Licitación ID: 1063538-138-LP25
CONV. MANTENIMIENTO DE VENTILADORES
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 206
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 1 Unidad
Cod: 73152101
Servicio de mantenciones para Ventiladores Maquet  

2
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 1 Unidad
Cod: 73152101
Servicio de mantenciones Ventiladores Philips Respironics  

3
Servicio de mantenimiento de equipo de fabricación 1 Unidad
Cod: 73152101
Servicio de mantenciones para Ventiladores Drager  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONV. MANTENIMIENTO DE VENTILADORES
Estado:
Cerrada
Descripción:
El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del servicio de “CONVENIO MANTENIMIENTO DE VENTILADORES” del Hospital, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a adquisición mayor a 1.000 e inferior a 5.000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-10-2025 17:05:00
Fecha de Publicación: 03-10-2025 15:49:00
Fecha inicio de preguntas: 03-10-2025 16:01:00
Fecha final de preguntas: 10-10-2025 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-10-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-10-2025 17:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-10-2025 17:05:00
Fecha de Adjudicación: 15-12-2025 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Identificación del proponente. (Formulario Nº 1). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. • Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública (Formulario Nº 2). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • Formulario Nº10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. • Anexo N°1: declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la Ley N°21.595. • Anexo N°2: declaración jurada de independencia de la oferta. • Anexo N°3: declaración jurada programa de integridad con aplicación de Código Ética para proveedores (Directiva N°31 Chilecompra). Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes.
Documentos Técnicos
1.- Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE. Plazo de entrega, contado desde el envío de la orden compra, Tiempo de inicio de los trabajos, este plazo se considerará desde el momento del envío de correo electrónico con la solicitud de realizar el servicio por parte del Hospital. Periodo de garantía contado desde la entrega final del servicio. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. Formulario N°5, REQUISITO EXCLUYENTE. El proveedor deberá acreditar experiencia desde año 2022 hasta la fecha de publicación de esta licitación, por servicios ejecutados, mediante contratos, certificados de conformidad o actas de entrega por trabajos finalizados con firma y timbre del cliente a quien presto este servicio ejecutando la misma asistencia en sector público o privado. La experiencia acreditada por el proveedor debe ser en equipos que contengan las características similares a las líneas a ofertar. (Formulario N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. Solo se aceptará como experiencia válida servicios en equipos de misma marca y modelo al servicio licitado y con documentación completa como se solicita en bases de licitación. Además, deberá indicar teléfono y/o correo electrónico de contacto del cliente al cual prestó servicios, en caso de que se requiera consultar. El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional acreditado, el cual deberá adjuntar licencias profesionales y/o certificados de cursos del fabricante, en todos los equipos de modelos solicitados o de mayor capacidad técnica. (Formulario N°7) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE. El oferente deberá adjuntar un listado de herramientas que utilizará durante el convenio (Formulario Nº8) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE.
 
Documentos Económicos
1.- El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda. Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo con las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. REQUISITO EXCLUYENTE. Diferencias en los valores de la propuesta: En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del Formulario N°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal). La oferta presentada no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programa de integridad y ética empresarial INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL PUNTAJE Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad. 100 Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad. 0 No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0 2%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Esta evaluación posee una ponderación del 15% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de la siguiente tabla la evaluación. Nº REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE (SI: 100 – NO: inadmisible) 1 Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas y adjunta Anexo C 100 / inadmisible 2 Representación de marca (adjuntar carta representación marca) 100 / inadmisible 3 Nómina de personal capacitado (adjuntar certificado capacitación) 100 / inadmisible 4 Listado de herramientas 100 / inadmisible 15%
3 Cumplimiento de los requisitos Esta evaluación posee una ponderación del 3% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, y enmendadas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 puntos 3%
4 Experiencia de los Oferentes El oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl, garantizando la experiencia del servicio comprometido y requerido por el Hospital. EXPERIENCIA DEL OFERENTE PUNTAJE Mayor o igual a 10 contratos, certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 100 De 7 a 9 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 75 De 4 a 6 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 50 De 1 a 3 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 25 No presenta contratos o certificados y/o actas de recepción conforme. 0 5%
5 Precio Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50 50%
6 Plazo de Entrega Sub-criterio Mantenciones preventivas 5% MANTENCIÓN PREVENTIVA PUNTAJE Hasta 5 días contados desde la fecha de envío de la orden de compra. 100 De 6 a 9 días contadas desde la de envío de la orden de compra. 75 De 10 a 14 días contado desde la fecha de envío de la orden de compra. 50 De 15 a 18 días contado desde la fecha de envío de la orden de compra. 25 Igual o mayor de 19 días contado desde de envío de la orden de compra. 0 14.4.3.2 Sub-criterio Mantenciones correctivas 5% MANTENCIÓN CORRECTIVA PUNTAJE Desde 5 a 12 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 100 Desde 13 a 24 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 75 Desde 25 a 48 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 50 Desde 49 a 71 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 25 Desde 72 o más horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 0 10%
7 Garantia GARANTIA PUNTAJE Igual o mayor a 18 meses desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 100 Entre 12 a 17 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 75 Entre 6 a 11 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 50 Entre 3 a 5 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 25 Menor a 2 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 0 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Hospital Base San José Osorno
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Jose Luis Cordova
e-mail de responsable de pago: jose.cordova@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital Base San José de Osorno Rut: 61.602.260-1
Fecha de vencimiento: 13-01-2028
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES PARA EL CONVENIO MANTENIMIENTO DE VENTILADORES, 1063538-138-LP25”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases Administrativas
BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA “CONVENIO MANTENIMIENTO DE VENTILADORES” ID: 1063538-138-LP25 HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO 1° OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 1.1 Objetivo El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también el “Hospital”, requiere la adquisición del servicio de “MANTENIMIENTO DE VENTILADORES” del Hospital, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a adquisición mayor a 1.000 e inferior a 5.000 UTM. 1.2 Ámbito Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para generar la contratación del servicio de MANTENIMINETO DE VENTILADORES del Hospital Base San José de Osorno. Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $270.000.000.- (Doscientos setenta millones de pesos chilenos) I.V.A. incluido. Vigencia 24 meses. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra. 2° BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: 2.1 Bases de licitación • Bases Administrativas • Bases Técnicas • Formularios anexos 2.2 Definición de términos • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual los organismos del Estado realizan un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente. • Ley de Compras: Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por el Hospital Base San José de Osorno, que describen los bienes o insumos, prestaciones o servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas. • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras. • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas. • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización. • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”. • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación. • Comisión evaluadora: Delegación encargada de evaluar las ofertas en aquellas licitaciones en las que la evaluación revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, conformada por a lo menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del Hospital Base Osorno o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a las entidades que forman parte de la Administración del Estado, pero limitada siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto. • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”. • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo. • Presupuesto Estimado: Es la previsión financiera que indica el gasto que, en virtud de la contratación, puede asumir el HBSJO, incluido el Impuesto al Valor Agregado y demás tributos que graven la adquisición del bien o servicio. Cálculo que sirve como referencia para constatar que la Entidad cuenta con los fondos suficientes, lo cual valida posteriormente mediante un Certificado de Disponibilidad Presupuestaria. • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva. • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección. • Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT). • Empresa de menor tamaño (EMT): Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT. Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada. Para efectos de lo establecido en el párrafo tercero del Capítulo IX de la Ley de Compras, los artículos 71 numeral 6, 86, 87, 89, 97 y 98 del Reglamento de compras públicas, especifican las reglas aplicables para asegurar la adecuada participación de las EMT y proveedores locales en los procedimientos de contratación. • HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San José Osorno. • Dispositivo Medico(DM): cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción. 3° NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS. Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: • Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones Contractuales y Resolución Aprobatoria. • Aclaraciones, respuestas y modificaciones de las bases de licitación, si las hubiere. • Oferta de él o los proponentes respectivos. • Resolución adjudicataria. • Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde. • Orden de compra. 