Licitación ID: 2239-4-LP12
Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adultos-Niños
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA, División de Convenio Marco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios clínicos especializados privados 1 Unidad
Cod: 85101502
SERVICIO DE HEMODIALISIS Y PERITONEO DIALISIS ADULTOS Y MENOREs de 15 AÑOS E INSTALACIÓN DE CATÉTER PERITONEAL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adultos-Niños
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La DCCP, de acuerdo a las atribuciones que le confiere la Ley 19.886 Art. 30 letra d), llama a Licitación Pública, a través de la suscripción de Convenios Marco, para la adquisición de Servicio de Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adulto y Niño”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Unidad de compra:
División de Convenio Marco
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
Monjitas 392, 8vo. Piso
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-04-2014 15:00:00
Fecha de Publicación: 03-05-2013 19:02:00
Fecha inicio de preguntas: 06-05-2013 15:00:00
Fecha final de preguntas: 17-05-2013 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-06-2013 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-04-2014 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-06-2013 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 10-10-2014 17:34:08
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 45 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Se publicará un video informativo, con el propósito de orientar a los proveedores en el ingreso de sus ofertas. 14-05-2013 17:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Requisitos Mínimos
No se requiere requisitos mínimos para participar en este proceso licitatorio.
2.- Presentar Ofertas por Sistema11
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los 2 años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deberán presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme a lo indicado en el Anexo N° 2 de estas bases. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la DCCP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros que para tal efecto lleva la Dirección del Trabajo.
3.- - Anexo N° 1, formulario “Datos del Oferente” - Anexo N° 2, “Declaración Jurada simple para ofertar”, firmada por el oferente si es persona natural, o el representante legal o quien tenga facultades de representación o administración, si se trata de una persona jurídica. En los casos que la escritura social se refiera a facultades para contratar con la Administración, se exigirá la suscripción del anexo por parte de quien o quienes detenten dicha facultad. - Anexo N° 11 “Declaración Jurada Simple- Horario Director Técnico” - Anexo N° 15, “Declaración Jurada acreditando veracidad la oferta”. - Anexo N° 18 “Declaración Jurada Simple” Los documentos indicados precedentemente deberán ser enviados a través del sistema de información www.mercadopublico.cl
4.- Video Informativo Se pondrá a disposición de todos los proponentes un video informativo, en la fecha señalada en el Punto 4 de estas Bases, "Etapas y Plazos", en el ID de la licitación en www.mercadopublico.cl
5.- Observaciones: Los anexos N°s 1, 2, 4, 11, 15 y 18 deberán ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas. El traslado de los beneficiarios desde su domicilio hasta el Establecimiento del oferente, tanto dentro como desde y hacia las afueras de la ciudad, no están incluidos en el precio de los servicios licitados, no obstante podrá ser ofertado como beneficio adicional, sin costo. El Prestador no podrá hacer ningún cobro adicional al beneficiario, ni al establecimiento derivador, ni al Servicio de Salud por los servicios licitados. Deberán indicar en la ficha electrónica de la oferta y cuando corresponda, todas las Condiciones Generales y comerciales allí requeridas. La DCCP, verificará la información incorporada por el proponente en la ficha electrónica de la oferta, relativa al equipamiento e infraestructura, dicha información debe ser concordante con los antecedentes técnicos entregados por el proponente. De no existir concordancia entre la información proporcionada en los antecedentes técnicos y lo informado en la ficha, será considerada y validada para el proceso de evaluación, los antecedentes técnicos. El proponente deberá ingresar de manera obligatoria, la Resolución de Autorización Sanitaria vigente emitida por la SEREMI de Salud, como anexo técnico, en caso que el proveedor no adjuntare lo solicitado, la DCCP no considerará la oferta para efectos de evaluación y quedará marginada del proceso. Los oferentes deberán ingresar sus ofertas a la plataforma www.mercadopublico.cl, de acuerdo a las instrucciones contenidas en el Anexo N° 17 Manual Explicativo publicado en el ID de la licitación correspondiente.
Documentos Técnicos
1.- Categoría Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adulto y Menores de 15 años: - Anexo Técnico N° 8 “Formulario de Requerimientos mínimos para unidades de diálisis”( por sede) - Anexo Técnico N° 9 “formulario de equipamiento de hemodiálisis y peritonedialisis”(por sede) - Anexo Técnico N° 10 “Formulario de Registro Recursos Humanos” (por sede) Categoría Instalación de Catéter Peritoneal Adulto - Anexo Técnico N° 8 “Formulario de Requerimientos mínimos para unidades de diálisis”(por sede) - Anexo Técnico N° 10 “Formulario de Registro Recursos Humanos” (por sede) Todas las Categorías: - Anexo N° 4, “Declaración jurada cumplimiento características de sostenibilidad” y documentación de respaldo según corresponda. Otros antecedentes: a) Autorización Sanitaria Los proponentes, deberán presentar una fotocopia legalizada ante Notario Público, de la Resolución Sanitaria vigente, emitida por la autoridad competente, para cada una de las sedes de atención. En caso de que el prestador tenga un convenio para usar instalaciones de un tercero, deberá adjuntar fotocopia de autorización sanitaria vigente de la institución en convenio. Todos los documentos antes detallados, deberán ser digitalizados y enviados como anexos técnicos a www.mercadopublico.cl, al momento de crear la oferta electrónica. b) Registro de Prestadores Individuales Los proponentes, deberán contar con un equipo de profesionales acreditados en el “Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud”, administrado por la Superintendencia de Salud, esto de acuerdo a lo establecido por "Reglamento sobre los Registros relativos a los Prestadores Individuales de Salud", aprobado por el D.S. N° 16, de 2007, del Ministerio de Salud. Los antecedentes informados en el Anexo N° 10, serán verificados por la comisión evaluadora a través de la página www.superdesalud.cl, por tanto aquellos profesionales que se encuentren acreditados en el registro no deberán entregar los títulos profesionales y certificados de especialidad del Recurso Humano con el que cuente en cada sede. c) Certificados de Especialidad Aquellos proponentes, sean estos profesionales y/o técnicos, que no se encuentren acreditados en el “Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud”, deberán presentar fotocopia legalizada ante Notario Público, de los certificados emitidos por una Universidad reconocida por el Estado de Chile o CONACEM, que acredite los títulos profesionales y la especialidad de todos los profesionales y/o técnicos. Para el caso de los médicos extranjeros que se desempeñen en cada una de las sedes que posea el proponente, se exigirá la convalidación o reconocimiento de sus títulos profesionales de acuerdo a la normativa chilena vigente, además deberán presentar Certificado original de rendición del “Examen Único Nacional de Conocimiento de Medicina” (EUNACOM). Adicionalmente, deberá presentar copia del carnet de identidad y acreditar visa de trabajo vigente. La DCCP, podrá verificar la veracidad de los antecedentes entregados por los proponentes ante los organismos que corresponda. d) Convenios suscritos Los proponentes, deberán presentar fotocopia legalizada de los convenios vigentes suscritos con otros prestadores, que permitan cumplir con las exigencias establecidas en la normativa y en las bases de licitación para la realización de los servicios objeto de este proceso. Estos convenios no podrán tener una antigüedad superior a 3 años. Los convenios a incluir, pueden ser los siguientes: Laboratorio, traslados, instalación de catéter en Peritonediálisis, entre otros. Para ello deberá adjuntar fotocopia legalizada de autorización sanitaria de la institución en convenio, para los servicios que corresponda. Todos los documentos antes detallados, deberán ser digitalizados y enviados como anexos técnicos a www.mercadopublico.cl, al momento de ingresar la oferta electrónica.
 
Documentos Económicos
1.- Se debe completar la Ficha Electrónica de Oferta “Formulario CM” en www.mercadopublico.cl, graficada en el anexo N° 7. Con el fin de facilitar el ingreso de la información requerida en el “Formulario CM” se ha dispuesto el Anexo N° 17 correspondiente al Manual Explicativo de Presentación de oferta técnica como Económica”, el cual se encuentra publicado en el ID de la licitación correspondiente.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada simple, según formato anexo N° 3, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4° de la ley N° 19.886.
Persona jurídica
El oferente debe acreditar a través de algún documento NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en subsidio, cualqu
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación.
- I18n entry not found: Declaración jurada simple, según formato anexo N° 3, suscrita por el representante legal o quien tenga facultades de representación o administración, que acredite que no se encuentra en ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artícu
Observaciones Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La DCCP, verificará esta información a través del registro que para tal efecto lleva, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del (los) adjudicatario (s) y deberán estar disponibles en ChileProveedores. No se aceptará, por lo tanto, la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel. Lo señalado en párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual deberá ser entregada físicamente en las dependencias de la Dirección de Compras, ubicadas en Monjitas 392, piso 8, dentro de los 60 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes señalados en la presente cláusula, dentro del plazo fatal de 60 días hábiles, la resolución de adjudicación respecto al proveedor incumplidor quedará sin efecto, y no será habilitado en la tienda ChileCompra Express. Si, en cambio, el respectivo proveedor adjunta en forma oportuna la totalidad de los antecedentes singularizados en la presente cláusula, la DCCP lo incorporará al catálogo de productos. Durante la vigencia del CM, el adjudicatario deberá acreditar mediante El anexo N° 16 “Declaración Jurada de Saldos Insolutos”, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Esta certificación deberá estar disponible en ChileProveedores al cumplirse los seis meses de vigencia del convenio marco, en caso contrario la DCCP procederá a bloquear al proveedor de la Tienda ChileCompraExpress, hasta que éste actualice dicho documento en el mismo Registro de Proveedores. Una vez realizada esta acción, será responsabilidad del proveedor notificar a esta Dirección a través de la Mesa de Ayuda.
Inscritos en Chileproveedores En caso que el adjudicatario no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo máximo de 60 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Si el respectivo proveedor no se inscribe en ChileProveedores dentro del indicado plazo, la resolución de adjudicación respecto al proveedor que no se inscribió quedará sin efecto y no será habilitado en la tienda C
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Económica Categoría Hemodiálisis y Peri Según lo estipulado en el Punto 11, cláusula "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, párrafo “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 13%
2 Evaluación Servicios Adic. sin costo Categoría Hem Según lo estipulado en el Punto 11, cláusula "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, párrafo “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 5%
3 Evaluación Administrativa Categoría Hemodiálisis y Según lo estipulado en el Punto 11, cláusula "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, párrafo “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 3%
4 Evaluación Técnica Categoría Instalación de Catéte Según lo estipulado en el Punto 11, cláusula "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, párrafo “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 25%
5 Evaluación Económica Categoría Instalación de Caté Según lo estipulado en el Punto 11, cláusula "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, párrafo “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 22%
6 Evaluación Administrativa Categoría Instalación de Según lo estipulado en el Punto 11, cláusula "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, párrafo “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 2%
7 Evaluación Técnica Categoría Hemodiálisis y Perito Según lo estipulado en el Punto 11, cláusula "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, párrafo “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 197923772
Justificación del monto estimado Monto total expresado en Dólares, en función de los montos transados en convenio marco 17/2008 en el portal www.mercadopublico.cl
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto total estimado en función de los montos transados en convenio marco 17/2008 en el portal www.mercadopublico.cl
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: a 30, 60 y 90 días
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: No Aplica
e-mail de responsable de pago: licitacionescm@chilecompra.cl
Nombre de responsable de contrato: No Aplica
e-mail de responsable de contrato: licitacionescm@chilecompra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-2904400-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Sólo se podrán subcontratar los servicios de Laboratorio, servicio de traslado de paciente en situaciones de emergencia, pabellón cirugía menor para instalación de catéter, convenio con otros centros en casos de contingencia, siniestro o catástrofe natua
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía o Certificado de Fianza a la Vista o Vale Vista
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública
Fecha de vencimiento: 04-07-2016
Monto: 200 Unidad de Fomento
Descripción: Esta Garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado y recepcionados en Monjitas 392 piso 8, Santiago, dentro de los 60 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la correspondiente adjudicación totalmente tramitada. La garantía deberá entregarse junto con el Anexo N° 5 “Formulario datos de boleta de Garantía”, el que debe ser completado con los datos que se solicitan. La boleta bancaria deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el adjudicatario. No obstante lo detallado en cláusulas precedentes, el vale vista y el certificado de fianza a la vista, también serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato. Éstos deberán ser de igual monto y características y se aplicarán las mismas normas establecidas para la boleta de garantía, es decir, deberán ser a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomados por el adjudicatario. En el caso del vale vista, este instrumento, debido a su naturaleza, no requerirá la glosa indicada anteriormente.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para Garantizar el Cumplimiento de la Propuesta Pública por Convenio Marco Servicio de Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adulto y Niño, ID N°2239-4-LP12 y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el Convenio Marco, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, en caso de no restituir dicha boleta en los plazos indicados anteriormente, se procederá a sancionar al proveedor con la suspensión temporal del catálogo hasta que la situación sea subsanada. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de culminado el convenio marco. Mientras se encuentre vigente el Convenio Marco, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. La restitución de esta Garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de cada una de ellas y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Antecedentes Generales

La Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante “DCCP” a petición del Fondo Nacional de Salud, en adelante “FONASA”, y de acuerdo a los criterios del convenio de colaboración suscrito entre ambos, realizará el proceso de licitatorio de Convenio Marco, de carácter nacional para "Servicio de Diálisis: Hemodiálisis y Peritoneo diálisis para Adultos y Niños”.

