisitos establecidos en las bases o sus anexos.

Se dejará constancia al momento de la apertura (a través del acta de apertura liberada a través del portal), de la recepción u omisión de los antecedentes generales del proponente.

ARTÍCULO 14º. Comisión Evaluadora. De acuerdo a la Resolución Exenta Nº2.139, de fecha 24 de septiembre de 2015, que aprueba el procedimiento de la Comisión Evaluadora de Ofertas, la evaluación de las ofertas la realizará una Comisión integrada por los siguientes funcionarios o quienes los subroguen:

a)    Subdirector/a Administrativa.

b)    Jefe/a del Departamento de Finanzas.

c)     Jefe/a del Departamento Jurídico.

d)    Jefe/a del Departamento de Abastecimiento.

e)    Jefe/a del Departamento de Logística.

f)     Jefe/a del Sub Departamento de Mantención Técnica. 

En la Comisión participará el/la Profesional de Apoyo encargado/a de la Licitación, con derecho a voz, y actuará como secretario(a) de Actas.

La Presidencia podrá proveer a la Comisión Evaluadora de la asesoría de expertos, en las materias técnicas a revisar en los procesos de licitación.

La Comisión Evaluadora podrá mantener contacto con los proveedores sólo para los efectos señalados en el artículo 39° del Reglamento de Compras Públicas.

Se hace presente que la Ley 20.730, sobre Lobby, establece como sujetos pasivos a los miembros de la Comisión Evaluadora, los que tendrán que dar estricto cumplimiento a las restricciones de la citada ley.

ARTÍCULO 15º. Solicitud de Aclaraciones. La Presidencia de la República podrá solicitar, a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a las ofertas presentadas o complementación de alguna información, pero en caso alguno mediante estas solicitudes se podrá alterar el contenido de las ofertas presentadas o el precio de la misma, ni transgredir el principio de igualdad de oferentes o el de estricta sujeción a las Bases.

La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Dicha solicitud será informada a los demás oferentes a través del sistema de información establecido en el portal “Mercado Público” para el efecto.

Asimismo, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El oferente dispondrá del plazo fatal de tres días corridos para la corrección de estas omisiones (72 horas), contados desde el requerimiento, el que se informará a través del sistema www.mercadopublico.cl. Será criterio de evaluación el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignándose menor puntaje a aquellos que no cumplieron dentro del plazo para presentación de las ofertas, con todo lo requerido. Por esta vía no podrán solicitarse documentos sujetos a evaluación. Si en la segunda oportunidad no se presentan los antecedentes, el oferente quedará fuera de bases y su oferta será declarada inadmisible.

ARTÍCULO 16º. Evaluación de las Ofertas. La evaluación se realizará por línea de servicio, y exclusivamente con la documentación aportada por cada oferente en la forma prevista en estas bases. No se evaluará documentación presentada extemporáneamente o ingresada por otros medios no previstos en ellas salvo los casos indicados en los artículos 7° y 15° de las presentes bases.

Concluida la evaluación se elaborará el “Acta de Evaluación”, que dará cuenta de los resultados de la evaluación con independencia de las sesiones que se hayan llevado a cabo para concluir el proceso.

Dicha Acta será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora, y en ella se consignará la propuesta definitiva que será remitida al Director Administrativo, sea proponiendo adjudicar la licitación a un oferente determinado, sea proponiendo declarar desierta la licitación por no haberse presentado ofertas, o sea proponiendo declarar inadmisibles las ofertas presentadas por no haberse ajustado a los requisitos esenciales de la licitación.

También se deberá dejar constancia en el acta, de las ofertas que no fueron evaluadas por encontrarse fuera de Bases, especificando las omisiones, vicios o defectos por los cuales no se evalúan.

ARTÍCULO 17º. Factores de evaluación. La evaluación de las ofertas por la o las líneas que oferte cada proveedor se realizará en base a los siguientes factores:

Factor

Criterio De Evaluación

Ponderación

Económico

Precio total neto del Servicio

40%

Técnica

Plazo de Instalación, Implementación y Habilitación de servicio

10%

Cantidad de Canales Análogos

20%

Cantidad de Canales Alta Definición

20%

Cantidad de canales de noticias internacionales

5%

Administrativo

Cumplimiento Requisitos Formales

5%

La evaluación para cada una de las líneas se realizará en base al siguiente detalle:  

  1. Factor Económico.

A.- Precios Netos de los servicios (40%): El oferente deberá informar el PRECIO TOTAL NETO OFERTADO por la o las líneas por la (s) cual (es) formula su oferta. La oferta deberá expresarse en pesos chilenos, el oferente deberá ofertar mediante el Anexo N°3 “Oferta económica”, el precio neto de la oferta por la o las líneas por las cuales postula, tendrá que ser expresado en pesos chilenos y deberá incluir todos los costos (impuestos, despacho, instalación, etc.).  

Para el cálculo de este factor, el puntaje será asignado mediante la siguiente fórmula:

Asimismo, el oferente tendrá que informar el valor total por, Instalación, implementación y habilitación por cada decodificador análogo y de alta definición extra que la Presidencia de la República solicite, siendo este valor respetado durante el periodo por el cual dure el contrato, en caso de que los referidos valores no sean expresados en el Anexo N°3, la oferta será declarada inadmisible.

