Licitación ID: 1375735-3-LE25
Servicio de Seguridad y Vigilancia SLEP Afta.
Responsable de esta licitación: SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA ANTOFAGASTA, COMPRAS Y LICITACIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Servicios de vigilancia 12 Unidad
Cod: 92101501
La presente licitación, establece las condiciones para la presentación de los Servicios de Seguridad y Vigilancia, que incorporé un servicio de sistema de alarmas para las oficinas del Servicio Local de Educación Pública Antofagasta.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Seguridad y Vigilancia SLEP Afta.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presentes licitación, tiene por objeto la contratación de de los Servicios de Seguridad y Vigilancia, que incorporé un servicio de sistema de alarmas para las oficinas del Servicio Local de Educación Pública Antofagasta, en adelante el “Servicio Local”, ubicado en Avenida O’Higgins N°1784-1786, comuna de Antofagasta, II Región. de acuerdo a las bases administrativas, técnicas y anexos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA ANTOFAGASTA
Unidad de compra:
COMPRAS Y LICITACIONES
R.U.T.:
61.981.250-6
Dirección:
Paseo Prat 470
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-02-2025 15:01:00
Fecha de Publicación: 03-02-2025 19:25:00
Fecha inicio de preguntas: 03-02-2025 20:00:00
Fecha final de preguntas: 08-02-2025 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-02-2025 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-02-2025 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-02-2025 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 21-02-2025 11:23:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno 06-02-2025 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
2.- ANEXO N°2
3.- ANEXO N°3
4.- ANEXO N°5
5.- ANEXO N°7
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°4
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°6
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del Oferente De acuerdo con el numeral 10.3. "Criterios de Evaluación" de las bases administrativas. 30%
2 Trayectoria del Oferente en el Rubro De acuerdo con el numeral 10.3. "Criterios de Evaluación" de las bases administrativas. 20%
3 Condiciones de Empleo y Remuneraciones De acuerdo con el numeral 10.3. "Criterios de Evaluación" de las bases administrativas. 10%
4 Oferta Económica De acuerdo con el numeral 10.3. "Criterios de Evaluación" de las bases administrativas. 30%
5 Cumplimiento de los Requisitos Formales De acuerdo con el numeral 10.3. "Criterios de Evaluación" de las bases administrativas. 5%
6 Tenencia de Programas de Integridad De acuerdo con el numeral 10.3. "Criterios de Evaluación" de las bases administrativas. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 36000000
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: De acuerdo con el numeral 11.1.2.Renovación de las bases administrativas.
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Ignacio Soro Reyes
e-mail de responsable de pago: ignacio.soto@slepantofagasta.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisco Sepúlveda
e-mail de responsable de contrato: Francisco.sepulveda@slepantofagasta.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-56481734-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con el Servicio Local.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Local de Educación Pública Antofagasta
Fecha de vencimiento: 27-04-2026
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la propuesta púbica para la contratación de Servicio de Seguridad y Vigilancia ID 1375735-3-LE25 y el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.
Forma y oportunidad de restitución: En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el adjudicatario deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula N°11.4.3 “Término anticipado del contrato”. Será responsabilidad del proveedor contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. En el caso que los adjudicatarios entreguen un vale vista como garantía de fiel y oportuno cumplimiento, se recuerda que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 156 del DFL N°3 del año 1997, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos y de otros cuerpos legales que se indican, dichos documentos tendrán una validez de 5 años, a partir de lo cual se reafirma que la obligación de mantener vigente este tipo de garantía corresponde únicamente al adjudicatario. Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La readjudicación podrá ser ejercida por el Servicio Local cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: 1 Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta según lo señalado en la cláusula N°11.1, de las presentes bases; 2 Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; 3 No entregue la documentación requerida para contratar, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula N° 7 de las presentes bases, o no entregue las respectivas garantías de fiel cumplimiento de contrato, según lo requerido en la cláusula N° 8 de estas bases, cuando proceda; 4 De conformidad con lo señalado en la cláusula N° 11.1 de estas bases, no firma el contrato que procede como consecuencia de su adjudicación en esta licitación; 5 No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación; 6 Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado. 7 Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Pacto de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en la cláusula N° 11.14 de estas bases de licitación. En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, el Servicio Local podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 40 días hábiles administrativos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo. La readjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses del Servicio Local se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando ambos en condiciones de ser adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:

  1. Criterio Técnico. Experiencia del Oferente
  2. Criterio Técnico. Trayectoria del Oferente en el Rubro
  3. Criterio Técnico. Condiciones de Empleo y Remuneraciones.
  4. Criterio Económico.
  5. Criterio Administrativo: “Cumplimiento de requisitos formales”.
  6. Criterio Administrativo: “Tenencia de Programas de Integridad”.

Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 1 día hábil contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través de la página web https://ayuda.mercadopublico.cl/, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico: francisco.sepulveda@slepantofagasta.gob.cl, dentro de los 10 días hábiles contados desde el término del plazo para realizar las consultas.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, según formato del Anexo N°7 – Declaración Jurada Simple para Contratar, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Este Anexo deberá ser presentado a la mitad de la vigencia del contrato, con un máximo de seis meses, desde el inicio de la ejecución del respectivo servicio, de corresponder. Sin perjuicio de ello, el Servicio Local también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.

En el caso de que la adjudicada sea una UTP, cada integrante de esta deberá presentar dicho anexo.

Lo anterior es sin perjuicio de la documentación exigida para cursar cada pago asociado al contrato.

El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

Asimismo, y tal como se puntualizara en la cláusula N°11.6, si corresponde el Servicio Local exigirá al adjudicatario, antes de proceder al pago, el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a aquél correspondan respecto a sus trabajadores, mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, Formulario F-30-1, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación.

En consecuencia, el contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

Si por cualquier causa el Servicio Local dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.

El Servicio Local deberá exigir al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte del Servicio Local, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183- C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. En caso de negarse a entregar dicha documentación, se le aplicará una multa al proveedor equivalente al 0,5% del valor total del contrato por cada evento, hasta el límite de 3 veces, para lo cual se seguirá el procedimiento de aplicación de medidas consagrado en las cláusulas N°11.4.4.- de las presentes bases. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta, con un límite de 3 negativas, y la cuarta negativa se considerará un incumplimiento grave, dando lugar al término anticipado del contrato.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con este Servicio Local.

El adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones del Servicio Local.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

No se aceptarán ofertas que no contengan toda la información requerida al momento del cierre de la licitación. Con todo, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Servicio Local podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información, https://www.mercadopublico.cl.

Asimismo, el Servicio Local tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes deberán ingresar todos los antecedentes requeridos en una sola oportunidad dentro del plazo indicado en el siguiente párrafo, por lo tanto, no se considerarán los antecedentes que, sin perjuicio de ser entregados dentro del plazo, se incorporen luego de haberse realizado una primera presentación.

En ambos casos, los oferentes, tendrán un plazo máximo de 24 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por el SLEP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El Servicio Local no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.

Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en http://www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  9. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.

10.  Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente deberá cumplir con la prohibición establecida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación, como participante o interesado en el referido proceso, o como eventual interesado o participante en él, con las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo en lo que corresponda.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.