 

En el marco del Régimen de Prestaciones del Libro II del DFL 1 del 2005 de salud, FONASA tiene el imperativo legal de asegurar el acceso a las prestaciones de salud, y de esta forma, el Fondo Nacional de Salud celebró un convenio de colaboración con la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP) para licitar la celebración de un Convenio Marco para el suministro de servicios de Diálisis para Hemodiálisis y Peritoneo Diálisis, como parte del tratamiento de la Insuficiencia Renal Crónica Terminal (IRCT) para los beneficiarios del Régimen indicados en el artículo 136° del Libro II del DFL 1 del 2005 de salud,  que para estos efectos se atiendan bajo la Modalidad de Atención Institucional, (MAI) y que por insuficiencia de oferta en el sistema público deban ser derivados a un prestador que no pertenezca al Sistema Público de Salud.

Glosario de Términos

 

Servicio de Hemodiálisis

 

La hemodiálisis, es una de las técnicas más utilizadas para el tratamiento de la IRCT (Insuficiencia Renal Crónica Terminal). El procedimiento, puede actualmente realizarse en instalaciones médicas diseñadas para este propósito y su duración es habitualmente de 4 a 5 horas, tres veces por semana. Durante la hemodiálisis, los solutos se eliminan por difusión a través de una membrana semipermeable en un dializador, o riñón artificial, de la circulación a través de un circuito extracorpóreo. El líquido, retenido durante el intervalo entre los tratamientos, se elimina mediante la regulación de la presión hidrostática, a través, de la membrana del dializador. Actualmente, la mayoría de las máquinas de diálisis controlan la eliminación de líquidos o ultra filtración, para asegurar resultados seguros y predecibles.

 

La hemodiálisis requiere de un acceso a la circulación del paciente, para proporcionar un flujo de sangre continuo al circuito de diálisis extracorpóreo. Una fístula arteriovenosa autóloga es la forma más habitual de acceso vascular.

 

Servicio de Peritoneodiálisis

 

La diálisis peritoneal es, un procedimiento que permite depurar toxinas, electrolitos y eliminar líquido en pacientes (adultos y pediátricos) que sufren la IRCT de distintas etiologías.

Con el término de diálisis peritoneal (DP), se engloban todas aquellas técnicas de tratamiento sustitutivo de la función renal que utilizan el peritoneo, que es una membrana biológica semipermeable a líquidos y solutos, como membrana dialítica. Basándose en este hecho fisiológico, la diálisis peritoneal consigue eliminar sustancias tóxicas y agua del organismo.

 

Servicio de Instalación de Catéter Peritoneal

 

Para efectuar la diálisis peritoneal, se debe contar con un acceso que permita infundir el líquido dentro de la cavidad peritoneal y proceder a su drenaje, este acceso se obtiene mediante el implante de un catéter que se instala en la cavidad peritoneal y se debe mantener útil durante prolongados periodos de tiempo.

 


M.A.I.

 

Corresponde a la Modalidad de Atención Institucional y es una de las dos Modalidades de Atención que establece el Libro II.  En esta Modalidad, las prestaciones médicas se otorgarán  a los beneficiarios por los organismos que integran el Sistema Nacional de Servicios de Salud, sean dependientes del Ministerio de Salud o Entidades Públicas o privadas con las cuales los Servicios de Salud o el Fondo hayan celebrado convenios para estos efectos.

 


Arancel MAI

 

El conjunto formado por el Catálogo de Prestaciones y  Conjunto de Prestaciones de Salud, del Libro II y su clasificación, codificación y valores establecidos en la Resolución Exenta  Nº 176 de 1999,  de los Ministerios de Salud y de Hacienda  y sus modificaciones posteriores.


Entidades Requirentes

Corresponde a aquellos Organismos Públicos, que son usuarios del sistema y adquirirán los servicios que serán licitados en este proceso.

 


Categoría

 

Corresponde a una descripción genérica que engloba a 2 o más “tipos de producto o servicio”, todos los cuales se ciñen a dicha descripción.

 

Categorías y Tipos de Servicios licitados

En esta propuesta pública, se licitará el servicio de Hemodiálisis con bicarbonato e insumos incluidos, el servicio de Peritoneodiálisis con insumos incluidos y el servicio de Instalación de Catéter Peritoneal Adulto.

A continuación, se detalla cada uno de los servicios licitados, con sus respectivos precios referenciales MAI – PPV (tope máximo), esto último aplicable sólo para las categorías de Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adulto y Niño:

 

 

Categoría Hemodiálisis

 

Servicio

Código

Valor MAI

Principio del formulario

HEMODIALISIS con Bicarbonato e insumos, tratamiento Mensual Paciente AdultoFinal del formulario

1901029

$638.670.-

HEMODIALISIS con Bicarbonato e insumos tratamiento Mensual en menores de 15 años

1901029

 $638.670.-

HEMODIALISIS con Bicarbonato e insumos por Sesión Paciente  Adulto

1901028

$ 49.130.-

HEMODIALISIS con Bicarbonato e insumos por Sesión Paciente menores de 15 años.

1901028

 $ 49.130.-

 

 

 

Categoría de Peritoneodiálisis:

 

Servicio

Código

Valor MAI

Principio del formulario

 PERITONEO DIALISIS Continua  en paciente crónico con insumos, tratamiento Mensual en adultos. Final del formulario

1901026

$ 784.500.-

PERITONEO DIALISIS Continua  en paciente crónico con insumos, tratamiento Mensual en menores de 15 años.

1901026

$ 784.500.-

PERITONEO DIALISIS Continua  en paciente crónico con insumos, por sesión en adultos.

1901026

$ 26.150.-

PERITONEO DIALISIS Continua  en paciente crónico con insumos, por sesión  en menores de 15 años.

Final del formulario

1901026

$ 26.150.-

 

Categoría Instalación de Catéter para Peritoneodiálisis:

 

Servicio

Código

Valor de Referencia

Instalación de Catéter Peritoneal Adulto – Implantación Percutánea

1901126

$500.000.-

Instalación de Catéter Peritoneal Adulto – Implantación Quirúrgica Abierta

1901126

$800.000.-

Instalación de Catéter Peritoneal Adulto – Implantación Laparoscópica

1901126

$800.000.-

 

*       Los valores indicados incluyen el reajuste de un 2,9% correspondiente al año 2013 para el arancel de prestaciones del libro II del D.F.L N° 1/2005 del Ministerio de Salud.

 

El detalle de los tipos de servicios e ítems, está contenido en Anexo N° 6 “Listado de Servicios a ofertar”.

Procedimiento de Evaluación de Ofertas

La evaluación será realizada por una comisión evaluadora, conformada por 3 miembros definidos por FONASA y 3 de la DCCP, esto sin perjuicio, de los miembros que en calidad de expertos se decida contratar, de acuerdo a lo señalado en el Art.37 del D.S N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.

 

Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la comisión designados por las autoridades y organismos indicados precedentemente, podrán ser personas ajenas a la Administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que integran la comisión.

 

Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director de la DCCP, la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación.

 

Evaluación de las Ofertas :

 

1° Se considerarán, para efectos de la evaluación, los ítems ofertados que contengan claramente la información requerida en la ficha electrónica de la oferta y que además correspondan a los ítems y tipos de prestaciones solicitadas en esta licitación.

 

2° Cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto número 6  “Instrucciones  para Presentación de Ofertas” de las presentes  Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no cumplan con los requerimientos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en las etapas de evaluación técnica y económica.

 

3° La evaluación se realizará a nivel nacional.

 

4° Criterios de Evaluación:

La evaluación de las ofertas, se realizará por servicio (o ítem) dentro de una misma categoría,  considerando los siguientes criterios y ponderadores, según la categoría a evaluar:

 

 

  1. Categoría Hemodíalisis y Categoría Peritoneodiálisis Adulto y Menores de 15 años:

 

  1. Evaluación Técnica (60%)
  2. Evaluación Económica (25%)
  3. Servicios Adicionales sin Costo (10%)
  4. Evaluación Administrativa (5%)

Los criterios antes mencionados serán aplicables para las categorías de Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adulto y Menores de 15 años.

 

  1. Categoría Instalación de Catéter Peritoneal Adulto:

  1. Evaluación Técnica (50%)
  2. Evaluación Económica (45%)
  3. Evaluación Administrativa (5%)

Los puntajes obtenidos en los criterios mencionados anteriormente, serán ponderados por su porcentaje correspondiente y luego serán sumados entre sí para la obtención del puntaje final, esto es: 60% Criterio Evaluación Técnica, 25% Criterio Evaluación Económica, 10% Criterio Evaluación Servicios Adicionales sin Costo, 5% Criterio Evaluación Administrativa, para la categoría de Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adulto y Menores de 15 años.

 

Para la categoría de Instalación de Catéter Peritoneal Adulto, los puntajes serán ponderados por su porcentaje correspondiente y luego serán sumados entre sí para la obtención del puntaje final, esto es: 50% Criterio Evaluación Técnica, 45% Criterio Evaluación Económica, 5% Criterio Evaluación Administrativa.

El puntaje por categoría, estará dado por el siguiente polinomio:

 

Puntaje Ítem categoría Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adulto y Menores de 15 años:

 

0,60 * Puntaje Criterio Evaluación Técnica +

0,25 * Puntaje Criterio Evaluación Económica +

0,10 * Puntaje Criterio Evaluación Servicios adicionales sin costo +

0,05 * Puntaje Criterio Evaluación Administrativa

 

Puntaje Ítem categoría de Instalación de Catéter Peritoneal Adulto:

 

0,50  * Puntaje Criterio Evaluación Técnica +

0,45  * Puntaje Criterio Evaluación Económica +

0,05* Puntaje Criterio Evaluación Administrativa +


A.1. Evaluación Técnica Categoría Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adulto y Menores de 15 años (60%)

 

La evaluación técnica de la oferta se realizará por ítem o prestación licitada, considerando los siguientes sub - criterios y ponderaciones:

 

A.1.1. Recurso Humano (50%)

A.1.2. Equipamiento e Infraestructura (50%)

 

De acuerdo a lo anterior, los puntajes de la oferta técnica por ítem o prestación licitada, serán asignados de acuerdo a cada uno de los subcriterios de evaluación de la siguiente forma:

A.1.1. Recurso Humano (50%)

 

La evaluación de este sub criterio, estará dado por el nivel de cumplimiento respecto del perfil del recurso humano que realizará los servicios ofertados. Para ello deberá completar el Anexo N° 10, conforme a lo definido en las Bases Administrativas  de este proceso licitatorio. Esto de acuerdo a la siguiente tabla de asignación de puntajes:

 

Categoría Hemodiálisis

Tipo de Servicio Hemodiálisis Adulto

Director Técnico

30%

Nefrólogo o Internista

100 pts.

Médico Cirujano

0 pts.

Médico de Turno Permanente

30%

Cuenta con Médico Cirujano

100 pts.

No cuenta con Médico Cirujano

0 pts.

Enfermera

30%

Atención para 6 pacientes por enfermera

100 pts.

Con más de 6 pacientes por enfermera

0 pts.

Auxiliar Paramédico

10%

Auxiliares para cuidado de pacientes y un auxiliar distinto exclusivo para lavado de filtro

100 pts.

Auxiliares para cuidado de pacientes y sin exclusividad de lavado de filtro.

0 pts.

 

Tipo de Servicio Hemodiálisis Menores de 15 años

 

Director Técnico

30%

Nefrólogo o Internista

100 pts.

Médico Cirujano

0 pts.

Médico de                  Turno Permanente

30%

Pediatra

100 pts.

Médico Cirujano

0 pts.

Enfermera

30%

Atención para 6 pacientes por enfermera

100 pts.

Con más de 6 pacientes por enfermera

0 pts.

Auxiliar Paramédico

10%

Auxiliares para cuidado de pacientes y un auxiliar distinto exclusivo para lavado de filtro

100 pts.

Auxiliares para cuidado de pacientes y sin exclusividad de lavado de filtro.

0 pts.

 Categoría Peritoneodiálisis

 Tipo de  Servicio Peritoneodiálisis Adulto

 

DIRECTOR TÉCNICO

50%

Nefrólogo o Internista

100 pts.