Por último, el oferente tendrá que expresar el precio por contratar un canal análogo y en alta definición extra toda vez que la Presidencia de la República requiera incorporar nuevas estaciones a la parrilla programática, en caso de que los referidos valores no sean expresados en el Anexo N°3, la oferta será declarada inadmisible.

Para aquellos proveedores cuya oferta económica supere el presupuesto disponible para la o las líneas a las que oferte que se refiere el artículo 9° de estas bases, su oferta por dicha línea será declarada inadmisible. Además, el oferente deberá publicar dicho valor neto ofertado en el portal www.mercadopublico.cl, expresado también en pesos chilenos.

NOTA IMPORTANTE: La omisión o modificación de alguno de los precios o servicios señalados en el Anexo N°3, impedirá evaluar objetivamente su oferta, por lo que dicha omisión determinará la exclusión del oferente del proceso de compras, declarándose inadmisible su oferta.

La Presidencia de la República, estará facultada para modificar la oferta si esta viene con errores de cálculo. Para el caso, se considerará el valor del precio unitario de cada servicio.

El resultado se pondera por el 40%, calculado con un decimal.

  1. Factor Técnico.

A.-Plazo de Instalación, Implementación y Habilitación de servicio (10%). Este criterio de evaluación considera el plazo para la instalación, implementación y habilitación del servicio de Televisión por Cable y/o Satelital, según corresponda, para lo cual el oferente deberá señalar en el Anexo Nº2 “Oferta Técnica” el tiempo que requiere para satisfacer dicho requerimiento por la o las líneas ofertadas.

Para efectos de la evaluación, se asignará puntaje conforme a la siguiente tabla.

Condición

Puntaje

Menor o igual a 15 días corridos

100

De 16 a 29 días corridos

50

30 días corridos

0

 

El resultado se pondera por el 10%, calculado con un decimal.

B.- Cantidad de Canales Análogos (20%):  Este criterio de evaluación medirá la cantidad de canales análogos conforme a lo señalado en el punto N°2 de las Especificaciones técnicas, de acuerdo a la línea ofertada, siendo estas, televisión por cable y/o satelital según corresponda.

El puntaje de las ofertas en este criterio de evaluación se determinará aplicando la siguiente fórmula:

Para efectos de evaluación, la “cantidad de canales análogos ofertados” corresponderá a la sumatoria de los canales de ofertados en el anexo N°2

El resultado se pondera por el 20%, calculado con un decimal.

C.- Cantidad de Canales Alta Definición (20%): Este criterio de evaluación medirá la cantidad de canales de alta definición conforme a lo señalado en el punto N°2 de las Especificaciones técnicas, de acuerdo a la línea ofertada, siendo estas, televisión por cable y/o satelital según corresponda.

El puntaje de las ofertas en este criterio de evaluación se determinará aplicando la siguiente fórmula:

Para efectos de evaluación, la “cantidad de canales en alta definición ofertados” corresponderá a la sumatoria de los canales de ofertados en el anexo N°2.

El resultado se pondera por el 20%, calculado con un decimal.

D.- Canales de noticias internacionales (5%):  Este criterio de evaluación medirá la cantidad de canales de noticias internacionales de acuerdo a lo señalado en el punto N°2 de las Especificaciones técnicas, de acuerdo a la línea ofertada, siendo estas, televisión por cable y/o satelital según corresponda.

El puntaje de las ofertas en este criterio de evaluación se determinará aplicando la siguiente fórmula:

Para efectos de evaluación, la “cantidad de canales de noticias internacionales ofertados” corresponderá a la sumatoria de los canales de ofertados en el anexo N°2.

El resultado se pondera por el 5%, calculado con un decimal.

 

III. Factor Administrativo.

A.-Cumplimiento de Requisitos formales (5%): Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo a la siguiente tabla, con sus respectivos puntajes.

Puntaje

Requisitos Formales

100 puntos

La oferta cumple todos los requisitos formales de presentación dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas.

0

puntos

La oferta no cumple todos los requisitos formales de presentación dentro del plazo establecido para la recepción de ofertas, sino que cumple con todos los requisitos dentro del plazo adicional, según lo establecido en el artículo 15º de las presentes bases administrativas.

El puntaje obtenido se ponderará por el 5%.

ARTÍCULO 18º. Admisibilidad para el proceso de evaluación. Sin que la siguiente enumeración sea taxativa, no podrán evaluarse, y por ende serán declaradas inadmisibles, aquellas ofertas que incurran en los siguientes errores o defectos:

  1. Que omitan el precio por la o las líneas ofertadas según el Anexo N°3.

  1. Que omitan el plazo de Instalación, Implementación y Habilitación de Servicio de la o las líneas ofertadas según el Anexo N°2.

  1. Las ofertan que no asistan a las visitas técnicas correspondientes según la o las líneas ofertadas.

  1. Si la oferta presenta un tiempo de instalación, implementación y habilitación del servicio superior a los 30 días corridos no se evaluará y será declarada inadmisible su oferta.

