Licitación ID: 1461054-41-LE25
ADQUISICIÓN EQUIPO EQUIPAMIENTO Y ARTICULOS DEPOR
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ELQUI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Tienda de deporte 1 Unidad
Cod: 49211806
ADQUISICIÓN EQUIPO, EQUIPAMIENTO Y ARTICULOS DEPORTIVOS PARA COLEGIO GABRIEL GONZALEZ VIDELA, LA SERENA, SLEP ELQUI  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN EQUIPO EQUIPAMIENTO Y ARTICULOS DEPOR
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Servicio Local de Educación Pública del Elqui o SLEP Elqui, como sostenedor de los establecimientos educacionales ubicados en las comunas de La Serena, La Higuera, Paihuano y Vicuña, en lo que importa para el presente proceso, el Colegio Gabriel González Videla, RBD 530, ubicado en Pedro Pablo Muñoz #4, La Serena, requiere la contratación del servicio para la adquisición, provisión y distribución de equipo, equipamiento e insumo deportivos
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
P02 Establecimientos Educacionales
R.U.T.:
61.981.040-6
Dirección:
Huanhuali #565
Comuna:
La Serena
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-01-2026 15:30:00
Fecha de Publicación: 08-01-2026 11:02:15
Fecha inicio de preguntas: 12-01-2026 9:00:00
Fecha final de preguntas: 13-01-2026 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-01-2026 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-01-2026 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-01-2026 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 25-02-2026 19:08:02
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) FORMULARIO N°1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE. Formato Identificación del oferente. Si es una UTP, todos los proveedores deben completar separadamente este formulario. b) FORMULARIO N°2 (Esencial): ACEPTACIÓN DE BASES. Declaración Jurada de aceptación de bases y conocimiento de los Antecedentes Administrativas y técnicos que regulan el proyecto. Deberá utilizar formato adjunto que se entregará. c) Personas Naturales y Jurídicas: La información del oferente en la etapa de presentación de ofertas solo será validado con la ficha del proveedor alojado en la plataforma Mercado Público, información que podrá ser cotejada según lo expuesto por el proveedor en el formulario N°1 solicitado en el presente proceso. d) Unión Temporal de Proveedores: El representante de la UTP deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma (Esencial), documento que deberá establecer a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a las obligaciones que se generen con la entidad, representante o apoderado común y el o los responsables de emitir factura y recepcionar el pago. e) FORMULARIO N°7: PROGRAMA(S) DE INTEGRIDAD. El proveedor deberá indicar si cuenta con programa de Integridad de la empresa conocido por sus trabajadores. Para lo anterior, deberá adjuntar el programa en cuestión y medios verificados de su distribución, tales como actas de entrega, correos electrónicos de distribución, nóminas firmadas por los trabajadores, u otros medios de respaldo que acrediten que dichos programas han sido conocidos efectivamente por sus trabajadores.
Documentos Técnicos
1.- a) FORMULARIO N°4: EXPERIENCIA DEL OFERENTE. Formulario en que el oferente declara su experiencia en la provisión de los servicios materia de la presente licitación o de similar naturaleza en instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas o privadas correspondiente al suministro, distribución, traslado y despacho de productos iguales o similares a los solicitados en el presente proceso. Para validar la experiencia declarada en el formulario, se aceptará únicamente como documentos válidos para su acreditación, cualquiera de los siguientes: - Los contratos y/o convenios de suministro suscritos con instituciones, servicios, organismos, o empresas públicas con sus respectivas Resoluciones aprobatorias, o solo estas últimas en la medida que estas últimas incorporen el texto del respectivo contrato o convenio, todos debidamente firmados. - Órdenes de compra emitidas en el sistema Mercado Público, en estado de recepción conforme. - Tratándose de ejecución de contratos para particulares, contratos debidamente suscritos, firmados por las partes, con sus respectivas facturas que acrediten la ejecución el pago de la totalidad de los servicios contratados. La experiencia que no sea informada en el formulario N°4, o que no se acredite con la documentación señalada anteriormente, no será considerada para su evaluación, siendo el oferente evaluado de acuerdo a la tabla de puntuación del criterio de evaluación de experiencia, sin que esta omisión sea causal de rechazo de su oferta; misma situación ocurrirá en el caso de que el proveedor no acompañe el formulario N°4 que detalla la experiencia y su documento verificador. Para efectos de su evaluación, los documentos validadores de experiencia que provengan de un mismo proceso de Licitación, o de un mismo proceso de contratación directa, o las derivadas de la prórroga o ampliación de un contrato anterior, serán contabilizadas como un solo contrato. