NORMATIVA |
El servicio se deberá prestar cumpliendo la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras:
• La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y sus modificaciones.
• La Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, y sus modificaciones.
• La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones.
• El Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N° 250, de 2004, de Ministerio de Hacienda.
• La Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo, artículo 89.
• El D.S. N° 830/1990 del Ministerio de Relaciones Exteriores que ratifica la convención sobre derechos del niño.
• El DFL 1 que fija texto refundido coordinado y sistematizado del Código del Trabajo.
• Ley 20.529/2011 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media del Ministerio de Educación.
• Ley 20.832/2015 Crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de Educación Parvularia del Ministerio de Educación.
• Las demás normas legales y reglamentarias que regulen materias propias de la contratación del servicio
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
Los proponentes que deseen participar del presente proceso licitatorio deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública y encontrarse habilitados.
No podrán participar oferentes de forma individual y a través de una Unión Temporal de Proveedores, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886. A su vez, la propuesta de cada oferente deberá ser única.
En el caso de que dos o más oferentes deseen participar del presente proceso licitatorio como una Unión Temporal de Proveedores, conforme se establece en los artículos 48 y 180 y siguientes del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886;
• Deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño, será declarada inadmisible.
• Deberá constituirse exclusivamente para el presente proceso licitatorio en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato a adjudicar, incluyendo sus eventual renovación o prórroga.
• Deberá establecer, en el instrumento que formaliza la unión, la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la SEREMI, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. Debiendo materializarse esta unión temporal por instrumento público o privado al tratarse de una adquisición menor a 1.000 unidades tributarias mensuales.
• Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
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REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD |
Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando éstas sean simultáneas en el presente proceso licitatorio, respecto de un mismo bien/servicio, por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
En este caso, la SEREMI considerará para efectos de la evaluación de la presente licitación pública, sólo la oferta más conveniente, presentada por el grupo empresarial o relacionadas entre sí, en cuanto a la de menor precio, y declarará inadmisibles las demás; siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo 61 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, Lo anterior, de conformidad a lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886, y lo establecido en el artículo 60 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886.
Dada la naturaleza del servicio a contratar el establecimiento debe contar con un Programa y/o Procedimiento de Prevención de Riesgos y sistema de evacuación de los niños/as, ya sea para situaciones de incendios, sismos y otras emergencias, el que debe incluir sus respectivas alarmas, y señaléticas.
Para acreditar lo antes señalado el proponente deberá ingresar junto a su oferta Técnica el Programa y/o Procedimiento solicitado.
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DOCUMENTACIÓN QUE RIGE EL PROCESO LICITATORIO Y SU CONTRATACIÓN |
Asimismo, esta licitación se rige por los documentos que a continuación se indican:
a. Las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
b. Las modificaciones a las Bases de Licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
c. Las respuestas a las preguntas realizadas por los oferentes y publicadas por la SEREMI en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
d. La oferta y los documentos anexos, presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes bases.
e. La resolución de adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.
f. La Orden de Compra emitida a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, la cual materializará la contratación.
g. El documento de garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y pago de las obligaciones Laborales y Sociales con sus trabajadores.
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DE LAS OFERTAS |
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.
Sólo se aceptarán ofertas en soporte papel, en los casos previstos por el artículo 21° del Reglamento de la Ley N° 19.886, y sus modificaciones, y en los artículos 48, 50 y 115 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, lo que será informado a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, junto al lugar de presentación de las propuestas.
Las ofertas serán recibidas desde el momento de la publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, hasta la hora y fecha de cierre de recepción de las ofertas. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, las ofertas en soporte papel serán recibidas hasta con dos (02) días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad.
Se entenderá que todos aquellos interesados que presenten ofertas conocen y aceptan íntegramente las presentes bases de licitación.
