Licitación ID: 1373-25-LE18
CONFECCIÓN E INSTALACIÓN DE VENTANAS, PROTECCIONES, REJAS DE ACCESO DORMITORIOS, EN DEPENDENCIAS DE U.E.P.I. VARONES
Responsable de esta licitación: INSTITUTO PSIQUIATRICO DR JOSE HORWITZ BARAK, Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Restauración de edificios, casas, señales o monumentos 1 Unidad
Cod: 72102802
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONFECCIÓN E INSTALACIÓN DE VENTANAS, PROTECCIONES, REJAS DE ACCESO DORMITORIOS, EN DEPENDENCIAS DE U.E.P.I. VARONES DEL INSTITUTO “DR. JOSE HORWITZ “DR. JOSÉ HORWITZ BARAK”, SEGÚN BASES ADJUNTAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONFECCIÓN E INSTALACIÓN DE VENTANAS, PROTECCIONES, REJAS DE ACCESO DORMITORIOS, EN DEPENDENCIAS DE U.E.P.I. VARONES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE CONTRATAR LOS SERVICIOS DE CONFECCIÓN E INSTALACIÓN DE VENTANAS, PROTECCIONES, REJAS DE ACCESO DORMITORIOS, EN DEPENDENCIAS DE U.E.P.I. VARONES DEL INSTITUTO “DR. JOSE HORWITZ “DR. JOSÉ HORWITZ BARAK”, SEGÚN BASES APROBADAS POR RES. EXENTA N° 1500/2018.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
INSTITUTO PSIQUIATRICO DR JOSE HORWITZ BARAK
Unidad de compra:
Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak
R.U.T.:
61.608.003-2
Dirección:
Av. La Paz N° 841-Recoleta
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-11-2018 15:01:00
Fecha de Publicación: 10-11-2018 8:26:13
Fecha inicio de preguntas: 10-11-2018 10:00:00
Fecha final de preguntas: 14-11-2018 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-11-2018 17:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-11-2018 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-11-2018 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 28-11-2018 16:37:14
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 10-12-2018
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA OBLIGATORIA EN TERRENO 13-11-2018 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1-A
2.- ANEXO 1-B
3.- ANEXO 2-A
4.- ANEXO 2-B
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 3
 
2.- ITIMIZADO OFICIAL
 
3.- ANEXO 6
 
4.- RES. APRUEBA BASES
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de la Empresa Revisar Artículo 16.3 Notas y Criterios de Evaluación en Bases adjuntas. 20%
2 Precio Revisar Artículo 16.3 Notas y Criterios de Evaluación en Bases adjuntas. 40%
3 Comportamiento Contractual Revisar Artículo 16.3 Notas y Criterios de Evaluación en Bases adjuntas. 10%
4 Servicio o Asistencia Técnica Revisar Artículo 16.3 Notas y Criterios de Evaluación en Bases adjuntas. 5%
5 Correcta presentación de los antecedentes Revisar Artículo 16.3 Notas y Criterios de Evaluación en Bases adjuntas. 5%
6 Tiempos de ejecución de los Trabajos Revisar Artículo 16.3 Notas y Criterios de Evaluación en Bases adjuntas 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 30 Días
Plazos de pago: 45 días contra la recepción conforme de la factura
Justificación pago Mayor a 30 días Pago a 45 días, Ley de Presupuesto 20.981, año 2017, según partida Ministerio de Salud, de la Ley de Presupuestos, subtítulo 22, letra d.
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Dorys Diaz Rojas
e-mail de responsable de pago: dorys.diaz@redsalud.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Angel Lazo Pastenes
e-mail de responsable de contrato: angel.lazo@redsalud.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25758946-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No permite subcontratación VÉASE ARTÍCULO N 24, DE BASES DE LICITACIÓN.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Instituto Psiquiátrico Dr. Jose Horwitz Barak
Fecha de vencimiento: 10-03-2019
Monto: 10 %
Descripción: VÉASE EN EL ARTÍCULO 21: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y SEGURO, DE BASES DE LICITACIÓN.
Glosa: “GARANTIZA EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES de la LICITACIÓN PÚBLICA ID xxxx-xx-xxxx: A EJECUTARSE EN DEPENDENCIAS DE U.E.P.I. VARONES DEL INSTITUTO PSIQUIÁTRICO DR. JOSE HORWITZ BARAK”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta con posterioridad al término del plazo de vigencia de esta.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES DE LICITACION

I. BASES ADMINISTRATIVAS.

 

 

ARTÍCULO 1: OBJETO DE LA PROPUESTA.

El Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, establecimiento de Autogestión en Red, Acreditado en Calidad en los Procesos de Atención en Salud, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Norte, en adelante también “el Instituto”, llama a Licitación Pública para la contratación de servicios de CONFECCIÓN E INSTALACIÓN DE VENTANAS, PROTECCIONES, REJAS DE ACCESO DORMITORIOS, EN DEPENDENCIAS DE  U.E.P.I. VARONES del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”.

Las presentes Bases Administrativas, guardan relación con los trabajos antes mencionados, (verificación en visita a terreno), los que se ejecutarán dentro del Instituto Psiquiátrico, ubicado en Av. La Paz N°841, Comuna de Recoleta, Santiago, conforme las especificaciones técnicas establecidas en las presentes bases.