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, se contabilizará la sumatoria de las experiencias de los integrantes de ésta. b) FORMULARIO N°5 (Esencial): PLAZO DE ENTREGA. Declaración Jurada Simple de Tiempo de Entrega de los productos en el domicilio de las unidades educacionales SLEP del Elqui o en la dirección establecida de la comuna indicada en la solicitud de requerimiento correspondiente. Deberá indicarse en este formulario el plazo de entrega ofertado para los productos solicitados que formaran parte de la contratación en días hábiles, el cual, no podrá se superior a 10 días hábiles. c) FORMULARIO N°6: PROPUESTA TÉCNICA (Esencial.) Formulario en el cual se deben detallar las características técnicas de cada uno de los artículos y productos ofertados por el proveedor, indicando su marca, modelo y características principales, las cuales, deberán ser iguales, similares o equivalentes con lo solicitado en bases técnicas adjuntas. Para estos efectos se deberá completar el formulario N°6 adjunto, o acompañar un listado de productos con la información solicitada. Se podrá de igual forma, acompañar imágenes, ficha técnica, y los documentos que el proveedor estime necesario para aclarar e ilustrar los productos ofertados. Todas las alternativas de productos ofertadas, deberán cumplir con las características técnicas y especificaciones exigidas en las bases técnicas del proceso de Licitación, pudiendo ser similares, iguales, equivalentes o superiores en términos de calidad y características técnicas, dejando de manifiesto que, los modelos y marcas incluidas en algunos productos, son solo de carácter referencial. En caso de comprobarse que uno o más de los productos ofertados no cumplen con dichas características o especificaciones, el Servicio Local de educación procederá a rechazar la oferta, declarándola inadmisible, sin derecho a ser evaluada. Las ofertas incompletas, que no contengan la totalidad de la información solicitada, o que no se ajusten a las especificaciones técnicas solicitadas serán rechazadas, sin derecho a ser evaluadas.
 
Documentos Económicos
1.- a) FORMULARIO N°3 (Esencial): CARTA OFERTA U OFERTA ECONÓMICA. Documento en el cual, el proveedor deberá indicar el valor unitario neto e IVA incluido de cada uno de los productos solicitados que forman parte de su oferta, incluidos gastos generales, utilidades e IVA, y que deben ser distribuidos en las distintas unidades educacionales identificadas. Este formulario también podrá ser reemplazado por la cotización detallada emitida por el proveedor, siempre y cuando, incluya la totalidad de productos, valores netos e IVA incluido. Los productos que formaran parte de la presenta licitación, así como su descripción y características técnicas, se encuentran expresamente indicadas en las bases técnicas, adjuntas a las presentes bases de Licitación. La oferta económica deberá efectuarse en pesos chilenos, fijo, sin reajustes, impuestos ni intereses de ninguna especie, considerando todos los gastos necesarios para la realización de los servicios requeridos, y en general, todo cuanto implique un gasto para la presentación de la oferta y el cumplimiento de la relación contractual, sea este directo o causa de él. El Servicio Local no efectuará ningún pago adicional o distinto al señalado por el Oferente en su oferta económica.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de esta Bases, sin que se soliciten aclaraciones o correcciones a su oferta. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los documentos solicitados en los puntos 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de esta Bases, pero respecto a los cuales se solicitaron una o más solicitudes de aclaración de su oferta, sin necesidad de acompañar documentos faltantes, debido a errores menores, o para aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presenten antes del cierre de recepción de ofertas un documento requerido en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4, y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presenten, antes del cierre de recepción de ofertas dos o más documentos requeridos en el artículo 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 y que no sean esenciales. 8%
2 PROGRAMAS DE INTEGRIDAD I. El oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por estos (correos electrónicos, actas de entrega programa, etc.) 100 puntos II. No cuentan con programas de integridad que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal. 0 puntos 2%
3 EXPERIENCIA Para la evaluación de este criterio, únicamente se considerará la experiencia declarada en el formulario N°4 “Experiencia del oferente” y acreditada conforme lo dispuesto en el artículo 8.4.4, letra), de las bases administrativas de Licitación. Por ello, se revisará el referido formulario y la documentación acompañada por los oferentes. Ver tabala d epuntos en bases 15%
4 PLAZO DE ENTREGA Para la evaluación se considerará el “Plazo de entrega (días hábiles)” informado en formulario N°5, considerando que este plazo comienza a regir a partir del día siguiente hábil que la que la orden de compra es aceptada por el proveedor, hasta la recepción conforme de la totalidad de los productos en todas las unidades educacionales que corresponda a la o las líneas adjudicadas.Ver tabla en bases 25%
5 OFERTA ECONOMICA Corresponde al monto total IVA incluido ofertado indicado en el Formulario de Oferta Económica N°3. Se evaluará con el mayor puntaje (100 puntos), a la oferta más conveniente o económica. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: Fórmula de Cálculo: Pje. Oi = ((Oe/Oi)*100)*50%) Donde: Pje. Oi : Puntaje obtenido por oferente i. Oe : Monto de la oferta más económica. Oi : Monto de la oferta del oferente i. 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: LEY DE PRESUPUESTO PUBLICO - P02
Monto Total Estimado: 10958710
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: VIVIANA GARAY
e-mail de responsable de pago: viviana.garay@slepelqui.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez García
e-mail de responsable de contrato: francisca.perez@slepelqui.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-42203726-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
PARTICIPANTES
Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas, nacionales y extranjeros, que desarrollen actividades en el rubro de los bienes y servicios solicitados, que se encuentren inscritos en el registro de proveedores del Estado (Chileproveedores) en estado hábil y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° y 35° quater de la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en los precitados artículos.
