1.-
OFERTA ECONÓMICA: El proponente deberá ofertar por el valor total del Programa de Capacitación, de acuerdo al Anexo Nº 11, Oferta Económica.
Todos los precios deben ser expresados en pesos, en valores netos y totales.
Las propuestas que superen el monto estimado establecido en el numeral 6 de las Bases Técnicas del acápite IV, serán rechazadas al momento de la liberación electrónica de las ofertas y luego serán declaradas inadmisibles.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, derechos e impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
1.3. La oferta que no contenga todos los antecedentes referidos en los numerales anteriores, no cumplirá con los requisitos mínimos solicitados en las bases de licitación, por lo que se propondrá la declaración de inadmisibilidad de su oferta y su propuesta no será examinada por la comisión evaluadora, salvo que legalmente proceda aplicar la letra b) del párrafo 9.4 de este acápite V.
LOS ARCHIVOS ELECTRÓNICOS QUE CONTENGAN LA INFORMACIÓN ANTERIOR U OTROS ADJUNTOS, DEBERÁN SER EN FORMATO PDF, WORD, EXCEL O JPG.
2. IDIOMA
El idioma oficial de la propuesta es el español. En consecuencia, toda la documentación y antecedentes exigidos deberán estar escritos en ese idioma, con la sola excepción de las palabras técnicas que comúnmente se utilizan en un idioma distinto.
3. DOCUMENTOS LEGALES
3.1. TODOS LOS OFERENTES, deberán entregar, en un sobre cerrado, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, ubicada en edificio Moneda Bicentenario en calle Teatinos N°92, 2° Piso, comuna y ciudad de Santiago, dentro del período de recepción de ofertas y hasta el plazo máximo que señala el Cronograma, una Garantía de Seriedad de la Oferta, en los términos establecidos en el punto 15.1.
En el anverso de dicho sobre se indicará lo siguiente:
Nombre del oferente: Nombre del oferente y firma del o sus representantes legales.
ID Licitación:
Nombre de la contratación: Diplomado en Modalidad E-learning en Liderazgo y Gestión de Equipo.
Requirente-solicitante: Departamento Academia de Capacitación Municipal y Regional - Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.
El receptor de la Oficina de Partes procederá a registrar el ingreso del sobre, estampando en su anverso el día y hora de su recepción. Será responsabilidad exclusiva de la persona que entrega el sobre, verificar que esta diligencia sea cumplida.
3.2. El OFERENTE INSCRITO en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado: (www.chileproveedores.cl) deberá, en su oferta técnica, indicarlo a la SUBDERE. Además, deberá señalar cuáles son sus Documentos Acreditados disponibles en su Ficha Electrónica Única para que sean revisados en el portal.
No obstante, la Fiscalía de la SUBDERE se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, documentación legal en soporte material. Lo mismo ocurrirá en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento, correspondiendo a la Fiscalía de la SUBDERE pronunciarse sobre la materia.
3.3. EL OFERENTE NO INSCRITO en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl) y que se ubique en el primer lugar del ranking luego de la evaluación de las ofertas, deberá acompañar, en el plazo de 3 días hábiles desde la publicación en el sistema de la resolución que le adjudica la presente licitación, un sobre sellado con los siguientes documentos:
a) Fotocopia autorizada del RUT del oferente.
b) Fotocopia autorizada de la cédula de identidad del/los representantes legales de la empresa oferente.
c) Certificado de Vigencia de la sociedad y anotaciones marginales o certificado de vigencia con nómina de Directorio, de fecha no anterior a 10 días, según corresponda, emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659.
d) Copia legalizada de:
i) la escritura pública de constitución de la sociedad o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659;
ii) publicación del extracto de constitución de la sociedad en el Diario Oficial (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659);
iii) la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con anotaciones marginales si las hubiere (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659);
iv) la o las escrituras públicas de modificación de la sociedad con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el Diario Oficial, en el orden en que se efectuaron (no es requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659);
v) Certificado de anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley Nº 20.659; y,
vi) el poder vigente del representante legal, si no estuviere acreditado en los documentos anteriores.
