Licitación ID: 778989-7-LE25
Adquisición de bombas sumergibles
Responsable de esta licitación: 3a Briagada Acorazada "La Concepción"
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 438
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Bombas sumergibles 1 Unidad
Cod: 40151513
Adquisición de bombas sumergibles  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de bombas sumergibles
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Llámese a Licitación Pública, a través del portal www.mercadopublico.cl, y apruébense las siguientes Bases de Licitación y sus Anexos, para la adquisición denominada “BOMBAS SUMERGIBLES PARA LA 3RA BRIGADA ACORAZADA “LA CONCEPCIÓN”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
3ra Brigada Acorazada La Concepción - 3RA BRIACO
R.U.T.:
65.081.190-9
Dirección:
Camino a Mejillones KM 18 s/n
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-05-2025 17:00:00
Fecha de Publicación: 23-04-2025 14:27:07
Fecha inicio de preguntas: 23-04-2025 16:56:00
Fecha final de preguntas: 30-04-2025 16:56:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-05-2025 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-05-2025 8:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-05-2025 8:00:00
Fecha de Adjudicación: 15-05-2025 9:09:21
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita Terreno (No excluyente) 28-04-2025 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO ADMINISTRATIVO
Documentos Técnicos
1.- ANEXO TÉCNICO
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO ECONÓMICO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica (Precio) Los valores ofertados deberán ser ingresados en el Anexo “G”. El criterio oferta económica será evaluado conforme a lo siguiente: De la oferta económica, se evaluará tomando de referencia el menor precio del total de la oferta, se aplicará la siguiente fórmula. Ej.: Prec. Min. Ofert.*35 Precio ofertas El porcentaje resultante se ponderará por 35 %, obteniéndose la asignación del porcentaje final a conseguir en éste criterio. 35%
2 Garantía técnica Considerar el plazo de la garantía técnica entregada por la adquisición de bombas sumergibles. Esta garantía comenzará a regir desde la recepción conforme de la totalidad de las bombas asociadas a la presente licitación y considerará el mantenimiento y reparación de por motivos de falla o imprevistos ocurridos. Se le asignará puntaje de acuerdo al plazo de garantía que oferte, a mayor garantía el porcentaje será más alto. Ej.: Garantía Ofertada*35 Mayor Garantía Ofertada El porcentaje resultante se ponderará por 35%, obteniéndose la asignación del porcentaje final a conseguir en este criterio. Sera de al menos 03 (tres) meses desde su recepción, pudiendo ser mayor de acuerdo a la cobertura ofertada por el proveedor adjudicado. 35%
3 Comportamiento contractual Debe acreditar que no presenta reclamos a través de Mercado Público. CANTIDAD DE RECLAMOS PORCENTAJE 0 reclamos 30% 1 a 2 reclamos 25% 3 a 4 reclamos 20% 5 a 6 reclamos 15% 7 a 8 reclamos 10% 9 o más reclamos 5% El puntaje resultante se ponderará por 30%, obteniéndose la asignación del porcentaje final a conseguir en éste criterio. Si obtiene reclamo, no se le asignará porcentaje. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 511000
Monto Total Estimado: 9390898
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MONTSERRAT ESCARATE
e-mail de responsable de pago: FINANZAS3RABRIACO@GMAIL.COM
Nombre de responsable de contrato: MONTSERRAT ESCARATE
e-mail de responsable de contrato: FINANZAS3RABRIACO@GMAIL.COM
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-26934000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La 3ra. Brigada Acorazada “La Concepción” podrá readjudicar la licitación al siguiente oferente mejor evaluado, en los siguientes casos: a. Sello mujer, los proveedores deberán cumplir con al menos el 50% de la propiedad en manos de mujeres. b. Si el oferente adjudicado no suscribe o no acepta la Orden de Compra yo contrato, en el plazo estipulado, por causas imputables a él. c. En caso que el oferente adjudicado se desista, renuncie, abandone o no cumpla íntegramente los trámites posteriores a la adjudicación. d. Si el Adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial del Estado o no se encuentra en estado hábil o no comunica la intención de continuar con los socios hábiles en el caso de la unión temporal, dentro del plazo de 15 días de corrido desde la notificación. e. Si rechaza la orden de compra emitida por la 3ra. Brigada Acorazada “La Concepción” o no firma el contrato. f. En caso de no estar llano a cumplir con las obligaciones emanadas en las presentes Bases de Licitación. g. En caso de no dar cumplimiento a lo ofertado y adjudicado, se terminará el contrato orden de compra y se readjudicará al segundo mejor porcentaje.
