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Otras Clausulas |
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10.2 Criterios desempate y ofertas únicas.
De existir empate, En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “entrevista personal”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Conocimientos en base de datos del Catastro De Recursos Vegetacionales De Chile, manejo avanzado de GPS y Sistemas de Información Geográfico, específicamente en el SIG Quantum QGIS, Arc View o Arc Gis”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio " Experiencia de trabajo en el territorio en el ámbito de la fiscalización forestal, ambiental o monitoreo en la Región de Los Ríos”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia de trabajo en equipo con profesionales vinculados al ámbito de la fiscalización forestal, ambiental y/o monitoreo”, y finalmente, si persistir el empate, se adjudicará al oferente que presente mayor grado académico.
11. SUPERVISIÓN DE LA GESTIÓN
La supervisión y coordinación de las labores estará a cargo del Jefe del Departamento de Fiscalización y Evaluación Ambiental, CONAF-Región de Los Ríos.
12. PLAZOS
12.1 Plazo de vigencia de las Ofertas
Las Ofertas tendrán una validez mínima de 10 (Diez) días corridos desde la fecha de Apertura electrónica de las mismas.
12.2 Plazo de duración del Servicio
El plazo para la prestación de los servicios licitados será hasta el 20 de Junio de 2017, iniciando el servicio desde la adjudicación, a menos que por motivos de fuerza mayor se amplíe el plazo de común acuerdo entre CONAF y el oferente adjudicado.
13. ADJUDICACIÓN
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, CONAF podrá declarar las ofertas inadmisibles cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Corporación.
CONAF adjudicará la oferta que durante el proceso de selección, obtenga el puntaje más alto de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO/ORDEN DE COMPRA
La adjudicación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por el comprador y aceptación por parte del proveedor, de conformidad con lo establecido en el art. 63 del reglamento de la ley de compras.
Si el oferente adjudicatario del proyecto no acepta la orden de compra dentro del plazo de 5 días una vez adjudicada la oferta, se entenderá que desiste de su realización. En ese caso, CONAF tendrá derecho a encomendar la labor al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente. Quedan excluidos de esta disposición, aquellos adjudicatarios que justifiquen por motivos de fuerza mayor (tales como accidentes, pérdida de vehículos, o por razones de carácter judicial), que no podrán ejecutar las actividades propuestas.
El adjudicatario deberá, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de adjudicación, presentar en CONAF, los documentos necesarios para formalizar y aceptar la orden de compra, según corresponda.
15. PRESUPUESTO
La Corporación para la realización de las actividades señaladas en los requerimientos técnicos cuenta con un presupuesto regional máximo de $1.500.000 (un millón quinientos mil pesos), impuestos incluidos.
16. MODALIDAD FORMA Y PLAZO DE PAGO
La modalidad de pago, será a través de transferencias electrónicas o cheques, dividiendo el monto total adjudicado en 02 partes iguales que se pagarán previa presentación de los informes de la actividad N° 1 y N° 2 más el anexo de evaluación de desempeño del Jefe de Departamento de Fiscalización y Evaluación Ambiental, CONAF (Anexo 1).
El oferente adjudicatario deberá presentar una planificación mensual de los trabajos encomendados.
Para ejecutar el primer pago, adicionalmente al Anexo N°1, se debe presentar un archivo digital, con los shapes de rodales y predios, de bonificaciones de Ley N°20.283, de al menos 120 predios, del periodo 2007 a marzo de 2017.
Para el segundo pago, adicionalmente al Anexo N°1, se debe presentar un archivo digital, con los shapes de rodales y predios, de bonificaciones de Ley N°20.283, del remanente de predios, del periodo 2008 a marzo de 2017. A la vez, se debe incorporar un informe de accesibilidad del remanente de parcelas permanentes de monitoreo, incluyendo los cambios propuestos según la base de datos que coincida con el Catastro de Recursos Vegetacionales de Chile e informes solicitados por CONAF.
El pago se efectuará hasta 10 días hábiles posteriores a la recepción de cada evaluación.
El plazo máximo para ejecutar la totalidad de las actividades designadas y presentarlas ante la Corporación, es el 20 de junio de 2017, a menos que por motivos de fuerza mayor se amplíe el plazo de común acuerdo entre CONAF y el oferente adjudicado
17. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el profesional, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si se produjese cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en Bases y Contratos.
b) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
c) Cuando CONAF y el asesor de común acuerdo resuelvan poner término al contrato.
d) Si el asesor es sometido(a) a proceso o formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva.
e) Si el asesor no iniciara la ejecución del contrato dentro de los 5 días hábiles después de haber suscrito el contrato.
Por su parte, el asesor podrá poner término anticipado al Contrato, dando aviso escrito al respectivo Director Regional de CONAF, con 15 días de anticipación. En este caso, CONAF quedará facultada para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato mencionada en el punto 6 de estas bases. De igual modo, CONAF podrá readjudicar el servicio al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación.
18. CONFIDENCIALIDAD
Toda la información que el profesional conozca con ocasión de la ejecución de los servicios contratados, será considerada reservada quedando prohibida su difusión por cualquier forma o medio, salvo expresa autorización de CONAF.
19. PROPIEDAD INTELECTUAL
Los resultados de las actividades y procesos, así como documentos, registros fotográficos, audiovisuales y de cualquier tipo, producto del presente contrato constituyen propiedad intelectual de CONAF, y sólo podrán ser utilizadas, citando la fuente, previa autorización escrita de CONAF.
20. ACEPTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS FUERA DE PLAZO
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los Oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán el plazo que determine la comisión en el momento de analizar las ofertas, expresadas en horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. Dicho lo anterior, las bases contemplarán dentro de los criterios de evaluación uno que evalúe el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido. (Art. 40° del Reglamento).
21. DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS O DECLARAR DESIERTA O INADMISIBLE LA LICITACION
La CONAF se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquier oferta por incumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en estas bases y de declarar desierta la licitación, total o parcialmente, cuando no se presentaren ofertas o habiéndose presentado éstas resulten inconvenientes a sus intereses. En ambos casos se dictará una resolución fundada (Art. 9° de la Ley 19.886).
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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