Requerimientos Técnicos y otras cláusulas |
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CLÁUSULA 1: REGLAMENTACIÓN Y FINANCIAMIENTO
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LA LICITACIÓN ESTARÁ SUJETA A LA LEY Nº 19.886, SOBRE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, LA REGLAMENTACIÓN DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES PÚBLICAS DENOMINADO “MERCADOPUBLICO”, DEJANDO ESTABLECIDO QUE SÓLO SE ADJUDICARÁ ESTA PROPUESTA A AQUEL OFERENTE QUE HAYA REALIZADO SU OFERTA A TRAVÉS DEL MENCIONADO SISTEMA ESTABLECIDO POR LA DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA.
ADEMÁS LA PRESENTE LICITACIÓN DEBERÁ CONSIDERAR LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACION DE SERVICIOS, Y MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE YUMBEL, LOS CUALES SE ENCUENTRAN DISPONIBLES EN EL PORTAL DE COMPRAS PÚBLICAS, O EN SU DEFECTO EN LA PÁGINA WEB DE LA MUNICIPALIDAD DE YUMBEL.
ESTA PROPUESTA SE REGIRÁ POR LAS PRESENTES BASES GENERALES Y LAS EVENTUALES ACLARACIONES POSTERIORES QUE ESTARÁN DISPONIBLES EN EL PORTAL MERCADO PUBLICO, EN LA OPORTUNIDAD QUE SEÑALA LA CALENDARIZACIÓN.
TODOS LOS ANTECEDENTES QUE CONFORMAN PARTE DE LA PRESENTE LICITACIÓN PÚBLICA DEBE ENTENDERSE QUE SON DE CARÁCTER COMPLEMENTARIO, SÓLO EN CASO DE DISCREPANCIA ENTRE ELLOS, ÉSTOS TENDRÁN LA SIGUIENTE PRELACIÓN:
PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
a) ACLARACIONES
b) BASES GENERALES
c) OFERTA
d) ORDEN DE COMPRA
FINANCIAMIENTO
LAS ADQUISICIONES SE IMPUTARÁN CON CARGO AL SUBTÍTULO 22, ITEM 04, ASIGNACIÓN 004 “PRODUCTOS FARMACEUTICOS”, DEL PRESUPUESTO DEL DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL VIGENTE.
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CLÁUSULA 2: PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
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LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA SE REALIZARÁ DE LA FORMA Y CON LOS CONTENIDOS QUE SE DETALLAN EN LA PRESENTE CLÁUSULA. EN CASO QUE LA MUNICIPALIDAD, AL MOMENTO DE ESTUDIAR LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA, OBSERVA QUE ESTOS NO CORRESPONDEN A LO REALMENTE SOLICITADO O NO INCLUYERAN. EN FORMA ÍNTEGRA LA INFORMACIÓN REQUERIDA O EN GENERAL NO SE AJUSTARA A LO EXIGIDO EN LAS PRESENTES BASES, Y/O POSIBLES ACLARACIONES, SERÁ CAUSAL PARA CONSIDERAR AL PROPONENTE FUERA DE BASES.
EN ESTE SENTIDO, LOS ARCHIVOS Y/O DOCUMENTOS ANEXOS QUE SEAN ADJUNTADOS EN EL PROCESO DE ACLARACIONES (SI LAS HUBIEREN) QUE SE EMITAN EN EL PERIODO ESTIPULADO EN EL CALENDARIO DE LICITACIÓN SON CONSIDERADAS COMO DOCUMENTO(S) OFICIAL(ES), DE ESTE MODO, SE ENTENDERÁN CONOCIDAS POR LOS OFERENTES QUE PRESENTEN INTERÉS POR REALIZAR OFERTAS EN EL PORTAL MERCADO PUBLICO.
LOS DOCUMENTOS SEÑALADOS EN LA PRESENTE CLÁUSULA NO PODRÁN PRESENTAR ENMENDADURAS DE NINGUNA CLASE. EN NINGÚN CASO SE PODRÁ ACEPTAR QUE FALTE ALGÚN DOCUMENTO EXIGIDO EN LA PRESENTE CLÁUSULA, EN CASO CONTRARIO EL OFERENTE QUEDARÁ FUERA DE BASES.
ETAPA 1 : OFERTA ECONÓMICA EN EL PORTAL MERCADO PUBLICO
LAS OFERTAS ECONÓMICAS SE RECIBIRÁN A TRAVÉS DEL PORTAL DE MERCADO PUBLICO, EL MONTO TOTAL CON IMPUESTO NO PODRÁ EXCEDER EL PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE INDICADO.
ESTAS OFERTAS SERÁN RECEPCIONADAS EN DICHO SITIO WEB SÓLO EN LOS PLAZOS CONTEMPLADOS, PARA ELLO SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE ADJUNTAR EL FORMULARIO, QUE SE DETALLA A CONTINUACION:
FORMULARIO ÚNICO DE POSTULACIÓN: IDENTIFICACIÓN COMPLETA DEL OFERENTE O RAZÓN SOCIAL Y PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, DONDE SE DEBERÁ INDICAR PLAZO DE ENTREGA Y VENCIMIENTOS DE ESTOS.
