PROPONENTES |
Podrán participar en la presente licitación, todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, chilenas o extranjeras y/o uniones temporales de proveedores, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común, y que no tengan algunas de las inhabilidades establecidas en el inciso 1° del Artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que se transcribe en su parte pertinente:
“(…) Quedarán excluidos quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal”.
En el caso de las personas naturales o jurídicas extranjeras, éstas tendrán la obligación de otorgar y constituir, al momento de la adjudicación, mandato con poder suficiente o la constitución de sociedad de nacionalidad chilena o extranjera, según corresponda, con la cual se celebrará el contrato, y cuyo objeto deberá comprender la ejecución de dicho contrato, en los términos establecidos en el inciso cuarto del artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
|
|
|
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
La oferta deberá estar disponible, en formato digital, junto con la documentación de respaldo que más adelante se indica, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas (en adelante “Portal Mercado Público”), en la fecha y hora señalado en el punto precedente, de conformidad a los protocolos que éste impone y a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre esta materia.
Sólo se aceptará una propuesta por oferente, de modo que, existiendo más de una, La Municipalidad sólo analizará aquella que se hubiera presentado primero en el precitado Portal, rechazando las demás.
|
|
|
CONSULTAS Y ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES DE DOCUMENTOS DE LICITACIÓN |
Las consultas o aclaraciones que puedan surgir en relación a las presentes Bases deberán ser formuladas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha de publicación de estas bases y hasta la fecha indicada en calendario de licitación.
Las respuestas estarán en conocimiento de todos los oferentes a través de este mismo medio, a más tardar a la hora del día señalado en calendario de licitación.
La Municipalidad podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante Decreto Alcaldicio, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por un oferente en cuyo caso se establecerá un plazo prudente para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. Se deja constancia, que el oferente se hace responsable del seguimiento del proceso licitatorio mediante la plataforma de compras públicas www.mercadopublico.cl.
|
|
|
AMPLIACION PLAZO DE ADJUDICACION |
Si la adjudicación no pudiese efectuarse dentro de los plazos establecidos en el cronograma dispuesto en el punto 2 de las presentes bases, La Municipalidad informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para la adjudicación. Lo anterior, en conformidad con lo establecido en el artículo 58° inciso 2° del D.S. N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda. Asimismo, se emitirá la correspondiente resolución fundada, la cual será publicada en la plataforma www.mercadopublico.cl, para el conocimiento y seguimiento del proceso por parte de los oferentes.
|
|
|
CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACION |
Las consultas o cualquier duda respecto con al proceso de adjudicación deben ser canalizadas a través del correo gisella.arismendi@municipalidadtimaukel.cl.
|
|
|
PRECIO, VALIDEZ DE LA OFERTA Y FORMA DE PAGO |
La oferta deberá presentarse dentro del portal con valores NETOS, en moneda nacional y deberá tener una validez mínima de 90 días corridos.
En el anexo económico incluido en las presentes bases de licitación, deberá detallar el valor según se solicite y todos los impuestos y gastos que pudieren ser aplicables dando el monto final que tendrá la adquisición.
La factura deberá ser extendida a nombre de la Ilustre Municipalidad de Timaukel, Rut N°69.251.600-1, con dirección en Villa Cameron S/N comuna de Timaukel, Provincia de Tierra del Fuego. Ésta deberá ser remitida al correo electrónico encargado.inventario@municipalidadtimaukel.cl.
La cancelación de los servicios se realizará contra la presentación de la respectiva factura en un plazo de 30 días, contados desde la fecha de recepción conforme del producto.
|
|
|
APERTURA DE LAS OFERTAS |
Al momento de la apertura, el control de los antecedentes legales y/o administrativos, será formal, es decir, sólo se verificará que se presenten todos los antecedentes requeridos. El análisis de fondo de los antecedentes se efectuará con posterioridad durante el período de evaluación de las ofertas.
Del acto de apertura se levantará un Acta, la que será refrendada por todos los integrantes de la Comisión correspondiente o de los encargados del proceso.