Médico Cirujano

0 pts.

ENFERMERA

50%

Atención con menos de 25 pacientes adultos

100 pts.

Atención con más de 25 y hasta 30 pacientes adultos

90 pts.

Atención más de 30 pacientes adultos

0 pts.

 

Tipo de Servicio Peritoneodiálisis Menores de 15 años

DIRECTOR TÉCNICO

50%

Nefrólogo o Internista

100 pts.

Pediatra

90 pts.

Médico Cirujano

0 pts.

ENFERMERA

50%

Atención con  menos 10 pacientes pediátricos

100 pts.

Atención con más de 10 y hasta 15 pacientes pediátricos

90 pts.

Atención más de 15 pacientes pediátricos

0 pts.

 

 

A.1.2. Equipamiento  e Infraestructura (50%)

 

Para la evaluación de este sub criterio, los proponentes deberán cumplir con las exigencias establecidas en la normativa y reglamentación vigente, de acuerdo a los requisitos contenidos en las Bases Técnicas. Para ello deberá ingresar la información consultada en los Anexos N° 8 y 9, respectivamente.

 

La asignación del puntaje para este sub criterio, será realizada de la siguiente forma:

Categoría Hemodiálisis Adulto y Menores de 15 años

 

Infraestructrura

30%

Cumple con estándares superiores a lo requerido

100 pts.

Cumple con lo requerido

90 pts.

No cumple con lo requerido

0 pts.

Equipamiento

50%

Cumple con estándares superiores a lo requerido

100 pts.

Cumple con lo requerido

90 pts.

No cumple con lo requerido

0 pts.

Tratamiento de Aguas

20%

Cumple con estándares superiores a lo requerido

100 pts.

Cumple con lo requerido

90 pts.

No cumple con lo requerido

0 pts.

 

 

  1. Se entenderá por cumplimiento de estándares superior a lo requerido cuando en Equipamiento y/ o en Infraestructura, además de lo indicado en las Bases Técnicas respecto a este subcriterio, el oferente cumpla con al menos uno de los siguientes requisitos:

 

ü  Certifique que el 50% o más del equipamiento declarado presenta una antigüedad inferior a 5 años.

ü  Cuando la infraestructura sea propia, lo cual deberá ser indicado en el anexo N° 8.

ü  Contar con la Acreditación de Prestadores Institucionales otorgada por la Superintendencia de Salud, el prestador deberá adjuntar el certificado de aprobación vigente emitido por dicho organismo.

ü  Mantención planta de concentrados, el prestador deberá adjuntar el respectivo convenio vigente.

ü  Cuenta con unidades de diálisis exclusivas para Hepatitis B.

  1. Se entenderá por cumplimiento igual a lo requerido, cuando tanto en Equipamiento como en Infraestructura, se cumpla exactamente con lo solicitado en las Bases Técnicas respecto del Equipamiento.

 

 

  1. El prestador no cumple con lo requerido cuando no acredita los requerimientos de Bases Técnicas, en lo concerniente al Equipamiento e Infraestructura. En ese caso se le asignarán automáticamente 0 puntos en dicho sub-criterio.

 

Categoría Peritoneodiálisis Adulto y Menores de 15 años

 

Infraestructrura

100%

Cumple con estándares superiores a lo requerido

100 pts.

Cumple con lo requerido

90 pts.

No cumple con lo requerido

0 pts.

 

 

  1. Se entenderá por cumplimiento superior a lo requerido cuando en Equipamiento y/ o en Infraestructura, además de lo indicado en las Bases Técnicas respecto a este criterio, el oferente cumpla con alguno de los siguientes requisitos:

 ü  Certifique que el 50% o más del equipamiento declarado presenta una antigüedad inferior a 5 años.

ü  Cuando la infraestructura sea propia, lo cual deberá ser indicado en el anexo N° 8.

ü  Contar con la Acreditación de Prestadores Institucionales otorgada por la Superintendencia de Salud, el prestador deberá adjuntar el certificado de aprobación vigente emitido por dicho organismo.

 

 

  1. Se entenderá por cumplimiento igual a lo requerido, cuando tanto en Equipamiento como en Infraestructura, se cumpla exactamente con lo solicitado en las Bases Técnicas respecto del Equipamiento.

 

 

  1. El prestador no cumple con lo requerido cuando no acredita los requerimientos de Bases Técnicas, en lo concerniente al Equipamiento e Infraestructura. En ese caso se le asignarán automáticamente 0 puntos en dicho sub-criterio.

 

 

 

El puntaje Final para el criterio técnico, será ponderado de acuerdo a lo señalado anteriormente y será sumado a los puntajes obtenidos en el resto de los criterios considerados.

 

B.1. Evaluación Técnica Categoría Instalación de Catéter Peritoneal Adulto (50%)

 

La evaluación técnica de la oferta se realizará por ítem o prestación licitada, considerando los siguientes sub - criterios y ponderaciones:

 

B.1.1. Recurso Humano (40%)

B.1.2. Servicio de Apoyo (60%)

 

De acuerdo a lo anterior, los puntajes de la oferta técnica por ítem o prestación licitada, serán asignados de acuerdo a cada uno de los criterios de evaluación de la siguiente forma:

 

B.1.1. Recurso Humano (40%)

 

La evaluación de este sub criterio, estará dado por el nivel de cumplimiento respecto del perfil del recurso humano que realizará los servicios ofertados y que se encuentra definido en las Bases Técnicas de este proceso licitatorio. Esto de acuerdo a la siguiente tabla de asignación de puntajes:

 

MÉDICO CIRUJANO

50%

Médico  Cirujano - con Especialidad

100 pts.

Médico Cirujano - sin especialidad

0 pts.

ANESTESISTA

50%

Médico Anestesista

100 pts.

Médico Cirujano especialidad en cirugía general (anestesia local)  

70 pts.

 

B.1.2. Servicio de Apoyo (60%)

 

Para la evaluación de este sub criterio, los proponentes deberán cumplir con las exigencias establecidas en la normativa y reglamentación vigente, de acuerdo a los requisitos contenidos en las Bases Técnicas.

 

La asignación del puntaje para este sub criterio, será realizada de la siguiente forma:

 

 

LABORATORIO CLÍNICO

30%

Cumple con  lo requerido

100 pts.

No cumple con lo requerido

0 pts.

SERVICIO DE TRASLADO DE PACIENTES EN CASOS DE COMPLICACIONES O SITUACIONES DE EMERGENCIA

35%

Cumple con  lo requerido

100 pts.

No cumple con lo requerido

0 pts.

CONVENIO CON SERVICIO DE HOSPITALIZACIÓN

35%

Cumple con  lo requerido

100 pts.

No cumple con lo requerido

0 pts.

 

Las ofertas de aquellos proponentes que no cumplan con lo requerido para cualquiera de los servicios de apoyo solicitados para esta categoría serán declaradas inadmisibles.

 

A.2 Evaluación Económica Categoría Hemodiálisis y Peritoneodiálisis  Adulto y Menores de 15 años (25%)

 

Para calcular el puntaje de la Oferta Económica, se utilizará la siguiente metodología, dependiendo de la categoría a evaluar:

 

Oferta superior a tarifa MAI = 0 puntos

Oferta igual a tarifa MAI = 90 puntos

Oferta inferior a tarifa MAI = 100 puntos

 

En aquellos casos en que los precios ofertados para algún tipo de servicio, sea inferior en más de un 25% del precio promedio ofertado por los demás oferentes en ese tipo de servicio, se solicitará al oferente, indicar si mantiene o retira la oferta para ese tipo de servicio, en caso que el proponente decida mantener el precio ofertado, al momento de resultar adjudicado, se le solicitará presentar una boleta de garantía adicional, equivalente a un 10% del valor de la Boleta de Garantía por Fiel cumplimiento.

 

Los proponentes  tendrán un plazo máximo de 48 horas, para responder lo solicitado por la DCCP. La DCCP, no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, entendiéndose por desistida la oferta para ese tipo de servicio.

 

Puntaje final evaluación económica: (puntaje precio del ítem *25%)

 

A.2 Evaluación Económica Categoría Instalación de Catéter Peritoneal Adulto (45%)

 

Se evaluará el precio por ítem o prestación ofertada, considerando para ello el precio ofertado por el proponente y el precio mínimo.

 Se calcularán los puntajes de cada prestación ofertada, con la siguiente fórmula aritmética:

 

Puntaje sub criterio=          Precio Mínimo       x 100

                                              Precio Oferente

 En caso que el precio mínimo, entre todas las ofertas válidas para la prestación a evaluar sea superior al precio referencial asignado a cada ítem, se utilizará para el cálculo del puntaje, dicho valor referencial como precio mínimo.

 

Por el contrario, si el precio mínimo entre todas las ofertas presentadas para esa prestación, es inferior al valor referencial correspondiente al ítem evaluado, será considerado como precio mínimo el valor obtenido entre todas las ofertas correspondientes a esa prestación en particular.

 

Se identificarán aquellas prestaciones, cuyos precios finales correspondan a errores evidentes, entendiendo por tales, aquellos en que los precios ofertados estén notoriamente alejados del promedio de precios.

 

Para efectos de determinar los errores evidentes,  la DCCP aplicará la siguiente fórmula  para la identificación de un intervalo de confianza, de manera de establecer el límite superior e inferior entre los cuales fluctuará el precio de cada ítem o producto, para ser considerado como oferta válida.

 

El cálculo de intervalo de confianza, será realizado aplicando la siguiente fórmula:

 

 IC=[P - S, P + S]

Donde :

 

IC = Intervalo de Confianza

P = Promedio de los valores ofertados

S = Desviación Estándar (*)

 

(*) Se entenderá por Desviación Estándar, Ia dispersión de los datos respecto del valor promedio.

 

En el Anexo N° 14 "Intervalo de confianza asociado a la desviación estándar" de las presentes bases, se incluye la explicación de la aplicación de la fórmula antes referida.

 

Los precios que se encuentren por sobre el Límite Superior del intervalo, serán considerados errores evidentes y por tanto no serán considerados para la evaluación. En el caso de los valores que se encuentren bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100 puntos en el criterio precio y no serán considerados en la aplicación de la fórmula de evaluación descrita para este criterio.

 

 

Aquellas ofertas que se muevan dentro de los límites de precio inferior y superior previamente identificados, serán evaluadas con la fórmula antes descrita.

 

MECANISMO DE ASIGNACIÓN DE PUNTAJES:

 

Para una mejor comprensión se cita el siguiente ejemplo:

 

Ejemplo 1: Para una prestación” X”, se ofertan los siguientes precios:

 

Precio Referencial: $15.000.-

Oferta 1: $20.000.-

Oferta 2: $25.000.-

Oferta 3: $18.000.-

 

El Precio Mínimo en la prestación evaluada corresponde al Precio de Referencia, esto es $15.000.-

 

Aplicando la Fórmula:

Oferta 1=($15.000/$20.000)*100 = 75 Puntos

Oferta 2=($15.000/$25.000)*100 = 60 Puntos

Oferta 3=($15.000/$18.000)*100 = 83 Puntos.

 

 

Ejemplo 2: Para una prestación “Y”, se ofertan los siguientes precios:

Precio Referencial: $15.000.-

Oferta 1: $10.000.-

Oferta 2: $18.000.-

Oferta 3: $25.000.-

 

El Precio Mínimo en la prestación evaluada corresponde al Precio de la oferta 1, esto es $10.000.-

 

Aplicando la Fórmula:

Oferta 1=($10.000/$10.000)*100 = 100 Puntos

Oferta 2=($10.000/$18.000)*100 = 55 Puntos

Oferta 3=($10.000/$25.000)*100 = 40 Puntos.

 

Finalmente, el puntaje final del Criterio Evaluación económica, será, multiplicado por 45%, su ponderador correspondiente.

 

 

A.3. Servicios Adicionales sin Costo (10%)

 

Los Servicios Adicionales ofertados sin costo, serán evaluados por prestación según la categoría a la cual se encuentra adscrita y tendrán el siguiente puntaje :

 

Categoría Hemodiálisis Adulto y Menores de 15 años

 

Traslados

60 pts.

Colación

20 pts.

Programa de Apoyo Nutricional y  seguimiento al paciente en riesgo de desnutrición.

5 pts.

Programa de Apoyo y seguimiento Psicológico al paciente, focalizada en la adherencia del tratamiento.

5 pts.

Medicamentos Básicos

5 pts.

Recreación (TV, radio, audífonos, etc.)

5 pts.

 

 

Categoría Peritoneodiálisis Adulto y Menores de 15 años

 

Programa de Apoyo Psicológico y seguimiento Psicológico al paciente, focalizada en la adherencia del tratamiento.

50 pts.

