Licitación ID: 1943-3-LP19
Faenas forestales en Reserva Nacional Lago Peñuelas: Plantación, manejo de regeneración, manejo forestal, poda y raleo.
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
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Productos o servicios
1
Servicios de repoblación forestal 1 Unidad
Cod: 70151507
Plantación de pinus radiata y especias nativas, manejo de regeneración es especias exóticas y manejo forestal de especias exóticas mediante poda y raleo, en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, año 2019.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Faenas forestales en Reserva Nacional Lago Peñuelas: Plantación, manejo de regeneración, manejo forestal, poda y raleo.
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Plantación de Pinus radiata y especies nativas, manejo de regeneración natural en especies exóticas y manejo forestal de especies exóticas mediante poda y raleo, en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, año 2019, según Bases Administrativas y Técnicas adjuntas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
V Región - Oficina Regional de Valparaiso
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
3 Norte 555
Comuna:
Viña del Mar
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-06-2019 10:00:00
Fecha de Publicación: 29-05-2019 13:03:00
Fecha inicio de preguntas: 30-05-2019 15:00:00
Fecha final de preguntas: 05-06-2019 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-06-2019 14:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-06-2019 10:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-06-2019 10:01:00
Fecha de Adjudicación: 05-07-2019 10:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 1.1 Plazo de entrega: El proveedor deberá indicar claramente el plazo de entrega del servicio licitado en días corridos. Se entiende por plazo de entrega el que comienza con la recepción de los rodales, por parte del proveedor adjudicado lo que se efectuaría con posterioridad a la firma del respectivo contrato. El inicio del servicio deberá formalizarse a través de un acta debidamente firmada por las partes y concluye cuando las actividades, consideradas en las bases, de reforestación, manejo forestal de especies exóticas mediante poda y raleo y manejo de regeneración de vegetación exótica invasora en plantación de especies nativas, se encuentren totalmente terminadas y recibidas conforme por CONAF. Esta información se considerará para el proceso de evaluación. Aquellas ofertas que excedan los 135 días corridos como plazo de término, no serán evaluadas y serán rechazadas en el acto de apertura electrónica. Asimismo, esta información es de carácter obligatorio; de no incluirse en la oferta, ésta será rechazada íntegramente en el acto de apertura electrónica. Pueden postular personas naturales o jurídicas. 1.2 Declaraciones Simples: 1) Anexo 1: El oferente deberá presentar una declaración simple en la cual señale conocer los lugares en que se efectuará la faena objeto de esta licitación, sus vías de acceso y caminos, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular. 2) Anexo 2: El oferente deberá presentar una declaración simple de aceptación explícita de las Bases Administrativas y Técnicas. 3) Anexo 3: No tener condenas por prácticas antisindicales 4) Anexo 4A: No tener calidad de directivo (persona jurídica) 5) Anexo 4B: No tener calidad de directivo (persona natural) 6) Anexo 5: No tener deudas de remuneraciones y/o previsionales con sus trabajadores 7) Experiencia del oferente y del encargado de faena (Anexo 6a y 6b según corresponda) Todos estos anexos deben venir debidamente firmados por el oferente y son de carácter obligatorio, de no ser incluidos, se rechazará la oferta íntegramente en acto apertura electrónica. No obstante, CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
Documentos Técnicos
1.- 2.1 Visita a Terreno: Esta licitación contempla la obligatoriedad de realizar una visita a terreno. Para estos efectos, en los 3 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de las presentes bases, se prevé la ejecución de una visita al lugar donde se emplazará la faena la que tendrá lugar, a partir de las 11:00 hrs y hasta las 13:00 hrs aproximadamente. El margen previsto para la hora de llegada no excederá a las 11:15 hrs, quienes lleguen en un horario posterior a este último, no podrán participar en la visita a terreno. Se les solicita a los postulantes informar previamente su concurrencia a esta actividad al Administrador de la Reserva, Sr. Oscar Salazar, al teléfono móvil 9-77259789, o al correo electrónico oscar.salazar@conaf.cl con copia a fernando.hurtado@conaf.cl. En esta visita CONAF levantará un acta debidamente firmada por los oferentes y/o por sus representantes, la que será parte del expediente de la licitación y deberá ser acompañada en los antecedentes técnicos. Las ofertas cuyos oferentes no hayan realizado la visita a terreno, no serán evaluadas y serán rechazados en acto de apertura electrónica. 2.2 Experiencia del Oferente: El proveedor deberá adjuntar a su oferta los Anexos N° 6a y 6b, “Experiencia del Oferente” y “Experiencia del Encargado de Faena”, la cantidad de trabajos similares al servicio requerido, ejecutados por la empresa y por el encargado de la faena en terreno. Todos estos antecedentes, deberán ser listados y respaldados con la información respectiva. CONAF se reserva el derecho de verificar todos los antecedentes presentados. Esta información será parte del proceso de evaluación. A su vez, aquellas ofertas que no entreguen esta información serán rechazadas en apertura electrónica y no serán evaluadas. 2.3 Anexo técnico: El proveedor deberá ingresar un anexo técnico, en el cual detalle a lo menos: 1) Propuesta de trabajo y detalle de las actividades a realizar de acuerdo a los requerimientos técnicos para la ejecución de faenas establecidos en las bases técnicas adjuntas. 2) Personal y Cantidad de trabajadores que ejecutarán la faena; 3) Carta Gantt que describa el desarrollo de las actividades y los costos asociados a éstas. El anexo solicitado es parte esencial de la oferta presentada. La oferta que no acompañe este anexo no será evaluada y será rechazada en el acto de apertura. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá desestimar la oferta declarándola inadmisible en la etapa de evaluación si ésta no adhiriera plenamente a la ejecución de las 3 actividades descritas en las bases técnicas de esta licitación. Las propuestas que se presenten mejorando los estándares mínimos en 2 o más de las actividades mencionadas en el cuadro anterior, serán evaluadas con una mayor puntuación en el criterio N°5 “Estándar de las actividades a ejecutar en el servicio”. Como referencia se indica que los estándares básicos exigidos están en la base técnica de licitación desde la página N° 4 hasta la N° 13. Por lo tanto, las ofertas que se evaluarán serán aquellas que propongan la ejecución del servicio considerando las tres actividades mínimas por realizar, señaladas en las bases técnicas, siendo adjudicadas aquellas que obtengan mayor puntaje en la evaluación general. NOTA: se entiende por trabajos similares actividades de reforestación y/o manejo con distintas especies y/o en otras zonas geográficas del país.
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes económicos 3.1 Costos asociados: La oferta debe considerar e incluir en el costo total del servicio, todos los costos asociados a los trabajos, tales como costo de personal, alimentación, elementos de seguridad, transporte, materiales a utilizar etc. como asimismo cualquier otro costo asociado. Una vez adjudicados los trabajos, CONAF no asumirá ningún costo adicional que el proveedor no haya incluido en su oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio • El factor “precio” se calculará aplicando la siguiente fórmula: Valor mínimo ofertado * 100/valor ofertado 35%
2 Cumplimiento de los requisitos formales • Cumple con la entrega de toda la información en los plazos establecidos: 100 Puntos. • Cumple con la entrega de toda la información fuera de los plazos establecidos: 50 Puntos. 5%
3 Experiencia de los Oferentes Formulario 6.A Este factor se medirá de la siguiente manera: • 4 o más trabajos similares según anexo: 100 Puntos. • 2 o 3 trabajos similares según anexo: 50 Puntos. • Un trabajo similar: 0 puntos 10%
4 Plazo de Entrega Este factor se medirá de la siguiente manera • Actividad desarrollada en el plazo menor a 110 días corridos: 100 Puntos. • Actividad desarrollada desde 110 hasta 135 días corridos: 50 Puntos. 20%
5 Estandar de las actividades a ejecutar en el servi • Mejora el estándar básico en las 3 actividades mencionadas en el anexo técnico: 100 puntos. • Mejora el estándar básico de 2 de las 3 actividades mencionadas en el anexo técnico: 50 puntos. • Mantiene el estándar básico solicitado por CONAF: 0 Puntos. 20%
6 Experiencia encargado de faenas (Formulario 6.B) Este factor se medirá de la siguiente manera: • 4 o más trabajos similares según anexo: 100 Puntos. • 2 o 3 trabajos similares según anexo: 50 Puntos. • Un trabajo similar: 0 puntos 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 38 - PROGES
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Se considera un monto máximo total disponible para la ejecución del servicio asociado descrito en esta licitación de 90.250.000.– con impuesto incluido, de acuerdo al presupuesto disponible. VER BASES ADMINISTRATIVAS.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Luisa Morales Lobos
e-mail de responsable de pago: luisa.morales@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Nancy Cortés Barraza
e-mail de responsable de contrato: nancy.cortes@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2320215-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 02-07-2019
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: El postulante deberá entregar a CONAF para garantizar la seriedad de la oferta, una garantía pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable a nombre de la: "Corporación Nacional Forestal, Rut. 61.313.000-4 por un monto equivalente a $1.000.000.- (un millón de pesos). Entrega del documento: El documento deberá ser entregado en la Oficina de partes, ubicada en 3 norte #555, Viña del Mar, en horario de atención de público, de lunes a viernes entre las 09:00 hrs. hasta las 14:00 hrs, antes del cierre de la licitación.