El llamado a presentar ofertas, se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, en la plataforma de ChileCompra www.mercadopublico.cl., en adelante “Sistema de Información”. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información, a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

1.1.- SERVICIO REQUERIDO.

Línea de Requerimiento:

Tiempo:

Detalle:

Confección e Instalación de Ventanas, Protecciones, Rejas de Acceso Dormitorios, en dependencias de  U.E.P.I. Varones del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”.

Plazo estimado máximo de 30 días corridos.*

Ver especificaciones en Bases Técnicas

*Se debe tener presente, que en virtud de la naturaleza de la contratación, los trabajos no pueden ser ejecutados en un plazo inferior a 20 días corridos, en el caso de que un proveedor oferte un plazo menor a lo señalado se desestimará su oferta.

En cuanto al servicio requerido, las características y detalles de la ejecución de los trabajo a realizar, se encuentran explicitadas en las Bases Técnicas. Puntos que, igualmente serán abordados en VISITA A TERRENO, la cual tiene el carácter de obligatorio para ofertar.

ARTÍCULO 2: DE LAS BASES DE LICITACIÓN.

Las presentes bases contendrán: las disposiciones que regirán ésta licitación pública; los requisitos, condiciones y especificaciones establecidos por el Instituto; descripción del bien o servicio a contratar; y en general la regulación  del proceso de licitación y el contrato definitivo en el caso de que proceda.

Estas Bases se encuentran formadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

  • Bases de Licitación Administrativas
  • Bases de Licitación Técnicas
  • Anexos:

Nº Anexo

Tipo de Formulario

1-A

“Identificación del Oferente Persona Natural”.

1-B

“Identificación del Oferente, Persona Jurídica”.

2-A

“Declaración Jurada simple de Responsabilidad Persona Natural”.

2-B

“Declaración Jurada Simple de Responsabilidad Persona Jurídica”.

3

“Formulario Experiencia”.

4

“Oferta Económica”.

5

Itemizado Oficial

6

“Declaración Jurada Simple de garantía de trabajos realizados y respuesta de servicios post venta”

2.1 MODIFICACIÓN  Y/ ACLARACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Hasta el vencimiento del plazo para el cierre de recepción de ofertas, el Instituto podrá efectuar las aclaraciones y/o modificaciones a las Bases que estime pertinente, de oficio o como resultado de alguna consulta realizada por algún proveedor en la plataforma de compras públicas. Dado el caso y sólo de considerarse como necesario, se establecerá un nuevo plazo para que dicha aclaración y/ o modificación pueda ser incorporada a las Ofertas. Cuando se trate de una modificación de las bases esta debe ser aprobada por resolución exenta.

ARTÍCULO 3: NORMATIVA APLICABLE.

La presente Licitación, sin perjuicio de la normativa legal vigente, se regirá por la Ley N° 19.886 de Bases sobre contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo de Hacienda N° 250 de 2004 y sus modificaciones; Asimismo por cada una de las cláusulas contenidas en las presentes Bases de Licitación, ofertas técnicas y económicas, anexos, consultas y respuestas, como así mismo las modificaciones, aclaraciones y/o complementos solicitados a los oferentes, todos los que se consideran incorporados al respectivo contrato en el caso de proceder, el que se celebrará entre el Director del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” y el adjudicatario.

ARTÍCULO 4: TIPO DE LICITACIÓN Y CONDICIONES ECONÓMICAS

Esta propuesta es a suma alzada y los precios de la ofertas serán fijados por los oferentes, éstos deberán expresarse en valores netos. Sin reajustes ni intereses. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en el ARTÍCULO 23 de las presentes bases. El monto máximo de esta licitación debe ser de 100 hasta 999,9 UTM inclusive, estimándose para los efectos del Sistema de Información como una licitación de tipo LE.

ARTÍCULO 5 : PLAZOS DE LA LICITACIÓN.

Todos los plazos establecidos en las presentes bases, como en los instrumentos que la complementen, serán entendidos como días hábiles, salvo que, expresamente se indique que serán días corridos. En el caso que los plazos se hayan establecido en días corridos, y uno venza en día sábado, domingo o festivo, se entenderá que dicho plazo vence al día siguiente hábil.

ARTÍCULO 6 :CALENDARIO DE LICITACIÓN

1. Publicación Bases de Licitación:

Las Bases que, rigen la presente Licitación Pública, se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información. Considerándose para estos efectos como día del proceso licitatorio.

2. Visita terreno Obligatoria:

La visita a terreno, se realizará a contar de las 12:00 horas, del (cuarto) día corrido de la licitación. (exceptuando si cae día inhábil o festivo, en que se correrá al primer día hábil siguiente en el mismo horario)

3. Consulta a las Bases:

Las consultas o aclaraciones a las Bases de Licitación, deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información, hasta las 12:00 horas del (quinto) día corrido de la licitación.

4. Respuesta a Consultas:

Las respuestas a las consultas y/o aclaraciones a las Bases de Licitación, se encontrarán a disposición de los interesados, a través del Sistema de Información, a contar de las 17:01 horas del 7º (séptimo) día corrido de la licitación.

5. Presentación de Ofertas:

Se recepcionarán las Ofertas hasta las 15.01 horas del 10º (décimo) día corrido de la licitación.

*En caso de que el plazo vence en un día inhábil, lunes o un día siguiente a un día inhábil, el plazo se entiende vencer a las 15:01.

