|
Apertura de las ofertas |
|
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
|
|
|
|
De la Adjudicación |
|
La adjudicación se realizará sólo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan habilidad para contratar con el Estado.
En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
|
|
|
|
Readjudicación |
|
En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la orden de compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación.
|
|
|
|
Plazo de Adjudicación |
|
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta, indicando el nuevo plazo de adjudicación, mediante resolución.
|
|
|
|
Metodología de desempate |
|
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el factor precio unitario neto por garrafón de agua de 20 litros el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será la característica técnica del servicio el que determine la adjudicación. Si aún persiste el empate será la primera oferta presentada en el Portal de Mercado Público la que obtendrá la adjudicación.
|
|
|
|
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
|
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos, administrativos ni económicos, a menos que éstos sean solicitados por CONAF a través del Foro del portal, establecido para tales efectos.
|
|
|
|
Consultas a la adjudicación |
|
Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguiente a la fecha de adjudicación, al correo miguel.vargas@conaf.cl
|
|
|
|
Cláusula de confidencialidad |
|
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
|
|
|
|
Comisión Evaluadora |
|
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por:
1) Jefa del Departamento Finanzas y Administración o a quién designe
2) Jefe de la Sección Administración o a quién designe.
3) Analista de Compras asignado o a quién se designe.
4) Jefa de la Unidad Jurídica o a quién designe, actuando como Ministro de Fe y asesor de la comisión.
La comisión, luego de su evaluación, emitirá un acta o informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para la adjudicación por el Director Regional.
|
|
|
|
Orden de Compra |
|
Se considerada, en primera instancia, la adjudicación y la firma del respectivo contrato. Posterior a ello, cada unidad de compras, en forma mensual, emitirá la orden respectiva contra factura y conformidad del servicio, procediendo al envío de la respectiva orden de compra al proveedor adjudicado.
|
|
|
|
Aplazamiento del cierre de la Licitación |
|
En caso de no existir ofertas seis horas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
|
|
|
|
Modificación a las Bases |
|
En caso de ser requerida la modificación de las bases, CONAF podrá efectuar las correcciones y/o modificaciones necesarias, previa resolución fundada, procediendo a aumentar los plazos establecidos para el proceso licitatorio.
|
|
|
|
Modalidad de Pago |
El proveedor deberá hacer llegar la factura a CONAF una vez recepcionado conforme el servicio por la Institución. En ese momento comienza a correr el plazo de 30 días corridos, para el pago.
La fecha de pago será a 30 días corridos, desde la recepción de la factura, previa recepción conforme del servicio.
|
|
|
|
Multas |
|
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación.
Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día corrido de atraso y se calcularán como un 3% del valor neto de los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de 5 días corridos, de atraso.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Para los efectos de multas se contempla el servicio de abastecimiento de agua purificada, en garrafones de 20 litros y los respectivos dispensadores o bebederos.
|
|
|
|
Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos: |
|
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, por carta certificada enviada al domicilio indicado en el contrato, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten, descargos que deberán entregarse en oficina de partes de Conaf, ubicada en calle 3 norte, N° 555, Viña del Mar, en horario de 09:00 a 14:00 hrs.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante carta certificada, enviada al domicilio indicado en el contrato.
De la resolución de aplicación de multa, se podrá reclamar, en virtud de lo establecido en la Ley 19.880. Para ello, el proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 5 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
|
|
|
|
Suscripción del contrato |
|
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación de la licitación. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación de la licitación la documentación necesaria para la confección de éste. Si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl
1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Certificado de Vigencia de la sociedad.
3) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales, vigentes.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada o por desistimiento por parte del adjudicado, CONAF quedará en libertad de acción para licitar nuevamente o bien adjudicar la licitación a otro oferente.
Las presentes Bases de Licitación, sus anexos y la oferta formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser transferido a un tercero bajo ningún título.
La redacción del contrato será efectuada por Conaf siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observación.