DESPUÉS DE LA HORA INDICADA NO SE ACEPTARÁN NUEVAS OFERTAS O COMPLEMENTACIÓN DE LAS QUE SE HUBIEREN PRESENTADO.
IMPORTANTE DE CONSIDERAR
PARA PODER HACER EFECTIVA EN EL SISTEMA DE COMPRAS PÚBLICAS EL OFERENTE DEBERÁ INGRESAR SU OFERTA EN EL PORTAL, CONSIDERANDO LA PRESENTE CLÁUSULA; ADEMÁS DEBE ADJUNTAR COMO REQUISITO OBLIGATORIO LOS DOCUMENTOS AQUÍ MENCIONADOS.
QUIENES NO ENTREGUEN DICHOS ANTECEDENTES OBLIGATORIOS QUEDARAN FUERA DE LA PRESENTE PROPUESTA.
ESTE REQUISITO ES OBLIGATORIO, TANTO PARA LOS OFERENTES QUE SE ENCUENTRAN INSCRITOS EN EL REGISTRO DE CHILEPROVEEDORES, COMO PARA AQUELLOS QUE NO ESTÁN INSCRITOS.
HABILIDAD PARA SER CONTRATADO (SÓLO PARA OFERENTES QUE NO SE ENCUENTREN INSCRITOS DE CHILEPROVEEDORES)
CABE HACER PRESENTE QUE AQUELLOS OFERENTES QUE NO CUMPLAN CON LA HABILIDAD PARA SER CONTRATADOS POR ORGANISMOS DEL ESTADO, LES SERÁ EXIGIDO LOS CERTIFICADOS DE HABILIDAD, LOS CUALES DICEN RELACION CON:
- DECLARACIÓN JURADA SIMPLE, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL, ASEVERANDO NO HABER SIDO CONDENADO POR CUALQUIERA DE LOS DELITOS DE COHECHO CONTEMPLADOS EN EL TÍTULO V DEL LIBRO SEGUNDO DEL CÓDIGO PENAL.
- CERTIFICADO EMITIDO POR LA TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (SE PUEDE SOLICITAR EN CUALQUIER TESORERÍA REGIONAL O PROVINCIAL), CON NO MÁS DE 60 DÍAS DE ANTELACIÓN A LA FECHA DE LA APERTURA DE LAS PROPUESTAS, ACREDITANDO NO REGISTRA UNA O MÁS DEUDAS TRIBUTARIAS POR UN MONTO TOTAL SUPERIOR A 500 UTM POR MÁS DE UN AÑO, O SUPERIOR A 200 UTM E INFERIOR A 500 UTM POR UN PERÍODO SUPERIOR A 2 AÑOS, SIN QUE EXISTA UN CONVENIO DE PAGO VIGENTE.
- ÚLTIMO BOLETÍN LABORAL Y PREVISIONAL DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO, O CERTIFICADO DICOM LABORAL, CON NO MÁS DE 30 DÍAS DE ANTELACIÓN A LA FECHA DE LA APERTURA DE LAS PROPUESTAS, NO DEBIENDO REGISTRAR DEUDA PROVISIONALES O DE SALUD POR MÁS DE 12 MESES POR SUS TRABAJADORES DEPENDIENTES.
- DECLARACIÓN JURADA SIMPLE, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL, ASEVERANDO NO TENER SENTENCIA JUDICIAL EJECUTORIADA EN SU CONTRA POR PRESENTACIÓN DE UNO O MÁS DOCUMENTOS FALSOS AL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES.
- DECLARACIÓN JURADA SIMPLE, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL, ASEVERANDO NO HABER SIDO DECLARADO EN QUIEBRA, POR SENTENCIA JUDICIAL EJECUTORIADA, POR MOTIVOS DE DEUDAS.
- DECLARACIÓN JURADA SIMPLE, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL, ASEVERANDO NO HABER SIDO ELIMINADO O ENCONTRARSE SUSPENDIDO DEL REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES POR RESOLUCIÓN FUNDADA DE LA DIRECCIÓN DE COMPRAS.
- CERTIFICADO EMITIDO POR LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO, CON NO MÁS DE 30 DÍAS DE ANTELACIÓN A LA FECHA DE LA APERTURA DE LAS PROPUESTAS, ACREDITANDO NO HABER SIDO CONDENADO POR PRÁCTICAS ANTISINDICALES O INFRACCIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR.
- CERTIFICADO EMITIDO POR LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO, CON NO MÁS DE 30 DÍAS DE ANTELACIÓN A LA FECHA DE LA APERTURA DE LAS PROPUESTAS, ACREDITANDO NO REGISTRAR CONDENAS ASOCIADA A RESPONSABILIDAD PENAL JURÍDICA POR PRÁCTICAS ANTISINDICALES O INFRACCIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR.