  1. Los oferentes que no adjunten un plan con cronograma (tipo carta Gantt) de los trabajos, detallando cada uno de los trabajos.

  1. Las empresas que no adjunten en su oferta técnica, el tipo de equipamiento, dispositivos y tipos de cable que instalaran en las dependencias de la Presidencia de la República, es decir, Palacio de La Moneda, Edificio Bicentenario y Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo.

  1. Los oferentes que no entreguen la autorización otorgada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, vigente por todo el periodo de duración del contrato.

  1. Las ofertas que no cumplan con la cantidad de canales mínimos solicitados, según se menciona en el punto número dos de las especificaciones técnicas, de la línea ofertada.

  1. En caso que el oferente postule, o haga mención en su oferta a una empresa que corresponda a otra razón social, su oferta será declarada técnicamente inadmisible.

10. Las ofertas que adolezcan de algún defecto por los cuales las presentes bases prevengan expresamente la declaración de inadmisibilidad o que derechamente no cumplan con los requisitos esenciales establecidos en las bases o sus anexos.

La Presidencia podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieran con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas.

En ambos casos, el proponente no tendrá derecho a indemnización alguna.

ARTÍCULO 19º. Procedimiento de evaluación. El resultado de cada criterio de evaluación para cada una de las líneas corresponderá al que se obtiene al ponderar el puntaje obtenido en el mismo, por el porcentaje indicado en cada criterio, calculado con un decimal.

El puntaje final corresponderá a la suma de los puntajes ponderados obtenidos en cada criterio.

La oferta que logre en la evaluación el mayor puntaje para cada línea con sus respectivos servicios será considerada como la más conveniente a los intereses de la Presidencia de la República, lo que no implica necesariamente que ella corresponda a la oferta económica de menor precio.

La Comisión emitirá un Acta de Evaluación correspondiente a cada una de las líneas en evaluación que será suscrita por todos sus miembros y que se dirigirá al Director Administrativo con la propuesta de adjudicación.

ARTÍCULO 20º. Del Mecanismo de Desempate. De resultar un empate en la asignación de puntajes totales en alguna de las líneas ofertadas referidas en las presentes bases de licitación, prevalecerá aquella oferta que posea la mejor evaluación en la sumatoria del factor técnico. En caso de persistir el empate, se resolverá de acuerdo a la mejor evaluación en el siguiente orden de prelación:

-       Precio total neto del Servicio.

-       Cantidad de Canales Análogos.

-       Cantidad de Canales Alta Definición.

-       Plazo de Instalación, Implementación y Habilitación de servicio.

-       Cantidad de canales de noticias internacionales

-       Cumplimiento de Requisitos Formales.

Si aplicado el mecanismo de desempate antes mencionado este persistiera, será seleccionada la oferta que hubiera ingresado primero por el portal www.mercadopublico.cl, lo cual será confirmado por medio del comprobante de oferta que se encuentra disponible desde el acto de apertura.

ARTÍCULO 21º. De la Adjudicación de la Oferta y su Notificación. La Presidencia de la República aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus puntajes y ponderaciones establecidas en estas Bases y, al efecto, dictará una Resolución adjudicataria, la que será debidamente notificada al adjudicatario y demás oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl[1], a más tardar a los diez (10) días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de oferta.

El plazo de Adjudicación podrá ser ampliado por la Presidencia de la República si la complejidad del proceso u otros factores no permitiesen efectuar la adjudicación en el tiempo previsto originalmente, y de ello se informará oportunamente a los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl, indicando  las razones de la ampliación y avisando del nuevo plazo (inciso segundo, artículo 41, Reglamento Ley de Compras).

Del Mecanismo de Consulta de la Adjudicación. Conforme a lo establecido en el artículo 41° del Reglamento de la Ley N°19.886, en caso que los oferentes posean inquietudes con respecto a la adjudicación, deberán realizar sus consultas en el formulario de reclamos del portal de mercado público, en el cual la Presidencia emitirá sus respuestas por el mismo medio dentro de los dos días hábiles siguientes de presentada la consulta.

ARTÍCULO 22º. Readjudicación. Si el adjudicatario desistiere de su oferta; o no entrega los antecedentes legales para contratar; o no se encuentra en estado hábil; o no presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato;  o no firma el contrato, la Presidencia de la República dejará sin efecto la adjudicación mediante resolución fundada y podrá readjudicar la licitación al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, o bien, declarar desierta la licitación por no ser las ofertas convenientes a los intereses de la institución.

Todo lo anterior en un plazo máximo de 60 días corridos contados desde la fecha de publicación de la adjudicación original.

ARTÍCULO 23º. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato. El adjudicatario por cada línea deberá presentar una garantía o caución para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, que podrá consistir en un vale vista, boleta bancaria u otra aceptada en el Reglamento de Compras Públicas. Deberá en todo caso, ser pagadera a la vista, de carácter irrevocable y a la orden de la Presidencia de la República, Rut N°60.000.000-4 y, por un monto equivalente al 5% del contrato de la o las líneas adjudicadas, en el caso de que sea solamente un proveedor el adjudicado para ambas líneas referente al presente proceso licitatorio, se solicitará una sola Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato equivalente al 5% del contrato por ambos servicios. La glosa del documento -cuando corresponda según la naturaleza del mismo- deberá señalar: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato por el Servicio de Televisión por Cable y/o Televisión Satelital para el Palacio de La Moneda, Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo y Edificio Bicentenario”.

