1. Aspectos que los oferentes deben considerar |
a) Este Municipio se reserva el derecho de:
- No adjudicar la Licitación si las ofertas recepcionadas no se ajustan a sus intereses, por motivos debidamente fundamentados.
- Modificar las cantidades a adquirir.
- No adjudicar todas la líneas de productos publicadas.
- Adjudicar en forma parcializada a distintos oferentes.
- Revocar la Licitación.
- Devolver los productos si no son según lo solicitado y ofertado.
b) Se entenderá que el proponente acepta y cumple todas las condiciones estipuladas en la presente Licitación por el solo hecho de ofertar.
c) Para cualquier proceso de compra de bienes o servicios, esta entidad pública hará llegar al adjudicatario la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser Aceptada por el adjudicatario.
d) No se adjudicará a oferente inhábil en Chileproveedores, otorgándose un plazo no superior a dos días para realizar la habilitación; si transcurrido este plazo no se ha habilitado, el Municipio readjudicará de acuerdo al orden de prelación de los oferentes. No obstante lo anterior, si sólo se presentara un oferente, inhábil en Chileproveedores, la Municipalidad podrá otorgar un plazo discrecional para que se habilite como Proveedor del Estado.
e) Los proponentes deberán ceñirse estrictamente a las especificaciones de los productos publicados, las ofertas que no lo hagan serán rechazadas.
f) Los productos serán entregados por el Proveedor en Bodega Municipal ubicada en San Martín 649, Nacimiento (puestos en piso).
g) El flete será pagado por el Proveedor.
h) Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el municipio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio ante los demás competidores.
Además, la municipalidad, podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.
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2. Forma de pago |
Se procederá a la cancelación, vía transferencia electrónica, contra entrega de Factura en Oficina de Partes de la Municipalidad, dentro de los siguientes 30 días corridos.
La Factura deberá ser emitida una vez entregada la totalidad de los productos, previa recepción conforme del Departamento solicitante.
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3. Cancelación de la orden de compra |
La Orden de compra podrá ser cancelada en los siguientes casos:
a) Mutuo acuerdo entre el Proveedor y la Municipalidad.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas.
c) Incumplimiento del plazo de entrega de los productos.
d) Los productos no corresponden a lo ofertado a través del Portal www.mercadopublico.cl
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4. Readjudicación |
a) Si el adjudicatario no cumple con las obligaciones derivadas de la presente licitación, la Orden de Compra será cancelada y la licitación será readjudicada al proponente siguiente en la prelación de oferentes.
b) La readjudicación se formalizará mediante Decreto Alcaldicio.
c) La oferta readjudicada deberá cumplir y mantener todas las condiciones establecidas al momento de postular: precio, plazo de entrega, ee.tt. y otros. Se aplicarán todas las cláusulas contenidas en la presente licitación.
d) Si transcurrido el plazo ofertado para la entrega de los bienes, el oferente adjudicado no ha aceptado la Orden de Compra (a contar del envío de ésta), la Municipalidad se reserva el derecho de cancelar la O.C. y readjudicar al proponente siguiente en la evaluación.
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5. Resolución de empates |
En el evento de producirse un empate, entre dos o más oferentes, éste se resolverá adjudicando la oferta más conveniente a los intereses municipales, considerando el criterio de evaluación que tiene una mayor ponderación. Si el empate persiste se adjudicará al oferente que obtenga mayor puntaje en los criterios de evaluación restantes, según la siguiente mayor ponderación. De persistir el empate se dirimirá en base a otros aspectos contenidos en la oferta y que resulten convenientes al interés del Municipio.
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6. Multas |
1.- El incumplimiento del plazo de entrega facultará a la Municipalidad a aplicar una multa del 15%.
2.- La aplicación de la multa se hará administrativamente.
3.- La multa se calculará sobre el valor neto de la Orden de Compra o de los productos entregados fuera de plazo.
4.- Para los casos en que el Proveedor no hubiera aceptado la orden de compra, se considera que el plazo de entrega comienza 2 días hábiles después de enviada la orden de compra.
Sobre apelación:
Se podrá realizar sólo por los siguientes motivos:
- Se considerarán como causales válidas de apelación las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, o bien aquellas relacionadas con incumplimiento de bases o cálculo erróneo por parte del Municipio.
- Se notificará la sanción al adjudicatario mediante correo electrónico entregándole un plazo de 2 días hábiles para que presente su apelación, dirigida al señor Alcalde, vía carta ingresada en Oficina de Partes.
- La apelación será analizada y su resultado se informará vía correo electrónico al Proveedor dentro de 10 días hábiles.
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7. Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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