Resolución de Empates |
Para la eventualidad en que dos o más oferentes obtengan el mismo puntaje la Gobernación adjudicará al oferente cuya oferta tenga el puntaje económico más alto.
Si se mantuviera el empate, se evaluará la oferta que presente mayor puntaje en el plazo de respuesta a los requerimientos del servicio.
Si aún persiste el empate, se optará por aquel oferente que presente un mayor puntaje en experiencia en el rubro.
En caso de no dirimirse la igualdad, de acuerdo a lo antes expuesto, la Comisión de Evaluación elegirá para proponer como adjudicatario, a aquel oferente cuya oferta resulte más conveniente a los intereses de la Gobernación, debiendo fundar tal resolución.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los proponentes podrán formular todas las consultas que estimen necesarias, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, solamente a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro de las fechas y horas de INICIO DE PREGUNTAS y FECHA FINAL DE PREGUNTAS, definidas previamente por la Gobernación Provincial de Cachapoal en dicho Portal.
Las consultas se responderán siempre que se formulen de forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial de la Gobernación.
Las Aclaraciones se pondrán a disposición de los Oferentes solamente a través del Portal www.mercadopublico.cl , en la FECHA DE PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS definida por la Gobernación, en dicho Portal.
La Unidad generadora de la licitación además de dar respuesta a las preguntas formuladas, podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases, para precisar su alcance, como también, complementar, cambiar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y/o dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se pondrán a disposición de los proponentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, hasta 48 horas antes de la apertura de la propuesta.
Las respectivas aclaraciones que se realicen, sean a instancia sólo de esta Gobernación o en respuesta a consultas de los interesados, se entenderán formar parte integrante de las Bases Administrativas, Técnicas y Económicas.
En caso de indisponibilidad técnica que hubiese impedido el ingreso oportuno de las consultas a la plataforma del Portal www.mercadopublico.cl, el servicio ampliará el plazo de recepción de consultas, previa certificación de esta circunstancia por la Dirección de Compras Públicas.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
El proveedor, deberá presentar Certificado de la Dirección del Trabajo, que acredite que no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, a que se refiere el artículo 4°, inciso primero de la Ley N° 19.886, y comprobar mediante certificado que el proveedor de servicio no se encuentra con remuneraciones e imposiciones pendientes durante los dos últimos años.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La entidad licitante, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes que aportaren antecedentes fuera de plazo, sufrirán la disminución del puntaje final en 5 (cinco) puntos.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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READJUDICACION |
En el caso que el oferente con mayor puntaje adjudicado no pueda dar fiel cumplimiento con lo establecido en su respectiva oferta, la Gobernación readjudicará al siguiente oferente con mayor puntaje y así sucesivamente.
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DERECHO DE DECLARAR INADMISIBLE LAS OFERTAS O DESIERTA LA LICITACION |
La Gobernación podrá declarar inadmisibles las ofertas, cuando estas no cumplan los requisitos establecidos en las Bases de Licitación. De la misma forma, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, la cual se realizará a través de resolución fundada de la Autoridad del Servicio.
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MODIFICACION Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
Sin perjuicio de los derechos y acciones legales que puedan ejercer las partes en el evento del incumplimiento de alguna de las obligaciones que se contraerán por la presente Licitación, la Gobernación podrá además, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y artículo 77 de su reglamento, modificar o terminar anticipadamente el contrato, en el evento en que ocurra alguno de los siguientes casos:
• Si se produjere cualquier incumplimiento grave de las obligaciones del Proveedor, calificado por la contraparte técnica de la Gobernación.
• Si la empresa adjudicataria fuere declarada en quiebra o cayere en insolvencia notoria.
• Si se disolviere.
• Si se transformare o fusionare con otra sin asumir las obligaciones de la primera.
Verificada la ocurrencia de cualquiera de las situaciones antes enunciadas, la Gobernación pondrá término anticipado al contrato, mediante resolución fundada, previa aviso notificado adjudicatario, por carta certificada, remitida con cinco días hábiles de antelación, al domicilio registrado en la resolución de adjudicación. Esta notificación no dará derecho al adjudicatario a reclamar indemnización alguna.
Para los efectos precedentes, se entenderán que constituyen causales de incumplimiento grave de las obligaciones del Proveedor, entre otras, las siguientes:
a) La falta de respuesta inmediata a los requerimientos solicitado y de acuerdo al plazo de entrega establecido en la oferta presentada.
b) La calidad deficiente de los trabajos de Mantención y Reparaciones Menores, enumerados en las Bases Técnicas que forman parte integrante de este instrumento, la que deberá constar en informe escrito emanado del Comité de Adquisiciones de la Gobernación de Cachapoal.
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SANCIONES |
Las sanciones por incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato son:
Se aplicará al contratante presentador del CONVENIO DE SUMINISTRO DE OBRAS DE MANTENCIÓN Y REPARACIONES MENORES DE EDIFICIO DE LA GOBERNACIÓN PROVINCIAL DE CACHAPOAL, una multa equivalente al 20% del total del valor (IVA incluido) de la Mantención o Reparaciones Menores, por incumplimiento de cada día de atraso de los servicios contratados.
La aplicación de sanción se efectuará a sólo criterio de la Gobernación, no procediendo recurso alguno en contra de esta decisión. La Gobernación está facultada para cobrar el monto de la multa o sanciones.
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