INHABILIDADES PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION
No podrán participar en la presente licitación ni celebrar el contrato con el SLEP, aquellos oferentes que se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Compras y aquellas indicadas en el capítulo VII, artículo 35 quáter de la Ley N°19.886. Tratándose de personas jurídicas, no podrán participar aquellas que hayan sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N°20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las personas Jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohechos que indica.
ACLARACIONES Y MODIFICACION DE LAS BASES
Las consultas que los oferentes deseen realizar con relación a la materia de esta licitación deberán ser efectuadas a través del foro del Portal. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes a través del mismo modo. Las consultas o aclaraciones efectuadas por e-mail u otra vía se considerarán inválidas. De conformidad a lo establecido en el artículo 35° Ter de la Ley N°19.886, se prohíbe la comunicación entre los oferentes, participantes o interesados en el proceso de contratación, una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del portal de compras públicas, y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, asegurando participación e igualdad de todos los oferentes. El Servicio Local, por cualquier causa y antes de que venza el plazo para la presentación de las ofertas, podrá realizar aclaraciones, enmiendas o modificaciones, de oficio o en atención a las consultas presentadas por algún oferente, ya sea a las presentes Bases Administrativas, especificaciones técnicas, o a cualquier otro antecedente del proceso de licitación. Estas aclaraciones, enmiendas o modificaciones, en caso de existir, se realizarán mediante resolución fundada del Director Ejecutivo, o del funcionario a quién este último haya delegado dicha facultad, y serán publicadas en el Portal de compras públicas, las que pasarán a ser obligatorias para todos los Oferentes, desde la fecha de su publicación en el sistema de información. El Servicio Local, tendrá la facultad discrecional de prorrogar prudencialmente el plazo para la presentación de las ofertas, si la cantidad o complejidad de las enmiendas y/o aclaraciones así lo amerita, especialmente en caso de existir una modificación en los criterios de evaluación, en las bases técnicas, y/o a documentación obligatoria que deban presentar los oferentes. Será exclusiva responsabilidad de cada oferente, la revisión del portal, con el objeto de verificar la existencia de aclaraciones, enmiendas o modificaciones, y de adecuar o modificar su oferta a los nuevos términos establecidos en dichos antecedentes.
OFERTAS TEMERARIAS
El Servicio Local de Educación podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, en conformidad a lo señalado en el artículo 61° del Reglamento de Compras públicas. Se entenderá como Oferta Temeraria”, cuando el precio de la oferta presentada por un proponente resulte inferior al 70% del precio presentado por el proveedor que le sigue y se verifique por parte del Servicio Local que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. Ante esta situación el SLEP Elqui podrá, a través de una Resolución fundada, adjudicar esa oferta al contratista, previa solicitud de un aumento de la garantía de fiel cumplimiento, que deberá corresponder al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley 19.886.
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
En particular, y sin que ello signifique limitación alguna a la facultad prevista en el artículo 56 del reglamento de compras, las causales para declarar inadmisible las ofertas, y proceder a su rechazo, sin derecho a ser evaluadas, serán las siguientes: a. Si no se acompañan los formularios N°2, N°3 (o cotización detallada del proveedor), N°5 y N°6 (o catálogo de productos) señalados en el numeral 8.4.2, 8.4.3 y 8.4.4 de las presentes bases. b. Si uno o más de los productos ofertados, o sus alternativas, no cumplan con las características técnicas mínimas obligatorias establecidas en las bases técnicas del proceso de Licitación. c. Si la oferta corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no adjunta el instrumento público (escritura) o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme a lo indicado en las presentes bases de Licitación, o no cumple con cualquiera de las exigencias establecidas en la normativa vigente para las UTP. d. Si el plazo ofertado para la entrega de totalidad de productos es superior a 10 días hábiles o no indica plazo de entrega. e. Cuando las ofertas no satisfagan técnica y económicamente los intereses del SLEP Elqui. De igual forma, cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases Administrativas, Bases Técnicas, la Ley 19,886 y el Reglamento. f. Asimismo, se declarará inadmisible la ofertas cuando se presenten ofertas simultáneas por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación, sólo la oferta más conveniente económicamente y que cumpla con los requerimientos técnicos de cada producto, siendo declarará inadmisibles las demás. g. Si la información adjuntada por el proveedor se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes. h. La omisión de antecedentes o entrega de información contradictoria, que haga imposible la revisión de aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los oferentes. i. Si presentados los formularios o documentos del oferente que no son catalogados como esenciales, estos son ingresados de forma incompleta, errónea o defectuosa, siendo observado por el Servicio vía foro inverso, habiéndose solicitado al proveedor aclarar, adjuntar o informar según sea el caso, algún documento parte integrante de su oferta solicitado en los artículos 8.4.2., 8.4.3, y 8.4.4 de las presentes bases, y éste consultado en una segunda instancia, no da respuesta a tal solicitud en dicha sección en el plazo prudencial estipulado para su respuesta o aclaración. Lo anterior, siempre y cuando, dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. j. Si la oferta del proveedor no es completa, es decir, no oferta todos los productos que se encomiendan. k. En los demás casos establecidos expresamente en las presentes bases administrativas, y en las bases técnicas del proceso de Licitación.
