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OBJETIVO DE LA LICITACIÓN |
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La presente licitación se denomina “ADQUISICION 2 BUSES CON RAMPA INCLUSIVA PARA SLEP AYSÉN” DEL PROYECTO “REPOSICIÓN DE BUSES PARA TRANSPORTE ESCOLAR DEL SLEP AYSÉN”, CÓDIGO BIP 40063583-0 y tiene por objeto la reposición de 2 buses, destinados a funciones operativas, que benefician a las Escuelas Despertar de Puerto Aysén y España de Coyhaique, estos vehículos cumplirán con el servicio de traslado para los estudiantes en sus actividades escolares, para asegurar el acceso a la educación.
Las características completas de los bienes, servicios, componentes y adicionales se detallarán en extenso en el Capítulo IV Bases Técnicas y corresponden a:
CANTIDAD DESCRIPCIÓN
2 BUSES CON CAPACIDAD DE 17 ASIENTOS MÁS CONDUCTOR CON CAPACIDAD DE 4 ESPACIOS PARA SILLA DE RUEDAS, CON RAMPA INCLUSIVA
Estas bases de Licitación Pública se rigen por los principios del buen uso de los recursos públicos, principio de libre acceso a las licitaciones, de competencia, de publicidad y transparencia de los procedimientos, de igualdad de trato y no discriminación, de probidad y el valor por dinero.
Salvo que se exprese lo contrario, cada vez que se haga referencia a “días” o “días hábiles” sin más, se entenderán en conformidad al artículo 25 de la Ley N°19.880, es decir, días hábiles administrativos, entendiéndose que son inhábiles administrativos los días sábados, domingos y festivos en Chile.
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REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR |
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En conformidad al Reglamento de Compras Públicas, antes de enviar su propuesta los oferentes deben confirmar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
2. No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
3. Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
4. No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
5. No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
6. No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N°19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
7. Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
8. Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
9. Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos quinto y sexto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
10. No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Los oferentes deben acreditar no estar afecto a alguna causal de inhabilidad e incompatibilidad, para esto los oferentes, tanto personas naturales, jurídicas y UTP, deberán presentar una “Declaración Jurada de requisitos para ofertar”, la cual se genera en línea a través de www.mercadopublico.cl, en el último paso del módulo de presentación de su propuesta, donde se confirma el cumplimiento de los requisitos al momento de enviar una oferta o participar de un proceso de compra pública.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.”
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NORMATIVA LEGAL VIGENTE |
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Este proceso de licitación se sujeta, en lo pertinente, a la siguiente normativa:
A. Las presentes Bases, que regulan el proceso de licitación, contratación y ejecución de los bienes y/o servicios licitados, y recepción de estos. En caso de contradicción entre las Bases y cualquier otro documento asociado a la presente licitación, prevalecerán las Bases.
B. Ley N°19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, Decreto N°661 del año 2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba el reglamento de la Ley N°19.886.
C. Directivas e instrucciones emitidas por la Dirección de Compras Públicas.
D. Lo dispuesto en la Ley N° 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios e indicaciones del Oficio N°E444887/2024, emitido por la Contraloría General de la República, en el cual “Imparte Instrucciones sobre aspectos de la ley N°20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares antes autoridades y funcionarios”.
E. Ley N°19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
F. La Ley N°21.180 de Transformación Digital del Estado de fecha 11 de noviembre 2019; Oficio Ordinario N°1770 de la Subsecretaria General de la Presidencia que indica Sobre Plataforma de Comunicaciones Oficiales DocDigital de fecha 27 de noviembre 2019; Oficio Ordinario N°86 de la División de Gobierno Digital que indica Sobre Plataforma de Comunicaciones Oficiales DocDigital de fecha 16 de enero 2020 y sus actualizaciones.
G. Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos del Estado. (DTE) de la Dirección de Presupuestos.
H. El Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado SIGFE.
I. Demás normativa vigente.
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, la presente licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que se indica a continuación:
- Aclaraciones realizadas durante la etapa de “foro de preguntas” establecidas en el cronograma de licitación.
- Consultas y respuestas
- Las presentes bases administrativas y sus anexos
- Otros antecedentes Técnicos que se incluyan en la licitación
- Los términos de referencia / especificaciones técnicas
- Ficha de licitación publicada en el Portal Mercado Público.
- Modificaciones y aclaratorias publicadas en relación a las bases antes del cierre de recepción de ofertas, mediante resolución fundada.
- Modificación al cronograma de Licitación.
- La designación de la Comisión Evaluadora y sus modificaciones respecto de quienes reemplacen.
- Las ofertas de los proponentes y sus formularios y anexos de presentación
- Las aclaraciones de las ofertas a través del foro inverso, sin afectar el principio de estricta sujeción a las bases, libre concurrencia y de igualdad de los oferentes. Circunstancia que ocurrirá en la etapa de evaluación cuando sea necesario realizar preguntas y/o salvar errores u omisiones formales según se indica en la letra b) del artículo 18 de estas bases.
- El acta de apertura, admisibilidad y evaluación de licitación pública, realizada por la comisión evaluadora y su propuesta de adjudicación a la autoridad competente.
- La Resolución que aprueba la Adjudicación y/o declare Desierta la licitación pública.
- El contrato suscrito.
- La emisión y aceptación de orden de compra en el Portal www.mercadopublico.cl
- Resolución de Recepción conforme
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OFERENTES DE LA LICITACIÓN |
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Podrán participar de la presente licitación, todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de oferentes que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga la normativa vigente, que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad referidas en el artículo 5 de estas bases.
Los participantes, sean estas personas naturales o jurídicas, pueden actuar personalmente o representados por un tercero.
Los oferentes de la Licitación, deberán estar inscritos el en Registro de Proveedores del Estado y estar hábiles al momento de ofertar y contratar, conforme lo dispone la normativa.
Al momento de ofertar se deberá presentar la siguiente documentación, la cual es necesaria para que ésta Entidad pueda adjudicar en conformidad al artículo 58 inciso 8 del Reglamento de la Ley de Compras y en virtud del principio de economía procedimental:
Persona natural
Deberán presentar la documentación necesaria que acredite su existencia, la cual será:
• Fotocopia de cédula de identidad vigente.
• Fotocopia de Iniciación de Actividades, si corresponde.
Personas Jurídicas
Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, y al momento de ofertar deberán acreditar su existencia y vigencia mediante los siguientes documentos:
• Fotocopia Cédula de Identidad del representante legal.
• Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, del Registro de Comercio respectivo, de fecha no superior a seis meses, contado dese la fecha de cierre de presentación de ofertas, sin considerar sus eventuales aplazamientos
• Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 6 meses contados desde la fecha de cierre de presentación de ofertas, sin considerar sus eventuales aplazamientos, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
• En el caso de las personas jurídicas que se hayan acogido a las normas de la Ley N°20.659, les corresponderá presentar la certificación a que alude el Artículo 12 de dicha Ley, emitida por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o la Autoridad a quien se le haya delegado tal facultad, en conformidad con las disposiciones legales correspondientes. La vigencia de certificación debe ser de una fecha no superior a 6 meses, contados desde la fecha del cierre de la presentación de ofertas, sin considerar sus eventuales aplazamientos.
Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras deberán adjuntar información que permita determinar su nacionalidad, además al momento de la adjudicación deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandatario con poder suficiente, y cumplir con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
Unión Temporal De Proveedores.
La Unión Temporal de Proveedores (en adelante UTP) es un conjunto de empresas de menor tamaño que se unen para ofertar y suscribir el contrato en caso de resultar adjudicadas (artículo 51 de la ley 19.886).
Deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
A. Estar integrada por una o más empresas de menor tamaño. Se atenderá al artículo 2 de la ley N°20.416.
B. El objetivo es unirse para la presentación de una oferta.
C. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
D. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
E. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
F. Definir la forma de facturación de la Unión Temporal de Proveedores.
G. Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores va a tomar las garantías a nombre del Gobierno Regional de Aysén.
El documento en donde conste el acuerdo para participar de esta forma deberá presentarse al momento de ofertar. En este momento la UTP decidirá qué antecedentes se presentarán para ser considerados en la evaluación, siempre y cuando no signifique ocultar información relevante para la ejecución del contrato.
Se debe considerar que serán socios de esta Unión sólo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente incorporados en la presentación de las ofertas. Asimismo, se debe asegurar la presencia de cada uno de los miembros durante la ejecución del contrato.
Cada uno de los integrantes de la unión deberá estar inscrito y Hábil en el Registro de Proveedores. Cabe hacer presente que las inhabilidades afectan individualmente a cada uno de los oferentes de la Unión, por ende, cada uno de ellos debe estar hábil al momento de ofertar y contratar.
El incumplimiento de lo señalado precedentemente respecto de la UTP dará lugar a la inadmisibilidad de la oferta.
En caso de afectar un causal de inhabilidad a algún integrante de la UTP, ésta deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. Si la inhabilidad se produce durante la ejecución del contrato el integrante inhábil podrá ser reemplazo por otro propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las bases de licitación, y cuyos atributos no sean a criterio de la Entidad inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato.
Se procederá a la readjudicación de acuerdo al procedimiento establecido en las presentes Bases. Del mismo modo, si con posterioridad a la adjudicación y previo a la firma del contrato alguno de sus integrantes es inhábil.