4° LLAMADO A LICITACIÓN El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl, en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información: 1. Descripción del bien y/o servicio a licitar. 2. Nombre de la Entidad licitante. 3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases. 4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas. 5. En los casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de los oferentes, se deberá indicar el lugar en que se llevará a cabo la apertura. 6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda. 5° REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad. Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente: • No estar afecta a alguna de las causales de los artículos 4º y 35 quáter de la Ley 19.886 de Compras Públicas, modificada por la Ley N°21.364, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393. 5.1 IDONEIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA DE LOS PROVEEDORES. La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores. En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado. 5.2 HABILIDAD EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES Podrán contratar con los Organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado establecido en el artículo 16 de la Ley, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común. La referida inscripción será requisito, igualmente, para gestionar órdenes de compra recibidas. El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas son diferenciadas según el tamaño de empresa. 5.3 DE LAS INHABILIDADES Estarán inhabilitados para inscribirse o permanecer inscritos en el Registro de Proveedores, quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, y que afectan tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas: 1. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores dos años, según establece la ley. 2. Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas. 3. Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales. 4. Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas. 5. Quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales y no hayan subsanado aquello dentro del plazo de 10 días desde que se requiera la enmienda de la información por parte de ChileCompra. 5.4 CONFLICTOS DE INTERES (Artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas) Se establece que no podrán suscribirse contratos con personal del Hospital Base San José Osorno, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o familiares hasta el 2° de consanguinidad o afinidad, ni con las sociedades en las que las personas señaladas participen o sean beneficiarios finales. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplica respecto de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como también respecto de los funcionarios que participen en procedimientos de contratación. Es decir, la imposibilidad de vender bienes y servicios al Hospital Base San José de Osorno se amplía a todos los funcionarios y funcionarias que allí trabajen, cualquiera que sea su calidad jurídica, y no solo a los Directivos. Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos, y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo. 5.5 DEBER DE ABSTENCION (Artículo 35 quinquies de la Ley de Compras Públicas) Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés. Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 5.6 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”. a. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño. b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. REQUISITO EXCLUYENTE. e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. 5.7 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores. Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico. 6° PLAZOS La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl). A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos. Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación. Fecha inicio preguntas. A contar de la publicación en el portal de compras públicas. Fecha final de preguntas. A las 17:00 Hrs. del quinto (5) día corrido a contar de la publicación. Fecha de publicación de respuestas. A más tardar a las 17:00 Hrs. del sexto (6) día corrido a contar de la publicación. Fecha de cierre de recepción de ofertas. A las 17:00 Hrs. del décimo (10) día corrido a contar de la publicación. Fecha de acto de apertura de ofertas. A las 17:05 Hrs. del décimo (10) día corrido a contar de la publicación. Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación. Dentro del plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl. al momento de cargar la consulta. Fecha estimada de adjudicación. Hasta el sexagésimo (60) día corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas. Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Hasta el sétimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico). Fecha para firma de contrato Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico). Fecha término de contrato 24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria. Atendida la naturaleza de lo licitado, tratándose de bienes de simple y objetiva especificación, y por motivos de buen funcionamiento del Hospital Base San José de Osorno, se rebajan los plazos de publicación de veinte a diez días desde la publicación al cierre de recepción de las ofertas. 7° DOMICILIO Y JURISDICCIÓN. Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. 8° CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES. Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán razonar desconocimiento de estas. Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopúblico.cl). 9° VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS. El plazo de validez de las ofertas será de sesenta días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento. 10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS. La entrega de las propuestas deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas. Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP. Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan. En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación. 10.1 De los Antecedentes Administrativos. Los oferentes deberán adjuntar, a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Identificación del proponente. (Formulario Nº 1). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. • Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública (Formulario Nº 2). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. • Formulario Nº9: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • Formulario Nº10: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. • Anexo N°1: declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la Ley N°21.595. • Anexo N°2: declaración jurada de independencia de la oferta. • Anexo N°3: declaración jurada programa de integridad con aplicación de Código Ética para proveedores (Directiva N°31 Chilecompra). Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes. 10.2 De la Propuesta económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. Deberá ser expresado en pesos chilenos y corresponder al precio neto unitario (sin I.V.A.), incluidos todos los seguros, fletes, impuestos relativos a importaciones, costo de instalación, puesta en marcha, y capacitación para el servicio ofertados, según corresponda. Los oferentes deberán completar el formulario económico dispuesto para aquello (Formulario Nº3) de acuerdo con las instrucciones anteriormente descritas y deberá ser firmado por el oferente y/o el representante legal respectivo. Este documento debe ser anexado en antecedentes económicos. REQUISITO EXCLUYENTE. Diferencias en los valores de la propuesta: En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del Formulario N°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal). La oferta presentada no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato. 10.3 De la Propuesta Técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. La Propuesta Técnica deberá proporcionar información referente al tipo de servicios y prestaciones requeridos, la cobertura de estos, sus límites y alcances, procesos de gestión y otros; respaldando dicha información a través de Catálogos o folletos de los bienes, servicios o paquetes ofertados y que sirvan de apoyo para el proceso de evaluación. La Propuesta Técnica deberá ajustarse a lo requerido en el Formulario N°4 de las presentes Bases de Licitación. Además, deberá adjuntar toda documentación, antecedentes y/o certificaciones que se solicite en este formulario. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. REQUISITO EXCLUYENTE. Plazo de entrega, contado desde el envío de la orden compra, Tiempo de inicio de los trabajos, este plazo se considerará desde el momento del envío de correo electrónico con la solicitud de realizar el servicio por parte del Hospital. Periodo de garantía contado desde la entrega final del servicio. Este documento debe ser anexado en antecedentes técnicos, de lo contrario el proveedor quedará fuera del proceso de evaluación. Formulario N°5, REQUISITO EXCLUYENTE. El proveedor deberá acreditar experiencia desde año 2022 hasta la fecha de publicación de esta licitación, por servicios ejecutados, mediante contratos, certificados de conformidad o actas de entrega por trabajos finalizados con firma y timbre del cliente a quien presto este servicio ejecutando la misma asistencia en sector público o privado. La experiencia acreditada por el proveedor debe ser en equipos que contengan las características similares a las líneas a ofertar. (Formulario N°6). Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. Solo se aceptará como experiencia válida servicios en equipos de misma marca y modelo al servicio licitado y con documentación completa como se solicita en bases de licitación. Además, deberá indicar teléfono y/o correo electrónico de contacto del cliente al cual prestó servicios, en caso de que se requiera consultar. El oferente deberá indicar, bajo su responsabilidad, el personal profesional acreditado, el cual deberá adjuntar licencias profesionales y/o certificados de cursos del fabricante, en todos los equipos de modelos solicitados o de mayor capacidad técnica. (Formulario N°7) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE. El oferente deberá adjuntar un listado de herramientas que utilizará durante el convenio (Formulario Nº8) Este documento debe ser anexado en antecedentes administrativos. REQUISITO EXCLUYENTE. 10.4 Presentación de Antecedentes omitidos El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que dichos formularios omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 56 Reglamento Ley Nº 19.886). En estos casos, el Hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá el plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl al momento de cargar la consulta para que subsane dichas omisiones. Lo anterior, con excepción de los formularios N° 3, 4, 5, 7 y 8 son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios. El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases, ni afecten el principio de estricta sujeción a las bases, y se debe informar al resto de los oferentes publicándolo en el sistema de información. No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada. Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación. 11° PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. Programas de integridad por parte de los proveedores. Los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. 12° GARANTÍAS Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso se requerirá solo Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N° 19.886 y su reglamento. 