Resolución de Empates |
Resolución de empates:
En caso que dos o más oferentes al final de la evaluación obtengan el mismo puntaje, los criterios para definir la oferta mejor evaluada serán los siguientes, los que se aplicarán uno a uno, en el orden de numeración, hasta resolver el empate:
1 Mayor puntaje en el criterio de evaluación: Precio
2 Mayor puntaje en el criterio de evaluación: Plazo de entrega
3 Mayor puntaje en el criterio de evaluación: Requisitos formales
En caso de mantenerse el empate se optara por la oferta más antigua (primera oferta) según registro del portal electrónico www.mercadopublico.cl.
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READJUDICACION |
En caso de que el proveedor adjudicado no cumpla con los requisitos para
contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea
inhábil para contratar de acuerdo a la Ley N°19.886, se podrá adjudicar al
oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, y así sucesivamente.
Se
entenderá aceptada la Orden de Compra luego de 48 horas a partir de la fecha de
envió a proveedor, en el caso que el proveedor en dicho lapso de tiempo no haya
aceptado o rechazado dicha orden. En este mismo sentido se entenderá que el
plazo de entrega comenzara a regir desde el momento de la aceptación de la
orden de compra ya sea por la acción expresa del proveedor o por la aplicación
de esta cláusula. Así mismo, si una vez cumplido el plazo de entrega el
proveedor no ha ingresado en la bodega de educación los productos requeridos o
ha ejecutado el o los servicios contratados de acuerdo a lo convenido el
municipio procederá a re-adjudicar al proveedor que le sigue en puntaje.
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DESPACHO |
LOS OFERENTES DE ESTA COMPRA DEBERÁN DESPACHAR EL PRODUCTO SOLICITADO SIN COSTO ASOCIADO A ESTA ACCIÓN.
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MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN |
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto responsable del contrato, indicado en el punto N°7 de la ficha electrónica de la licitación. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos en la licitación.
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INSCRITOS EN CHILEPROVEEDORES |
En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, Chile Proveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 3 días hábiles contados desde su notificación.
En caso que no lo hagan, se entenderá que el proveedor desistió de la oferta, pudiéndose adjudicar al oferente que haya resultado como segundo mejor evaluado, y así sucesivamente
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DECLARACION INADMISIBLE O DESIERTA |
El Municipio se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las bases, como así mismo, las ofertas que no se ajusten a las especificaciones técnicas requeridas.
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
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RESOLUCION DE ADJUDICACION |
Se adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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MODIFICACION A LAS BASES |
El Municipio podrá modificar las bases de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal de Mercado Público, y formarán parte integral de las bases.
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AMPLIACION DE PLAZO |
Se podrá, en caso de existir motivos fundados, ampliar el plazo de adjudicación de la licitación, lo que será informado en el Sistema de Información.
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RECEPCION DE PRODUCTOS |
No se recepcionara bienes y/o se ejecutarán los servicios contratados, si el proveedor adjudicado no hubiese aceptado previamente la orden de compra respectiva.
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RECEPCION DE FACTURAS |
La Unidad de Bodega sólo recibirá facturas cuando la entrega de los productos sea por el total de lo señalado en la orden de compra.
Las entregas parciales o por etapas serán con guía de despacho.
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AUMENTO O REBAJAS DE PARTIDAS |
De acuerdo a los intereses municipales se podrán aumentar o rebajar hasta un 30% del valor de la oferta económica adjudicada, siempre y cuando no supere las 100 UTM.
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POSTULACION: |
POSTULACION:
Para que una oferta sea aceptada y evaluada debe contener todos los formularios solicitados a continuación, la exclusión de uno o más hará inadmisible la oferta:
- Formulario de postulación en Excel, publicado en el portal de compras públicas en los anexos de la licitación (ANEXO 1). En éste caso debe descargar el formulario Excel, completarlo y subirlo al portal en la sección anexos técnicos.
- Pacto de Integridad (ANEXO 2). En éste caso debe descargar el formato contenido en el documento denominado Anexos Administrativos, luego debe completarlo y posteriormente subirlo al portal en la sección anexos administrativos.
- Aceptación de las condiciones licitatorias (ANEXO 3). En éste caso debe descargar el formato contenido en el documento denominado Anexos administrativos, luego debe completarlo y posteriormente subirlo al portal en la sección anexos administrativos.
- Declaración jurada simple (ANEXO 4)
De no subir estos documentos la oferta quedara inadmisible.
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MULTAS |
se multara por no cumplimiento en los plazos de entrega: 1 día de atraso 3% valor de la oferta total; 2 días de atraso 5% valor oferta; 3 días de atraso 10% valor oferta; 4 días o más la municipalidad podrá dar termino al contrato (Orden de Compra) por no cumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
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Unión Temporal de Proveedores |
Unión Temporal de Proveedores
Si el oferente corresponde a una “Unión Temporal de Proveedores", se debe adjuntar el documento privado, que dé cuenta del acuerdo para participar bajo esta modalidad y que formaliza tal unión temporal, el cual se deberá referir a lo menos, a la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Municipio y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de Decreto 250 de ley 19.886, ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. El Municipio exigirá la inscripción en el Registro de Proveedores para formalizar la contratación, en este caso cada proveedor deberá inscribirse.
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OFERTAS POR EL TOTAL DE PRODUCTOS SOLICITADOS |
Se declararan inadmisibles las ofertas que no coticen por la cantidad total de bienes y/o servicios solicitados en las bases de licitación.
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VISITA A TERRENO |
EL PROVEEDOR QUE NO SE PRESENTE A LA VISITA OCULAR NO SERA EVALUADO
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