Pacto de integridad |
Los oferentes que contraten con entidades públicas deberán acreditar la existencia de programas
de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su
personal.
Está acreditación será considerada en un criterio de evaluación.
El oferente y posteriormente, el proveedor adjudicado, por el solo hecho de su participación en la
presente licitación, acepta el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada
una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto
de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente y posteriormente el adjudicado, acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°,
12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a
respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos
adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar
esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Naciones Unidas
sobre Derechos Humanos y Empresas.
b. No ofrecer, conceder, ni intentar ofrecer sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos,
cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún/a funcionario/a público/a en relación
con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de
decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c. No intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por
objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de
tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
d. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del
presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el
oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que
dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que
garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
e. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el
presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
f. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de
ellos se derivasen.
g. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, por todas las personas con que aquel o
aquellos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
h. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
i. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad
ofertadas.
Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición
contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación
entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales
interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo
licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica,
en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema
de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y
Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la
participación e igualdad de todos los oferentes.
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