6. Apertura de Ofertas:

La apertura electrónica de las propuestas presentadas, a través del Sistema de Información, se realizará a las 15.02 horas del 10º (décimo)  día hábil siguiente, al de la publicación del llamado a licitación.

7. Evaluación Ofertas:

Se podrá realizar el Informe de Evaluación de ofertas hasta el (quinto) día hábil, inclusive, siguiente a la recepción de las ofertas por parte de la comisión.

8. Adjudicación:

La adjudicación de la propuesta se hará por Resolución del Director del Instituto, hasta el (quinto) día hábil inclusive, siguiente a la entrega del Informe de Evaluación de las Ofertas.

*Se podrá modificar la fecha de adjudicación en un plazo máximo de 5 días, contado desde el término del plazo establecido previamente en éste calendario, para estos efectos se deberá realizar el respectivo cambio en la plataforma de www.mercadopublico.cl y posteriormente se deberá plasmar las razones de la modificación en la resolución de adjudicación.

9. Entrega Boleta de Garantía fiel cumplimiento

La garantía de fiel cumplimiento debe ser entregada dentro de los primeros 5 días hábiles, contados desde la fecha de la publicación de la resolución que adjudica la licitación.

10. Formalización de la contratación:

La formalización se realizará a través de la aceptación de la Orden de Compra.

ARTÍCULO 7: NOTIFICACIONES.

Las notificaciones que se efectúen con ocasión del presente proceso de licitación, se entenderán hechas luego de transcurridas 24 horas desde que el Instituto publique en el sistema de información el documento, acto o resolución objeto de la notificación, a menos que por hechos ciertos, el Oferente/Proveedor demuestre encontrarse notificado, según las reglas generales.

Las notificaciones  a proveedores en el periodo de ejecución del contrato, deberán realizarse a través del correo electrónico señalado en la individualización del oferente, en caso de cambio de éste se debe informar al administrador de contrato, a fin de que tome conocimiento.

ARTÍCULO 8: PARTICIPANTES.

Podrán participar en la presente propuesta personas naturales o jurídicas, y asociaciones de Personas (Unión Temporal de Proveedores) hábiles para contratar con la Administración del estado y sus entidades, de acuerdo a la legislación vigente.

 

Por aplicación de lo establecido en el artículo 4° de la Ley N°19.886, no podrán participar en esta licitación quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años a la fecha de presentación de la oferta.

No podrán participar los funcionarios directivos del Instituto Psiquiátrico, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que represente el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.

Con la finalidad acreditar que no se encuentran afectos a las inhabilidades antes señaladas, los proponentes deberán suscribir y acompañar a sus ofertas las declaraciones juradas simples que se adjuntan al presente documento.

ARTÍCULO 9: REQUERIMIENTO MÍNIMO DEL PROCESO

Para el proceso en cuestión, los siguientes antecedentes y requisitos se consideran minimos, por lo que la no presentación al momento de ofertar, excluirá la propuesta, no pudiendo, ser solicitada o saneada en la etapa de aclaración de ofertas contemplado en ARTÍCULO 16.2 de las bases de licitación. Considerándose por tanto inadmisible la oferta.

9.1 VISITA A TERRENO

La visita a terreno, se realizará a las 12:00 horas del 4° (CUARTO) día corrido de la licitación.

Los oferentes se deberán presentarse en la Secretaría de la Subdirección Administrativa, ubicada en Av. La Paz N°841, Hall Principal, 1º piso del Edificio de la Dirección.

La visita a terreno tendrá carácter de obligatorio, por lo que, la inasistencia a está significará el rechazo de la propuesta en la plataforma de Mercado Público.

La visita a terreno estará a cargo del Referente Técnico, quien deberá levantar un ACTA que debe contener:

  • Individualización del o los Referentes Técnicos a cargo de la Actividad.
  • Señalar fecha, hora de inicio y término de la actividad.
  • Individualización de la empresa u oferente que asistente, se debe señalar nombre y RUT de éste.
  • Individualización  de la persona que asiste en su representación del oferente.
  • Todo aquel antecedente o hecho que se considere relevante en la visita realizada

Las empresas que asistan deben presentar sus ofertas, con la misma razón social con la cual participaron en la visita a terreno, la incongruencia de estos antecedentes generara el rechazo de la oferta en el portal.

La visita de terreno indicada, tiene por OBJETIVO:

  • Entregar una visión general de los espacios que se intervendrán.
  • Que los oferentes puedan chequear que los datos entregados en las especificaciones técnicas corresponden con la realidad.
  • Permite evaluar en terreno los servicios requeridos en la presente licitación.
  • Facilitar que los oferentes durante la visita o con posterioridad a ella, a través del Sistema de Información puedan efectuar las consultas necesarias para aclarar dudas e incluso enmendar posibles errores involuntarios de las bases, todas las que serán publicadas en el sistema de información.
  • Firma de todos los asistentes.

9.2 ANEXO N°4: ANEXO ECONÓMICO.

9.3 ANEXO N°5: ITEMIZADO OFICIAL.

9.4 DOCUMENTOS SOLICITADOS EN LA OFERTA TÉCNICA, donde se señale expresamente que los elementos son mínimos (ver artículo 12, letra C).

ARTÍCULO 10: CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS DE LOS ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA.

