Licitación ID: 712307-27-LP20
CONSULTORIA TECNICA PARA EL DISEÑO DE LA OBRA DE MEJORAMIENTO BANDEJONES AVDA. SCHLEYER, TRAMO AVDA. LYNCH Y CAMALEZ NORTE, FREIRE
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION IX REGION, Licitaciones y Costos
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Contratación de consultoría técnica para el diseño de la obra de Mejoramiento Avda. Schleyer, Tramo Avda. Lynch y Camalez Norte, Freire  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSULTORIA TECNICA PARA EL DISEÑO DE LA OBRA DE MEJORAMIENTO BANDEJONES AVDA. SCHLEYER, TRAMO AVDA. LYNCH Y CAMALEZ NORTE, FREIRE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El estudio contempla el diseño de proyecto de arquitectura, estructura, paisajismo, pavimentación y urbanización, riego, evacuación de aguas lluvias, eléctrico, iluminación, señalética, topografía, estudio de mecánica de suelos según corresponda, respaldados mediante un proceso de participación ciudadana.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION IX REGION
Unidad de compra:
Licitaciones y Costos
R.U.T.:
61.821.000-6
Dirección:
O'Higgins 830
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-05-2020 15:01:00
Fecha de Publicación: 27-04-2020 17:02:05
Fecha inicio de preguntas: 27-04-2020 18:00:00
Fecha final de preguntas: 07-05-2020 11:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-05-2020 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-05-2020 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-05-2020 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 18-06-2020 12:52:10
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Certificado de Inscripción vigente a la fecha de la apertura de la licitación del Registro de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en el rubro, la especialidad y categoría que se indica a continuación: Rubro: Estudio de Proyectos, Subespecialidad: Arquitectura, Categoría: 3° o superior.
2.- Formulario A: Presentación del Consultor junto a su Cédula de identidad, persona natural o representante legal de la empresa y Cédula persona jurídica. (se deben completar, escanear y adjuntar)
3.- Formulario B: Declaración jurada simple (se deben completar, escanear y adjuntar)
4.- Formulario C: Nomina de profesionales equipo base de consultoría. (se deben completar, escanear y adjuntar)
5.- Formulario D: Detalle de experiencia de todos los profesionales del equipo base de consultoría
6.- Formulario E: Declaración de prácticas antisindicales (persona jurídica) y Formulario E´: Declaración de prácticas antisindicales (persona Natural) (se deben completar, escanear y adjuntar)
7.- Formulario F: Declaración de registro y prohibiciones (persona jurídica) y Formulario F´: Declaración de registro y prohibiciones (persona natural).
8.- En caso de persona jurídica, certificado de vigencia de la sociedad, con fecha no mayor a 60 días, emitido por el registro de comercio respectivos.
9.- Certificado de título de todo el equipo profesional y del consultor o representante legal.
Documentos Técnicos
1.- a) Formulario 1: Plan de trabajo
 
2.- Prediseño arquitectónico, en presentación digital en formato PPT o PDF: - Diapositiva 1: Presentación Consultor y Equipo Profesional (Composición, perfiles profesionales, experiencias en proyectos similares, etc.). ‐ Diapositiva 2 y 3 (30%): Metodología del proyecto. Es importante la propuesta de cómo se abordarán todas las etapas del proyecto establecidas, poniendo énfasis en la etapa de Diagnóstico, para lo cual se solicita que se desarrolle como se abordará la metodología GEHL-MINVU para este proyecto en específico, “La Dimensión Humana en el espacio público”, recomendaciones para el análisis y el diseño. https://www.minvu.cl/wp-content/uploads/2019/08/La-dimension-humana.pdf ‐ Diapositiva 4 (20%): Metodología de Participación ciudadana ‐ Diapositiva 5 (10%): Presentación Propuesta de Diseño: Conceptualización y partido general (Gráficas, planta de arquitectura esquemática con zonificación), dando cuenta de elementos relevantes a utilizar como base para la propuesta arquitectónica, como son identidad y patrimonio. ‐ Diapositiva 6 (10%): Presentación Propuesta de Diseño: Relación con el entorno, variables del lugar, (emplazamiento, planos, esquemas, imágenes 3d, etc.) ‐ Diapositiva 7 (10%): Presentación Propuesta de Diseño Sustentable (planos, esquemas, imágenes 3d, etc.) ‐ Diapositiva 8 (10%): Presentación Propuesta de Diseño Paisajístico, componentes del paisaje urbano (planos, esquemas, imágenes 3d, etc.) ‐ Diapositiva 9: Presentación Propuesta de Diseño: Imágenes objetivos del proyecto 3d, perspectivas o maqueta virtual. ‐ Diapositiva 10: Presentación Propuesta de Diseño: Imágenes objetivos del proyecto 3d, perspectivas o maqueta virtual. Diapositiva 9 y 10 (10%)
 