12.1 Garantía de fiel cumplimiento de contrato. CARACTERISTICAS Tipo de Garantía Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Exigibilidad Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de dejar sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos. Estipulaciones del documento Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y al primer requerimiento. Ésta podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.121 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas. Beneficiario Hospital Base San José de Osorno Rut: 61.602.260-1 Tomador El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo adjudicatario, o un tercero a su nombre. Monto 5% del monto total adjudicado y se expresará en pesos. Vigencia mínima La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato aumentada en 60 días hábiles después de terminado el vínculo contractual Glosa “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE TODAS LAS OBLIGACIONES LABORALES PARA EL CONVENIO MANTENIMIENTO DE VENTILADORES, 1063538-138-LP25”. Causales de cobro El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos: • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 18.6 de las bases, con excepción de la indicada en la letra a) de dicho numeral. • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886 • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas. Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial. En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Forma y momento de entrega Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta (solo si aplica), y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno. Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado. Forma y momento de restitución. Para la devolución del instrumento de garantía el proveedor adjudicado deberá solicitarla una vez transcurridos los 90 días posteriores al término del contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, Administrador de Contratos del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución. En el caso de prorroga o aumento del contrato. En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional. 12.2.1 Devolución de Garantía Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del Hospital y será devuelta, si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia de esta y certificado el cumplimiento del contrato por “el Hospital”, a solicitud escrita dirigida a la Dirección del Hospital, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos. 13° REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS La apertura electrónica de las propuestas se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en el numeral 6 de las presentes Bases. La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (solo si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica. 13.1 Admisibilidad de las ofertas. 13.1 Admisibilidad de las ofertas y Comprobación de lo Declarado Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases. El Hospital tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los Oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas. Conforme con lo anterior se verificará que la propuesta haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores. Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente. Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en el numeral 11 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación. Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas. 14° EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 14.1 Designación de la Comisión Evaluadora Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de un acto administrativo (Resolución) que contenga el ID del proceso de contratación, y señalando las personas que la componen con su nombre y apellido. Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San José Osorno: 1. Jefe de Unidad de Equipos Médicos del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue. 2. Jefe de Departamento de Operaciones del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue. 3. Enfermera Jefe de UPC Adulto del HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue. 14.2 Funciones de la Comisión Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierto el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas. Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante. 4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. 6. Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora. 7. Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora. 8. Fecha del Acta. De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. 14.3 Errores u omisiones detectados durante la evaluación. Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes: 1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y, 3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. 14.4 Matriz de evaluación El detalle de los criterios de evaluación y las respectivas ponderaciones serán los detallados según las siguientes matrices: N° CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1 Oferta económica (precio) 50% 2 Requisitos técnicos 15% 3 Plazo de Entrega e inicio de los trabajos 10% 4 Garantía 15% 5 Experiencia 5% 6 Programa de Integridad y ética empresarial 2% 7 Cumplimiento requisitos formales 3% TOTAL, PORCENTAJE 100% 14.4.1. Evaluación Económica Esta evaluación consta de una ponderación del 50% respecto a la evaluación final. El cálculo se efectuará proporcionalmente a la mejor oferta deduciendo el porcentaje de cada oferta presentada en relación a la más económica. Los montos deben ser ingresados en el Formulario N°3 de las bases de licitación. Fórmula de Cálculo: Puntaje Obtenido = (Precio mínimo ofertado / Precio Ofertado) *50 14.4.2. Requisitos Técnicos. Esta evaluación posee una ponderación del 15% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes presentados acordes a las bases técnicas y las ponderaciones de la siguiente tabla la evaluación. Nº REQUISITOS TÉCNICOS CUMPLE (SI: 100 – NO: inadmisible) 1 Cumple con el 100% de las especificaciones solicitadas en bases técnicas y adjunta Anexo C 100 / inadmisible 2 Representación de marca (adjuntar carta representación marca) 100 / inadmisible 3 Nómina de personal capacitado (adjuntar certificado capacitación) 100 / inadmisible 4 Listado de herramientas 100 / inadmisible 14.4.3 Plazo de entrega y de inicio de trabajos Esta evaluación posee una ponderación del 10% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente, el oferente deberá informar el plazo para iniciar los servicios, el cual se contabilizará desde el envío de la orden de compra, o desde el momento de envío del correo electrónico solicitando realizar el servicio por parte del Hospital, según corresponda, al contacto indicado en el Formulario N°5. 14.4.3.1 Sub-criterio Mantenciones preventivas 5% MANTENCIÓN PREVENTIVA PUNTAJE Hasta 5 días contados desde la fecha de envío de la orden de compra. 100 De 6 a 9 días contadas desde la de envío de la orden de compra. 75 De 10 a 14 días contado desde la fecha de envío de la orden de compra. 50 De 15 a 18 días contado desde la fecha de envío de la orden de compra. 25 Igual o mayor de 19 días contado desde de envío de la orden de compra. 0 14.4.3.2 Sub-criterio Mantenciones correctivas 5% MANTENCIÓN CORRECTIVA PUNTAJE Desde 5 a 12 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 100 Desde 13 a 24 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 75 Desde 25 a 48 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 50 Desde 49 a 71 horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 25 Desde 72 o más horas corridas desde el envío de correo electrónico solicitando el servicio. 0 14.4.4. Garantía Esta evaluación posee una ponderación del 15% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la garantía del oferente a los requerimientos de la institución. La garantía debe cubrir la totalidad de la actividad realizada en la aplicación del presente proceso licitatorio. La empresa u oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl (Formulario N°5), garantizando la entrega del servicio comprometido y requerido por el Hospital. GARANTIA PUNTAJE Igual o mayor a 18 meses desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 100 Entre 12 a 17 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 75 Entre 6 a 11 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 50 Entre 3 a 5 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 25 Menor a 2 meses contado desde la fecha de entrega de los servicios al Hospital. 0 14.4.5. Experiencia del oferente Esta evaluación posee una ponderación del 5% respecto de la evaluación final y en ella se analiza la experiencia por servicios ejecutados desde el año 2022 a la fecha de publicación de este proceso. Además, deberá acreditar mediante Contratos, certificados de conformidad y o actas de recepción por trabajos finalizados con firma, timbre del cliente a quien prestó este servicio. Solo se aceptará como experiencia valida servicios de en equipos de misma marca y modelo al servicio licitado y con documentación completa como se solicita en bases de licitación. Además, deberá indicar teléfono y/o correo electrónico de contacto cliente al cual prestó servicios, en caso de que se requiera consultar. El oferente deberá adjuntar en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl, garantizando la experiencia del servicio comprometido y requerido por el Hospital. EXPERIENCIA DEL OFERENTE PUNTAJE Mayor o igual a 10 contratos, certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 100 De 7 a 9 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 75 De 4 a 6 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 50 De 1 a 3 contratos o certificados acreditados y/o actas de recepción conforme. 25 No presenta contratos o certificados y/o actas de recepción conforme. 0 14.4.6. Programa de Integridad y ética empresarial Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un Programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo 3, donde se señala expresamente como política de su empresa dicho Programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra). Se entenderá por Programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Una vez completado el documento, se debe adjuntar a la carpeta técnica con el nombre “Anexo 3: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).” Asimismo, debe adjuntar documento respectivo donde acredite su programa de integridad. Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes. Si no se presenta el Anexo 3, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica Programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores. Asimismo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho Programa de integridad cuando no acompañe a su Declaración copia del Programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo 3. Por tanto, su oferta será evaluada con 0 (cero) punto en este criterio de evaluación. De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 punto en este criterio. De acuerdo con lo señalado, esta evaluación tiene una ponderación del 2% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro: INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL PUNTAJE Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad. 100 Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad. 0 No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0 14.4.7. Cumplimiento de requisitos formales Esta evaluación posee una ponderación del 3% respecto de la evaluación final; se regirá en base a la revisión de antecedentes proporcionados en formulario correspondiente. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, y enmendadas dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 puntos El criterio “14.4.7”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º del Decreto N°661 que establece el Reglamento de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente: 1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y, 3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. La solicitud de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información. Lo anterior solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº 045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº 19.880, donde conforme al dictamen Nº 15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales. La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro: Puntaje final: Puntaje evaluación económica + Puntaje requisitos técnicos + Puntaje plazo de entrega y de inicio de trabajos + Puntaje garantía + Puntaje experiencia + Programa de Integridad y ética empresarial + cumplimiento requisitos formales de la presentación de la oferta. “La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al Director del hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del hospital, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo. 15° ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 9 del reglamento de la ley Nº 19.886. 15.1 Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas. Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada. Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta. 15.2 Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente. 15.3 Ofertas riesgosas o temerarias. La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. De ser adjudicada la oferta riesgosa o temeraria, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica. 15.4 Mecanismo de resolución de empate Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. En caso de que el puntaje final entregue un empate entre 2 o más ofertas, se aplicarán las siguientes cláusulas de desempate, en el mismo orden indicado, hasta obtener un solo ganador; entre los participantes que han empatado: 1. En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “precio”. 2. En caso de persistir el empate, el segundo mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “requisitos técnicos”. 3. En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “plazo de entrega e inicio de los trabajos”. 4. De persistir el empate se podrá solicitar la opinión de la comisión evaluadora quienes, en conjunto y previo estudio de las ofertas, dirimirá la igualdad. 15.5 Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación y fuera de los plazos señalados. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada. Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación. 15.6 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta. 16° FACULTAD DE READJUDICAR El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días corridos (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta (solo si aplica), en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa: a) Producto/servicio licitado no cumple técnicamente o presenta serios inconvenientes técnicos durante la ejecución del convenio, lo cual genera pérdida de la confianza técnica en el desarrollo del servicio contratado. Esto se avala con informe de la contraparte técnica del Hospital. b) Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. c) Si el Contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario. d) Si el adjudicatario desiste de su oferta. e) Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información. f) Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley nº 20.393. La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo, y se deberá realizar dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. 17° REQUERIMIENTOS DE LA UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS Antes de comenzar con los trabajos el oferente que resulte adjudicado deberá tener en cuenta y cumplir a cabalidad los siguientes requerimientos de la Unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, para todo personal externo que desarrolle faenas de mantenimiento, reparación y obras dentro del recinto hospitalario. Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo requerido, el Hospital se reserva el derecho de dar término anticipado y unilateralmente al servicio, o de readjudicar a la oferta que haya resultado en segundo lugar de la evaluación, si la hubiere. Los documentos que debe presentar el adjudicatario antes de comenzar con el trabajo son los siguientes: 1. Hojas de entrega elementos de protección personal. 2. Registros entrega DAS e Inducción Seguridad. 3. Registros entrega Reglamento Interno. 4. Reglamento interno de su empresa. 5. Registro de entrega del reglamento interno a: Mutualidad, Inspección del Trabajo y Autoridad Sanitaria. 6. Certificado de adhesión a Mutualidad. 7. Certificado de siniestralidad y accidentabilidad (período 1 año). Además de la presentación de documentación indicada en el Reglamento Subcontrataciones (Adjunto) y solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional. Esta documentación debe ser obligatoriamente cumplida, en un 100%. Según corresponda lo exija ley y corresponda a características de la empresa. Una vez formalizada la adjudicación el proveedor deberá presentar en un sobre cerrado los documentos en la Unidad Prevención de Riesgos del Hospital. El sobre debe ser dirigido al Jefe de la Unidad Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional del Hospital o a quién él designe. El sobre debe señalar, además: · Nombre o Razón Social del proveedor · Nombre de la licitación · N° ID de la licitación El oferente adjudicado tendrá la responsabilidad de todas las actividades realizadas por su personal en las dependencias asignadas dentro del Hospital, por lo tanto, deberá mantener una supervisión permanente sobre la forma en que se están prestando los servicios contratados. El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por el Hospital, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y otras que el Hospital determine. Para ello deberán coordinar en forma permanente los trabajos a efectuar con el Supervisor o Jefe de la Unidad a cargo de los equipos. Se autorizará el ingreso al Establecimiento sólo a los trabajadores prestadores de servicio, que se encuentren en la nómina entregada por el oferente adjudicado, quienes no podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben realizar. La empresa adjudicada proveerá a sus trabajadores de una credencial de identificación con su nombre, fotografía y membrete o logo de la empresa en la que presta servicios, a su vez proporcionará los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo. 18° CONTRATO Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios. Para la firma del contrato se solicitará la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, extendida de acuerdo al numeral 12.1 de estas bases. Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación. Para la subscripción del contrato, los proveedores deberán encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras donde además deberán acreditar su situación financiera y técnica. El proveedor deberá presentar al departamento jurídico, boleta de garantía de acuerdo a lo solicitado vía correo electrónico. El oferente deberá hacer llegar la boleta a oficina de partes después de ello, el contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual. Junto con lo anterior el proveedor deberá acompañar un documento en que se acredite la personería de quien actúe como representante legal en la suscripción del contrato. En dicho documento deberán constar las facultades o poderes de dicho representante legal para suscribir contratos o convenios como el de la especie. Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución. Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, y/o no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, se desiste de la propuesta; caso en el cual “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si aplica, y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital. El proveedor, deberá acreditar al tiempo de celebración del contrato que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de conformidad con la ley Nº 20.123 y su reglamento. En caso de que se constate algún incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales señaladas durante la ejecución del contrato, el pago producto del contrato será destinado al cumplimiento de dichas obligaciones y/o se solicitará al proveedor que proceda a dichos pagos y le presente al Hospital los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor permitirá al Hospital a dar por terminado el contrato y en caso de llamarse a una nueva licitación éste no podrá participar. Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el proveedor en caso de que las presentes bases permitan la subcontratación. En razón de lo anterior, el HBSJO estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores. 18.1 Vigencia El contrato comenzará a regir, a partir de la total tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato y tendrá una vigencia de 24 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria. 18.2 Aumentos y disminuciones de contrato El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica. Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación en la que es parte una entidad de salud, y responde a la necesidad imperiosa que ésta tiene de cubrir sus requerimientos. El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el Referente técnico del HBSJO. Para hacer efectivo dicho aumento, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances. Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico. El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.1 de las presentes bases. 18.3 Prórroga plazo del contrato De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, y fundadamente. La prórroga de contrato debe ser solicitada por el Referente técnico del HBSJO. Para hacer efectiva la prórroga, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de prórroga o disminución de plazo del contrato, sus principales implicancias y alcances. Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico. La prórroga o disminución del plazo del contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de prórroga renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12.1 de las presentes bases. En ningún caso, la o las modificaciones, relativas al aumento o disminución del contrato, o a la prórroga del plazo del mismo, podrán alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Entendiéndose que se alteran éstos cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases o, cuando la modificación altera el equilibrio financiero del contrato o, si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. 18.4 Resciliación del Contrato Las partes podrán poner término al Contrato de común acuerdo en forma anticipada. 18.5 Cesión del contrato y subcontrataciones El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital. Además, el subcontratista deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital. El Hospital cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring en la medida que se notifique oportunamente de dicho contrato al correo gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl. Y jose.cordova@redsalud.gob.cl. y no existan obligaciones pendientes. 18.6 Término anticipado de contrato por parte del Hospital. Previa calificación de las circunstancias y por resolución fundada, el Hospital podrá poner término al contrato en forma anticipada e inmediata como consecuencia de un incumplimiento, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnización por perjuicios causados. Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas: a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. d) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras. f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. g) Las demás establecidas en la ley, en las presentes Bases de la licitación o en el contrato. 