Si la o las garantías de fiel y oportuno cumplimiento del contrato son otorgadas en el extranjero, la institución financiera o aseguradora, en su caso, deberá contar con las autorizaciones para operar en Chile, y la garantía deberá ser de ejecución inmediata.

La vigencia de la referida garantía deberá extenderse por lo menos hasta los sesenta (60) días hábiles posteriores al término del contrato.

La garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes de la Presidencia de la República, ubicada en calle Teatinos Nº 92, piso 10 Edificio Moneda Bicentenario, Santiago Centro, en sobre cerrado dirigido al encargado del proceso de licitación, rotulándolo con el nombre de la licitación: “Servicio de Televisión por Cable y Televisión Satelital para el Palacio de La Moneda, Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo y Edificio Bicentenario”.

El oferente adjudicado deberá entregar la garantía de fiel cumplimiento del contrato previo a la firma del mismo. Si el oferente adjudicado no hace entrega de la garantía dentro del plazo que tiene para firmar el contrato, la Presidencia dejará sin efecto la adjudicación y podrá aplicar la readjudicación en conformidad a lo establecido en el artículo 22° de las presentes bases administrativas.

Devolución de la Garantía. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta al tomador una vez extinguidas, a entera satisfacción de la Presidencia, todas las obligaciones emanadas del contrato. La caución será devuelta por el Departamento de Finanzas de la Presidencia de la República, ubicado en calle Teatinos Nº92, piso 10 Edificio Moneda Bicentenario, Santiago Centro.

           

Causales de cobro de garantía. La Presidencia de la República podrá hacer efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del contrato si el Contratista incurre en alguna de las causales de término anticipado del contrato indicadas en el artículo 28º de las presentes Bases Administrativas, excluidos los números 3 y 6 del referido artículo.

Asimismo, la presidencia podrá realizar el cobro de la boleta de garantía en los casos en que el contratista no realice el pago de alguna de las multas que eventualmente pudieran ser cursadas dentro del plazo establecido en el artículo 30° de las presentes bases de licitación.

Además, la Presidencia podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, para hacer efectivos los pagos por obligaciones laborales y sociales de los trabajadores y las multas del adjudicatario. En tal caso se devolverá el excedente al contratista una vez acreditado que ha presentado una nueva boleta de garantía por el mismo monto y plazo de la que se hizo efectiva, lo que deberá realizar dentro de los 5 días siguientes a su ejecución. Si no se renueva la garantía dentro del plazo indicado, ello será causal para poner término al contrato aplicándose en tal caso el total de la garantía ya ejecutada.

ARTÍCULO 24º. De la suscripción del Contrato. El respectivo contrato será redactado por la Presidencia en el plazo de veinte (20) días corridos una vez notificada la resolución de adjudicación por el portal.

Para la redacción del contrato, el adjudicatario deberá presentar los documentos requeridos para su confección, esto es, los siguientes:

 

Cualquiera sea el tipo de oferente debe presentar

  1. El Certificado de antecedentes laborales y previsionales obtenido al menos, dentro de los 30 días anteriores al acto de apertura;
  2. Copia simple de Rut del proponente.

Si es persona jurídica, debe presentar, además:

  1. Copia de escritura de constitución de la empresa y sus modificaciones si las hubiere;
  2. Copia de escritura donde conste el poder del representante legal;
  3. Certificado de vigencia de la empresa extendido por el Conservador de Bienes Raíces o institución que corresponda dentro de los 60 días anteriores a la fecha en que se presentan;
  4. Certificado de poder vigente del representante legal extendido por el Conservador de Bienes Raíces o institución que corresponda dentro de los 60 días anteriores a la fecha en que se presentan;

No obstante, los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl), no deberán acompañar la documentación antes señalada, siempre y cuando dicha documentación se encuentre disponible y vigente en el portal, pero con la vigencia establecida en estas bases.

Mientras no sea entregada toda la documentación legal y administrativa necesaria para la suscripción del contrato, no se podrá proceder a la suscripción del contrato.

Una propuesta de contrato será remitida al oferente adjudicado, el cual tendrá un plazo de tres días hábiles para suscribirlo y remitirlo a la Presidencia de la República. Dicho plazo podrá extenderse prudencialmente en el evento de que la Empresa haga reparos al contenido del mismo o requiera de aclaraciones de la propuesta de contrato.

El plazo máximo de suscripción en esta segunda oportunidad será de cinco días hábiles.

ARTÍCULO 25º. Plazo. El contrato se extenderá por un plazo de 36 meses, para cada línea de servicios, y comenzará a regir a contar de la total habilitación de los servicios contratados, cuestión de la que se dejará constancia en un acta de entrega de los servicios, que deberá ser suscrita por el contratista y el administrador de contrato. El contrato podrá renovarse, solo por una vez y por el mismo plazo de vigencia, de mutuo acuerdo entre las partes con una anticipación no inferior a 60 días previos al término de la vigencia del contrato.