LAS DECLARACIONES JURADAS SE PODRÁN PRESENTAR EN UN SOLO DOCUMENTO, AL IGUAL QUE LOS CERTIFICADOS EMITIDOS POR LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO.
DICHAS CERTIFICACIONES PODRÁN SER ENTREGADAS DE LA SIGUIENTE FORMA:
OPCIÓN 1: AL INGRESAR SU OFERTA POR EL SISTEMA DE COMPRAS PÚBLICAS, PARA LO CUAL LAS CERTIFICACIONES DEBERÁN SER ESCANEADAS E INGRESADAS AL PORTAL COMO DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS ANTES DEL CIERRE DE LA PROPUESTA; O BIEN
OPCIÓN 2: AL MOMENTO DE FIRMAR EL RESPECTIVO CONTRATO, EL OFERENTE ADJUDICADO, DEBERÁ ENTREGAR A LA UNIDAD MUNICIPAL REQUIRENTE LAS CERTIFICACIONES SEÑALADAS ANTERIORMENTE, EN FORMATO PAPEL Y EN ORIGINAL.
ES IMPORTANTE HACER PRESENTE QUE:
- SE INDICA EXPRESAMENTE AL CONTRATISTA O PROVEEDOR ADJUDICADO QUE LA MUNICIPALIDAD DE YUMBEL NO PODRÁ SUSCRIBIR CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE PROVISIÓN DE BIENES O PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON LOS FUNCIONARIOS DE ESTA MUNICIPALIDAD HASTA EL NIVEL DE JEFATURA O SU EQUIVALENTE, NI CON PERSONAS UNIDAS A ELLOS POR LOS VÍNCULOS DE PARENTESCO DESCRITOS EN LA LETRA B) DEL ARTÍCULO 54 DE LA LEY N° 18.575, LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, NI CON SOCIEDADES DE PERSONAS DE LAS QUE AQUÉLLOS O ÉSTAS FORMEN PARTE, NI CON SOCIEDADES COMANDITAS POR ACCIONES O ANÓNIMAS CERRADAS EN QUE AQUÉLLOS O ÉSTAS SEAN ACCIONISTAS, NI CON SOCIEDADES ANÓNIMAS ABIERTAS EN QUE AQUÉLLOS O ÉSTAS SEAN DUEÑOS DE ACCIONES QUE REPRESENTEN EL 10% O MÁS DEL CAPITAL, NI CON LOS GERENTES, ADMINISTRADORES, REPRESENTANTES O DIRECTORES DE CUALQUIERA DE LAS SOCIEDADES ANTEDICHAS.
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CLÁUSULA 3: ENTREGA Y APERTURA DE LA PROPUESTA
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LOS ARCHIVOS MENCIONADOS ANTERIORMENTE (ETAPA 1) SE RECIBIRÁN SÓLO HASTA LA FECHA Y HORA DE CIERRE INDICADA EN EL CALENDARIO DE LICITACION, POSTERIOR A ELLO SE REALIZARÁ LA APERTURA DE LOS ANTECEDENTES.
DE TODO LO ACTUADO SE LEVANTARÁ UN ACTA CORRESPONDIENTE A LA APERTURA ELECTRÓNICA OFERTAS, QUE EL SISTEMA MERCADO PUBLICO EVACUA AL PORTAL.
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CLÁUSULA 4: CONSULTAS Y ACLARACIONES
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DURANTE EL PERIODO DE PUBLICACIÓN DE LA LICITACIÓN
LOS OFERENTES PODRÁN FORMULAR CONSULTAS EXCLUSIVAMENTE EN EL HORARIO Y FECHAS ESTIPULADAS EN EL CALENDARIO DE LICITACIÓN, ACTIVIDAD QUE DEBE EFECTUARSE A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADOPUBLICO, DESPUÉS DE LA CITADA HORA NO SE RESPONDERÁ NINGUNA CONSULTA; Y LAS RESPUESTAS Y ACLARACIONES ESTARÁN A DISPOSICIÓN DE LOS PARTICIPANTES EN EL MOMENTO CITADO EN DICHO CALENDARIO.
LOS PROPONENTES SERÁN RESPONSABLES DE REVISAR EN EL PORTAL LAS RESPUESTAS EMITIDAS.
EN TODO CASO, TODAS LAS CONSULTAS RELACIONADAS CON LA PRESENTE LICITACIÓN, DEBERÁN HACERSE POR ESCRITO A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADOPUBLICO, EN LA FORMA Y PLAZO ESTABLECIDOS. POR LO TANTO, SOLO LAS RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES EMITIDAS POR ESTE MEDIO SE ENTENDERÁN COMO OFICIALES.
RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
POSTERIOR A LA PUBLICACIÓN DEL DECRETO DE AJUDICACIÓN (O BIEN DECLARADAS INADMISIBLES Y/O DESIERTAS) LOS OFERENTES PARTICIPANTES PODRÁN FORMULAR CONSULTAS TELEFÓNICAS O CORREOS ELECTRÓNICOS RELACIONADOS CON EL RESULTADO DE LA LICITACIÓN AL CONTACTO SEÑALADO EN LAS PRESENTES BASES GENERALES POR UN PERIODO CONTEMPLADO DESDE EL DÍA DE ADJUDICACIÓN EN EL PORTAL Y HASTA CINCO DÍAS HÁBILES DESPÚES DE DICHA FECHA.
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CLÁUSULA 5: EVALUACION Y ADJUDICACION DE LA PROPUESTA
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La Comisión Evaluadora, FORMADA POR DIRECTORA DE CESFAM FRANCISCO VIDAL MUÑOZ, QUIMICO FARMACEUTICO CESFAM Y EL ENCARGADO DE ADQUISICIONES, QUIENES TENDRÁN un plazo de 10 días corridos, a contar de la fecha de la apertura, para emitir el Informe Técnico correspondiente, el cual podrá proponer desechar o seleccionar alguna de las propuestas. Este informe se someterá a consideración del PROFESIONAL SECPLAN, después de lo cual se podrá dictar el Decreto de adjudicación correspondiente.
LA COMISIÓN SE RESERVA EL DERECHO DE SOLICITAR A LOS OFERENTES ACLARACIONES DE LOS ANTECEDENTES DE SUS PROPUESTAS, ESPECÍFICAMENTE EN ALGUNOS PUNTOS QUE PRESENTEN DUDAS, PARA PERMITIR UNA MEJOR EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. ENTIENDASE EN ESTE PUNTO, QUE SOLO SE PODRAN ACLARAR LOS DOCUMENTOS YA INGRESADOS EN LA PROPUESTA Y NO AGREGAR OTROS ANTECEDENTES ADICIONALES QUE HAYAN SIDO OBVIADOS DENTRO DEL PLAZO FIJADO PARA EL CIERRE DE LA PROPUESTA.
DICHAS ACLARACIONES DEBERÁN SER PRESENTADAS DENTRO DE UN PLAZO MÁXIMO DE 2 DÍAS CORRIDOS A CONTAR DEL REQUERIMIENTO.
LA MUNICIPALIDAD SE RESERVA EL DERECHO A RECHAZAR TODAS LAS OFERTAS UNA VEZ EVALUADAS, O ACEPTAR CUALQUIERA DE ELLAS, SEGÚN CALIFICACIÓN QUE REALICE LA COMISIÓN.
EN LA EVENTUALIDAD QUE SE PRESENTASE UN OFERENTE O SOLO UNO CUMPLIESE CON LO EXIGIDO, NO SE APLICARÁ LA SEÑALADA EVALUACIÓN, POR CUANTO, NO EXISTIRÍA PATRÓN DE COMPARACIÓN, SÓLO SE VERIFICARÁN EL FIEL CUMPLIMIENTO DE LOS ANTECEDENTES SOLICITADOS, Y QUE ESTA PROPUESTA REPRESENTE LOS INTERESES DE LA MUNICIPALIDAD.
TODAS LAS PROPUESTAS SELECCIONADAS PERMANECERÁN VIGENTES HASTA QUE EL OFERENTE ADJUDICADO HAYA FIRMADO CONTRATO CON LA MUNICIPALIDAD. EN TODO CASO, DICHA VIGENCIA NO PODRÁ SER SUPERIOR A 60 DÍAS CORRIDOS, PERÍODO QUE UNA VEZ VENCIDO POSIBILITARÁ EL DESISTIMIENTO AUTOMÁTICO DE LOS DEMÁS OFERENTES, SI ASÍ LO ESTIMAREN.
EN CASO DE QUE EL OFERENTE INDIQUE UN MONTO MÍNIMO DE DESPACHO, EL CUAL NO SE CUMPLA CON LAS LINEAS ADJUDICADAS, SE DECLARADA FUERA DE BASES DICHA OFERTA, DARA LA POSIBILIDAD DE ADJUDICAR AL PROVEEDOR QUE OBTENGA EL MAYOR PUNTAJE EN DICHA LINEA.
