Resolución de Empates |
En caso de producirse un empate en el resultado final de la evaluación, el Juzgado resolverá adjudicar el proceso de licitación al proponente que presente mejor ponderación en cantidad de móviles. De mantenerse el empate, la licitación se adjudicará en el siguiente orden de preferencia:
1.- Valor Kilómetro Recorrido
2.- Valor Tiempo Espera
3.- Cantidad de Móviles
4.- Antigüedad de Móviles
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ENMIENDA A LAS BASES DE LICITACIÓN |
Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Juzgado podrá modificar las presentes bases. Las enmiendas pasarán a ser parte integrante de estas bases para todos los efectos y serán publicadas en el portal www.mercadopúblico.cl y se considerará un plazo prudencial a fin de que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas.
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CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES |
Los oferentes podrán formular consultas a las bases a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadodopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación.
No se aceptarán ni se responderán consultas planteadas por un conducto diferente, o fuera del plazo señalado.
Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, el Juzgado podrá efectuar de oficio aclaraciones a las bases, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad a la fecha consignada en el calendario de la licitación.
Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones se entenderán que formarán parte integrante de las Bases Administrativas de esta licitación.
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TIPO DE SOPORTE DE DOCUMENTOS |
Todos los documentos requeridos en las presentes Bases, deberán ser presentados en soporte digital o electrónico, a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de las Administración, en adelante Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Sin embargo, el soporte de papel sólo podrá ser utilizado en los casos de excepción establecidos en la Ley N° 19.886 y su Reglamento, y de acuerdo con lo previsto en las presentes Bases.
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PLAZOS |
Los plazos de días establecidos en las presentes bases son de días corridos. Los plazos que se cumplieren en día inhábil, se prorrogarán al día hábil siguiente. Se considerarán inhábiles los sábados, domingos y festivos.
La fecha estimada de adjudicación podrá ser modificada por el Juzgado y el motivo del incumplimiento de la fecha inicialmente definida será indicado en el portal www.mercadopublico.cl
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DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS |
La apertura de los antecedentes de la propuesta, se efectuará electrónicamente en un solo acto según el cronograma de la licitación a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
La Apertura de la licitación estará a cargo de la Administrativo Contable o Subrogante del Juzgado de Familia de Valdivia.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, el Juzgado estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, debiendo contar para ello con la certificación respectiva de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Sistema de Información Chilecompra que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 48 horas, contado desde el inicio del acto de apertura, para presentar al Juzgado un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante el Juzgado y el resto de los oferentes de la presente licitación.
Sólo en tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte papel de los Antecedentes y de la Oferta Técnica y Económica. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo efectuado a Chilecompra, al momento de no poder ingresar la información.
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CONSULTAS ACLARATORIAS A OFERENTES Y CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES FORMALES |
Durante el período de evaluación, el Juzgado podrá efectuar consultas a uno o más proponentes, para aclarar puntos específicos de las respectivas ofertas. Tales consultas y sus respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los oferentes a través de la página web www.mercadopublico.cl.
Asimismo, el Juzgado podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Las solicitudes que se hagan en tal sentido serán informadas a los demás oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. El plazo que tendrán los oferentes en este caso para dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado, no podrá ser superior a 24 horas, contadas desde la fecha de publicación de la solicitud por parte del Juzgado.
El Juzgado podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para estos efectos se concederá un plazo de 24 hrs contados desde el requerimiento por parte del Juzgado para la presentación de dichos antecedentes a través del portal www.mercadopublico.cl, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para la presentación de ofertas, con todo lo requerido.
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PERÍODO DE VALIDEZ DE LA OFERTA |
Los oferentes quedan obligados a mantener su oferta por un período de 90 días corridos desde el acto de apertura. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiere adjudicado la propuesta, el oferente queda liberado de todo compromiso.
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
El proceso de evaluación será interno y se efectuará de acuerdo a los criterios establecidos en las presentes bases por una comisión evaluadora que estará integrada por:
a) La Administradora del Juzgado o quien le subrogue en sus funciones.
b) El Jefe de Unidad del Juzgado o quien le subrogue en sus funciones.
c) El Encargado de la Unidad de Causas del Juzgado o quien le subrogue en sus funciones.
