La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas, aún cuando no sea la más baja, o de rechazarlas todas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento, no dando lugar a indemnización alguna.
En caso de EMPATES, el municipio posee la facultad de decidir y adjudicar al primer oferente
que ingresó su oferta al portal, (Fecha y Hora) www.mercadopublico.cl, el cual tendrá la prioridad el número uno de adjudicación, lo anterior con la correspondiente venia del Alcalde.