Licitación ID: 1196-2-LE24
SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA DEPORTISTAS
Responsable de esta licitación: INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE, I.ND. REGION I
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Seguros contra accidentes 1 Unidad
Cod: 84131603
ADQUISICION DE SEGURO DE ACCIDENTE PERSONALES PARA DEPORTISTAS DEL PROGRAMA DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS DEPORTIVOS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA DEPORTISTAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
se requiere la “ADQUISICION DE SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA DEPORTISTAS DEL PROGRAMA DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS, REGION DE TARAPACA”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE
Unidad de compra:
I.ND. REGION I
R.U.T.:
61.107.000-4
Dirección:
AV. SANTIAGO POLANCO N°2201
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-02-2024 18:00:00
Fecha de Publicación: 31-01-2024 17:07:29
Fecha inicio de preguntas: 31-01-2024 18:05:00
Fecha final de preguntas: 06-02-2024 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-02-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-02-2024 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-02-2024 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 22-02-2024 17:39:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- MEMO
Documentos Técnicos
1.- REQ
 
2.- ANEXO 2
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 1
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACION TECNICA Criterios de Evaluación Porcentaje de Ponderación 1. Coberturas 70% 2. Convenios de atención en Hospitales y / o clinicas 30% Total Puntaje Máximo Ponderado de la Propuesta Técnica 60% 60%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 24-01-337 DETECCION Y PROYECION DE NUEVOS TALENTOS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CLAUDIO FARIÑA MOLNA
e-mail de responsable de pago: claudio.farina@ind.cl
Nombre de responsable de contrato: VIVIANA BUGUEÑO AGUILERA
e-mail de responsable de contrato: viviana.bugueno@ind.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2519022-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
RESUELVO:
1°) APRUÉBANSE las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos por las que se regirá el llamado a Licitación Pública para la “ADQUISICION DE SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA DEPORTISTAS DEL PROGRAMA DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS, REGION DE TARAPACA”, cuyos textos son los siguientes: BASES ADMINISTRATIVAS “ADQUISICION DE SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA DEPORTISTAS DEL PROGRAMA DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS, REGION DE TARAPACA” 1. INTRODUCCIÓN. El Instituto Nacional de Deportes de Chile, en adelante también e indistintamente el IND, llama a presentar ofertas en la Licitación Pública para la “ADQUISICION DE SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA DEPORTISTAS DEL PROGRAMA DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS, REGION DE TARAPACA” Para efecto del estudio, preparación y presentación de las ofertas, los proponentes deberán considerar los siguientes antecedentes, los que forman parte de estas bases de licitación: a) Las bases administrativas; b) Las bases técnicas; c) Anexos d) Aclaraciones y respuestas a consultas de la licitación Se declararán inadmisibles las ofertas de los proponentes que hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, según los términos establecidos en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. La presentación de ofertas en la presente licitación implica que el proponente declara que no le afectan las inhabilidades antes señaladas.
2. DE LA PUBLICACIÓN Y TRAMITACIÓN A TRAVÉS DEL PORTAL MERCADOPÚBLICO.
El llamado a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en adelante e indistintamente “el portal de compras” o “www.mercadopublico.cl”. Y el proceso completo de selección de ofertas, adjudicación y contratación se efectuará a través del mismo, según las instrucciones, condiciones, normas y políticas de uso de dicho portal, y conforme los requerimientos y condiciones de las presentes Bases de Licitación y su Cronograma de Actividades. Estos documentos, con sus modificaciones, aclaraciones y otros, estarán disponibles gratuitamente en dicho sitio electrónico, a objeto de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso. 3 En caso de indisponibilidad técnica –acreditada por la Dirección de Compras Públicas del Sistema www.mercadopublico.cl, esto es, que todas o alguna de sus funcionalidades se encuentren total o parcialmente fuera de servicio, el IND podrá ejecutar el proceso, o algunas de sus etapas, al margen del Sistema. Ello deberá ponerse en conocimiento de los oferentes oportunamente, al igual que cualquier modificación o adaptación que sea requerida al efecto, especialmente las variaciones al Cronograma de Actividades de la Licitación, el establecimiento de la posibilidad de recibir en formato papel las ofertas técnicas y económicas, y la adopción de cualquier otra medida tendiente a resguardar la continuidad y regularidad del proceso de contratación. Lo anterior, con pleno respeto de los principios de libre concurrencia de los oferentes, de igualdad de éstos ante las Bases y teniendo presente lo más conveniente para la Dirección Regional.
