Licitación ID: 4284-101-L125
Contratación servicio de sanitización control de plagas dependencias Eleam AYEN RUCA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CUNCO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de saneamiento de aseos 1 Unidad
Cod: 76101501
Contratación servicio de sanitización, control de plagas dependencias Eleam AYEN RUCA, según bases adjuntas numeral 1.2 detalle de bien a licitar  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Contratación servicio de sanitización control de plagas dependencias Eleam AYEN RUCA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Contratación servicio de sanitización, control de plagas dependencias Eleam AYEN RUCA, según bases adjuntas numeral 1.2 detalle de bien a licitar
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Municipalidad de Cunco
R.U.T.:
69.191.000-8
Dirección:
Pedro Aguirre Cerda Nº 600
Comuna:
Cunco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-05-2025 15:35:00
Fecha de Publicación: 09-05-2025 11:01:30
Fecha inicio de preguntas: 09-05-2025 11:15:00
Fecha final de preguntas: 12-05-2025 14:47:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-05-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-05-2025 15:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-05-2025 15:35:00
Fecha de Adjudicación: 12-06-2025 16:34:48
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS
Documentos Técnicos
1.- ANEXO TECNICO
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO ECONOMICO
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Factor regional Factor regional 5%
2 Programa de integridad y ética empresarial Programa de integridad y ética empresarial 5%
3 Aspectos formales administrativos del proceso de l Cumplimiento de Requisitos Formales (5%): Las ofertas de aquellos proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes requeridos en bases de licitación serán calificados con un 5% del puntaje total posible de obtener, según se indica en la siguiente tabla. SUB-CRITERIO Puntos Cumple los requisitos formales en tiempo, forma y fondo con toda la documentación. 100pts Cumple posteriormente a solicitar subsanación por el servicio, o presenta inf. Incompleta. 0pts 5%
4 Propuesta económica Propuesta económica 40% 40%
5 Propuesta técnica Propuesta técnica 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 2200000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 10 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Denisse Vivallo Rios
e-mail de responsable de pago: denissevivallo@municunco.cl
Nombre de responsable de contrato: Alejandra Navarrete Turrieta
e-mail de responsable de contrato: anavarrete@municunco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2573544-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado será el único responsable del cumplimiento de la responsabilidad contraída en este proceso de licitación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Del pago
El pago será efectuado por la Municipalidad en su respectivo domicilio, y de acuerdo a las órdenes de compra emitidas, 30 días contados desde la fecha de recepción de la factura correspondiente, la que deberá indicar los valores desglosados y cumplidos todos los requisitos necesarios. La recepción conforme de los bienes, deberá ser acreditada por el Director administrativo del ELEAM.
Del flete
Los proponentes deberán ofertar sus servicios o productos entregados y puestos en la ciudad de Cunco, específicamente en ELEAM Ayen Ruca, ubicado en calle Colico Sur 01035 de Cunco. Por lo tanto, se entiende que el valor ofertado incluye implícitamente el flete hasta la dirección indicada en el presente artículo 44.
Del contrato
Por resolución fundada, la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato en virtud de las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor, debidamente calificadas por la Municipalidad. 3. Estado de notoria insolvencia del proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Por la incapacidad del adjudicado para seguir adelante con la ejecución del contrato, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros. 6. Por la no solución por el adjudicado, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que les sean formulados por escrito por parte de la Municipalidad. 7. El rechazo de la orden de compra. El aviso de término anticipado, se hará por carta certificada despachada al domicilio registrado por el proveedor en el contrato, con quince (15) días corridos de antelación a la fecha en que se desea terminar el contrato. El término anticipado del contrato, no obsta a que se proceda a cobrar el documento bancario de garantía de fiel cumplimiento del contrato, e inicie las acciones legales que sean procedentes, cuando la causal de término anticipado sea imputable al contratante. Artículo 46. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO: Ante la ocurrencia de situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, el proveedor deberá dirigir una comunicación escrita al Alcalde o a quien éste designe, dentro de las 48 horas hábiles siguientes de acaecido el hecho, explicando lo ocurrido y adjuntando los antecedentes que fundamenten su presentación. El Alcalde, resolverá la petición mediante resolución fundada, de acuerdo al mérito de los antecedentes acompañados, sea rechazando o aceptando. En este último caso, se aumentará el plazo de entrega por el tiempo que dure el imprevisto, de acuerdo al contenido de dichos antecedentes y las circunstancias que se deriven del caso fortuito o fuerza mayor. En el evento de otorgarse aumento de plazo, las multas establecidas en estas bases sólo se aplicarán a partir del día siguiente al vencimiento del referido aumento. La Municipalidad exigirá al proveedor afectado la entrega de un nuevo documento bancario de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de acuerdo a la vigencia del documento de garantía original y al número de días del aumento otorgado, entre otros, lo cual deberá constar en la misma resolución fundada que resuelva la petición formulada por el proveedor. Para estos efectos, deberá atenerse al concepto de fuerza mayor y caso fortuito que contempla el artículo 45º del Código Civil.
De las multas
Artículo 47. FUNDAMENTOS DE MULTAS: Las multas se aplicarán por resolución fundada ante los incumplimientos del proveedor, según lo señalado al respecto en estas bases. Artículo 48. MONTOS DE LAS MULTAS: En casos de incumplimiento, de acuerdo al plazo de entrega del proveedor adjudicado, se multará con un 15% por cada día de atraso del valor de la orden de compra. La aplicación de esta multa se efectuará al monto total de la orden de compra administrativamente, sin forma de juicio y en el evento que el proveedor no la pagare, se deducirá de los pagos que se encuentren pendientes. La notificación de la multa al proveedor se hará en la forma y dentro del plazo establecido en el artículo siguiente de las presentes bases. Artículo 49. RESOLUCIÓN QUE APLICA MULTAS: La resolución que imponga una multa, deberá ser notificada al proveedor mediante carta certificada. Efectuada esta notificación, el proveedor tendrá un plazo fatal de 5 (cinco) días hábiles, para pagar la multa correspondiente o solicitar que el valor de la misma sea deducido de la factura que se presente para pago, mediante una nota de crédito por el monto total de la multa. Asimismo, podrá solicitar reconsideración conforme al artículo siguiente de estas bases. En caso de silencio, se procederá a cobrar para estos efectos el documento de fiel cumplimiento de contrato. Artículo 50. RECONSIDERACIÓN: Notificada una multa, el proveedor podrá además, solicitar su reconsideración dentro del mismo plazo anteriormente señalado, debiendo hacerlo por escrito. La Municipalidad se pronunciará con los antecedentes a la vista dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de la solicitud de reconsideración. El proveedor recurrente deberá acompañar los antecedentes que sirvan de fundamento a su reconsideración, para mejor resolver y mientras esta reconsideración se encuentre pendiente no se efectuará el cobro de la multa.
Factoring
Para el evento que el adjudicatario de la presente licitación proceda a ceder el crédito expresado en la factura, deberá dar fiel cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 19.983 "Ley que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura". De esta cesión, se deberá notificar personalmente al Jefe de Servicio que efectúa la licitación, en un plazo no mayor a 48 horas hábiles siguientes a su celebración, sin perjuicio de procederse, en el plazo que corresponda y con las formalidades establecidas en la Ley antes nombrada, a la notificación de la cesión del crédito una vez que se emita la factura que dé cuenta de éste. Para estos efectos, se deberá notificar al ALCALDE  o quien lo subrogue. El municipio, tendrá un plazo de 30 días para reclamar el contenido de la factura.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.