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PRESUPUESTO REFERENCIAL |
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El Gobierno Regional de Aysén cuenta con un Presupuesto Referencial, para la adquisición de los bienes y todos sus costos asociados, por un monto total de $ 330.240.422.- (Trescientos treinta millones doscientos cuarenta mil cuatrocientos veintidós pesos), impuestos incluidos, para la adquisición de los siguientes equipos:
CANT DESCRIPCIÓN MONTO EN $
PRESUPUESTO REFERENCIAL (Impuestos Incluidos)
2 BUSES CON CAPACIDAD DE 17 ASIENTOS MÁS CONDUCTOR CON CAPACIDAD DE 4 ESPACIOS PARA SILLA DE RUEDAS, CON RAMPA INCLUSIVA
$ 330.240.422.-
Se entenderá por presupuesto referencial, aquel presupuesto que constituye un valor estimativo de la presente adquisición, y que permite a los oferentes consignar un precio mayor a dicho presupuesto.
Para el caso que la oferta más conveniente conforme a las bases contemple un precio mayor al presupuesto referencial, el Gobierno Regional, a través de sus procedimientos internos, procederá a autorizar o no la mayor disponibilidad presupuestaria, si corresponde. En caso de no autorizarse a mayor disponibilidad presupuestaria, el Gobierno Regional procederá a declarar la oferta como no conveniente para los intereses del Organismo.
El oferente deberá calcular en base a su propio análisis, los precios y gastos generales que se contraigan para proveer los Bienes solicitados, además de los costos asociados tales como viáticos, alojamiento, etc. para que los Buses que se requieren sean trasladados en Dependencias del Servicio Local de Educación Pública (SLEP AYSÉN), ubicado en la dirección: Calle José de Moraleda N°437, de la ciudad de Coyhaique, Comuna de Coyhaique, Región de Aysén, de acuerdo con las especificaciones técnicas desarrolladas en el Capítulo IV Bases Técnicas de esta Licitación.
La presente propuesta se contratará bajo modalidad de suma alzada, sin reajustes ni intereses.
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PLAZO Y LUGAR PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS |
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El plazo de entrega final de los bienes y/o servicios licitados será el indicado por el proveedor adjudicado en su propuesta en el Formulario H “PLAZO DE ENTREGA”, contados desde la fecha de la total tramitación de la Resolución que apruebe la suscripción del contrato, debiendo ser entregados la totalidad de los equipos a la Comisión designada para su recepción en Dependencias del Servicio Local de Educación Pública (SLEP AYSÉN), ubicado en la dirección: Calle José de Moraleda N°437, de la ciudad de Coyhaique, Comuna de Coyhaique, Región de Aysén,.
El transporte de los bienes y/o servicios hasta el destino final, deberá incluir todos los elementos necesarios accesorios e insumos; los gastos en que incurra por concepto de traslado tales como pasajes, viáticos, honorarios, estadías, pago de peajes y de cobros tags entre otros, que involucre la entrega de estos bienes y/o servicios.
El plazo es sin perjuicio de la prórroga que corresponda otorgar si se verificase alguna causal constitutiva de caso fortuito o fuerza mayor. Para esto, el oferente deberá poner en conocimiento de dicha circunstancia a más tardar dentro del tercer día hábil desde que ésta se configure, solicitando en el mismo acto la ampliación del plazo para la entrega, de acuerdo a los canales de comunicación establecidos en las presentes bases.
El incumplimiento por parte del oferente de su deber de dar aviso y de presentar la solicitud de prórroga en los términos indicados, se entenderá como simple atraso y hará procedente la aplicación Multas y Sanciones y/o el Término del Contrato según lo establecido en los artículos 27° y 28° de estas Bases, según corresponda.
El retraso injustificado o el rechazo que haga el Encargado de Contrato o la Comisión de Recepción, durante la entrega de los bienes que no cumplan con las condiciones establecidas en las Bases Técnicas y/o en Bases Administrativas, no darán derecho a prórroga alguna y hará procedente a la aplicación de multas y sanciones establecidas en estas Bases.
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CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
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a) Consultas y aclaraciones:
De conformidad a lo establecido en el Artículo 35 ter. de la Ley N°19.886 de Compras Públicas, se prohíbe la comunicación entre participantes e interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información en donde los oferentes tendrán la posibilidad de realizar consultas de carácter o técnico que estimen necesarias respecto a las Bases dentro los plazos establecidos en el cronograma.
Las consultas serán debidamente contestadas o aclaradas por la entidad licitante mediante el mismo Sistema de Información en el plazo indicado para ello. Preguntas y Respuestas que deberán ser aprobadas mediante Resolución Exenta que se publicará en el Sistema de Información, según se dispone el en artículo 108 del Decreto N°661 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras.
Las respuestas a las preguntas formuladas se considerarán parte integrante de las presentes bases de licitación, en conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.886.
b) Modificaciones de las bases:
La Entidad licitante podrá introducir modificaciones a las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y/o Anexos mediante acto administrativo fundado, el cual deberá ser sometido a control de legalidad ante la Entidad Fiscalizadora, según corresponda, lo que será informado oportunamente en el sitio www.mercadopublico.cl. Las modificaciones a las bases se podrán realizar hasta 48 horas antes del cierre de recepción de ofertas. En dicho evento se aumentará el plazo de cierre prudencialmente para presentar ofertas en un mínimo de 10 días hábiles administrativos una vez tomada de razón, según sea el caso, con la finalidad de que los interesados puedan adecuar sus ofertas.
Estas modificaciones de bases se realizarán, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta solicitada a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que éstas no impliquen otorgar ventajas indebidas y en plena observancia del principio de estricta sujeción a las bases.
En caso de que exista incongruencia o contradictoriedad entre la ficha ingresada en el Portal www.mercadopublico.cl y las bases administrativas, técnicas y sus anexos aprobados por la autoridad competente, primará lo que contienen las bases de esta licitación.
Sin embargo, esta entidad podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita, siempre que con ello no se afecten intereses de terceros.
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VIGENCIA Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS. |
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a) Vigencia de las ofertas
Las ofertas tendrán un plazo de validez de 90 días corridos, contados desde la fecha fijada para el cierre de recepción de ofertas de la licitación.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Gobierno Regional de Aysén podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de sus ofertas por otro periodo igual o según la necesidad de la entidad. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
b) Presentación de ofertas
Las ofertas y todos los antecedentes que le sustenten deberán ser ingresados en formato digital, a través del portal www.mercadopublico.cl, conforme lo dispuesto en el Artículo 13° de las presentes bases de licitación “Entrega de antecedentes de la licitación” y en formato papel las Garantías que no hayan sido emitidas en forma electrónica reguladas por la Ley N° 19.799.
Por la sola presentación de la propuesta se entenderá que el oferente acepta las presentes Bases, Términos Técnicos de Referencia, aclaraciones y todos los antecedentes que forman parte de la presente licitación.
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En consecuencia, será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas y anexos, así como constatar que el envío de su propuesta a través del Sistema de Información haya sido efectuado con éxito. Se recomienda verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Artículo 115 del Reglamento.
Una vez vencido el plazo de presentación de ofertas, los oferentes no podrán introducir correcciones ni enmiendas a su oferta. El Gobierno Regional de Aysén no se hace responsable por los errores contenidos en la oferta, los que deberán ser asumidos por el oferente íntegramente.
La omisión, distorsión o falsedad en cualquiera de los documentos o antecedentes presentados y requeridos en las Bases de Licitación, de los documentos que sustentan la oferta o la entrega de datos o información falsa, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada o para rescindir el Contrato cuando procediere, dictando la Resolución fundada correspondiente.
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ENTREGA DE ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN |
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Los documentos deben ser ingresados digitalmente al Portal www.mercadopúblico.cl, en idioma español, preferentemente en formato PDF o JPG, con el título del documento respectivo. (El nombre de cada archivo, debe indicar su contenido).
Se aceptarán formatos propios, siempre y cuando contengan la información mínima señalada en los formularios y/o anexos sugeridos.
Todos los formularios deberán presentarse debidamente firmados por el oferente o bien por su representante legal, en caso de UTP deberá tener poder suficiente para obligar a la UTP, por tanto los formularios deberán ser firmados por su Apoderado, un formato no editable.
Al tenor de los dispuesto en el artículo N°115 del Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, sólo podrán efectuarse los procesos de Compras y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información de acuerdo a las causales y circunstancias señaladas en este artículo.
ANEXOS ADMINISTRATIVOS
Formulario A: “Identificación del Oferente”
Deberán al momento de ofertar acompañar la documentación que se señala para acreditar la existencia de personas naturales, y la existencia y vigencia de poderes de personas jurídicas y el acuerdo en el caso de uniones temporales de Proveedores. Todo en conformidad al artículo 7 “Oferentes de la Licitación”. Sin perjuicio de lo anterior, en conformidad al artículo 21 “Formalidades” también se deberán acompañar antecedentes al momento de contratar, referidos a la existencia y vigencia de personas naturales y la existencia y vigencia de poderes de las personas jurídicas.
Formulario B “Declaración Jurada Simple de Socios”
Se deja constancia que la presentación de este Formulario es sólo para los oferentes que sean personas jurídicas o UTP. Deben indicarse hasta 12 socios de mayor participación que poseen mayor porcentaje. Para tal efecto, se cotejará información con Declaración Jurada de Socios y Accionistas en línea e integrada a SII, informada en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras.