3. DE LAS GENERALIDADES DE LAS BASES
3.1 Aceptación de los términos de las Bases. La participación en el proceso implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa. 3.2 Interpretación de las Bases. El IND se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. 3.3 Aclaraciones y/o modificaciones de oficio a las Bases. El IND podrá modificar, complementar o aclarar las bases de la licitación, de oficio o en atención a una consulta realizada por alguno de los oferentes, hasta 24 horas anteriores al día y hora fijados para la recepción de ofertas, a través de www.mercadopublico.cl. Si se trata de una modificación sustancial, se otorgará la extensión de plazo correspondiente para la debida preparación de las ofertas.
4. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES.
El proceso de Licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl conforme al siguiente cronograma: EVENTO LUGAR Y FECHA Recepción de consultas En el Sistema www.mercadopublico.cl, desde la publicación de las presentes Bases y hasta el el 6° día corrido, hasta las 18:00 hrs o al día hábil siguiente del Proceso, si éste recayere en día inhábil. Entrega de respuestas En el Sistema www.mercadopublico.cl hasta el día 8º corrido contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal de mercado público, a las 18:00 hrs o al día hábil siguiente del Proceso, si éste recayere en día inhábil. Cierre de ingreso de los Antecedentes Generales, y de las Ofertas Técnicas y Económicas en el Sistema. En el portal www.mercadopublico.cl, el 10° día corrido o al día hábil siguiente del Proceso, a las 18:00 hrs o al día hábil siguiente del Proceso, si éste recayere en día inhábil. Apertura electrónica de los Antecedentes Generales, de las Ofertas Técnicas y Económicas. En el portal www.mercadopublico,cl, el 11° día corrido o al día hábil siguiente, a las, si éste recayere en día inhábil. Resolución de Adjudicación, Inadmisibilidad de las ofertas o Deserción. Hasta el 20° día corrido contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal de mercado público, a las 18:00 hrs o al día hábil siguiente del Proceso, si éste recayere en día inhábil. El día de publicación del llamado, constituirá el día cero del cronograma de licitación establecido, a partir del cual se contaran los plazos de días corridos. En caso de no dictarse la Resolución de Adjudicación, Inadmisibilidad de las ofertas o Deserción en el plazo señalado en el cronograma, el Instituto fijará un nuevo plazo de días hábiles para dictar el acto administrativo respectivo, el cual se informará en el portal www.mercadopublico.cl, junto a las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo original.
5. DE LA RECEPCIÓN DE CONSULTAS Y LA ENTREGA DE RESPUESTAS
5.1 Recepción de consultas y solicitudes de aclaración. Los oferentes podrán hacer las consultas y solicitudes de aclaración que estimen procedentes respecto de las disposiciones contempladas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, las que se formularán a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, conforme a lo establecido en el cronograma de estas Bases. 5.2 Respuestas. La totalidad de las consultas y solicitudes de aclaración que formulen los oferentes serán respondidas o evacuadas en el plazo indicado en el cronograma de las presentes Bases Administrativas, quedando tales respuestas a disposición de todos los interesados en el portal www.mercadopublico.cl. Las respuestas señaladas serán parte integrante de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, en su caso, del contrato resultante del presente proceso licitatorio.
6. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
6.1 Contenido de las Ofertas. Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del portal www.mercadopublico.cl en formato electrónico o digital dentro del plazo de recepción de las mismas establecido en el cronograma de la licitación. Cada Oferta deberá contemplar todos los aspectos que permitan su adecuada evaluación. En consecuencia, corresponderá a los oferentes aportar la totalidad de los antecedentes requeridos y necesarios para su calificación. La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, oferta técnica y oferta económica, según se detalla en los puntos 6.1.1 y 6.1.2. 5 6.1.1.- Oferta Técnica. Es la que, cumpliendo las exigencias mínimas de las Bases Técnicas, pero pudiendo mejorarlas en todo lo que no sea contrario a ellas, detalla las características de los bienes y/o servicios ofertados, en todos sus aspectos esenciales. Deberá presentarse electrónicamente en el portal www.mercadopublico.cl, en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio y con los contenidos mínimos establecidos en las Bases Técnicas. 6.1.1 Contenidos mínimos de la oferta técnica Los contenidos mínimos de la oferta técnica son los siguientes: 1.1 Considerar el servicio de seguros de accidentes personales para los 85 DEPORTISTAS DEL PROGRAMA DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS de la región de Tarapacá, por el período de un año contado desde la fecha de adjudicación. 1.2 El seguro a contratar deberá contener como mínimo las siguientes coberturas y capital asegurado: COBERTURAS CAPITAL ASEGURADO (MÍNIMO) Muerte accidental UF 150 Desmembramiento e ITP UF 150 Reembolso de Gastos Médicos complementários UF 150 Incapacidad total o parcial UF 150 Gastos Funerarios y traslados UF 50 1.3 Duración: un año (12 meses) contado desde la fecha de adjudicación. 1.4 Deberá contemplar atención y diagnostico médica para los DEPORTISTAS las 24 horas del día en Chile. 1.5 Deberá contemplar cobertura a quienes practiquen cualquier tipo de deporte y disciplina deportiva, sin excluir la práctica de ningún deporte. 1.6 No tener edad mínima ni edad máxima para la obtención de los beneficios, a excepción de los mayores de 64 años. 1.7 El beneficiario deberá tener la posibilidad de elegir libremente el lugar de atención, en Chile. 1.8 Deberá contar con una póliza regional. 1.9 Se deberá contar con convenios de atención en uno de los siguientes centros de atención con cobertura a nivel regional y nacional. - Mutual de seguridad - ACHS - IST - Centros Médicos Privados 6 Se deja constancia, que será obligatorio contar con a lo menos un convenio con estos centros de atención. Ello, sin perjuicio de la facultad del postulante de poder ofertar según lo dispuesto en el punto 8.5.1 número 2 “Convenios de atención con centros médicos (CA)” 1.10 Deberá considerar servicio de ambulancia. 1.11 Para los efectos de dar uso al sistema de libre elección, el deportista puede hacerlo en cualquier centro médico privado, informando según procedimiento que entregue la aseguradora. 1.12 Las atenciones médicas y las coberturas deberán ser cubiertos en un 100% y, se deberán realizar independiente si los deportistas asegurados tengan algún tipo de previsión de salud (Fonasa, Isapre, Capredena, etc.) o no. La compañía aseguradora deberá informar a los beneficiarios que primero deben recurrir a su sistema de salud, para después hacer uso del seguro. 1.13 La Empresa Aseguradora, deberá remitir trimestralmente a la Dirección Regional de Tarapacá del Instituto Nacional de Deportes un Informe de siniestralidad. 1.14 El ingreso y egreso de DEPORTISTAS al seguro debe ser permanente durante la vigencia del contrato y la Dirección Regional de Tarapacá del Instituto Nacional de Deportes informará de ello periódicamente. 1.15 Se debe considerar la cobertura de los DEPORTISTAS una vez incorporados en el programa. 