Glosa: La garantía debe indicar en su texto lo siguiente: “Plantación de Pinus radiata y especies nativas, manejo de regeneración natural en especies exóticas y manejo forestal de especies exóticas mediante poda y raleo, en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, año 2019”, CONAF, Región de Valparaíso”.
Forma y oportunidad de restitución: Forma y oportunidad de la restitución: La garantía será restituida al proveedor adjudicado, una vez firmado el contrato respectivo. En el caso de los proveedores no adjudicados será restituida transcurridos 20 días hábiles a la fecha de adjudicación. En caso en que el proveedor adjudicado no suscriba el contrato, o bien desistiere por cualquier otro motivo, CONAF hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 30-03-2020
Monto: 5 %
Descripción: El postulante que resulte adjudicado deberá entregar a CONAF la correspondiente garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, consistente en una garantía pagadera a la vista de carácter de irrevocable, a nombre de la Corporación Nacional Forestal, Rut 61.313.000-4, por un monto total equivalente al 5%, para las faenas de poda y raleo más la de manejo de vegetación exótica invasora, del valor total de los servicios contratados (con impuesto incluido) con la vigencia que a continuación se indican: Garantía (5%): 90 días corridos siguientes al término de las faenas (cuyo vencimiento es el 30 de marzo de 2020). Entrega del documento: El documento se deberá entregar durante los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación aceptada, en Oficina de Partes CONAF, ubicado en 3 Norte 555 Viña del Mar, en sobre cerrado dirigido al JEFE DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, indicando la leyenda “Contiene garantía de fiel cumplimiento licitación pública “Plantación de Pinus radiata y especies nativas, manejo de regeneración natural en especies exóticas y manejo forestal de especies exóticas mediante poda y raleo, en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, año 2019”, CONAF Región de Valparaíso”. VER BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS.
Glosa: La garantía debe indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública “Plantación de Pinus radiata y especies nativas, manejo de regeneración natural en especies exóticas y manejo forestal de especies exóticas mediante poda y raleo, en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, año 2019”, CONAF Región de Valparaíso”. VER BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS.
Forma y oportunidad de restitución: Se efectuará la devolución del documento de la siguiente forma: Garantía de 5%: a los 90 días corridos siguientes al término de las faenas, previo informe técnico de recepción conforme de la misma por parte del Jefe de Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal (DEFOR). El informe de prendimiento de la plantación se realizará en la primera quincena de abril del año 2020. Si su resultado es de 75% o más de plantas vivas, con un error muestral no superior al 15%, para Pinus radiata y también para el caso de las especies nativas, se tendrá por aprobado el prendimiento, emitiéndose un informe que dé cuenta de ello, elaborado por el Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal y, se hará la devolución de la boleta de garantía de fiel cumplimiento. En caso que no se cumpla las 2 condiciones ya señaladas, se hará efectivo el cobro total de este documento. A contar de la fecha de término de las faenas contratadas, se dará facilidades de ingreso al oferente para que pueda hacer los mantenimientos que estime necesarios para la buena condición de la plantación incluso para replantar, el replante se debe realizar hasta el 30 de octubre de 2019. Sólo se permitirá replante después de esta fecha, si se presenta daño por acción de la fauna, ajenas a la calidad de la plantación, de la calidad de las plantas o de factores climáticos. VER BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS.
   
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 29-04-2020
Monto: 7 %
Descripción: El postulante que resulte adjudicado deberá entregar a CONAF la correspondiente garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, consistente en una Garantía pagaderas a la vista de carácter de irrevocable, a nombre de la Corporación Nacional Forestal, Rut 61.313.000-4, por un monto total equivalente al 7%, para la faena de reforestación, del valor total de los servicios contratados (con impuesto incluido) con la vigencia que a continuación se indican: Garantía (7%): 120 días corridos siguientes al término del contrato (con vencimiento el 29 de abril de 2020) Entrega del documento: El documento se deberá entregar durante los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación aceptada, en Oficina de Partes CONAF, ubicado en 3 Norte 555 Viña del Mar, en sobre cerrado dirigido al JEFE DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, indicando la leyenda “Contiene garantía de fiel cumplimiento licitación pública “Plantación de Pinus radiata y especies nativas, manejo de regeneración natural en especies exóticas y manejo forestal de especies exóticas mediante poda y raleo, en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, año 2019”, CONAF Región de Valparaíso”. VER BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS.
Glosa: Las garantías deben indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública “Plantación de Pinus radiata y especies nativas, manejo de regeneración natural en especies exóticas y manejo forestal de especies exóticas mediante poda y raleo, en la Reserva Nacional Lago Peñuelas, año 2019”, CONAF Región de Valparaíso”. VER BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS.
Forma y oportunidad de restitución: Se efectuará la devolución de los documentos de la siguiente forma: Garantía de 7%: a los 120 días corridos siguientes al término del contrato, previo finiquito firmado por las partes, el cual se suscribirá una vez realizado el informe de prendimiento de reforestación a través de plantación por parte del Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal (DEFOR). El informe de prendimiento de la plantación se realizará en la primera quincena de abril del año 2020. Si su resultado es de 75% o más de plantas vivas, con un error muestral no superior al 15%, para Pinus radiata y también para el caso de las especies nativas, se tendrá por aprobado el prendimiento, emitiéndose un informe que dé cuenta de ello, elaborado por el Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal y, se hará la devolución de la boleta de garantía de fiel cumplimiento. En caso que no se cumpla las 2 condiciones ya señaladas, se hará efectivo el cobro total de este documento. A contar de la fecha de término de las faenas contratadas, se dará facilidades de ingreso al oferente para que pueda hacer los mantenimientos que estime necesarios para la buena condición de la plantación incluso para replantar, el replante se debe realizar hasta el 30 de octubre de 2019. Sólo se permitirá replante después de esta fecha, si se presenta daño por acción de la fauna, ajenas a la calidad de la plantación, de la calidad de las plantas o de factores climáticos. VER BASES DE LICITACIÓN ADJUNTAS.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Apertura de las ofertas
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema. La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
Adjudicación
La adjudicación se realizará solo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan la habilidad para contratar con el Estado. En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
Readjudicación
En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la orden de compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación. En este caso, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
Plazo de Adjudicación
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta indicando el nuevo plazo de adjudicación.
Metodología de desempate
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el factor “Precio” (menor valor de la oferta) el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será el menor “Plazo de entrega” el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será el criterio mayor “Experiencia del oferente” el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
Recepción de antecedentes
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
Cláusula de confidencialidad
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada.
Consultas a la adjudicación
Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación al siguiente correo: miguel.vargas@conaf.cl.
Orden de Compra
Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra. En caso de que la orden de compra no sea aceptada en un plazo de 2 días hábiles, CONAF solicitará su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud. El envío de esta orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor facultará a la Corporación para realizar, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, el contrato respectivo.
