Licitación ID: 869591-1-LE18
Servicio de asesoría especializada en procesos de agregación de consumos eléctricos y regulación eléctrica
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Análisis de mercado 1 Unidad
Cod: 80141501
Servicio de asesoría especializada en procesos de agregación de consumos eléctricos y regulación eléctrica  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de asesoría especializada en procesos de agregación de consumos eléctricos y regulación eléctrica
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Disponer de un servicio de asesoría experta en materias de agregación de consumo eléctrico y marco regulatorio eléctrico, que brinde apoyo técnico en el proceso de licitación centralizada de suministro eléctrico para organismos públicos a nivel nacional, desde el diseño, pasando por la elaboración de las bases de licitación y hasta la adjudicación del proceso licitatorio.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Calidad del Gasto en las Compras Públicas
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
Monjitas 392, 8vo. Piso
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-10-2018 15:01:00
Fecha de Publicación: 07-09-2018 16:32:15
Fecha inicio de preguntas: 10-09-2018 13:32:00
Fecha final de preguntas: 20-09-2018 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-09-2018 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-10-2018 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-10-2018 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 22-10-2018 16:46:07
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1: Formulario de Datos del oferente
2.- Anexo N°2:Declaración jurada - Prácticas antisindicales
3.- Anexo N°3: Declaración jurada - Sin conflictos de interés
4.- Anexo N°4: Declaración jurada - Cumplimiento obligaciones laborales
5.- Anexo N°5: Declaración jurada - Elegibilidad para contratar
6.- Anexo N°8: Declaración para UTP
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°6: Declaración de Experiencia del Oferente y el equipo Consultor
 
2.- Copia digital de cédula de identidad para cada integrante del equipo Consultor
 
3.- Copia digital de certificado de título y/o estudios de postgrado para cada integrante del Equipo Consultor
 
4.- Currículum vitae para cada integrante del Equipo Consultor. El currículum vitae debe incorporar las debidas referencias laborales atingentes al desempeño de las funciones que serán objeto de evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°7: Oferta Económica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Ver punto 10 "Evaluación y adjudicación de las ofertas" de las bases de licitación. 40%
2 Experiencia del Equipo Consultor Ver punto 10 "Evaluación y adjudicación de las ofertas" de las bases de licitación. 35%
3 Precio Ver punto 10 "Evaluación y adjudicación de las ofertas" de las bases de licitación. 20%
4 Cumplimiento de Requisitos Formales Ver punto 10 "Evaluación y adjudicación de las ofertas" de las bases de licitación. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Proyecto de Fortalecimiento Institucional
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Juan Carlos Piñones
e-mail de responsable de pago: juan.pinones@chilecompra.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudia Sotomayor Naipil
e-mail de responsable de contrato: claudia.sotomayor@chilecompra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-22904400-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario NO podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la DCCP.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública, RUT N° 60.808.000-7.
Fecha de vencimiento: 31-12-2019
Monto: 5 %
Descripción: El proveedor que resulte adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en los términos y condiciones que se establecen a continuación.
Glosa: En los casos que el formato lo permita, los instrumentos de garantías deberán indicar en su texto lo siguiente: "Para garantizar el cumplimiento de la propuesta pública ID 869591-1-LE18, y las obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía presentada en este proceso será devuelta sin reajustes ni intereses, una vez cumplida la fecha de vencimiento de la garantía. Será responsabilidad del proveedor retirar dicha garantía en las oficinas de la Dirección ChileCompra, ubicada en calle monjitas 392, piso 8, o por otro medio que disponga oportunamente esta Dirección.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución 501 B
Se suben todos los Requerimientos Técnicos y otras Cláusulas en archivo pdf adjunto "501 B Res.- Aprueba bases de licitación y anexos para la contratación de Servicios de Asesoría Especializada en Procesos de Agregación de Consumos Electr"
Bases de Licitación
.

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA

APRUEBA BASES DE LICITACIÓN Y ANEXOS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ASESORÍA ESPECIALIZADA EN PROCESOS DE AGREGACIÓN DE CONSUMOS ELÉCTRICOS Y REGULACIÓN ELÉCTRICA

RESOLUCIÓN EXENTA N° ______________/

 

SANTIAGO,

VISTOS: Lo dispuesto en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento del citado cuerpo legal; en el Decreto N° 1.599, de 2015, del Ministerio de Hacienda, que Nombra Directora Nacional de la Dirección de Compras y Contratación Pública; y, en la Resolución N° 1.600, de 2008,  de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Dirección de Compras y Contratación Pública es un servicio público descentralizado que tiene por misión facilitar la contratación de bienes y servicios a las instituciones del Estado, conectando sus necesidades con la oferta de los proveedores, promoviendo un mercado transparente, probo, accesible e inclusivo;

  1. Que, la presente iniciativa se enmarca en el Programa de Modernización Institucional, apoyado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a través del cual se desarrollan diversas acciones que pretenden propiciar la modernización del sistema de compras públicas a través de seis medidas priorizadas: las compras colaborativas, las compras de bajo monto, el pago electrónico, la transformación digital, evolución tecnológica y el observatorio de eficiencia;

  1. Que, en el contexto del punto anterior, la Dirección de Compras y Contratación Pública ha implementado un modelo de compras colaborativas en el cual se potencia el rol estratégico de esta Dirección respecto de las compras públicas, específicamente en términos de disponibilizar modelos de adquisición colaborativos que tienen como principal objetivo la eficiencia y obtención de ahorros;

  1. Que, en el marco de los modelos de adquisición colaborativa se ha efectuado el primer proceso licitatorio centralizado, publicado en www.mercadopublico.cl con el ID 2239-12-LR17, correspondiente a la adquisición de suministro de energía eléctrica para abastecer los consumos de diez organismos públicos de la región del Biobío no sometidos a regulación de precios. En concreto, los referidos organismos públicos asociaron sus consumos particulares mandatando a esta Dirección para que, centralizadamente, licitara conjuntamente sus suministros de energía eléctrica en un mismo proceso;

  1. Que, como consecuencia del citado proceso licitatorio, se logró obtener precios más convenientes respecto de la componente de energía activa, en virtud de la centralización de la demanda realizada por esta Dirección. Por consiguiente, se lograron ahorros importantes para el Estado, demostrando que es posible implementar este modelo logrando resultados satisfactorios;

  1. Que, dado lo anterior, existe la necesidad de replicar lo descrito, con el objeto de implementar instancias de ahorro para el Estado en el marco de la eficiencia en el uso de los recursos públicos. Por tanto, se requiere repetir la experiencia, realizando una nueva adquisición centralizada de suministro de energía eléctrica para organismos públicos. Sin embargo, esta vez se realizará la adquisición a nivel nacional, en virtud de los números positivos que dejó la ya señalada experiencia en términos de eficiencia;

  1. Que, producto de la experiencia de adquisición de suministro de energía eléctrica efectuada en la Región del Biobío, se comprobó que resulta indispensable disponer de conocimiento experto en términos de procesos de agregación de consumos eléctricos y regulación eléctrica, en lo que respecta a su generación, transmisión y distribución;

  1. Que, para realizar un proceso centralizado de adquisición de suministro eléctrico a nivel nacional, es fundamental contar con asesoría experta respecto de los procesos de agregación de consumos, considerando la complejidad que reviste el mercado eléctrico y su regulación, así como la implementación de procesos de migración de las instituciones a régimen tarifarios no sometidos a regulación de precios;

  1. Que, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley, se procedió a revisar el Catálogo Electrónico respecto a los servicios requeridos y se constató que tales servicios no se encuentran disponibles;

  1. Que, se ha efectuado el requerimiento de compra interno respectivo bajo el N° 782684, que solicita la contratación de los servicios señalados;

RESUELVO

1.- APRUÉBENSE las Bases de Licitación Pública, ID 869591-1-LE18, para la contratación del “Servicio de asesoría especializada en procesos de agregación de consumos eléctricos y regulación eléctrica” y sus Anexos, cuyo texto se transcribe a continuación:

BASES DE LICITACIÓN

SERVICIOS DE ASESORÍA ESPECIALIZADA EN PROCESOS DE

AGREGACIÓN DE CONSUMOS ELÉCTRICOS Y REGULACIÓN ELÉCTRICA

LICITACIÓN ID 869591-1-LE18

1.       Características de la licitación

Número de licitación

869591-1-LE18

Nombre de la licitación

Servicio de asesoría especializada en procesos de agregación de consumos eléctricos y regulación eléctrica

Descripción

Disponer de un servicio de asesoría experta en materias de agregación de consumo eléctrico y marco regulatorio eléctrico, que brinde apoyo técnico en el proceso de licitación centralizada de suministro eléctrico para organismos públicos a nivel nacional, desde el diseño, pasando por la elaboración de las bases de licitación y hasta la adjudicación del proceso licitatorio.

Tipo de licitación

Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)

Tipo de convocatoria

Abierto

Presupuesto estimado

$ 40.000.000.-

Moneda

Peso Chileno

Etapas del proceso de apertura

Una etapa

Toma de razón por Contraloría

No requiere toma de razón por Contraloría

Publicidad de ofertas técnicas

Por las características de los servicios licitados, las ofertas técnicas no serán públicas ya que se evaluará el conocimiento experto de los oferentes en el ámbito de los servicios de asesoría en agregación de consumos eléctricos. Esta decisión se funda, además, en consideración de lo sensible que resultaría exponer el contenido de las ofertas técnicas para los oferentes, dado que incorporarían conocimientos específicos propios en relación con los servicios que se licitan e información confidencial respecto de sus clientes y que no pueden ser divulgadas sin su expreso consentimiento.

2.       Antecedentes Básicos del Organismo Demandante

Razón Social

Dirección de Compras y Contratación Pública

Unidad de Compra

Unidad Fortalecimiento Institucional

R.U.T.

60.808.000-7

Dirección

Monjitas 392, piso 8

Comuna

Santiago

Región de la adquisición

Región Metropolitana de Santiago

3.       Etapas y Plazos

Fecha de Publicación

Dentro de 5 días desde la total tramitación de la resolución aprobatoria de las presentes bases. 

Fecha Inicio de Preguntas

1 día hábil posterior a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl.

Fecha Final de Preguntas

6 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 15:00 horas.

Fecha de Publicación de Respuestas

4 días hábiles posteriores a la fecha final de preguntas a las 15:00 horas.

Fecha de Cierre Recepción de Ofertas

15 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:00 horas. Con el objeto de aumentar la participación de oferentes, la Dirección ChileCompra podrá extender este plazo por hasta 10 días hábiles adicionales, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo, el cual deberá publicarse antes del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la presente licitación. 

Fecha de Acto de Apertura 

El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:30 horas.

Fecha estimada de evaluación de ofertas

Dentro de 7 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl. Cuando la evaluación no se realice dentro del plazo señalado, la DCCP deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la evaluación.

Fecha de adjudicación

Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl. Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la DCCP podrá extender este plazo hasta 10 días hábiles adicionales, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo el cual deberá publicarse oportunamente, en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la presente licitación. En dicho acto administrativo, la DCCP deberá informar las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, según lo que dispone el artículo 41, inciso 2 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Ampliación automática del plazo de cierre de recepción de ofertas

Si a la fecha de recepción de ofertas se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25 del reglamento de la ley 19.886

Consideración

Los plazos de días establecidos en la cláusula N° 3 - “Etapas y Plazos” son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, domingos y festivos.