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública (portal web de Chile Compra www.mercadopublico.cl), dentro del plazo establecido en el artículo sexto del presente documento.

No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

El Instituto realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Foro del Sistema de Información, en el plazo señalado en el artículo precedente, sin indicación del autor de la o las consultas.

Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo cual, los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

Se invita a los oferentes a realizar todas las consultas y/o aclaraciones que consideren pertinentes a estas bases, el Instituto favorece la participación de todos quienes quieran ofertar.

ARTÍCULO 11: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.

No se exigirá garantía de seriedad de la oferta para este proceso licitatorio, de conformidad al Artículo 31 del D.S. N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, ya que se han ponderado los riesgos involucrados en la presente licitación, y se ha determinado que no se requiere dicha garantía.

ARTÍCULO 12: PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTA.

El proveedor deberá adjuntar a su oferta publicada en www.mercadopublico.cl los siguientes antecedentes, sin los cuales su oferta se desestimará, no obstante previo a desestimarla, y siempre que se trate de antecedentes formales, podrán solicitarse aclaraciones o antecedentes, de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 16.2, de las presentes bases, en cuanto a los posibles errores u omisiones detectados durante la evaluación de las ofertas.

Se solicita presentar las propuestas en carpetas electrónicas separadas, caratuladas “Oferta Administrativa”, “Oferta Técnica” y “Oferta Económica”, de acuerdo al siguiente detalle:

Si se solicitase antecedentes o documentos en virtud del ARTÍCULO 16.2, se realizara la respectiva rebaja de puntaje, en el subcriterio de cumplimiento de requisitos de presentación de la oferta.

La Oferta, debe contener y especificar los siguientes documentos, a excepción de que éstos se encuentren vigentes en el Registro de Proveedores (deben a lo menos cumplir con lo establecido en las  bases de Licitación), situación que deberá señalarse por el proveedor:

Antecedentes administrativos.

a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:

Acompaño

a.1.1) Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en Anexo Nº 1-A de las presentes bases.

 

a.1.2) Declaración Jurada Simple contenida en el Anexo Nº 2-A, debidamente suscrita por el oferente.

 

a.1.3) Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente, por ambos lados.

 

 

a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:

Acompaño

a.2.1) Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en Anexo Nº 1-B de las Presentes Bases.

 

a.2.2) Declaración Jurada Simple contenida en el Anexo Nº 2-B, debidamente suscrita por el (los) representante(s) legales de la entidad proponente.

 

a.2.3) Fotocopia simple de la cédula de identidad del (los) representante(s) legales de la entidad proponente, por ambos lados.

 

 

 

a.3) Proponente Unión Temporal de Proveedores

El Oferente Unión Temporal de Proveedores, debe prestar especial atención a marcar la alternativa que indica que es este tipo se asociación, al momento de realizar la Oferta Electrónica, e ingresar la Identificación de cada persona que la integra. Se deberá adjuntar el documento público o privado donde consta la formación, con la individualización del representante o apoderado con poderes suficientes, además en dicho documento deberá señalarse la solidaridad de cada uno de los participantes de la Unidad.

Este es un requisito de la esencia al momento de ofertar, de no marcar el campo, o de omitirse alguno de los integrantes no se podrá adjudicar a dicho Oferente, ni se aceptarán antecedentes de una persona no individualizada.

a.3) Unión Temporal de Proveedores debe acompañar:

Acompaño

a.1.1) Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en Anexo Nº 1-A de las presentes bases, por cada integrante de la oferta.

 

a.1.2) Declaración Jurada Simple contenida en el Anexo Nº 2-A, suscrita por cada uno de los oferentes.

 

a.1.3) Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente, por ambos lados, de cada uno de los oferentes.

 

b) Oferta ECONóMICA.

La oferta económica y plazo de entrega se deberá presentar de acuerdo al formato correspondiente al Anexo N°4  y Anexo N°5 de estas Bases, documentos que son Requisito Obligatorio y esencial para postular.

b.1)Oferta Económica deberá acompañar los siguientes documentos:

acompaño

b.1.1) Anexo N°4  Deberá registrar valor oferta económica y plazo ejecución de los trabajos en días corridos. (Mínimo)

 

b.1.2) Anexo N°5  Itemizado Oficial, deberá registrar el presupuesto detallado con individualización de cada partida en precios unitarios del Proyecto. (Mínimo)

 

c) Oferta Técnica.

La Oferta técnica debe presentarse conforme las especificaciones  reguladas en el Titulo  II” Bases Técnicas, acompañando los siguientes documentos para postular:

c.1)Oferta Técnica deberá acompañar los siguientes documentos:

acompaño

c.1.1) Carta Gantt ( Formato PDF) (Mínimo)

 

c.1.2) Protocolo de trabajo

 

c.1.3) Carpeta técnica de los materiales a utilizar

 

c.1.4)  Anexo N°3 Experiencia de la Empresa, documento que servirá de guía al momento de la evaluación, además se debe acreditar la información a través de la siguiente documentación, dependiendo si proviene de mandantes públicos o privados:

Experiencia privada:

  1. Certificado o constancia donde se señale individualización de la empresa mandante (Nombre, Rut, Giro).
  2. Membrete y/o logo de la empresa.
  3. Detalle de los trabajos realizados, indicando lugar de ejecución
  4. Nombre, cargo y firma de quien suscribe el presente documento.
  5. Timbre de la persona que otorga la certificación o de la empresa mandante de los trabajos

Experiencia a través de Mercado Público:

  1. Acompañar Orden de Compra, en estado de aceptada. (no basta con indicar ID en el anexo)
  2. En la Orden de Compra se debe señalar los servicios ejecutados, en caso de no tener este detalle, se debe adjuntar documento que señale los servicios realizados, cumpliendo los requisitos establecidos para la experiencia privada.