Aplazamiento del cierre de la Licitación
En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse su cierre por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
Modificación de Bases
De ser necesario podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
Comisión Evaluadora
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por Jefe(a) del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefe(a) Departamento de Áreas Silvestres Protegidas o a quien designe, Jefe(a) de la Sección Administración o a quien designe, Jefe(a) de Departamento de Desarrollo Forestal o a quien designe, el encargado(a) de la Sección Plantaciones o quien designe. Como Ministro de Fe y asesor de la comisión, el Jefe(a) de la Unidad de Jurídica o a quién designe. La comisión nominada por resolución de la Dirección Regional, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director Regional de CONAF.
Suscripción del contrato
Suscripción El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles, contados desde la aceptación de la Orden de Compra. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los dos días hábiles siguientes al envío de la Orden de Compra la documentación necesaria para la confección de éste. Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl 1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones. 2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial 3) Certificado de vigencia de la sociedad. 4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales con vigencia. La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones. La presente base de licitación, sus anexos y la oferta, formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título. La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación: 1) Ejecutar la totalidad de las actividades en las superficies indicadas en el contrato. 2) Cumplir con la calendarización propuesta. 3) Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes en el predio. 4) Incumplimiento por parte del contratista respecto de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Será considerado incumplimiento grave al contrato, lo que dará motivo para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de poner término anticipado al mismo. 5) Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor. El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial. No obstante de que se haya hecho efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y se decida por parte de CONAF, continuar el mismo, el proveedor del servicio deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos iniciales establecidos en las bases.
Término anticipado del contrato
Las causales para poner término anticipado al contrato son las siguientes: a) El no pago de 1 o más multas en el plazo estipulado en las presentes bases de licitación. b) Provocar por el personal del adjudicatario, y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos, un incendio al interior de la Reserva Nacional Lago Peñuelas. c) No facilitar, cuando CONAF así lo solicite, documentos fotocopiados de las imposiciones y comprobante de pago de remuneraciones de la totalidad del personal dependiente del oferente y, en general, cualquier incumplimiento relativo a la ley N°20.123 sobre subcontratación. d) No atender las instrucciones de la Administración de la Reserva o del supervisor que esté a cargo de la faena. e) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. f) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales. g) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario. h) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica. i) Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato y la ley N°19.886.- j) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio. k) Incumplimiento de las prescripciones técnicas establecidas en los Planes de Manejo aprobados por CONAF. l) Mutuo acuerdo de las partes.
Finiquito del contrato
El contrato se entenderá terminado, una vez que se hubieran realizado todas las faenas contratadas y se hubiera registrado un 75% de plantas vivas, con un error muestral no superior al 15%, para Pinus radiata y especies nativas, previa recepción conforme por CONAF. Se procederá a elaborar el finiquito del contrato una vez efectuado el informe de prendimiento por el Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal. Una vez suscrito el finiquito por las partes, CONAF procederá a restituir al adjudicatario la garantía de fiel cumplimiento de contrato en un plazo de 90 días, contados desde el término de contrato.
Prórroga de contrato
El contrato podrá ser prorrogado, de común acuerdo entre las partes, a partir de una solicitud fundada del proveedor y que haga referencia a la situación que haya retrasado el normal desarrollo de la faena. La prórroga, en ningún caso, podrá ser mayor al plazo original en que se adjudicó la faena, ni extenderse más allá del 31 de diciembre de 2019. Asimismo, ésta se regirá de acuerdo a los demás términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento de los montos adjudicados. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar las garantías de fiel cumplimiento de contrato, ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga.
Registros de terreno
Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación efectiva entre la empresa adjudicataria y CONAF, respecto a la gestión de las actividades, sean estas no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena, se establecerá un registro de terreno con observaciones, amonestaciones y multas, las cuales deberán ser obligatoriamente recibidas por el Supervisor de Terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento.
Informe de prendimiento
El informe de prendimiento de la plantación se realizará en la primera quincena de abril del año 2020. Si su resultado es de 75% o más de plantas vivas, con un error muestral no superior al 15%, para Pinus radiata y también para el caso de las especies nativas, se tendrá por aprobado el prendimiento, emitiéndose un informe que dé cuenta de ello, elaborado por el Departamento de Desarrollo y Fomento Forestal y, se hará la devolución de la boleta de garantía de fiel cumplimiento. En caso que no se cumpla las 2 condiciones ya señaladas, se hará efectivo el cobro total de este documento. A contar de la fecha de término de las faenas contratadas, se dará facilidades de ingreso al oferente para que pueda hacer los mantenimientos que estime necesarios para la buena condición de la plantación incluso para replantar, el replante se debe realizar hasta el 30 de octubre de 2019. Sólo se permitirá replante después de esta fecha, si se presenta daño por acción de la fauna, ajenas a la calidad de la plantación, de la calidad de las plantas o de factores climáticos.
Sanciones y multas
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma en que cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos: a) Atrasos en el avance de las faenas según lo comprometido en la carta Gantt presentada por el oferente. Multa 1 UF/día. b) Faltas relacionadas con el incumplimiento de los elementos de protección personal (EPP) para los trabajadores. Multa 1 UF/día por trabajador sin su equipamiento de protección personal adecuado. c) Causar daño o perjuicio de carácter menor según calificación de CONAF, en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en la Reserva. Multa 3 UF. d) Incumplimientos identificados, a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes situaciones: i. Incumplimiento de prescripciones manejo de los residuos de cualquier naturaleza generados. 1 UF/día según se mantenga la situación detectada. ii. Incumplimiento de las prescripciones y/o parámetros silviculturales que se deben aplicar en la ejecución de la faena 1UF/por cada situación detectada. iii. Manejo inadecuado de sustancias peligrosas. 2 UF/día, mientras se mantenga la situación detectada. iv. Provocar amago de incendio forestal o, incendio forestal. 25 UF, sin perjuicio de acciones legales que lleve a cabo CONAF. v. Daño al interior de fajas o áreas de protección. 3 UF/árbol o arbusto cortado dentro de una faja de protección u otro tipo de daño detectado, como ejemplo introducción de maquinaria o contaminación de cualquier tipo dentro de la faja o área de protección. Las multas serán de carácter acumulable y se aplicarán previo a la facturación. CONAF podrá aplicar la multa, por el valor de ésta. De no corregirse el hecho que dio lugar a la multa, CONAF quedará facultada para poner término anticipado del contrato por incumplimiento y, cobrar la Garantía de Fiel cumplimiento (en UF al primer día hábil siguiente del incumplimiento).
Procedimiento de aplicación de las multas
a. En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF comunicará esta situación, a través de “Registro de Terreno con observaciones, amonestaciones o multas” dirigido al supervisor de terreno por parte de la empresa adjudicada, estando este obligado a recibir dicho documento, y además, se notificará por carta certificada al representante legal de la empresa. El adjudicatario, tendrá un plazo de 5 días hábiles, desde le envío de la carta certificada, para realizar las acciones de superación o corrección al incumplimiento que se hayan indicado en el registro ya mencionado o, formular descargos. b. Una vez transcurrido el plazo para ejecutar acciones correctivas o emitir en términos formales los descargos, los que se deberán informar por correo electrónico dirigido al Director Regional, y una vez resueltos por CONAF, se podrá aplicar o no la multa correspondiente. En caso de proceder la aplicación de dicha multa, ésta se formalizará mediante Resolución del Director Regional, en un plazo no superior a 48 horas. A su vez, el Director Regional comunicará al proveedor adjudicado la aplicación de la multa, a través de carta oficial al domicilio señalado por el adjudicado. c. La empresa está obligada a pagar las multas, conforme a procedimiento indicado en el punto siguiente. d. Las multas serán descontadas directamente en el pago de la próxima factura que emita el adjudicatario.