4.       Instancia de preguntas y respuestas y modificaciones a las bases

4.1.

Preguntas y respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la sección 3 “Etapas y plazos” de estas bases. Las preguntas deberán formularse a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. La Dirección ChileCompra dispondrá las preguntas y sus respuestas para conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula N° 3 – “Etapas y plazos”.

4.2.

Modificaciones a las bases

La Dirección ChileCompra podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, en el ID de la respectiva licitación. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

5.       Requisitos mínimos para participar de la oferta

Cumplimiento Artículo N° 4, Inciso primero, Ley N° 19.886

Podrán participar en la presente licitación todas las personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores (en adelante, UTP), sean chilenas o extranjeras, que no se encuentren afectos a una o más de las inhabilidades contempladas por la ley, esto es, no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta.  Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme el Anexo N°2: “Declaración jurada - Prácticas antisindicales” de estas bases, junto con su oferta, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de las facultades de la DCCP de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.

6.       Instrucciones para presentar ofertas

Presentar Ofertas por Sistema

Obligatorio

Las propuestas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica esta licitación en el plazo señalado en la cláusula N° 3 - “Etapas y plazos”, contados desde la fecha de publicación de las presentes Bases de licitación en el referido Portal y con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

No se aceptarán ofertas que no sean realizadas acorde a lo establecido en el párrafo precedente, salvo en aquellas situaciones dispuestas en el artículo N° 62 del reglamento de la ley N° 19.886 que considera, entre otras situaciones, la indisponibilidad técnica del Sistema de Información. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

Anexos Administrativos.

  • Anexo N°1: Formulario de Datos del oferente
  • Anexo N°2: Declaración jurada – Prácticas antisindicales
  • Anexo N°3: Declaración jurada – Sin conflictos de interés
  • Anexo N°4: Declaración jurada – Cumplimiento obligaciones laborales
  • Anexo N°5: Declaración jurada – Elegibilidad para contratar
  • Anexo N°8: Declaración para UTP  (Sólo para ofertas realizadas por UTP).
  • Documento UTP (Sólo para ofertas realizadas por UTP).

Los Anexos deben ser adjuntados al sistema www.mercadopublico.cl, como parte de la oferta en el ID respectivo, en la sección “Anexos Administrativos”. En caso de que no se presente el Anexo N°2, la oferta será declarada inadmisible. Asimismo, se declarará inadmisible las ofertas realizadas por UTP que no contengan el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma (este es el Documento UTP anteriormente indicado), en virtud de lo dispuesto en el Artículo 67 bis del Reglamento, o que no presente debidamente el Anexo N°8: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores.

Anexos Técnicos

  • Anexo N°6: Declaración de Experiencia del Oferente y el Equipo Consultor
  • Copia digital de cédula de identidad para cada integrante del Equipo Consultor
  • Copia digital de certificado de título y/o estudios de postgrado para cada integrante del Equipo Consultor
  • Currículum vitae para cada integrante del Equipo Consultor. El currículum vitae debe incorporar las debidas referencias laborales atingentes al desempeño de las funciones que serán objeto de evaluación. Esto es:

-    Consultor Jefe: Experiencia demostrable en procesos de agregación de consumos eléctricos, en calidad de consultor y/o asesor.

-    Equipo de Profesionales: Experiencia demostrable en materias eléctricas considerando las áreas de especialización según lo definido en la cláusula N° 10.2, numeral 2), letra c) de estas bases de licitación – “Experiencia del Equipo Consultor”.

Estos anexos deberán adjuntarse a la oferta siendo subida y enviada a través de www.mercadopublico.cl, como parte de la oferta, en el ID respectivo, en la sección “Anexos Técnicos”. En caso de que no se presenten los Anexos Técnicos, la oferta será declarada inadmisible.

Anexos Económicos

  • Anexo N°7: Oferta Económica

Los oferentes deben presentar ofertas para el período completo y para todos los servicios requeridos en la presente licitación. De no cumplirse con lo anterior, la respectiva oferta será declarada inadmisible. Los postulantes deben indicar si el servicio será prestado contra boleta de honorarios, factura o factura exenta y a qué tipo de impuesto está sujeto el precio ofrecido, el cual deberá indicarse en el numeral 2 "Especificaciones de la oferta económica" de Anexo indicado. El precio ofertado debe estar en pesos chilenos.

Observaciones

Las ofertas de las UTP y su evaluación deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 67 bis del Reglamento de la ley N° 19.886 y a las recomendaciones de la directiva N° 22 de la Dirección ChileCompra, disponible en www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/.

Los anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos no sean personas naturales.

Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos, completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.

Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.

 

El hecho que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva efectuada por la comisión evaluadora. En caso de editar una oferta ya enviada, el oferente deberá asegurarse de que luego de los ajustes efectuados la oferta vuelva a ser enviada (Descargar nuevo Comprobante de Envío de Oferta).

7.       Antecedentes legales para poder ser contratado.

Descripción

El oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse inscrito, y en estado Hábil, en el Registro de Proveedores del Estado, portal ChileProveedores (en adelante “CHP”), para efectos de ser contratado. Asimismo, el adjudicatario deberá presentar los antecedentes requeridos en la presente cláusula de las bases de licitación para poder ser contratado por esta Dirección, en virtud de lo establecido en la Ley N°19.886 y su Reglamento.

Persona Natural

  1. Encontrarse inscrito hábil en ChileProveedores.
  2. Declaración jurada simple, según formato Anexo N°3: “Declaración jurada - Sin conflictos de interés”, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4° de la ley N° 19.886

Acreditar

en CHP

  1. Declaración jurada de elegibilidad para personas naturales, según formato Anexo N°5: “Declaración jurada - Elegibilidad para contratar”, donde acredite dar cumplimiento a los requisitos de elegibilidad para su contratación (BID).

Acreditar

a DCCP

  1. Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural.

Acreditar

en CHP

  1. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Acreditar a DCCP

  1. Declaración Jurada, según formato Anexo N° 9: “Confidencialidad”.

Acreditar

a DCCP

Si el oferente NO es persona natural

  1. Encontrarse inscrito hábil en ChileProveedores.
  2. Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, o por la entidad que corresponda, o en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta.

Acreditar

en CHP

  1. Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días, contados desde la fecha de total tramitación de la adjudicación, o cualquier otro antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.

Acreditar

en CHP

  1. Declaración jurada simple, según formato Anexo N°3: “Declaración jurada - Sin conflictos de interés”, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4° de la ley N° 19.886. Todos los anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica respectiva. Cuando el oferente sea una UTP, deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP suscrito por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante, según sea el caso.

Acreditar

en CHP

  1. Declaración jurada de elegibilidad para personas jurídicas, según formato Anexo N°5: “Declaración jurada - Elegibilidad para contratar”, donde acredite dar cumplimiento a los requisitos de elegibilidad para su contratación (BID). Todos los anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica respectiva. Cabe señalar que cuando el oferente sea una UTP, cada uno de sus integrantes deberá presentar la Declaración jurada de Elegibilidad según el Anexo N°5.

Acreditar a DCCP

  1. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Acreditar a DCCP

  1. Declaración Jurada, según formato Anexo N° 9: “Confidencialidad”.

Acreditar a DCCP

Observaciones

Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado.

La DCCP verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.

Tampoco podrán contratar con esta Dirección quienes hayan sido condenados por el Tribunal de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del decreto con fuerza de ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en ChileProveedores o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la DCCP (Monjitas 392, piso 10, Stgo.), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Todos los anexos deben ser firmados por el representante del oferente respectivo.

Cada seis meses, durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°4 - “Declaración Jurada Simple N° 3” que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio.

Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en ChileProveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la DCCP para readjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en las presentes bases.

Comentarios Inscripción en ChileProveedores (CHP)

En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, Portal ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Se disponibilizará en el ID de la licitación un manual explicativo para realizar la inscripción en el registro señalado.

Si el respectivo proveedor adjudicado no se inscribe en ChileProveedores dentro del plazo indicado, la resolución de adjudicación respecto del proveedor que no se inscribió, quedará sin efecto, pudiendo la DCCP readjudicar al proveedor que le siga en puntaje.

Si el adjudicatario fuese una UTP, cada integrante de dicha unión temporal deberá inscribirse en ChileProveedores.

8.       Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

Descripción

El proveedor que resulte adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato en los términos y condiciones que se establecen a continuación.

Tipo de Documento

Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de éste de manera rápida y eficaz, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable.

Beneficiario

Dirección de Compras y Contratación Pública, RUT N° 60.808.000-7.

Monto

El monto de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será equivalente al 5% del valor de éste, en virtud de la oferta económica realizada por el adjudicatario según Anexo N°7: “Oferta económica”. Dicha garantía deberá extenderse en pesos chilenos.

Fecha de Vencimiento

Cada garantía deberá tener una vigencia de al menos 60 días hábiles posteriores al término de vigencia del contrato. En caso de extensión de la vigencia del contrato, el Adjudicatario deberá reemplazar la garantía por una nueva, ajustándose a lo indicado en esta cláusula y considerando la nueva fecha de término de vigencia del contrato, a fin de asegurar la vigencia del instrumento garante al menos 60 días hábiles posteriores al término de vigencia del contrato.

Glosa

En los casos que el formato lo permita, los instrumentos de garantías deberán indicar en su texto lo siguiente: "Para garantizar el cumplimiento de la propuesta pública ID 869591-1-LE18, y las obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”.

Plazo y Forma de entrega de la Garantía

El oferente que resultare adjudicado tendrá un plazo de 5 días hábiles para tramitar y entregar la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, ya sea presencialmente o mediante correo certificado, en la Oficina de Partes de esta Dirección, ubicada en calle Monjitas 392, piso 10, Santiago. El horario de atención de la Oficina de Partes, para efectos de recepción presencial de documentos, es de lunes a jueves de 09:00 a 16:00 horas y viernes de 09:00 a 14:00 horas. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.

Cobro de la Garantía de fiel Cumplimiento

En caso de cobro de la Garantía de Cumplimiento por parte de la Dirección ChileCompra, producto del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del dispuestas que justifiquen su cobro, señaladas en las presentes bases de licitación, el adjudicatario deberá reponer la Garantía de Cumplimiento por igual monto y plazo de vencimiento que la original, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.

Entrega, forma y oportunidad de restitución de la garantía

La garantía presentada en este proceso será devuelta sin reajustes ni intereses, una vez cumplida la fecha de vencimiento de la garantía. Será responsabilidad del proveedor retirar dicha garantía en las oficinas de la Dirección ChileCompra, ubicada en calle monjitas 392, piso 8, o por otro medio que disponga oportunamente esta Dirección.

Responsabilidades

Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregar dicha garantía en la forma solicitada y en los plazos estipulados para ello, como asimismo de mantenerla vigente al menos por 60 días hábiles posteriores al término del contrato.

9.       Descripción de los servicios a licitar

9.1.

Antecedentes generales

La Dirección de Compras y Contratación Pública, “Dirección ChileCompra”, “DCCP” o “Dirección” indistintamente, es un servicio público descentralizado, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda, cuyo principal objetivo es la regulación y administración eficiente y transparente del mercado público, espacio donde se transan bienes y servicios por parte de los organismos adscritos al Estado de Chile, bajo reglas y herramientas comunes.