Sin embargo, por razones de buen servicio, las prestaciones objeto de esta licitación podrán iniciarse en la fecha que se indique en la resolución de adjudicación. No obstante, el pago de los servicios se verificará sólo una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que aprueba el contrato.

ARTÍCULO 26º. Del Pago. El pago de los servicios procederá a realizarse de forma mensual, para esto el adjudicatario deberá remitir la respectiva factura dentro de los primeros diez días del mes siguiente al de prestación de los servicios, incluyendo en la glosa de la facturación el detalle de los servicios brindados y el valor total de estos.

Para proceder a hacer efectivo el pago de las facturas por parte de la Presidencia de la República, deberá existir una previa aprobación por parte del Administrador del Contrato, quien podrá asignarla una vez verificado el monto facturado considerando los precios de los servicios. La mencionada aprobación debe ir además respaldada con la estampa del VºBº del ya mencionado Administrador del Contrato.

En caso de presentarse alguna diferencia en la factura emitida, no detectada por el Administrador del Contrato al momento de recepcionar dichos servicios, éste deberá solicitar al proveedor la emisión de una Nota de Crédito o Nota de Débito, según corresponda, para procesar oportunamente el pago por la prestación de los servicios.

La Empresa deberá aceptar la orden de compra que se emita a través del Portal Mercado Público y facturar asociando el ID de la orden de compra en la respectiva factura.

La factura que se presente deberá estar acompañada de una copia de la orden de compra de referencia en estado aceptada y deberá ser ingresada a la Oficina de Partes de la Dirección Administrativa, ubicada en calle Teatinos N° 92, Piso 10, Edificio Moneda Bicentenario, comuna de Santiago Centro.

La verificación del pago se hará solo una vez que se haya tramitado enteramente el correspondiente contrato, lo que comprende la resolución que aprueba el mismo.

En caso de ser facturación electrónica, estas deben ser enviadas a facturas@presidencia.cl, adjuntando a su vez una copia de la Orden de Compra.

El pago se efectuará dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme de la factura efectuada por el Administrador del contrato. En caso que una factura sea devuelta, el plazo de 30 días para el pago volverá a contabilizarse desde su reingreso.

ARTÍCULO 27º. De las modificaciones de prestaciones. Las partes podrán modificar las prestaciones contratadas, aumentándolas por un monto que no podrá ser superior al 30% del valor total del contrato, siempre que exista disponibilidad presupuestaria. Para el caso, se hará necesario que la empresa adjudicataria entregue un presupuesto al Administrador del Contrato. Este presupuesto podrá ser desestimado por la Presidencia de la República cuando resulte inconveniente a sus intereses. Sin perjuicio de lo señalado, se mantendrán los precios ofertados y sus reajustes, si los hubiere, para los servicios que se compren mediante el aumento de contrato. En todo caso, el Administrador del Contrato deberá emitir un Informe técnico que fundamente y/o justifique dicho requerimiento. En tal caso, la formalización de las modificaciones o ampliaciones del contrato se verificará mediante acto administrativo, el cual se entenderá como parte integrante del contrato, para todos los efectos legales.

ARTÍCULO 28º. Terminación anticipada del contrato. El contrato podrá terminar anticipadamente en caso de incumplimiento grave de las obligaciones a que está sujeto el adjudicatario. En tal evento, la Presidencia podrá poner término anticipado al contrato, de forma inmediata, administrativamente, sin necesidad de requerimiento o acción judicial o arbitral alguna.

Se considerarán como un incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor/es y darán origen al término anticipado del mismo las siguientes situaciones:

A.- Si la Empresa transgrediere la cláusula de confidencialidad estipulada en el artículo 32° de las presentes bases de licitación;

B.- Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del "Pacto de Integridad" contenido en el artículo 35 ° de estas bases.

C.- No entrega de los servicios de manera continua durante los 365 días del año, siempre y cuando ello no se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

D .- Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones de las respectivas partes, según se señala dentro de las presentes Bases Administrativas y Técnicas.

E .- Si el monto de aplicación de multas -en su conjunto- supera el 30% del valor del contrato.

F .- Si no paga la multa aplicada dentro de 30 días corridos desde que se encuentre ejecutoriado el acto administrativo que resuelve su aplicación.

G .- Incumplimiento en las especificaciones técnicas: Si la empresa adjudicada no cumple con las      especificaciones técnicas ofertadas al momento de la ejecución del servicio, Presidencia se reserva el derecho de dar termino anticipara al contrato.

En todo caso, se podrá poner término anticipado al contrato, por las causales consagradas de los numerales 1 al 6, ambos inclusive, del artículo 77° del Decreto Supremo Nº250 de la Ley de Compras y Contratación Pública. Asimismo, la Presidencia podrá poner término anticipado al contrato, de forma inmediata, administrativamente, sin necesidad de requerimiento o acción judicial o arbitral alguna, por término del presupuesto comprometido en la contratación objeto de la presente licitación.