Cualquier discrepancia o duda que se presente en el Acto de la Apertura, será resuelta por quien presida la Comisión Evaluadora o el funcionario encargado de adquisiciones según sea el caso.
|
|
|
COMISION EVALUADORA |
Para las Licitaciones de Alta Complejidad la Comisión Evaluadora revisará que las ofertas aceptadas cumplan con todos los requisitos establecidos y deberá preparar los cuadros comparativos del proceso de evaluación cumpliendo estrictamente con las fórmulas de cálculo y puntaje asignados a cada factor, la que una vez aprobada será firmada por todos los integrantes y servirá de respaldo para la proposición de adjudicación o para ser presentado ante el Concejo Municipal en caso de que corresponda.
Además, no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación y mientras dure dicho proceso. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún tipo de donativo de parte de terceros.
|
|
|
RESOLUCION DE EMPATES |
En el caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá, en primer lugar, considerando la oferta que haya obtenido el mejor puntaje en el criterio experiencia, y, en segundo lugar, tomando como base la mejor propuesta en Precio. De mantenerse la igualdad, se adjudicará quien obtenga mayor puntaje en propuesta técnica, si aun así se mantiene la igualdad se desempatará por el mejor puntaje en Plazos de ejecución y luego en cumplimiento de requisitos formales y programa de integridad.
Finalmente, de mantenerse de todos modos el empate, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal mercado público considerándose la hora en que aquello se efectúe.
|
|
|
ADJUDICACION |
La Municipalidad de Timaukel adjudicará la presente licitación a aquel oferente que, encontrándose hábil para ofertar con los organismos del Estado, haya presentado la oferta más conveniente a sus intereses, de acuerdo a la evaluación realizada, debiendo notificar el resultado de la licitación a más tardar el día indicado en el Portal Mercado público.
La resolución de adjudicación será publicada a la brevedad posible en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas cumpliendo los plazos establecidos en estas bases de licitación.
En el evento que se presente alguna imposibilidad de informar el resultado de la adjudicación, esta situación será notificada en el Sistema de Información, indicando las razones que justifican el incumplimiento, fijando el nuevo plazo para hacerlo.
Los proponentes no favorecidos no percibirán indemnización de ninguna naturaleza, siendo de su exclusiva responsabilidad los gastos en que hubieren incurrido con motivo de la presentación de sus ofertas.
Las consultas que pudieran suscitarse con motivo de la adjudicación deberán consultarse a través del “Portal Mercado Público”, siendo respondidas por este mismo medio a más tardar, el día y hora indicado en calendario de licitación.
No obstante, lo señalado precedentemente, la Municipalidad de Timaukel mediante decreto fundado, podrá declarar desierta la licitación por no convenir a los intereses institucionales o, declarará inadmisibles las ofertas por no cumplir los oferentes con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas.
|
|
|
CONTRATO |
Por tratarse de una licitación de alta complejidad, se formalizará mediante la suscripción de un contrato, en un plazo no superior a 10 días corridos desde la fecha de adjudicación. Dicho contrato tendrá una duración de 90 días corridos aumentados en 30 días corridos, iniciando desde la fecha de la firma del contrato respectivo.
Además, deberá contener todas las condiciones por las cuales se regirán las partes contratantes, en concordancia con las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas y la oferta presentada y, deberá ser suscrito por el Adjudicatario ante Notario o por medios electrónicos, de acuerdo con la legislación sobre firma electrónica.
Sin perjuicio de la total tramitación de la resolución aprobatoria del contrato, el adjudicatario iniciará la prestación de sus servicios desde la fecha de aceptación de la respectiva orden de compra, para lo cual deberá tomar contacto con el responsable del proceso o su subrogante legal, según el caso.
En todo caso, si durante la ejecución del contrato, ciertas causas o circunstancias no imputables a culpa o negligencia del adjudicatario hicieren imposible su oportuno cumplimiento, podrá ampliarse el plazo estipulado para su término, previa solicitud por escrito y fundada de éste, la cual en caso de aceptarse sólo podrá ser formalizada mediante la dictación de un decreto fundado que, indicando el motivo de la modificación, cumpla con todos los requisitos indicados en el artículo 132° del DS. N° 661, de 2024, Reglamento de la Ley N° 19.886.
Para todos los efectos legales del contrato las partes fijarán su domicilio en la comuna y ciudad de Porvenir y se someterán a la competencia de sus Tribunales de Justicia.