En este contexto, la Dirección ChileCompra, con la colaboración del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y en el contexto del “Programa de Modernización del Estado”, genera el Proyecto de “Fortalecimiento Institucional de ChileCompra”, iniciativa que para el período 2018 -2019, pretende propiciar la modernización del sistema de compras públicas a través de seis medidas priorizadas: las compras colaborativas, las compras de bajo monto, el pago electrónico, la transformación digital, evolución tecnológica y el observatorio de eficiencia.

Dentro de las compras colaborativas, uno de los aspectos a desarrollar es la compra centralizada, en la cual ChileCompra oficia, en razón de lo dispuesto en la letra e) del artículo 30 de la ley N° 19.886, como comprador en representación, por mandato, de otras entidades públicas, centralizando la demanda buscando, entre otros objetivos, obtener condiciones más ventajosas de compra en comparación a la situación de compra individual.

En el marco de las compras colaborativas, con fecha 24 de enero de 2018, se publicó en www.mercadopublico.cl, bajo el ID 2239-12-LR17, la primera licitación centralizada correspondiente a la adquisición de suministro eléctrico para diez organismos públicos de la octava región en su calidad de clientes no sometidos a regulación de precios. Debido a los positivos resultados obtenidos en dicha experiencia, es que, actualmente, la Dirección ChileCompra se encuentra impulsando el desafío de replicar esta compra centralizada a nivel nacional, agrupando consumos eléctricos de diferentes entidades públicas que estén en condiciones de migrar a régimen tarifario libre de regulación de precios.

Actualmente, la Dirección ChileCompra se encuentra participando en la realización de un catastro a nivel nacional de los organismos públicos que cumplen con los requisitos mínimos para constituirse como clientes libres, esto es, que posean una potencia conectada superior a 500 [KW] según lo dispuesto en el artículo 147 del D.F.L. N°4/20.018, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de Energía Eléctrica, en adelante “LGSE”.

9.2.

Objetivo de la adquisición

La presente licitación tiene como objetivo efectuar la contratación de un servicio de asesoría experta en materias de agregación de consumos eléctricos y regulación eléctrica, para brindar el apoyo técnico necesario para diseñar, elaborar e implementar una licitación centralizada para abastecer el consumo de energía eléctrica para instituciones públicas del país, desde el diseño de la estrategia de compra hasta la total tramitación de los actos administrativos que aprueban los contratos de suministro eléctrico emanados de ésta.

Se estima que participarán de esta licitación centralizada alrededor de 70 organismos públicos.

9.3.

Objetivos de la asesoría técnica a contratar

Se requiere que los servicios de asesoría cumplan con los siguientes objetivos:

  • Corroborar, validar, rectificar y completar la información que la Dirección ChileCompra facilitará respecto de los organismos públicos participantes y sus consumos eléctricos, con la finalidad de disponer de toda la información necesaria y suficiente para conformar los bloques o sub-bloques de suministro eléctrico.
  • Proponer bloques o sub-bloques de suministro eléctrico, considerando los consumos individuales de varias instituciones, de manera tal que permitan obtener los mejores precios posibles en la componente de energía.
  • Levantar información clave respecto de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE) y su Normativa Técnica Vigente (NTV) que deba ser considerada en las bases de licitación que proponga de acuerdo con el siguiente punto.
  • Entregar insumos e información técnica relevante y suficiente para el diseño de la licitación centralizada de suministro eléctrico para instituciones públicas del País, según lo establecido como objetivo de esta contratación, considerando al menos la información levantada respecto del marco regulatorio vigente en materias eléctricas y los bloques o sub-bloques de suministro eléctrico propuestos.
  •  En función de las características de la demanda eléctrica de los organismos públicos participantes y en lo establecido en la regulación eléctrica vigente, deberá proponer aspectos técnicos y normativos a considerar en la elaboración del contrato tipo para el suministro de energía eléctrica que garanticen la obtención de las mejores condiciones contractuales para los organismos públicos participantes.
  • Apoyar, desde el punto de vista técnico, en las diferentes etapas inherentes al proceso licitatorio del cual participará como asesor especializado desde el diseño de la estrategia de compra hasta la total tramitación de los actos administrativos que aprueben los contratos de suministro eléctrico emanados de ésta. Además, se deberá acompañar en la reunión de kick off posterior a la adjudicación.
  • Estimar los ahorros potenciales para cada organismo público que participará de la licitación centralizada, teniendo en consideración la información recolectada, así como todos los costos asociados a la transmisión y distribución de la energía eléctrica u otros costos pertinentes.
  • Deberá realizar todas las recomendaciones técnicas y de procedimiento necesarias para la implementación exitosa de la adquisición centralizada de energía eléctrica, desde su elaboración hasta su adjudicación.
  • Otras funciones que sean encomendadas por esta Dirección como parte de su rol de asesor técnico experto en el proceso licitatorio para el cual es contratado.

9.4.

Metodología de trabajo

El oferente que resulte adjudicado, en concordancia a su oferta técnica, deberá disponer de un equipo de trabajo conformado por un consultor jefe y su equipo de trabajo, quienes serán los responsables de brindar la asesoría experta materia de esta contratación. Para asegurar el éxito de la asesoría se define la siguiente metodología de trabajo:

 

Reunión inicial de trabajo:

-       La reunión inicial deberá ser agendada lo antes posible una vez se encuentre totalmente tramitado el contrato de servicios de asesoría experta.

-       El objetivo de la reunión inicial es dar a conocer al adjudicatario antecedentes más detallados del proceso de licitación centralizada en el cual participará en calidad de asesor experto en materias eléctricas. Asimismo, se entregará mayor detalle en cuanto a la planificación, procesos, alcances y otras temáticas que la Dirección ChileCompra estime conveniente.

-       En dicha reunión la Dirección ChileCompra entregará la información recopilada concerniente a los consumos eléctricos de los organismos participantes y que deberá ser analizada, corregida y completada, en caso de ser necesario, por el adjudicatario en su rol de asesor experto. Esta información es indispensable para la celebración de la reunión.

-       Adicionalmente, en dicha reunión se firmarán los acuerdos de confidencialidad según lo estipulado en la cláusula N° 11.8 - “Confidencialidad” de estas bases de licitación

Reuniones de trabajo:

El consultor jefe y su equipo de trabajo debe estar disponible para reunirse semanalmente con el equipo designado por ChileCompra para dar cuenta del avance de la consultoría y hacer seguimiento a la misma. Dichas reuniones serán agendadas de común acuerdo por las partes.

9.5.

Plazos para entregar los productos y servicios entregables.

El contrato comenzará a regir desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y tendrá una vigencia de 12 meses o bien hasta la total tramitación del último de los actos administrativos que aprueben los respectivos contratos de suministro eléctrico emanados de la licitación centralizada consecuente (al que se hace referencia en la cláusula 9.2 - “Objetivo de la adquisición”), entendiendo que el contrato termina su vigencia en caso de que cualquiera de dichos dos hitos acontezca primero.

Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que la fecha en que comenzarán a contabilizarse los plazos establecidos para la entrega de los productos y servicios entregables de la consultoría, descritos en la cláusula 9.6 siguiente, corresponderá a la fecha en que se realice la reunión inicial de trabajo estipulada en la cláusula anterior.

Cabe señalar que la reunión inicial de trabajo deberá realizarse en un plazo máximo de 6 meses desde el inicio de la vigencia del contrato, en caso de no realizarse dicha reunión se pondrá término anticipado al contrato pues no podrá ejecutarse el servicio contratado.

La realización de la referida reunión dependerá de que la Dirección ChileCompra cuente y haga entrega de la información recopilada concerniente a los consumos eléctricos de los organismos participantes de la licitación pública, a la que se hace referencia en la cláusula 9.3. - “Objetivos de la asesoría técnica a contratar”, que es la que deberá ser analizada, corregida y completada, en caso de ser necesario, por el adjudicatario en su rol de asesor experto.  


9.6.

Descripción específica de los servicios a entregar

1) PRODUCTOS Y SERVICIOS ENTREGABLES

El servicio por contratar considera la entrega de tres informes por parte del adjudicatario, cuyos contenidos mínimos se señalan a continuación:

Informe N° 1: Caso de negocio y propuesta técnica

  • Plazo de entrega: 30 días corridos contados desde el inicio de la consultoría.
  • Contenidos mínimos:

-  Análisis técnico del consumo de los organismos considerados, generando los bloques o sub-bloques de suministro eléctrico óptimos que permitan obtener el menor costo total de la energía eléctrica, debidamente fundamentado. Este análisis técnico debe proveer los antecedentes técnicos pertinentes y suficientes para que los suministradores puedan realizar eficazmente sus ofertas (descripción y características de los grupos de suministro, punto de oferta y compra energética, otros que estime necesarios).

-  Determinación del período óptimo de vigencia de los contratos de suministro eléctrico bajo régimen libre de precios y que permita minimizar el gasto en el abastecimiento de energía eléctrica en el tiempo. Para ello se deberá considerar, como mínimo, proyecciones de precio de la energía eléctrica, tanto para clientes regulados como clientes libres, identificando los distintos escenarios futuros de manera de evaluar la conveniencia de mantenerse en uno u otro régimen tarifario.

-  Estimación de ahorros potenciales para cada uno de los organismos públicos participantes de la iniciativa (Se estima que participarán de esta licitación centralizada alrededor de 70 organismos públicos). Para ello, deberá considerar los precios estimados que se puedan obtener, según precios de mercado, así como todos los costos asociados respecto de la transmisión y distribución de la electricidad y otros costos atingentes.

Informe N° 2: Marco regulatorio eléctrico y antecedentes normativos

  • Plazo de entrega: 60 días corridos contados desde el inicio de la consultoría.
  • Contenidos mínimos:

-       Levantamiento de aspectos regulatorios y normativos a considerar en las bases de licitación centralizada, según el objetivo de esta consultoría, producto de un análisis de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE), Norma Técnica Vigente (NTV), así como cualquier otra normativa pertinente. Debe justificar su pertinencia relativa con base en los estándares nacionales y/o internacionales en materia de licitación energética ya sea pública o privada.

-       Identificación de aspectos técnicos mínimos que debe poseer el oferente para participar del proceso licitatorio y sugerencias a considerar en el diseño de los mecanismos de evaluación de las ofertas técnicas y económicas.

-       Información relevante para la elaboración del contrato tipo de suministro eléctrico, considerando el o los bloques/sub-bloques de suministro, aspectos normativos en materia eléctrica, cargos afectos al servicio de suministro eléctrico, reajustes tarifarios, procesos de reliquidación, medición y equipos de medidas, procedimientos sancionatorios según LGSE y NTV, otros que estime pertinente, y que permita garantizar las mejores condiciones contractuales para las entidades participantes.

Informe N° 3: Resultados y recomendaciones

  • Plazo de entrega: 20 días corridos contados desde la fecha de adjudicación establecida en las bases.
  • Contenidos mínimos:

-       Reporte de acciones, propuestas y recomendaciones realizadas en el marco del servicio de asesoría, así como las problemáticas detectadas en el proceso licitatorio.

-       Estimación de ahorros obtenidos con la licitación centralizada de consumos eléctricos, considerando, para ello el o los precios adjudicados.

-       Resultados obtenidos de la licitación respecto de los ahorros estimados preliminarmente y los obtenidos con la adjudicación de la/s oferta/s.

-       Recomendaciones para futuras licitaciones para la contratación del suministro de energía eléctrica, así como para la administración del contrato.