Formas de Pago
Actividad 1: Faenas de reforestación: Primer pago actividad 1: 50% del total, se pagará cuando: estén ejecutadas las faenas correspondientes a la adquisición y traslado de plantas, más la preparación de suelo, para una superficie de 92,19 hectáreas, que considera la plantación con Pinus radiata y especies nativas y, cuando éstas faenas hayan finalizado satisfactoriamente y recibida conforme por CONAF. Segundo pago actividad 1: 50% del total, se pagará al término del resto de las actividades descritas en las bases técnicas y recibidas conforme por la Corporación. Incluye control de malezas, plantación, fertilización, control de lagomorfos o roedores, manejo de especies con presencia ocasional dentro del área por plantar y el manejo de la regeneración natural de P. radiata y E. globulus y recibida conforme por CONAF. Actividad 2: En poda y raleo de P. radiata y A. dealbata Primer pago actividad 2: 50% del total del pago, que considera la poda y raleo para el rodal de pino insigne N° 192 identificados en la base técnica, recibido a conformidad por CONAF. Segundo pago actividad 2: 50% restante del total del pago, que considera la poda y raleo en pino insigne para el rodal N° 206; y el raleo y poda en Acacia dealbata en franja corta combustibles paralela a camino. El servicio se pagará una vez que se haya finalizado en su totalidad y recibido conforme por CONAF. Actividad 3: Eliminación de vegetación invasora en plantación de especies nativas: Se efectuará en un pago cuando se haya finalizado en su totalidad y recibido conforme por CONAF. El contratista deberá emitir la factura respectiva para cada etapa, la cuál será pagada en un plazo de 30 días corridos posterior a la recepción conforme de esta.
Obligaciones generales del adjudicatario
1) El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título. 2) El adjudicatario deberá realizar las instalaciones de campamento que requiera para sus trabajadores, fuera de la Reserva, excepto en el área concesionada. 3) Será obligación del adjudicatario disponer de un supervisor general de la faena de contratación directa de la Empresa, que actúe como un representante con permanencia diaria en las faenas que se ejecuten con motivo de la presente licitación, a fin de que CONAF, a través de sus funcionarios pueda entenderse, solucionar problemas que se presenten y notificar al adjudicatario de incumplimientos y no conformidades. El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso. 4) En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución de las faenas, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá solicitar al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena. 5) Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario. 6) La vigilancia diurna y nocturna de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. La nómina del personal de vigilancia debe ser informada oportunamente a la Administración de la Unidad. 7) En el caso de existir cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario. 8) En concordancia con la Ley de Bosques y su respectiva modificación efectuada por la Ley Nº 20.653, se deberá instruir a los trabajadores de la prohibición de hacer fuego y fumar dentro de la Reserva. 9) El adjudicatario deberá cumplir con el procedimiento de seguridad y medioambiente que establece las obligaciones y responsabilidades, que en estas materias debe cumplir toda empresa que provee un servicio al interior de la Reserva y que se encuentran señaladas en el Manual de Implementación de Procedimientos de Seguridad y Medioambiente de Empresas Colaboradoras, documento que será entregado formalmente al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato y que será exigible además a todo su personal. 10) Al término de la faena, el adjudicatario deberá entregar el área usada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato. 11) El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”. 12) Además, el adjudicatario deberá dotar sin costo para los trabajadores, de los elementos de protección necesarios para proteger su integridad física de acuerdo al tipo de faena, considerando, al menos, los siguientes elementos: quepís, guantes, ropa contra agua, zapatos de seguridad, antiparras, mascarillas, bloqueador solar, entre otros. 13) El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar. 14) El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente. 15) El adjudicatario no podrá ejecutar más actividades administrativas que las estrictamente necesarias dentro de los recintos de CONAF. 16) El adjudicatario controlará que la instalación de faenas cumpla con las exigencias legales aplicables, especialmente en lo relacionado con el almacenamiento y disposición de materiales y sustancias peligrosas. 17) No se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni cualquier otro tipo de droga, así como tampoco, trabajadores del adjudicatario en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior de la Reserva. 18) Al término del plazo de la faena, el adjudicatario dispondrá de 5 días hábiles para ejecutar todas aquellas actividades relacionadas al abandono de faena. Entre estas actividades se encuentran: a. Retiro de todo el personal desde la Reserva; b. Retiro de las instalaciones y maquinarias utilizadas en la faena desde el interior de la Reserva; c. Mejoramiento de caminos y alcantarilla si correspondiese; d.Eliminación de desechos sólidos y líquidos, etc.
Trabajadores dependientes del adjudicado
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
Implementación de seguridad
El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
Otras disposiciones
Ley Subcontratación El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato. El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de la entrega del terreno y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos: 1. Listado del personal que va a realizar el trabajo. 2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar. 3. Carta Gantt de actividad a realizar. 4. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal. 5. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI). 6. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar. 7. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad. 8. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo). 9. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley. 10. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. 11. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. El proveedor deberá entregar los antecedentes laborales y previsionales de los trabajadores que participen directamente en el servicio. Se deberán acompañar específicamente los comprobantes de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que correspondan, de todos los trabajadores que forman parte del equipo de trabajo. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Esta documentación será solicitada para el pago de la factura correspondiente. Para la presentación de antecedentes previsionales, deberá adjuntar “Certificado de Cotizaciones Previsionales Pagadas”. No se aceptarán certificado de cotizaciones declaradas.
BASES TÉCNICAS
BASES TÉCNICAS DE L I C I T A C I Ó N “Plantación de Pinus radiata y especies nativas, manejo de regeneración natural en especies exóticas y poda y raleo en especies exóticas Reserva Nacional Lago Peñuelas – año 2019” Reforestación a través de plantación de Pinus radiata, plantación de especies nativas, manejo de regeneración natural en especies exóticas y manejo forestal de especies exóticas mediante poda y raleo En términos generales, esta licitación comprende la ejecución de las actividades de reforestación y manejo forestal en rodales de la Reserva Nacional Lago Peñuelas, comuna de Valparaíso. La superficie total a intervenir corresponde a 157,22 ha, en las cuales se deberá realizar reforestación con especies nativas y exóticas en rodales cosechados de Pinus radiata (pino insigne) y Eucalyptus globulus (eucalipto) en el año 2017, manejo forestal a través de poda y raleo, en rodales de Pinus radiata y Acacia dealbata (aromo del país), y manejo de regeneración de vegetación exótica invasora en plantación de especies nativas. Los antecedentes generales de las actividades son los siguientes: I. Reforestación: La superficie total a reforestar corresponde a 107,36 ha ubicadas en el sector sur de la Reserva, en las cuales se deberá ejecutar las faenas de plantación y manejo de la regeneración natural en pequeñas superficies, originada con posterioridad a la cosecha de rodales de Pinus radiata y Eucalyptus globulus. En los rodales cosechados