ACLARACION DE ANTECEDENTES, SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
En concordancia con lo establecido por Contraloría General de la República entre otros en dictamen N°5.104 del año 2003 donde establece que la Administración a fin de velar por una correcta decisión, debe considerar los errores numéricos o de cálculos que se detecten en un procedimiento de licitación, la comisión evaluadora podrá corregir de oficio o solicitando corregir todas las disconformidades de esa índole que sean evidentes, en resguardo de los principios de eficiencia, eficacia e impulsión de oficio del procedimiento que consagran los artículos 3°, inciso segundo; 5°, inciso primero, y 8° de la ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; sin perjuicio de lo anterior, los proveedores no podrán corregir el precio de su oferta.
PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
El Servicio podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del reglamento de compras, que los oferentes salven errores u omisiones formales, dentro de un plazo máximo de 48 horas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás oferentes esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal. De este modo, durante la etapa de evaluación el SLEP Elqui podrá solicitar aclarar los oferentes, lo siguiente: a) Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. b) La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas. Lo anterior incluye, la presentación de formularios administrativos o técnicos que no sean declarados como esenciales en las presentes bases, y que el oferente haya omitido presentar. c) La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Estas ofertas serán evaluadas con un menor puntaje, de acuerdo a lo señalado en el criterio de evaluación de cumplimiento de requisitos formales, de las presentes bases de Licitación.
MECANISMO RESOLUCION DE EMPATE
El criterio de desempate estará determinado por el siguiente orden de prelación de los factores a evaluar: i. Oferta Económica ii. Plazo de Entrega iii. Experiencia del Proveedor iv. Cumplimiento de requisitos formales v. Programas de Integridad De persistir el empate, se adjudicará entre estos oferentes, al que ha ingresado primero la oferta al Portal Mercado Público.
READJUDICACION
La presente Licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el Artículo 58°, inciso final del Reglamento. Asimismo, procederá la readjudicación si por motivos imputables al adjudicatario, en dichos casos, el Servicio Local podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al Oferente que, de acuerdo con el resultado de la evaluación, le siga en puntaje en la línea correspondiente y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. Se entenderá como motivos imputables al adjudicatario las siguientes situaciones: a) Si el oferente no entrega la documentación requerida para formalizar la relación contractual dentro del plazo para tal efecto, establecido en las presentes bases administrativas. b) Si el adjudicatario se desiste de su oferta y no suscribe el contrato/acepta la orden de compra en los plazos establecidos en las presentes bases. c) Si al momento de suscribir el contrato/aceptar la orden de compra, el proveedor no tenga la calidad de “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, en cuyo caso, tendrá un máximo de 3 días hábiles para resolver su situación, de lo contrario, el Servicio Local está facultado para dejar sin efecto la adjudicación y Re adjudicar al oferente que le siga en mejor puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. d) En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la inhabilidad del artículo 4°, de la Ley 19.886, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fueses hábiles. Se deja expresa constancia, que luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características que sean objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. e) Si el adjudicatario infringe, antes de la formalización de la contratación, el pacto de integridad incorporado en las presentes bases administrativas. Las demás causales establecidas en las presentes bases de licitación, y en la normativa legal que rige esta contratación. La resolución fundada de readjudicación se publicará en el portal. El nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2º lugar en la evaluación del proceso de la línea que corresponda, en los términos estipulados en estas bases de licitación, siempre y cuando, se mantenga las mismas condiciones realizadas en la propuesta pública, en caso contrario, se podrá readjudicar el contratista siguiente mejor evaluado y así sucesivamente, o en su defecto, se declarará desierta la licitación y se realizará un nuevo proceso licitatorio.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.