 

CONSIDERACIONES:

  • Para efectos de entrega de los informes anteriormente señalados, en caso de que el día corresponda a un día inhábil, se considerará como fecha de entrega el día hábil inmediatamente posterior. En caso de no cumplir con los plazos definidos para la entrega de los informes, procederá la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos, considerando lo establecido en estas bases de licitación.
  • Los informes y sus archivos de respaldos deberán ser entregados en forma digital al administrador de contrato, que designará la Dirección ChileCompra, utilizando medios como correo electrónico y almacenamiento cloud en caso de ser necesario u otro mecanismo, el que se definirá de mutuo acuerdo entre las partes cuando se celebre el contrato respectivo.
  • El administrador del contrato se pronunciará respecto de la conformidad de los informes entregados por el adjudicatario en un plazo que no podrá exceder 10 días hábiles contados desde la fecha en que se realizó la entrega de éstos según lo establecido en los párrafos anteriores. En caso de ser necesario, la Dirección ChileCompra, a través del administrador de contrato, solicitará al adjudicatario realizar las modificaciones/correcciones pertinentes a dichos informes los que deberán ser subsanados y entregados en un plazo no mayor a 5 días hábiles a la Dirección ChileCompra quien deberá pronunciarse nuevamente sobre la conformidad de los informes entregados.
  • Se deja constancia que, acorde a lo definido en la cláusula N° 11.7 - “Del pago y facturación” de estas bases de licitación, los pagos estarán asociados a la entrega y aprobación de los informes anteriormente singularizados.

2) Presentaciones ejecutivas

Durante la ejecución de los servicios de consultoría, la Dirección ChileCompra podrá encomendar hasta un máximo de cinco presentaciones ejecutivas que den cuenta del funcionamiento del mercado eléctrico, así como los servicios y/o entregables comprometidos en el marco de la consultoría. Estas presentaciones serán solicitadas al coordinador del contrato, designado por el adjudicatario, con una antelación no inferior a 5 días hábiles.

10.   Evaluación y adjudicación de las ofertas:

10.1.

Comisión Evaluadora

Las propuestas serán evaluadas por una comisión integrada por tres funcionarios de la Dirección ChileCompra, nombrada a través de una resolución dictada por la autoridad competente de esta Dirección. La designación de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl en el ID de la Licitación.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por el artículo 27 del reglamento de la ley N° 19.886.

Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquélla. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros.

10.2.

Procedimiento de evaluación de las Ofertas

Las presentes Bases de Licitación contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre la DCCP, y el proveedor de los bienes y/o servicios a que se refiere la presente licitación, en adelante “Proponentes”, "Oferentes", “Consultores”, “Contratistas” o “Participantes”, durante el proceso y en todas las materias relacionadas con esta licitación.

Para que una oferta o postulación se considere válida, ésta deberá cumplir con las disposiciones de las presentes Bases y sus correspondientes anexos. La presentación de una propuesta implica para la persona natural, jurídica o UTP que haga una oferta, la aceptación de las presentes Bases y sus anexos, a las cuales se somete desde el momento de enviar su oferta.

Esta licitación y la realización de su objeto, se regirá por los siguientes documentos:

  • Ley 19.886 sobre Compras Públicas y su Reglamento.
  • Las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas y Anexos.
  • Las Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas.
  • Las modificaciones de las Bases, si las hubiere.
  • Oferta Adjudicada
  • Resolución de Adjudicación
  • Contrato suscrito entre las partes

 Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación y/u obra, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.

1) CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La evaluación de las ofertas se realizará considerando los siguientes criterios de evaluación y sus respectivas ponderaciones:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

  1. Precio

20%

  1. Experiencia del Oferente

40%

b.1. N° procesos exitosos de agregación de consumos eléctricos

50%

b.2. Energía total transada

30%

b.3. Precio Promedio Energía Activa

20%

c. Experiencia del Equipo Consultor

35%

c.1. Experiencia del consultor jefe

40%

c.2. Experiencia del equipo de profesionales

60%

d. Cumplimiento de Requisitos Formales

5%

Total

100 %

2) PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

Para ser consideradas en el proceso de evaluación, las ofertas deberán incluir los antecedentes requeridos en la cláusula N° 6 - “Instrucciones para presentar ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Asimismo, el equipo consultor que busque prestar el servicio deberá cumplir con los requisitos señalados en la cláusula N° 5 - “Requisitos mínimos para participar de la oferta” de estas Bases de Licitación.

La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión designada por la Dirección ChileCompra, que estará integrada por tres funcionarios de la referida Dirección. Esta comisión, emitirá un informe de evaluación de las ofertas y propondrá a la Dirección la adjudicación del oferente cuya propuesta represente la condición más ventajosa respecto a lo requerido en el servicio a contratar.

Se deja constancia que sólo se admitirá una oferta por participante. En caso de que el participante ingrese más de una oferta se considerará la que ingresó en primera instancia, descartando las ofertas restantes.

La definición de cada criterio y el procedimiento de asignación de puntajes se detalla a continuación:

a) Precio (20%)

Para la evaluación de este criterio, se ordenarán de forma ascendente los precios ofertados por los oferentes a través del Anexo N°7: “Oferta económica” de estas bases de licitación, es decir de menor a mayor precio ofertado, para proceder a asignar los puntajes de acuerdo con la siguiente tabla:

Ranking

Puntaje asignado

Menor precio ofertado válidamente

100

Segundo menor precio ofertado válidamente

65

Tercer menor precio ofertado válidamente

50

En caso de recibir más de tres ofertas, desde la cuarta posición más económica en adelante, la asignación de puntaje será decreciente en 5 puntos por cada posición que avance en el ranking contando desde los 40 puntos. Por lo tanto, la cuarta posición obtendrá 40 puntos, la quinta posición, 35 puntos, la sexta posición, 30 puntos y así sucesivamente hasta que. A contar de la posición N° 12, se asignarán 0 puntos a las ofertas económicas.

b) Experiencia del Oferente (40%)

La evaluación de este criterio se realizará según tres subcriterios: cantidad de proyectos exitosos de agregación de consumos eléctricos efectuados por el oferente, cantidad total de energía eléctrica transada en estos procesos y el precio promedio obtenido en la componente de energía activa en los procesos de agregación de demanda, según lo expuesto por el oferente en el Anexo N°6: “Declaración de Experiencia del Oferente y del Equipo Consultor” de las presentes bases de licitación.

Los puntajes obtenidos por el oferente en los subcriterios anteriormente indicados se ponderarán acorde a la siguiente fórmula para determinar el puntaje total del criterio.

i)      Cantidad de procesos exitosos de agregación: Se evaluará la cantidad total de procesos de agregación de demanda eléctrica que ha efectuado la consultora y que han resultado exitosos (para determinar que un proceso ha sido exitoso, favor verificar las consideraciones al final de este punto). La asignación de puntajes se realizará acorde a la siguiente tabla:

Cantidad de procesos exitosos

Puntaje asignado

20 o más procesos exitosos de agregación

100

Entre 15 y 19 procesos exitosos de agregación

80

Entre 10 y 14 procesos exitosos de agregación

50

Entre 5 y 9 procesos exitosos de agregación

30

Entre 1 y 4 procesos exitosos de agregación

10

No posee procesos de agregación de demanda exitosos

Descartado

ii)    Energía total Transada: Se asignará puntaje acorde a la cantidad total de energía involucrada en los procesos de agregación de demanda exitosos validados por la Dirección ChileCompra. La energía que se considera en este subcriterio será la suma de la energía anual promedio contratada en cada proceso de agregación, teniendo presente la totalidad de los sub-bloques que conforman el bloque de suministro de cada proceso y expresados en GWh/Año. Para estos efectos, se utilizará la siguiente tabla de asignación de puntajes:

Cantidad de Energía Total Transada [GWh/año]

Puntaje asignado

1001 [GWh/año] o más contratados

100

Entre 751 [GWh/año] y 1000 [GWh/año] contratados

80

Entre 501 [GWh/año] y 700 [GWh/año] contratados

50

Entre 251 [GWh/año] y 500 [GWh/año] contratados

30

Menos de 251 [GWh/año] contratados

10

No posee procesos de agregación de demanda exitosos

Descartado

NOTA: Para efectos de la asignación de puntaje, la cantidad de energía total transada será aproximada considerando una cifra decimal.

iii)   Precio Promedio Energía Activa: Se asignará puntaje respecto del “precio promedio de la energía activa” obtenido por el oferente en los diferentes procesos de agregación que ha implementado, según la siguiente tabla:

 

Precio Promedio Energía Activa [USD/MWh]

Puntaje asignado

Igual o menor que 55,0

100

Mayor que 55,0 y menor o igual que 60,0

85

Mayor que 60,0 y menor o igual que 65,0

70

Mayor que 65,0 y menor o igual que 70,0

50

Mayor que 70,0 y menor o igual que 75,0

30

Mayor que 75,0 y menor o igual que 80,0

10

Mayor que 80,0

0

No posee procesos de agregación de demanda exitosos

Descartado

NOTA: Para efectos de la asignación de puntaje, el precio promedio de la energía activa será aproximado considerando una cifra decimal.

  • Cálculo del precio promedio de la energía: En el entendido que un proceso de agregación puede involucrar uno o más sub-bloques de suministro eléctrico, se realizará un promedio simple entre los precios obtenidos en cada proceso de agregación, previamente ponderado por el tamaño de cada uno de los bloques y/o sub-bloques de energía.

Por lo tanto, para un proceso de agregación de demanda , el precio ponderado sería:

Donde, el precio de la energía del bloque se expresa en USD/MWh, el tamaño del bloque se expresa en MWh/año y  es la cantidad total de bloques considerados en el proceso de agregación de demanda . Luego, el precio promedio de la energía activa se calcula con la siguiente fórmula, donde  correspondería al total de procesos de agregación de demanda exitosos:

CONSIDERACIONES DE LA EVALUACIÓN DEL CRITERIO:

  • Se descartará la oferta de aquellas empresas consultoras o consultores persona natural que no hayan prestado servicios de asesoría en procesos de agregación de consumos eléctricos y adjudicación de contratos de suministro eléctrico, lo que será comprobado a través del Anexo N°6: “Declaración de Experiencia del Oferente y del Equipo Consultor” de estas Bases.
  • Se considerará exitoso un proceso de agregación de consumo eléctrico, cuando haya devenido en la suscripción de contratos eléctricos por parte de los clientes que han contratado los servicios de consultoría del oferente para efectos de participar en procesos de agregación de demanda eléctrica.
  • Sólo se considerarán, para efectos de evaluación, aquellos procesos exitosos de agregación de consumos eléctricos, según lo descrito en el punto anterior, cuyos contratos de suministro eléctrico se hayan celebrado con fecha anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas del presente proceso licitatorio, según lo establecido en la cláusula N° 3 - “Etapas y Plazos” de estas bases de licitación.
  • La información respecto a los procesos de agregación de consumos eléctricos, la cantidad de energía transada y el precio ponderado de la energía activa obtenido en los diferentes procesos de agregación, será comprobada a través del Anexo N°6: “Declaración de Experiencia del Oferente y del Equipo Consultor”  de estas Bases de Licitación, sin perjuicio que esta Dirección pueda comprobar la veracidad de la información contenida en dicho Anexo, a través de la verificación de antecedentes con los contactos referenciados en la propuesta. Si ésta no puede ser validada, en la oportunidad que corresponda, la experiencia presentada será desestimada y por tanto no sumará en la calificación de la oferta en este subcriterio.

c) Experiencia del Equipo Consultor (35%)

Los oferentes deberán proponer un equipo consultor que deberá estar conformado por un consultor jefe y un equipo de profesionales, quienes serán los encargados de desarrollar la consultoría objeto de esta licitación. La evaluación de este criterio será realizada con base en la experiencia del equipo consultor la que deberá ser declarada en el Anexo N°6: “Declaración de Experiencia del Oferente y del Equipo Consultor”

Para efectos de evaluación de este criterio, se considerará la experiencia del Consultor Jefe y del Equipo de Profesionales según la siguiente ponderación:

A continuación, se describe el procedimiento de evaluación de cada subcriterio:

i)      Experiencia del Consultor Jefe: El Consultor Jefe deberá poseer estudios o experiencia relacionada con el objeto de la presente licitación, esto es:

  • Estudios de pregrado y/o postgrado en materia energética, eléctrica, u otro similar;
  • Contar con experiencia en procesos de consultoría para la agregación de consumos eléctricos, de dos o más clientes, materializado en una o más instancias de adquisición de energía eléctrica.