3.- Memoria explicativa: Descripción de la propuesta arquitectónica y del análisis conceptual del proyecto, se solicita realizar una descripción de las propuestas de diseño del proyecto y plasmarla también en una imagen objetivo de la propuesta (máximo dos carillas).
 
Documentos Económicos
1.- El proponente deberá subir al Sistema de Información www.mercadopublico.cl, debidamente completado y escaneado, el Anexo Formulario 2: Oferta Económica. El monto o valor ofertado por el oferente o consultor para la consultoría no deberá ser superior al monto disponible señalado en las presentes bases. La oferta se expresará en pesos, sin derecho a reajustes ni intereses. Corresponderá a la consultoría terminada e incluido el pago de honorarios, impuestos, gastos notariales, materiales de trabajo, transporte. El valor de la Oferta deberá incluir todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directa, indirectamente o a causa de él. A su vez, el plazo total ofertado no podrá ser superior a 325 días corridos, contados desde la fecha de la emisión de la orden de compra correspondiente. La ausencia de este documento dejará fuera de bases a la empresa consultora.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de Formalidades De acuerdo a lo establecido en Anexo 2: Criterios de Evaluación, de las presentes Bases Administrativas Especiales 5%
2 Oferta Técnica De acuerdo a lo establecido en Anexo 2: Criterios de Evaluación, de las presentes Bases Administrativas Especiales 75%
3 Oferta Económica De acuerdo a lo establecido en Anexo 2: Criterios de Evaluación, de las presentes Bases Administrativas Especiales 5%
4 Calificación RENAC De acuerdo a lo establecido en Anexo 2: Criterios de Evaluación, de las presentes Bases Administrativas Especiales 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 50725000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 325 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Patricio Riffo
e-mail de responsable de pago: priffo@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Milton Moraga Astudillo
e-mail de responsable de contrato: mmoragaa@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2964444-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SERVIU Región de La Araucanía, debe asegurar que la Empresa Adjudicada tenga la experiencia solicitada, sumando a que también este criterio es parte de la evaluación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU REGION DE LA ARAUCANIA
Fecha de vencimiento: 07-05-2021
Monto: 5 %
Descripción: Se debe presentar previo a la suscripción del contrato. El ingreso debe realizarse en Oficina de Partes del SERVIU Región de La Araucanía, ubicada en O´Higgins 827, Temuco.
Glosa: Para garantizar el oportuno y total cumplimiento del contrato de la licitación ID. 712307-27-LP20, Consultoría Técnica para el diseño de la obra "Mejoramiento Avda. Schleyer, Tramo Avda. Lynch y Camalez Norte, Freire ". Y las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores.
Forma y oportunidad de restitución: Se devolverá al consultor una vez aprobado el proyecto completamente tramitada la resolución de finiquito del contrato en el plazo máximo de 20 días corridos. La devolución de la Garantía de fiel cumplimiento de contrato se hará por medio del endoso correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
9.1.- Documentos que rigen la propuesta y el contrato
1.- Ley 19.886 y su reglamento, las presentes bases, sus anexos, aclaraciones y respuestas, la oferta del adjudicatario, la resolución de adjudicación, la orden de compra con la cual se formalizará el contrato de prestación de servicios y las instrucciones técnicas que emita el SERVIU Región de la Araucanía. Los interesados en conocer dichos documentos podrán hacerlo accediendo a www.mercadopublico.cl, Adquisición ID Nº 712307-27-LP20, desde donde se podrá obtener dicha información cuando esté disponible. 2.- D.S. Nº 135, de 1978, de V. y U. Reglamento del Registro de Consultores del MINVU.