18.6.1 De los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada. Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las veinticuatro horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del reglamento de compras. 18.7 Referente Técnico del HBSJO El Hospital Base San José de Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Coordinador del mismo al Jefe de Unidad de Equipos Médicos (camilo.morgado.g@redsalud.gob.cl) o quien lo subrogue o reemplace, quien tendrá entre otras, las siguientes funciones: ● Definir las especificaciones técnicas de los bienes y servicios requeridos ● Participar del Comité de evaluación de las ofertas de los proveedores. ● Supervisar el correcto desarrollo del servicio adjudicado, garantizando que el proveedor cumpla con los estándares clínicos y técnicos de calidad y seguridad exigidos en las bases y la normativa del hospital. ● Solicitar las multas que correspondan en caso de incumplimiento del proveedor, acompañando informe respectivo. ● Contactar al proveedor y emitir informes ante la notificación por parte del Coordinador del Adjudicatario de, complicaciones, eventos adversos u otros incumplimientos técnicos, así como responder a los descargos del proveedor. ● Participar de las instancias en que sea convocado para entregar su opinión clínica y técnica de los servicios licitados. ● Conocer íntegramente las bases y contratos del presente proceso licitatorio. 18.8 Contraparte técnica del convenio. El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor (Formulario N° 1). En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá: 1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio. 2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas. 3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda. 4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera. 5. Recepcionar los reclamos y su gestión. 6. Coordinar las urgencias. 7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio. 18.9 Administrador del contrato El administrador de contratos (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, es responsable de gestionar el contrato entre el hospital y el proveedor adjudicado, asegurando que los términos y condiciones establecidos en la licitación se cumplan de manera adecuada. Sus funciones incluyen: • Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio. • Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente técnico que lo justifiquen, actividad coordinada cuando corresponda con asesor jurídico del Hospital. • Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. 18.10 Confidencialidad El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación. En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital. El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. 18.11 Precio El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl más los impuestos correspondientes y, en los documentos adjuntados en la licitación en su formulario económico (Formulario Nº3). 19° REPORTE DEL PROVEEDOR El oferente que resulte adjudicado deberá hacer llegar mensualmente o según corresponda, mediante correo electrónico (dentro de los 10 primeros días del mes) un Reporte en planilla Excel u otro del servicio efectivamente entregado durante el mes, o según corresponda, (mensual, semestral, etc.) indicando la ID y nombre del proceso. Aplica para mantenciones correctivas. El REPORTE debe indicar íntegramente los servicios prestados y/o repuestos entregados y se debe enviar en planilla Excel u otro a los correos electrónicos camilo.morgado.g@redsalud.gob.cl y yasna.albarran@redsalud.gob.cl, con copia a rodrigo.aguileraco@redsalud.gob.cl El validador del Reporte será el Jefe del Departamento de Operaciones, quién le subrogue o reemplace, o quien delegue o a quien éste designe para dicha actividad. Una vez que se recepcione el Reporte vía email, se procederá con su validación técnica y administrativa por los referentes antes mencionados, para luego emitir la orden de compra. Sólo una vez emitida la orden de compra, el adjudicatario podrá facturar. La validación del REPORTE por parte del HBSJO, será requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2) recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos. 20° EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA Una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba el contrato, el Hospital podrá emitir la primera orden de compra. En el caso de mantenciones preventivas, órdenes de compra serán emitidas antes de realizar el servicio. Las órdenes de compra serán emitidas después de realizado el servicio en el caso de mantenciones correctivas. Cuando se emitan las Órdenes de Compra, el adjudicatario deberá aceptar la orden de Compra a través del portal en un plazo no superior a 48 horas, de acuerdo con los precios ofrecidos por el oferente y visados previamente por el Coordinador del Convenio y Administrador de Contratos. La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del bien/insumo o producto a través del portal de servicios públicos. Antes del envío de cada orden de compra, el comprador del Departamento de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Registro de Proveedores. 20.1 Entrega y/o ejecución de prestaciones y servicios. Los servicios deben ser ejecutados, previa solicitud formal y coordinación, con Departamento de Operaciones del HBSJO, ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno. 20.2 ENTREGA DE EL O LOS PRODUCTOS (EN CASO DE PROCEDER O APLICAR) Los insumos o productos, así como el equipamiento en comodato (bonificación), en caso de proceder o aplicar, debe ser entregado previa solicitud formal y coordinación, en Bodega General del hospital; ubicado en Avenida Guillermo Bühler Nº 1765 Osorno. Además, el proveedor de forma obligatoria debe considerar lo siguiente: El transporte de los productos desde las Bodegas del Proveedor hasta las dependencias del Hospital será de costo y cargo de este. Es decir, debe estar incorporado en el precio ofertado del producto. Para la gestión de despachos o el envío de los bienes/insumos o productos por parte del proveedor hacia la bodega general del Hospital, este deberá ser imperativamente acompañado por la guía de despacho correspondiente. Posterior a la entrega de bienes/insumos o la prestación de un servicio (según corresponda); la institución deberá proceder con la validación o recepción conforme de estos. Este proceder resultará imprescindible para la posterior emisión de la factura comercial respectiva. Para ello, el referente técnico, referente administrativo, funcionario de abastecimiento u otro (según corresponda), deberán confirmar las prestaciones realizadas y emitir un informe respecto del debido cumplimiento del oferente adjudicado de los servicios contratados, particularmente desde un punto de vista sanitario y administrativo, teniendo presente lo establecido en las Bases. En virtud de lo dispuesto en Norma Técnica N° 226 del Ministerio de Salud, se señala la vigencia y obligación de los prestadores de salud de informar datos mínimos necesarios que permitan la trazabilidad de dispositivos médicos en sus correspondientes documentos de entrega (guía de despacho o factura comercial). Este, debe indicar al menos: 1. Señalar que el insumo despachado cumple la condición de “dispositivo médico”. 2. Los siguientes datos de trazabilidad: • Nombre del producto o dispositivo médico. • Identificación del proveedor. • N° de guía/factura, según documento de entrega. • Modelo (sólo cuando corresponda) • N° de lote/serie • Fecha de vencimiento Considerando que la normativa establece que el nombre del dispositivo médico puede obedecer a la denominación asignada al interior del establecimiento de salud, es importante señalar que este puede sufrir modificaciones las que serán informadas oportunamente. Se adjunta Norma Técnica N°226 y Oficio Circular IP N°8 del 02 de marzo del 2024 que instruye la aplicación de la normativa en los prestadores institucionales de salud. 21° DE LA FACTURACIÓN Y PAGO Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto. Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información: a) La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra. b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato. Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes. NOMBRE Hospital Base San José De Osorno RUT 61.602.260-1 DOMICILIO Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos. GIRO Salud Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada: 1. Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión. Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail). 2. Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico. Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente. 3. Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público. La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado. El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago. 21.1 Pago indebido y su restitución. Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras. El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso. El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto. En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras. 22° INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS Antecedentes Generales Todo incumplimiento del proveedor al contrato facultará al Hospital para aplicar una o más de las sanciones que se indican a continuación, sin perjuicio de los otros derechos que le correspondan, en especial, el de hacer efectivas las garantías que posea constituidas el proveedor. 22.1 Infracciones Contractuales Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento: • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado. • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. • Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. Por cada día de atraso la multa será de 3 UTM. 22.2 Del servicio Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 5 UTM: • Incumplimiento en el tiempo de inicios de los trabajos, se aplicará una multa de 5 UTM por día o horas de atraso según corresponda. • Transgresión u omisión de las indicaciones del Departamento de Operaciones: multa de 5 UTM por evento. • Si se comprobase la ejecución de actividades para fines ajenos al servicio contratado, en equipos y /o en las dependencias de la institución: multa de 5 UTM por evento. • Por incumplimiento en el servicio solicitado de acuerdo con lo requerido en las especificaciones técnicas el monto de la multa será de 5 UTM, por evento. • Incumplimiento en el periodo de garantía, la multa será de 5 UTM por evento. • Incumplimiento o la no entrega de documentación solicitada por Unidad de Prevención de Riesgos y Salud Ocupacional: la multa será de 5 UTM, por evento. • Incumplimiento por no contar con repuestos para reparaciones; la multa será de 5 UTM por evento. • Por causa de una falla o falta de repuesto equipo se encuentre fuera de servicio por más de 60 días corridos desde informado la falla. Multa será 1 UTM por día posterior a lo establecido anteriormente. • Envío y despacho de bienes/insumos sin documentos solicitados en numeral 20.2° (sin guía de despacho, sin orden de compra adjunta): multa de 10 UTM por cada evento. • Por no cumplir con la cantidad de visitas preventivas solicitadas en bases; la multa será de 5 UTM por evento. • Por el no cumplimiento de mantenciones correctivas según tipo de eventos indicados en bases técnicas, durante todo el tiempo de vigencia de garantía técnica de los equipos: multa de 10 UTM por cada evento. 