Las propuestas tendrán una validez de sesenta (60) días hábiles a contar de la fecha de apertura de estas. Si dentro de este plazo, aún no se hubiese adjudicado la propuesta y ésta estuviese pronta a caducar, la SEREMI podrá solicitar a los oferentes que prorroguen la vigencia de sus ofertas por un período de treinta (30) días hábiles.
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ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS |
VER EL PUNTO N°9 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS INSERTAS EN LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 1474 DE FECHA 14.05.2025 ADJUNTA EN LOS ANEXOS.
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MODIFICACIÓN Y REVOCACIÓN DEL PROCESO LICITATORIO |
La SEREMI podrá modificar las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos, hasta antes del cierre de recepción de ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo de la autoridad competente, el que debe ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, y deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones. Las modificaciones a las bases solo producirán sus efectos una vez que el acto administrativo que las apruebe se encuentre totalmente tramitado.
Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo 61 de la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, la SEREM podrá revocar el llamado a la licitación pública. Lo anterior, debe ser aprobado mediante acto administrativo de la autoridad competente.
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PUBLICACIÓN, RECLAMOS, PREGUNTAS Y RESPUESTAS |
Una vez publicado el presente proceso licitatorio, y en caso de que, existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado y las bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo expresado en las presentes bases de licitación.
Todas las notificaciones a efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que la SEREMI publique, en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, el respectivo documento o el acto administrativo objeto de la notificación.
A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, en la plataforma de reclamos.
Los oferentes podrán formular consultas respecto de las disposiciones contenidas en las bases de la presente licitación o en relación con el proceso licitatorio en general. Como mecanismo de consultas y respuestas, se hará uso del foro que para estos efectos se dispone en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
No se admitirán consultas por otro medio, ni posteriores al plazo señalado en el artículo 8° calendario de la licitación publicada en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
Las respuestas a las preguntas efectuadas por los proveedores serán aprobadas mediante acto administrativo de la autoridad competente, dentro del plazo señalado en el artículo 3° calendario de la licitación y publicada en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado. En ningún caso los oferentes podrán alegar desconocimiento de las respuestas a las preguntas.
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CIERRE DE RECEPCIÓN DE OFERTAS |
El cierre de la presente licitación se indica en Tabla del Artículo 3 de las presentes Bases Administrativas y, por lo tanto, no se aceptarán propuestas ingresadas al portal con posterioridad al día y hora fijada.
La Seremi Minvu podrá aumentar el plazo para el cierre de la recepción de las ofertas, en casos de necesidad o conveniencia. Dicha extensión se hará mediante resolución de la Secretaría Regional Ministerial, publicada en el portal de internet de Compras Públicas a lo menos 24 horas antes del cierre inicial programado. La prolongación del cierre significará un aumento para los plazos de apertura de la oferta técnica y económica.
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COMISIÓN EVALUADORA |
Las ofertas recibidas en la presente licitación serán evaluadas por una Comisión Evaluadora compuesta por tres funcionarios de la Sección de Administración y Finaznas designados para tales efectos mediante el presente acto administrativo, quienes efectuarán la evaluación de las ofertas administrativas, técnicas y económicas de los antecedentes recibidos; y, de conformidad a los requisitos para participar en la licitación, a los requisitos de admisibilidad de las ofertas, a los antecedentes a incluir en la presentación de las propuestas y a la metodología de evaluación de las ofertas, establecidos en las presentes Bases Administrativas.