1.16 La nómina de asegurados podrá ser modificada las veces que sea necesario, por lo tanto, la póliza deberá considerar que los cupos son reemplazables. 1.17 La compañía que se adjudique la licitación, deberá realizar una presentación de su plan de trabajo, la cual debe contemplar: - Entrega de material de apoyo trimestralmente (documentos de difusión escritos y/o electrónicos) que permitan a los usuarios (deportistas y Dirección Regional de Tarapacá del Instituto Nacional de Deportes) conocer el funcionamiento y coberturas del seguro. - Enviar información a los beneficiarios a través de correo electrónico de sus reembolsos ejecutados. 1.18 Se ha de entender por beneficiario de las coberturas de muerte accidental del asegurado a los herederos del asegurado, o en su defecto a quien haya sido designada en el formulario “Designación de Beneficiarios” entregado e informado al adjudicatario, al momento de la suscripción del contrato de ejecución de servicios. 1.19 El beneficiario de las coberturas de desmembramiento, incapacidad total y permanente, y rembolsos de gastos médicos será siempre el asegurado. 1.20 Los oferentes además, deberán indicar en sus ofertas el o los corredores de seguros con los que trabajan, quienes durante el año de vigencia, deberán responder en 48 hrs vía correo electrónico todas las consultas que se les realice en relación con la póliza del seguro. 1.21 El seguro no debe tener deducibles. 7 1.22 En el caso de los menores de 18 años, el reembolso del siniestro debe ser pagado a los tutores o padres, informándoles vía correo electrónico de este reembolso tanto a ellos como a la Dirección Regional de Tarapacá del IND. 1.23 En el caso que un deportista se encuentre en tratamiento y su disciplina deje de formar parte del programa DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS se deberá continuar con el tratamiento hasta el término del mismo. 1.24 La confirmación diagnóstica por un especialista debe ser asegurada dentro de las 72 horas hábiles post accidente de manera presencial o remota. Las ofertas que no cumplan con la totalidad de estos requisitos, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación. 6.1.2.- Oferta Económica Deberá presentarse electrónicamente a través del Sistema www.mercadopublico.cl en la oportunidad establecida en el calendario de eventos, de acuerdo a las condiciones, normas y políticas de uso del sitio. Los valores ingresados al portal deberán expresarse en moneda nacional e indicar el monto total a suma alzada correspondiente a los Servicios requeridos en las presentes bases. Todos los proponentes deberán adjuntar el Anexo N°1 Presupuesta Económica.
7.- Costo de formulación de las ofertas.
Los gastos en que incurran los proponentes para la presentación de sus Ofertas, serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
8.- Apertura de las Ofertas
La apertura se efectuará en la oportunidad indicada en el Cronograma de las presentes bases de licitación, con asistencia de los oferentes que deseen concurrir y en presencia de al menos tres funcionarios del IND, quienes revisarán inicialmente el cumplimiento de lo establecido en el punto 6.1 “Contenido de las Ofertas”, documentos indispensables para proceder a la apertura electrónica. Tras dicha apertura y revisión, se procederá a levantar un acta de lo obrado, en la que se consignará todo otro hecho pertinente que se le solicite por alguno de los eventuales oferentes participantes y/o por los funcionarios que asistan, como también los motivos de eventuales inadmisibilidades. Los proponentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura electrónica de las ofertas, a través del portal www.mercadopublico.cl.
9.- DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