Programa de Apoyo Nutricional y  seguimiento al paciente en riesgo de desnutrición.

50 pts.

 

Los prestadores deberán adjuntar el Programa de Apoyo Psicológico y el Programa de Apoyo Nutricional para ambas categorías, los cuales deberán contar al menos con los siguientes puntos:

 

Programa de Apoyo Psicológico

 

  • Objetivos el programa
  • Actividades a desarrollar
  • Plazos de entrega de la atención
  • Indicadores el programa (Pertinente al objetivo y a los pacientes atendidos)
  • Plan de seguimiento
  • Evaluación del Programa
  • Nombre y especialidad encargado de cada programa

 

En caso de no adjuntar el o los programas solicitados se asignarán automáticamente 0 puntos en el servicio adicional sin costo correspondiente.

 

En el caso que el proveedor ofrezca como Servicio Adicionales sin costo para el paciente, Medicamentos Básicos, deberá entregar la siguiente canasta:

 

Clonixinato de Lisina

Diclofenaco

Clorfenamina

Pargeverina

Glucosa amp.

Inhibidor de la bomba de protones

Ácido Fólico

Polivitamínicos

Atenolol

Enalapril

Paracetamol comp.

Gluconato de Calcio

Loperamida

Metoclopramida

Domperidona

ácido acetilsalicílico

Carbonato de Calcio

Nifedipino retard

 

 

 

A.4 y B.3 Criterios Administrativos todas las categorías (5%):

 

Este criterio considera los siguientes sub-criterios:

 

1. Cumplimiento de características de sostenibilidad (50%)

2. Cumplimientos de los requisitos formales de la oferta (50%)

 

1. Cumplimiento de Características de Sostenibilidad (50%)

 

El prestador  deberá declarar en el Anexo N°4, si incorpora dentro de su gestión alguna característica de sostenibilidad, asociado a aspectos ambientales, sociales y/o económicos.

 

En caso de contar con una característica de sostenibilidad, el oferente deberá declarar la opción “SI” en la Ficha Electrónica de Oferta, debiendo adjuntar la respectiva Declaración Jurada, Anexo N° 4,  que respalde la declaración de la Ficha Electrónica, junto con la documentación de respaldo que se indicará en la letra A.2.1) siguiente, la que podrá ser validada y acreditada por la Dirección ChileCompra.  Cumplidas estas condiciones, se otorgarán 100 puntos al oferente.

 

En caso de no contar con una característica de sostenibilidad, el oferente deberá declarar la opción “NO” en la Ficha Electrónica de Oferta.  Asimismo, se entenderá por declaración negativa (“NO”), en caso que:

 

     i.El oferente no realice declaración alguna en la Ficha Electrónica de Oferta, no obstante adjuntar correctamente el Anexo N° 4 y/o;

 

    ii.El oferente omita acompañar el citado Anexo, cualquiera fuese su declaración y/o;

 

  iii.No obstante declarar “Si” en la Ficha Electrónica de Oferta, y acompañar la Declaración Jurada, no acompañe la documentación de respaldo que se indicará; 

 

  iv.No obstante declarar “Si” en la Ficha Electrónica de Oferta, acompañar la Declaración Jurada y documentación de respaldo, no se logre acreditar o validar la existencia y/o veracidad y/o contenido de la documentación.

 

Si el oferente declarase “NO”, o bien, se configurase una o más de las condiciones indicadas en los numerales i) al iv), se otorgarán 0 puntos, en este sub-criterio.

 

Documentación de respaldo para la acreditación, validación y/o comprobación del cumplimiento de características de sostenibilidad:

 

Se considerará, en forma indistinta, el cumplimiento de cualquiera de las siguientes alternativas, en la forma señalada, como característica de sostenibilidad, siendo indiferente si se acredita una o más de las siguientes alternativas:

 

a)      Certificación ISO 14001-2004 de sistemas de gestión ambiental (o versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh (Normas Chilenas). Para acreditar el cumplimiento de estas normas,  el oferente deberá adjuntar, a través del Portal,  el certificado oficial emitido por el correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente reconocido. La señalada certificación  deberá adjuntarse como archivo electrónico, y deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta.

 

b)      Certificado de producción limpia (Certificado de cumplimiento de Acuerdo de Producción Limpia -APL), con una vigencia mínima de 1 año, contado desde la fecha de presentación de la oferta, o bien, copia del Logo del Certificado de Cumplimiento de los APL “Estrella Azul”, con copia simple del “Contrato de Licencia de Uso de Marca”, debidamente suscrito, documentación que deberá adjuntarse como archivo electrónico a través del portal. La Dirección ChileCompra se reserva el derecho de validar la información así como el contenido entregado por el oferente ante el Consejo Nacional de Producción Limpia.

 

Deberá presentarse el certificado de producción limpia de todas las empresas y/o instalaciones productivas del oferente, acompañando una declaración jurada ante notario, adjuntada como archivo electrónico, individualizando tales empresas y/o instalaciones, hacienda expresa declaración de que son las únicas con que cuenta el oferente al momento de presentación de la oferta.

 

c)       Reporte de sostenibilidad bajo estándar GRI -iniciativa de Reporte Global- (acreditable a través  de copia digital del último informe GRI presentado, el cual debe ajustarse a las orientaciones y directrices de la GRI. Mayor información en: www.globalreporting.org/home/languagebar/spanishpage.htm).

 

d)      OHSAS 18001 sobre Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional (Seguridad y Salud en el trabajo) (o versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh (Normas Chilenas). Para acreditar el cumplimiento de estas normas,  el oferente deberá adjuntar, a través del Portal,  el certificado oficial emitido por el correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente reconocido. La señalada certificación  deberá adjuntarse como archivo electrónico, y deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta.

 

e)      ISO 22000-2005 de sistema de gestión de seguridad alimentaria (inocuidad) de la cadena de suministro (o versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh (Normas Chilenas). Para acreditar el cumplimiento de estas normas,  el oferente deberá adjuntar, a través del Portal,  el certificado oficial emitido por el correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente reconocido. La señalada certificación  deberá adjuntarse como archivo electrónico, y deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta.

 

f)       ISO 26000 sobre  Responsabilidad Social. Para acreditar que adhiere a ISO 26000 el oferente deberá contar con un programa o política de Responsabilidad Social, y deberá informar  en forma completa y consistente, en la declaración jurada del Anexo N° 4, al menos, lo siguiente:

  1. - Nombre Programa
  2. - Objetivos Programa.
  3. - Contenido Programa.
  4. - Monitoreo del Programa.
  5. -Evaluación del programa.
  6. -Fiscalización del programa.

 

No bastará con la mera enunciación de los puntos arriba señalados, debiendo el oferente, además, adjuntar, de manera electrónica, el programa de responsabilidad social, junto a las correspondientes antecedentes y certificaciones que sean procedentes. 

 

Se considerarán como Programas de Responsabilidad Social, entre otros, los que consideren uno o más de los siguientes tópicos:

 

  • Contratación de Discapacitados;
  • No discriminación;
  • Salud y Seguridad en el trabajo;
  • Mejoras, incentivos, fomento de buenas condiciones laborales.

 

g)      ISO 50001 sobre sistemas de gestión energética (o versiones posteriores, si ya estuviesen vigentes), o su equivalente en NCh (Normas Chilenas). Para acreditar el cumplimiento de estas normas,  el oferente deberá adjuntar, a través del Portal,  el certificado oficial emitido por el correspondiente organismo de certificación acreditado como tal, ya sea ante el INN o ante organismo reconocido por éste o que estuviese internacionalmente reconocido. La señalada certificación  deberá adjuntarse como archivo electrónico, y deberá estar vigente al momento de la presentación de la oferta.

 


Se deja expresa constancia que la Dirección ChileCompra se reserva el derecho de comprobar y acreditar la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de la información, documentación y/o certificaciones entregadas, así como el contenido de las mismas.

Para efectos de la presente licitación, serán aplicables todas las características de sostenibilidad indicadas en este numeral, con excepción de las mencionadas en las letras b) y c).

b) Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta (50%)

 

Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes requeridos en las bases de licitación. En tal sentido, cuando el proveedor cumpla con todos los requisitos formales de presentación, obtendrá  100 puntos en este sub-criterio.

El proveedor que no dé cumplimiento a los requisitos formales, obtendrá 0 puntos, sin perjuicio que la consecuencia que esta omisión pudiere generar en otros criterios de evaluación.

 

Puntaje Final oferta Proveedor

 

Estará dado por la sumatoria de los puntajes obtenidos en todos los  criterios

 

Categorías Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adulto y Niño:

 

 

Puntaje Evaluación Técnica + Puntaje Evaluación Económica +Puntaje Servicios Adicionales sin costo+ Puntaje Evaluación Administrativa


Categoría Instalación de Catéter Peritoneal Adulto:


Puntaje Evaluación Técnica + Puntaje Evaluación Económica + Puntaje Evaluación Administrativa

Solicitud de aclaraciones y antecedentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

 Además la DCCP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas.

 

Se permitirá, asimismo, la presentación de las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, y que se indican en el párrafo siguiente, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

 

Sólo los siguientes documentos podrán ser presentados bajo esta excepción: Resolución Sanitaria Vigente, convenio para usar instalaciones de terceros con la respectiva copia de autorización sanitaria  vigente de la institución del convenio,  convenios suscritos con otros prestadores para Laboratorio, esterilización, Traslados, instalación de catéter, Certificado de Acreditación de Prestadores Institucionales y convenio para la mantención de planta de concentrados.

 Se deja claramente establecido, que no se aceptarán  certificados que se encuentre en “trámite” o “no vigentes”.

 Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 72 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. La responsabilidad de revisar el “foro inverso”, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones, durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

Adjudicación

La DCCP se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

La Dirección ChileCompra podrá además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.

Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada.

La DCCP adjudicará por categoría y por ítem a aquellos oferentes que obtengan un puntaje igual o superior a 76 puntos ponderados en el resultado final para dicho ítem, de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes bases.

La DCCP adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

Resolución de Empates
No Aplica.
Acuerdo Complementario

Por acuerdo entre las Entidades y el proveedor adjudicado y según la normativa legal o reglamentaria que regule particularmente a las Entidades compradoras, podrá suscribirse un acuerdo complementario, en el cual se consigne el monto de la garantía de Fiel Cumplimiento de acuerdo a lo establecido en artículo 68 del Reglamento de Compras, que en este caso corresponde a un 5% del monto total del mencionado acuerdo, y se especifiquen las condiciones particulares de la adquisición, tales como condiciones y oportunidad de entrega, entre otros.

 Tales condiciones particulares, no podrán apartarse de los aspectos regulados por las presentes bases y por el convenio marco suscrito entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.

Los acuerdos complementarios no podrán tener una vigencia superior a 24 meses, contados desde la total tramitación de la resolución que los apruebe.

Regulación de la licitación y del Convenio Marco

La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886, su reglamento y las presentes Bases. Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la DCCP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes o bien impartidas por esta Dirección de oficio.

El Convenio Marco se regirá por lo siguiente, según el orden de prelación que se señala a continuación:

 

  1. Ley 19.886 y su Reglamento.
  2. Bases de licitación, sus Anexos, Aclaraciones, Respuestas y Modificaciones a las Bases si las hubiere.
  3. Oferta efectivamente adjudicada.
  4. La Resolución de adjudicación
  5. Contrato Marco celebrado entre la DCCP con el  o los Adjudicatarios.
  6. Órdenes de Compra que emitan organismos habilitados para utilizar el sitio www.mercadopublico.cl.

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo accediendo al Sitio www.mercadopublico.cl, desde donde podrán bajar dicha documentación.

Vigencia de las condiciones comerciales

El Adjudicatario se compromete a mantener en el Convenio Marco las mejores condiciones comerciales ofertadas a sus clientes particulares (fuera del convenio marco), en relación  a los servicios Hemodiálisis y Peritoneodiálisis Adulto y Niño y servicio de Instalación de catéter peritoneal. En el evento de que el Adjudicatario ofrezca mejores condiciones comerciales a sus clientes particulares (fuera del convenio marco), aquél deberá incorporar dichas condiciones en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco con las herramientas dispuestas por la DCCP. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de lo señalado, la DCCP  podrá monitorear permanentemente los precios que los adjudicatarios ofrezcan a sus clientes particulares (fuera del convenio marco), respecto de los mismos servicios adjudicados en los convenios convenio marco licitados de acuerdo a las presentes bases. 

 En cualquier momento, durante la vigencia del Convenio Marco, el o los proveedores adjudicados, con la finalidad de mantener las condiciones comerciales en los términos descritos en el párrafo anterior, podrán aumentar sus descuentos o rebajar los precios para todas las Entidades, de todos o algunos de los ítems adjudicados. Estas rebajas se mantendrán hasta el término del convenio, salvo que exista una nueva modificación de acuerdo con lo establecido en el presente convenio. La DCCP publicará en el catálogo los nuevos valores en el plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.