En caso de discrepancia entre los antecedentes de la licitación prevalecerá la prioridad señalada a continuación:
RELACIÓN ADMINISTRATIVA:
1.Aclaraciones
2.Bases Administrativas del Portal Mercado Público
RELACIÓN TÉCNICA:
1.Aclaraciones
2.Términos de Referencia
Para todos los efectos legales, el oferente fijará su domicilio en Temuco y se someterá a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Temuco.
9.2.- Validez de la Oferta
Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días contados desde la fecha Cierre para Recepción de Ofertas indicada en estas bases. Si dentro de ese plazo no se puede realizar la adjudicación, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a la adjudicataria una prórroga de la oferta de hasta por igual período. Si la adjudicataria no lo otorgara, la oferta se entenderá desistida y el SERVIU Región de La Araucanía podrá adjudicar al oferente que, cumpliendo con los requisitos de adjudicación, le siga en el orden de prelación en la evaluación de las Ofertas.
9.3.- Errores u omisiones
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el SERVIU Región de la Araucanía, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
9.4.- Equipo Base y de Apoyo
El consultor debe estar conformado por un equipo base y equipo de apoyo. Las especialidades deberán ser acreditadas con títulos, la experiencia con contratos y/o certificados de los mandantes y/o consultor que lo contrató. Referirse al punto N° 3 de los Términos de Referencia de las presentes Bases Administrativas Especiales
9.5.- Detalle de etapas y plazos de consultoría
Los plazos de la presente consultoría se resumen en los cuadros indicados en los Términos de Referencia, en el punto N° 4 de las presentes Bases Administrativas Especiales
9.6.- Estados de Pagos
Los estados de pagos se realizarán de acuerdo al porcentaje indicado en el cuadro ilustrado en Anexo 1: Programación de etapas y Plazos. Debiendo cumplir con la entrega de los productos por cada etapa, de presentarse incompleto o la falta de cualquier producto se descontará del estado de pago respectivo de acuerdo a las ponderaciones de cada producto, indicadas en el cuadro.

La Asesoría se pagará en pesos chilenos mediante estados de pago.
Para cursar el primer pago, el que se efectuará dentro de los 15 días siguientes, contados desde que el adjudicado entregue al SERVIU:

a) la boleta bancaria de garantía o vale vista de fiel cumplimiento de contrato,
b) boleta de honorarios o factura correspondiente,
c) los productos que deberán contar con la conformidad de la Supervisión Técnica del SERVIU Región de la Araucanía, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 1: Programa de Etapas y Plazos.
d) Certificados de Afiliación o Planillas de pago al día.
e) Si el adjudicatario no se encuentra inscritos en el registro chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la emisión de la orden de compra respectiva  y deberá adjuntar Certificado Vigente de Chileproveedores al momento de cursar su primer estado de pago. De no ser presentado el Certificado Vigente de Chileproveedores, se pondrá término
anticipado al contrato.