de Pinus radiata se definen áreas a reforestar a través de plantación con Pinus radiata (87,20 ha) y otras áreas donde se manejará la regeneración natural de esta especie que se ha establecido post cosecha (0,81 ha). Para el caso de algunos de estos rodales, y donde hay zonas de quebradas, se realizará una plantación de enriquecimiento con especies nativas para entregar continuidad a áreas de parches de bosque nativo (5,09 ha). Las especies nativas a plantar corresponderán a Quillaja saponaria (quillay), Schinus latifolius (molle), Schinus polygamus (huingán) y Jubaea chilensis (palma chilena). La reforestación en rodales provenientes de la cosecha de E. globulus se hará mediante el manejo de la regeneración natural de E. globulus (14,26 ha). II. Manejo forestal de especies exóticas mediante poda y raleo: La superficie total a manejar corresponde a 47,37 ha. Se deberá ejecutar faenas de poda y raleo en rodales de P. radiata cortando árboles en malas condiciones de forma y sanidad, además de tener diámetro a la altura del pecho (dap) inferior a 5 cm. Los residuales se podarán a 2 metros de altura. Esta actividad de manejo considera además, la ejecución de una faja corta combustible en un rodal de A. dealbata cuya superficie de intervención es de 0,39 ha. III. Manejo de regeneración de vegetación exótica invasora en plantación de especies nativas: En una superficie de 2,10 ha, se debe eliminar la regeneración por semilla de aromo la cual tiene entre 0,5 m a 1,8 m de altura. Las actividades y superficies involucradas en la licitación se detallan a continuación en el cuadro N°1. Cuadro N° 1: Resumen de actividades y superficies a intervenir a través de la licitación. Actividad - Faena Especie Superficie (ha) Reforestación Plantación Pinus radiata 87,20 92,29 Mezcla de especies nativas 5,09 Manejo de regeneración natural Pinus radiata 0,81 15,07 Eucalyptus globulus 14,26 Superficie total reforestación (ha) 107,36 Poda-raleo Producción maderera Pinus radiata 47,37 Silvicultura preventiva contra incendios Acacia dealbata 0,39 Superficie total manejo poda-raleo (ha) 47,76 Manejo de vegetación exótica invasora Eliminación de regeneración por semillas de aromo Acacia dealbata 2,10 Superficie total manejo vegetación exótica invasora (ha) 2,10 Superficie total de actividades licitadas (ha) 157,22 I.- REFORESTACIÓN: FAENAS DE PLANTACIÓN DE PINUS RADIATA Y ESPECIES NATIVAS – MANEJO DE REGENERACIÓN NATURAL EN PINUS RADIATA Y EUCALYPTUS GLOBULUS 1.1 Faena plantación de Pinus radiata y especies nativas La plantación debe ser la primera faena que ejecute el adjudicatario. La faena de plantación corresponde a una superficie de 92,29 ha en los rodales que se describen en el cuadro N° 2. Cuadro N° 2. Descripción de rodales y superficies de plantación de P. radiata y especies nativas. Faena Especie Rodal Superficie (ha) Pinus radiata 44 14,16 47 10,60 48 18,09 Plantación 49 18,77 3A 6,83 6 2,81 8 13,27 9A 2,67 Superficie total P. radiata (ha) 87,20 Plantación Mezcla de especies nativas Quillaja saponaria Schinus latifolius Schinus polygamus Jubaea chilensis 44A 2,38 48A 1,29 49A 1,42 Superficie total E. nativas (ha) 5,09 Superficie total plantación (ha) 92,29 Los requerimientos técnicos para la ejecución de la faena de plantación de P. radiata y especies nativas se detallan en el cuadro N° 3. Cuadro N° 3: Requerimientos técnicos para la ejecución de la faena de plantación. Actividad Requerimientos técnicos a- Adquisición y traslado de plantas Será de responsabilidad y costo del ejecutor de la faena, la compra y traslado de las plantas de pino, quillay, molle y huingán, desde el vivero hasta los lugares de plantación. Las plantas de palma chilena serán proveídas por CONAF. El traslado de plantas debe realizarse en transporte cerrado, almacenadas en cajas, bandejas o contenedores y ser plantadas en un período no mayor a 2 días desde su retiro desde el vivero, en caso contrario, se deberá considerar un lugar de resguardo y aclimatación, con el fin de evitar daños por deshidratación. Se privilegiará las plantas provenientes de viveros registrados en el directorio de viveros forestales que administra y pública la Corporación Nacional Forestal en su página web, www.conaf.cl. Las plantas de P. radiata deberán provenir de viveros inscritos en el SAG y acreditar que el vivero y la producción se encuentran libres de Fusarium circinatum. Las plantas de especies nativas deberán provenir idealmente de viveros de la V región y originadas a partir de material reproductivo local. Excepcionalmente, se podrá autorizar la compra de plantas en otro lugar. Para confirmar lo enunciado, el supervisor forestal de la CONAF solicitará la exhibición del certificado de procedencia de las plantas. Atributos de calidad de plantas requeridos: Atributo de las plantas P. radiata E. nativas Estado sanitario -Sanas y vigorosa -Acículas verdes, sin manchas. -Sanas y vigorosa -Hojas verdes, sin manchas DAC -Mínimo entre 4 a 5 mm. Mayor a 4 mm Altura -Preferentemente entre 20 y 30 cm. Preferentemente entre 30 y 40 cm Tipo de Raíz -Speedling de mínimo 15 cm de longitud Contenedor (speedling o bolsa) de mínimo 20 cm de longitud. Raíz -Bien propagada en el sustrato -Raíces activas (blancas) -El pan radicular debe ser lo suficientemente firme de manera de no disgregarse al extraer la planta del contenedor. -Bien propagada en el sustrato -Raíces activas (blancas) -El pan radicular debe ser lo suficientemente firme de manera de no disgregarse al extraer la planta del contenedor. Tallo -Sin daño, ni doble fecha -Sin daño, ni doble fecha -Con inicio de lignificación N° de temporadas en vivero No más de 1 temporada en vivero No más de 2 temporadas en vivero b- Preparación de suelos La preparación de suelos deberá ser mecanizada siguiendo las curvas de nivel, con espaciamiento entre hileras de 4 m, pudiendo ejecutarse a través de subsolado con una profundidad mínima de 60 cm u hoyadura mecanizada de 1 m * 1 m con una profundidad mínima de 60 cm asegurando el mullido del suelo en el volumen cultivado. En casos excepcionales donde la capacidad operativa de la máquina no permita ejecutar estas faenas, se podrá realizar casillas tradicionales, previo acuerdo con el supervisor de CONAF. Las casillas tradicionales deberán tener las siguientes dimensiones: ancho y largo de 40 cm y una profundidad de 40 cm. En áreas de plantaciones aledañas a quebradas se deberá ajustar la preparación de suelos de forma de evitar el riesgo de daño y potencial erosión de suelos. CONAF podrá exigir la repetición de la faena de “hoyadura” o casillas, en aquellos lugares en donde se determine que no se ha ejecutado el trabajo de acuerdo a las especificaciones técnicas estipuladas en las bases técnicas de licitación. c- Control de malezas Se deberá aplicar un control de malezas de pre- plantación o post- plantación. El tipo de control a ejecutar dependerá del tipo y características de las malezas presentes en cada rodal, al momento de ejecutar la plantación. El oferente, al momento de presentar su oferta, deberá incorporar en la propuesta de plan trabajo, un programa de control químico de malezas para los rodales, el cual deberá considerar productos, dosificación, recomendaciones del fabricante, precauciones en su manejo y aplicación, así como de su residualidad. Se deberá privilegiar los herbicidas de baja toxicidad. En caso de variaciones en las variables ambientales consideradas para la elaboración del programa, la oportunidad de aplicación (pre o post plantación) podrá ser modificada previo acuerdo con CONAF. d- Plantación Densidad de plantación: 833 pl/ha Distanciamientos: -entre hileras: 4m -entre plantas: 3 m Distribución de especies por hectárea: Faena Especie Densidad Plantación P. radiata P. radiata 833 pl/ha Plantación de especies nativas Mezcla de especies nativas distribuidas en forma sistemática de acuerdo a la siguiente composición por hectárea: -30 palmas chilenas -270 quillay -270 molles -263 huingán 833 pl/ha Consideraciones técnicas de la faena: -Plantación en curvas de nivel -Apertura de suelo con pala plantadora y cultivo (mullimiento que permita un mejor arraigo de las plantas). -Colocación de la planta en el hoyo previamente generado, teniendo precaución de no desarmar el plan radicular. -No deben quedar bolsas de aire. -No cubrir la planta más allá de 5 cm del cuello. -Las acículas u hojas no pueden tocar el suelo. e- Fertilización La fertilización deberá ser ejecutada distribuyendo el fertilizante a cada planta cuidando de que no quede en contacto con las raíces. La faena considera la aplicación de NPK, preferentemente a través de productos de liberación controlada ((Ejem: multicote, basacote u otros fertilizantes similares). El fertilizante a utilizar deberá ser indicado por el oferente en la propuesta de trabajo al momento de presentar su oferta, en función del tipo de suelo existente en el área y especies a plantar, señalando gramos por planta y composición química detallada del producto a aplicar. f- Control de lagomorfos La protección contra lagomorfos deberá cumplir con características suficientes para impedir su acceso al tallo de la planta y asegurar una permanencia aproximada de 2 años en terreno. El oferente deberá, en la propuesta de trabajo, señalar el método de protección al momento de presentar su oferta. g- Manejo de especies exóticas con presencia ocasional en áreas de plantación. -Rodales de plantación con P. radiata 1) Regeneración natural de E. globulus: en caso de regeneración natural por semilla o vegetativa de E. globulus, se deberá eliminar fisiológicamente. Por condiciones de fragilidad de suelo no se desarrollarán actividades de destronque de cepas de E. globulus. 