El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.
|
|
|
|
Término anticipado del contrato |
|
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, y a su voluntad proceder a la redistribución de los fondos asignados entre los otros adjudicatarios de la licitación, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, si concurre alguna de las causales que se señalan:
a. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
c. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
d. En caso de muerte, reorganización y liquidación o incapacidad sobreviviente.
e. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
f. Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato.
g. Por mutuo acuerdo de las partes.
|
|
|
|
Del término del contrato por incumplimiento |
|
El contrato terminará además en caso de que el adjudicatario incumpla gravemente cualquiera de sus obligaciones. Se considerarán para estos efectos incumplimientos graves las siguientes:
1. Más de 5 multas por atrasos y demoras no autorizadas en la realización de la entrega de los servicios del presente contrato.
2. La no reposición de los bebederos inoperativos.
3. Decisión fundada de la Corporación.
4. Inhabilidad del proveedor para contratar con el Estado por el periodo del contrato.
5. No entrega del servicio solicitado.
6. Más de 5 incumplimiento reiterados y no justificados de las obligaciones que forman parte de las bases administrativas y especificaciones técnicas y de todos aquellos documentos que forman parte integrante de este contrato.
7. Incumplimiento de otras obligaciones esenciales, calificadas como tales al momento de suscribir el respectivo contrato, como asimismo en los demás documentos que las partes tienen como integrante del mismo.
8. Que las multas superen el 10% del valor total estimado del contrato respectivo.
|
|
|
|
Plazo del contrato |
|
El servicio de abastecimiento de agua purificada en garrafón será por dos años contados (24 meses) desde la firma del respectivo contrato.
|
|
|
|
Especificaciones del servicio |
|
El servicio deberá entregarse en las siguientes dependencias de la Conaf Región de Valparaíso:
1.- Oficina Regional (casa 1) Calle 3 Norte 541 Viña del Mar.
2.- Oficina Regional (casa 2) Calle 3 Norte 555 Viña del Mar.
3.- Oficina Administración Reserva Nacional Lago Peñuelas, Ruta 68 km. 87.3 Valparaíso.
4.- Oficina Programa de Arborización, Reserva Nacional Lago Peñuelas, Ruta 68 km.87.3 Valpo.
5.- Oficina Manejo del Fuego, Aeródromo Rodelillo Alto s/n, Ruta 66, kilómetro 6, Valparaíso.
6.- Oficina Provincial La Ligua, Calle Uribe 26 La Ligua.
7.- Oficina Provincial San Antonio, Calle Litoral 296 Santo Domingo.
8.- Oficina Provincial San Felipe, Calle Santo Domingo 342 San Felipe.
9.- Oficina Administración Parque Nacional La Campana, Av. Granizo 9137 Paradero 43, Olmué.
10.- Oficina Parque Archipiélago Juan Fernández, entrega en 3 norte 541 Viña del Mar.
Se deja constancia que el suministro de agua purificada así como los dispensadores solicitados, también podrá hacerse extensivo a las nuevas unidades o sucursales o divisiones que pudiera crear la Conaf Región de Valparaíso, quienes a través de sus respectivos equipos administrativos tomarán contacto con la empresa adjudicada para la coordinación, entrega y recepción de los garrafones y dispensadores, bastando solo con dar el aviso respectivo al proveedor adjudicado para tales efectos. Este procedimiento será previa cotización del proveedor y aceptación expresa escrita, por parte del funcionario de Conaf que lo solicita. Los dispensadores que se solicitan deben contener bebederos de agua fría y caliente.
|
|
|
|
Características de los productos requeridos |
|
Garrafones y agua: El agua debe ser purificada libre de sodio, sales minerales y contaminantes orgánicos. Los garrafones deben tener una capacidad de 20 litros fabricados en policarbonato de alta resistencia.
Dispensador: El dispensador debe tener agua fría y caliente, de pedestal para garrafón de 20 litros, con bajo consumo de energía, para agua fría a 5° C y surtidor de agua caliente a 85° C, y soporte plástico individual.
Vasos: Eventualmente CONAF podrá requerir vasos plásticos y/o térmicos en formato para dispensadores y soporte individual para bidones y manillas simples para transporte.
|
|
|
|
Reposición |
|
El plazo de reposición de bebederos, en caso de fallas o deterioro, no podrá ser superior a las 48 horas desde que se efectúe la respectiva solicitud por parte de Conaf. Esta solicitud se realizará por correo electrónico dirigido al ejecutivo designado por la empresa adjudicada para atender a nuestra institución.
|
|
|
|
Subcontratación |
|
En caso de verificarse subcontratación, será aplicable lo siguiente: El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
|
|
|
|