En caso de personas jurídicas sin fines de lucro, se deberá acompañar copia autorizada del acta de constitución y estatutos.
Tratándose de universidades estatales o universidades privadas reconocidas por el Estado de Chile, bastará que se adjunte el estatuto correspondiente actualizado y copia del decreto de nombramiento del Rector o, en su caso, del Decano respectivo o persona con poder suficiente para actuar en representación de la universidad. En este último caso, además, deberá adjuntarse el instrumento en que conste la capacidad del decano o persona con poder para firmar el contrato respectivo en nombre de la universidad, facultad, escuela o departamento según corresponda, si no constare en los estatutos.
e) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo.
f) Certificado de Deuda de la Tesorería General de la República.
El sobre sellado se entregará en la Oficina de Partes de SUBDERE ubicada en Edificio Moneda Bicentenario de calle Teatinos N° 92, 2° Piso, Santiago, indicando el nombre y el Nº de ID de la Licitación.
El receptor de la Oficina de Partes procederá a registrar el ingreso del sobre estampando en su anverso el día y hora de su recepción; será responsabilidad exclusiva de la persona que entrega el sobre verificar que esta diligencia sea cumplida.
3.4 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.
Si dos o más proveedores se unen para efecto de participar en este proceso de licitación, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad, entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con esta entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando la contratación sea igual o superior a 1.000 UTM, como es el caso, tal representante deberá acompañar escritura pública en la que conste la unión temporal, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. En todo caso, la vigencia de dicho acuerdo no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación si fuere el caso.
Las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
4. CONSULTAS Y ACLARACIONES.
4.1. Los proponentes, antes del plazo final de presentación de ofertas, tendrán un plazo común, que se encuentra establecido en el Cronograma de estas Bases, para formular todas las consultas o aclaraciones relacionadas con la presente licitación. Las consultas se efectuarán solamente vía portal www.mercadopublico.cl.
4.2. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sistema de información, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.
4.3. Todas las respuestas a las consultas o aclaraciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl el día que establece el Cronograma de la licitación (punto III de estas bases). Las respuestas serán entendidas como interpretación de la SUBDERE a la presentes Bases en aquellos aspectos consultados.
5. MODIFICACIÓN DE LAS BASES.
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa de la SUBDERE o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a efecto, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y entrarán en vigencia desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
6. VALIDEZ DE LA OFERTA.
Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la SUBDERE podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
7. RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS.
7.1. Las ofertas o propuestas técnicas y económicas se recibirán hasta el día y hora señalados en el Cronograma (Acápite III de estas bases), EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl. Sólo serán consideradas aquellas ofertas que hubieren sido presentadas dentro de dicho plazo, en consecuencia, expirado dicho período no se admitirá propuesta alguna, salvo cuando la Dirección de Compras emita certificado de indisponibilidad técnica del Sistema de Información y se solicite dicha ratificación dentro de las 24 horas siguientes al cierre de recepción de ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles, contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de información. Lo anterior, sin perjuicio de haberse dado oportuno cumplimiento a la entrega de la garantía de seriedad de la oferta de acuerdo al punto 3) Documentos Legales, dentro de los plazos que se establecen.
7.2. Los oferentes no podrán hacer modificaciones en sus propuestas una vez presentadas. Tampoco podrán retirarlas, y si lo hacen se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.
8. LIBERACIÓN DE LAS OFERTAS.
8.1. El funcionario encargado de Adquisiciones, el día y hora señalado en el Cronograma, realizará el cierre electrónico y liberación de las ofertas técnicas y económicas presentadas, con la presencia de los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas.
