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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “ECONÓMICO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PLAZO DE ENTREGA”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "EXPERIENCIA” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “MAYOR DEMANDA MANO DE OBRA LOCAL”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso de existir dudas después de la adjudicación se deberán comunicar con Claudio Ismail Nuñez, Encargado de Administración y Finanzas, CONAF Malleco, al e-mail claudio.ismail@conaf.cl
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Si se requiere salvar algun error u omisión Formal en las ofertas, los oferentes tendran un plazo máximo de 24 horas a contar de la fecha y hora de la solicitud de aclaración para responder a través del medio habilitado para este efecto en el portal, la que se encontrará sujeta a una ponderación menor, detallada en los criterios de evaluación.
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REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS REGULACIÓN DE LA PRESENTE PROPUESTA. |
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Se regirá por: -Las presentes Bases Administrativas. -Las Especificaciones Técnicas de Arquitectura y Especialidades. -Planos de Arquitectura y Especialidades. -Las aclaraciones que sean necesarias. -Las resoluciones u órdenes de compra emitidas. -El contrato que se suscriba con el adjudicatario. El contratista deberá considerar en su oferta mano de obra, ejecución procesos administrativos, etc. Necesarios para el correcto funcionamiento de todo el proyecto en todas sus especialidades, aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe y de la buena práctica de la construcción. Por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas.
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Adjudicación. |
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El Director Regional de la Araucanía adjudicará la propuesta a él, o, los oferentes que cumplan con lo estipulado en las Bases Administrativas y demás antecedentes que la rigen y cuya oferta(s) haya(n) sido evaluada(s) como la(s) más conveniente(s) para la Corporación. Dicha evaluación considerará diversos factores los cuales se describen en los criterios de evaluación. El Director Regional se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente el, o, los bienes, objeto de la presente licitación a una o más de las empresas que participen en ella o rechazar, por razones fundadas, todas las ofertas, sin que los oferentes tengan derecho a indemnización de ninguna naturaleza. El Director Regional tendra el derecho de adjudicar las partidas que estime pertinente de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria. Por lo tanto, de acuerdo a razones presupuestarias se podrá disminuir o aumentar las partidas con el fin de adecuarse a los fondos disponibles, sin que los oferentes tengan derecho a indemnización alguna por dicha disminución o aumento. Los antecedentes no serán devueltos a los oferentes. Queda estrictamente prohibido a los oferentes consultar o enviar alguna comunicación y/o documento sobre la apertura, evaluación o adjudicación de la propuesta a la Corporación mientras esta se encuentre en proceso de evaluación y de adjudicación, salvo que la Comisión de Evaluación lo solicite expresamente, de conformidad a lo establecido en las presentes bases. En el caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, la Corporación, publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
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Re adjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Fecha de Adjudicación (aplazamiento): |
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Si por causas no imputables a la Entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl
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Preguntas y Respuestas |
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Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.
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Modificaciones a las Bases |
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Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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Validez de la Oferta |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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Requisitos Mínimos para participar de la Oferta |
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No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de las ofertas. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme el Anexo N° 1 de estas bases, sin perjuicio de las facultades de la Corporación de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
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Antecedentes legales para ser contratado. |
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Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en Chileproveedores. No se aceptará, por lo tanto, la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel.
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Comisión Evaluadora |
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las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora, integrada por tres funcionarios de la entidad licitante, nombrada a través de una resolución dictada por el Director Regional de la Araucanía. La integración de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl
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Trabajos Adicionales |
Las partes podrán Agregar trabajos adicionales a los licitados preliminarmente contratados, los que deberán perfeccionarse mediante la emisión de la Orden de Compra correspondiente. Los trabajos Adicionales no podrán superar el 10% del valor total y se deberá rendir nuevas garantías sobre ellas en el plazo y porcentajes indicado anteriormente. Así mismo, en caso de aumento de plazo del contrato el contratista también deberá extender consecuentemente el plazo de vigencia de la garantía.
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Entrega del Terreno |
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Una vez aprobada la resolución de adjudicación, posterior emisión del contrato y aceptación de la Orden de Compra, se confirmará fecha para la entrega de terreno; que será un acto formal por parte del Supervisor y la Empresa adjudicada, en la cual se levantará un acta dejando constancia de la fecha en que se inicia oficialmente la ejecución de los servicios. Desde el día siguiente de la fecha estipulada como inicio, comenzará a regir el plazo de ejecución. Las condiciones climáticas se medirán de acuerdo a: Norma Chilena de la Construcción 170 Anexo D.