Formulario C: “Declaración Jurada Simple de Estudio de Antecedentes y Conocimiento de Bases y sus modificaciones”
En caso de ser el oferente una UTP, el formulario deberá ser firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
Formulario D: “Declaración Jurada Simple de Cumplimiento del Pacto de Integridad”
Mediante ésta el oferente se obliga a cumplir con todos y cada uno de los compromisos contenidos en el Artículo 29 de las Bases, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
En caso de ser el oferente una UTP, el formulario deberá ser firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
Formulario E: “Declaración Jurada Simple sobre Programa(s) de Integridad y Compliance”
De acuerdo a lo señalado en el Dictamen sobre medidas para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de Compras Públicas Nº E370752/2023, de la Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en el este FORMULARIO E.
Se entenderá por Programa de Integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización promoviendo una cultura de cumplimiento (“Programa de Integridad y Complicance por parte de los proveedores” https://chilecompra-documentos.s3.amazonaws.com/Planes+de+Integridad+-+Compliance.pdf)
Se deberá adjuntar e indicar nombre de lo(s) Programas de integridad, y adjuntar los medios de verificación que den cuenta de que es conocido por su personal (listas de entrega, capacitaciones, correos masivos de entrega, etc).
En caso de ser el oferente una persona natural que no cuente con personal a su cargo – se entenderá por cumplido el requisito si acompaña Programa(s) de Integridad y Compliance.
En caso de ser el oferente una UTP, cualquiera de sus integrantes puede acreditar cumplir el requisito solicitado.
En caso de ser el oferente una UTP, el formulario deberá ser firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
ANEXOS TÉCNICOS
Formulario F: “Bienes y/o Servicios Requeridos y sus Especificaciones Técnicas”, ADMISIBILIDAD
Para los bienes y/o servicios y sus características ofertadas, deberá presentar un documento emitido por el Proveedor de los Equipos ofertados, en el que se indique el tipo, marca, modelo de los equipos y/o accesorios ofertados, y que se refieran a las características mínimas establecidas para equipos, equipamiento, incluidos todos los componentes detallados y adicionales detallados en el Capítulo IV Bases Técnicas Letra A “Bienes Requeridos y sus Especificaciones Técnicas”.
Se debe indicar en el Formulario F en las Columnas correspondientes si cumple o no con los requisitos mínimos solicitados, en caso de discrepar de éstos se solicita señalar en la columna de observaciones.
En columna de observaciones además se solicita detallar las características de los bienes y requerimientos que se oferten.
Se deberán indicar modelos y marcas.
Se deberán adjuntar fichas técnicas, catálogos u otros que permitan verificar las características de los bienes ofertados y el cumplimiento de los requisitos mínimos solicitados para la totalidad de los equipos en la forma indicada en Bases Técnicas.
Se deberán adjuntar además certificaciones requeridas.
En caso de ser el oferente una UTP, el formulario deberá ser firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
Formulario G: “Garantía Técnica de los bienes ofertados” - ADMISIBILIDAD
El oferente deberá presentar en su propuesta, Garantía para los bienes, según el literal b) de Las Bases Técnicas “Bienes requeridos y sus especificaciones técnicas” de las presentes Bases.
Se deberá adjuntar: Certificado de Garantía de Servicios emitido por la distribuidora de la marca que informe sobre Garantía de fábrica, las prestaciones de servicio técnico y el suministro de repuestos necesarios para dar soporte a la marca.
En caso de ser el oferente una UTP, el formulario deberá ser firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
Formulario H: “Plazo y lugar de Entrega” - ADMISIBILIDAD
El plazo de entrega final del bien licitado será el indicado por el proveedor adjudicado en su propuesta en el FORMULARIO H “PLAZO DE ENTREGA”, el cual no podrá ser inferior a 60 días corridos, desde la fecha de la total tramitación de la resolución que aprueba la Suscripción de Contrato, debiendo ser entregado a la Comisión designada para su recepción en Dependencias del Servicio Local de Educación Pública (SLEP AYSÉN), ubicado en la dirección: Calle José de Moraleda N°437 de la ciudad de Coyhaique, Comuna de Coyhaique, Región de Aysén.
Formulario I “Servicio Técnico (Post Venta)”
Se debe presentar y adjuntar Certificado emitido por el proveedor o representante de la marca en que debe detallarse: La dirección, localidad y comuna, en caso de contar con un taller de servicios.
De contar con un servicio móvil se debe individualizar al o los técnicos y la dirección en donde se encuentra el taller móvil en la Región de Aysén.
En caso de ser el oferente una UTP, el formulario deberá ser firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
ANEXO ECONÓMICO
Formulario J: “Oferta Económica – Presupuesto detallado”
En éste se deberá consignar en moneda nacional el valor total de la oferta incluidos los impuestos, a lo que estará afecto el contrato de acuerdo a la naturaleza de éste y categoría en que tribute el oferente. No obstante, en el portal www.mercadopublico.cl se deberá consignar el valor neto de acuerdo a lo instruido en dicho sistema.
En caso de existir discrepancia entre los valores informados en el sitio www.mercadopublico.cl comprobante de oferta y del anexo, primará este último, ya que describe con mayor detalle los valores de los servicios ofertados, como detalle en valores pesos, desglosándose tanto valor bruto y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o Exento de IVA.
En caso de ser el oferente una UTP, el formulario deberá ser firmado por quien actúa como Apoderado o Representante de ella.
Adicionalmente, se hace presente que el oferente deberá completar el Formulario denominado en el Sistema “Declaración Jurada Requisitos para Ofertar” referente a “Inhabilidades e Incompatibilidades” para personas naturales, jurídicas, y representante de UTP. Dicho formulario se generará completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de ofertas.
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GARANTÍAS |
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Generalidades: Aplica para Garantía de Seriedad de la Oferta y de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Para efectos de las garantías que se requieren en las presentes bases el oferente deberá considerar lo establecido en el Reglamento de la Ley N°19.886, principalmente en los artículos 52, 53, 121 y siguientes.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente, mediante uno o varios instrumentos financieros, irrevocables y pagaderos a la vista y al primer requerimiento, de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica deberán ajustarse a la Ley N°19.799.
Cuando se trate de Póliza de Seguro de Garantía deberán ser pagaderas a primer requerimiento y de ejecución inmediata, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 583 del Código de Comercio.
Deberá indicar expresamente que es pagadera a todo evento, esto es que el pago de la prima corresponde a una obligación del contratante, en consecuencia, la falta de pago de la misma no será oponible ni afectará en modo alguno los derechos del asegurado frente al asegurador.
Es obligación del oferente mantener vigente las garantías, sin perjuicio de que pueda solicitarse por el Encargado del Contrato dicha renovación en caso de modificación contractual, teniendo siempre un plazo máximo de 10 días hábiles anteriores al vencimiento de la garantía para su entrega.
En caso de que la garantía de que se trate no permita incorporar la glosa, deberá anotarse al reverso del documento la glosa indicada en las bases, verificando que quede expresamente identificado el oferente.
Ej. Vale Vista, deberá indicar al reverso la glosa señalada en Bases de Licitación, y datos del Oferente Razón Social (Nombre y RUT).
Con cargo a estas garantías podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas.
Tipos de Garantías exigidas para el presente proceso:
a) Garantía por Seriedad de la Oferta
NO SE REQUIERE, SEGÚN REGLAMENTO DE COMPRAS ES OBLIGATORIO SOLO EN LICITACIONES SOBRE 5.000 UTM
b) Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato:
El adjudicatario deberá otorgar, dentro del plazo de suscripción de contrato, Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, que sea pagadera a la vista e irrevocable, por un 5% (cinco por ciento) del precio final neto ofertado por el adjudicatario, con una vigencia mínima de 90 días corridos después de terminado el contrato, según lo señalado en el Artículo 121 del Reglamento de la Ley N°19.886.
La garantía será tomada por el oferente (Apoderado o un integrante para el caso de las UTP) o por un tercero a nombre del adjudicatario, en pesos chilenos a nombre del GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN, RUT N°72.222.000-5, con la siguiente glosa:
“PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA “ADQUISICION 2 BUSES CON RAMPA INCLUSIVA PARA SLEP AYSÉN” DEL PROYECTO “REPOSICIÓN DE BUSES PARA TRANSPORTE ESCOLAR DEL SLEP AYSÉN”, CÓDIGO BIP 40063583-0.
Este es un instrumento de caución para resguardar el normal desarrollo del contrato, cuyo monto y período de vigencia, instancias de renovación, se encuentran establecidas en las presentes Bases Administrativas, para lo cual debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorga un aumento de plazo o de obras, si correspondiese.
Tratándose de prestación de servicios la presente garantía asegura además el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores contratantes. También, con cargo a esta garantía podrá hacerse efectivas las multas y demás sanciones que puedan afectar al proveedor en el desarrollo del contrato.
Fecha y forma de entrega:
Se deberá hacer entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato previo a la suscripción del contrato, y la suscripción de éste dentro del plazo fijado máximo para la firma que se indica en el artículo 4 de las presentes bases.