EN CASO DE EMPATES EN EL RESULTADO FINAL DE LA EVALUACIÓN, SE ADJUDICARÁ LA OFERTA DEL PROVEEDOR QUE OBTUVIERE UN MAYOR PUNTAJE EN EL FACTOR DE MÁS ALTA PONDERACIÓN SEGÚN ESTAS BASES, DE MANTENERSE LA SITUACIÓN SE ANALIZARÁ EL FACTOR QUE LE SIGUE EN PONDERACIÓN Y ASÍ SUCESIVAMENTE HASTA QUE SE PRODUZCA EL DESEMPATE, EN CASO DE EXISTIR UN NUEVO EMPATE SE OPTARÁ POR LA PROPUESTA DE MENOR COSTO, Y EN CASO QUE NO SEA POSIBLE EVALUAR LO ANTERIOR, Y PERSISTA EL EMPATE, SE ADJUDICARÁ LA OFERTA MÁS CONVENIENTE A LOS INTERESES MUNICIPALES SEGÚN LA CALIDAD DEL BIEN O SERVICIO A ADQUIRIR PRIVILEGIANDO LA OFERTA QUE PRESENTA UNA FECHA DE VENCIMIENTO SUPERIOR, CONSIDERANDO ADEMÁS LA EXPERIENCIA ANTERIOR DE LOS PROVEEDORES CON LA MUNICIPALIDAD DE YUMBEL, PRIVILEGIANDO LOS TRABAJOS Y SERVICIOS REALIZADOS EN FORMA MÁS SATISFACTORIOS.
ADJUDICACIÓN
LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN SE OFICIALIZARÁ MEDIANTE DECRETO ALCALDICIO, REQUISITO PREVIO PARA LA EMISIÓN DE LA RESPECTIVA ORDEN DE COMPRA.
LOS PROVEEDORES DEBERÁN ACEPTAR O RECHAZAR LAS ÓRDENES DE COMPRA (O.C.) RECIBIDAS POR EL SISTEMA DE ACUERDO AL CONTENIDO DE LAS MISMAS, SE DARA UN PLAZO MAXIMO DE 3 DIAS HABILES PARA LA ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA EN EL PORTAL MERCADO PUBLICO POR PARTE DEL PROVEEDOR, EN CASO QUE NO HAYA ACEPTADO LA O.C., LA MUNICIPALIDAD PODRÁ SOLICITAR SU RECHAZO, ENTENDIÉNDOSE DEFINITIVAMENTE RECHAZADA UNA VEZ TRANSCURRIDAS 24 HRS. DESDE DICHA SOLICITUD. POR LO TANTO, LOS PROPONENTES SERÁN RESPONSABLES DE REVISAR EN EL PORTAL LOS ANTECEDENTES DE ADJUDICACIÓN.
PLAZO DE ADJUDICACION
SERA EL PLAZO ESTABLECIDO EN LAS BASES, DE NO PODER CUMPLIR CON ESE PLAZO, ESTE SE AMPLIARÁ POR UN PERIODO DE 5 DÍAS HÁBILES, SITUACIÓN QUE SERA DEBIDAMENTE RESPALDADA EN EL PORTAL
READJUDICACIÓN
EN CASO QUE EL OFERENTE ADJUDICADO NO SUSCRIBIESE EL CONTRATO EN LOS PLAZOS SEÑALADOS, O BIEN, RECHAZARE LA ORDEN COMPRA, LA MUNICIPALIDAD PODRÁ DEJAR SIN EFECTO EL DECRETO DE ADJUDICACIÓN, EN CUYO CASO SE HARÁ EFECTIVO ADMINISTRATIVAMENTE EL DOCUMENTO DE GARANTÍA DE “SERIEDAD DE LA OFERTA”, EN CASO QUE DICHA CAUCIÓN HAYA SIDO SOLICITADA EN LAS RESPECTIVAS BASES, Y SE PROCEDERÁ A DICTAR UN NUEVO DECRETO ADJUDICANDO LA LICITACIÓN AL OFERENTE QUE ESTÉ UBICADO SEGUNDO EN EL RESPECTIVO INFORME DE EVALUACIÓN, O SI ESTE NO ACEPTA, AL TERCERO Y ASÍ SUCESIVAMENTE; O RECHAZARÁ TODAS LAS PROPUESTAS SI ELLO RESULTA CONVENIENTE PARA LOS INTERESES MUNICIPALES.
SI UNA VEZ ADJUDICADA UNA LICITACIÓN, E INFORMADA ÉSTA EN EL PORTAL, SE DETECTEN ERRORES, OMISIONES O FALTAS EN EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN, YA SEA DE PARTE DEL MUNICIPIO O DEL OFERENTE, SE DEBERÁ RETROTRAER AL MOMENTO QUE EN FORMA PREVIA DETERMINE EL DECRETO ALCALDICIO QUE ORDENA DICHO PROCEDIMIENTO. TODO LO ANTERIOR DEBERÁ REALIZARSE ANTES DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO O LA EMISIÓN DE LA RESPECTIVA ORDEN DE COMPRA.