8.2. A la Comisión Evaluadora de Ofertas, en este acto de apertura, le corresponderá lo siguiente:
a) Proponer se declare desierta la licitación en caso de comprobar que no se presentaron ofertas.
b) Proponer se declaren inadmisibles aquellas ofertas que se encuentren en la siguiente situación:
- Aquellas cuyas garantías de Seriedad de la Oferta y/o Declaraciones Juradas Simples no hubieren sido presentadas, o hubieren sido presentadas fuera del plazo establecido en el cronograma de las bases, o en el caso que ellas se encuentren incorrectamente extendidas.
- Aquellas que no hayan acompañado la oferta técnica o económica en las condiciones señaladas en el acápite IV de las Bases o Especificaciones Técnicas.
- Aquellas propuestas que hayan presentado los Anexos sin firmar y/o en un formato distinto al publicado por la SUBDERE.
En todos estos casos, no resultará aplicable lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
9.1. La evaluación de todas las Ofertas Técnicas y Económicas presentadas, será realizada por la Comisión Evaluadora, la que deberá estar integrada por personal de la SUBDERE y eventualmente por funcionarios de otros organismos de la Administración del Estado, que serán designados al efecto a través de una resolución que se publicará antes de la apertura electrónica de la licitación.
9.2. Los suplentes pasarán a integrar la Comisión Evaluadora en el orden indicado por dicha resolución, siempre que algún miembro titular esté inhabilitado o impedido para participar por cualquier causa legal.
9.3. Presidirá esta Comisión la persona de más alto rango que la integre, y en el caso de que existan dos personas en la misma situación, lo hará aquella que acredite mayor antigüedad.
Las autoridades y funcionarios, así como los contratados a honorarios en los casos en que excepcionalmente participen en procedimientos de contratación deberán abstenerse de participar en los procedimientos de contratación regulados por dichos cuerpos normativos, cuando exista cualquier circunstancia que les reste imparcialidad, en los términos del artículo 62, Nº 6, de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
9.4. Serán funciones de la Comisión Evaluadora, una vez concluida la liberación electrónica de las ofertas, las siguientes:
a) Evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas (técnica y económica) de los proveedores, y rechazar aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en el acápite IV de estas Bases.
b) Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectados durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Conforme al mismo artículo 40 citado en el párrafo anterior, se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para su presentación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
La Comisión Evaluadora concederá el plazo fatal de dos días hábiles para la corrección de estos errores u omisiones, contado desde el requerimiento, el que se informará a través del sistema de información. La SUBDERE no considerará las respuestas o antecedentes recibidos, una vez vencido dicho plazo.
c) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones que se indican en el numeral siguiente.
d) La Comisión Evaluadora analizará las ofertas técnicas y las ofertas económicas presentadas por cada oferente en el plazo establecido en las presentes Bases y tendrá en cuenta los criterios y pautas establecidos en este documento para la adjudicación. Durante el desarrollo de su trabajo la Comisión podrá requerir a los oferentes aclaraciones respecto de sus propuestas para efectos de la evaluación, y no podrá mantener contacto con ningún oferente que no hubiere sido previsto en las presentes bases, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 39 del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. En todo caso, las aclaraciones que se pidan y las que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las bases de la licitación, ni la esencia de la oferta, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes.
9.5. Las ofertas se evaluarán conforme a los siguientes criterios de evaluación:
La Comisión evaluará las propuestas sobre la base de su adecuación a las Bases Técnicas, aplicando los factores y sub-factores de evaluación y el mecanismo de asignación de puntaje especificado más adelante. A cada propuesta adecuada a las Bases se le asignará un puntaje.
El puntaje máximo que puede obtenerse es de 100 puntos, construyéndose el mismo a partir de la sumatoria de puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación y ponderaciones que se indican a continuación:
1. Oferta Técnica: 60%
2. Oferta Económica: 25%
3. Criterio de Sustentabilidad "Modalidad de la contratación": 6%
4. Comportamiento contractual anterior de los proveedores inscritos según el Registro: 6%
5. Cumplimiento Oportuno de los Requisitos Formales de Presentación de la Oferta: 3%
TOTAL: 100%, equivalente a 100 puntos. Escala 0 a 100 puntos
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