El SERVIU podrá solicitar información adicional al proveedor adjudicado en caso que lo estime pertinente, para verificar la correcta facturación. En este caso, se pospondrá el pago correspondiente hasta que se reciban y analicen todos los
elementos solicitados. En caso de existir multas por incumplimiento del plazo contractual, éstas serán descontadas del siguiente estado de pago, según lo establecido en las presentes bases.
Para los pagos posteriores, debe presentar todos los documentos mencionados, exceptuando la letra a) la boleta
bancaria de garantía o vale vista de fiel cumplimiento de contrato y letra e) certificado vigente Chileproveedores
9.7.- Procedimiento de Contratación
El oferente debe cumplir con los requisitos establecidos en las bases en los puntos: "4. Antecedentes para incluir en la oferta" y "5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado" para que su oferta sea aceptada y continúe en el proceso de adjudicación.
Para participar en esta licitación, los oferentes deben encontrarse inscritos: a) en el REGISTRO NACIONAL DE CONSULTORES DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO en el rubro, la especialidad y categoría que se indica a continuación: Rubro: “Estudios de Proyectos”; Especialidad: “Arquitectura”; Categoría: 3° categoría o superior, también serán considerados aquellos que tengan su proceso de inscripción en trámite, ellos deberán adjuntar a los documentos solicitados el comprobante de ingreso por Oficina de Partes de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva, que acredite que se encuentra solicitada la inscripción del oferente en el Registro de Proveedores Técnicos del MINVU, en el rubro, la especialidad y categoría indicados en el punto anterior. Para la adjudicación se requiere que el oferente se encuentre inscrito y vigente en el Registro Nacional de Consultores del MINVU, por lo que el oferente que postule a la presente licitación bajo la modalidad de “Inscripción en trámite” y resulte adjudicado deberá estar vigente al momento de la fecha de adjudicación. De no estarlo, la adjudicación será dejada sin efecto por este solo motivo readjudicándose de inmediato al oferente que siga en el correspondiente orden de prelación de acuerdo a la evaluación de las ofertas.
 El SERVIU verificará directamente en el portal www.http://proveedores tecnicos.minvu.gob.cl/ que la inscripción se encuentre vigente. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente puede subir el Certificado de Inscripción Vigente o documento que acredite la vigencia, si lo estima pertinente, junto a los demás documentos al momento de ofertar;
b) Inscripción en Chileproveedores: en caso de no encontrarse inscrito, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de tramitada la resolución de adjudicación respectiva, conforme a lo indicado en el punto N°5; " requisitos para contratar al proveedor adjudicado" de las presentes Bases Administrativas. La orden de compra respectiva será emitida al momento de que el oferente adjudicado acredite su inscripción en Chileproveedores. De no acreditarse en Chileproveedores dentro del plazo de 10 días, la adjudicación será dejada sin efecto y readjudicada al oferente que le sigue en puntaje de prelación de acuerdo a la evaluación de las ofertas.

Para la firma del contrato se requerirá que el oferente se encuentre inscrito en el Registro de Consultores del MINVU y entregue la correspondiente garantía de fiel cumplimiento del contrato. Lo anterior, conforme a lo indicado en las presentes bases administrativas. La modalidad de contratación corresponderá al sistema de suma alzada, sin reajustes ni intereses de ninguna especie y expresado en pesos chilenos. El contrato será suscrito por el Director del SERVIU y el oferente adjudicado o consultor dentro de los 15 días corridos siguientes a la fecha en que por escrito se comunique la adjudicación. El contrato se firmará en 3 originales, quedando una en manos del adjudicatario y dos en poder de SERVIU Región de La Araucanía. El contrato entrará en vigencia a partir de la notificación del acto administrativo totalmente tramitado que lo aprueba. Todos los gastos, pagos e impuestos que se deriven de la ejecución del proyecto de diseño y del cumplimiento del contrato, serán de cargo exclusivo del Consultor. Eventuales modificaciones del contrato: podrán efectuarse solamente en aspectos que no afecten el principio de igualdad de los proponentes y siempre que exista acuerdo mutuo entre las partes contratantes, fundamentadas en informes escritos. Lo anterior, sin prejuicio de las demás causales de enmienda señaladas en el artículo 13 de la citada ley N° 19.886, y articulo 77 del referido decreto N° 250 de 2004. Cualquier modificación que se acuerde introducir estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original. Para la firma del contrato el consultor deberá haber garantizado el fiel cumplimiento de éste, de acuerdo al punto N° 8 de las presentes Bases Administrativas Especiales.
9.8.- Multas

- Si el consultor no cumple oportunamente con la disposición de mantener vigente las garantías por fiel cumplimiento de contrato del diseño se le aplicará una multa de 2 UF, por cada día de atraso, la que será descontada en el estado de pago siguiente.

