Resolución de Empates |
Para efectos de resolver empates, se principiará evaluando el precio más económico; si ambas empresas tienen el valor más económico, se evaluará la mejor calificación en el sistema de compras públicas.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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COSTO DEL FLETE |
SE ASUMIRÁ Y ENTENDERÁ QUE LOS PROVEEDORES QUE OFERTEN LO HARÁN CON EL RESPECTIVO FLETE INCLIDO.
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READJUDICACION POR RECHAZO |
En caso de no ser aceptada la orden de compra, se procederá a la readjudicación del producto al proveedor que continúe en orden decreciente, según la respectiva acta de evaluación.
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PLAZO DE ENTREGA |
Se reitera que el plazo de entrega de los productos es de 7 días hábiles, desde la fecha de aceptación de la respectiva orden de compra. El no cumplimiento de esta cláusula, generara la aplicación de una multa diaria a partir del día hábil N° 8 con un tope de hasta 10 días hábiles para la aplicación de esta.
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MULTAS |
El plazo de entrega corresponde al indicado en la licitación (7 días hábiles), y corre desde la fecha de aceptación de la Orden de Compra hasta la recepción conforme de los productos en las bodegas de la DISAM Arica, si el proveedor presenta atrasos en la fecha acordada en la entrega, se aplicara una Multa. El adjudicatario podrá ser sancionado por la entidad edilicia con el pago de multa por atraso en la entrega de productos con un 0,5% diario a partir del día hábil N° 8 con un tope máximo de 11 días hábiles de multa. Se tomara como base de cálculo los valores netos ofertado por el oferente.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACION DE LA MULTA |
En caso de incumplimiento en la entrega del producto dentro del plazo ofertado, se aplicará una multa según lo señalado precedentemente. Para estos efectos, la entidad edilicia por intermedio del funcionario responsable de la compra, le informará al adjudicatario, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa, mediante carta certificada. El adjudicatario tendrá un plazo de tres días hábiles para efectuar sus descargos desde la notificación respectiva, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Para efectos de contabilizar el plazo de notificación, se contará desde el tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente. Recibidos los descargos del adjudicatario dentro del plazo establecido, el Jefe de Abastecimiento del DESAMU, en un plazo de 3 días hábiles desde la recepción de los mismos, procederá a evaluar todos los antecedentes relativos a la aplicación de la multa y resolverá si mantendrá la misma, total o parcialmente, o bien la dejará sin efecto, emitiendo un pronunciamiento acogiendo o rechazando los descargos (total o parcialmente, documento que remitirá por carta certificada al mismo adjudicatario para su conocimiento. Ahora bien, una vez rechazados los descargos del adjudicatario, o bien vencido el plazo sin presentar descargos, la entidad procederá a aplicar la multa.
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APLAZAMIENTO DEL CIERRE DE LA LICITACION |
En caso de no existir ofertas seis horas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la misma, por un plazo de 24 horas desde la fecha de cierre original.
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AMPLIACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN |
El plazo de adjudicación podrá variar según la fecha de evaluación de los productos. En el caso que el plazo de adjudicación sea ampliado, se procederá a subir un anexo con las excusas pertinentes del cambio de fecha de adjudicación.
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Envío de productos DEBE ser con Guía de despacho |
Los productos deberán ser entregados solo con guía de despacho, señalando la ID de la orden de compra y el detalle de todos los artículos con valores unitarios netos.
NO se recibirán productos con factura, no contabilizándose como fecha efectiva de entrega. La bodega de recepción de productos tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para revisión, cotejo de los productos de la unidad requirente, concluir el proceso de inventario de los mismo y finalmente emitir el acta de entrega o de conformidad.
Concluido este plazo, la unidad de bodega solicitará al proveedor la factura asociada a la orden de compra, vía teléfono o correo electrónico para efectos de proceder a la recepción conforme y dar inicio al plazo de 30 días para efectuar el pago.
Toda orden de copra contempla un plazo de entrega de productos conforme a lo descrito en las bases de licitación. El retraso en la entrega de los mismos faculta a la Municipalidad para iniciar el procedimiento de aplicación de multa establecido en las presentes bases, el cual eventualmente podría implicar demora en la solicitud de la factura al proveedor, y en consecuencia retraso en el pago dentro plazo indicado en las bases de licitación.
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Rebaja o aumento de productos |
La Dirección de Salud Municipal, podrá aumentar o disminuir la cantidad de productos solicitados al momento de adjudicar esta Licitación.
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Patente Municipal |
La exigencia de patente municipal, puede requerirse como condición previa para la firma del contrato o la emisión de la orden de compra, según corresponda, quedando por tanto, habilitado el municipio para rechazar la oferta y readjudicar la licitación respectiva al segundo mejor oferente, si lo hubiese, de no cumplirse dicho requisito.
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