En caso de que la Garantía sea entregada por medio soporte papel será presentada directamente en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén, ubicada en calle Ejército N°405, comuna y ciudad de Coyhaique, en horario de Atención de Público de lunes a jueves desde 08:00 a 17:00 horas y día viernes desde 08:00 a 16:00 horas.
En caso de otorgarse en formato electrónico deberá hacerse llegar al correo electrónico institucional de Oficina de Partes del Gobierno Regional de Aysén: oficinadepartes@goreaysen.cl, con copia a lovando@goreaysen.cl y emonsalve@goreaysen.cl, en los mismos plazos establecidos en el párrafo anterior.
Garantías emitidas por una UTP. Condiciones generales. Los instrumentos de garantía (garantías de seriedad de la oferta, de fiel cumplimiento del contrato, por anticipos o correcta ejecución), no necesariamente deben ser otorgados por el apoderado de una UTP, sino que pueden ser aportados por cualquiera de los integrantes de la UTP o incluso por un tercero ajeno a ellas, debiendo siempre ser a la vista e irrevocables y siempre en concordancia con el instrumento de constitución de éstas.
La garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato se hará efectiva en los siguientes casos:
• El no suministro de los bienes contratados por parte del proveedor.
• No acatamiento de las observaciones formuladas por la respectiva Comisión Receptora.
• Término Anticipado del contrato por incumplimiento del Proveedor.
• Cobro de Multas
• Incumplimiento de obligaciones laborales y/o sociales en caso de tratarse de un contrato de prestación de servicios.
• Otras causales establecidas en las correspondientes Bases Administrativas.
Procedimiento de Devolución de Garantías Fiel Cumplimiento de Contrato
Las Garantías por Fiel Cumplimiento de Contrato serán devueltas al proveedor previo al cumplimiento de la vigencia de la Garantía, siempre y cuando se cuente con la recepción conforme la totalidad de los bienes contratados.
La Unidad Técnica encargada de la presente licitación solicitará por escrito a la División de Presupuesto e Inversión Regional realizar las gestiones para la devolución Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato a través de la Unidad de Tesorería de la División de Administración y Finanzas.
La Unidad de Tesorería será la encargada de realizar la devolución de las garantías, se revisarán los antecedentes y se procederá a confeccionar oficio dirigido al tomador de la garantía para la devolución del documento, a la dirección señalada en propuesta presentada por el oferente. En caso de realizarse en forma directa, ésta será entregada al tomador en las Oficinas del Gobierno Regional de Aysén, se procederá a la elaboración del comprobante de devolución, el que será firmado por el tomador del documento Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
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COMISIÓN DE APERTURA Y EVALUACIÓN DE OFERTAS |
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La Comisión estará conformada por tres (03) funcionarios del Gobierno Regional de Aysén, designados mediante el acto administrativo que apruebe las presentes bases, la que será la encargada de los Procesos de Apertura, Admisibilidad de Ofertas, Evaluación y Proposición de Adjudicación, Readjudicación y/o Deserción.
Los integrantes de la Comisión deberán sesionar en el ejercicio de sus funciones con la asistencia de todos sus miembros, quedando constancia escrita en las actas de aquellos integrantes que fueron reemplazados o subrogados, si corresponde, señalándose el contenido de sus deliberaciones, el que deberá ser suscrito por todos los miembros de la comisión.
Esta Comisión deberá firmar la “Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés y Confidencialidad de los miembros”, comprometiéndose a informar sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrantes de la misma. Además, deberán dar cumplimiento con lo señalado en el Artículo 35 nonies en la Ley N° 21.634 qué moderniza la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, respecto a la ausencia de conflictos de interés en este proceso de licitación, y el deber de abstenerse si surgiera alguna causal, debiendo poner en conocimiento a su jefe superior jerárquico de la causal o causales específicas que lo afecten.
Los integrantes de la Comisión designada, así como todos los intervinientes en este proceso licitatorio deben dar especial cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 35 quinquies de la Ley 21634, que moderniza Ley N°19.886, respecto al deber de abstención de autoridades y funcionarios, así como también lo indicado en los artículos 13, 54 y 57 y al Capítulo II De la Probidad Administrativa y Transparencia en la Contratación Pública, todos del Decreto Nº661 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de Compras y Contratación Pública.
El Acta Final de la Comisión deberá tener en cuenta lo indicado en los párrafos anteriores y las materias señaladas en el Artículo N°57 del Decreto Nº661 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de Compras y Contratación Pública.
Los integrantes de esta Comisión deberán informar en el marco de la Ley N°20.730, que regula la Ley del Lobby, sus actuaciones durante el ejercicio de sus funciones como integrante de la Comisión, en lo que respecta a las audiencias o reuniones que le sean solicitadas, así como donativos recibidos de terceros (oferentes o no), o viajes realizados en el periodo como integrante de Comisión Evaluadora como sujeto pasivo temporal o transitorio, desde la fecha de inicio en que fue designado mediante acto administrativo que la constituye para ser integrante de esta comisión y hasta la fecha de adjudicación señalada en el cronograma de adjudicación de las presentes bases de licitación pública del Gobierno Regional de Aysén.
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PROCESO DE APERTURA DE LA LICITACIÓN |
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Una vez constituida la Comisión de esta licitación pública nombrada para el efecto, ésta deberá realizar el Acto de Apertura en el Portal www.mercadopublico.cl, donde se revisará y verificará los oferentes participantes y la existencia de archivos adjuntos: documentos administrativos, oferta técnica y Económica.
El proceso de apertura de la licitación se realizará en una única etapa, en la que se abrirán las ofertas técnicas y económica, de acuerdo al cronograma de estas Bases Administrativas, lo que será formalizado ante la Comisión nombrada para el efecto, en este proceso se levantará la denominada Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas, y en la que se registrará:
● El ingreso de Antecedentes Anexos al Portal Mercado Público dentro de plazo.
● Apertura Documentos Anexos, Oferta Técnica y Económica: La ausencia de los documentos requeridos será registrada en el Acta de Apertura.
● Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas: todo el proceso de apertura quedará registrado en un documento denominado “Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas”, el cual será suscrito por los miembros de la Comisión de Apertura que efectivamente participaron de este proceso.
● Observaciones de la Comisión de Apertura, en caso de considerarlo pertinente.
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ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
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Para que las ofertas sean declaradas admisibles, es decir, que sean susceptibles de ser evaluadas por la Comisión respectiva, es necesario que cumplan con:
1 Que no se encuentren afectadas por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecida en el Artículo 5 “Requisitos Mínimos para participar” de estas bases, donde cada oferente que participe deberá presentar una “Declaración Jurada de requisitos para ofertar”, la cual se genera en línea a través de www.mercadopublico.cl y en definitiva declarar no estar afecto a alguna causal.
2 Se debe cumplir con los requisitos mínimos solicitados en el Capítulo IV Bases Técnicas, letra A) “Bienes Requeridos y sus especificaciones técnicas”, el no cumplimiento de uno o más ítems solicitados hará se declare inadmisible la oferta, en caso de existir observaciones éstas deberán ser ingresadas por el oferente en la presentación del Formulario F: “Bienes Requeridos y sus especificaciones técnicas” columna observaciones. Además de los ADICIONALES REQUERIDOS OBLIGATORIAMENTE PARA LO QUE ESTÁ OFERTANDO: Se deberán adjuntar fichas técnicas, catálogos u otros que permitan verificar las características de los bienes y requisitos mínimos solicitados. El cumplimiento de este requisito de admisibilidad se constatará según lo ingresado por el oferente en la presentación del Formulario F: “Bienes Requeridos y sus especificaciones”. Del mismo modo se debe detallar lo ofertado en la misma columna. Se deberán adjuntar fichas técnicas, catálogos u otros que permitan verificar las características de los bienes y requisitos mínimos solicitados ofertados en Formulario F, además de certificaciones según lo requerido.
3 Se deberá cumplir con los Garantía Mínima de 36 meses definida en el Capítulo IV BASES TÉCNICAS: B) GARANTÍA TÉCNICA DE LOS BIENES, el no cumplimiento de lo mínimo solicitado hará se declare la oferta inadmisible. El cumplimiento de este requisito de admisibilidad se constatará según lo ingresado por el oferente en la presentación del Formulario G “GARANTÍA TÉCNICA DE LOS BIENES OFERTADOS” y los respectivos respaldos.
4 Deberá informar en Formulario H “Plazo y lugar de entrega no inferior a 60 días corridos, contados desde la fecha de la total tramitación de la Resolución que apruebe la suscripción del contrato, de acuerdo a lo señalado en Artículo 9 “Plazo y lugar para la entrega de los bienes y/o servicios” de las bases de licitación.
5 Se declararán inadmisibles ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial, o relacionadas entre sí. Se considerará para efectos de la evaluación sólo la oferta más conveniente presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.
6 El oferente para ofertar y ser contratado por el Estado deberá mantener su habilidad en el Registro de Proveedores, pues un requisito obligatorio para participar en los procesos de compras públicas, por lo que el oferente deberá encontrarse en estado hábil, el cual indica que cumple con los requisitos para vender al estado de acuerdo a lo estipulado en el Decreto 661 Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras públicas.