- Si el consultor no da cumplimiento a cualquier instrucción del encargado del proyecto se le aplicará una multa de 2 UF por cada día de atraso. Contados desde el término del plazo otorgado para realizar la instrucción.

-  Si el consultor no tuviera aprobado el producto correspondiente a la etapa 2 de Anteproyecto de Arquitectura en la fecha comprometida en el Plan de Trabajo y anexo 1, el encargado del proyecto podrá otorgar un plazo máximo de 10 días hábiles para la subsanación de eventuales observaciones o para completar el expediente de Anteproyecto.  Transcurridos los 10 días sin ingreso conforme del anteproyecto de arquitectura, SERVIU aplicara una multa de 5 uf diarias a partir del día 11 hasta la fecha de ingreso conforme del citado anteproyecto.

-  Si el consultor no diera termino al proyecto en el plazo contratado deberá pagar una multa de 5 UF diario a partir del día siguiente al que venza el plazo contractual y hasta el día que se certifique la entrega conforme del proyecto mediante informe del encargado del proyecto. Si existieran razones fundadas para solicitar un aumento de plazo este deberá ser informado mediante carta por el consultor al encargado del proyecto, antes de 5 días del término del contrato, explicando las razones de forma clara e indicando el número de días a aumentar.

- 

-      .- Si el consultor no cumple oportunamente con la disposición de mantener vigente las garantías por fiel cumplimiento de contrato del diseño se le aplicará una multa de 2 UF, por cada día de atraso, la que será descontada en el estado de pago siguiente.

    .- Si el consultor no da cumplimiento a cualquier instrucción del encargado del proyecto se le aplicará una multa de 2 UF por cada día de atraso. Contados desde el término del plazo otorgado para realizar la instrucción.


-    .- Si el consultor no tuviera aprobado el producto correspondiente a la etapa 2 de Anteproyecto de Arquitectura en la fecha comprometida en el Plan de Trabajo y anexo 1, el encargado del proyecto podrá otorgar un plazo máximo de 10 días hábiles para la subsanación de eventuales observaciones o para completar el expediente de Anteproyecto.  Transcurridos los 10 días sin ingreso conforme del anteproyecto de arquitectura, SERVIU aplicara una multa de 5 uf diarias a partir del día 11°hasta la fecha de ingreso conforme del citado anteproyecto.

-     .- Si el consultor no diera termino al proyecto en el plazo contratado deberá pagar una multa de 5 UF diario a partir del día siguiente al que venza el plazo contractual y hasta el día que se certifique la entrega conforme del proyecto mediante informe del encargado del proyecto. Si existieran razones fundadas para solicitar un aumento de plazo este deberá ser informado mediante carta por el consultor al encargado del proyecto, antes de 5 días del término del contrato, explicando las razones de forma clara e indicando el número de días a aumentar.

- 

-      .- Si el consultor no cumple oportunamente con la disposición de mantener vigente las garantías por fiel cumplimiento de contrato del diseño se le aplicará una multa de 2 UF, por cada día de atraso, la que será descontada en el estado de pago siguiente.

    .- Si el consultor no da cumplimiento a cualquier instrucción del encargado del proyecto se le aplicará una multa de 2 UF por cada día de atraso. Contados desde el término del plazo otorgado para realizar la instrucción.


-    .- Si el consultor no tuviera aprobado el producto correspondiente a la etapa 2 de Anteproyecto de Arquitectura en la fecha comprometida en el Plan de Trabajo y anexo 1, el encargado del proyecto podrá otorgar un plazo máximo de 10 días hábiles para la subsanación de eventuales observaciones o para completar el expediente de Anteproyecto.  Transcurridos los 10 días sin ingreso conforme del anteproyecto de arquitectura, SERVIU aplicara una multa de 5 uf diarias a partir del día 11°hasta la fecha de ingreso conforme del citado anteproyecto.