9.1.- La Comisión Evaluadora. Las ofertas que inicialmente fueron declaradas admisibles, serán analizadas por una Comisión Evaluadora que estará integrada por los siguientes funcionarios del Instituto Nacional de Deportes: 8 a) Jefe de Actividad Física, o quien lo subrogue o un representante designado por éste al efecto. b) Profesional de la Unidad Actividad física y deporte o un funcionario representante de esta unidad y/o Departamento al efecto. c) Encargado de Adquisiciones, quien actuará además como secretaria de acta de las evaluaciones o quien lo subrogue o un representante designado por éste al efecto. 9.2.- Consultas Aclaratorias a Oferentes. Durante el período de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. 9.3.- Posibilidad de subsanar errores u omisiones formales detectadas durante la evaluación. Durante el período de apertura y evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás, esto es, en tanto no se afecten, a juicio del IND, los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. 9.4.- Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes Durante el período de apertura y de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que presenten antecedentes omitidos. Para ello, la Comisión Evaluadora enviará, vía portal www.mercadopublico.cl, la correspondiente solicitud de aclaración, indicando los antecedentes que faltan. Se hace presente que sólo serán consideradas aquellas certificaciones o antecedentes que se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o se refieran a situaciones que no hayan mutado entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Los oferentes deberán entregar el/los antecedentes faltantes dentro del plazo indicado en la solicitud. 9.5 Evaluación Oferta Económica (EOE), 40%: La evaluación de las ofertas económicas se realizará aplicando la siguiente fórmula: Puntaje = Oferta económica más baja x 100 Oferta económica en evaluación EOE=Puntaje Obtenido * 0.40 9.5.2 Evaluación Técnica de las Ofertas (ETO): (60%) A continuación se detalla el método que los miembros de la Comisión Evaluadora utilizarán para evaluar las Propuestas Técnicas: 9 Criterios de Evaluación Porcentaje de Ponderación 1. Coberturas 70% 2. Convenios de atención en Hospitales y / o clinicas 30% Total Puntaje Máximo Ponderado de la Propuesta Técnica 60% Los factores y subfactores, y el sistema de puntos que se asignarán a la evaluación de las Propuestas Técnicas son: 9.5.2.1.- COBERTURAS (CB), 70%: (a) Muerte Accidental (15%) COBERTURA MÍNIMA PUNTAJE 150 UF 10 puntos 151 – 200 UF 50 puntos 201 – 250 UF 70 puntos 251 o más UF 100 puntos (b) Desmembramiento e ITP (15%) COBERTURA MÍNIMA PUNTAJE 150 UF 10 puntos 151 – 200 UF 50 puntos 201 – 250 UF 70 puntos 251 o más UF 100 puntos (c) Rembolsos de gastos médicos complementarios (50%) COBERTURA MÍNIMA PUNTAJE 150 UF 10 puntos 151 – 200 UF 50 puntos 201 – 250 UF 70 puntos 251 o más UF 100 puntos 10 (d) Incapacidad total o permanente (10%) COBERTURA MÍNIMA PUNTAJE 150 UF 10 puntos 151 – 200 UF 50 puntos 201 – 250 UF 70 puntos 251 o más UF 100 puntos (e) Gastos funerarios y traslados (10%) COBERTURA MÍNIMA PUNTAJE 50 UF 10 puntos 51 – 80 UF 50 puntos 81 – 110 UF 70 puntos 111 o más UF 100 puntos CB=Puntaje Obtenido * 0.70 9.5.2.2.- CONVENIO DE ATENCION EN HOSPITALES Y/O CLINICAS (CA), 30%: El puntaje se asignará según la siguiente tabla: N° DE HOSPITALES Y/O CLÍNICAS PUNTAJE 9 o más 100 puntos 5 – 8 70 puntos 2 - 4 50 puntos 1 10 puntos 0 0 puntos CE=Puntaje Obtenido * 0.30 11 9.5.3 Evaluación General de las Propuestas. Las ofertas obtendrán un puntaje final que resultará de la suma de los puntajes de los criterios evaluados multiplicados por su respectiva ponderación. Esto mediante la siguiente fórmula: Puntaje Final = ETO x (0.60) + EOE x (0.40)
10.- Mecanismo de Solución en Caso de Empates.
En caso de igualdad en el puntaje final, se privilegiará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en la evaluación económica. De mantenerse el empate, se escogerá al proponente que ha obtenido el mayor puntaje en plazo de entrega del producto y de continuar el empate se privilegiará a l oferente que primero haya presentado su oferta.