7 Ofertas riesgosas o temerarias, entendiéndose por tal aquella en donde el precio ofertado esta significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentalmente en las especificaciones técnicas como se cumplirán los requisitos del contrato. En todo caso, se considerará esta justificación incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, será rechazada si el precio ofertado es resultado de incumplimiento de normativa social, laboral y medioambiental o que vulneren la libre competencia. Previo a declararse inadmisible la Comisión solicitará, a través del Sistema de Información, antecedentes al oferente, que justifiquen lo ofertado, otorgando un plazo de 3 días hábiles para ello. En un plazo de 5 días de recepcionado los antecedentes, la comisión resolverá. En caso de que se resuelva adjudicar a este oferente se deberá solicitar garantía de fiel y oportuno cumplimiento correspondiente al 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de entre oferente y el precio ofertado que le siga en su calificación económica.
La Comisión designada verificará el cumplimiento de lo establecido en las letras precedentes, indicando en el informe respectivo las ofertas que no se ajusten a los requerimientos de presentación, las que serán declaradas inadmisibles mediante resolución fundada y publicada en el sitio www.mercadopublico.cl.
Procedimiento:
Se deja constancia que la no presentación de los antecedentes requeridos para la admisibilidad de las ofertas en la forma establecida no podrá ser subsanada durante la etapa de evaluación de las mismas.
Todo el proceso de apertura quedará registrado en un documento denominado “Acta de Apertura y Admisibilidad de Ofertas”, el cual no podrá ser modificado en forma posterior.
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PROCESO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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a) Los oferentes cuyas propuestas fueran aceptadas en conformidad al Artículo anterior, pasarán al proceso de comprobación de antecedentes o documentos entregados y a revisión del contenido de dichos antecedentes.
b) La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes mediante del Foro Inverso del Sistema de Información que:
Salven vicios u omisiones formales. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
Permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar la oferta o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Lo anterior, siempre y cuando no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que afectaría el principio de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Para lo descrito en párrafos anteriores tendrán un plazo máximo de 48 (cuarenta y ocho) horas corridas en días hábiles, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado o para acompañar los antecedentes requeridos. No se recibirán documentos fuera del plazo indicado.
c) Toda la información recabada en esta etapa quedará registrada en el Acta que realizará la Comisión, que contendrá el cumplimiento de los antecedentes solicitados y la calificación fundada de cada una de las ofertas según los criterios de evaluación establecidos (utilizándose dos decimales para la ponderación). Se consignará además una tabla resumen en que conste la prelación de los oferentes que se encuentran habilitados para adjudicarse el bien, de acuerdo al puntaje obtenido y demás requisitos legales.
De todo lo obrado en este proceso de dejará constancia en el Acta de la Comisión
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PROCESO DE ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN. |
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a) Adjudicación:
Una vez evaluadas las ofertas por los bienes solicitados en esta licitación pública, la Comisión propondrá a la Autoridad competente adjudicar la oferta que presente la propuesta más conveniente a los intereses de la Entidad Licitante, en base a los resultados obtenidos con la aplicación de los criterios anteriores.
La adjudicación se realizará mediante Acto Administrativo, a través de una Resolución Fundada, la cual contendrá el Acta Apertura y Evaluación realizada por la Comisión y la recomendación de adjudicación obtenida en base a la calificación de oferta más conveniente, la que se publicará en el Sistema de Información de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento de Compras y Contratación Pública.
No se podrá adjudicar ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para representar al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación que se realice en conformidad a la Ley.
Sin embargo, Gobierno Regional de Aysén deberá dejar nula la adjudicación, en caso se comprobara que el oferente con la propuesta adjudicada no cumple con lo dispuesto en el Capítulo VII de la Ley N°19.886 de Compras Públicas y demás requisitos para ofertar.
En caso de resultar adjudicada esta licitación a una Unión Temporal de Proveedores el informe de evaluación y el acto administrativo de adjudicación deberán individualizar a cada uno de los proveedores que forman parte de la UTP.
Si la UTP, durante la evaluación de la licitación se disuelve, ésta no podrá ser adjudicada. Sin perjuicio de lo anterior si está UTP es constituida por 3 o más integrantes y uno de ellos se retira, aquella podría continuar participando con los restantes integrantes, siempre que:
1. La UTP pueda mantener los términos comprometidos en la oferta
2. Los restantes integrantes mantengan el cumplimiento de los requisitos mínimos para que la oferta pueda ser admitida, de acuerdo con los antecedentes que cuente la comisión.
3. Que cuente con al menos 2 integrantes.
4. No reemplace al integrante retirado
5. Informe en un plazo de 24 horas a esta entidad el retiro de uno o más de sus integrantes, si esto fuera durante el proceso de evaluación de las ofertas o de su adjudicación. Además, deberá informar si continuará participando de este proceso de licitación o si desisten de su oferta, lo que dará derecho a cobro de las garantías que corresponda conforme a estas bases.
Adjudicada la propuesta no podrá el proponente formular petición o reclamo de ninguna especie fundamentando el desconocimiento de las Bases de Licitación o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación.
b) Resolución de empates:
Si se produce coincidencia o empate entre dos o más ofertas en el puntaje final, se adjudicará la licitación a la que ofrezca un menor Plazo de Entrega, de no resolverse aún el empate se adjudicará al que haya ofrecido un menor Precio, si de igual manera continuará el estado de empate se adjudicará quien hay obtenido un mejor puntaje en Garantía Técnica de los Bienes Ofertados y si persistiese el empate se resolverá por aquella primera oferta ingresada en el Portal www.mercadopublico.cl, cotejándose por la comisión evaluadora con el Comprobante de Oferta fecha y hora de ingreso de oferta.
c) Cláusula de readjudicación:
Se procederá a readjudicar la licitación al proponente que haya obtenido la siguiente prioridad como oferta más conveniente, si el oferente Adjudicatario:
1. Se desistiere de su oferta.
2. Por no presentar dentro de plazo la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato de acuerdo a lo señalado en Artículo 14° de estas Bases.
3. Por causa sobreviniente de inhabilidad para contratar con la Administración del Estado entre la fecha de la adjudicación y antes de la suscripción del contrato.
4. Por no formalizar el contrato de acuerdo a lo señalado en el Artículo 21° de las presentes bases de licitación.
5. Por decisión de los integrantes de la UTP, comunicada formalmente, debido a la inhabilidad de alguno de éstos o disolución conforme a lo establecido en las presentes bases
6. Si, en caso de ser UTP no presentare el acuerdo mediante escritura pública o privada, según corresponda, dentro del plazo establecido en Bases para la firma de contrato.
7. Incumplimiento de las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción de contrato.
8. Cuando se comprobase que el proponente que haya obtenido el mayor puntaje, incumple con algunas de las causales declaradas y establecidas a través del Artículo 5° de estas bases referente a las inhabilidades e incompatibilidades para contratar.
El plazo para readjudicar es de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. En este sentido, se adjudicará la licitación al oferente que le siga en puntaje, de acuerdo al acta de evaluación de las propuestas y así sucesivamente hasta agotar todas las ofertas evaluadas y que se estime son convenientes a los intereses del Gobierno Regional de Aysén. Lo anterior, previa verificación del presupuesto disponible para la propuesta.
En caso de que la garantía de seriedad de la oferta hubiera sido devuelta o no se encuentre vigente, se le podrá solicitar al oferente la garantía o su renovación previo a la readjudicación.
d) Declarará Desierta la Licitación:
1. Cuando no se presenten ofertas; cuando todas ofertas presentadas no fueran admisibles; o bien, éstas no son convenientes a los intereses de la Entidad licitantes. (Art. 62 del Reglamento).
2. Previo a la resolución de adjudicación si no se cuenta con la aprobación presupuestaria para adjudicar (Art. 5° del Reglamento).
Sin perjuicio de lo anterior, el Gobierno Regional de Aysén también podrá dejar desierta la Licitación en caso que se comprobase que las ofertas presentadas incumplen con algunas de las causales declaradas y establecidas a través del Artículo 5° de estas bases.
Revocar: El Gobierno Regional de Aysén también podrá revocar conforme al artículo N°61 de la Ley N°19.880 sobre Procedimientos Administrativos, precisando en su inciso segundo, que ella no procederá:
a) Cuando se trate de actos declarativos o creadores de derechos adquiridos legítimamente;
b) Cuando La Ley haya determinado expresamente otra forma de extinción de los actos, o
c) Cuando por su naturaleza, la regulación legal del acto impida que sean dejados sin efecto”.
Tanto la adjudicación como la re-adjudicación serán notificadas mediante acto administrativo fundado, debidamente publicado en el Sistema de Información del sitio www.mercadopublico.cl
III. CONTRATO:
La presente propuesta se contratará bajo la modalidad de suma alzada y sin reajustes ni intereses.
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FORMALIDADES |
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El Gobierno Regional de Aysén sólo podrá suscribir contrato con aquel o aquellos oferentes que resultaren adjudicados, siempre y cuando cumplan previamente con la normativa vigente, establecida en el Artículo 6° de las presentes bases.
Firma del Contrato:
Se deberá realizar dentro de los 10 días hábiles administrativos posteriores a la notificación de la resolución de adjudicación de los bienes adquiridos. Si el vencimiento cae un día sábado, domingo o festivo, el plazo se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente.