Se evaluará la experiencia del Consultor Jefe respecto de la cantidad total de proyectos exitosos de agregación de consumos eléctricos en los que ha participado en calidad consultor y/o asesor experto, esto es, que hayan culminado con la implementación de un contrato de suministro eléctrico para los clientes participantes.

La asignación de puntaje se realizará según la siguiente tabla:

Cantidad de proyectos exitosos

Puntaje

10 o más proyectos exitosos de agregación

100

Entre 7 y 9 proyectos exitosos de agregación

75

Entre 4 y 6 procesos exitosos de agregación

50

Entre 1 y 3 procesos exitosos de agregación

20

No participa en procesos exitosos de agregación o no cumple con requisitos mínimos en cuanto a estudios o experiencia laboral

Descartado

ii)    Experiencia del Equipo de Trabajo: Respecto del equipo de trabajo, éste deberá estar conformado por:

  • Área Normativa y Regulación Eléctrica: Al menos un profesional con tres años de experiencia en el desarrollo de consultorías o funciones laborales y/o académicas, en el ámbito regulatorio y normativo del mercado eléctrico.
  • Área Comercialización de Energía y/o Gestión de Contratos Eléctricos: Al menos un profesional con tres años de experiencia en el desarrollo de consultorías o funciones laborales y/o académicas en el área de comercialización de energía eléctrica y/o diseño y gestión de contratos eléctricos.

Para efectos de evaluación de este subcriterio se aplicará la siguiente tabla para asignar puntaje según la experiencia laboral/académica, efectivamente cumplida, de los profesionales de las dos áreas señaladas:

Cantidad de proyectos exitosos

Puntaje asignado

10 o más años de experiencia comprobada

100

Entre 7 y 9 años de experiencia comprobada

70

Entre 5 y 6 años de experiencia comprobada

40

Entre 3 y 4 años de experiencia comprobada

20

Menos de 3 años de experiencia comprobada

Descartado

NOTA: Los puntajes a asignar para el equipo de trabajo se realizarán de acuerdo con los años de experiencia laboral que posea el profesional con mayor experiencia en cada una de las áreas respectivas

Luego, el puntaje final del subcriterio corresponderá a un promedio simple de los puntajes obtenidos por cada profesional según su experiencia, esto es:

 

CONSIDERACIONES DE LA EVALUACIÓN DEL CRITERIO:

  • En caso de que el consultor jefe no cuente con experiencia comprobada en procesos de agregación de consumos eléctricos o que no posea estudios de pregrado y/o postgrado en materia energética, eléctrica, u otro similar, la oferta se descartará en su totalidad por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos respecto del Consultor Jefe.
  • En caso de que el oferente no presente, en las dos áreas especificadas, profesionales que posean al menos tres años de experiencia laboral o académica comprobable, se procederá a descartar la oferta en su totalidad por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos respecto del Equipo de Profesionales.
  • La información de este criterio debe ser comprobable. Para esto, el oferente deberá completar y entregar el Anexo N°6: “Declaración de Experiencia del Oferente y del Equipo Consultor”, señalando, tanto para el caso del Consultor Jefe como para los profesionales que conforman el Equipo de Profesionales, la información acerca de la experiencia laboral y/o académica de éstos. Además, deberá adjuntar para cada uno de ellos:

-          Copia digital del certificado de título y/o estudios de postgrado;

-          Currículum vitae con referencias laborales y sus respectivos datos de contacto actualizado. En el caso de los profesionales del equipo de trabajo, el currículum vitae deberá indicar claramente las materias desarrolladas respecto de las áreas de especialización que son parte de la oferta técnica;

-          Copia digital de la cédula de identidad.

  • La Dirección podrá verificar la experiencia señalada con los datos de contacto referidos en cada caso. Si no se incluyen los datos de contacto, en cualquiera de las oportunidades que pudiere corresponder, la experiencia presentada será descartada y por tanto no sumará en la calificación de la oferta.
  • Sólo se considerará como proyectos válidos, aquellos que sean implementados en Chile y que culminen con la suscripción de contratos por parte de los participantes del proceso de agregación con él o los suministradores adjudicados.

d) Cumplimiento requisitos formales (5%)

La evaluación de los requisitos formales de cada oferta se realizará en función del cumplimiento del envío, por parte de los oferentes, de toda la información solicitada por la Dirección ChileCompra para la presentación de la oferta en la forma dispuesta y en los plazos establecidos, según indica la cláusula N° 3 - “Etapas y Plazos” de estas bases de licitación. El puntaje se asignará de acuerdo con la siguiente definición:

i)      El oferente cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la oferta y en el tiempo establecido para dicho acto: 100 puntos.

ii)    El oferente NO cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la oferta y en el tiempo establecido para dicho acto: 0 puntos.

10.3.

Solicitud de aclaraciones y antecedentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Dirección ChileCompra podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, si correspondiere, a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.

Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, según lo previsto en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La Dirección ChileCompra no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. Se entenderá efectuada la notificación luego de 24 horas transcurridas desde que la Dirección publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación acorde a lo establecido en el artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Se deja constancia que la Dirección ChileCompra podrá solicitar aclaraciones durante la evaluación de las ofertas.

Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

10.4.

Resolución de Adjudicación

La Dirección ChileCompra declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

Esta Dirección podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.

La Dirección ChileCompra adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos precedentemente, a través de una resolución que será publicada en el sitio www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitada.

En el caso de que la Institución no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases de licitación, la Dirección ChileCompra informará, a través del sistema www.mercadopublico.cl, dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, inciso número 2 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

10.5.

Resolución de Empates.

Si efectuado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más oferentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo quedando ambos en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio “Experiencia del Oferente”. En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio “Experiencia del Equipo Consultor” y, luego, se considerará a quien obtuvo mayor puntaje en el criterio “Precio” si persiste el empate. Finalmente, en caso de que no se logre un desempate entre las ofertas, se escogerá aquella que posea mayor puntaje respecto del subcriterio “Cantidad de Procesos de agregación” del criterio “Experiencia del Oferente”.

10.6.

Notificación de la Adjudicación

Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sitio www.mercadopublico.cl en el ID de licitación respectivo. Luego de notificada la adjudicación, se deberá suscribir el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes bases.

10.7.

Readjudicación

Si el adjudicatario desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en ChileProveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Dirección ChileCompra podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con el resultado de la evaluación y así sucesivamente. Para ello, dispondrá de un plazo máximo de 30 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo con los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. Si el plazo fatal recae en un día inhábil, entonces se considerará el día hábil posterior como plazo máximo para efectuar la readjudicación.

10.8.

Validez de la Oferta

Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días hábiles contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Dirección podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de éstas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. La oferta cuyo periodo de validez sea menor que la requerida será declarada inadmisible no siendo, en consecuencia, objeto de evaluación.

11.   Condiciones contractuales y otras cláusulas

11.1.

Suscripción del Contrato y partes integrantes de éste

El proveedor adjudicado deberá suscribir el respectivo contrato con la Dirección ChileCompra, el que se basará en las condiciones pactadas en la presente Licitación y los documentos que rigen la misma. El plazo máximo para suscribir el contrato es de 10 días hábiles contados desde que el proveedor adjudicado es notificado para que concurra a suscribirlo con la Dirección ChileCompra.

Para suscribir el contrato el proveedor deberá haber cumplido con los requisitos señalados en las presentes bases.

Si por cualquier causa que no sea imputable a la Dirección ChileCompra, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá como desistida la oferta, lo que facultará a la Dirección ChileCompra para adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado.

Se deja constancia que, la Ley N° 19.886 y su Reglamento; las presentes bases de licitación, sus anexos respectivos, sus aclaraciones y sus respuestas; la oferta administrativa, técnica y económica realizada por el adjudicatario, así como toda la documentación que respalda éstas; la resolución de adjudicación y el contrato que emane de este proceso de adquisición,  forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que, se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico.

11.2.

Vigencia del Contrato, prórroga y renovación del contrato

El contrato comenzará a regir desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y tendrá una vigencia de de 12 meses o bien hasta la total tramitación del último de los actos administrativos que aprueben los respectivos contratos de suministro eléctrico emanados de la licitación centralizada consecuente (al que se hace referencia en la cláusula 9.2 - “Objetivo de la adquisición”), entendiendo que el contrato termina su vigencia en caso de que cualquiera de dichos dos hitos acontezca primero.

Cabe destacar que, en cualquier caso, durante la vigencia del contrato el adjudicatario deberá entregar los productos e informes correspondientes según lo indicado en la cláusula N° 9.6 - “Descripción específica de los servicios a entregar” de estas Bases de Licitación, cuyos plazos se inician de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 9.5 - “Plazos para entregar los productos y servicios entregables” de las presentes bases.

De todas maneras, en caso de existir prestaciones pendientes, el contrato se podrá extender, sin por ello aumentar los costos para la DCCP, hasta por 3 meses adicionales (contados desde el término de vigencia del contrato según lo definido en precedentemente), siempre y cuando la correcta ejecución del contrato así lo requiera, o bien, cuando por causas de fuerza mayor las prestaciones comprometidas se vean retrasadas.

Se deja constancia que, una vez vencida la vigencia del contrato aludido, no se permitirá la renovación de éste, por tratarse de la contratación de un servicio puntual para efectos de apoyo experto en el diseño y elaboración de bases de licitación y contrato tipo, además de asesoría en el desarrollo del proceso licitatorio consecuente para una adquisición específica.

11.3.

Plazos y Condiciones de Entrega del Servicio

Los plazos y condiciones establecidas para el servicio contratado se expresan en la cláusula N° 9.6 - “Descripción específica de los servicios a entregar” de estas Bases de Licitación.

11.4.