Los certificados deben ser verificables, acompañándose todos los elementos que permitan determinar la naturaleza, amplitud de los trabajos, así como el mandante de estos, siempre se podrá se podrá subsanar omisiones de carácter formal, que tendrán descuento por incumplimiento de requisitos formales.

 

c.1.5) Anexo N°6 Declaración Jurada Simple de garantía de trabajos realizados y respuesta de servicios post venta. (Mínimo)

 

ARTÍCULO 13: RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS.

La recepción de las ofertas se efectuará en la fecha y hora establecida en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con el calendario de la licitación. El Instituto podrá rechazar las Propuestas Técnicas que no contengan todos los antecedentes solicitados, o que contengan condiciones que alteren la claridad de la propuesta, a menos que se hayan podido salvar dichos errores u omisiones tal como lo prescribe el ARTÍCULO 16.2 de estas bases,  todo esto a juicio de la Comisión Evaluadora.

ARTÍCULO 14: VIGENCIA DE LAS OFERTAS.

Las ofertas tendrán una validez de 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Instituto podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, el plazo para contestar a la solicitud de prórroga será de 48 horas desde hecha la solicitud a través del sistema de Información.

En el caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el inciso anterior, el Instituto informará a los oferentes, a través del Sistema de Información, las razones que justifican la ampliación del plazo, hasta por un nuevo término de 30 (treinta) días para realizar la adjudicación a la oferta más ventajosa.

ARTÍCULO 15: COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS.

El Instituto, designa a la Comisión de Evaluación de la presente licitación, de conformidad al artículo 37 del D.S. N°250/2004 del Ministerio de Hacienda.

El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por tres funcionarios del Instituto, domiciliados, para éstos efectos en Avenida La Paz # Nº 841, en la Comuna de Recoleta, de la Ciudad de Santiago y cuyo teléfono es el de la mesa central, siendo el (56 2) 22575 88 50.

INTEGRANTES COMISIÓN

CARGO

RUT

CORREO

DIRECCIÓN

Ángel Lazo Pastenes

Jefe Unidad de Mantención y Reparaciones

10.808.174-0

angel.lazo@redsalud.gov.cl

Av. La Paz N°841, Recoleta

Claudio Salazar Mena.

Jefe CR. Logística y Operaciones

17.424.912-1

claudio.salazar@redsalud.gov.cl

Maria A. González Soto

Enfermera coordinadora

Psiquiatría forense

17.279.415-7

Maria.gonzalezs@redsalud.gov.cl

*Se recuerda a los Oferentes que, no pueden contactar a los miembros de la Comisión durante el período de análisis de las Ofertas. Cualquier comunicación debe hacerse en los tiempos y formas establecidos y mediante el Sistema de Información.

De verse alguno de los funcionarios, imposibilitado a realizar las funciones como integrante de esta Comisión, será sustituido por el funcionario de la institución que designe cada titular, lo que debe informarse a través de documento formal, con causa fundada y con la visación de su Jefatura superior que valide los antecedentes, deberá ser enviado al Jefe (a) de la Unidad de Abastecimiento. Además, debe señalarse en el respectivo Informe de Análisis, la situación en comento.

Corresponderá a la Comisión:

  1.  Verificar la admisibilidad de las propuestas, de conformidad a lo previsto en estas bases.
  2.  Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
  3.  Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas.
    1.  Informar en caso de existir un cambio en los integrantes de la comisión y cuáles fueron las razones de éste cambio 
    2.  Las demás funciones que impone la normativa a las comisiones evaluadoras.

ARTÍCULO 16: EVALUCIÓN DE LAS OFERTAS.

16.1 EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en las presentes bases.

Es requisito para participar en la presente licitación y para la aceptación de la propuesta cumplir con todas las exigencias establecidas, en la forma y plazos señalados en las presentes Bases.

Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:

  1. Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en las presentes bases, para ofertar.
  2. Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en las presentes bases y la legislación vigente.
  3. Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en las presentes bases.
    1. Que la propuesta no cumpla con algún requisito exigido como mínimo para participar de la licitación.
    2. En caso que el oferente no conteste o suba, algún antecedente solicitado en el periodo de aclaración de ofertas y este sea considerado esencial para el análisis del proceso o para la ejecución del contrato.

El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, o incorporen documentos faltantes, según el procedimiento establecido en el ARTÍCULO 16.2, de las presentes Bases de Licitación.

16.2 SOLICITUD DE ACLARACIONES, CORRECCIÓN DE ERRORES U OMISIONES DURANTE EL PROCESON DE EVALUACIÓN.

El Instituto se reserva el derecho de solicitar a los proponentes, a partir del acto de apertura de las propuestas y hasta la decisión de adjudicación, aclaraciones sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos. Las aclaraciones que haga el proponente favorecido con la propuesta, pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.

El Instituto podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del portal.