Al momento de contratar el oferente deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro de Proveedores, de lo contrario deberá regularizar dicha inscripción de manera previa a la firma del contrato, cuyo plazo se estipula en el Artículo 4 de las presentes bases.
Para la firma del contrato respectivo, el Adjudicatario deberá:
a) Presentación de documentos: se deben presentar los documentos según corresponda a persona natural o jurídica:
Persona natural
En caso de que los antecedentes requeridos no se encuentren disponibles en el Registro de Proveedores, se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar:
• Fotocopia de cédula de identidad vigente.
• Fotocopia de Iniciación de Actividades, sí corresponde.
Personas Jurídicas
Las personas jurídicas que sean sociedades deberán estar válidamente constituidas, lo que deberá acreditarse una vez adjudicada la propuesta y antes del vencimiento del plazo para la firma del contrato respectivo. Lo anterior, siempre que los antecedentes no se encuentren validados y vigentes por el Portal Registro de Proveedores D.C.C.P. (Dirección de Compras y Contrataciones Públicas). Se solicitará la siguiente documentación al momento de contratar:
• Rol único Tributario.
• Cédula de identidad del Representante Legal.
• Certificado de vigencia de la sociedad o empresa, del Registro de Comercio respectivo, de fecha no superior a seis meses, contados desde la fecha de suscripción del contrato, sin contar eventuales aplazamientos.
• Certificado de vigencia de poderes, del Registro de Comercio respectivo de fecha no superior a seis meses, contados desde la fecha de la suscripción del contrato, sin contar eventuales aplazamientos.
• Escritura de constitución de sociedad o empresa, con indicación de su inscripción en el Registro de Comercio y fecha de publicación en el Diario Oficial.
• En el caso de las personas jurídicas que se hayan acogido a las normas de la Ley N°20.659, les corresponderá presentar la certificación a que alude el Artículo 12 de dicha Ley, emitida por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o la Autoridad a quien se le haya delegado tal facultad, en conformidad con las disposiciones legales correspondientes. La vigencia de certificación debe ser una fecha no superior 6 meses contado desde la fecha de suscripción de contrato, sin contar eventuales aplazamientos.
Se hace presente que las personas jurídicas extranjeras deberán adjuntar información que permita determinar su nacionalidad, además, al momento de la adjudicación deberán estar constituidas como una sociedad de nacionalidad chilena o una agencia del extranjero en el país o constituir mandatario con poder suficiente, y cumplir con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Ley Nº 19.886.
Las UTP deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 180 y siguientes del Reglamento de la Ley de Compras.
Saldos insolutos que registre la empresa oferente:
Se solicitará al oferente adjudicado momento de contratar certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 inc. 2° de la ley 19.886, si fuera el caso, en que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El Gobierno Regional exigirá, de concurrir las circunstancias anteriormente expresadas, que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
b) Otorgar Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato: según lo estipulado en el artículo 14 de las presentes bases, previo a la suscripción del contrato se deberá hacer entrega de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
c) Los oferentes adjudicados: deberán suscribir contrato dentro del plazo indicado en el Artículo 4 de las presentes Bases, acreditando estar hábiles para contratar con el Estado y no encontrarse afectos por alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad.
Para todos los efectos legales el Adjudicatario deberá fijar domicilio en la ciudad de Coyhaique.
La inobservancia de estas formalidades facultará al Gobierno Regional de Aysén para proceder a la readjudicación de acuerdo a los términos establecidos en el Artículo 20 de estas Bases de Licitación.
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VIGENCIA Y LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO |
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a) Vigencia
La vigencia del contrato se extiende desde la total tramitación de la resolución que aprueba la Suscripción del Contrato hasta la fecha de la resolución que declare haberse recibido conforme todos los bienes y/o servicios ofertados en el lugar de entrega, en Dependencias del Servicio Local de Educación Pública (SLEP AYSÉN), ubicado en la dirección: Calle José de Moraleda N°437, de la ciudad de Coyhaique, Comuna de Coyhaique, Región de Aysén.
En consecuencia, el adjudicatario cumplirá con las obligaciones impuestas por el contrato del cual forman parte la oferta que se adjudique, las presentes bases, aclaraciones y entrega física de los bienes y productos adjudicados, y todo otro antecedente de esta licitación.
Sólo una vez que la Entidad Licitante haya aprobado mediante Acta firmada por Comisión Técnica Receptora la conformidad de los bienes y/o servicios licitados, pues en caso contrario, el Gobierno Regional de Aysén procederá a dar término anticipado al contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contractuales por parte del Oferente y al cobro de las garantías otorgadas, según corresponda.
b) Liquidación de Contrato.
La liquidación del contrato se efectuará una vez aprobada por Resolución la “Entrega Conforme” de los bienes y/o servicios licitados, según Informe Final de Recepción aprobado por la Comisión Técnica Receptora.
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MODIFICACIONES DE CONTRATO |
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La primera hipótesis de modificación es por mutuo acuerdo de las partes contratantes. Para este efecto, se deberá considerar lo establecido en el Artículo 14° de estas Bases Administrativas. Para que estas modificaciones surtan efecto deberán formalizarse mediante acuerdo suscrito por ambas partes y debidamente autorizado mediante acto administrativo fundado, el cual deberá ser sometido a control de legalidad ante la Entidad Fiscalizadora, en caso que corresponda. No se podrán alterar elementos esenciales del contrato en conformidad al artículo 129 del Reglamento de Compras.
Una segunda hipótesis de modificación de contrato se dará por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor en donde el proveedor esté impedido de cumplir sus obligaciones. Acreditado que sea el caso fortuito o fuerza mayor, el Gobierno Regional de Aysén está facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la orden de compra mientras dure este impedimento y podrá efectuar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la orden de compra, siempre y cuando existan razones de interés público y esta permita satisfacer de igual o mejor manera la necesidad pública. Estas modificaciones deberán aprobarse mediante acto administrativo fundado que será publicado en el Sistema de Información.
En cualquier de las dos hipótesis, las modificaciones deberán respetar el equilibrio financiero del contrato y el valor de estas no podrá exceder el equivalente al 30% el monto originalmente pactado. Asimismo, no podrán alterar los elementos esenciales del contrato u orden de compra.
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SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO |
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a. Supervisión del contrato
La supervisión y seguimiento de la ejecución del contrato corresponderá a un funcionario de la División de Infraestructura y Transportes del Gobierno Regional de Aysén, designado para tal efecto, quien realizará las siguientes funciones de Encargado del Contrato:
● Seguimiento del cumplimiento del contrato.
● Realizar el llamado a constitución de la Comisión Técnica Receptora.
● Verificar la entrega de los bienes y/o servicios.
● Gestionar la aplicación de multas ante el incumplimiento de las obligaciones del proveedor.
● Gestionar Garantías tanto devolución o cobro, según sea el caso.
● Elaborar los actos administrativos correspondientes a la ejecución del contrato.
● Gestionar los respectivos estados de pago correspondientes al contrato.
● Informar oportunamente a la Jefatura de la División de Infraestructura y Transportes cualquier situación que pueda poner en riesgo el cumplimiento del contrato.
● Realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento cabal del contrato.
b. Recepción y Comisión Técnica Receptora
La recepción conforme de los bienes con todas las características y contenidos especificados en esta licitación será verificada por esta Entidad, mediante Comisión Técnica Receptora en la que se señale nombres de los funcionarios.
Esta Comisión Técnica Receptora se encargará de supervisar que los bienes correspondan efectivamente a lo contratado en esta licitación “ADQUISICION 2 BUSES CON RAMPA INCLUSIVA PARA SLEP AYSÉN” DEL PROYECTO “REPOSICIÓN DE BUSES PARA TRANSPORTE ESCOLAR DEL SLEP AYSÉN”, CÓDIGO BIP 40063583-0.
La Comisión Técnica Receptora mediante acta de recepción firmada por cada uno de los integrantes que la componen podrá aprobar, rechazar u observar los bienes y/o servicios recepcionados, de la siguiente manera:
b.1. Se realizará aceptación de los bienes y/o servicios
Se entenderá por aprobada la recepción cuando cumplan con el 100% de la totalidad de las características señaladas en esta licitación.
La Comisión Técnica Receptora firmará acta señalando que no se han producido incongruencias en la recepción de los bienes y/o servicios, y que no se han levantado observaciones, ni se ha solicitado subsanar algunas partidas respecto a la entrega de los bienes.
El acta de recepción final deberá ser aprobada mediante resolución fundada que autorice la recepción final conforme de estos bienes y su autorización de pago.
b.2. Si se formularen observaciones a la recepción:
La comisión técnica receptora podrá en el acta de recepción realizar observaciones respecto a la recepción de los bienes y/o servicios, señalando detalladamente lo que se requiere subsanar y el plazo para aquello, esta información será remitida mediante los canales de comunicación establecida en estas bases.
El proveedor deberá entregar las correcciones en el plazo que estipule en el informe técnico y acta emitida por la Comisión Receptora respecto de las observaciones que al efecto se emita. Dicho plazo se contabilizará desde el envío de la comunicación respectiva. Si la recepción volviese a presentar observaciones nuevamente, y éstas no se han levantado a conformidad de la Comisión Técnica Receptora, se procederá a la aplicación de multas de acuerdo a lo previsto en el Artículo 27 de las presentes bases.