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CLÁUSULA 6: PLAZOS Y MULTAS
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LOS PLAZOS MÁXIMOS DE ENTREGA DE LOS FÁRMACOS CONTEMPLADOS EN LA PRESENTE LICITACIÓN, SE REFIEREN AL PERIODO DE TIEMPO (EN DÍAS HÁBILES) EN QUE, EL PROVEEDOR ADJUDICADO PROPONE ENTREGAR LA TOTALIDAD DE LOS PRODUCTOS SOLICITADOS A LAS DEPENDENCIAS DE LA FARMACIA POPULAR, UBICADA EN CALLE O´HIGGINS N° 851 YUMBEL, DESDE LA ACEPTACIÓN DE LA RESPECTIVA ORDEN DE COMPRA, Y PARA ELLO SE CONSIDERAN 12 DIAS HÁBILES COMO PLAZO MÁXIMO, AQUELLAS OFERTAS QUE SUPEREN DICHO PLAZO QUEDARÁN FUERA DE LA PRESENTE PROPUESTA.
EN TODO CASO SE PODRÁ PROPONER UN PLAZO MENOR AL ESTABLECIDO EN LAS PRESENTES BASES.
POR TRATARSE DE UNA ADQUISICIÓN QUE INVOLUCRA UN PLAZO DE ENTREGA DE MEDICAMENTOS LICITADOS, QUE SERÁ ESTIPULADO POR EL OFERENTE ADJUDICADO, SE FIJARÁ UNA MULTA EN EL ATRASO SOBRE EL PLAZO OFERTADO, LO QUE SERÁ DEL 5% DEL VALOR DE LA LINEA ADJUDICADA, POR CADA DÍA HÁBIL DE DEMORA SOBRE EL TIEMPO CONTEMPLADO, CON UN TOPE DE HASTA 5 DÍAS HÁBILES CONFORME AL ART. 79 TER. DEL REGLAMENTO DE LA LEY N° 19.886, CANTIDAD QUE DEBE SER INGRESADA AL MUNICIPIO ANTES DEL RESPECTIVO PAGO O BIEN SE PODRA APLICAR LA MULTA A TRAVES DEL CORRESPONDIENTE DESCUENTO EN ESTADOS DE PAGO DE FACTURAS A LA EMPRESA. EN CASO DE QUE EL ATRASO PERDURE POR UN PERIODO SUPERIOR A 5 DÍAS HÁBILES, EL DEPARTAMENTO DE SALUD PODRÁ PONER TÉRMINO A LA ADQUISICIÓN ADJUDICADA, LO QUE SERÁ INFORMADO FUNDADAMENTE AL PORTAL MERCADO PUBLICO.
PROCEDIMIENTO DE COBRO DE MULTA: EN EL CASO DE INCUMPLIMIENTOS DE LA ENTREGA DE PRODUCTOS INDICADA EN LA CLÁUSULA 13 DE LAS PRESENTES BASES, EL SUPERVISOR GENERAL O SU SUBROGANTE, INFORMARÁ AL JEFE DE FINANZAS PARA QUE PROCEDA A NOTIFICAR POR ESCRITO AL DOMICILIO INFORMADO POR EL CONTRATISTA, A FIN DE QUE ESTE TOME CONOCIMIENTO DE LA MULTA Y DE LOS HECHOS EN QUE SE FUNDAMENTA PARA LO CUAL REMITIRÁ LOS ANTECEDENTES CORRESPONDIENTES.
EL ADJUDICADO PODRA INTERPONER RECURSO DE REPOSICIÓN ANTE EL SR. ALCALDE, DURANTE LOS DOS DIAS HÁBILES SIGUIENTES A LA FECHA DE NOTIFICACION. RECIBIDA LA SOLICITUD DE REPOSICION DEL PROVEEDOR, DICHA AUTORIDAD, POR SU PARTE, DEBERA RESOLVER EN UN PLAZO MAXIMO DE 05 DÍAS HÁBILES. CON LOS ANTECEDENTES QUE ESTA UNIDAD DISPONGA Y LOS QUE EL PROVEEDOR HAYA APORTADO. SE DICTARÁ EL ACTO ADMINISTRATIVO QUE SE PRONUNCIARÁ SOBRE LOS HECHOS, LA SANCION Y SU CUANTÍA, LA QUE SERÁ DEBIDAMENTE NOTIFICADA AL PROVEEDOR EN LOS TERMINOS SEÑALADO EN PARRAFOS ANTERIORES.
SI EL OFERENTE SE ENFRENTARA A SITUACIONES FORTUITAS QUE LE IMPIDAN REALIZAR LA ENTREGA DENTRO DE LOS PLAZOS COMPROMETIDOS INFORMARÁ POR ESCRITO SOBRE LA SITUACIÓN A FIN DE QUE SE SUPERVISE POR PARTE DEL MUNICIPIO Y SI LA SITUACIÓN ES JUSTIFICADA NO SERÁ SUJETO A MULTAS.
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CLÁUSULA 7: DE LA ORDEN DE COMPRA
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LA ORDEN DE COMPRA SERÁ EL MEDIO POR EL CUAL EL DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL DE YUMBEL COMPROMETE AL PROVEEDOR A DESARROLLAR LA ADQUISICIÓN, POR TANTO SU ACEPTACIÓN OBLIGA AL OFERENTE ADJUDICADO A REALIZAR EN FORMA ÍNTEGRA LA LICITACIÓN, DE ACUERDO A LAS BASES Y SU CORRESPONDIENTE OFERTA.