Reajustabilidad

El precio de los bienes y servicios ofrecidos que será publicado en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco, se mantendrá vigente por toda la duración del Convenio.

 Lo anterior, es sin perjuicio de las diversas modalidades de modificación de precios establecidas en las presentes bases de licitación.

Los precios adjudicados podrán ser reajustados anualmente, de acuerdo al protocolo definido por FONASA, mediante Resolución que apruebe el Arancel Anual de Prestaciones del Libro II del D.F.L. N° 1/2005 del Ministerio de Salud en igual o menor proporción y oportunidad al reajuste en el arancel de Prestaciones Modalidad Atención Institucional (MAI), Ley 18.469, para los tratamientos de Diálisis, identificados en el grupo 19, subgrupo 01, de dicho Arancel.

Una vez publicados dichos aranceles en el Diario Oficial y lo dispuesto en el Libro I del D.F.L. N° 1/2005, FONASA informará de manera formal a la DCCP, los correspondientes valores asignados a cada prestación y el porcentaje de reajuste aplicable para el periodo.

Una vez aprobado el reajuste, cada prestador deberá enviar en forma electrónica por medio de la aplicación de administración de catálogo disponible en el portal electrónico de compras públicas, la solicitud de reajuste de precios la cual será revisada por la DCCP y aprobada posteriormente.

El envío de esta solicitud y la actualización de los precios,  es de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.

Descuentos Especiales (Ofertas)

El Adjudicatario, cuando lo estime conveniente, podrá otorgar descuentos especiales para todas las Entidades  sobre los precios vigentes en el convenio, independiente del monto de la compra que se trate. Con todo, estos precios con descuentos especiales tendrán el carácter de oferta y se deberán mantener por un plazo mínimo de 3 días hábiles desde su publicación en el Catálogo.

La DCCP publicará en el Catálogo los descuentos especiales, al día siguiente hábil, desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.

Extensión de Ofertas Especiales a las Entidades
El Adjudicatario, no podrá ofrecer a alguna o algunas Entidades mejores condiciones que las adjudicadas y catalogadas en convenio marco, sin extender estos beneficios al resto de las Entidades. Toda rebaja de precios o descuentos especiales a una determinada Entidad deberá realizarse, siempre, a través del Catálogo Electrónico de Convenios Marco y extenderse a todas las Entidades.
Compras iguales o mayores a 1000 UTM

En las adquisiciones vía convenio marco superiores a 1.000 UTM, las entidades deberán comunicar a través del Sistema, la intención de compra de el o los productos requeridos, en los términos que establece el artículo 14 bis del Reglamento de la Ley de Compras.

 La comunicación será realizada con la debida antelación,  plazo que en ningún caso podrá ser inferior a 10 días corridos antes de la emisión de la orden de compra.

 Las ofertas recibidas serán evaluadas debiendo confeccionarse un cuadro comparativo el que será fundamento y anexo de la resolución que aprueba la adquisición, la que deberá ser publicada en el Portal www.mercadopublico.cl

 Toda vez que la naturaleza de contratación lo requiera, la entidad podrá incorporar en su intención de compra lo siguiente:

•    Garantías adicionales a las establecidas en estas bases, mediante la firma de un acuerdo complementario.

•   Posibilidad de seleccionar a la segunda mejor oferta, en caso que el proveedor seleccionado en primera instancia  desista de su oferta.

•   Visita en Terreno, cuando la complejidad de la adquisición, las condiciones especiales y la naturaleza de los bienes a adquirir, así lo requieran.

 

Desarrollo Comercial del Convenio

Dentro del ámbito comercial que involucra el desarrollo del Convenio, el Adjudicatario podrá desarrollar las siguientes actividades:

 i. Posicionamiento de productos, servicios y marcas. El Adjudicatario podrá desarrollar distintas actividades con el propósito de posicionar, su participación como proveedor del presente convenio marco, los Servicio de Hemodiálisis, Peritoneodiálisis y servicio de Instalación de catéter peritoneal ofertados, las marcas que comercializa, los servicios asociados, promociones especiales, jornadas de capacitación masivas, entre otros.

 ii.El Adjudicatario podrá realizar acciones para activar los tipos de servicios que experimenten una baja rotación en el Catálogo, durante la vigencia del convenio, pudiendo lanzar promociones especiales para ser difundidas en el Catálogo.

iii.En caso de que la DCCP desarrolle actividades de difusión de Convenios Marco, tales como encuentros, ferias u otros, el Adjudicatario podrá participar en estas actividades con el fin de dar a conocer sus productos y servicios.

Actualización de ítems Adjudicados

Durante la vigencia del Convenio Marco, el o los Adjudicatarios, deberán mantener en el catálogo electrónico las prestaciones con las condiciones más ventajosas para los Organismos Públicos, para ello podrán solicitar lo siguiente:

 1.- Eliminar una o más prestaciones adjudicadas. Para esto deberán solicitar autorización a FONASA, quién actúa como organismo técnico, con una anticipación mínima de 60 días a la fecha, indicando las causales fundadas que motivan dicha solicitud, la cual podrá ser rechazada o aceptada total o parcialmente y posteriormente comunicada a la DCCP, quien previa aprobación, procederá a su eliminación en el catálogo ChileCompra Express.

 2.-Bloquear una o más prestaciones adjudicadas por un período de tiempo. Esta solicitud deberá ser informada a FONASA con anticipación de a lo menos 30 días, indicando las razones y fundamentos de dicha solicitud, la cual podrá ser aceptada total o parcialmente. FONASA informará su resolución posteriormente a la DCCP, quien previa aprobación, procederá al bloqueo de las prestaciones en el catálogo ChileCompra Express.

 3.- Agregar nuevos ítems o servicios, siempre y cuando correspondan a aquellas Categorías licitadas.

Para agregar nuevos ítems,  será requisito lo siguiente:

 -       La no disponibilidad del nuevo ítem al momento de la presentación de la oferta.

-       La correspondencia del nuevo ítem con la categoría adjudicada

-       La mantención o mejora de las condiciones comerciales adjudicadas, establecidas en la ficha electrónica de la oferta, de acuerdo a lo señalado en el Punto 11,”Requerimientos técnicos y Otras cláusulas”, en el acápite “Presentación de las ofertas”, de las presentes bases.

-       Cumplir con al menos las condiciones técnicas mínimas establecidas en las bases técnicas.

 -       La mantención o mejora de Condiciones Comerciales y Servicios Adicionales u otras condiciones ofertadas por el proponente, de acuerdo a lo establecido en el Anexo N° 17 manual explicativo de “Presentación Oferta Técnica y Económica”.

 

 

El proponente hará llegar su solicitud a la DCCP, a través del sistema y por carta certificada, requerimiento que será derivado a FONASA para que ésta verifique y evalúe el cumplimiento de todas las exigencias y requisitos técnicos de aprobación establecidos en los criterios de evaluación y detallados en las presentes bases. Esto será realizado para cada ítem que el proponente desee incorporar al convenio, para las cuales el adjudicatario deberá mantener las mismas condiciones comerciales y Servicios Adicionales sin costo previamente ofertadas y adjudicadas.

 FONASA emitirá un informe donde conste la resolución de aprobación o rechazo de la solicitud del adjudicatario. En caso de ser aprobada, serán habilitadas por la DCCP los ítems correspondientes, previo envío de la solicitud por parte del adjudicatario a través del administrador de convenios en el ambiente proveedor.

 4.- Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas, disminuir los plazos de entrega de las prestaciones, la incorporación de otros Beneficios Adicionales sin costo y de nuevas sedes de atención, siempre y cuando, el Prestador cumpla con los requisitos y condiciones establecidas en las presentes bases.  Con esto FONASA evaluará con los mismos criterios la documentación presentada.

Sin perjuicio de lo anterior, FONASA  podrá rechazar la inclusión de nueva sede de atención, si la ubicación geográfica de la sede no se ajusta a los requerimientos de oferta y demanda de servicios de Diálisis, que permitan dar respuesta a las necesidades de atención de la población Beneficiaria de FONASA, en cuanto a las garantías de  acceso y oportunidad en la atención.

 Creación de Sedes

 El proponente hará llegar su solicitud a la DCCP, a través del sistema y por carta certificada, requerimiento que será derivado a FONASA para que ésta verifique y evalúe el cumplimiento de todas las exigencias y requisitos técnicos de aprobación establecidos en los criterios de evaluación y detallados en las presentes bases.

En la eventualidad que se acepte la inclusión al convenio de la nueva sede, esta deberá cumplir con requisitos exigidos en la presente licitación, siempre y cuando este se encuentre vigente y el oferente no presente ningún tipo de proceso administrativo o de fiscalización relacionado con el cumplimiento de las condiciones contractuales establecidas en el convenio marco.

 La DCCP iniciará el procedimiento para habilitar la  nueva sede en catálogo electrónico:

1. Solicitando al proveedor la creación de la respectiva sucursal en www.mercadopublico.cl.

2. Una vez creada la mencionada sede la DCCP procederá a la creación de la sede en el catálogo electrónico, asociándola a las prestaciones autorizadas por FONASA.

3. Posteriormente la DCCP  informará formalmente a FONASA la habilitación de la nueva sede en la Tienda de ChileCompra Express.

4. Una vez que la sede está habilitada en la tienda se podrá realizar el proceso de derivación de pacientes.

 

Aquellos proveedores que soliciten la incorporación de nuevas sedes y éstas no dieran cumplimiento con la normativa de carácter sanitaria propia de esta materia,  se verán impedidos de solicitar durante la vigencia del presente convenio marco, la incorporación de nuevas sedes.

 

Proceso de Registro de Prestaciones (uso exclusivo de FONASA)

Todas las prestaciones otorgadas a los beneficiarios del Régimen de Salud del Libro II del DFL N° 01/2005, que hayan sido debidamente derivados, deberán registrarse en los formularios de uso común del Centro o Sede de Atención (ficha clínica, protocolo médico, dejando constancia de N°y fecha de la orden de derivación, la fecha de ingreso, inicio de tratamiento, fecha de egreso cuando proceda, controles médicos, exámenes de laboratorio, evolución, fecha y diagnóstico de las complicaciones y su tratamiento, entre otros.

El prestador deberá registrar las prestaciones efectivamente realizadas al beneficiario, durante la atención, en el sistema  informático proporcionado por FONASA denominado Prefacturador MAI. En consideración a lo anterior, FONASA otorgará, sin costo alguno, capacitación al personal encargado para estas funciones. Este sistema de registro informático deberá mantenerse actualizado diariamente por parte del Centro de diálisis adjudicado y será condición exigible para el pago de las prestaciones facturadas durante el mes del proceso.

Proceso de Facturación de los Servicios (uso exclusivo de FONASA)

Los Establecimientos Públicos derivadores de los Servicios de Salud, procederán a emitir las correspondientes órdenes de compra, con cargo a FONASA, a través del portal electrónico de compras públicas, por concepto de los servicios de diálisis requeridos, previo proceso de derivación establecido en las  Bases Técnicas.

 

 

En la eventualidad, de que el Adjudicatario rechace la Orden de Compra, por motivos fundados, éste deberá contactarse con el Establecimiento derivador e informarle las razones del rechazo. En el caso que el establecimiento público derivador del Servicio de Salud, no acepte las razones expuestas por el Adjudicatario, éste deberá informar al Supervisor del Convenio Marco designado por FONASA, dicha situación. El Supervisor del Contrato tendrá 5 días hábiles para evaluar y pronunciarse sobre la misma.

 

Una vez recibida la orden de compra por el Adjudicatario, y ejecutadas las atenciones requeridas por el establecimiento derivador, el adjudicatario deberá facturar, mensualmente, los tratamientos de diálisis (hemodiálisis, peritoneodiálisis y/o instalación de catéter de peritoneodiálisis), efectivamente realizados, en el mes inmediatamente anterior al mes en que se presenta la factura, conforme se acredite lo siguiente:

 

 

  • Que se encuentre vigente el contrato suscrito para el otorgamiento de las prestaciones objeto de estas bases.
  • Que el cobro se realice solo por concepto de atenciones realizadas a pacientes beneficiarios del Libro II del DFL 01/2005 debidamente certificados como tales.
  • Que los pacientes hayan sido debidamente derivados desde un establecimiento derivador, través de la correspondiente orden de derivación y tratamiento – Informe del Proceso Diagnóstico (IPD) Anexo B y su respectiva Orden de Derivación Anexo A de las bases técnicas,  de acuerdo con los criterios de derivación señalados en las Bases Técnicas.
  • Que el valor cobrado por las prestaciones corresponda al valor ofertado en el convenio marco.