Se entiende como observaciones corregidas, cuando el oferente ha subsanado las observaciones, en los plazos y calidad de los requerimientos solicitados en esta licitación, por lo que esta Comisión Técnica Receptora, levantará bajo acta las subsanaciones de las observaciones entregadas por el oferente, procediéndose a emitir informe final de recepción, firmado por cada uno de sus integrantes, informando a la Jefatura de la División de Infraestructura y Trasportes que se proceda a realizar la tramitación del estado de pago por recepción conforme de los Equipos y sus requerimientos.
Se debe tener presente que la recepción conforme ha tenido lugar cuando la Comisión Técnica Receptora ha certificado la entrega del bien y/o servicio y el levantamiento del 100% de las observaciones.
b.3. Rechazo de la entrega:
La Comisión Técnica Receptora estimará bajo un exhaustivo análisis, si el bien entregado por el oferente no cumple con las condiciones mínimas exigidas en el contrato.
La Comisión Técnica Receptora podrá rechazar la entrega, cuando no acatare las instrucciones impartidas por la Unidad Técnica, o las constantes observaciones que no fueran subsanadas en los plazos acordados, incurriendo en faltas que atentan contra la recepción definitiva de los bienes en los plazos establecidos, según las condiciones estipuladas en esta licitación.
Con todo, si la empresa no entregase o diere cumplimiento a lo indicado en Informe de Observaciones se podrá aplicar lo indicado en el artículo 28 letra c) de estas bases.
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OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATANTE |
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1. Obligaciones Especiales
a. El oferente deberá garantizar, como mínimo, los bienes y/o servicios según lo indicado en Bases Técnicas b) Garantía Técnica de Bienes.
b. El oferente contratado será responsable por todos y cada uno de los antecedentes presentados en su propuesta, cálculos de los servicios y/o bienes y equipamientos ofertados, gastos de traslado y en general de todas las materias que forman parte de la adquisición de los bienes y/o servicios contratados. La responsabilidad de coordinación de entrega será exclusiva del proveedor, lo cual considera desde la salida del lugar de origen hasta el lugar de destino, de no proceder así, este Gobierno Regional procederá a aplicación de multas, establecidas en el Artículo 27° de las presentes bases.
c. El oferente deberá entregar la totalidad de los manuales de los bienes y/o servicios que formen parte de su oferta. Éstos deberán ser en español e incluir: catálogos descriptivos, características e instrucciones de operación, instrucciones de mantención, entre otros.
d. Deberá dar cumplimiento a los plazos, conforme a lo presentado por el oferente en el formulario H “Plazo de entrega”.
2. Obligaciones Generales.
a) Ejecutar correctamente el contrato, de buena fe, con estricta sujeción a los requerimientos técnicos y administrativos exigidos, normativa vigente y dentro del plazo establecido al efecto.
b) Será responsable de mantener la totalidad de los compromisos contraídos en el contrato y a no cederlos ni transferirlos, parcial o totalmente, a personas naturales o jurídicas alguna.
c) Con el objeto de prevenir perjuicios o demoras, la empresa deberá informar al Gobierno Regional toda circunstancia que eventualmente pueda alterar o afectar la ejecución del contrato, en cuanto tome conocimiento de ella. El no cumplimiento de este deber a sabiendas de las posibles consecuencias, le hará exclusivamente responsable de los daños o retrasos ocasionados, facultando al Gobierno Regional de Aysén al cobro de multas por incumplimiento de contrato.
d) La Empresa adjudicada deberá dar cumplimiento a las instrucciones que imparta el Gobierno Regional de Aysén para la correcta ejecución del contrato.
e) La Empresa adjudicada deberá entregar oportunamente todos los antecedentes que el Gobierno Regional de Aysén le requiera.
f) La Empresa adjudicada deberá dar cumplimiento a lo determinado en las bases de licitación, el contrato y sujetarse a los términos en que efectuó su oferta.
g) El Proveedor será responsable de la custodia y resguardo de los bienes hasta que se verifique la entrega total y conforme de los bienes.
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PAGO |
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El pago se realizará contra factura dentro en el plazo máximo de 30 días desde recepcionado el documento tributario, siempre y cuando se cuente con Resolución que declare la Recepción Final y Conforme, según lo presentado en el Formulario H – Plazo de entrega. Lo anterior, constituye una excepción a la regla general del pago, ya que en el caso de adquisición de vehículos motorizados se requiere realizar la respectiva inscripción del bien en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, para lo cual se requiere emitir la factura antes de contar con la recepción conforme de los bienes, por ende, el plazo contemplado como regla general en el artículo 79 bis del Reglamento de Compras en orden a pagar a los 30 días de haberse recepcionado el respectivo documento tributario, podría no coincidir con la existencia de la resolución que dé cuenta de la recepción conforme, por ello es que observando la normativa este Gobierno Regional, no obstante, haber transcurrido el plazo de 30 días no podría proceder al pago si no existe la referida resolución conforme de los bienes. Esta excepción se fundamenta en el propio artículo 79 bis del Reglamento de Compras: “Sin perjuicio de lo anterior, podrá establecerse un plazo distinto en las bases, tratándose de licitaciones públicas o privadas, o en los contratos, tratándose de tratos directos, circunstancia que deberá sustentarse en motivos fundados. Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad certifique la recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos por aquélla.” En todo caso, el pago no podrá exceder el término de 60 días corridos que contempla el artículo 2 quáter de la Ley N°19.983 .
Así, para que se efectúe el pago es necesario que el oferente contratante, extienda una factura, atendiendo lo siguiente:
RAZÓN SOCIAL : GOBIERNO REGIONAL DE AYSÉN
RUT N° : 72.222.000-5
DIRECCIÓN : CALLE EJÉRCITO N°405 – COYHAIQUE
GIRO : SERVICIO PÚBLICO
CONDICIÓN DE VENTA : CRÉDITO
GLOSA : “ADQUISICION 2 BUSES CON RAMPA INCLUSIVA PARA SLEP AYSÉN” DEL PROYECTO “REPOSICIÓN DE BUSES PARA TRANSPORTE ESCOLAR DEL SLEP AYSÉN”, CÓDIGO BIP 40063583-0
COMPRA PARA : SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA, REGIÓN DE AYSÉN, RUT N° 61.980.950-5
Enviar archivo XML a Casilla intercambio SII: dipresrecepcion@custodium.com
Bajo el principio de economía procedimental y eficiencia de los recursos fiscales la Inscripción del bien deberá ser extendido a nombre de la Institución detallada. Lo anterior, sin perjuicio del cumplimiento de la letra f) del artículo 70 de la ley Nº 19.175, una vez cumplida la totalidad de las obligaciones contenidas en el contrato de adquisiciones.
Lo anterior fundado en que la inscripción tiene solo fines de publicidad como lo ha fallado la Corte Suprema y no implica dominio como ocurre en el caso de los inmuebles y que el traspaso de propiedad solo se perfecciona con la asignación de tales bienes por resolución de la Gobernadora Regional, de acuerdo a la norma citada.
“(…) esta Corte ha resuelto reiteradamente que el registro es un medio de publicidad no constitutivo de tradición, al señalar: “Que el artículo 38 de la Ley Nº 18.290, en su texto refundido por el DFL Nº 1 del año 2007, establece que la constitución del dominio, su transmisión, transferencia y los gravámenes sobre vehículos motorizados se sujetarán a las normas que el derecho común establece para los bienes muebles”.
En tal sentido agrega que, “(…) No obsta a lo anterior la circunstancia que exista un Sistema de Registro de Vehículos Motorizados a que se refiere el artículo 39 y siguientes de la Ley Nº 18.290, pues la inscripción que ordena la ley no opera como modo de adquirir el dominio -tradición- sino como un medio de publicidad”.
El fallo prosigue sosteniendo que, “(…) debe recordarse que el artículo 38 de la ley Nº 18.290 que menciona la recurrente –y que corresponde al artículo 44 del texto legal refundido establece que se presumirá propietario de un vehículo motorizado la persona a cuyo nombre figure inscrito en el registro. Se trata, como se aprecia, de una presunción simplemente legal que, al tenor del artículo 47 del Código Civil, admite prueba en contrario”. Corte Suprema Rol N°19.087-2021.
Generalidades
Los bienes serán de propiedad del Gobierno Regional de Aysén, hasta que sea asignado a título gratuito a la Institución requirente original.
Para este efecto se deberá desagregar valor de los bienes y adicionales por separado.
En el caso de la UTP, la facturación deberá ser realizada por el Apoderado o por quien se indique en el Acuerdo UTP – Escritura Pública o Privada, el que deberá emitir el documento tributario que corresponda.
El pago será realizado por este Gobierno Regional de Aysén.
Los proveedores deberán indicar al Gobierno Regional de Aysén datos bancarios: Tipo de Cuenta Bancaria, Banco del titular de la empresa, número de cuenta Bancaria y correo electrónico para notificación.
Para que el pago sea cursado es necesario que la Recepción Conforme se encuentre debidamente autorizado y visado por el Encargado del contrato, para ser autorizado por la Jefatura de División de Infraestructura y Transportes Regional del Gobierno Regional de Aysén.