-     .- Si el consultor no diera termino al proyecto en el plazo contratado deberá pagar una multa de 5 UF diario a partir del día siguiente al que venza el plazo contractual y hasta el día que se certifique la entrega conforme del proyecto mediante informe del encargado del proyecto. Si existieran razones fundadas para solicitar un aumento de plazo este deberá ser informado mediante carta por el consultor al encargado del proyecto, antes de 5 días del término del contrato, explicando las razones de forma clara e indicando el número de días a aumentar.

- 

-      .- Si el consultor no cumple oportunamente con la disposición de mantener vigente las garantías por fiel cumplimiento de contrato del diseño se le aplicará una multa de 2 UF, por cada día de atraso, la que será descontada en el estado de pago siguiente.

    .- Si el consultor no da cumplimiento a cualquier instrucción del encargado del proyecto se le aplicará una multa de 2 UF por cada día de atraso. Contados desde el término del plazo otorgado para realizar la instrucción.


-    .- Si el consultor no tuviera aprobado el producto correspondiente a la etapa 2 de Anteproyecto de Arquitectura en la fecha comprometida en el Plan de Trabajo y anexo 1, el encargado del proyecto podrá otorgar un plazo máximo de 10 días hábiles para la subsanación de eventuales observaciones o para completar el expediente de Anteproyecto.  Transcurridos los 10 días sin ingreso conforme del anteproyecto de arquitectura, SERVIU aplicara una multa de 5 uf diarias a partir del día 11°hasta la fecha de ingreso conforme del citado anteproyecto.

-     .- Si el consultor no diera termino al proyecto en el plazo contratado deberá pagar una multa de 5 UF diario a partir del día siguiente al que venza el plazo contractual y hasta el día que se certifique la entrega conforme del proyecto mediante informe del encargado del proyecto. Si existieran razones fundadas para solicitar un aumento de plazo este deberá ser informado mediante carta por el consultor al encargado del proyecto, antes de 5 días del término del contrato, explicando las razones de forma clara e indicando el número de días a aumentar.

9.9.- Formato Entregas Inmediatas y Entrega Final
Referirse al punto N° 9.8 de los Términos de Referencias de las presentes Bases Administrativas.
9.10.- Termino Anticipado del Contrato
El contrato podrá terminarse anticipadamente por el SERVIU Región de La Araucanía, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
-Si han pasado 15 días desde la aceptación de la orden de compra y el adjudicatario no ha presentado el Certificado de Inscripción vigente en Chileproveedores
- Por estado de notoria insolvencia del adjudicatario.
- Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario.
- Por el incumplimiento infundado de una o más instrucciones técnicas entregadas por el SERVIU.
- Por la no observancia del más alto nivel ético en el desempeño de la gestión encomendada o la comisión de actos de fraude, corrupción, soborno, extorsión, coerción y/o colusión de conformidad con las normas de probidad administrativa contemplada en la Ley Orgánica de Bases de la Administración del Estado, Estatuto Administrativo y con la legislación penal contenida en el código del ramo, que sanciona esta clase de ilícitos.
- Por incumplimientos de las obligaciones establecidas en las presentes bases en materia de seguridad de la información.
- Si el consultor fuere declarado en quiebra, o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieren impagos por más de sesenta días. Se deja constancia que el Supervisor a cargo del contrato podrá solicitar en cualquier momento un informe de estado comercial y financiero del consultor a fin de verificar esta situación, estando obligado el adjudicatario a entregarlo en un plazo máximo de 3 días hábiles.
- Si el consultor o alguno de los socios administradores fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva o, tratándose de una sociedad anónima, lo fuere algún miembro del Directorio o Gerente.
- Si el consultor no entrega o renueva oportunamente las garantías, en los casos que corresponda.
- Si el consultor no diere cumplimiento a los plazos en la entrega de los productos parciales contratados en más de un 30% de los productos totales, según lo establecido en las presentes bases administrativas, independiente de la causal que efectúe el retraso, permitirá terminar el contrato en forma anticipada de manera unilateral. Sin embargo, si el SERVIU determina que la causal es justificada, no se aplicará sanción.