El Instituto permitirá la presentación de certificados o antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello se otorgará un plazo que se informará a través del portal.

Todo lo expuesto será informado a través del Sistema de Información. El oferente que deba de salvar errores u omisiones formales tendrá un plazo de 48 horas, contados desde efectuado el requerimiento.

En caso que un oferente no presente algún documento solicitado en esta etapa por la administración, pero considerado como esencial para la evaluación o para la ejecución del contrato, su oferta deberá de ser rechazada.

16.3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN.

Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación.

FACTORES TÉCNICOS

PONDERACIÓN TOTAL A ASIGNAR

 

1. Tiempos de ejecución de los trabajos, referidos en Carta Gantt.

20%

 

20 días corridos en total.

20%

 

Desde 21 a 25 días corridos en total.

10%

 

Desde 26 hasta plazo máximo 30 días corridos en total.

5%

 

31 días corridos o superior quedará excluida la oferta, de la licitación, así como si oferta menos de 19 días, ya que es un requisito esencial de la licitación que se ejecute en un periodo de 20 a 30 días.

Queda excluida la oferta.

 

2. Experiencia de la Empresa: El análisis considerará la relación entre anexo N°3 y Certificados que avalen dicha experiencia.

Igual o mayor a 10 Certificados y/o Órdenes de Compra.

20%

Mayor que 5 y menor o igual a 9 Certificados y/o Órdenes de Compra.

10%

Mayor que 1 y menor o igual a 4 Certificados y/o Órdenes de Compra.

5%

No presenta certificados o estos no cumplen con los requisitos.

0%

20%

 

3. Servicio o asistencia técnica. (Anexo N°6)

Capacidad de reacción ante Garantía Trabajos y respuesta servicios post venta

5%

 

Menor o Igual a 48 horas.

5%

 

Mayor a 48 horas e igual o menor a 72 horas, desde informada la eventualidad.

3%

 

Sobre 72 horas, desde informada la eventualidad, no informa o no acompaña anexo N°6.

0%

 

  1. Comportamiento Contractual. En los últimos 2 años contados desde la fecha de recepción de las ofertas, según registro de la plataforma www.mercadopublico.cl

No presenta reclamos.

10%

Presenta entre 1 y 5 reclamos.

7%

Presenta más de 5 reclamos.

0%

(**) Se revisará la plataforma de www.mercadopublico.cl (Chile proveedores), en cuanto a los reclamos que presentara por otros organismos públicos.

10%

5. Correcta presentación de los antecedentes.

El oferente que suba todos los anexos y especificaciones técnicas requeridas en el tiempo y forma.

5%

Documentación incompleta o con errores, durante el tiempo de presentación de las ofertas y completándola a través del Foro de Aclaración de Ofertas, en tiempo y forma.

3%

Presenta documentación incompleta, pero no cumple con la entrega de los documentos solicitados a través del Foro de Aclaración de Ofertas, en tiempo y forma.

0%

5%

CRITERIO ECONÓMICO

Se aplicara el análisis del mínimo precio, considerándose la relación entre cada oferta y la de menor costo, según la siguiente formula:

PTJE PRECIO OFERTA= OM*100*0,40

                                  OE

Dónde: OM= Oferta de Menor Precio

            OE= Oferta Evaluada

            40%

ARTÍCULO 17.- INFORME DE EVALUACIÓN.

La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación en el cual deberá estar contenida la siguiente información:

  1. Individualización del proceso Licitatorio y los integrantes de la comisión
  2. Individualización de los oferentes, indicando nombre, rut, dirección, y representante legal (nombre y RUT), si lo hay.
  3. Verificación de la admisibilidad de las ofertas: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión deberá dejarse constancia de ello.
  4. Si es necesario solicitar antecedentes –según lo contemplado en el ARTÍCULO 16.2, siguiente- a los oferentes en el sentido de aclarar las ofertas o de acompañar algún documento formal requerido, no considerado esencial, deberá solicitarse, y dejarse constancia de ello.
  5. Criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
  6. Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
  7. Asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
  8. Proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora desestime la(s) oferta(s) por juzgar que aquellas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la entidad licitante.
  9. Proposición de adjudicación, en caso de haberla, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

10. Toda la información relevante que tenga relación con el proceso de evaluación y las conclusiones de la comisión, sin ser estos numerales taxativos.

El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Director del Instituto a más tardar en el plazo establecido en el calendario de la licitación contenido en las presentes bases; de no ocurrir esto, la comisión debe informar a la Unidad de Abastecimiento, del Instituto, de las razones de la tardanza, para que ésta, con la justificación dada, proceda a ampliar el plazo en el Sistema de Información, previo Acto Administrativo que lo apruebe. Vigilando la vigencia de las ofertas, y solicitando, antes del vencimiento de éstas, la prórroga de la vigencia de las mismas, a través del sistema de información, para lo que se establecerá un plazo de 48 horas desde publicada la solicitud.

ARTÍCULO 18: ADJUDICACIÓN.

El Instituto se reserva el derecho a adjudicar la presente licitación totalmente, desestimar y/o declarar desierta la licitación.

De las propuestas seleccionadas, el Instituto adjudicará la propuesta que obtenga el mayor puntaje, y, para el caso en que este oferente se desistiera de celebrar el contrato respectivo, se podrá adjudicar  la propuesta a aquella oferta que le siga en puntaje y así sucesivamente.