CON ELLO, EL ADJUDICADO ES EL ÚNICO RESPONSABLE DE TODAS LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS CON EL DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL EN VIRTUD DE ESTA ORDEN DE COMPRA Y LAS PRESENTES BASES CON TODA SU DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.
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CLÁUSULA 8: FORMA DE PAGO
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LA LICITACIÓN ADJUDICADA SERÁ PAGADA DE LA SIGUIENTE FORMA:
SE CANCELARÁ MEDIANTE UN SOLO ESTADO DE PAGO DE UN 100% DEL MONTO OFERTADO UNA VEZ QUE SEA RECEPCIONADO CONFORME POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL DE YUMBEL. UNA VEZ CUMPLIDO LO ANTERIOR SE DEBERA HACER LLEGAR FACTURA A NOMBRE DEL DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL DE YUMBEL, CALLE O`HIGGINS Nº 851 YUMBEL, RUT Nº 69.150.901-K.
TANTO LA(S) GUIA(S) DE DESPACHO(S) COMO LA(S) FACTURA(S) DEBERAN INDICAR ADEMÁS LA ID DE LA LICITACIÓN CORRESPONDIENTE.
EN GENERAL SE DEBERÁN CUMPLIR, AL MENOS, CON TODO LO INDICADO EN CLÁUSULA 13.
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CLÁUSULA 9: DEL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA ADQUISICIÓN
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EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO POR PARTE DEL ADJUDICADO, SE PODRÁ PONER TÉRMINO ANTICIPADAMENTE A ÉSTE MEDIANTE DECRETO ALCALDICIO FUNDADO. EN ESTE CASO EL DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL DE YUMBEL, NOTIFICARÁ, DICHO DOCUMENTO ADMINISTRATIVO, A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADO PUBLICO AL ADJUDICADO DE LA DECISIÓN DE PONER TÉRMINO ANTICIPADO UNILATERALMENTE A LA ADQUISICIÓN, SIN INTERVENCIÓN DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA NI ARBITRAJES, EN LOS SIGUIENTES CASOS:
- NEGATIVA A CONFIRMAR ORDEN DE COMPRA
- INCUMPLIMIENTO GRAVE DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS POR ESTAS BASES, CONSULTAS Y ACLARACIONES Y POR LA OFERTA ECONÓMICA, CALIFICADAS POR LA MUNICIPALIDAD.
- DECLARACIÓN DE QUIEBRA DEL ADJUDICADO.
- FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO DEBIDAMENTE JUSTIFICADO.
- FALLECIMIENTO DEL CONTRATADO, SI ES PERSONA NATURAL, O DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD, SI SE TRATA DE UNA PERSONA JURÍDICA.
- CUANDO LO EXIJA EL INTERÉS PÚBLICO O LA SEGURIDAD NACIONAL.
SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, SE PODRÁ PONER TÉRMINO ANTICIPADO A LA ORDEN DE COMPRA POR MUTUO ACUERDO DE LAS PARTES, LO CUAL SERÁ DECRETADO FUNDADAMENTE Y NOTIFICADO AL PORTAL MERCADOPUBLICO.
EN RELACIÓN A LA LEY Nº 20.238, QUE MODIFICA LA LEY Nº 19.886, ASEGURANDO LA PROTECCIÓN DE LOS TRABAJADORES Y LA LIBRE COMPETENCIA EN LA PROVISIÓN DE BIENES Y SERVICIOS A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, SE DEBE TENER PRESENTE QUE:
- QUEDARÁN EXCLUIDOS QUIENES, AL MOMENTO DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, DE LA FORMULACIÓN DE LA PROPUESTA O DE LA SUSCRIPCIÓN DE LA CONVENCIÓN, SEGÚN SE TRATE DE LICITACIONES PÚBLICAS, PRIVADAS O CONTRATACIÓN DIRECTA, HAYAN SIDO CONDENADOS POR PRÁCTICAS ANTISINDICALES O INFRACCIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR, DENTRO DE LOS ANTERIORES DOS AÑOS.