 

Si el Adjudicatario contare con más de un centro de atención (sede), bajo el mismo contrato, deberá emitir, tanto la información de respaldo como las facturas correspondientes, en forma separada por sede y por cada uno de ellos.

 

La factura, por cada Sede de Atención del Centro, deberá ser remitida a la Dirección Zonal de FONASA respectiva (según la dirección comercial del Centro de Atención, las cuales se encuentran informadas en el Anexo N° 12 de las presentes bases) dentro de los primeros 15 días corridos de cada mes, con la orden de compra emitida por el establecimiento derivador  con las prestaciones realizadas y adjudicadas  en el presente convenio (hemodiálisis , peritoneodiálisis y/o instalación de catéter de Peritoneodiálisis). Adicionalmente deberá enviar en formato virtual al Supervisor del Convenio de la Dirección Zonal de FONASA correspondiente y  al coordinador(a) de la Comisión Derivadora del Establecimiento Derivador, los documentos de respaldo que se detalla a continuación:  

  • Planilla de registro de los pacientes por Comisión Derivadora, Anexo I de las Bases Técnicas.
  • Copia del Consentimiento Informado Anexo C de las Bases Técnicas (sólo aplicable a pacientes nuevos derivados de condición permanente), debidamente firmado por el beneficiario derivado y el Representante Legal centro, al ingreso de su tratamiento en el Centro de Atención.  

El no envío de la documentación de respaldo o su envío a una dirección distinta a la señalada por la entidad respectiva, y los errores u omisiones de los mismos, así como su entrega fuera de plazo estipulado en el párrafo anterior, será motivo suficiente para no cursar la orden de pago de la factura presentada, en los plazos comprometidos.   

Sin perjuicio de lo anterior, cuando en un mes calendario, un paciente se realice menos de doce hemodiálisis o ultra filtraciones, el adjudicatario podrá informar, las sesiones de hemodiálisis efectivamente realizadas, a través de la prestación unitaria (por sesión), código 1901028, solo en los siguientes casos:  

  • Cuando la fecha de inicio del tratamiento de hemodiálisis, implica un número menor a 12 diálisis dentro del mes calendario.
  • En caso de que el paciente se encuentre de vacaciones.
  • Cuando el paciente requiera hospitalización durante el mes de tratamiento, ya sea por complicación de su patología de base, otra patología, cirugías, etc.
  • Por ausentismo del paciente a una o más sesiones dentro del mes de tratamiento, lo que deberá quedar debidamente registrado en la ficha clínica del paciente.
  • Por hospitalización para trasplante renal.
  • Por fallecimiento del paciente.  

Asimismo, el Supervisor del Contrato, podrá autorizar, excepcionalmente, pagos de facturas que incluyan prestaciones que superen las 12 sesiones por mes de tratamiento, cuando se refiera a hemodiálisis que deban otorgarse diariamente, como por ejemplo, a embarazadas con Insuficiencia Renal Crónica y otros casos que lo requieran. En estos casos, el Adjudicatario podrá facturar, además del tratamiento mensual que corresponda, las sesiones extraordinarias, efectivamente realizadas e indicadas por el establecimiento derivador, de acuerdo a los valores unitarios convenidos, previa aprobación de y/o  autorización de la Comisión Derivadora. 

La factura debe venir con todos los datos básicos requeridos, tales como: 

  • Mes de facturación,
  • Número de tratamientos mensuales código 1901029,
  • Valor unitario por tratamiento mensual
  • Valor total por tratamiento mensual,  

Si la factura incluye tratamientos de diálisis por sesión, se deberá indicar: 

  • Mes de facturación,
  • Número de tratamientos por sesión código 1901028,
  • Valor unitario por tratamiento por sesión
  • Valor total por tratamiento por sesión, otorgadas durante ese mes.  

Además, la factura deberá indicar el número de la o las órdenes de compra que se pagarán a través de la misma factura, las que deberán adjuntarse también a la misma.

Multas y Sanciones

Multas

 FONASA o las Entidades Públicas que hagan uso de este convenio, estarán facultadas para aplicar multas por las causales que a continuación se señalan:

a) Cobros indebidos realizados al beneficiario, por prestaciones efectivamente realizadas objeto del convenio: devolución del 100% de la prestación cobrada indebidamente; 50 UF por evento.

b)   Incumplimiento de los plazos señalados en las Bases Técnicas para el otorgamiento de las prestaciones objeto del Contrato: 50 UF por prestación. Lo anterior, sin perjuicio de la realización de la prestación.

c) Ante perjuicio ocasionado al beneficiario  porque el Centro le omitió información o se le entregó errónea o incompleta sobre los beneficios que éste convenio tiene para ellos: 50 UF por cada evento.

d)  Reclamos de los pacientes beneficiarios atendidos por el Adjudicatario, referidos a la calidad del Servicio u atenciones otorgadas, que afecten los derechos de los pacientes, tales como trato digno y respetuoso, derecho a la información, atención profesional adecuada, consentimiento informado de procedimientos a ser realizados, entre otros: 50 UF por cada reclamo acogido.

e) Falta de registros que respalden atenciones otorgadas a los pacientes beneficiarios en las fichas clínicas y otros, debidamente derivados al centro de atención: 100% del valor total por concepto de prestaciones no registradas en fichas clínicas y formularios de registros de atención.

f) Falta de registros en sistema informático “Prefacturador MAI”, de las prestaciones efectivamente realizadas a los beneficiarios,  que hayan sido debidamente derivados al centro de atención: 2 UF por paciente no registrado;  por mes. Siempre y cuando la falta de registro sea de exclusiva responsabilidad del prestador.

g) No inclusión de los pacientes para completar estudio de pretrasplante renal, según criterios establecidos por el Ministerio de Salud, bajo los términos señalados en la letra d) punto 7 de las Bases Técnicas: 30 UF paciente no incorporado.

h)Realizar cambios no autorizados por FONASA, respecto de los servicios licitados, equipamiento, infraestructura o profesionales informados en los antecedentes técnicos respectivos: 50 UF. 

En todos los casos anteriores en que el valor de la multa esté expresado en UF, la transformación a moneda de curso legal para efectos de pago de éstas, deberá ser de acuerdo al valor de la UF correspondiente al día del pago.

 

Procedimiento para aplicación de multas

a)      Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario, por carta certificada, indicando, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.

b)      A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa.

c)       Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de quince días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, comunicándose a través de fax o carta certificada al adjudicatario o a su Representante Legal, en el caso de las personas jurídicas, y al coordinador del convenio. 


Cobro de la multa


a)     
Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo de la Entidad compradora,  o en el caso de no existir reposición, el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa.

 

b)      Dicho pago deberá efectuarse en la sección de Tesorería de FONASA, dentro de los 20 días hábiles siguientes a su notificación, contados desde la fecha de emisión de la carta certificada.

 

c)       Una vez pagada la multa el adjudicatario deberá informar a través coordinador del convenio, que ésta fue cancelada y recepcionada por la Entidad.

 

d)      En el evento en que el adjudicatario no pagaré la multa que le fue aplicada dentro del plazo indicado, el monto de las multas, será rebajado del pago que FONASA o la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas.

 

e)      El no pago de la multa o de no ser suficiente este, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Entidad o FONASA, para requerir a la DCCP, la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento.

 

f)       Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la respectiva Entidad o FONASA.

 


Procedimiento de Reposición.


a)     
El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, si hubiere sido notificado por fax, o de ocho días hábiles, a contar de la fecha de emisión de la carta certificada, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

 

b)      La autoridad competente de la respectiva Entidad o FONASA resolverá dentro de diez días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando  total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al proveedor afectado. 

 

Bloqueo de servicios

 

El Adjudicatario podrá ser sancionado por la DCCP con el bloqueo de los servicios en el Catálogo Electrónico, en los siguientes casos: 

i. Si las especificaciones de los servicios que figuran en el catálogo no se ajustan a las especificaciones del servicio ofertado por el proveedor.

 ii. Si hay constancia de que las condiciones comerciales de un servicio disponible en el catálogo, son desfavorables en comparación a las condiciones comerciales ofrecidas por el mismo proveedor a sus clientes particulares (fuera del convenio marco), en relación al mismo servicio. En este caso, el período de bloqueo del servicio se extenderá por 1 mes.   

Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico: 

El Adjudicatario podrá ser sancionado por la DCCP con la suspensión temporal en el Catálogo Electrónico de todos o parte de los productos que tiene en Convenio Marco, en los siguientes casos: 

i. No entrega de la información solicitada para catalogación de los ítems en los plazos convenidos.

ii. Tres (3) reclamos mensuales por parte de una o más Entidades Compradoras. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será por un período de 20 días corridos.

iii.  Entre 4 y 6 reclamos mensuales por parte de una o más Entidades. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será por un período de 30 días corridos.

iv. No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en el caso de vencimiento de la garantía antes del plazo de 60 días desde culminado el convenio marco o en caso de prórroga del Convenio Marco. Para estos efectos, se considera renovación oportuna la entrega dentro del plazo de 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía, de una nueva, con las mismas características que la anterior, que la reemplace, por todo el periodo de vigencia o renovación que corresponda.

v. La pérdida de vigencia del certificado de Autorización Sanitaria de funcionamiento de la sede de atención y pérdida de vigencia de autorización sanitaria  de la Institución con la cual el prestador posea convenio.

vi. Pérdida de vigencia de los antecedentes legales para ser contratado.

vii.  No acompañar el Anexo N° 16  “Declaración Jurada de Saldos Insolutos”, en los plazos indicados por las bases de licitación. 

En los casos i, v y vi la suspensión temporal se extenderá hasta que se subsane la situación que da origen a la aplicación de la sanción. 

Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato: 

Los Adjudicatarios podrán ser sancionados por la DCCP con el cobro de Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, en los siguientes casos:

i. No pago de multas dentro del plazo establecido, a requerimiento fundado de las Entidades.

ii. Aplicación de 2 o más de algunas de las sanciones establecidas en este contrato, a requerimiento fundado de una o más Entidades o a iniciativa de la DCCP.

iii. No rechazo de las órdenes de compras en 48 horas corridas a contar de la emisión de la misma, a requerimiento fundado de las entidades o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa.

iv. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, a requerimiento fundado de Entidades, fuera de los casos establecidos en la cláusula “Término anticipado del convenio marco”, letra ii).

 En el caso de los reclamos, la DCCP se reserva el derecho de revisar que estos sean válidamente emitidos, los cuales serán informados al Adjudicatario.

Procedimiento para Aplicación de Suspensión temporal del catálogo electrónico o cobro de la boleta de garantía

Para que la DCCP proceda a aplicar al adjudicatario la sanción de suspensión temporal del catálogo electrónico o la del cobro de la boleta de garantía por fiel cumplimiento de contrato, deberá seguirse el siguiente procedimiento:

1. FONASA  o la Entidad afectada, deberá remitir a la DCCP un oficio, donde indique las razones que fundamentan la solicitud de aplicación de la sanción requerida, la explicación del proveedor si la hubiera y una solicitud expresa a la DCCP de la aplicación de alguna de las sanciones establecidas en el presente convenio.

2. Una vez que la DCCP reciba el oficio señalado podrá, dentro de los siguientes 7 días hábiles, consultar o solicitar más antecedentes a la entidad reclamante y/o al proveedor, quienes deberán responder en un plazo no mayor a 7 días hábiles. Si la DCCP lo amerita, podrá volver a iterar estas consultas, con lo plazos ya establecidos; o bien, podrá resolver con los antecedentes con que cuenta, en un plazo no superior a los 30 días hábiles desde la recepción del reclamo por oficio.

3. En el caso de retraso en la entrega de los servicios, deberá indicarse además la identificación de los servicios con rezago, las cantidades rezagadas y los días hábiles de atraso en la entrega.

4. En caso que la DCCP aplique alguna de las sanciones establecidas en el presente convenio, lo realizará por resolución fundada. 

Detectada una situación susceptible de aplicación de sanciones,  la DCCP notificará al adjudicatario, personalmente, por carta certificada o correo electrónico a la dirección que el proveedor haya comunicado, indicando los hechos que ameritarían la aplicación de una sanción y adjuntando los antecedentes que se estimen pertinentes. A contar de ello, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. 

Vencido el plazo sin presentar descargos, la DCCP dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la sanción que corresponda.  

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la DCCP tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.  

Tratándose de la sanción de bloqueo de servicios y suspensión del catálogo en sus puntos i, vi y vii, la DCCP estará facultada para proceder a su aplicación, sin esperar el término del procedimiento sancionatorio, debiendo notificar por las vías ya indicadas la acción que se ejecuta, sin perjuicio de utilizar adicionalmente el correo electrónico si lo estima necesario. 