2) Regeneración natural de P. radiata: Si en los rodales se observa presencia eventual de plantas de P. radiata originadas a partir de regeneración natural por semilla, podrán permanecer y ser manejadas siempre y cuando se encuentren dentro de los distanciamientos establecidos para el marco de plantación (4m por 3m), en caso contrario se deberá eliminar. -Rodales de plantación de especies nativas. Debido a la presencia eventual de regeneración de especies exóticas, se deberá para el caso de regeneración de cepas de E. globulus, eliminar fisiológicamente los vástagos, no se realizará destronque. Para el caso de regeneración por semilla de especies exóticas, se deberán eliminar en forma mecánica, manual o química. h- Consideraciones ambientales Se deberá evitar la corta o daño a especies nativas arbóreas o arbustivas presentes en los rodales y quebradas aledañas. i- Control de ejecución de faenas de plantación CONAF, efectuará un monitoreo permanente de la faena de plantación a través de parcelas de control, con el objetivo de corregir cualquier error en la densidad de plantación, calidad de plantas, fertilización y cultivo de suelo. El ejecutor de la faena deberá corregir los sectores objetados en el momento y oportunidad en que se señale. j- Replante En caso de existir rodales con requerimiento de replante, estos solo podrán ser ejecutados hasta el 30 de octubre de 2019. Sólo se permitirá replante después de esta fecha, si es que hay daño por acción de fauna. El oferente deberá efectuar el replante de las plantas muertas bajo un estándar idéntico al planteado en estas bases técnicas. Porcentajes de prendimiento exigidos: -Plantación de P. radiata: el porcentaje de prendimiento exigido al 15 de abril de 2020 es de 75% de plantas vivas. -Plantación de especies nativas: el porcentaje de prendimiento exigido al 15 de abril de 2020 es de 75% de plantas vivas. 1.2 FAENAS DE MANEJO DE REGENERACIÓN NATURAL La superficie a manejar corresponden a 15,07 ha (14,26 ha de regeneración vegetativa de E. globulus y 0,81 ha de P. radiata) en las cuales se ha desarrollado regeneración natural. El objetivo de la faena es establecer plantaciones homogéneas y permitir que la regeneración ocupe rápidamente el sitio potenciando la sobrevivencia y el crecimiento en altura y diámetro de las plantas. El distanciamiento mínimo exigido es de 3,5 metros entre plantas. Los rodales y superficies se describen en el cuadro N° 4. Cuadro N° 4. Descripción de rodales y superficies de manejo de regeneración natural de P. radiata. Rodal Especie reforestación Superficie (ha) 48 B MRN P. radiata 0,49 49 B MRN P. radiata 0,32 Superficie total MRN P. radiata (ha) 0,81 26 MRN E. globulus 4,96 32 MRN E. globulus 9,30 Superficie total MRN E. globulus (ha) 14,26 Superficie total Manejo de regeneración natural (ha) 15,07 Los requerimientos técnicos para la ejecución de la faena de manejo de regeneración natural de P. radiata se detallan en el cuadro N° 5, y respecto del manejo de regeneración natural de E. globulus en el cuadro N° 6. Cuadro N° 5: Requerimientos técnicos para la ejecución de la faena de manejo de regeneración de P. radiata. ESPECIE Pinus radiata RODALES 48 B- 49 B SUPERFICIE (HA) 0,81 DENSIDAD DE PLANTACIÓN Densidad promedio planificada 833 plantas/ha Distanciamiento promedio de 3,5 m entre plantas Clareo Eliminación de plantas de P. radiata que estén ubicadas a un distanciamiento inferior al establecido mediante: el uso de químicos, extracción mecánica (uso de maquinaria) o utilizando herramientas manuales (azadón o azahacha) de toda la vegetación (exceptuando la nativa) en el área que circunda a la planta. La planta de P. radiata que sea eliminada, no debe quedar con follaje verde. El tratamiento de control de competencia deberá ejecutarse por una sola vez, haciéndose exigible su repetición en aquellos lugares en que no se efectuare adecuadamente. Las características del ejemplar de pino seleccionado para quedar en pie debe cumplir con los siguientes requerimientos: -Buen crecimiento, buena forma (recto y de tallo vertical) -Buen estado sanitario -De tallo único - Ubicarse al espaciamiento promedio de 3,5 m Consideraciones ambientales Se deberá evitar la corta o daño a especies nativas arbóreas o arbustivas presentes en los rodales y quebradas aledañas Control de ejecución de faenas CONAF, efectuará un monitoreo permanente de la faena a través de parcelas de control, con el objetivo de corregir sobre la marcha, cualquier error en la densidad de plantas residuales. El ejecutor de la faena deberá corregir los sectores objetados en el momento y oportunidad en que se señale Cuadro N° 6: Requerimientos técnicos para la ejecución de la faena de manejo de regeneración natural de E. globulus. ESPECIE Eucalyptus globulus RODALES 26 - 32 SUPERFICIE (HA) 14,26 DENSIDAD DE PLANTACIÓN Los rodales corresponden a montes medios, que se caracterizan por la presencia de plantas de regeneración natural por semilla distribuidas en forma irregular entre los rebrotes de cepas de E. globulus, generando áreas con densidades variables al interior de los rodales. Densidad planificada en el rango de 550 a 833 pl /ha (dependiendo de las condiciones del rodal a manejar) Distanciamientos mínimos : 3,5 m La densidad final estará definida por la cantidad de cepas (no el número de vástagos) sumado el número de ejemplares seleccionados que provengan de la regeneración natural por semillas de la especie Clareo El objetivo del clareo será el manejo de los rebrotes de todas las cepas de E. globulus, dejando 2 a 3 vástagos por cada cepa. En los rodales donde el número de cepas sea inferior a la densidad final planificada, se deberá complementar la densidad requerida con regeneración por semillas de eucalipto ya establecida, esto con el objeto de alcanzar la densidad deseada por hectárea de 833 pl/ha. La faena consistirá en la eliminación parcial a través de control químico, mecánico o manual de la regeneración natural por semilla de E. globulus y P. radiata existente, que se encuentren a un distanciamiento menor al mínimo planificado de 3,5 m Las características de las plantas y vástagos de E. globulus remanentes deberán ser las siguientes: a. El clareo dentro de las cepas deberá dejar 2 a 3 varetas remanentes. Se permitirá dejar 3 varetas remanentes por cepa en áreas con riesgo potencial de daño por viento, o bien para aumentar la cobertura en sectores de claros al interior del rodal, entre otros factores que se puedan identificar durante la ejecución de la faena. b. Tallo recto, vertical, con buen crecimiento y estado sanitario Se privilegiará la formación de rodales de eucalipto puro, sin embargo, para lograr una mejor cobertura de suelo, en caso de presencia de plantas de regeneración de P. radiata, éstas podrán ser manejadas siempre y cuando se encuentren al distanciamiento mínimo planificado de 3,5m o se encuentren en áreas de claros al interior de los rodales. 