Adjudicación de las ofertas
a. Esta entidad licitante, aceptará la propuesta más ventajosa y no estará obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor. b. La Entidad Licitante podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases y especificaciones técnicas o Anexos. c. La Entidad Licitante declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada y dictada para tal efecto y sin derecho a indemnización de ningún tipo. d. Realizado el análisis de las ofertas y sus antecedentes, se procederá a su adjudicación, mediante la respectiva resolución, la que será notificada al proponente adjudicado a través del sitio web www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de utilizar otros medios para efectuar esta notificación. e. En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación de la presente licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando las razones de la postergación, mediante la respectiva Resolución. f. Adjudicada la propuesta el adjudicatario no podrá ceder o transferir a terceros los derechos y obligaciones que de ella emanen. g. En el caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre éstas, la oferta que haya obtenido el mayor porcentaje entre los criterios que se señala a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente: 1° OFERTA ECONÓMICA 2° GARANTÍA TÉCNICA 3° COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL
DE LA FACULTAD DE DECLARAR DESIERTA O INADMISIBLE LA LICITACIÓN
La 3ra. Brigada Acorazada “La Concepción" podrá declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a los intereses de la entidad licitante, o bien, cuando todas ellas sean declaradas como inadmisibles, conforme lo dispone el Artículo 9 de la Ley N.° 19.886 o las presentes bases. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido precedentemente y previa Resolución Fundada dictada al efecto, la que será notificada a los participantes mediante el “Sistema de Información” de la DCCP.
Del incumplimiento
Artículo 45. Cualquier incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato u orden de compra facultará a la Entidad Licitante para solicitar el término anticipado del contrato o exigir su cumplimiento forzado, ambos casos con indemnización de perjuicios. Se entiende por incumplimiento de contrato la no ejecución del proveedor de todo o parte de las obligaciones contraídas con la entidad licitante. Artículo 46. La calificación de si ha existido o no incumplimiento grave, corresponderá exclusivamente de la 3ra. Briaco “La Concepción”. Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato (orden de compra) entre otras: 1. En general las del Artículo 130 del Reglamento de la Ley N.° 19.886. 2. Cuando el proveedor no cumpla con los plazos de entrega y forma establecidos en la orden de compra. 3. En general por el incumplimiento grave de las obligaciones impuestas en la Orden de Compra (Contrato). 4. En caso de no estar llano a cumplir con las obligaciones emanadas de las presentes Bases de Licitación. 5. Cualquier incumplimiento que provoque un desmedro o daño pecuniario a la 3ra. Briaco “La Concepción”. 6. Por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales. 7. Cuando el proveedor no pague las multas aplicadas. 8. Cuando el proveedor ceda o transfiera total o parcialmente los derechos y obligaciones de la orden de compra. Producida cualquiera de las situaciones señaladas anteriormente, la Resolución del Comandante de la la 3ra. Briaco “La Concepción”, de poner término anticipado al contrato se notificará, mediante carta certificada o correo electrónico al adjudicatario. En cualquiera de los casos señalados en la presente clausula, la Entidad Licitante podrá iniciar las acciones legales procedentes para exigir los pagos por indemnizaciones por daños y perjuicios, si fuere el caso. Artículo 47. La 3ra. Brigada Acorazada “La Concepción”, no pagará indemnización alguna al adjudicatario, por modificación o término anticipado de contrato.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.