Obligaciones del adjudicatario

El adjudicatario, ya sea persona natural o persona jurídica, se obliga a:

a)      Cumplir con las instrucciones que sean impartidas por la Dirección ChileCompra a través del administrador del contrato o su subrogante.

b)      Realizar y entregar los informes y presentaciones ejecutivas que le sean encomendados según lo estipulado en la cláusula 9.6 - “Descripción específica del servicio” de las presentes bases de licitación.

c)       Brindar asesoría experta en las materias que son el objeto de la presente adquisición, cumpliendo con lo dispuesto en la cláusula 9.3 - “Objetivos de la asesoría técnica a contratar” de las presentes bases de licitación.

d)      Cumplir con las obligaciones de confidencialidad que emanan del presente instrumento, acorde a lo establecido en la cláusula 11.8 – “Confidencialidad”

e)      No presentar conflictos de interés o relación con empresas participantes en la licitación centralizada que se originará según lo dispuesto en las presentes bases.

f)       No participar ni ofertar en el proceso de licitación centralizada consecuente, al que hace referencia la cláusula 9.2 – “Objetivo de la adquisición”, o asesorar a empresas que participen en el señalado proceso.

g)      Cumplir las demás obligaciones que impone el presente instrumento.

11.5.

Sanciones

1. MULTAS

El proveedor adjudicado será sancionado en caso de que, sin justificación previamente otorgada por ChileCompra, experimente un atraso superior a 3 días corridos en la entrega de los informes contratados. En dicho caso, la sanción corresponderá al pago de una multa que ascenderá a un 3% del valor del informe por cada día corrido de atraso con un tope de 10 días corridos. El monto de las multas será rebajado del pago que la DCCP deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 20 días una vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la DCCP de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.

2. COBRO DE GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

El adjudicatario será sancionado por la DCCP con el cobro de la (s) garantía (s) de fiel cumplimiento en los siguientes casos:

a)      Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.

b)      Incumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes bases de licitación y sus anexos y que son asumidas por adjudicatario mediante la suscripción del respectivo contrato de prestación de servicios.

c)       En caso de atraso injustificado mayor a 10 días corridos respecto a alguno de los informes señalados en la cláusula N° 9.6 - “Descripción específica de los servicios”

d)      Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en la cláusula N° 11.6 - “Término anticipado del contrato”, con salvedad de lo estipulado en el numeral 1 y 2 de la citada cláusula.

e)      Incorporación o reemplazo de personal que presta el servicio licitado, sin la aceptación formal por parte de la Dirección ChileCompra.

f)       Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.

3. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES

  1. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato por alguna causal distinta de la establecida en el numeral 1 de la cláusula N° 11.6 - “Término anticipado del contrato” de las presentes bases, el administrador del respectivo contrato, designado por la Dirección ChileCompra, notificará inmediatamente de ello al adjudicatario, mediante su Consultor Jefe, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva.
  2. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
  3. Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada de la Dirección ChileCompra.
  4. Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, esta Dirección tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la DCCP, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
  5. Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación por medio de carta certificada al proveedor, de la resolución fundada singularizada en los numerales 3 y 4 anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La DCCP tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. 
  6. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento que la sanción sea finalmente cursada, sea total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que la DCCP deba efectuar al proveedor, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente en un plazo máximo de 20 días, debiendo pagar en un plazo de hasta 20 días una vez notificado el cobro, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento, según cuál sea el caso.

11.6.

Término Anticipado del Contrato

La Dirección ChileCompra está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

  1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
  2. Si el adjudicado fuere declarado en manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Además, también se configura una causal si el adjudicado fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación o se encuentre en estado de notoria insolvencia. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes. En este caso no procederá el término anticipado si se caucionan suficientemente el incumplimiento del contrato.
  3. Si se disuelve el oferente adjudicado o fallece el contratante en caso de persona natural.
  4. Si el monto resultante producto de la aplicación de multas superase un 40% del valor total del contrato adjudicado
  5. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la DCCP un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.  
  6. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
  7. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la DCCP, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la DCCP.
  8. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
  9. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución.
  10. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases.
  11. Por la existencia de conflicto de interés con oferentes de la licitación consecuente, según el objeto de la presente contratación expresado en la cláusula 9.2 – “Objetivo de la adquisición”.
  12. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  13. Incumplimiento de las obligaciones emanadas del pacto de integridad, establecido en la cláusula N° 11.17 - “Pacto de integridad” de las presentes bases.
  14. En caso de que existan dos situaciones distintas en donde el adjudicatario presente un retraso injustificado mayor a 10 días hábiles, respecto de la entrega de los informes comprometidos en virtud de la cláusula N° 9.6 - “Descripción específica de los servicios a entregar” de las presentes bases de licitación.
  15. No renovación oportuna de las garantías en los plazos en que ésta proceda indicados en las presentes bases.
  16. La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta utilizare indebidamente información o antecedentes con los que contaba, relacionados con el proceso de diseño de las bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación al resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la DCCP o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.
  17. Perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente, tal como se señala en el artículo 92 del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
  18. En caso de no poder realizarse la reunión inicial de trabajo, indicada en la cláusula 9.5 de las presentes bases, en un plazo máximo de 6 meses contados desde el inicio de la vigencia del respectivo contrato, por cualquier razón no imputable al proveedor.
  19. En caso de ser el adjudicatario una Unión Temporal de Proveedores (UTP):
    1. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
    2. Disolución de la UTP.
    3. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
    4. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
    5. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

En los casos señalados en los numerales anteriores, a excepción de las causales descritas en los numerales 1, 2 y 14, además del término anticipado del contrato, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la DCCP concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.

Para aplicar el Término Anticipado del Contrato, la Dirección ChileCompra notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 20 días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá cumplir íntegramente sus compromisos hasta el último día de duración del contrato.

11.7.

Del Pago y facturación

Para efecto del pago de los servicios prestados, el valor adjudicado se pagará en contraprestación de los informes solicitados en la cláusula N° 9.6 - “Descripción específica de los servicios”. En la tabla a continuación se indican los plazos de entrega para los informes objeto de esta contratación:

Informe

Plazo de entrega

Porcentaje

Informe 1

30 días corridos contados desde el inicio de la consultoría.

40%

Informe 2

60 días corridos contados desde el inicio de la consultoría.

40%

Informe 3

30 días corridos contados desde la fecha de adjudicación establecida en las bases de la licitación consecuente*

20%

* Se entiende como licitación consecuente, el proceso licitatorio en el cual el adjudicatario participará en su diseño e implementación en calidad de asesor técnico especialista y que tiene por finalidad abastecer los consumos eléctricos de los organismos públicos participantes a través de la agregación de demandas eléctricas.

Se deja constancia que cada uno de los pagos estará sujeto a la entrega del respectivo informe y los antecedentes que lo sustentan por parte del proveedor y la recepción conforme de éstos por parte de la Dirección ChileCompra.

Luego de recibir cada entregable por parte del proveedor, la Dirección ChileCompra, se pronunciará en un plazo de 10 días hábiles, respecto de la conformidad del entregable. En caso de conformidad, el administrador del contrato emitirá un “Informe de recepción conforme”. En caso de disconformidad con el entregable, éste será devuelto para su corrección y/o complementación, debiendo el proveedor subsanar las observaciones hechas en el más breve plazo, considerando en todo caso que los entregables deben ser ejecutados a plena conformidad de la Dirección ChileCompra, en el plazo total que se ha fijado para la ejecución de los servicios. En caso de que la Dirección ChileCompra no se pronuncie en el plazo anteriormente señalado, se entenderá aceptado.

El adjudicatario sólo podrá presentar su documento tributario a la Dirección ChileCompra una vez que ésta haya comunicado la recepción conforme del informe entregable correspondiente.

 

Para tramitar el pago de la prestación de servicio, el adjudicatario deberá entregar a la Dirección ChileCompra junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:

a)        Informe de recepción conforme, firmado por parte de la Dirección ChileCompra.

b)        Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio.

c)         Liquidaciones de sueldo de los trabajadores que prestan el servicio a la Dirección ChileCompra, correspondiente al mes anterior del cual se procede al pago, debidamente firmado por cada trabajador.

d)        En caso de que corresponda, un informe de aplicación de multas.

Los documentos de cobro ya sean facturas o boletas de honorario, serán pagados en un plazo máximo de 30 días, desde su recepción conforme en la Oficina de Partes de la Dirección ChileCompra, ubicada en Monjitas 392, Piso 10, Santiago. Los pagos serán realizados mediante transferencia electrónica bancaria, sin perjuicio de poder realizarse mediante cheque bancario, si así se informase a la Dirección ChileCompra.

Se deja expresa constancia que los precios que cobre el proveedor incluyen todos los gastos que genere el futuro contrato. Por ende, la Dirección ChileCompra no cancelará costos no contemplados generados en virtud de su ejecución futura.

Cabe señalar que, no se podrá efectuar ningún pago al proveedor en tanto no haya terminado la tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.

Se deja constancia que el valor del servicio, durante la vigencia del contrato, será el valor adjudicado en pesos chilenos. Los proponentes deberán ofertar por el valor total del servicio a través de www.mercadopublico.cl. El precio ingresado en la oferta económica no debe incluir impuestos. En caso de tenerlos, debe indicar el tipo de impuesto al que está afecto en el campo “Especificaciones de la oferta” del Anexo N°7: “Oferta económica”.

11.8.

Confidencialidad

El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.

El Adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.

La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.

El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la DCCP el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, especialmente durante el desarrollo de la licitación a que dé lugar esta consultoría, dará pie a que la DCCP entable en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.

Se deja constancia que, en el contrato a suscribir, el equipo consultor del adjudicatario deberá firmar un acuerdo de confidencialidad con la finalidad de resguardar lo anteriormente señalado.

11.9.

Prohibición de participación en proceso licitatorio consecuente

Se deja expresa constancia que tanto el adjudicatario como los miembros del equipo consultor, ya sea empresa o persona natural, no podrán prestar servicios de consultoría o asesoramiento a empresas generadoras, distribuidoras u otro, que participen en calidad de oferente en el posterior proceso licitatorio de adquisición centralizada, en el cual el adjudicatario brindará asesoría experta para su elaboración, según el objetivo de la presente contratación estipulado en la cláusula N° 9.2 - “Objetivo de la adquisición” de estas bases de licitación. Cabe señalar que ni el adjudicatario ni ninguno de los miembros del equipo consultor podrán participar en calidad de oferentes en dicha licitación.

11.10.

Propiedad de la información

Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y sus documentos asociados NO serán de propiedad de la Dirección ChileCompra. No obstante, lo anterior, la oferta técnica presentada por el adjudicatario y el producto del trabajo que desarrolle el contratista o sus dependientes, con ocasión del contrato, tales como actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, términos de referencia, documentos e informes, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y, en general, toda obra que se elabore en  cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad de la Dirección de Compras y Contratación Pública y de la Subsecretaría de Hacienda, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.

Sin perjuicio de lo anterior, todos los informes, bases de datos y términos de referencia desarrollados por el adjudicatario serán licenciados por la Subsecretaría de Hacienda bajo la Licencia Creative Commons Atribución – No comercial (Licencia CC BY–NC).

11.11.

Continuidad del personal

Si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, le fuere necesario sustituir al personal que presta el servicio, es decir, los profesionales que desempeñarán las funciones de Consultor Jefe, Profesionales del Equipo de Trabajo y/o el Coordinador de Contrato, deberá informar y proponer oportunamente un cambio de nómina de personal de acuerdo con lo establecido en el siguiente párrafo.

La Dirección ChileCompra exigirá que, durante el desarrollo y vigencia del contrato, exista continuidad del personal designado para la prestación de cada servicio, con objeto de resguardar la calidad técnica del equipo consultor que resultó adjudicado, así como velar por la confidencialidad de la información. De acuerdo con lo anterior, y en caso de ser requerido durante la vigencia del contrato, el adjudicatario podrá solicitar a la Dirección ChileCompra el cambio del Equipo Consultor.