1.3 CONSIDERACIONES EN LA APLICACIÓN DE QUIMICOS Para el control químico de regeneración vegetativa, el producto químico recomendado es Garlon 4 (u otro permitido legalmente, que no contamine el medio ambiente), correspondiente a un herbicida sistémico de alta efectividad si se aplica en la zona del cambium vascular de la planta de manera inmediata, posterior a la remoción de vástagos, rebrotes o retoños de las cepas. Este paso es de suma importancia, pues si no se realiza de manera inmediata, los conductos vasculares del xilema y el floema se cierran, evitando la entrada del químico. Para E. globulus, la preparación recomendada del químico, debe ser al 0,5% según la base del producto activo (Triclopir 61.6%), lo que sugiere 15 ml. por litro de agua aproximadamente. En este caso en particular el Garlon 4 puede ser mezclado con un producto surfactante, para evitar el escurrimiento por el tocón del árbol y contribuir a que el producto penetre con mayor facilidad a la planta. Como alternativa, está la aplicación del producto en vástagos con 1,2 a 1,5 m de altura. En caso alturas mayores, se recomienda la realización de rebaje de vástagos a 1,5 m y posteriormente aplicar el producto para una mayor eficacia del control químico. Se privilegiará el uso de herbicidas de baja toxicidad. Al momento de programar la aplicación de productos químicos, se debe considerar el tiempo atmosférico, puesto que, no debe ser aplicado en días nublados ni con precipitaciones pues el químico escurre y no entra a la planta. Se recomienda aplicar con tiempo soleado considerando que la absorción del producto no debería tomar más de 3 horas. Entre otras recomendaciones, se debe procurar que la boquilla del aspersor debe estar bien regulada para evitar que el material particulado llegue a otras plantas o a cursos de agua. También puede usarse una brocha para hacer un trabajo más puntualizado y prolijo. Se puede utilizar un colorante para ver cómo es aplicado el químico y evitar su escurrimiento. En el suelo, el químico permanece entre 24 a 48 horas, luego se degrada. En el agua puede ser más tóxico por lo tanto, se deben extremar las precauciones de escurrimiento hacia cursos de agua. Se deberá evitar o minimizar su aplicación en sectores cercanos a suelos que presenten alto grado de erosión, o en áreas de protección, como cárcavas y cursos de agua. Solo se deberán usar herbicidas autorizados por el SAG y su aplicación debe realizarse bajo supervisión permanente de profesionales o expertos autorizados. El personal que realizará la aplicación, obligatoriamente deberá utilizar todos los elementos de protección personal adecuados para evitar el contacto con el producto durante el desarrollo de la actividad evitando intoxicaciones en los trabajadores, tanto en la manipulación como en la aplicación (lentes protectores, mascarilla de doble vía, gorro protector, guantes, traje protector, botas, etc.). El contratista no debe transportar ni almacenar productos químicos junto con alimentos, ropa y otros elementos de uso personal. Se deberán preparar las mezclas alejado de cursos de agua, utilizando envases apropiados y seguros. No se deben cambiar los productos de sus envases originales. Al momento de vaciarlos, se debe efectuar un triple lavado, incorporándolo a la mezcla y luego se debe perforar el envase. No deben dejarse envases botados en terreno, ni vaciar restos de productos químicos en el suelo ni en cursos de agua. Se deben evitar toda clase de derrames. Para efectos de manipulación, los operadores deberán lavar bien sus manos antes de la colación y comidas, así como al finalizar el trabajo diario. El contratista deberá retirar los envases vacíos y productos sobrantes del interior de la Reserva Nacional Lago Peñuelas. Toda vez que esta actividad se realice, deberá contar con la supervisión y aprobación del encargado o supervisor CONAF de la faena, previamente a su aplicación. II. MANEJO FORESTAL DE ESPECIES EXÓTICAS MEDIANTE PODA Y RALEO CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS FAENAS. Se trata de 2 faenas de manejo forestal en rodales de pino insigne y aromo, definidas de acuerdo a lo siguiente: a- Poda y raleo en rodales de pino insigne: rodales que se detallan en el Cuadro N° 7 y en los cuales se deberá ejecutar la faena de poda a 2 metros. Ocasionalmente puede presentarse árboles con daño sanitario, los cuales hay que cortar en primera prioridad, independiente de otro criterio (ver cuadro N°8, Criterios para efectuar el raleo en cada rodal) y el material producido, debe arrumarse separadamente de lo que se encuentre sin problemas sanitarios. Hay regeneración natural de esta especie, la cual debe ser cortada, exceptuando que esté en la hilera de plantación o bien si están en áreas con muy baja cobertura arbórea. Los árboles cortados deberán quedar con una altura de tocón inferior a 20 cm y sin ramas con acículas, ya que pueden regenerar, no obteniendo el resultado esperado. Los árboles remanentes deben quedar a la distancia mínimo que se indica en el cuadro N° 7. El objetivo es reducir la competencia entre árboles, cuando se presente regeneración natural por semillas y dejar el bosque en buenas condiciones sanitarias. Cuadro N° 7. Descripción de rodales de pino insigne con ejecución de poda y raleo. Rodal N° Sup. (ha) Distanciamiento mínimo entre árboles residuales (m) Edad (años) Pi-192 23,84 3,0 13 Pi-206 23,53 3,0 11 TOTAL 47,37 Cuadro N° 8. Criterios para efectuar raleo en cada rodal Rodal N° 1° prioridad 2° prioridad 3° prioridad 4° prioridad 5° prioridad 6° prioridad Pi-192 Árboles muertos Con d.a.p. <= 5 cm Todos los que estén suprimidos Con un tercio de follaje amarillento Todos los inclinados --- Pi-206 Árboles muertos Con d.a.p. <= 5 cm Todos los que estén suprimidos Con un tercio de follaje amarillento Todos los inclinados Con tronco torcido b) Silvicultura preventiva contra incendios forestales: Las faenas consisten en la ejecución de podas y realeos en fajas aledañas a caminos para cortar continuidad de combustible en rodal de aromo del país en el sector oriente de la Reserva. Se trata de un rodal donde se plantó especies nativas hace 2 décadas, pero fue inmediatamente invadido por Acacia dealbata. Se debe privilegiar la corta de aromos de fustes más delgados e inclinados o con daño sanitario. Si, ocasionalmente se halla alguna especie nativa, se deberá dejar sin intervenir. El raleo se hará en una faja de 5 metros de ancho, paralela al camino aledaño al rodal, para disminuir la continuidad de combustible. De preferencia, se deberá realizar un raleo sistemático, dejando los árboles en esta faja a un distanciamiento de 3 m* 3 m. Los árboles que queden, deben ser podados a una altura mínima de 2,0 m. Cuadro N° 9. Descripción de aplicación de silvicultura preventiva mediante poda y raleo en rodal de aromo. Rodal N° Sup. (ha) Densidad media actual (arb/ha) Distanciamiento mínimo entre árboles residuales (m) Ar-1 0,39 4000 3 m (faja de 5 m aledaña al camino) Los productos obtenidos de las faenas y la ordenación de desechos deberán cumplir los siguientes requerimientos: Productos madereros derivados de las faena: Para las actividades señaladas, se pide que los árboles que sea necesario cortar, sean trozados a un largo de 2,44 m (con un sobre largo máximo de hasta 5 cm) y cuyo diámetro mínimo con corteza sea de 10 cm. Esta madera deberá ser arrumada en pilas sostenidas por estacas cuyo borde externo esté, como mínimo, a 1 metro de distancia del borde del camino. Se reitera la necesidad de mantener las rumas sin problemas sanitarios, separadas de las sanas. Ordenación de desechos: Para el caso de pino insigne, los desechos menores deberán ser ordenados en fajas en el sentido norte-sur, con una altura no superior a 1 metro y con una separación entre ellas, de 10 m como mínimo. Para aromo, el desecho menor debe ser ordenado en fajas con orientación norte–sur, de 1,5 m de altura máxima, separadas a un mínimo de 5 m entre ellas. III. Manejo de regeneración de vegetación exótica invasora en plantación de especies nativas En al año 2018 se hizo una reforestación con especies nativas esclerófilas, la cual está siendo invadida por regeneración natural por semillas de aromo (A. dealbata) que requiere ser eliminada a la brevedad. Esta actividad junto con la plantación de pino insigne y especies nativas, debe ser ejecutada en forma paralela y simultáneamente a la de reforestación por el adjudicatario (ver cuadro N° 11. Descripción de rodales para la ejecución de manejo de regeneración exótica invasora). Dada la baja superficie y el tamaño aun reducido de dicha vegetación invasora, se recomienda una eliminación manual, tomando el tallo de los aromos a ras de suelo y desprendiéndolo de él con raíces incluidas. Este desecho debe quedar a la vista de los supervisores de faena de CONAF para constatar la eliminación con las raíces. Se descarta una eliminación manual o mecánica, sin la extracción de raíces de los aromos. Cuadro N° 10. Descripción de rodales para la ejecución de manejo de regeneración exótica invasora. Rodal Especie Faena Superficie (ha) 11 E. nativas Eliminación de