ARTÍCULO 29º. De las Multas. El incumplimiento de las obligaciones que imponen las presentes bases administrativas o las que deriven de la contratación, y que no importen incumplimiento grave de las mismas, serán sancionadas con la aplicación de multas, de conformidad a las causales y montos que se señalan a continuación:

a.- Si el contratista no cumple con tener instalado, implementado y habilitado el servicio según lo ofertado en el Anexo N°2 de su oferta.  En tal caso se aplicará una multa equivalente a tres (3) Unidades de Fomento, por cada día de retraso.

b.- Si el contratista no entrega una solución ante problemas técnicos en el plazo establecido en el numeral 4 de las especificaciones técnicas a contar desde la notificación del desperfecto por parte de la Presidencia de la República, se aplicará una multa equivalente a tres (3) unidades de fomento. Adicionalmente, por cada ocho horas de retraso en la solución del problema a contar del plazo ofertado  se aplicará una multa equivalente a tres (3) unidades de fomento y asi sucesivamente.

c .- Cumplimiento de las normas de prevención de riesgos: La empresa deberá cumplir a cabalidad el uso de elementos de Protección Personal específico en cada actividad, en caso de incumplimiento en su uso, dará lugar a 10 UF por infracción, expresada en pesos al valor que detente la UF el último día del mes en que se produjo la infracción.

Con todo, el monto máximo que se podrá aplicar en concepto de  multas –en su conjunto- no podrá exceder del 30% del valor total del contrato. Si aplicada una multa/s se llega a ese valor, se procederá al término anticipado del contrato considerándose este hecho causal de incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor.

En todo caso, la empresa siempre podrá excusarse y eximirse del pago de multas por caso fortuito o fuerza mayor u otro motivo no imputable a ella. El caso fortuito o de fuerza mayor, será ponderado por el Administrador del Contrato considerando los antecedentes presentados por el Adjudicatario.

 

ARTÍCULO 30° Procedimiento de aplicación de multa, término anticipado y cobro de boleta de garantía:[JO3]  Detectada una situación que amerite la aplicación de la multa, término anticipado y cobro de boleta de garantía, por parte de esta Entidad, el Administrador de Contrato notificará al Contratista, por carta certificada o correo electrónico previamente informado, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa cuando corresponda. La notificación se entenderá practicada a partir del tercer día de despacho de la carta en la oficina de correos, o de enviado el referido correo electrónico.

A contar de la notificación de la comunicación precedente, el Contratista tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Presidencia dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Director Administrativo, tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, por carta certificada o correo electrónico previamente informado.

La Resolución podrá impugnarse mediante recurso de reposición que se presentará al Director Administrativo de la Presidencia, quien tendrá un plazo de 5 días hábiles para resolver.

Las multas deberán pagarse mediante vale vista a nombre de la Presidencia de la República, dentro de los 30 días corridos siguientes, a contar de que se encuentre ejecutoriada resolución o acto administrativo que ordenó su aplicación. En caso contrario, se podrán tomar las medidas legales, reglamentarios y/o judiciales pertinentes.

ARTÍCULO 30° Del Administrador del Contrato. El Jefe del Subdepartamento de Mantención Técnica actuará como Administrador del Contrato, con las facultades, obligaciones y atribuciones indicadas en el instructivo del Rol de los administradores de contrato, además de las obligaciones y responsabilidades establecidas en las presentes bases y/o en el contrato que se suscriba al efecto.

Entre las obligaciones del Administrador del Contrato, está la de velar porque el adjudicatario se ajuste al fiel y oportuno cumplimiento del contrato, especialmente en lo referido a los plazos; precio de los servicios, en relación con los determinados en la oferta; podrá efectuar cualquier consulta o sugerencia relativa al desarrollo del contrato siempre que ello no signifique un mayor costo para la empresa o detrimento a la Presidencia; dar su conformidad a los cobros asociados a las facturas presentadas; proponer al Director Administrativo la aplicación de multas o del término anticipado del contrato; y en general, deberá velar por la correcta entrega de los servicios.

Asimismo, el Administrador del Contrato deberá efectuar los seguimientos administrativos que sean necesarios, a objeto de asegurar el pago de las facturas de la empresa adjudicataria, dentro del plazo y formas comprometidas en esta licitación.

ARTÍCULO 31º. De la Cesión del Contrato. El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que derivan de la presente licitación.

Sin perjuicio de lo anterior, si podrá ceder o transferir las facturas, recurriendo al procedimiento establecido en Ley Nº19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de factura.

ARTÍCULO 32º. Confidencialidad. Toda información de la Presidencia de la República o de otros organismos públicos, a que la Empresa acceda total o parcialmente en virtud de este contrato, tiene el carácter de “Información Confidencial”, por lo que terceros no pueden acceder a ella, salvo autorización expresa de la Presidencia de la República.

La Empresa y el personal que participe del Servicio de Televisión por Cable y Televisión Satelital para el Palacio de La Moneda, Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo y Edificio Bicentenario, se obliga a mantener una estricta reserva y confidencialidad de la información recibida, no pudiendo divulgar ningún detalle del mismo, atendido, especialmente, lo referido a los aspectos de seguridad que pudieren comprometer a la Presidencia de la República o sus autoridades.