Para la solicitud y aprobación de cambio de personal, deberán considerarse dos elementos:

a)      La criticidad del proyecto y de la etapa del mismo en la que esté involucrado el personal.

b)      El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir al menos con los mismos requisitos y calificaciones que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio.

c)       De ser necesario, se procederá a extender los tiempos de prestación del servicio, en cuyo caso no implicará en forma alguna un aumento en los valores a pagar por parte de la DCCP.

Por tanto, la solicitud de cambio debe ser aprobada por la Dirección ChileCompra, reservándose ésta el derecho de aceptar o rechazar la petición, en cuyo caso, el adjudicatario podrá solicitar proponer otra persona, hasta que éste sea aceptado por esta Dirección, siempre que el tiempo involucrado en esta gestión, no impacte en el cumplimiento de plazos del Contrato. En todo caso, si la Dirección ChileCompra considera que estos cambios afectan la integridad del cumplimiento del Contrato podrá poner Término Anticipado al Contrato.

De acuerdo con lo anterior, el adjudicatario, representado por su coordinador de contrato u otra persona debidamente autorizada, debe asegurarse de informar y entregar, a la Dirección, junto a la Solicitud de Cambio de Nómina de Personal, todos los antecedentes solicitados en la cláusula N° 10.2, numeral 2), letra c) – “Experiencia del Equipo Consultor” - de estas Bases de Licitación, para que la DCCP evalúe y apruebe la experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo.

El Proveedor del Servicio debe esperar la aprobación escrita por correo o vía e-mail, de la solicitud por parte de la Dirección ChileCompra, antes de operar el Contrato con el o los nuevos prestadores de servicio.

11.12.

Coordinador del Contrato por parte del Adjudicatario

En caso de que el adjudicatario corresponda a una persona jurídica, dicho proveedor deberá designar un coordinador del contrato, que puede ser distinto del Consultor Jefe, cuya identidad deberá ser informada a la Dirección ChileCompra.

En el desempeño de su cometido, el Coordinador del contrato deberá, a lo menos:

  1. Informar oportunamente a la DCCP de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato, con especial atención en los cambios en el equipo consultor de acuerdo con las indicaciones establecidas en la cláusula N° 11.11 - “Continuidad del personal”.
  2. Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
  3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

La designación del Coordinador de Contrato y todo cambio relativo a ésta deberá ser informada por el proveedor al responsable de administrar de contrato por parte de la Dirección ChileCompra, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario. La Dirección ChileCompra podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.

11.13.

Administrador del Contrato por parte de la Dirección ChileCompra

La Dirección ChileCompra definirá una contraparte para el coordinador del respectivo contrato, la que ejercerá las siguientes funciones:

  1. Representar a la Dirección ChileCompra en la comunicación directa con el adjudicatario
  2. Gestionar y coordinar las reuniones de trabajo y las presentaciones ejecutivas si se encomendasen
  3. Revisar los informes validando que cumplan con la información requerida y generar los documentos de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes.
  4. Supervisar el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato.
  5. Gestionar la autorización de los pagos programados según se haya establecido en el Contrato de Prestación de Servicios.
  6. Determinar la aplicación de las sanciones que se estipulen en el Contrato, según corresponda.
  7. Las demás que le encomiende el presente instrumento.

11.14.

Modificación de Contrato

El contrato podrá modificarse por las siguientes causales:

  1. Mutuo acuerdo entre los contratantes.
  2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  3. Las demás que se establezcan en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.

Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, no podrá referirse a los elementos esenciales del contrato, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste. En cualquier caso, las modificaciones deberán aprobarse mediante resolución totalmente tramitada.

La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo, en todas las instancias, las condiciones contractuales previamente consensuadas.

11.15.

Prohibición de cesión de contrato y subcontratación

El adjudicatario NO podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la DCCP.

Se encuentra prohibida la subcontratación parcial de servicios.

11.16.

Estándares de probidad

Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante todo el período de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

11.17.

Pacto de Integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.
  9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

11.18.

Acreditación de Cumplimiento de Obligaciones Laborales

Cada seis meses de vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°4: “Declaración Jurada - Cumplimiento obligaciones laborales”, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.

Asimismo, y tal como se puntualizara en la cláusula N° 11.7 - “Del Pago y facturación”, La Dirección ChileCompra exigirá al adjudicatario,  antes de proceder al pago, el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a aquél correspondan respecto a sus trabajadores, mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación.  

El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

Si por cualquier causa la Dirección dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.

                        

La Dirección exigirá al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, y sin perjuicio de lo señalado anteriormente, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Lo anterior, bajo apercibimiento de multa del 2% del valor anual del contrato. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta.

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el Contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta Dirección.

El Adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

12.   Productos / Servicios Requeridos

Clasificación ONU

Cantidad

Unidad de Medida

Descripción

Producto o servicio por contratar

1

80141501

1

Unidad

Servicios Profesionales

Servicio de asesoría especializada en procesos de agregación de consumos eléctricos y regulación eléctrica

 


 

ANEXO N°1: FORMULARIO DATOS DEL OFERENTE

Licitación ID 869591-1-LE18

A)  DATOS DEL OFERENTE

  • ¿Oferente corresponde a una Unión Temporal de Proveedores?:

Razón Social o nombre persona natural

RUT oferente

Dirección

Ciudad

Teléfono

Web de la Empresa

Nombre Representante Legal o nombre persona natural.

Cargo

Correo electrónico

B)  DATOS DEL CONTACTO DEL OFERENTE

Nombre de la Persona de Contacto Licitación

Dirección

Ciudad

Teléfono

Celular (opcional)

Correo electrónico

Firma persona natural o representante legal

Fecha

NOTA: En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), los datos de contacto del oferente deberán ser referidos al Apoderado de la UTP, no siendo necesario que los miembros de la UTP completen este anexo.

ANEXO N°2: DECLARACIÓN JURADA

“PRÁCTICAS ANTISINDICALES E INFRACCIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR”

Licitación ID 869591-1-LE18

El firmante, en su calidad de oferente o de representante legal del oferente, , RUT: , de la licitación pública ID N° 869591-1-LE18, declara bajo juramento que:

  • No ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4º, inciso 1º, de la Ley N°19.886, o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.

Razón social o nombre persona natural

RUT de persona jurídica o persona natural

Nombre representante legal de persona jurídica o nombre persona natural

Rut del representante legal o persona natural

Firma del representante legal o persona natural

Fecha

 

NOTA: En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de los miembros de la UTP deberán completar este anexo, en caso contrario, la oferta se declarará inadmisible por no cumplir con los requisitos mínimos para participar de la oferta según cláusula N°5 de las bases de licitación.


ANEXO N°3: DECLARACIÓN JURADA

“SIN CONFLICTOS DE INTERÉS”

Licitación ID 869591-1-LE18

El firmante, en su calidad de Adjudicatario o de representante legal del Adjudicatario, <nombre persona natural o razón social de la empresa>, RUT de la licitación pública ID 869591-1-LE18, declara bajo juramento que:

  1. El Adjudicatario no es funcionario directivo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

  1. El Adjudicatario no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Compras y Contratación Pública por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

  1. Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Compras y Contratación Pública o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquéllos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima abierta en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital.

  1. No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.

  1. Conoce que los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, son los siguientes: cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

Nombre representante legal de persona jurídica o nombre persona natural:

Firma del representante legal o persona natural:

Fecha:

NOTA: En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de los miembros de la UTP deberán completar este anexo.


ANEXO N°4: DECLARACION JURADA

“CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES LABORALES”

Licitación ID 869591-1-LE18

Yo, , cédula de identidad N° con domicilio en , , en representación de , RUT N° , del mismo domicilio, declaro que mi representada:

No registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.

Nombre Persona Natural o del Representante Legal:

Firma Persona Natural o del Representante Debidamente Autorizado:

Fecha:

NOTA: En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de los miembros de la UTP deberán completar este anexo.


ANEXO N°5: DECLARACIÓN JURADA

“ELEGIBILIDAD PARA CONTRATAR”

Licitación ID 869591-1-LE18

 

  1. Si el oferente es persona natural:

La persona que firma declara a fin de dar cumplimiento con los requisitos de elegibilidad para su contratación como proveedor individual para prestar servicios en el marco del Programa o en alguno de los Proyectos Beneficiarios, que:

1)      Soy ciudadano/a de uno de los países miembros del Banco.

2)      No tengo relación de parentesco con ningún miembro del personal ni contractual del Banco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, ambos inclusive.

3)      En cuanto sea pertinente, cumpliré con las normas vigentes en materia de inmigración, autorización de trabajo o visado de los países en los que presta servicios el Banco.

4)      Durante el período de cuatro años anteriores a la firma del presente contrato no he tenido contratos con el Banco, que estuvieran involucrados con proyectos u operaciones que se relacionen directamente con las materias o contenidos del presente acuerdo de voluntades. Si esta condición no se cumpliese deberé informar a quien ejerza la Dirección del Programa de Mejora de Gestión Pública y de los Servicios al Ciudadano, el que deberá requerir consentimiento previo del Banco, obtenido de acuerdo con el Código de Ética y Conducta Profesional del Banco.

5)      Si soy exempleado/a del Banco, declaro que: no dejé de prestar servicios en el Banco en virtud de un Pago Especial de Terminación ni conforme a un acuerdo mutuo (según lo definido en el Reglamento del Personal del Banco) a partir del 23 de marzo de 1990 y que no participé en forma directa ni como funcionario principal en la operación con la cual se relaciona la contratación de los servicios descritos en el Contrato de Préstamo.

6)      A.- No soy jubilado/a internacional del Banco, ni he aceptado contratos con el Banco durante los doce meses subsiguientes a la fecha de mi jubilación, cuya remuneración, junto con mi pensión, haya excedido el valor actual del último sueldo anual que haya ganado como funcionario del Banco. Esta restricción no se aplica luego de transcurridos doce meses de la fecha de mi jubilación del Banco.

B.- Si soy jubilado/a o exempleado/a nacional del Banco, no he aceptado contratos con el Banco durante los doce meses subsiguientes a la fecha de terminación de mi prestación de servicios.

7)      No soy empleado/a permanente ni temporal de la entidad prestataria ni de ninguna institución beneficiaria de los servicios que se contratarán; no he sido empleado de la entidad prestataria ni de ninguna institución beneficiaría  durante los seis meses inmediatamente precedentes a la fecha de suscripción del presente contrato; ni he sido empleado/a de la entidad prestataria ni de ninguna institución beneficiaría durante los seis meses inmediatamente precedentes a la presentación de la entidad prestataria de una solicitud oficial de préstamo. Las presentes inhabilidades sólo se aplican si en el ejercicio de mis funciones como empleado permanente o temporal de las instituciones mencionadas hubiere participado personal y sustancialmente en proyectos u operaciones que se relacionen directamente con las materias o contenidos del Programa.

8)      La presente contratación, de acuerdo con los términos y condiciones del respectivo contrato, no infringe ninguna ley, reglamento ni política laboral a la cual esté sujeto.

9)      No hay ningún cargo criminal pendiente en mi contra y no he sido declarado culpable de ningún delito grave ni menor por ninguna administración federal, estatal, provincial o municipal de los Estados Unidos ni de otro país, y tampoco he estado implicado en ningún proceso civil ni administrativo en relación con una denuncia de fraude ni conducta indebida similar. Sólo se considerará, para efectos de esta declaración, que una persona ha sido 'declarada culpable' si se ha dictado en su contra un fallo o condena, por parte de un tribunal penal con jurisdicción competente, ya sea tras haber dictado una sentencia o por la interposición de un recurso de súplica, incluida una declaración de nolo contendere o su equivalente.