aromo 1,00 257 E. nativas Eliminación de aromo 1,00 FC- Faja camino Reg. Aromo Eliminación de aromo 0,10 Superficie Total (ha) 2,10 Si el adjudicatario escoge otra forma de eliminación o, en cualquier caso, debe asegurar el mantener sin daño las especies nativas plantadas. Si se llega a provocar daños, el adjudicatario, a su entero costo, deberá reponer las plantas nativas dañadas. Junto con lo descrito, se debe indicar que al otro lado del camino donde termina la plantación de especies nativas, hay regeneración de aromo de varios años, que debe ser cortada en un ancho de 5 metros, formando una franja paralela al lado norte del camino. Los desechos resultantes deben ser cortados en un largo de 2 metros y acopiados en rumas a orilla de camino. IV. DE LAS NORMAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS. El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de la faena, deberán cumplir las siguientes normas: 1) Todo residuo generado en los trabajos propios de la faena (basuras), así como también los provenientes de vehículos o maquinarias (combustibles, petróleo, aceites usados, trapos impregnados con derivados de hidrocarburos u otros) se deberán colocar en recipientes herméticos, sellados con tapa y su disposición final será fuera de los límites de la Reserva, en rellenos autorizados por el Servicio de Salud. 2) Se deberán instalar y mantener operativos e higienizados baños químicos y sitios de descanso adecuados para atender las necesidades de la totalidad del personal asignado a la faena. 3) No se podrá hacer fuego bajo ninguna circunstancia. 4) Está prohibido fumar en los lugares de faena. 5) No se permitirá la presencia ni estadía de personas ajenas a las faenas. 6) Queda prohibida la presencia de animales domésticos en los lugares de la faena. 7) Queda prohibido el uso de armas de fuego y de aire comprimido, así como el uso de hondas y trampas. 8) Se deben proteger los valores del paisaje especialmente en aquellos que limitan con sectores de uso público. 9) Se debe cubrir el suelo, con una superficie impermeable, en el momento de realizar llenado de combustible de maquinarias (motosierras), etc. 10) Se debe realizar la Mantención de los basureros donde se depositen los residuos generados por la faena. Estos deben ser eliminados a diario de la Reserva por parte de la empresa. 11) Queda estrictamente prohibido cazar, matar y/o molestar a especies de fauna de todo tipo, incluyendo aves, reptiles, anfibios y mamíferos inferiores. 12) En los rodales a reforestar, el contratista deberá evitar la corta o daño de especies vegetales nativas y/o endémicas a escala regional o nacional que se encuentren en alguna categoría de amenaza para su conservación, tanto se trate de especies arbóreas o arbustivas. 13) De ser necesario, la Administración de la Unidad desarrollará una inspección técnica de éstos sectores, y podrá determinar la ejecución de actividades de rescate o protección de estas especies. El contratista deberá cumplir las instrucciones de la administración en este sentido y permitir al personal profesional y guardaparques de la Unidad ingresar al sector para el desarrollo de esta labor. 14) Cabe agregar que, antes del inicio de las faenas, todo el personal con el cual el adjudicatario opera al interior de la Reserva deberá asistir, junto con éste, a una exposición de inducción sobre los objetivos de la Unidad y de la importancia de los recursos naturales que se protegen y que impartirá la administración de la Reserva. 15) Por último, el adjudicatario y su personal deberán colaborar en el rescate de especies de flora y fauna silvestre que se hallen en el área de la faena y que sean de interés para la Corporación salvaguardar para su conservación, ya sea trasladando ejemplares o bien con el cercado del lugar donde se localizan. IV CALENDARIO Y AVANCE DE LAS INTERVENCIONES. El adjudicatario deberá programar las faenas de manera que el avance de las actividades en cada rodal sea geográficamente ordenado, no pudiendo dejar sectores rezagados sin intervenir. El avance podrá tener más de un frente de trabajo, a condición que se respete el sentido de avance acordado y que una misma cuadrilla no inicie faenas en un sector sin haber finalizado totalmente la intervención en el sector anterior. La unidad básica de intervención será el rodal. Horario de faenas: Las faenas deberán realizarse de lunes a viernes, de 08:00 a 18:00 horas, y excepcionalmente previo aviso a la administración de la Reserva con una semana de anticipación, podrá haber actividad los días sábado de 08:00 a 13:00 horas. Excepcionalmente, y previo acuerdo con la Administración de la Unidad, se podrá suspender las faenas en días cercanos a una festividad importante que interrumpa el transito expedito por la Ruta 68 y que imposibilite el traslado de personas frente a un eventual accidente durante la ejecución de faenas.
PLANOS DE BASES TÉCNICAS
a) Faenas y rodales a intervenir en faenas 2019. b) Sector N° 1: Reforestación con especies nativas y exóticas. c) Sector N° 2: Reforestación con Pinus radiata. d) Sector N° 3: Manejo de vegetación exótica invasora en Plantación de nativas. e) Sector N° 4: Poda y raleo en rodales de P. radiata y A. dealbata. VER ESTOS ANEXOS EN BASES TÉCNICAS ADJUNTAS.
Los antecedentes generales de las actividades son los siguientes:
I. Reforestación: La superficie total a reforestar corresponde a 107,36 ha ubicadas en el sector sur de la Reserva, en las cuales se deberá ejecutar las faenas de plantación y manejo de la regeneración natural en pequeñas superficies, originada con posterioridad a la cosecha de rodales de Pinus radiata y Eucalyptus globulus. En los rodales cosechados de Pinus radiata se definen áreas a reforestar a través de plantación con Pinus radiata (87,20 ha) y otras áreas donde se manejará la regeneración natural de esta especie que se ha establecido post cosecha (0,81 ha). Para el caso de algunos de estos rodales, y donde hay zonas de quebradas, se realizará una plantación de enriquecimiento con especies nativas para entregar continuidad a áreas de parches de bosque nativo (5,09 ha). Las especies nativas a plantar corresponderán a Quillaja saponaria (quillay), Schinus latifolius (molle), Schinus polygamus (huingán) y Jubaea chilensis (palma chilena). La reforestación en rodales provenientes de la cosecha de E. globulus se hará mediante el manejo de la regeneración natural de E. globulus (14,26 ha). II. Manejo forestal de especies exóticas mediante poda y raleo: La superficie total a manejar corresponde a 47,37 ha. Se deberá ejecutar faenas de poda y raleo en rodales de P. radiata cortando árboles de malas condiciones de forma y sanidad, además de diámetro a la altura del pecho (dap) inferior a 5 cm. Los residuales se podarán a 2 metros de altura. Esta actividad de manejo considera además la ejecución de una faja corta combustible en un rodal de A. dealbata cuya superficie de intervención es de 0,39 ha. III. Manejo de regeneración de vegetación exótica invasora en plantación de especies nativas: En una superficie de 2,10 ha, se debe eliminar la regeneración por semilla de aromo la cual tiene entre 0,5 m a 1,8 m de altura. Las actividades y superficies involucradas en la licitación de detallan en el siguiente cuadro: Actividad - Faena Especie Superficie (ha) Reforestación Plantación Pinus radiata 87,20 92,29 Mezcla de especies nativas 5,09 Manejo de regeneración natural Pinus radiata 0,81 15,07 Eucalyptus globulus 14,26 Superficie total reforestación (ha) 107,36 Poda-raleo Producción maderera Pinus radiata 47,37 Silvicultura preventiva contra incendios Acacia dealbata 0,39 Superficie total manejo poda-raleo (ha) 47,76 Manejo de vegetación exótica invasora Eliminación de regeneración por semillas de aromo Acacia dealbata 2,10 Superficie total manejo vegetación exótica invasora (ha) 2,10 Superficie total de actividades licitadas (ha) 157,22 Se deja abierta la posibilidad de realizar eventuales cambios de zonas por intervenir, sin que ello implique modificación de contrato, siempre y cuando los cambios propuestos no superen el 10% de la superficie total licitada en cada faena específica, y que se justifique por razones técnicas que se presenten en el desarrollo de las faenas. El reemplazo específico, se hará de común acuerdo por las partes, utilizando otras zonas de similares características y quedará refrendado en anexo de contrato. Todo lo anterior, está de conformidad a las prescripciones técnicas establecidas en los planes de manejo forestal aprobados por CONAF.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.