Procedimiento de Reposición:

 El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la sanción, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

La DCCP resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando  total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al respectivo proveedor y a la  o las entidades reclamantes si es que fuese  el caso.

 

 

 

 

 

 

 

 

Término Anticipado del Convenio Marco

El Convenio Marco podrá terminarse anticipadamente por la DCCP, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

i. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Para estos efectos, el proveedor deberá comunicar por escrito su intención de poner término anticipado al convenio marco.

ii. Caso fortuito o fuerza mayor, razones de ley o autoridad que hagan imperioso terminarlo.

iii. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del convenio marco, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad por el incumplimiento  y  que dicho incumplimiento le genera a la DCCP o a la respectiva Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. Esta sanción dará lugar al cobro de la boleta de garantía por fiel y oportuno cumplimiento.

iv. Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.

v. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del presente convenio marco, y propiciaren prácticas corruptas, tales como:

  • Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a una entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad compradora.
  • Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución del presente convenio marco.
  • Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del contrato en detrimento de la respectiva Entidad pública.
  • Si los representantes o el personal dependiente del prestador no observen los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coherción y/o colusión.
  • La existencia comprobada de profesionales ofertados por el prestador y  que integren o formen parte de las Comisiones Derivadoras de los respectivos establecimientos públicos de los Servicios de Salud del país. Así como también, si se comprueba que la derivación de pacientes ha sido influenciada en razón de la existencia de algún grado de parentesco de consanguinidad y afinidad hasta el cuarto grado, con integrantes de comisiones derivadoras.
  • Presentar información falsa o fraudulenta de certificaciones de títulos presentados al momento de la oferta.
  • La comprobación de la falsedad o falta de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efectos de ser contratados, así como la adulteración y/u omisión de antecedentes presentados en su oferta, en cualquiera de las sedes que posea.
  • Usar medios ilícitos en el ejercicio de las funciones, tales como inducir  ilícitamente pacientes para la atención. 

vi. Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del convenio marco, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.

vii.  Disminución notoria, evaluada y certificada por FONASA de las capacidades técnicas del adjudicatario. Incluyendo a aquellos centros que hubieran sido sancionados a partir de sumario sanitario realizado por la SEREMI de Salud respectiva.

viii. Incumplimiento de la normativa chilena para poder desarrollar la actividad profesional que se indica en la oferta.

ix. Disolución de la sociedad, del prestador o división de la misma, en caso que el prestador desee mantener el contrato con la nueva sociedad nacida producto de la división, para lo cual deberá acompañar todos los antecedentes que estime necesarios. 

x.Término de la vigencia de la Autorización Sanitaria en una o más sedes de las presentadas por el Oferente.

xi. Incumplimiento de las obligaciones contractuales que pongan en riesgo el otorgamiento oportuno de las prestaciones a los beneficiarios de FONASA, infringiendo  las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan la MAI (Modalidad de Atención Institución)

xii.  Cuando FONASA haya cursado 2 o más multas en un período de 12 meses. Así como el no pago de las multas estipuladas en el presente convenio.

xiii.   Cobro indebido de prestaciones a FONASA o a cualquier otra Entidad Pública, sin perjuicio de la devolución de los montos cobrados indebidamente.

Para concretar lo indicado en el párrafo precedente, la DCCP notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 10 (DIEZ) días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación  del referido término anticipado.

En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario.
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la número i), además del término anticipado del convenio marco, procederá el cobro de la garantía de fiel cumplimiento por parte de la DCCP.

Del Pago

El pago de los productos, objeto del presente convenio, será en pesos chilenos y será efectuado directamente por cada Entidad, dentro de los 30 días siguientes, a la recepción conforme de la factura respectiva, la cual deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra respectiva y de las Guías de Despacho en la cual se certifique la recepción conforme de los ítems o productos. La recepción conforme,  deberá ser acreditada por la Entidad que hubiere efectuado el requerimiento.

Atendiendo a la procedencia de los recursos y cuando se trate de casos de emergencia y/o circunstancias debidamente fundadas por las Entidades, o bien cuando tengan autorización normativa para un plazo de pago distinto al establecido en estas bases, éstas podrán pactar con los proveedores, en sus acuerdos complementarios y/o órdenes de compra, plazos de pago mayores a 30 días, desde la recepción conforme de la factura respectiva.

FONASA, a través de la Dirección Zonal respectiva, pagará las facturas recibidas y autorizadas por el Supervisor del Contrato, por los servicios ejecutados, conforme se acredite lo siguiente:

  • Los pacientes deben provenir de un establecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud o de FONASA, de acuerdo a los criterios de derivación detallados en las Bases Técnicas de esta licitación.
  • Que exista Orden de Compra, generada a través del portal electrónico de compras públicas.
  • Que los pacientes atendidos correspondan a beneficiarios del Libro II del DFL 01/2005.
  • Que las prestaciones facturadas hayan sido efectivamente otorgadas a dichos beneficiarios.
  • Que el valor cobrado por las prestaciones corresponda al valor suscrito en este Convenio  Marco.

El Fondo Nacional de Salud pagará las facturas recibidas y autorizadas por el Supervisor del Contrato, conforme se cumpla el procedimiento establecido en estas Bases, a más tardar el  último día hábil del mes. Las facturas que se reciban  con posterioridad al día 15 de cada mes, serán pagadas con posterioridad al día 10 del mes siguiente, es decir, sólo habrá dos fechas de pago dentro de un mes de los servicios facturados.

De existir reparos u observaciones por parte del Fondo Nacional de Salud, a través del Supervisor del Contrato, estas observaciones serán comunicadas por carta certificada al adjudicatario, para que éste, dentro de un plazo de diez días hábiles contados desde la fecha de recepción de la comunicación, aclare las observaciones formuladas. Una vez que el Adjudicatario haya corregido dichas observaciones, el Fondo otorgará su conformidad de pago dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes y procederá a pagar dicha factura.

La DCCP no es responsable del pago de los ítems o servicios que se adquieran o soliciten a través del presente Convenio Marco. Dicha responsabilidad recae únicamente en las Entidades que en cada caso actúen como compradores.

Reposición y garantía de los Servicios

El Prestador adjudicado garantizará de manera total, el otorgamiento íntegro y oportuno de los servicios contratados, cumpliendo con la calidad que para esto se solicitan en las bases técnicas, además del buen trato al paciente, sin discriminación negativa de ninguna especie. Esta garantía se expresara por medio de la entrega de una boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento, la que se podrá ejecutar por la DCCP o requerimiento fundado de FONASA.

Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del prestador de responder integralmente al Beneficiario por una prestación que no haya cumplido con la idoneidad y eficiencia requerida para cada prestación.

Plazo de Vigencia del Convenio Marco

La vigencia del presente  Convenio Marco, , se extenderá hasta que se cumplan 24 meses contados desde la total tramitación de la primera resolución de adjudicación, a menos que la DCCP ponga término unilateral anticipado, o acepte la solicitud en el mismo sentido por parte del proveedor. Dicha solicitud deberá elevarse a lo menos 40 días corridos de anticipación a la fecha en que se desea poner término del convenio.

La DCCP, podrá prorrogar el convenio marco sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, para un nuevo Convenio Marco, lo cual no podrá superar los 9 meses desde el término de la vigencia de éste.

Operatoria del Convenio marco

Catálogo electrónico y órdenes de compra:

 Una vez que el presente convenio marco entre en vigencia, operará a través del catálogo electrónico disponible en el sitio www.mercadopublico.cl , al cual cualquier Entidad, podrá acceder y emitir a través de él directamente órdenes de compra al adjudicatario, quien para todos los efectos legales se relacionará comercial y contractualmente de manera directa con cada Entidad. 

Para los efectos del presente convenio marco, las órdenes de compra deberán acompañar como archivo adjunto, el certificado extendido por la autoridad competente, acreditando que cuenta con la debida disponibilidad presupuestaria para adquirir los productos requeridos. El cumplimiento de este requisito, se considera esencial para obligar válidamente a la Entidad Pública requirente. 

El adjudicatario, sólo podrá rechazar las órdenes de compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio, en los siguientes casos: 

a)   Que la Entidad que emite la orden de compra, tenga una deuda vencida con el adjudicatario o con cualquier proveedor de este convenio marco, acreditado por antecedentes objetivos y fidedignos presentados por el propio adjudicatario. 

b)  No adjuntar a la orden de compra, el certificado debidamente autorizado por la autoridad competente, que acredite la disponibilidad presupuestaria que posee el organismo requirente para adquirir los productos consignados en ella. 

El adjudicatario, no podrá establecer diferencias arbitrarias en el trato que dé a las Entidades que requieran sus servicios, a través de las emisiones de órdenes de compra que se ajusten al presente convenio.                                                                                      
Cualquier establecimiento del SNSS que compre sin la autorización respectiva, se entenderá que compra por sí y no por mandato de FONASA, en cuyo caso no obligará a este último para los efectos de la derivación y el pago de las prestaciones.

Adicionalmente cualquier otra institución pública que requiera contratar estas prestaciones, deberá hacerlo a través del Catálogo Electrónico de productos o servicios disponible en el portal electrónico de compras públicas, desde el cual deberán emitir directamente la o las órdenes de compra al o a los prestadores, quienes para todos los efectos legales se relacionarán comercial y contractualmente de manera directa con cada institución.

Incorporación de servicios al catálogo.

Los Servicios de Hemodiálisis y Peritoneodiálisis, e Instalación de Catéter Peritoneal Adulto adjudicados y sus correspondientes condiciones contractuales, serán publicados en el catálogo electrónico de convenios marco, disponibles en el sitio www.mercadopublico.cl , lo cual quedará a disposición de las Entidades, siempre y cuando el Adjudicatario cumpla con lo siguiente:

i. Deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores, www.chileproveedores.cl, de acuerdo a lo señalado en estas bases de licitación.

ii. Haber entregado la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato establecida en las bases de licitación.

iii. Los proveedores que sean adjudicados, deberán completar toda la información faltante de sus productos o servicios adjudicados, de manera de cumplir con lo estipulado en las Bases de Licitación del Convenio Marco. Esto Implica, entregar a la Unidad de Catalogación, lo siguiente, para cada producto:

a) Foto Pequeña de 90X 90 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas.

b) Foto Grande de 230X 320 Píxeles, en formato JPG y máximo 30 KB y con una resolución de 72 pixeles por pulgadas (se pueden colocar 4 fotos, pero al menos debe haber una).

c)  Sólo en caso que la DCCP lo requiera, está enviará al adjudicatario un archivo en Excel, donde este deberá completar toda la información: una columna con el IDProducto, otra con el nombre del archivo de la foto pequeña y una última columna con el nombre de la foto grande, que correspondan a cada IDProducto.  

Las fotos deben ser enviadas en un CD, con el nombre que se detalla en la planilla Excel, todas en una sola carpeta. 

El nombre de la foto será descrito de la siguiente forma:

-      Nombre Foto pequeña: IDProducto_P.jpg

-      Nombre Foto Grande: IDProducto_G.jpg

 

Ejemplo: IDProducto = 2031

-      Nombre Foto pequeña: 2031_P.jpg

-      Nombre Foto Grande: 2031_G.jpg. 

d) Entregar archivos en PDF, en caso que fuera necesario, con fichas técnicas de los productos, para una mejor caracterización y descripción de los productos o servicios adjudicados.

e) La propiedad de la ficha electrónica, será de la DCCP, quien se reservará el derecho para utilizar uno o más componentes de ella para lo que estime conveniente dentro del ámbito del presente convenio marco. Con todo la veracidad de la información contenida en la ficha electrónica será de responsabilidad de cada proveedor al momento de entregarla.

Coordinador del Convenio Marco

El adjudicatario, deberá nombrar un coordinador del convenio marco, el que deberá ser informado a través del formulario que la DCCP destine para estos efectos, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firma del presente convenio. El desempeño de su cometido deberá ser:

1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Convenio.

2. Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes.

3. Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio.

4. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación de este convenio con la Institución que requiera sus productos. 

Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado a la DCCP y a la Entidad correspondiente, por el representante legal del Adjudicatario.

Responsabilidad del Adjudicatario

Durante la vigencia del Convenio Marco, el adjudicatario deberá administrar y mantener el catálogo de productos adjudicados, lo cual implicará las siguientes responsabilidades: 

1. Entregar toda la información que sea necesaria para la catalogación de los servicios adjudicados, tales como descripciones, especificaciones, fotografías u otros datos que correspondan, en los plazos y formatos establecidos por la DCCP. Para estos efectos, el Adjudicatario podrá trabajar en forma directa, o a través de alguna fábrica de contenidos disponible en el mercado, cuya elección será de su absoluta responsabilidad.

2. Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para mantener actualizados los servicios catalogados y sus respectivas condiciones comerciales y técnicas (n° de cupos, horarios, turnos, etc.), asegurando que las Entidades dispongan siempre de los mejores precios y de listas de servicios vigentes, de manera de evitar problemas por productos discontinuados o por falta de stock.