Para el pago de la factura, se deberá adjuntar lo siguiente:
1. Estado de Pago
2. Factura electrónica o documento tributario del proveedor.
3. Orden de Compra (estado recepción conforme)
4. Resolución de adjudicación
5. Resolución que apruebe el contrato y Contrato
6. Resolución que aprueba Recepción conforme
7. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo, Formulario F30-1, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores.
Procedimiento en caso de Factoring o Cesión de Crédito:
Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores y con las exigencias de la Ley N°19.883, notificando oportunamente de acuerdo a la normativa legal vigente.
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MULTAS Y SANCIONES |
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a) Si el Oferente se retrasa en la ejecución del contrato, el Gobierno Regional de Aysén cursará y cobrará una multa según se detalla a continuación:
DESCRIPCIÓN Multa por día ($) Plazo máximo en días corridos
“ADQUISICION 2 BUSES CON RAMPA INCLUSIVA PARA SLEP AYSÉN” $ 460.000.-
(Cuatrocientos sesenta mil pesos) 30
b) Si el atraso en la entrega de los bienes y/o servicios en la forma establecida supera 30 (treinta) días corridos, sin que exista fuerza mayor o caso fortuito, de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Código Civil, se podrá poner término anticipado al Contrato, haciéndose efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
c) Si el Proveedor no entregase o renovare las garantías en los plazos indicados se podrá poner término anticipado al Contrato, haciéndose efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
d) Con todo lo descrito, las multas en conjunto no podrán superar el 5% del valor contractual neto, se podrá fundamentar la aplicación de causal de término anticipado del contrato.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas por el contrato o de instrucciones especiales dadas por el Gobierno Regional de Aysén, se le comunicará mediante oficio dicha circunstancia al oferente contratante mediante correo electrónico informado en el Formulario A, esto, en conformidad a los principios eficiencia, eficacia y economía procedimental. Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de que pueda efectuarse tal notificación en forma personal, si las circunstancias lo permiten.
El proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles para presentar sus descargos mediante escrito dirigido al Jefe de División de Infraestructura y Transportes del Gobierno Regional de Aysén. A dicho escrito adjuntará todos los antecedentes que considere le sean de utilidad.
Habiéndose presentado los descargos o pasado el plazo sin que se hubiere formulado descargos por el Oferente contratante procederá el cobro de la(s) multa(s). La medida a aplicar será formalizada a través de resolución fundada, la que señalará la decisión que adopte la administración informando la forma de cobro de la(s) multa(s), conteniendo el detalle de lo acontecido para llegar a esta medida, principio conclusivo y los descargos presentados por el oferente si existieren. Este acto administrativo será publicado oportunamente en el sistema de información en el sitio www.mercadopublico.cl.
Desde la fecha de la notificación de la resolución que aplica la multa, el proveedor tendrá cinco días hábiles para impugnar, en conformidad con lo dispuesto en los artículos 15° y 59 de la Ley 19.880 ante la autoridad superior del servicio, el que será ingresado por la oficina de partes. A dicho escrito adjuntará todos los antecedentes que considere le sean de utilidad. El Gobierno Regional de Aysén se pronunciará favorable o desfavorablemente dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de su presentación. Esta decisión se notificará por los medios de comunicación establecidos en las presentes bases, en su defecto, el establecido en el formulario A “Identificación del Oferente”.
La(s) multa (s) será(n) directamente descontadas del siguiente pago y así sucesivamente hasta su completa solución. Finalmente, de no ser cubierta(s) totalmente la(s) multa(s), se imputará el cobro a la Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
El oferente acepta desde ya este procedimiento.
En caso de acogerse la impugnación, total o parcialmente, el Gobierno Regional aplicará lo que indica el artículo 15 de la Ley 19.880 dictando el acto de reemplazo que corresponda. Considerando además lo que se indica a continuación:
Causales de exculpación o inaplicabilidad de la multa:
Podrá alegarse como causales de exculpación o inaplicación de las multas los hechos o circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, entendiéndose lo establecido en el artículo 45 del Código Civil.
El caso fortuito o de fuerza mayor, deberá ser acreditado por el adjudicado y será calificado por el Gobierno Regional de Aysén en base al estudio de los antecedentes aportados.
No se podrán aplicar multas en caso de que adeude al mismo proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de la multa.
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TÉRMINO DEL CONTRATO |
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a) Una vez finalizada la entrega final de los bienes y/o servicios recepcionados conformes.
b) De común acuerdo de las partes: La interesada en resciliar el contrato deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla, todo debidamente sancionado por acto administrativo fundado. Siempre y cuando el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) Terminación anticipada del contrato: El Gobierno Regional de Aysén pondrá fin administrativamente al contrato a través de resolución fundada, sin forma de juicio en todos los casos en que se verifique el incumplimiento de uno o más de las obligaciones descritas en el artículo 25° de las presentes bases y que a continuación se complementan:
1. El retraso sin causa justificada en la entrega de los bienes y/o servicios contratados en más de 30 días corridos del plazo ofertado por el Oferente;
2. Si el oferente no subsanara en el plazo otorgado las observaciones formuladas por la Comisión Técnica Receptora.
3. Por incumplir gravemente las instrucciones impartidas por la Entidad Licitante no reclamadas o cuya reclamación fue desestimada. Se considerará grave por efectuarse un tercer requerimiento de cumplimiento de una instrucción cualquiera sea su naturaleza.
4. Si el total de las multas aplicadas al Oferente fueren igual o superiores al 5% del valor neto contratado.
5. Si el oferente unilateralmente modificara de cualquier forma todo o parte de los productos y/o servicios licitados y se negare a efectuar a su costa las rectificaciones pertinentes.
6. Haber detectado el Gobierno Regional de Aysén que el oferente al tiempo de presentar su oferta omitió información o la presentada no era veraz.
7. Quiebra o notoria insolvencia del contratante. Se presumirá notoria insolvencia si no iniciare las obras dentro de plazo o bien no renovare u otorgare las garantías en los plazos señalados.
8. Si el oferente fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de personas jurídicas, lo fuere alguno de sus socios, Directores, representantes legales o apoderados.
9. Si el oferente fuere una persona jurídica, por su disolución o por haberse manifestado la voluntad de disolverla.
10. Por la muerte o incapacidad sobreviniente del oferente si es persona natural o extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
11. Imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato en conformidad al artículo 23 de estas bases.
12. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
13. Si la UTP oculta información relevante para ejecutar el respectivo contrato adjudicado que afecte a alguno de sus integrantes. En caso de hacerlo, ello deberá considerarse un incumplimiento grave por parte de oferente.
14. La constatación de que constituyeron la UTP con el objeto de vulnerar la libre competencia, de verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
15. Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta de la presente licitación.
16. Inhabilidades sobrevinientes de alguno de los integrantes de la UTP, en el caso que ésta no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
17. Disolución de la UTP, en una asociación de al menos dos integrantes, si su número disminuye de dos (2) se entenderá inmediatamente disuelta.
18. Registrar a la mitad del periodo de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
19. Si se comprobare infracción al artículo 31 “Prohibiciones” de las presentes bases de licitación.
20. Por las demás causales establecidas en la Ley, las presentes bases o el contrato.
Si la causa por la cual se da por terminado unilateralmente el contrato, es imputable al adjudicatario este Gobierno Regional de Aysén, hará efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
El término anticipado del contrato no obsta al cobro de las Garantías que obren en poder de la Entidad Licitante ni al ejercicio de las acciones legales que le correspondan.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus oferentes, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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VÍAS DE COMUNICACIÓN |
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Durante el proceso de licitación la única vía de comunicación entre la Entidad y los Oferentes es por medio del “Foro de Consulta” o “Foro Inverso”, según corresponda.
Los oferentes que tengan consultas respecto a la adjudicación, podrán realizarlas después de publicada la resolución de adjudicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, para lo cual deberá ingresar su consulta al correo electrónico: lovando@goreaysen.cl; con copia a emonsalve@goreaysen.cl.
Para otras comunicaciones formales previo a la suscripción del contrato y cualquiera otra necesaria posterior a la contratación, se utilizará el correo electrónico que haya informado el Proveedor mediante el Formulario A “Identificación del Oferente”.
El Proveedor deberá indicar en el Sistema de Información una dirección de correo única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales, la que deberá mantener actualizada.
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PROHIBICIONES |
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En virtud al artículo 14 de la Ley N°19.886 y el artículo 126 de su Reglamento, se prohíbe efectuar el traspaso total o parcial de los derechos y obligaciones emanados del contrato a terceros.
Se prohíbe la subcontratación parcial o total de los bienes y/o servicios contratados.
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RESPONSABILIDADES |
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El Gobierno Regional de Aysén no tendrá responsabilidad alguna en los conflictos, juicios o litigios que se susciten entre el adjudicatario y sus trabajadores con motivo de la ejecución del contrato, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del ejecutor.
Cabe señalar que, una vez suscrito el contrato, no se derivarán con el Gobierno Regional de Aysén vínculo de dependencias ni subordinación, tanto con el oferente adjudicatario como para con los trabajadores del mismo.
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JURISDICCIÓN |
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Toda controversia que se suscite entre la aprobación de Bases de Licitación, su adjudicación y ejecución contractual será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.
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ACEPTACIÓN DE CONDICIONES |
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Al ofertar se entenderá que el proponente acepta cabalmente la totalidad de condiciones de la presente licitación pública.
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