Además, se puede poner término anticipado por:
- Por resciliación o por mutuo acuerdo entre las partes.
- Por caso fortuito o fuerza mayor.
En los casos indicados precedente mente, el SERVIU devolverá al consultor la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En caso de término anticipado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente los servicios que hubieren quedado pendientes antes de la notificación del referido término anticipado, debiendo entregar en todo caso un informe de situación actualizado a la fecha de término de prestación de sus servicios. En caso de muerte del consultor, el contrato quedará resuelto y se procederá administrativamente a la liquidación de los trabajos ejecutados, conforme al avance de la asesoría.

También se podrá poner término anticipado:
- Por desempeño de calidad insatisfactoria en el desarrollo de sus funciones. El desempeño se medirá a través de la calificación al adjudicatario, donde este deberá obtener al menos 70 puntos;
En este caso , el término anticipado se hará efectivo mediante un informe escrito de la supervisión técnica asignada, que dará término anticipado de la asesoría sin derecho a indemnización y con 15 días de aviso previo, lo cual será sustento
para dictar la respectiva resolución.
9.11.- Propiedad Intelectual y Reproducción del Diseño/Estudio
En las reproducciones que el SERVIU Región de La Araucanía efectúe del diseño contratado o de los resultados de cualquiera de sus etapas, se indicará el nombre del Consultor, quien cede desde ya a SERVIU Araucanía sus derechos como autor de los productos que resulten del estudio. Si el Consultor quisiera reproducir total o parcialmente estos productos, deberá previamente solicitar autorización expresa de SERVIU Araucanía. El Consultor libera de toda responsabilidad al SERVIU Región de La Araucanía frente a acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones al derecho de autor, de marca, de propiedad intelectual y otros, utilizadas por él indebidamente.
9.12.- Exigencias de adhesión al Sistema de Seguridad de la Información del SERVIU Región de La Araucanía

Cláusula de protección de la información institucional:

Se exige la adhesión al Sistema de Seguridad de la Información del SERVIU Región de La Araucanía:
El objeto del presente acuerdo es fijar los términos y condiciones bajo los cuales las partes mantendrán la confidencialidad de los datos e información intercambiados entre ellas, incluyendo información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, know-how, procesos, algoritmos, programas, ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, lista de clientes/usuarios/postulantes/beneficiarios, proveedores, funcionarios, relaciones institucionales y contractuales, y cualquier información revelada sobre terceras personas.
Se deja constancia que el oferente que resulte adjudicado, con la aceptación de la orden de compra[1], se obliga expresamente a cumplir con la Política de Seguridad de la Información del MINVU que se encuentra disponible en www.serviuaraucania.cl , a utilizar la información únicamente para los propósitos autorizados y a respetar la confidencialidad de la información en los casos que así se establezca en el contrato[2]; asimismo, se obliga a reportar a la contraparte SERVIU que se le designe y a tratar los eventos de seguridad de la información que detecte conforme al Procedimiento de Gestión de Incidentes de Seguridad de la Información vigente, el que será puesto a su disposición. Se compromete a acceder, procesar, almacenar, comunicar la información y utilizar componentes de infraestructura de TI de la Institución respetando las políticas de seguridad de la información internas, asegurando su integridad.
Las partes se obligan a no divulgar a terceras partes, la “Información Confidencial” que reciban de la otra parte, y a darle a dicha información el mismo tratamiento que le darían a la información confidencial como si fuera de su propiedad. Para efectos del presente acuerdo “Información Confidencial” comprende toda la información divulgada por cualquiera de las partes ya sea en forma oral, visual, escrita, grabada en medios magnéticos o en cualquier otra forma tangible y que se encuentre claramente marcada o registrada como tal al ser entregada a la parte receptora.
El producto del trabajo que el proveedor adjudicado desarrolle con ocasión de esta contratación, tales como programas, rutinas, procedimientos, archivos, manuales, documentos, informes, modelos, diagramas, diseños, diseños lógicos, diseños físicos, códigos, fuentes o ejecutables u otros serán de propiedad del SERVIU Región de La Araucanía, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente sin limitación de ninguna especie, no pudiendo por tanto el proveedor realizar ningún acto respecto de ellos, ajenos al contrato, sin la autorización expresa del Servicio. Todo dato, estadística, códigos fuentes, ejecutables, y cualquier otra información del SERVIU Región de La Araucanía que el proveedor conozca o llegare a conocer con ocasión o a propósito de las labores que realice en virtud de este contrato se mantendrán como propiedad confidencial de éstos.
El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Región de La Araucanía para poner término anticipado al contrato. El incumplimiento será declarado administrativamente tras la aplicación del Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos establecido en el presente pliego de condiciones, sin perjuicio de perseguir las responsabilidades civiles y penales que según el caso corresponda, directamente o derivados de las acciones de los integrantes de su equipo de trabajo, subcontratistas u otras personas vinculadas a aquél. Y, en su caso, podrá dar lugar a responsabilidad por los daños y perjuicios que dicho incumplimiento llegase a ocasionar al Servicio.
No obstante lo anterior, no habrá deber alguno de confidencialidad en los siguientes casos:

a) Cuando la parte receptora tenga evidencia de que conoce previamente la información recibida;
b) Cuando la información recibida sea de dominio público por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del consultor, los integrantes de su equipo de trabajo, contratistas u otras personas relacionadas con aquél;
c) Cuando la información deje de ser confidencial por ser revelada por el propietario con permiso de divulgación:
d) Cuando, por virtud de la ley o por resolución judicial, el consultor sea obligado a revelar la información.

El proveedor acepta el derecho del SERVIU Región de La Araucanía a supervisar, revisar y auditar sus procesos y los controles que implemente relacionados con el presente acuerdo.
El presente acuerdo de protección de la información institucional y cláusula de confidencialidad tendrá una duración indefinida.
[1]En los contratos de prestación de servicios menores a 1000 UTM el contrato puede formalizarse mediante la emisión de la orden de compra por el comprador y aceptación por parte del proveedor (art. 63 DS N° 250/04 de Hacienda).
[2] En el presente procedimiento, se entiende "contrato" en su sentido conceptual de acuerdo de voluntades, independiente del soporte de éste, que podrá ser un documento contractual propiamente tal, los pliegos de condiciones más la orden de compra u otro.


9.13.- Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertada.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
9.14.- Disposiciones Generales
Las situaciones no consultadas en las presentes Bases Administrativas Especiales, como así también, los vacíos que se pudieren presentar durante el transcurso de la elaboración del (de los) proyecto(s) y motivados por factores de contrato, serán resueltas por el SERVIU Región de la Araucanía, mediante resolución fundada. El mandante queda facultado para suspender la recepción o cancelación del (de los) proyecto(s), cuando el proponente tuviere pendientes otros trabajos u obligaciones que sean informados por los Tribunales de Justicia, Inspección del Trabajo u otro servicio público.
9.15.- Fechas Licitación
Las fechas mencionadas en el punto 3. "Etapas y Plazos" que indica la resolución que aprueba las presentes bases administrativas es referencial. Las fechas que rigen la presente licitación, son las publicada en el Sistema de Información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
9.16.- Prorroga de los Servicios Contratados
El consultor podrá solicitar aumento de plazo tanto de las etapas del proyecto como de la consultoría total, mediante ingreso de una solicitud formal al Encargado del Departamento Técnico, con anticipación a 5 días del cumplimiento de la etapa correspondiente, en la solicitud se debe indicar las razones para la solicitud, estas deben responder a factores externos que no son de directa responsabilidad del consultor. También deben indicar los días de aumento y la reprogramación de la consultoría en formato del anexo 1. Si ambas partes están de acuerdo, se dictará la resolución que la ordene y se suscribirá la correspondiente modificación de contrato. En este caso el consultor deberá mantener vigentes la garantía de fiel cumplimiento de contrato de hasta al menos 60 días Hábiles después del término del contrato.