Del mismo modo, la empresa declara conocer y aceptar la Política de Seguridad de la Información de la Presidencia de la República contenida en la Resolución Exenta Nº 1.708 de fecha 14 de septiembre de 2018.  

Cualquier vulneración de esta cláusula dará lugar a las responsabilidades penales, civiles o administrativas que correspondan, sin perjuicio que se podrá poner término anticipado del contrato.

ARTÍCULO 33º. De la Subcontratación. En conformidad a las disposiciones contenidas en el artículo 15° de la Ley N°19.886 sobre Compras y Contrataciones Públicas, y atendiendo al objeto de esta contratación, manifestado en el N° 1 de las Especificaciones Técnicas, se deja expresa constancia que el adjudicatario deberá ejecutar el servicio contratado con personal propio, no pudiendo concertar con terceros la subcontratación del contrato bajo ninguna circunstancia.

ARTÍCULO 34°. Jurisdicción. Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de la Contratación Pública.

Las cuestiones de interpretación y aplicación del contrato que se susciten en la ejecución del mismo serán resueltas de común acuerdo por las partes o en su defecto, sometidas a los tribunales de justicia.

ARTÍCULO 35º. Pacto de Integridad. El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de estas Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación, ni con la entrega de el o los productos que deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en este proceso, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de los servicios que de ello se deriven.

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso de licitación.

5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en el presente documento, sus documentos integrantes y en el contrato que de ellos se derivase.

6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en este proceso es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto del presente proceso, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

“Servicio de Televisión por Cable y Televisión Satelital para el Palacio de La Moneda, Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo y Edificio Bicentenario”

1.- Objeto de la Contratación.

El Sub Departamento de Mantención Técnica requiere contratar el Servicio de Televisión por Cable y Televisión Satelital para el Palacio de La Moneda, Residencia Presidencial Palacio Cerro Castillo y Edificio Bicentenario.

2.- Características del servicio

Se requiere plan con oferta de canales de televisión, de acuerdo a disponibilidad del oferente, dando especial énfasis en canales de trasmisión permanente de noticias nacionales e internacionales. El plan ofertado deberá respetar la censura por contenidos, en horarios determinados para Chile.

Los servicios, ubicación, puntos de conexión y adicionales son los siguientes:

TELEVISIÓN POR CABLE

 

Servicio

Ubicación

Puntos

Televisión por Cable

Palacio de La Moneda

60

Las siguientes especificaciones son las mínimas que las empresas deberán ofertar para este ítem:

1 decodificador HD (40 canales HD mínimo)

Cantidad de canales mínimos:

70 canales análogos

Servicio

Ubicación

Puntos

Televisión por Cable

Residencia Presidencial Cerro Castillo

25

Las siguientes especificaciones son las mínimas que las empresas deberán ofertar para este ítem:

3 decodificadores HD (40 canales HD mínimo)

Cantidad de canales mínimos:

70 canales análogos

Mínimo de canales por categoría Alta Definición (correspondientes a la cantidad de decodificadores solicitados): 3 canales de Noticias Nacionales, 7 canales de Noticias internacionales, 10 Canales Culturales, 10 Canales deportivos, 5 Canales nacionales y regionales, 5 Canales internacionales.  

Mínimo de canales por categoría análoga: 5 canales de Noticias Nacionales, 11 canales de Noticias internacionales, 8 Canales Culturales, 5 Canales deportivos, 10 Canales hogar y familia, 8 Canales nacionales y regionales, 7 Canales internacionales, 11 Canales de películas y series, 5 Canales infantiles.

 

Las empresas que no oferten las especificaciones mínimas requeridas, su oferta será declarada inadmisible.

 

TELEVISIÓN SATELITAL

 

Servicio

Ubicación

Puntos

Televisión Satelital

Palacio de la Moneda

1

Edificio Bicentenario

2

Las siguientes especificaciones son las mínimas que las empresas deberán ofertar para este ítem:

Decodificador HD (55 canales HD mínimo)

Cantidad de canales mínimos:

70 canales análogos

 

Mínimo de canales por categoría Alta Definición (correspondientes a la cantidad de decodificadores solicitados): 10 canales de Noticias Nacionales e internacionales, 10 Canales Culturales, 15 Canales deportivos, 10 Canales nacionales y regionales, 10 Canales internacionales.

Mínimo de canales por categoría análoga: 16 canales de Noticias Nacionales e internacionales, 8 Canales Culturales, 6 Canales deportivos, 7 Canales hogar y familia, 10 Canales nacionales y regionales, 7 Canales internacionales, 11 Canales de películas y series, 5 Canales infantiles.

 

Las empresas que no oferten las especificaciones mínimas requeridas, su oferta será declarada inadmisible. 

Las empresas podrán ofertar en forma separada los servicios requeridos por Presidencia de la República.

Las empresas deberán indicar en su oferta técnica, el tipo de equipamiento, dispositivos y tipos de cable que instalarán en las dependencias, estos deberán estar de acuerdo a la normativa vigente de Chile.