22.3 Del personal De igual manera estarán afectos a sanciones o multas de 3 UTM • Falta de condiciones y capacitación del personal que se presente a efectuar los trabajos. Multa de 3 UTM por cada trabajador. • El incumplimiento de las normas de seguridad. Multa de 3 UTM, por evento. • La utilización deficiente o no uso de equipos e implementos indispensables y seguridad para su trabajo. Multa de 3 UTM por cada trabajador. • Conducta poco deferente o irrespetuosa del personal del adjudicatario hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del HBSJO. Multa de 3 UTM por cada trabajador, y siempre que el hecho sea comprobado vía reclamo formal (por escrito). Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento. 23° PROCEDIMIENTOS PARA APLICACIÓN DE MULTA En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informará al adjudicatario por correo electrónico (aquél informado en el Formulario N°1) indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos y/o disconformidad con el contenido de dicha notificación, por escrito y dirigidos al Director del Hospital Base San José de Osorno. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para pronunciarse. De esta manera, y con los antecedentes que disponga, dictará la resolución o acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, rechazando o acogiendo los descargos, total o parcialmente, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose al adjudicatario o a su representante legal por correo electrónico. En efecto, todo tipo de sanción o multa será comunicada al representante indicado en el registro de proveedores o en el registro de la propuesta, mediante correo electrónico de la Dirección del Hospital, o desde el correo electrónico de quien ésta considere pertinente. Se establece que el acto administrativo que aplique dicha sanción debe revestir el carácter de fundado. El proveedor podrá interponer contra dicho acto administrativo el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal. Además, la medida aplicada será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Si el proveedor no formula descargos dentro del plazo conferido o los interpone fuera de, plazo, una vez verificada la no presentación de descargos por parte del proveedor, o habiéndose recibido éstos fuera de plazo, se procederá a dictar un acto administrativo que dejará firme la resolución de aplicación de multa, dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos, y se publicará el acto administrativo, a través de www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de 24 horas de su dictación. En el evento de que el proveedor no estuviere conforme con lo resuelto, se encontrará facultado para interponer los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, en la forma y plazos previstos en dicho cuerpo normativo. Sólo una vez transcurrido los plazos legales, y dictados los actos administrativos que resuelven los recursos interpuestos, rechazándolos, se podrá proceder a hacer efectiva la aplicación de la multa. La reiteración (tres) de estas faltas dará derecho a que el Hospital dé término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas. En caso alguno, el monto total de las multas podrá exceder el 30% del monto total del contrato. 23.1 Cobro de multas En caso que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios: • Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl, • Pago directo en la caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital. Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases. La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato. En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato. Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl. 23.2 Indemnización por daños y perjuicios (Artículo 139 del Decreto 661 que aprueba Reglamento Ley de Compras). Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios. 22.7 Notificaciones electrónicas. Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales. Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras. 23° RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud ,dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal. 24° SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
Bases Técnicas
BASES TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA “CONVENIO MANTENIMIENTO DE VENTILADORES” ID: 1063538-138-LP25 HOSPITAL BASE SAN JOSE DE OSORNO 1. ANTECEDENTES GENERALES El objetivo de este convenio es contratar el servicio de mantención preventiva y correctiva para Ventiladores por un período de 24 meses. Para lo cual se hace necesario cumplir con el Punto N° 2 - Plan de Mantención, detallado a continuación. Además, debe considerar repuestos e insumos, todos aquellos que sean necesarios para la correcta reparación o ejecución del mantenimiento tanto como preventivo y correctivo. El plan de mantenimiento se debe ejecutar a los equipos del presente convenio, el cual tiene como objetivo asegurar la continuidad de su funcionamiento, conservación y óptimo estado de operación, considerando en todo momento la mano de obra necesaria para la ejecución del plan de mantenimiento, modificaciones y reparaciones necesarias. Además, se debe considerar la capacitación continua y asesoría para los usuarios y personal de la Unidad de Equipos Médicos, acerca de la correcta utilización de los equipos, procedimientos de limpieza y mantención básica que garantice un correcto estado de operación. Esto, al momento de las visitas al Hospital para la revisión de los equipos del presente convenio. Las asesorías para el personal de la Unidad de Equipos Médicos deben ser especializadas de los equipos del presente convenio, con el fin de servir de soporte técnico como respuesta inmediata por vía telefónica en caso de imprevistos que puedan ocurrir con los equipos. El Adjudicado deberá considerar los siguientes puntos: • Deberá mantener un programa de mantención (descrito en el Punto N°2 de las bases técnicas - Plan de Mantenimiento, de las presentes Bases) y un sistema de las órdenes de trabajo de los equipos del presente convenio, que indiquen registros de actividades de las mantenciones, tiempos de respuesta, duración de trabajos, repuestos utilizados y sus costos, e informes técnicos que incluya información sobre los procedimientos aplicados y el estado de los equipos. • Será responsable de todos los daños o pérdidas que se ocasionen a los equipos, elementos, repuestos, piezas, infraestructura, muebles, artículos e instalaciones que le sean imputados, con motivo de las mantenciones y reparaciones ejecutadas; o por mala ejecución de los trabajos encomendados. Esta responsabilidad se hará efectiva durante el período de vigencia del contrato hasta la fecha de vencimiento. • Al realizar mantenimiento preventivo y/o reparaciones de equipos, por encontrarse estos en servicios clínicos, se deberán considerar las medidas sanitarias que correspondan, así como la utilización de guantes, mascarillas, delantales que permitan mantener la inocuidad del recinto. Además, será responsabilidad de la empresa adjudicada mantener la limpieza en el área posterior a la intervención del equipo, debiendo retirar los repuestos y/o materiales utilizados en la labor. 2. PLAN DE MANTENIMIENTO Tiene como objetivo establecer un procedimiento para el Mantenimiento de los equipos incluido en las presentes Bases y mantenerlos operativos a fin de que estos funcionen sin interrupciones, permitiendo la continuidad y asegurando la calidad y seguridad de uso de los equipos. Además, establece una vida útil adecuada, reduciendo los costos operativos mediante el cambio preventivo de piezas y partes que estadísticamente han demostrado mantener funcionales a los equipos. También tiene como objetivo garantizar el correcto funcionamiento de los equipos a través de la ejecución de las revisiones programadas y estipuladas por protocolos diseñados de fábrica con equipos calibrados y personal debidamente capacitado y avalado por el fabricante, así como también el correcto funcionamiento y disponibilidad de los equipos por medio de reparaciones, cuando sea necesario, en un tiempo de respuesta acorde a las necesidades del Hospital. Además de la continua información hacia la Unidad de Equipos Médicos sobre el estado de los equipos en convenio al momento de la ejecución del Plan de Mantenimiento e informar sobre las últimas actualizaciones y los avances de la tecnología en el área biomédica. El Plan de Mantenimiento incluye las Mantenciones Preventivas (detalladas en el Punto N° 3 de las presentes Bases) y las Mantenciones Correctivas (detalladas en el Punto N° 4 de las presentes Bases técnicas). Las cuales deben ser ejecutadas por el Adjudicado y supervisadas por la Unidad de Equipos Médicos. 3. MANTENCIÓN PREVENTIVA Se entenderá por Mantenimiento Preventivo, el servicio que tiene por objeto prever desperfectos mecánicos, electrónicos u otros; de acuerdo con la rutina de revisiones indicadas y en los respectivos manuales de fábrica. Dichas revisiones se efectuarán de acuerdo con la periodicidad descrita en la propuesta técnica del oferente, este periodo debe considerar los tiempos recomendados por el fabricante y las horas de trabajo de los equipos. El mantenimiento preventivo debe considerar 2 (dos) visitas anuales, para la totalidad de equipos incluidos en el convenio de las presentes bases. Descripción: Las operaciones de mantenimiento preventivo están sujetas a un programa establecido, detallado en el “Anexo B”, y a una planificación de acciones sistemáticas, que deberá incluir como mínimo las siguientes actividades para mantener los equipos operativos en todo momento: VENTILADORES MAQUET SERVO-I 1. Inspección visual de equipo 2. Inspección visual de log de errores del equipo 3. Reemplazo de kit mantención anual/semestral según corresponda 4. Revisión, limpieza o reemplazo de filtros de ventilación forzada 5. Realizar pruebas de fan 6. Revisión de cassette espiratorio y cambio de membrana en caso de ser necesario 7. Revisión de interfaz de usuario 8. Revisión y ajuste de presión barométrica 9. Revisión de transductores de presión de entrada de gases 10. Revisión de luz de fondo de pantalla 11. Revisión de módulos de baterías (vida útil 2.5 años) 12. Revisión módulos de turbina (vida útil 10 años) 13. Revisión de baterías de lithium en tarjetas electrónicas (vida útil 5 años) 14. Revisión de freno de carros de transporte 15. Revisión de cables y accesorios externos 16. Control preliminar posterior al mantenimiento 17. Pruebas de seguridad eléctrica VENTILADORES PHLIPS RESPIRONICS TRILOGY 100 1. Inspección visual de equipo 2. Limpieza interna del equipo 3. Limpieza externa del equipo 4. Reemplazo de kit mantención anual/semestral según corresponda 5. Reemplazo de filtro de partículas 6. Inspección de conexiones neumáticas externas 7. Inspección de manilla y o’ring de manilla 8. Inspección de cable de poder 9. Inspección de carcasa 10. Reconocimientos puertos SD Card o USB 11. Inspección de conectores eléctricos y electrónicos 12. Inspección del teclado y backlight teclado 13. Inspección pantalla LCD 14. Inspección sonidos de alarma 15. Inspección de turbina 16. Revisión N° de horas de funcionamiento 17. Revisión ventilación forzada interna 18. Revisión indicador AC 19. Revisión indicador de batería 20. Revisión batería interna 21. Revisión batería externa 22. Pruebas de configuraciones de circuito paciente 23. Calibración y pruebas de oxígeno 24. Pruebas de seguridad eléctrica VENTILADORES PHILIPS RESPIRONICS V60 1. Inspección visual de equipo 2. Limpieza interna del equipo 3. Limpieza externa del equipo 4. Reemplazo de kit mantención anual/semestral según corresponda 5. Revisión filtro ventilación forzada 6. Cambio de filtro de entrada de aire del equipo 7. Verificación de línea de alta presión 8. Prueba de indicador AC de poder 9. Prueba de led verde ON/OFF 10. Prueba de anillo de navegación 11. Prueba de botón enter/confimar 12. Pruebas de precisión de presión a 0/1/35/60 cmH2O 13. Pruebas de precisión de flujo de aire a 10/120 LPM 14. Pruebas de precisión de flujo de oxígeno a 10/140 LPM+ 