La Adjudicación de la presente licitación se enviará para autorización por parte del concejo municipal en la reunión ordinaria o extraordinaria más próxima de la adjudicación de la presente licitación. Sólo en este caso, la suscripción del contrato podrá realizarse en un plazo no superior a los 20 días corridos desde la fecha de adjudicación.
|
|
|
Antecedentes legales del adjudicatario |
Para la redacción del contrato, el oferente adjudicado deberá proporcionar, en el plazo máximo de 2 días corridos, original o copia simple, de los siguientes documentos:
a) Copia simple de la Cédula Nacional de Identidad
b) Inscripción en Chile proveedores
Además, tratándose de personas jurídicas, se deberá entregar original o copia autorizada ante Notario, de los siguientes documentos:
c) RUT de la empresa
d) C.I. representante Legal
e) Certificado de Vigencia de la empresa, extendida por el Conservador de Bienes Raíces y Registro de Comercio respectivos, con no más de 60 días de anticipación a la fecha de la firma del contrato.
f) Certificado de vigencia de la personería, emitido por el Conservador de Bienes Raíces y Registro de Comercio correspondientes, con no más de 60 días de anticipación a la fecha de la firma del contrato.
g) Escritura en que conste la personería del representante legal del oferente, con expresa mención de sus facultades, las cuales deberán contener las de percibir y contratar.
h) Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato
Si alguno de los antecedentes requeridos para la suscripción del contrato se encuentra digitalizado y a disposición de La Ilustre Municipalidad de Timaukel en el Registro de Proveedores, no será necesario adjuntarlos físicamente.
|
|
|
CONTRAPARTE TECNICA |
El Administrador Municipal será la contraparte técnica municipal, y estará encargada del contacto con el proveedor, recolectar y entregar la información solicitada por el proveedor para dar curso al servicio solicitado.
Además, le corresponderá:
a) supervisar, coordinar y fiscalizar el debido cumplimiento del contrato y de todos los aspectos considerados en el pliego de condiciones que rigen la presente licitación
b) Comunicarse periódicamente con el Proveedor o adjudicatario
c) Formular al Proveedor observaciones de forma y de fondo para el buen desarrollo y mejoramiento del contrato prestado
d) Velar por la calidad, eficiencia y oportunidad en la ejecución de los servicios del contrato
e) Requerir el cumplimiento de las medidas de seguridad u otros aspectos importantes para una ejecución del contrato licitado de forma eficiente y eficaz
f) Aplicar y tramitar las multas cuando corresponda
g) Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios ejecutados
h) Mantener un permanente control sobre la ejecución de los servicios a través de cualquier medio o forma que resulte idónea para el efecto
i) Solicitar documentación pertinente para gestionar las Solicitudes de Pagos
|
|
|
DEL PROVEEDOR |
Le corresponde al proveedor:
a. El ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento aplicando y respetando en todo momento la normativa aplicable al servicio en cuestión.
b. Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c. Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de ejecutar los servicios que no esté considerado en las bases y no haya sido autorizado por la contraparte técnica.
d. Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales y reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materia de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, laborales, de remuneración, de previsión y seguridad social, u otras que le sean aplicables.
e. Asumir la responsabilidad de todo accidente o daño que durante la vigencia del contrato le pudiera ocurrir al personal o a los bienes de la Municipalidad, que sean imputables al proveedor o al personal bajo su dependencia. En estos casos, el Proveedor deberá reponer en el más breve plazo el daño ocasionado, salvo que se trate de casos extraordinarios y ajenos a toda previsión, previa calificación de la Municipalidad.
f. Emplear el máximo de cuidado respecto de los bienes, materiales, equipos e instalaciones que sean de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho a indemnización o reembolsos de ninguna especie por pérdida, destrucción, deterioro o desgaste que éstos experimenten, incluyendo la fuerza mayor o caso fortuito.
g. Dar fiel y oportuno cumplimiento a las órdenes e instrucciones impartidas por
la contraparte técnica.
h. La ejecución del servicio deberá ser realizado sólo por personal debidamente calificado.
i. Responder por las indemnizaciones que se originen con motivo de la incorrecta o extemporánea ejecución de los servicios del contrato.
|
|
|
TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
La Unidad Técnica Municipal propondrá fundadamente al alcalde si fuera necesario, que ponga término al respectivo contrato.
Se podrá poner término administrativamente, en forma anticipada y sin forma de juicio, al contrato en los casos señalados en el artículo 13 bis de la Ley N°19.886 de Compras Públicas y artículo 130 de su Reglamento aprobado por Decreto 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, por las siguientes causas:
- La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- La muerte o incapacidad sobreviviente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Compras.
- Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
En cuanto al término anticipado del contrato, éste se entenderá resuelto administrativamente ipso-facto, sin forma de juicio, por cualquier incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor, sin derecho a indemnización por parte de la Municipalidad.
|
|
|
CAUSALES CONSIDERADAS GRAVES PARA DAR TÉRMINO ANTICIPADO AL CONTRATO |
Para todos los efectos de justificar la terminación administrativa del Contrato, se considerarán como graves, las siguientes causales, cuya enumeración en ningún caso es taxativa:
a) Si ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores.
b) Si ha acordado llevar al contrato a un comité de inspección de sus acreedores
c) Si el proveedor ha hecho abandono de los recintos donde presta el servicio o ha disminuido el ritmo de operación a un extremo que, a juicio de la contraparte Técnica, equivalga a un abandono de las mismas.
d) Si el proveedor no iniciare los servicios dentro del plazo que se hubiere estipulado en las bases.
e) Si el proveedor no entregase, debido a modificaciones contractuales, la garantía por fiel y oportuno cumplimiento de contrato y correcta ejecución del servicio en el plazo respectivo, en caso de que correspondiere.
f) Si los proveedores o algunos de los socios administradores fueran condenados por algún delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima lo fuere algún miembro del Directorio o el Gerente.
g) Si durante la ejecución de los servicios, el objeto del contrato quedare con defectos graves imputables al proveedor, que no pudieren ser subsanados y obligaren a modificaciones sustanciales del servicio u operación o programa.
h) Si se produjeran atrasos injustificados a juicio de la autoridad correspondiente, en más de 1 día corrido con respecto al avance de las actividades consultadas.
i) El incumplimiento en el pago de los sueldos, salarios y leyes sociales, o en el pago de proveedores.
j) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
k) Por acumular más de 2 multas de cualquier tipo durante el periodo de ejecución del contrato.
m) No levantar las observaciones y/o no cumplir con el plazo otorgado para ello, en el proceso de recepción del contrato.
n) El no cumplimiento de 2 observaciones formuladas por la I.T.S. por medio de correo electrónico en fondo y forma.
o) Si el adjudicatario transgrede lo estipulado en las presentes Bases y demás documentos anexos, o cualquiera de las obligaciones específicas señaladas en el contrato, o si transgrede las órdenes y/o especificaciones de la contraparte Técnica.
p) Si se ha dictado orden de ejecución y embargo en todo o parte de los bienes del adjudicatario.
q) Por disolución de la persona jurídica, y/o muerte del ejecutor, en caso de persona natural.
r) En general cualquier otro caso de incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, así calificado en forma exclusiva por la contraparte técnica y ratificado por la municipalidad.
|
|
|
MULTAS |
VER PUNTO 12.5 DE LAS BASES DE LICITACION
|
|
|
PRESUPUESTO DISPONIBLE |
El monto total disponible para el servicio a contratar es de $30.000.000.- todos los impuestos incluidos.
|
|
|
DEL FACTORING |
El proveedor deberá notificar al municipio oportunamente las facturas que tengan suscritas a un contrato de factoring. El pago de la misma se realizará una vez se confirme que no existieran obligaciones y/o multas pendientes por parte del proveedor adjudicado. Los plazos correspondientes al pago de la factura se realizarán en un plazo no superior a 30 días según lo indicado en el reglamento de compras públicas
|
|
|
CONFIDENCIALIDAD |
El adjudicatario estará obligado a mantener en estricta reserva y confidencialidad, el contenido de todos los antecedentes y de toda información que, con objeto de esta licitación y del contrato respectivo, sea y haya sido conocida por ella, quedándole estrictamente prohibido utilizar dicha información o conocimiento en cualquier otra actividad que pueda desarrollar y que no se refiera estrictamente al cumplimiento del servicio contratado, sin el consentimiento previo por escrito de la Municipalidad de Timaukel. Esta obligación se extiende también, al personal que trabaja para ella, directa o indirectamente.
En caso de incumplimiento de esta cláusula, la Municipalidad de Timaukel podrá dejar sin efecto la adjudicación o terminar anticipadamente el contrato, según el caso, pudiendo además hacer efectiva la garantía respectiva, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que fueren procedentes.
|
|
|
PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y además documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de la licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como la legislación y normativa que sean aplicables en la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|