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Aumento de plazo y Multa |
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El plazo de ejecución de los Servicios deberá quedar estipulado en días hábiles. Sólo en casos debidamente calificados y aprobados por La Corporación, podrá concederse un aumento de plazo. Dicho aumento deberá ser solicitado por la empresa por medio de una solicitud escrita ingresada vía oficina de partes de la Corporación, ubicada en Prat 191 2do Piso, en Angol, dirigida al Jefe Provincial con copia al ITO, a lo menos, con 10 días corridos de anticipación a la fecha del vencimiento del plazo de entrega señalado por el proveedor adjudicado en su oferta, o a la fecha de vencimiento del plazo prorrogado que estuviere corriendo en su caso, el cual debe ser, también, de días hábiles. Si la obra se entrega terminada con posterioridad al plazo ofertado por el adjudicatario, se aplicará a la empresa una multa por cada día de atraso de 2 UF. La Corporación, podrá hacer efectiva la multa descontando del pago que proceda hacer a la empresa. Sin perjuicio de lo anterior, el monto de la multa podrá ser pagado por el adjudicatario mediante depósito bancario en una cuenta corriente de la Corporación. Esta última alternativa podrá hacerse efectiva mientras la Corporación no haya utilizado la formula de descuento del pago.
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Termino anticipado del contrato |
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
b) Si se disuelve la empresa adjudicada.
c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes al suministro de los servicios, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad y que dicho incumplimiento le genere a la Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
d) Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
e) No existiendo una garantía de fiel cumplimiento de respaldo en cualquier momento.
f) Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la Corporación concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato
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Término de Los Servicios |
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Al término de los servicios, se levantará un acta de recepción conforme, dejando constancia de la fecha en que se reciben oficialmente los servicios.
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Supervisión y Coordinación del Contrato por parte de la entidad licitante |
La entidad licitante definirá un coordinador técnico del respectivo Contrato, la que ejercerá las siguientes funciones: a)Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato. b)Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato. c)Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como también la tramitación de pagos y sanciones. Las demás que le encomiende el presente instrumento.
Producto del convenio firmado entre la Corporación y la Ilustre Municipalidad de Curacautín, el Jefe de la dirección de obras o a quien éste designe como profesional, se desempeñará como I.T.O. para la supervisión y recepción de la obra.
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Mano de Obra Local |
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Se privilegiará al contratista que la mano de obra a contratar, sean personas de la comuna de Curacautín. El personal contratado bajo esta modalidad deberá permanecer en tal calidad desde el inicio de la obra hasta el término total de ella. Todo lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la oferta del contratista adjudicado. (Anexo N°3)
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Forma de Pago |
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La presente base consideran como forma de pago del precio de la obra: PAGO POR AVANCE DE OBRA. En esta modalidad el adjudicatario deberá acompañar los siguientes documentos: a) Estado de pago y estado de avance de la obra visado por la ITO. b) Nómina de los trabajadores, indicando sus nombres, apellidos, cédula de identidad, domicilio y monto pagado, firmada por el contratista. c) Contrato de trabajos del personal de obra. d) Las liquidaciones de sueldo. e) Las planillas que acrediten el pago de las cotizaciones previsionales y de salud de cada uno de sus trabajadores. f) Certificado de la Inspección del trabajo que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y las indemnizaciones legales correspondientes al mes inmediatamente anterior al estado de pago, tanto respecto a sus trabajadores, como así mismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores, debiendo el contratista dar cabal cumplimiento a las exigencias de la ley n° 20.123, sobre subcontrataciones. g) Certificado extendido por los subcontratistas, como constancia de pago por su trabajo. Este certificado deberá ser extendido a contar del segundo estado de pago del contratista. h) Factura visada por la ITO. El mandante se reserva el derecho de corregir, aceptar o rechazar los estados de pago que a su juicio estén mal presentados, contengan errores o no correspondan al estado de avance real de la obra. La no presentación de cualquiera de los documentos señalados anteriormente, autoriza a la Corporación para retener de los estados de pago las cantidades adeudadas o el valor que estime necesario para cubrir las sumas adeudadas y efectuar directamente los pagos referidos. La no entrega oportuna o incompleta, sin causa justificada de cualquiera de los documentos señalados precedentemente, dentro del plazo establecido dará lugar a la retención del último estado de pago hasta su entrega y correspondiente revisión por parte de la ITO.