11.- DE LA RESOLUCIÓN DEL PROCESO
11.1.- Adjudicación La Adjudicación se hará por Resolución del IND, sobre la base del Acta de Evaluación elaborada por la Comisión Evaluadora. En caso de que el adjudicado no acepte por cualquier motivo la respectiva Orden de Compra, el IND se reserva el derecho de adjudicar la propuesta al segundo oferente mejor evaluado. 11.2.- Eventual Rechazo de las Ofertas o Declaración de Licitación Desierta. El IND, como Órgano del Estado, se reserva el derecho de declarar inadmisible o rechazar, por resolución fundada, al momento en que debe decidir la adjudicación del bien o servicio, cualquier oferta de algún proponente, cuando estimare que no cumple los requisitos establecidos en las Bases y/o a partir de la ponderación que haga de los documentos referidos en los Antecedentes Generales del Oferente. Asimismo, el IND, por resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. 11.3.- Comunicación de resultados de la licitación. Se comunicará el resultado de la Propuesta a todos los oferentes a través de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la correspondiente Resolución. 11.4.- Consultas respecto de la adjudicación. Los oferentes podrán hacer consultas en relación a la adjudicación, en el plazo de tres días hábiles a contar de la fecha de la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la Resolución adjudicatoria. Dichas consultas deberán dirigirse al funcionario de contacto señalado por el IND en las presentes Bases Administrativas. Todas las respuestas serán evacuadas y puestas en conocimiento de todos los oferentes, a través del sistema www.mercadopublico.cl, en el plazo de 2 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo indicado en el párrafo anterior
12.- Del Contrato
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley de Compras, el contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por el Servicio y aceptación de ésta por parte del Proveedor. 12.1.- Vigencia y Duración del Contrato El Contrato entrará en vigencia a contar de la fecha de adjudicación y tendrá la duración de un año. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad del Instituto de poner término anticipado al contrato en las situaciones que se señalan en estas Bases.
13.- EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
13.1.- Administración y Fiscalización de su Cumplimiento Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del contrato, el Instituto designa como su Administrador al Encargado de Actividad Física y Deportes o quien lo reemplace, el que tendrá las siguientes facultades-responsabilidades: a) Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato. b) Mantener actualizado un archivo con la totalidad de los antecedentes del contrato. c) Revisar y aprobar el pago de los productos adquiridos, previa verificación de las multas a que hubiere lugar. d) Certificar la recepción, a entera satisfacción del Instituto, de los productos y/o servicios adquiridos. e) En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio. 13.2.- Multas El IND podrá, en caso de incumplimiento o infracción contractual por parte del Adjudicatario, multar a éste en atención a la gravedad de la infracción, lo que será determinado de acuerdo a la siguiente Tabla: INFRACCIÓN MULTA  Cada vez que un producto no cumpla con las especificaciones técnicas indicadas en las Bases Técnicas. UTM 1 (una Unidad Tributaria Mensual), por producto Verificada la infracción por el Administrador del Contrato, notificará por escrito al Adjudicatario, informando que se ha incurrido en una infracción, con indicación de la multa a aplicar. La multa procederá por cada incumplimiento o infracción contractual que se produzca, y será aplicada administrativamente, descontada del pago correspondiente. La aplicación de multas no libera al Adjudicatario de otras sanciones, como el término del Contrato si procediera. 13 13.3.- Causales de Término Anticipado del Contrato. Sin perjuicio de causales especiales que se señalen en el respectivo contrato, serán causales de modificación y de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna, las siguientes: a) La declaración en quiebra, el notorio estado de insolvencia, la terminación, liquidación o disolución de la entidad adjudicataria; b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, entendiéndose por tal la ejecución del contrato en términos y condiciones diversas a aquellas que fueron materia de oferta por parte del adjudicatario; c) La resciliación o mutuo acuerdo de las partes. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Si las multas superan el 20% del valor total contratado. 13.4.- Procedimiento para la aplicación de multas o para resolver el término anticipado: Verificada la infracción por el Instituto, notificará por escrito al adjudicatario, informando las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la multa con indicación de su monto, o, en su caso para poner el término anticipado al contrato. El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de 2 días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo el IND mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual.
14.- Pago
El pago se efectuará previa recepción conforme del IND de los servicios adquiridos. El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes de presentada la factura, extendida a nombre del Instituto Nacional de Deportes de Chile, RUT N° 61.107.000-4, domiciliado para estos efectos en calle Avda. Santiago Polanco N° 2201, Comuna de Iquique. 14.1.- Anticipos y Reajustes No se contempla pagos anticipados por ningún concepto. El precio convenido para el contrato se considerará invariable y no reajustable
15.- Adaptabilidad de los Servicios.