15. Pruebas de precisión del oxígeno 16. Prueba de rendimiento del modo S/T 17. Prueba de falla de energía 18. Prueba de batería interna 19. Pruebas de seguridad eléctrica VENTILADORES DRAGER VN500 1. Inspección visual del equipo 2. Chequeo de puesta en marcha 3. Chequeo temperatura interna 4. Reemplazo de kit mantención anual/semestral según corresponda 5. Pruebas de sistema neumático 6. Pruebas de sistema electrónico 7. Comprobación de la batería interna y carga 8. Comprobación del botón giratorio y tecla de silencio 9. Pruebas de dosificación de oxígeno 10. Pruebas de dosificación de volúmenes 11. Verificación y pruebas de alarmas 12. Comprobación de modos ventilatorios 13. Prueba de funcionamiento del display de la V-Unit 14. Pruebas de indicadores LED y pantalla 15. Calibración de la pantalla táctil 16. Pruebas de seguridad eléctrica VENTILADORES DRAGER OXYLOG 3000 1. Inspección visual del equipo 2. Verificación de la configuración del dispositivo 3. Verificación del sensor de flujo 4. Verificación opción inhalación de CO2 5. Verificación opción mezclador de O2 6. Verificación de opción ASB/PS 7. Verificación de opción BIPAP/PCV+ 8. Pruebas de estado del aparato básico 9. Calibración del aparato básico 10. Verificación del flujo de inspiración 11. Pruebas de hermeticidad 12. Pruebas de teclas y potenciómetros 13. Pruebas de indicadores LED y pantalla 14. Pruebas de válvula de seguridad 15. Pruebas de respiración controlada por volumen 16. Verificación de alarmas 17. Verificación de entrada/válvula de ventilación de emergencia 18. Pruebas de seguridad eléctrica La programación de las mantenciones, serán coordinadas entre el oferente y el Jefe de Unidad de Equipos Médicos, siendo avisadas previamente cada una de las visitas. La ejecución del mantenimiento se realizará en base al programa de mantenimiento preventivo solicitado, en el mes indicado; la fecha exacta se coordinará con la Unidad de Equipos Médicos. Esto, para los equipos incluidos en el presente convenio (“Anexo A”). En caso de cambio de fecha, ésta deberá ser comunicada con a lo menos 48 horas de anticipación. En la ejecución de Mantención preventiva proveedor deberá incluir todos los insumos y repuestos necesarios para la correcta ejecución de la mantención. Se requiere detallar en Anexo C, lo que corresponde a kit de mantenimiento y/o insumos necesarios para la mantención, además proveedor debe adjuntar hoja propuesta de chequeo de la empresa. Todas las actividades de mantenimiento preventivo deben ser efectuadas en terreno. Los procedimientos de Mantención Preventiva deben tener una garantía no menor a seis meses. En los casos en que las revisiones preventivas arrojen como resultado la necesidad de reemplazar elementos, repuestos u otros, que no se encuentren incluidos dentro del kit de mantenimiento preventivo informados en Anexo C, la empresa deberá indicar a la brevedad a la Unidad de Equipos Médicos la necesidad de cambiarlos. El cambio de repuestos no indicados o informados dentro de una mantención preventiva se tomará como mantención correctiva. Del precio de referencia informado para la presente licitación, se declara que el presupuesto referencial para el mantenimiento preventivo de los Ventiladores Maquet Servo I tiene un total de $80.000.000 I.V.A. incluido, para el mantenimiento preventivo de los Ventiladores Philips Respironics tiene un total de $40.000.000 I.V.A. incluido y para el mantenimiento preventivo de los Ventiladores Drager tiene un total de $15.000.000 I.V.A. incluido. 4. DE LA MANTENCIÓN CORRECTIVA Descripción: El mantenimiento correctivo o reparación comprende la totalidad de las acciones que se deban realizar, de tal manera de recuperar lo más pronto posible los equipos que hayan presentado fallas y que signifiquen reparación y/o cambio de repuestos. Las maniobras correctivas van dirigidas en forma específica a una reparación que implique trabajos de corrección para eliminar fallas y a la reposición de componentes de los equipos, que por indicación del fabricante así lo aconseje y esto signifique una paralización momentánea de los equipos. En caso de fallas imprevistas (mantenimiento correctivo), la Unidad de Equipos Médicos gestionará la coordinación con el Adjudicado mediante correo electrónico o por teléfono, para efectuar la correspondiente visita para realizar el diagnóstico de la falla. El tiempo que transcurre entre iniciada la solicitud por parte de la Unidad de Equipos Médicos solicitando visita técnica por falla y la visita en terreno no podrá exceder de 72 horas corridas y diagnostico remoto no debe superar las 12 horas, o en su defecto, el tiempo estipulado por el oferente en Formulario N° 5 de las presentes bases. Las Mantenciones Correctivas serán efectuadas en terreno, pudiendo en caso necesario trasladar tarjetas o componentes de los equipos al propio taller del servicio técnico, los costos de envío serán asumidos por el adjudicado dentro del valor de la cotización por este servicio. Para el caso en que sea necesario el envío de los equipos a las dependencias del servicio técnico, debe ser consultado y autorizado por el Jefe de Unidad Equipos Médicos. El o los equipos no pueden pasar más de 30 días corridos contados desde la llegada al lugar indicado por oferente, de lo contrario, este debe informar con anterioridad respecto al motivo de la prolongada espera y otorgar equipo de similares características en calidad de Back-up/Reemplazo. Las visitas de diagnóstico de falla deberán ser ilimitadas, y el oferente deberá considerar esto en monto de propuesta, y emitir un informe técnico del diagnóstico que será entregado a la Unidad de Equipos Médicos en conjunto con una cotización, la que debe incluir la reparación integral de los equipos en caso de que falla sea solucionada con visita de diagnóstico en primera instancia, y/o las acciones futuras a realizar para volver el o los equipos a la operatividad en caso de requerir cambio de repuestos, piezas, insumos o similar. En esta cotización se debe incluir: traslado, viáticos, horas hombre, mano de obra, insumos de trabajos y todo lo necesario para el personal encargado del Mantenimiento Correctivo o traslado de equipo a Servicio Técnico, en caso de ser necesario. Además, debe considerar la asesoría para los usuarios y personal de la Unidad de Equipos Médicos, sobre el desperfecto sucedido e informar posibles medidas para evitar que se genere de nuevo el imprevisto motivo de la visita de Mantenimiento Correctivo. Los cambios de repuestos, insumos, piezas o adaptaciones de componentes para la recuperación de los equipos, deberá informarse previamente a la Unidad de Equipos Médicos para su instalación. Este diagnóstico y revisión de los equipos debe ser realizada de manera presencial o remota con asistencia de personal de la Unidad de Equipos Médicos. Una vez la Unidad de Equipos Médicos reciba conforme el informe técnico de diagnóstico y cotización sobre fallas detectadas se procede a: • Aprobar con V°B° la cotización por parte de referente técnico del convenio. • En caso de que mantención correctiva necesite un cambio de repuesto o similar, se aprobará con V°B° por parte de referente técnico para autorizar el despacho de repuesto a dependencias del hospital, o en caso de ser necesario, con la importación de estos y la posterior coordinación de instalación por parte del proveedor. • Solicitar V°B° de la Subdirección administrativa (si corresponde) para luego emitir Orden de compra correspondiente a la mantención correctiva cotizada, una vez realizado el servicio. Este Acto de Mantención Correctiva debe generar un informe técnico con el detalle de las fallas/problemas que presentan los equipos, las actividades que se realizaron para repararlos, los repuestos utilizados, las condiciones en que quedaron el equipo y las recomendaciones para prevenir futuras fallas e inconvenientes. El cual debe ser entregado a la Unidad de Equipos Médicos para su revisión y posterior aprobación por los referentes técnicos. Este procedimiento debe ser de carácter integral y considerar todos los procedimientos necesarios con el fin de dejar operativo los equipos después del mantenimiento. También se debe considerar la capacitación y apoyo constante a personal de Unidad de Equipos Médicos, con el fin de poder evitar y prevenir las fallas que puedan ocurrir en el o los equipos. Además, se podrá incluir en la cotización de Mantenimiento Correctivo la capacitación certificada al personal de la Unidad de Equipos Médicos con el fin de poder entregar una mayor respuesta frente a eventos adversos. Esto último a través de mutuo acuerdo entre el adjudicado y referente técnico del presente proceso. Todo trabajo realizado deberá ser garantizado por el servicio técnico, por un período no inferior a seis meses, el que deberá indicarse en la respectiva Orden de Servicio de la empresa y en la factura. Del presupuesto referencial para mantenimientos correctivos, se debe señalar que es un ítem dentro de la presente licitación el cual está destinado para subsanar las fallas presentadas en los equipos, pero que también permite adquirir ítems no incluidos/contemplados (como accesorios, insumos, repuestos o partes específicas) en la presente licitación, para los equipos que se encuentren incluidos dentro del convenio, esto con el fin de disminuir los tiempos de gestión de presupuesto y de inoperatividad de el o los equipos. Del precio de referencia informado para la presente licitación, se declara que el presupuesto referencial para mantenimientos correctivos de los Ventiladores Maquet tiene un total de $60.000.000 I.V.A. incluido, para el mantenimiento correctivo de los Ventiladores Philips Respironics tiene un total de $60.000.000 I.V.A. incluido y para el mantenimiento correctivo de los Ventiladores Drager tiene un total de $15.000.000 I.V.A. incluido Montos los cuales serán utilizados según la cantidad de eventos correctivos que puedan ocurrir para los equipos dentro del período de duración del presente convenio. 5. DE LOS REPUESTOS Los repuestos, partes, accesorios, insumos o similares contemplados en el presente convenio de mantenimiento incluyen todos aquellos necesarios para asegurar la operatividad y funcionalidad de los equipos, ya sea a consecuencia de una falla que requiera una mantención correctiva o de un diagnóstico derivado de un mantenimiento preventivo que no estén incluidos o contemplados dentro del plan de mantenimiento. Todos los repuestos (o similar) utilizados deberán ser compatibles y originales de la marca de los equipos y cada vez que sea necesario realizar algún cambio en los equipos para el óptimo funcionamiento, deberá informarse previamente a la Unidad de Equipos Médicos. En caso de falla de los equipos reparación de estos no podrá tardar más de 30 días fuera de uso por no contar con stock de repuestos. Si reparación contempla importación de algún repuesto (o similar) que tome una cantidad de días mayor a la anterior señalada, el proveedor deberá adjuntar los respaldos pertinentes que justifiquen el no cumplimiento de los plazos establecidos y junto con ello definir fecha límite para la entrega e instalación de repuesto, en caso de no cumplir en lo estipulado se informará al respecto a Administrador de Contratos, para que se realicen las acciones correspondientes. Todos los repuestos e insumos que se instalen deben dejar funcionales los equipos y deben tener una garantía de a lo menos 6 meses, a menos que se especifique lo contrario. Estos serán aportados por el proveedor adjudicado, cuando sean solicitados en un mantenimiento preventivo, mantenimiento correctivo y cuando el Hospital lo requiera. Esto en el tiempo establecido en la oferta. Todos los repuestos e insumos que sean cambiados deben ser entregados a la Unidad de Equipos Médicos del Hospital Base San José Osorno. 