Cuando el precio de la oferta presentada por un proponente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del Instituto que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente. El Instituto podrá a través de una resolución fundada, adjudicar dicha oferta, solicitando una garantía, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue, según  ARTÍCULO 21.2 de las Presentes Bases.

La adjudicación de la propuesta se hará por resolución del Director del Instituto.

Los participantes serán notificados de la adjudicación de conformidad con lo establecido en el ART. N° 7 de las presentes Bases.

El Instituto rechazará, en forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

En el evento de no presentarse proponentes, o en el caso que todos los proponentes participantes no cumplan con una o más disposiciones de estas bases, se procederá a declarar desierto el proceso de licitación.

El Instituto se reserva el derecho de rechazar las ofertas que, no obstante cumplir con lo exigido en las presentes bases, no resulten ser convenientes para sus intereses. En este caso se procederá declarar desestimadas las propuestas.

18.1 Empate:

En caso de empate en el total general de la evaluación, se adjudicara el proveedor que tenga mayor puntaje en el criterio técnico. De mantenerse la igualdad, definirá el criterio de oferta económica, y si persiste el empate el primero que haya ingresado la oferta en el portal de mercado Público.

18.2 Inclusiones en la Contratación.

El Instituto al momento de adjudicar podrá aumentar o disminuir el monto de adjudicación, siempre que no supere el 30% del valor estimado originalmente en las bases, siempre que exista razones fundadas para ello y que el aumento o disminución tenga relación con el bien o servicio a contratar.  El proponente adjudicado deberá respetar los precios comprometidos en la oferta. Esto se realizará según las reglas del artículo 11 del D.S. N° 250 de 2004 de Hacienda.

18.3 Readjudicación.

El Instituto, en el caso de que el proveedor adjudicado:

  • Se rehusé a suscribir el contrato;
  • No entregue garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, si se solicitase;
  • No cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases;
  • Se desista;
    • Sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su reglamento.

Podrá  dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente.

El plazo máximo para readjudicar será de 60 días corridos, desde la publicación de la adjudicación oficial.

ARTÍCULO 19: FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN

Dado el monto de esta Licitación, contenida en el “ARTÍCULO 4” de las presentes bases, además de la normativa contenida en el D.S. Nº250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, Artículo 22 Nº8, en relación al Artículo 63 del mismo cuerpo normativo, se considera todos estos bienes, dentro de su rubro, como bienes estándar de simple y objetiva especificación. Por lo que la formalización de esta contratación se realizará a través de la ACEPTACIÓN DE LA RESPECTIVA ORDEN DE COMPRA por parte del Proveedor Adjudicado, teniéndose ésta por suficiente Contrato, rigiéndose dicha contratación para todos los efectos por las presentes bases y sus documentos integrantes.

El proponente adjudicado, deberá aceptar la orden de compra dentro del plazo indicado en el calendario de licitación, no se podrá generar la OC, antes del cumplimiento de los requisitos señalados en el párrafo siguiente.

Previo a la emisión de la Orden de compra, la empresa que resulte adjudicada deberá cumplir con los siguientes requisitos:

1)         Encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado “hábil”. El proveedor adjudicado tendrá 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha en que se le notifique la adjudicación de la propuesta para cumplir con éste requisito. En caso de UTP, cada uno de los integrantes, debe inscribirse en el Registro de Proveedores.

2)         Acreditar el estado del pago de remuneraciones y cotizaciones con sus trabajadores actuales y hasta los dos últimos años (art. 4 Ley N° 19.886), a través del respectivo certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1)

3)         Entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

4)        Persona Natural:

a)    Fotocopia simple del RUT de la persona Natural emitido por el Servicio de Impuestos Internos, ya sea en formato digital o físico, en el caso de que el proponente no pudiere acompañar el documento singularizado podrá acompañar fotocopia simple del documento de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.

5)        Persona Jurídica:

a)    Fotocopia simple del RUT de la persona jurídica emitido por el Servicio de Impuestos Internos, ya sea en formato digital o físico, en el caso de que el proponente no pudiere acompañar el documento singularizado podrá acompañar fotocopia simple del documento de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.

b)    Copia autorizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones, con certificación de vigencia de la misma, emitida por el Registro de Comercio respectivo (o del registro que corresponda en atención al tipo de sociedad o modalidad de creación) con fecha de emisión no superior a 60 días antes del cierre, de recepción de ofertas.

c)    Copia de la escritura Pública en que conste el poder del representante legal de la sociedad. Se solicita marcar con destacador el texto en que conste la designación del representante legal, también con antigüedad de no más de 60 días desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

d)    Certificado de Vigencia de Poder del Representante legal, emitido por el Registro de Comercio respectivo, con fecha de emisión posterior a la fecha de adjudicación de la licitación.

6)        Unión temporal de Proveedores:

a)    En el caso que la adjudicación sea superior a 1000 UTM, la Unión Temporal de proveedores debe acompañar escritura pública donde se materialice la constitución, sin necesidad de que se constituya como sociedad en cumplimiento del artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas.

En el caso de que los antecedentes  y documentos solicitados se encuentren subidos a la plataforma de chile proveedores, con la vigencia solicitada, el proveedor se eximirá de presentar los documentos solicitados.