A requerimiento de la Presidencia de la República, el contratista deberá instalar nuevos puntos de televisión, considerando la instalación del decodificador y la entrega del control remoto correspondiente en cualquiera de los inmuebles señalados precedentemente. De proceder, deberá instalar la o las señales o los elementos que el contratista utilice de acuerdo a su propia tecnología, esta se realizará previa coordinación y revisión de la factibilidad técnica y de cobertura.

Los precios del servicio de instalación de nuevos puntos serán ofertados por el contratista en el Anexo N°3 “Anexo Económico”.

 Para ambas líneas se requerirá como requisito de admisibilidad el cumplimiento de los siguientes canales:

 Canales de noticias nacionales:

Canal

Tipo de señal

24 horas TVN

Análoga

CNN  Chile

Análoga

Canal  Cámara de  Diputados

Análoga

Canal  del  Senado

Análoga

Tele sur

Análoga

Canales de noticias internacionales

Canal

Tipo de señal

Todo noticias

Análoga

Cable noticias

Análoga

Antena 3

Análoga

BBC World

Análoga

Deustche español

Análoga

Rai tv

Análoga

Tve

Análoga

Rsn

Análoga

Canal Caracol

Análoga

Canal el tiempo

Análoga

Tv Globo

Análoga

 

3.- Consideraciones para los servicios

Las empresas que oferten deberán integrar las siguientes consideraciones en sus ofertas:

  1. Un plan, con cronograma (tipo carta Gantt) de los trabajos, detallando cada una de las actividades a realizar.

  1. Autorización otorgada por la Subsecretaria de Telecomunicaciones, vigente por todo el periodo de duración del contrato, para operar como prestador del servicio de televisión por cable y televisión satelital. La oferta de la empresa que no presente esta autorización, será declarada inadmisible.

  1. Plan con oferta de canales de televisión (análogos y de alta definición) detallada, por la o las líneas ofertadas.

Por tratarse de edificios de carácter patrimonial, Palacio de La Moneda  y de la Residencia Presidencial Cerro Castillo, estos no tendrán que ser modificados ni reestructurados, ocupando de esta forma el contratista  el cableado actual existente dentro de cada edificio, sin embargo y en el caso excepcional que se  tenga que realizar acciones concernientes a intervenciones necesarias para la correcta y adecuada ejecución de los trabajos estas,  deberán ser consultadas y autorizados previamente por el Departamento de Patrimonio Cultural de la Presidencia de la República.

El Sub Departamento de Mantención Técnica será la contraparte técnica, la cual estará a cargo de aprobar la correcta ejecución de los trabajos, siendo el jefe de este Sub Departamento el Administrador del Contrato respectivo.

Los oferentes deberán considerar en su oferta que los trabajos para la canalización de los puntos tendrán que ser realizados, preferentemente, en horario nocturno o días no hábiles, además de coordinar previamente con la contraparte técnica, o quien ella designe, la ejecución de trabajos a fin de gestionar las autorizaciones necesarias, indicando los requerimientos necesarios para su correcta ejecución y un listado de las personas que ingresarán al edificio respectivo, con al menos dos días de anticipación a su ingreso, para efectuar las coordinaciones respectivas de forma de no afectar de ninguna forma la actividad diaria del edificio en cuestión.

4.- Servicio Técnico

Las empresas deberán contar con servicio técnico de lunes a domingo las 24 horas del día los 365 días del año. Además, las empresas deberán indicar en su oferta técnica, el tiempo de respuesta frente algún problema técnico que presente la señal o las instalaciones efectuadas por la empresa,  este tiempo de respuesta no deberá superar las 8 horas. Las empresas que no cuenten con servicio técnico, o indiquen un tiempo superior a 8 horas de respuesta, frente algún problema técnico, su oferta será declarada inadmisible.

La empresa deberá indicar la línea de atención para servicio de postventa, preferentemente con un/a ejecutivo/a dedicado/a para la Presidencia de la República.

5.- Daños a la Propiedad.

El adjudicatario deberá, a sus propias expensas, reparar cualquier daño a la propiedad de otras personas y responderá por la conservación de las dependencias del edificio que pueda resultar afectado por sus operaciones.

En caso que se produjeran daños por los trabajos realizados, las reparaciones serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.

6.- Canales adicionales, no contemplados en la oferta:

 El oferente deberá informar, por medio del Anexo N°2-A el listado de los canales que dispone para contratar, los cuales no forman parte de su oferta y que, eventualmente podrían ser contratados por la Presidencia.

Sin desmedro de lo anterior, la Presidencia de la República, en caso de requerirlo, podrá solicitar al oferente que resulte adjudicado, una cotización adicional por cualquier canal que no se encuentre contenido en los listados de canales adicionales.



[1] Se entenderá realizada la notificación de adjudicación, luego de las 24 horas transcurridas desde que se publique en el portal www.mercadopublico.cl, la Resolución adjudicataria.


 [JO1]Aquí, correspondería eliminar Edificio Bicentenario, pues el servicio solo se requiere para el Palacio de La Moneda y la Residencia Presidencial Cerro Castillo.

 [CSV2]ok

 [JO3]Estando uniformado el procedimiento, procedería eliminar el párrafo final del artículo 28°.