La Ley N° 20.730, incluye entre los sujetos pasivos a los integrantes de las Comisiones Evaluadoras formadas en el marco de la Ley N° 19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones, de acuerdo a lo prescrito en el N° 7 del artículo 4 de la Ley N° 20.730.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 54 del D.S. N° 661 del Ministerio de Hacienda, de 2024, los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la normativa vigente al momento de la evaluación.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán mantener confidencialidad de sus deliberaciones durante todo el procedimiento de contratación, a fin de asegurar la integridad y transparencia del proceso licitatorio.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora, luego de la apertura de las ofertas y de conocer a los proponentes y sus respectivas ofertas, deberán suscribir una declaración jurada en la que indique que no poseen conflicto de interés alguno y no se encuentran afectos a inhabilidad alguna, de esta forma podrán continuar con la evaluación. En caso contrario, el evaluador deberá abstenerse de continuar participando de la respectiva Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora confeccionará un acta de evaluación que contenga un resumen del análisis de las ofertas y las materias a las que se refiere el artículo 57 del D.S. N° 661 del Ministerio de Hacienda, de 2024. Los puntajes plasmados en esta acta se expresarán a lo más dos decimales.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través de los mecanismos establecidos en las presentes bases de licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo 56 del D.S. N° 661 del Ministerio de Hacienda, de 2024.
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SOLICITUD DE ACLARACIONES |
La SEREMI, a través de la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los Oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura, o los que se adviertan en el posterior proceso de revisión de las ofertas, y/o solicitar información complementaria a los Oferentes para clarificar la información entregada, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los Oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de ellos a través del sistema de información del portal de internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl.
En los casos en que se solicite rectificar errores u omisiones formales, la comisión evaluadora podrá otorgar un plazo de 2 días, cada vez que lo requiera, para que los Oferentes subsanen la omisión o corrijan el error correspondiente. Si los Oferentes no dan respuesta en el plazo establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la propuesta será de exclusiva responsabilidad del Oferente. Esta solicitud deberá efectuarse mediante publicación destinada a todos los Oferentes a través del portal de internet de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl. Desde esa fecha de publicación se deberá contar el plazo para subsanar los errores u omisiones. La respuesta de los Oferentes a esta solicitud deberá hacerse igualmente a través del portal www.mercadopublico.cl.
La Comisión Evaluadora tendrá expresamente facultades para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma, que constaten en el proceso de evaluación, siempre que ello no confiera a los Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes.
Sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo con lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación, aquél o aquellos Oferentes que presentaron antecedentes dentro del plazo para subsanar, serán calificados con la rebaja en el puntaje que corresponda al criterio relativo al cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta.
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ADJUDICACIÓN |
La SEREMI se regirá en esta materia por lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y sus modificaciones, y por lo establecido en los artículos 58, 59, 60, 61 y 62 del Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones establecidos en las presentes bases. Se informará el resultado del proceso de licitación a través de la publicación del acta de evaluación y la resolución de adjudicación en el sitio www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
La SEREMI declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los proponentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La SEREMI podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
La SEREMI no podrá adjudicar a Oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado.
Los proponentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación, dentro de las 24 horas siguientes de la publicación de la resolución de adjudicación en el sitio Mercado Público.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al proponente que obtenga la mejor evaluación en el factor “Años de Experiencia del Establecimiento”. Si continúan empatados, éste se resolverá adjudicando al proponente que presente el mejor puntaje en el factor “Personal a cargo en Sala Cuna”. Si continúan empatados, éste se resolverá adjudicando al proveedor que presente el mejor puntaje en el factor “Precio Mensualidad”. Finalmente, si el empate no es posible resolver, se declarará desierta la licitación.
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READJUDICACIÓN |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra, no hace entrega del instrumento de garantía en forma oportuna la SEREMI podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al proponente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre que el proponente de la segunda oferta así lo acepte y prorrogue la vigencia de su oferta, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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FECHA DE ADJUDICACIÓN (APLAZAMIENTO) |
En el evento que la SEREMI, no pueda cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual, no podrá exceder los 15 días contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
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PRECIO DEL CONTRATO |
Será el que se indique en la Resolución de Adjudicación, producto de la oferta seleccionada. Será en pesos, moneda nacional e incluirá todos los gastos en los términos señalados precedentemente, impuestos incluidos.
Se considera en el Precio el reajuste para el año siguiente al de la contratación, por concepto de matrícula y mensualidad, el que en ningún caso debe superar el 10% del valor indicado en su oferta.