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REQUISITO PARA CONTRATAR |
El Juzgado exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito en el Registro de Chileproveedores. Si el oferente seleccionado no se encontrare inscrito en Chileproveedores, dispondrá de un plazo máximo de 10 días corridos, contados del día siguiente hábil de la fecha de notificación de la adjudicación, para efectuar su inscripción en este registro y acompañar el respectivo comprobante. En caso que el oferente seleccionado no se inscriba en el Registro de Chileproveedores en el plazo indicado se procederá a adjudicar la siguiente oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses del Juzgado.
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DEL PRECIO Y FORMA DE PAGO |
El precio del servicio a facturar será el que señale el oferente en su oferta económica, el que deberá expresarse en valores exento de iva en la forma como se indica en anexo 2 en las presentes bases.
A la factura se le deben anexar los comprobantes foliados del recorrido efectuado; el certificado de las obligaciones laborales, certificado de pago de cotizaciones y liquidación de sueldo para trabajadores dependientes; formulario de iva (F29) y comprobante de pago para trabajadores a honorarios; del personal que se destine a la ejecución de este contrato y hacerlos llegar a la Administrativo Contable del Juzgado o a quien le subrogue en sus funciones.
Si la factura no tuviera el formulario de recepción conforme no se aceptará.
El pago se hará dentro de un plazo no superior a los 30 días siguientes a la presentación de la factura, previa recepción conforme del trabajo. Si la factura fuere observada, el plazo mencionado se contará desde su reingreso, debidamente subsanadas las observaciones.
Se hace presente que el Juzgado puede reclamar el contenido de las facturas dentro del plazo de 30 días corridos, conforme al art. 3° de la Ley 19.983.
En caso de que la empresa que se adjudique la Licitación y celebre convenio, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, lo primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones debiendo la empresa acreditar que el total de dichas obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El Juzgado exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos y presente los comprobantes y planillas respectivas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en esta cláusula.
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CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATATACIÓN |
El proponente adjudicado podrá, previa autorización expresa y escrita del Juzgado, convenir con terceros la ejecución parcial del contrato. En todo caso, la obligación y la responsabilidad de su cumplimiento permanecerán en el contratante adjudicado.
Las labores que el adjudicatario requiera subcontratar con terceros distintos a los señalados en su oferta, deberán ser notificadas al Juzgado para su aceptación o rechazo.
Para que proceda la subcontratación será necesario que la persona del subcontratista cumpla con los requisitos exigidos en las presentes bases.
El oferente no podrá ceder el contrato, ni total ni parcialmente a ninguna persona, natural o jurídica. Los documentos justificativos de los créditos, que emanen del contrato, podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
Este Juzgado no intervendrá en forma alguna si existiere alguna diferencia, reclamo y/u otros entre el oferente y sus proveedores, por lo que éstos no podrán reclamar al Juzgado deudas no cumplidas por el oferente, situación que debe ser expresamente estipulada en los contratos o documentos que celebre o suscriba el oferente con terceros. Del mismo modo, el adjudicatario será responsable por el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social que los subcontratistas tengan con sus trabajadores.
Todo el personal y las actuaciones de los subcontratistas serán considerados como personal y actuaciones del adjudicatario para efectos de las bases y del contrato.
Lo establecido en los párrafos precedentes es sin perjuicio de las disposiciones contenidas en la Ley N° 20.123 y sus normas complementarias.
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CONDICIONES DEL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS |
El adjudicatario será responsable de cualquier desperfecto, daño o pérdida que sufran los recintos de las unidades judiciales o de la Corporación Administrativa del Poder Judicial a causa de la prestación de los servicios contratados.
El Juzgado no asumirá responsabilidad alguna por daños que pudieren sufrir el personal, los materiales, los vehículos y/u otros implementos del adjudicatario durante la vigencia del contrato.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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