Los estados de pago se considerarán abonos parciales a cuenta del precio total. Los estados de pago una vez aprobados por la I.T.O. serán pagados dentro de un plazo de 30 días a contar de la conformidad del mismo, por parte de la I.T.O.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El contratista se obliga a que los trabajadores que emplea en la obra, cuya ejecución se contrata, serán contratados como trabajadores suyos regidos por el código del trabajo y que dará estricto cumplimiento a la legislación laboral para con ellos, especialmente en lo relativo al pago de sus obligaciones laborales y previsionales. Los trabajadores mantendrán la relación laboral con el contratista, sin perjuicio de la responsabilidad de la Corporación para estos efectos como “empresa principal”, de conformidad con el Código del Trabajo. El contratista asume la obligación de proporcionar al Servicio toda la información sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a estos corresponda respecto de sus trabajadores que emplee cada vez que el servicio lo requiera. En caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales para con sus trabajadores empleados, este último podrá retener de las obligaciones que tenga con el contratista el monto total que adeude o descontando del vale vista o boleta bancaria de garantía de fiel cumplimiento según lo determine el Servicio. Similares obligaciones tendrá respecto de los trabajadores de subcontratistas de la empresa que emplea en la obra.
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NORMATIVAS |
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Las obras deberán ejecutarse en estricto cumplimiento a toda la normativa vigente sobre la materia, con especial mención de los siguientes cuerpos legales: a) Ley General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones. b) Ordenanza General de Construcciones y Urbanización. c) Disposiciones sobre seguridad e higiene industrial. d) Normativa General de Instalaciones de gas, eléctricas, y de teléfonos. e) Código Sanitario y Normativa de Instalaciones Sanitarias. f) Código del Trabajo. g) Ley 16.744 y demás leyes previsionales. h) Ley 20.123. i) Ley 19.886, de compras públicas y su reglamento. j) D.S. 140 Ministerio de Salud. k) Normas aplicables a la protección del medio ambiente. l) Ley Orgánica Constitucional de bases Generales de la Administración del Estado. m) Los D. S. N° 594/99 Minsal y sus modificaciones, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares trabajo y N° 146 del Ministerio Secretaria General de Gobierno del 24.12.97, publicada en el Diario Oficial el 17.04.98, que fija los niveles máximos de ruidos permisibles en zonas mixtas residencial con comercio y decibeles máximos permitidos en recintos hospitalarios. n) Demás normativas que tengan relevancia para el desarrollo de la obra, entre las cuales se aplica supletoriamente el reglamento de obras públicas del MOP.- Además las instalaciones de faena deberán cumplir la anterior normativa durante su funcionamiento considerando lo referente a niveles de contaminación. o) Normas de pavimentación y Manuales de Carreteras de la dirección de vialidad del M.O.P Durante el proceso de licitación y ejecución de la obra se deberán cumplir todas las normas contempladas en las bases, así como las normas técnicas, leyes, reglamentos, ordenanzas generales y locales vigentes, referidos al trabajo, a la previsión social, a la salud y seguridad en la obra, Código civil y leyes de la República, y demás aspectos que digan relación con la ejecución de los trabajos. Dichas leyes, ordenanzas, reglamentos y normas, se dan por conocidos por todos los proponentes y no se acompañarán para el estudio de la propuesta. Si durante el transcurso de la obra una ley, norma y/o reglamento es modificado por la autoridad correspondiente, la empresa asumirá el costo adicional que representa esta modificación sin exigir al mandante un pago adicional por este concepto. La Empresa en casos de controversia no podrá, en ningún caso alegar desconocimiento de la normativa vigente. Se deja establecido que el contratista es responsable de la tramitación y cancelación de todas las aprobaciones de los organismos correspondientes que sean necesarias para su correcta ejecución y regularización de sistemas de abastecimiento de suministros básicos (agua potable, electricidad, alcantarillado, etc.) incluyendo los tramites y pagos en la Dirección de obra Municipal correspondiente. Especial hincapié se establece en que antes de la ejecución de los sistemas de electricidad, alcantarillado y agua potable, el contratista deberá tramitar y cancelar los documentos necesarios de aprobación, certificados de factibilidad, etc. con las entidades pertinentes y muy especialmente con el comité de agua potable rural del sector y la unidad técnica que lo asesora.
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Visitas a Terreno |
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El proveedor podrá visitar las instalaciones en terreno, no obligatoria, desde la fecha de publicación y hasta el viernes anterior al cierre de la presente publicación. El horario y fecha debe ser coordinada con el Sr. Guillermo Vergara al telefono +562456326. Se dejará registro de la visita a terreno.
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