El IND, durante el proceso de evaluación y adjudicación o con la mediación de un aviso escrito, despachado con un mínimo de 72 horas de anticipación a la fecha programada para la entrega de los productos, podrá aumentarlos hasta en un 30% o disminuirlos hasta en un 10%. Esta variación no podrá significar una alteración del precio unitario ofertado. Dicha adaptabilidad del contrato se entenderá como una modificación del mismo por mutuo acuerdo de las partes, conforme a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 de Compras Públicas, y por el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
16.- Acreditación de Cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social
El Instituto, en forma previa a la aprobación de los estados de pago, exigirá la certificación o acreditación documentada del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, pudiendo además, solicitarlo en cualquier momento durante la vigencia del contrato, quedando facultado en caso de detectarse incumplimientos, para actuar en conformidad 14 a la ley laboral respecto de las empresas o servicios del Estado y/o de los subsidiariamente obligados. La no exhibición de los documentos a que se refiere el inciso anterior, autorizará al Instituto, para retener, las cantidades adeudadas por concepto de remuneraciones e imposiciones previsionales o las que estime necesarias para cubrir dichas deudas.
17.- Subcontratación
El adjudicatario podrá previa autorización expresa del Instituto, subcontratar servicios para asegurar la continuidad operativa de éstos. Las labores que subcontrate con otros proveedores, deberán ser notificadas al IND para su aceptación o rechazo. En caso de subcontratación, el adjudicatario mantendrá la responsabilidad, tanto contractual como extracontractual, frente al Instituto y/o frente a terceros. Todo el personal y las actuaciones de los subcontratistas serán considerados como del adjudicatario para efectos de estas bases y del contrato, siendo en consecuencia responsable de todas las obligaciones para con los trabajadores, proveedores u otros que omita pagar el subcontratista.
18.- Pacto de Integridad.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 15 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o lo contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga a aceptar asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es un propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas la medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsables de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
19.- Requisitos de confidencialidad
Las Partes reconocen y aceptan que la confidencialidad es fundamental dentro del marco del presente contrato y por ende vienen a elevarla a la calidad de esencial. En virtud de lo anterior, el prestador de servicios tendrá la obligación de guardar secreto total y de no divulgar, salvo expresa autorización del IND, toda información, datos, sistemas, especificaciones técnicas, métodos, programas y en general cualquier aspecto relacionado con la información y tecnologías a la que tenga acceso por razón de su desempeño en el IND. Asimismo, el prestador de servicios se obliga a no utilizarlos en beneficio propio o de terceras personas. La infracción a las obligaciones de guardar secreto y de no divulgación significa un incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, lo que podrá dar lugar a la decisión del Instituto de poner término al contrato, sin perjuicio del ejercicio de las acciones civiles o penales que pudieran corresponder.
BASES ADMINISTRATIVAS
BASES ADMINISTRATIVAS “ADQUISICION DE SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA DEPORTISTAS DEL PROGRAMA DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS, REGION DE TARAPACA” Los contenidos mínimos de la oferta técnica son los siguientes: 1.1 Considerar el servicio de seguros de accidentes personales para los 85 DEPORTISTAS DEL PROGRAMA DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS de la región de Tarapacá, por el período de un año contado desde la fecha de adjudicación. 1.2 El seguro a contratar deberá contener como mínimo las siguientes coberturas y capital asegurado: COBERTURAS CAPITAL ASEGURADO (MÍNIMO) Muerte accidental UF 150 Desmembramiento e ITP UF 150 Reembolso de Gastos Médicos complementários UF 150 Incapacidad total o parcial UF 150 Gastos Funerarios y traslados UF 50 1.3 Duración: un año (12 meses) contado desde la fecha de adjudicación. 1.4 Deberá contemplar atención y diagnostico médica para los DEPORTISTAS las 24 horas del día en Chile. 1.5 Deberá contemplar cobertura a quienes practiquen cualquier tipo de deporte y disciplina deportiva, sin excluir la práctica de ningún deporte. 