6. ACTO DE ENTREGA DE EQUIPOS EN MANTENCIÓN La entrega de los equipos es un acto donde se verifica la existencia y el buen estado de todos los componentes que forman parte del mismo, conjuntamente con la documentación necesaria para su funcionamiento, mantención y registro. La entrega de los equipos luego de su mantención deberá ser a personal de la Unidad de Equipos Médicos para luego entregar a usuarios en forma completa, instalado, funcionando y calibrado acorde a las especificaciones de los mismos equipos. En cada visita de mantención se realizarán los siguientes procedimientos: Consulta a usuarios sobre funcionamiento de los equipos detectando posibles fallas, lista de verificación y revisión, pruebas de seguridad y funcionamiento de los equipos, control y limpieza de aquellos elementos que por su diseño, uso y función lo requieran, sustitución de los elementos de desgaste señalados por el fabricante con la periodicidad que éste indica, comprobación funcional y ajuste de parámetros a sus valores nominales según protocolo de revisión del fabricante. 7. REQUERIMIENTOS INCLUIDOS EN EL CONVENIO Mano de obra técnica: Toda la mano de obra utilizada para la ejecución de la mantención preventiva y correctiva de los equipos y el cumplimiento de los protocolos estipulados por el fabricante, así como el cambio oportuno de los elementos programados y con carácter preventivo y de los elementos no programados, así como también gastos de traslados por visitas y alimentación por visitas preventivas o correctivas. Elementos de cambio programado con carácter preventivo: Piezas y partes que el fabricante recomienda cambiar periódicamente durante el tiempo de vida útil de los equipos y durante un mantenimiento preventivo; dichos elementos son determinados con base en estadísticas de falla y desgaste. Consultas ilimitadas sin costo: Se incluyen consultas telefónicas, correos y las llamadas que generen órdenes de trabajo a lugar para la revisión y reparación de los equipos. Se debe entregar capacitación continua e ilimitada a los usuarios clínicos de los equipos y al personal técnico de mantenimiento de la Unidad de Equipos Médicos del Hospital. El adjudicado deberá rotular los equipos cada vez que se realice una visita de mantención preventiva. La etiqueta identificadora debe señalar a lo menos; nombre de la empresa con su logo si tiene, Nº de serie del equipo, Nº de inventario, fecha del servicio, fecha de la próxima mantención, técnico responsable del trabajo y número telefónico de contacto del servicio técnico. El adjudicado deberá entregar una Orden de Trabajo o Informe Técnico, cada vez que intervenga los equipos, ya sea de manera preventiva o correctiva. Siendo esta recibida y firmada por el Jefe de la Unidad de Equipos Médicos o profesional a cargo del servicio. Adicionalmente deberá completar hojas de chequeo interna del hospital. 8. INSPECCIÓN Y PRUEBAS. El proveedor deberá entregar al Hospital un Informe Técnico, para los equipos al cual se realizó mantención preventiva o correctiva. Para mantenimiento preventivo el informe debe incluir pruebas cuantitativas y cualitativas de desempeño, calidad de funcionamiento, calibración y seguridad eléctrica. Lo anterior no será impedimento para que el proveedor sugiera al Hospital cualquier tipo de mejora de este modelo que busque el desarrollo de un mejor trabajo. El oferente debe utilizar la pauta de mantención preventiva y correctiva recomendada por el fabricante. Los insumos, equipos de prueba, accesorios, herramientas, etc., necesarios para la realización de la mantención deberán ser proporcionados por el proveedor y este deberá entregar un listado completo de todo el instrumental que será utilizado para las mantenciones, junto con los certificados de calibración de dicho instrumental. El Hospital tendrá el derecho a inspeccionar y/o probar los equipos a fin de verificar el correcto funcionamiento, desempeño y el cumplimiento de las especificaciones técnicas y normativa de trabajo de los mismos. Las inspecciones o prueba deberán realizarse en el lugar de destino una vez realizada las correspondientes mantenciones. Si los equipos inspeccionados o probados no funcionan correctamente o no se ajustan a las especificaciones y/o normativas, el Hospital podrá rechazarlos y el proveedor deberá, sin cargo extra para el convenio, corregirlos en la medida necesaria para cumplir con las especificaciones y para que los equipos funcionen correctamente dentro de sus rangos de operación normal de diseño. 9. PERIODOS DE MANTENCIÓN. Mantención de los equipos: deben ser 2 visitas al año por mantenimiento preventivo para la totalidad de los equipos. Está programación será coordinada con el Jefe de la Unidad de Equipos Médicos y el supervisor nombrado por la empresa para tales efectos. El oferente se obliga a prestar los servicios de mantenimiento preventivo programado y correctivo en el horario de 08:00 a 20:00 horas de lunes a viernes en días hábiles, salvo que de mutuo acuerdo se establezca otro horario previa coordinación con servicio clínico para así no afectar el normal funcionamiento del servicio clínico en atención a pacientes. Esto se realizará a través de correos electrónicos, por medio de los cuales ambas partes manifiesten estar de acuerdo. Para mantenimiento correctivo, el horario se puede extender al indicado anteriormente, con el fin de poder realizar todos los trabajos necesarios para poder contar con los equipos operativos. 10. PERSONAL DEL ADJUDICADO. El oferente deberá entregar una nómina y currículum de los integrantes de su servicio técnico, que tendrán participación directa en la ejecución de las acciones de mantenimiento (Formulario 7). Así como también, deberá entregar un completo listado de herramientas, equipos e instrumental disponibles para la prestación del servicio en terreno. El oferente debe indicar el personal en relación directa de quién efectuará las mantenciones a los equipos, y demostrar que cuenta con personal técnico altamente calificado, con capacitación en cada tipo de marca y modelo de los equipos a ofertar. Por medio de certificados título o diplomas de cursos y currículum que indique sus años de experiencia técnica. El oferente debe indicar y demostrar que su servicio técnico cuenta con las herramientas y equipos para las inspecciones y evaluaciones indicadas en los protocolos técnicos. Además de poseer los manuales de usuario y servicio técnico de los equipos. El personal Técnico que realiza las mantenciones deberá presentarse ante el Jefe de Unidad de Equipos Médicos, antes de iniciar el servicio y al finalizar éste, con el fin de entregar un informe de mantenimiento, donde se indique claramente los trabajos realizados, repuestos utilizados (si los hubiese), identificación y ubicación de los equipos, fecha de visita y si hubiere alguna sugerencia de reparación posterior. En el caso de las mantenciones preventivas, junto al Informe de mantenimiento debe adjuntar la hoja de chequeo, solicitada en la propuesta, con la descripción de todas las pruebas realizadas. El personal del Adjudicado tendrá la responsabilidad de: 1. Realizar las labores de mantención y reparación con eficiencia, responsabilidad y discreción. 2. No entorpecer el trabajo de los funcionarios. 3. Informar al Jefe de Unidad de Equipos Médicos sobre la ejecución de los trabajos e indicar malas prácticas en el uso de los equipos, en caso de ocurrir, así como de recomendaciones e identificación de los equipos vulnerables o susceptibles de fallas. 4. Mantener el orden del lugar de trabajo y dejarlo limpio una vez finalizada la actividad. 5. No generar ruidos molestos que afecten la tranquilidad del lugar. 6. Responder con respeto, amabilidad y seriedad, posibles consultas de los funcionarios y personal técnico del hospital. 7. Asistir con buena presentación personal, elementos de seguridad necesarios para la realización de su trabajo e identificación como personal autorizado por la empresa adjudicada. 8. Traer sus propias herramientas de trabajo según la especialidad y en buen estado de manera que no representen un riesgo para los técnicos y usuarios. 11. SUPERVISOR DEL ADJUDICADO. El oferente deberá designar un supervisor, quien lo representará ante el Hospital y será el interlocutor válido para las autoridades del mismo, con las siguientes funciones y obligaciones: 1. Guardar reserva absoluta respecto de la información y/o hechos relativos al Hospital de que tomare conocimiento en virtud de sus funciones y deberes. 2. Supervisar y verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones por parte de su personal. 3. Elaborar informes técnicos de las actividades realizadas, y entregarlas al Jefe de Unidad de Equipos Médicos. 4. Sugerir mejoras técnicas para los equipos o instalaciones anexas. 5. Administrar la programación anual de los trabajos a realizar para el mantenimiento preventivo e informar mensualmente al Jefe de Unidad de Equipos Médicos, la programación exacta del día y horas en que se desarrollarán los trabajos. 12. INCORPORACIÓN Y/O ELIMINACIÓN DE EQUIPOS El Hospital tendrá derecho a incorporar, excluir o remplazar del Convenio los equipos que estimen, siempre y cuando pertenezcan a la familia de características técnicas de los equipos en Convenio. Esto con acuerdo de la empresa adjudicada. El Hospital comunicará al Servicio Técnico la incorporación, exclusión o reemplazo de equipos mediante un documento escrito. Para el reemplazo de equipos de condiciones técnicas similares, se conservarán las condiciones y costos originales para cada equipo. El Hospital comunicará por escrito al Servicio Técnico la eliminación de alguno de los equipos incluidos en el Convenio, lo que dará origen a rebajar el costo correspondiente del total del Convenio. Para aquel equipo de la misma familia, pero con características técnicas diferentes, el costo de su incorporación al Convenio será determinado en cada caso particular. 13. CONSIDERACIONES. Las mantenciones preventivas de los equipos deben incluir el chequeo de todas las partes y componentes que los equipos posean y será obligación del oferente indicar y gestionar el cambio de cada una de estas cuando corresponda. Proveedor, en su oferta, deberá presentar Anexo C. Esta documentación es “exigida”. El oferente deberá entregar un listado de la tenencia en stock en todos los insumos y repuestos que los equipos necesiten y en caso de no poseerlos definir los tiempos de entrega de estos, estén estos o no incluidos en el convenio. El personal de servicio técnico deberá disponer de todas las herramientas, equipos e instrumental necesario para hacer las mantenciones. El adjudicado deberá garantizar el suministro de los repuestos, accesorios e insumos apropiados para mantener funcionales los equipos de este contrato, siendo estos compatibles y de uso autorizado por el fabricante de los equipos, en el menor tiempo posible. El número de visitas preventivas solicitadas para los equipos se ha definido con base en la documentación técnica del fabricante; en caso de que el oferente tenga alguna observación, deberá justificarla con documentación original y actualizada de fábrica para la revisión de las bases y su consideración por parte del Hospital. Se solicitará al adjudicado, la programación y ejecución de actividades enfocadas a garantizar el buen uso de la tecnología de los equipos del presente contrato, mediante charlas con enfoque clínico que velen por el uso eficiente de las funciones disponibles de los equipos en el servicio correspondiente donde se ubiquen. El Hospital no permitirá la intervención técnica de terceros que no correspondan a la nómina del personal propio de la empresa adjudicada, previamente identificado en oferta.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.