3. Incorporar al catálogo aquellos ítems o servicios licitados en este proceso y adjudicados al proveedor, de los cuales se tenga conocimiento que son de interés de las Entidades.

4. Conocer y operar adecuadamente el sistema de administración de catálogo, disponible para los proveedores de convenio marco, a través del sitio www.mercadopublico.cl.

5. Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la DCCP y/o las Entidades en un máximo de 24 horas.

6. Los proveedores deberán asegurar la catalogación de su oferta, disponiendo de los recursos humanos necesarios para que esto se materialice.

7. El adjudicatario será jurídicamente responsable del manejo y protección del paciente, durante todo su tratamiento y traslado. Por consiguiente, FONASA y el establecimiento derivador, no estarán obligados en virtud del presente Convenio, que se suscriba para la compra de servicios de diálisis, al pago de las indemnizaciones que resulten de las demandas interpuestas en contra del Centro de diálisis adjudicado, por los servicios licitados. Por lo anterior, el Centro de diálisis adjudicado, bajo ninguna circunstancia, podrá traspasar o encomendar a terceros las obligaciones que le corresponden, por atenciones otorgadas a los beneficiarios de FONASA, salvo las excepciones indicadas en el punto “Subcontratación de las bases de licitación”.

8. Respecto de aquellos prestadores que adjuntaron un convenio con alguna institución para realizar  exámenes, el centro de diálisis adjudicado deberá presentar la respectiva autorización sanitaria para toma de muestras, y en ningún caso significa que el paciente salga del ámbito del cuidado y responsabilidad del centro de diálisis adjudicado.

9. Se deja claramente establecido, que desde que el paciente ingresa a las dependencias del prestador en convenio, su tratamiento y protección es de su exclusiva responsabilidad y riesgo, estando obligado a adoptar todas y cada una de las medidas que sean necesarias para resguardar su salud, y otorgar los procedimientos convenidos, en condiciones seguras y óptimas.

Comisión Derivadora

La derivación de pacientes hacia los distintos centros de atención (Sedes) adjudicados por esta licitación, será responsabilidad de una “Comisión Derivadora”, que para estos efectos funciona en los  establecimientos públicos derivadores de los Servicios de Salud. Dicha Comisión tendrá, entre sus funciones, asignar o derivar los pacientes con IRCT hacia los centros de diálisis adjudicados, que conforman la red de servicios de diálisis, de acuerdo a los cupos disponibles, pautas y procedimientos determinados para estos efectos, velando que el proceso de derivación se realice de manera transparente, oportuna e imparcial.  Con todo, los integrantes de esta Comisión Derivadora, conforme a las normas de probidad, no podrán formar parte como  socio o tener vínculos familiares, laborales, comerciales, administrativas y/o de gestión con los socios o representante legal, Director Técnico de los centros privados con los que celebren convenios. La Comisión Derivadora, estará conformada con a lo menos tres profesionales de salud relacionados con la materia, uno de los cuales deberá ser el Director del Hospital.  

Los pacientes que requieran tratamientos de diálisis, serán referidos o derivados directamente a los centros de diálisis adjudicados por la Comisión Derivadora del hospital de origen del paciente, señalada en el numeral precedente, mediante un “Formulario de Informe del Proceso Diagnóstico” (IPD)  (Anexo B) y su respectiva “orden de atención” (Anexo A) que debe consignar el tipo de tratamiento y fecha de derivación. Además, de indicar la fecha máxima en que deberá iniciar dicho tratamiento. Los formularios serán entregados al beneficiario junto con un informe médico que contendrá los antecedentes del paciente y la pauta de tratamiento indicada por el médico tratante del establecimiento derivador, para ser presentado ante el centro privado adjudicado.  

El inicio del tratamiento deberá realizarse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de derivación, la que quedará consignada en la “Orden de Atención” (Anexo A). El Centro de diálisis adjudicado, está obligado a informar por escrito la fecha de la primera sesión de diálisis al establecimiento derivador, en un plazo no superior a las 48 hrs. Todo lo anterior debe quedar consignado en la respectiva ficha clínica. 

El establecimiento derivador, deberá contactarse y enviar la documentación correspondiente,  al Coordinador del centro de diálisis adjudicado, con copia al Coordinador del Convenio de la Dirección Zonal correspondiente, a través de algún medio de comunicación (oficio, correo electrónico, fax u otro medio de comunicación), con el objeto de optimizar el procedimiento de derivación y traslado en caso necesario. 

Los centros de diálisis adjudicados, con el fin de optimizar el procedimiento de derivación, deberán semanalmente informar a las Comisiones Derivadoras, la existencia de cupos disponibles en su centro, vía correo electrónico, fax u otro medio de comunicación,  con el fin de hacer más expedita y óptima la derivación de los pacientes con IRCT. Dejase establecido que los cupos que el centro ponga a disposición para el convenio, deberán corresponder como máximo al número de cupos ofertados y con autorización sanitaria vigente. 

Los centros adjudicados deberán verificar que el paciente derivado ingrese a su tratamiento con   acceso vascular para hemodiálisis según lo señalado en los párrafos anteriores  y no presentar patologías concomitantes que impidan comenzar el tratamiento de diálisis en forma inmediata. En aquellos casos que no se cumpla lo establecido deberá ser informado al establecimiento derivador. 

Todo paciente, tendrá derecho a solicitar a la Comisión Derivadora fundadamente, hasta dos (2) cambios de centro en el transcurso del año calendario, los que deberán realizarse a contar del primer día de un mes, por lo que deberán ser solicitados dentro de los 15 primeros días del mes inmediatamente anterior. Estos casos, deberán ser informados por el Hospital Derivador al Coordinador del centro de diálisis adjudicado, y al Coordinador del Convenio Marco de Diálisis de FONASA, en la respectiva Dirección Zonal. 

Las Comisiones Derivadoras, considerarán los siguientes criterios de derivación para la distribución de pacientes en los distintos centros adjudicados, los que tendrán el siguiente orden de prelación, sin perjuicio de la capacidad de cupos disponibles de cada centro: 

  • Puntaje evaluación de oferta técnica
  • Cercanía geográfica domicilio o lugar de trabajo del paciente
  • Experiencia con la gestión del centro, conforme a los resultados de la evaluación técnica de la oferta.
  • Criterio de excepción, en los casos en que el paciente presente como condición epidemiológica ser portador de hepatitis B, seleccionar el centro o los centros que cuenten con equipos especialmente destinados para estos pacientes.
  • Puntaje adicional en otros beneficios sin costo.  

Lo anterior, significa que no se garantiza derivación mínima de pacientes a centro alguno.

Supervisor del Convenio Marco

Para una mejor ejecución del convenio y de manera de asegurar el cabal cumplimiento de estas bases administrativas – técnicas y condiciones contractuales, FONASA designará un Supervisor del Convenio. 

Dicha responsabilidad recaerá en el Jefe del Subdepartamento de Gestión Comercial  Privados de FONASA, quien a su vez nombrara como supervisor suplente a un funcionario designado por éste, quien será el encargado de cumplir con las obligaciones que se impongan en las Bases Administrativas y Técnicas del Convenio Marco. En el desempeño de su cometido, el Supervisor del Contrato deberá, a lo menos realizar las siguientes funciones: 

  • Coordinar las acciones pertinentes entre el FONASA y el Coordinador del Centro oferente, dentro del área jurisdiccional de la Dirección Zonal de FONASA respectiva.
  • Monitorear y gestionar el cumplimiento de los plazos establecidos por contrato para el otorgamiento de las prestaciones licitadas. 
  • Monitorear la actividad y recursos ejecutados por los prestadores en convenio.
  • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago de los servicios de diálisis del Convenio Marco.
  • Fiscalizar el estricto cumplimiento del convenio, en todos sus aspectos.
  • Coordinar y ejecutar sanciones y aplicación de multas por incumplimiento al convenio.
  • Podrá determinar la asistencia y participación permanente o temporal de uno de funcionarios designados por el Supervisor del Convenio, a las reuniones de las  diversas Comisiones Derivadoras del país.
Cambios en el Servicio, Equipamiento e Infraestructura

A petición escrita y por razones fundadas de FONASA, el adjudicatario retirará de su equipo de atención para el otorgamiento del servicio contratado, por el presente Convenio, a cualquier miembro de su personal que desempeñe labores en materia de este contrato y lo reemplazará por otros que sean aceptables.

El adjudicatario tendrá plena y exclusiva responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones emanadas en virtud de las presentes bases y el respectivo contrato, no podrá subcontratar ni ceder, transferir o encomendar en forma alguna a terceras partes ninguno de los derechos u obligaciones estipulados en el presente contrato, salvo las excepciones indicadas en el punto “Subcontratación” de las bases de licitación”. 

Posterior a la adjudicación, cualquier cambio, modificación y/o actualización que desee realizar el adjudicatario, que afecte la información proporcionada en relación a nuevos profesionales, equipamiento o infraestructura, aumento de turnos de funcionamiento de la sede de atención, tendrá la obligación de informarlo por escrito a la Dirección Zonal de FONASA, correspondiente a su área jurisdiccional a través de su Coordinador, según los plazos que a continuación se indican: 

- Nuevos Profesionales: durante los 30 días de ocurrido el hecho.

- Modificaciones en  horarios, turnos y cupos: 30 días antes de efectuado el cambio.

- Equipamiento o Infraestructura: 30 días antes de efectuado el cambio. 

Lo anterior, dará origen a una evaluación y FONASA comunicará la decisión de autorizar o rechazar la solicitud, o en su defecto solicitar término anticipado del Convenio Marco. Por lo tanto, el adjudicatario deberá esperar la aprobación de FONASA, de acuerdo a los antecedentes presentados en la Dirección Zonal correspondiente, por el prestador privado. Si los documentos no cumplen con los requisitos establecidos se procederá a su devolución, por parte de FONASA  para que sean corregidos y reingresados por el adjudicatario.  En caso que FONASA haya autorizado los cambios propuestos, se deja expresa constancia que los cambios en los profesionales, infraestructura o equipos, deben cumplir con requisitos iguales o superiores a los exigidos en las presentes bases de licitación.

Entidades del SNSS requieran usar este convenio

En caso de que otra Institución Pública que no pertenezca al Sistema Nacional de Servicios de Salud, requiera comprar tratamientos de diálisis, podrá hacerlo a cualquiera de los proveedores del catálogo electrónico ChileCompra Express, pagando el servicio al prestador.  

Para todos los efectos legales estas Instituciones se relacionarán comercial y contractualmente de manera directa con cada proveedor.

Otras Entidades que requieran usar este convenio 

En caso de que otra Institución Pública que no pertenezca al Sistema Nacional de Servicios de Salud, requiera comprar tratamientos de diálisis, podrá hacerlo a cualquiera de los proveedores del catálogo electrónico ChileCompra Express, pagando el servicio al prestador.  

Para todos los efectos legales estas Instituciones se relacionarán comercial y contractualmente de manera directa con cada proveedor.

 

 

Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.  Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 

1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 

2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 

3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 

4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 

5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se deriven. 

6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 

7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 

8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas o convenios con terceros, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Comportamiento ético del adjudicatario
Sin perjuicio de lo señalado en lo relativo al Pacto de Integridad, el proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los servicios que resulten adjudicados en la presente propuesta, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito a una Entidad licitante, ejercer presiones de cualquier tipo a los encargados de convenio y personas que tengan relación con la administración del convenio marco o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético.
Autenticidad de los servicios
El proveedor que resulte adjudicado, deberá siempre entregar el servicio de acuerdo a la especificación técnica, marca y modelo que haya declarado en su oferta. La DCCP podrá en todo momento, requerir información a las Entidades compradoras acerca del cumplimiento de la presente cláusula, por sí o a través de asociaciones vinculadas a la industria.
Formalización del contrato
De acuerdo a la ley N° 20.641  (Ley de Presupuestos del Sector Público, año 2013), los contratos tipo contenidos en las bases de licitación (anexo N° 13) de Convenio Marco se entenderán perfeccionados una vez notificada a través del Sistema de Información, la adjudicación respectiva. No obstante ello, el respectivo adjudicatario no será incorporado al catálogo de productos  o servicios correspondientes al presente convenio marco, mientras no se inscriba en ChileProveedores ni entregue en forma íntegra y conforme los antecedentes solicitados en la presente cláusula.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
Posterior a los 6 meses de iniciado el convenio marco, el adjudicatario deberá acreditar mediante la presentación de declaración jurada, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Instancia de preguntas y respuestas y modificaciones a las bases

Preguntas y respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. La DCCP pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3.

Modificaciones a las bases

La DCCP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

 

Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

 

Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.