1.6 No tener edad mínima ni edad máxima para la obtención de los beneficios, a excepción de los mayores de 64 años. 1.7 El beneficiario deberá tener la posibilidad de elegir libremente el lugar de atención, en Chile. 1.8 Deberá contar con una póliza regional. 1.9 Se deberá contar con convenios de atención en uno de los siguientes centros de atención con cobertura a nivel regional y nacional. - Mutual de seguridad - ACHS - IST - Centros Médicos Privados Se deja constancia, que será obligatorio contar con a lo menos un convenio con estos centros de atención. Ello, sin perjuicio de la facultad del postulante de poder ofertar según lo dispuesto en el punto 8.5.1 número 2 “Convenios de atención con centros médicos (CA)” 1.10 Deberá considerar servicio de ambulancia. 19 1.11 Para los efectos de dar uso al sistema de libre elección, el deportista puede hacerlo en cualquier centro médico privado, informando según procedimiento que entregue la aseguradora. 1.12 Las atenciones médicas y las coberturas deberán ser cubiertos en un 100% y, se deberán realizar independiente si los deportistas asegurados tengan algún tipo de previsión de salud (Fonasa, Isapre, Capredena, etc.) o no. La compañía aseguradora deberá informar a los beneficiarios que primero deben recurrir a su sistema de salud, para después hacer uso del seguro. 1.13 La Empresa Aseguradora, deberá remitir trimestralmente a la Dirección Regional de Tarapacá del Instituto Nacional de Deportes un Informe de siniestralidad. 1.14 El ingreso y egreso de DEPORTISTAS al seguro debe ser permanente durante la vigencia del contrato y la Dirección Regional de Tarapacá del Instituto Nacional de Deportes informará de ello periódicamente. 1.15 Se debe considerar la cobertura de los DEPORTISTAS una vez incorporados en el programa. 1.16 La nómina de asegurados podrá ser modificada las veces que sea necesario, por lo tanto, la póliza deberá considerar que los cupos son reemplazables. 1.17 La compañía que se adjudique la licitación, deberá realizar una presentación de su plan de trabajo, la cual debe contemplar: - Entrega de material de apoyo trimestralmente (documentos de difusión escritos y/o electrónicos) que permitan a los usuarios (deportistas y Dirección Regional de Tarapacá del Instituto Nacional de Deportes) conocer el funcionamiento y coberturas del seguro. - Enviar información a los beneficiarios a través de correo electrónico de sus reembolsos ejecutados. 1.18 Se ha de entender por beneficiario de las coberturas de muerte accidental del asegurado a los herederos del asegurado, o en su defecto a quien haya sido designada en el formulario “Designación de Beneficiarios” entregado e informado al adjudicatario, al momento de la suscripción del contrato de ejecución de servicios. 1.19 El beneficiario de las coberturas de desmembramiento, incapacidad total y permanente, y rembolsos de gastos médicos será siempre el asegurado. 1.20 Los oferentes además, deberán indicar en sus ofertas el o los corredores de seguros con los que trabajan, quienes durante el año de vigencia, deberán responder en 48 hrs vía correo electrónico todas las consultas que se les realice en relación con la póliza del seguro. 1.21 El seguro no debe tener deducibles. 1.22 En el caso de los menores de 18 años, el reembolso del siniestro debe ser pagado a los tutores o padres, informándoles vía correo electrónico de este reembolso tanto a ellos como a la Dirección Regional de Tarapacá del IND. 1.23 En el caso que un deportista se encuentre en tratamiento y su disciplina deje de formar parte del programa DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS se deberá continuar con el tratamiento hasta el término del mismo. 20 1.24 La confirmación diagnóstica por un especialista debe ser asegurada dentro de las 72 horas hábiles post accidente de manera presencial o remota. Las ofertas que no cumplan con la totalidad de estos requisitos, serán declaradas inadmisibles, y no continuarán con las siguientes etapas del proceso de evaluación 2°) LLÁMASE a Licitación Pública y apruébense las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos para la “ADQUISICION DE SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES PARA DEPORTISTAS DEL PROGRAMA DETECCION Y PROYECCION DE NUEVOS TALENTOS, REGION DE TARAPACA”. 3º) PUBLÍQUESE el llamado a licitación en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, disponible en la red Internet, a través del sitio www.mercadopublico.cl. 4º) CORRESPONDERÁ a la Unidad de Administración y Finanzas, coordinar el correcto desarrollo de la licitación, cuyo llamado se aprueba. ANÓTESE Y ARCHÍVESE.