- EN CASO DE QUE LA EMPRESA QUE OBTENGA LA LICITACIÓN O CELEBRE CONVENIO REGISTRE SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL CON SUS ACTUALES TRABAJADORES O CON TRABAJADORES CONTRATADOS EN LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS, LOS PRIMEROS ESTADOS DE PAGO PRODUCTO DEL CONTRATO LICITADO DEBERÁN SER DESTINADOS AL PAGO DE DICHAS OBLIGACIONES, DEBIENDO LA EMPRESA ACREDITAR QUE LA TOTALIDAD DE LAS OBLIGACIONES SE ENCUENTRAN LIQUIDADAS AL CUMPLIRSE LA MITAD DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, CON UN MÁXIMO DE SEIS MESES. EN ESTE CASO LA MUNICIPALIDAD EXIGIRÁ QUE LA EMPRESA CONTRATADA PROCEDA A DICHOS PAGOS Y PRESENTE LOS COMPROBANTES Y PLANILLAS QUE DEMUESTREN EL TOTAL CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN. EL INCUMPLIMIENTO DE ESTAS OBLIGACIONES POR PARTE DE LA EMPRESA CONTRATADA, DARÁ DERECHO A DAR POR TERMINADO EL RESPECTIVO CONTRATO, PUDIENDO LLAMARSE A UNA NUEVA LICITACIÓN EN LA QUE LA EMPRESA REFERIDA NO PODRÁ PARTICIPAR.
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CLÁUSULA 10: OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO
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EL PROVEEDOR ADJUDICADO DEBERÁ CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS FARMACOS OFERTADOS, SIN DERECHO A INDEMNIZACIÓN DE NINGÚN TIPO POR IMPREVISTOS QUE SURJAN EN LA ETAPA PREVIA, DURANTE Y POSTERIOR A LA ENTREGA DE ESTOS.
SERA DE RESPONSABILIDAD Y CARGO EXCLUSIVO DEL PROVEEDOR EL PAGO DE CUALQUIER TIPO DE DERECHOS, PERMISOS, APORTES, TRIBUTOS E IMPUESTOS DE CUALQUIER INDOLE LA ADQUISICION DE MATERIALES, YA SEA CON SERVICIOS PUBLICOS, SECTOR PRIVADO, EMPRESAS DE SERVICIOS BASICOS (SEGÚN CORRESPONDA), COMO ASI TAMBIEN LAS MULTAS QUE PUDIESEN TENER COMO CAUSA O ANTECEDENTES DE TRANSGRESION POR PARTE DE AQUEL O DE SUS DEPENDIENTES A LAS LEYES, REGLAMENTOS U ORDENANZAS QUE REGULEN AQUELLAS.
POR OTRO LADO, EL PROVEEDOR ASUME TODOS LOS RIESGOS E IMPONDERABLES QUE SIGNIFIQUEN MAYORES COSTOS, CUALQUIERA SEA SU ORIGEN NATURALEZA O PROCEDENCIA.
EN GENERAL, SIN QUE ESTA NUMERACIÓN SEA TAXATIVA, EL PROVEEDOR DEBERÁ ASUMIR TODOS LOS GASTOS QUE IRROGUE EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE LICITACIÓN Y SU EJECUCIÓN, SEA DIRECTO, INDIRECTO O A CAUSA DE ÉL.
ASIMISMO, SERÁ DE CARGO DEL PROVEEDOR ADJUDICADO EL TRASLADO DE LOS RESPECTIVOS MATERIALES EN ALGÚN LUGAR ESTIPULADO POR LA SUPERVISIÓN PREVIAMENTE ACORDADO.
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CLÁUSULA 11: MODIFICACIÓN DE LA ADQUISICIÓN
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SE EFECTUARÁ SOLAMENTE CUANDO EXISTA ACUERDO MUTUO ENTRE EL DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL Y EL PROVEEDOR, SIN QUE ESTO SIGNIFIQUE MODIFICAR LAS PRESENTES BASES Y TRANSGREDIR LA LEGALIDAD VIGENTE, FUNDAMENTADO EN INFORME ESCRITO, LA QUE ESTARÁ SUJETA AL MISMO TRÁMITE DE APROBACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN ORIGINAL.
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CLÁUSULA 12: DE LA SUPERVISIÓN DE LA ADQUISICIONES
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LA EJECUCIÓN DE LAS ADQUISICIONES SERÁ SUPERVISADA POR LOS FUNCIONARIOS DE DEPARTAMENTO DE SALUD MUNICIPAL DE YUMBEL, SIN EMBARGO, LA SUPERVISIÓN, COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN DE LA LICITACIÓN RECAERÁ EN FUNCIONARIOS DE CESFAM FRANCISCO VIDAL MUÑOZ A QUIENES SE LES DEBERÁ MANTENER INFORMADO DEL DESARROLLO DE LA ADJUDICACIÓN.
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CLÁUSULA 13: DESCRIPCIÓN DE LAS ADQUISICIONES
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LA POSTULACION DEBE SER REALIZADA POR LINEAS SEGÚN EL SIGUIENTE DETALLE:
ARTÍCULO
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PEDIDO
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UNID. MEDIDA
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1
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CALCIO/VITAMINA D 500 MG MG/ 800 UI
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30.000
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COMPRIMIDOS
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LOS PRODUCTOS OBLIGATORIAMENTE DEBEN TENER UNA FECHA DE VENCIMIENTO DE A LO MENOS UN AÑO, SE CONSIDERARÁ DESDE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN.
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YANC/MACG/IARM/
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