10)   Firmo la presente declaración en pleno uso de mis facultades mentales y en estas condiciones entiendo y acepto que si cualquiera de las afirmaciones o informaciones declaradas es  falsa o engañosa, la entidad contratante podrá poner término al presente contrato, entendiéndose inmediatamente extinguidas todas las obligaciones de las partes y del Banco, si las hubiere, aun cuando existan pagos pendientes, sin perjuicio de las acciones judiciales o administrativas que la referida entidad pudiere libremente ejercer.

 

  1. Si el oferente es persona jurídica:

El representante legal, individualizado precedentemente, declara:

  1. Estar en conocimiento de que, para poder ser proveedor del presente proceso de contratación, la persona jurídica a la que representa no debe vulnerar ninguna de las obligaciones establecidas en la Sección I de las Políticas de Adquisiciones del Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-9, establecidas, con relación a Conflictos de Interés, Prácticas Prohibidas y Países Elegibles;
  2. Estar en conocimiento de que, durante el período de cuatro años anteriores a la presentación de la oferta, ningún socio o funcionario de mi representada involucrado con la presente oferta, miembro del equipo directivo propuesto, consultor contratado ad-hoc ni ningún otro experto que participe directa o indirectamente en alguna actividad referida a la presente oferta, puede haber tenido contratos con el Banco, que estuvieran involucrados con proyectos u operaciones que se relacionen directamente con las materias o contenidos de este contrato y  si esta condición no se cumpliese, deberé informar a quien ejerza la Dirección de la Unidad Coordinadora del Programa, el que deberá requerir consentimiento previo del Banco, obtenido de acuerdo con el Código de Ética y Conducta Profesional del Banco; y que,
  3. Firmo la presente declaración en pleno uso de mis facultades mentales y en estas condiciones entiendo y acepto que si cualquiera de las afirmaciones o informaciones declaradas es falsa o engañosa, la entidad contratante podrá poner término al presente contrato, entendiéndose inmediatamente extinguidas todas las obligaciones de las partes y del Banco, si las hubiere, aun cuando existan pagos pendientes, sin perjuicio de las acciones judiciales o administrativas que la referida entidad pudiere libremente ejercer.

En atención a lo anteriormente expuesto, declaran que (marcar una alternativa):

____ No haber realizado ninguna declaración, transacción o conducta prohibida de acuerdo con las políticas y condiciones antes citadas.

____ Tener dudas acerca de nuestro cumplimiento respecto a las políticas y condiciones antes citadas, por lo que adjunto antecedentes para consideración de la Coordinación del Programa y del Banco.

Nombre Persona Natural o del Representante Legal:

R.U.T.

Firma de la Persona Natural o del Representante Legal

NOTA: En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de los miembros de la UTP deberán completar este anexo.


 

Anexo N°6: Declaración de EXPERIENCIA DEL OFERENTE Y EL EQUIPO CONSULTOR

Licitación ID 869591-1-LE18

DATOS DE LA OFERTA

Razón social, nombre persona natural o razón social miembro UTP

Rut o Rut miembro UTP

Rut Apoderado (indicar sólo para ofertas UTP)

1)      EXPERIENCIA DEL OFERENTE

Nombre proceso agregación

N° Bloque de Suministro

Clientes participantes del proceso de agregación de demanda eléctrica

Rut Empresa

Nombre Empresa

Energía Contratada

Precio Energía

Duración contrato

Fecha firma contrato

Contacto

Cargo

E-Mail

Teléfono

2)      EXPERIENCIA DEL EQUIPO CONSULTOR

A)     TABLA N°1: EXPERIENCIA CONSULTOR JEFE

Consultora Eléctrica

Nombre Proyecto

Descripción Proyecto

Energía contratada

N° Clientes participantes

Tareas desarrolladas

Datos vigentes de contacto contraparte

Contacto

Empresa

Cargo

E-Mail

Teléfono

 

B)      TABLA N° 2: EQUIPO DE TRABAJO

Antecedentes

Área de especialización

Regulación y normativa eléctrica

Comercialización energía y/o diseño y gestión de contratos de suministro eléctrico

Nombre Profesional

Rut

Título profesional

Situación de estudios

Grado profesional

Años de experiencia en especialidad


Firma Representante Legal o Apoderado UTP


INSTRUCCIONES PARA COMPLETAR ANEXO N°6

 

De la experiencia del oferente:

  • Para el ingreso de procesos de agregación, sólo se deberá considerar aquellos procesos que hayan culminado con al menos un contrato de suministro eléctrico firmado antes de la fecha de cierre de esta licitación.
  • La información de este anexo se debe especificar para cada cliente empresa, respecto de sus contratos eléctricos efectivamente suscritos, bloque o sub-bloque al que pertenece y del proceso de agregación del que participa.
  • En el campo “N°” se deberá repetir hasta completar la cantidad de clientes participantes del proceso. Por ejemplo, si el proceso N°1 considera 5 empresas, el campo N° deberá repetir el numeral “1” hasta la quinta fila. Misma situación con el campo “N° bloque de suministro”, para identificar claramente los clientes que conformaron un bloque de suministro específico.
  • El campo “Energía contratada” deberá expresarse en MWh/año y será un promedio de los consumos energéticos anuales contratados por cada cliente
  • El campo “Precio energía” corresponderá al valor de la componente de energía, expresado en USD/MWh, obtenido producto del proceso de agregación para el bloque/sub-bloque de suministro eléctrico del cual participa el cliente empresa.

De la experiencia del equipo consultor:

Para el ingreso de la experiencia del Consultor Jefe en procesos de agregación (Tabla N°1):

  • Sólo se deberá considerar aquellos procesos en los que haya participado y que hayan culminado con al menos un contrato de suministro eléctrico firmado antes de la fecha de cierre de esta licitación.
  • La información de este anexo se debe especificar para cada proceso de agregación de consumo eléctrico exitoso al menos un contacto vigente de algún cliente empresa que haya participado en el proceso de agregación señalado. 
  • El campo “Energía contratada” deberá expresarse en MWh/año y será un promedio de los consumos energéticos anuales contratados por cada cliente.

Para el ingreso de la experiencia del Equipo de Trabajo (Tabla N°2):

  • Se considerará como años de experiencia en la especialidad a la cantidad de años efectivamente cumplidos por el profesional con mayor experiencia en cada una de las áreas respectivas objeto de la evaluación.

En el caso que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), entonces el oferente deberá completar este anexo con la experiencia del (los) integrante(s) de la UTP que se considerará(n) en la evaluación de este criterio según lo indicado en el Anexo N°8: “Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP)” de estas bases de licitación.


ANEXO N°7: OFERTA ECONÓMICA

Licitación ID 869591-1-LE18

El valor total ofertado por los servicios licitados en la licitación pública ID 869591-1-LE18 asciende a la suma de el que se detalla como sigue:

  1. Especificaciones de la oferta económica

  • Documento de cobro:
  • Impuestos asociados:

  1. Detalle de la oferta económica

Ítem

Monto (expresado en pesos chilenos)

Valor Neto

$

Impuestos

$

Valor Total Ofertado

$

Declaro que, el valor ofertado corresponde al valor total del servicio a contratar a través de esta licitación.


Firma Representante Legal o Apoderado UTP

NOTA: En el caso de las ofertas realizadas bajo la modalidad Unión Temporal de Proveedores (UTP), este anexo deberá ser completado y firmado por el Apoderado de la UTP.


ANEXO N°8: DECLARACIÓN PARA UNIONES TEMPORALES DE PROVEEDORES (UTP)

Licitación ID 869591-1-LE18

(Uso exclusivo para oferentes que realicen sus ofertas a través de una UTP)

1. Nombre de la Unión Temporal de Proveedores: _____________________________________

2. Integrantes de la UTP:

Razón Social

RUT

1

Apoderado UTP

2

Miembro UTP

3

Miembro UTP

4

Miembro UTP

3. Declaración de evaluación de Criterios Técnicos:

Criterio de Evaluación

Sub criterio de evaluación

Miembro(s) UTP a considerar en la evaluación

Razón Social

RUT

Experiencia del Oferente

Todos los subcriterios asociados a la experiencia del Oferente se evaluarán respecto de los miembros de la UTP indicados en esta declaración.

Experiencia del Equipo Consultor

Consultor Jefe

Profesional área normativa y regulación eléctrica

Profesional área comercialización energía y gestión contratos eléctricos


Firma Apoderado UTP

NOTA:

  • En el punto N°2 de este Anexo, el oferente UTP, a través de su Apoderado, deberá señalar información acerca de los integrantes que conforman la Unión Temporal de Proveedores, indicando en el primer lugar, al integrante que es designado como Apoderado de la UTP.
  • En el punto N°3 de este Anexo, el oferente UTP, a través de su Apoderado, deberá indicar respecto de cuál(es) integrante(s) se debe(n) considerar en la evaluación de cada uno de los criterios singularizados. En el caso de que el oferente solicite considerar más de un integrante de la UTP en la evaluación de un mismo criterio, entonces se evaluará el criterio respectivo considerando la experiencia de aquellos integrantes de la UTP que sean indicados.  

ANEXO N°9: DECLARACIÓN JURADA

“Confidencialidad”

Licitación ID 869591-1-LE18

El firmante, en su calidad de oferente o de representante legal del oferente, , RUT: , de la licitación pública ID N° 869591-1-LE18, declara bajo juramento que se comprometen a lo siguiente:

Ni la empresa ni el equipo consultor podrán utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.

Como proveedor adjudicado, mis consultores y personal dependiente, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deberán guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.

La responsabilidad del como Adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de nuestros administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.

Aseguro dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, especialmente durante el desarrollo de la licitación a que dé lugar esta consultoría, dará pie a que la DCCP entable en nuestra contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado nuestros empleados.

Asimismo, se deja expresa constancia que, como proveedor adjudicado -incluyendo a los miembros de nuestro equipo consultor, no podremos prestar servicios de consultoría o asesoramiento a empresas generadoras, distribuidoras u otro, que participen en calidad de oferente en el posterior proceso licitatorio de adquisición centralizada señalada en la cláusula N° 9.2 - “Objetivo de la adquisición” de las respectivas bases de licitación. Cabe señalar que como adjudicatario nos comprometemos a que ninguno de los miembros del equipo consultor podrán participar en calidad de oferentes en dicha licitación.

Razón social o nombre persona natural

RUT de persona jurídica o persona natural

Nombre representante legal de persona jurídica o nombre persona natural

Rut del representante legal o persona natural

Firma del representante legal o persona natural

Fecha

 

NOTA: En caso de que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada uno de los miembros de la UTP deberán completar este anexo para ser contratado.

2.- PUBLÍQUESE el llamado a licitación en el sistema www.mercadopublico.cl.

Anótese, Comuníquese y Archívese

TRINIDAD INOSTROZA CASTRO

DIRECTORA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA

PIC/RMZ/JVL/DRM/CSN/FSS

 

Distribución:

- Fiscalía.

- Departamento de Administración y Finanzas.

- Unidad de Fortalecimiento Institucional.

- División Convenio Marco.

- Oficina de Partes.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.