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COBROS ADICIONALES |
Podrá hacerse efectiva la citada caución por incumplimiento grave de las obligaciones del proponente adjudicado, salvo causa justificada, en los siguientes casos:
a) En caso que las multas acumuladas excedan el 10% del valor total del contrato.
b) Si el Servicio se efectuare parcialmente o fuere manifiestamente deficiente o no cumpliere con las exigencias contenidas en las bases técnicas, en forma permanente, de manera que se decida poner término anticipado al contrato.
c) Si la/s multa/s aplicada/s no hubiese/n sido descontada/s de la factura emitida por el proponente adjudicado.
d) En caso que no se alcance a cubrir los estados de pago de la Remuneraciones o Imposiciones del personal con la última factura.
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CAUSALES DE MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
VER EL PUNTO N°26 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS INSERTAS EN LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 1474 DE FECHA 14.05.2025 ADJUNTA EN LOS ANEXOS.
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PROCEDIMIENTO PARA PONER TÉRMINO ANTICIPADO A LA CONTRATACIÓN |
VER EL PUNTO N°27 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS INSERTAS EN LA RESOLUCIÓN EXENTA N° 1474 DE FECHA 14.05.2025 ADJUNTA EN LOS ANEXOS.
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MULTAS |
La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Biobío estará facultada para aplicar a la empresa una multa en los casos, formas y plazos que a continuación se indican, siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por la contraparte técnica de esta Seremi.
a. En caso de no prestar el servicio, se aplicará una multa equivalente a 1 UTM (Unidad Tributaria Mensual) correspondiente al mes en que el proveedor incurrió en la falta, y se descontará del pago más cercano del mes que se aplicó dicha multa, con un tope de 5 días.
b. Si el Servicio se efectuare parcialmente o fuere manifiestamente deficiente o no cumpliere con las exigencias contenidas en las bases técnicas, en forma permanente, se aplicará una multa equivalente a 0.5 UTM (Unidad Tributaria Mensual) correspondiente al mes en que el proveedor incurrió en la falta, y se descontará del pago más cercano del mes que se aplicó dicha multa, con un tope de 5 días.
c. Si las multas aplicadas no hubiesen sido descontadas de la factura emitida por el proponente adjudicado.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS |
a. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica deberá notificar inmediatamente de ello al proveedor, mediante correo electrónico, informándole sobre el cobro a aplicar y sobre los hechos en que éste se motiva.
b. A contar de la notificación singularizada en el literal anterior, el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante la contraparte técnica, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el proveedor aceptase los hechos en que se funda la multa, se aplicará la correspondiente multa por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al proveedor mediante su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
d. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido, las características y el monto de la multa a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
e. La aplicación de la multa se hará administrativa y unilateralmente por esta Secretaría Regional Ministerial, a través de la deducción de su monto del pago de la correspondiente factura (valor factura - monto multa = valor a pagar).
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FACTORIZACIÓN |
En caso de Factorización se aplicará lo dispuesto por la Ley N° 19.983, de 2004, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, los artículos 1901 y siguientes del Código Civil y el Oficio ORD. N° 8 de la Subsecretaría de V. y U., del 09.01.2015. El contratista deberá presentar una solicitud de autorización de factoring por escrito, dirigida a la contraparte técnica del servicio, adjuntando la cuarta copia cedible. La respuesta favorable se dará, previa comprobación de la prestación íntegra y conforme de los servicios contratados y de que el contratista ha dado cumplimiento a sus obligaciones laborales y previsionales.
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SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN |
Por el solo hecho de participar en la presente licitación, el proponente deberá dar cumplimiento a las políticas vigentes de seguridad de la información del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que se encuentran publicadas en el link https://www.minvu.cl/sobre-minvu/politicas-de-seguridad-de-la-informacion , y sus correspondientes modificaciones. El incumplimiento de esta obligación autorizará al MINVU a perseguir las responsabilidades civiles y penales que, según el caso, correspondan.
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