Si transcurrido el plazo señalado, el adjudicatario no cumple con estos requisitos, el Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” podrá readjudicar, según lo establecido en el ARTÍCULO 18.3 de las presentes bases. El proponente adjudicado, deberá formalizar la contratación, dentro del plazo indicado en el calendario de licitación.

ARTÍCULO 20: EFECTOS DE LA ADJUDICACIÓN

La contratación de éstos servicios, se regirá por lo señalado en las presentes Bases de Licitación, en relación a lo establecido en la ficha electrónica de www.mercadopublico.cl, y en general, por todos los reglamentos y normas que rigen y tengan relación con el desarrollo del servicio o entrega del bien, los cuales se entenderán plenamente conocidos por parte de la empresa, según corresponda.

ARTÍCULO 21: OBLIGACIONES DEL CONTRATADO

21.1 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El Adjudicatario será responsable por todos y cada uno de los productos y/o servicios que entregue,  de modo que cualquier error que signifique perjuicio para el instituto, será de su entera responsabilidad. En caso de disolución de la sociedad adjudicataria las personas que actuaron como representantes legales, asumirán esta responsabilidad, la que se entenderá en su más amplia acepción.

El adjudicatario deberá, entre el tiempo que medie entre adjudicación de la licitación y la fecha establecido en el calendario de licitación, acompañar esta Garantía, que tiene por objeto garantizar la ejecución completa, oportuna y eficiente del contrato y las obligaciones laborales y previsionales que se desprendan de él. Esta garantía podrá ser cualquiera legalmente emitida para el efecto, instrumentos que deberán ser tomados en las instituciones respectivas, con oficinas en la comuna asiento de la entidad licitante, pagadera a la vista, con carácter irrevocable –según el artículo 68, inc. 6to, del D.S.250/2004- y a la orden (a nombre o tener como Beneficiario y Asegurado) del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”, en moneda nacional, por una cantidad equivalente a lo menos al 10% valor total del contrato, con una vigencia que cubra, también a lo menos,  el plazo de ejecución del respectivo contrato, aumentada en 60 días corridos, y que contenga la siguiente glosa:

“GARANTIZA EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES de la LICITACIÓN PÚBLICA ID xxxx-xx-xxxx: A EJECUTARSE EN DEPENDENCIAS DE  U.E.P.I. VARONES DEL INSTITUTO PSIQUIÁTRICO DR. JOSE HORWITZ BARAK

Dependiendo del tipo de Garantía y de la glosa permitida en el instrumento, serán admitidas variaciones, siempre y cuando se entienda claramente qué tipo de garantía es, que garantiza, y a qué licitación está asociada; de no cumplirse con los requisitos, serán devueltas para su cambio.

La caución o garantía deberá ser entregada físicamente en la Oficina de Partes del Instituto, ubicado en Av. La Paz número 841, Comuna de Recoleta, en un sobre cerrado caratulado con el nombre de la Propuesta Pública y dirigida a la Subdirectora Administrativa del Instituto, en el plazo establecido en el calendario de licitación, contenido en el Artículo 6° de las Bases de Licitación.

De conformidad a la legislación vigente, este Instituto acepta todo tipo de garantías, sin imponer ninguna limitación al tipo de instrumento, sin embargo para su aceptación  se exige el total apego a la legislación vigente, y en este marco, se debe poner especial cuidado, en el caso de los seguros  de que éstos sean “pagaderos a la vista”  y no sólo “de ejecución inmediata”, caso último en que quedan fuera de las exigencias impuestas para estas garantías por la legislación vigente respectiva, debiendo ser rechazados por esta Institución, pudiendo reemplazarlo, el adjudicatario, en el plazo establecido para acompañar esta garantía. No obstante se aceptará cualquier seguro que cumpla con el requisito indispensable de ser “pagadero a la vista” y los demás ya descritos.

La garantía puede otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza (ej. varias boletas de garantía) que en conjunto representen el monto a caucionar, esto es el 10% del valor total del contrato adjudicado, y cubra el plazo restante aumentada siempre en 60 días corridos.

La no entrega de la caución o garantía dentro del plazo señalado facultará al Instituto para continuar con el procedimiento de readjudicación, en su caso, o el que corresponda a las condiciones particulares, y  hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, si se hubiese solicitado.

Los gastos que irrogue la obtención de las garantías serán de cargo exclusivo del proponente adjudicatario.

La garantía será devuelta con posterioridad al término del plazo de vigencia de esta.

En el evento de incumplimiento total o parcial del convenio o de cualquier obligación emanada del mismo, que cause un perjuicio real al Instituto, éste queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía para, con cargo a ella, cobrarse las indemnizaciones y multas causadas por el incumplimiento del contratante y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle.

La Garantía puede ser de aquellas que se emiten de manera física o electrónica, para los casos de garantías electrónicas, estas deberán ser enviadas al e mail: factura.elect.psi@redsalud.gob.cl, indicando en el “asunto” GARANTÍA, y ajustarse a la Ley N° 19.799.

21.2 AUMENTO DE GARANTÍA/CREACIÓN DE GARANTÍA.

Según Art. 42 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas D.S. N° 250, se solicitara la constitución de una garantía, por el 30% del total contrato en caso de no existir o se aumentará ésta, cuando el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% del precio presentado por el Oferente que le sigue y se verifique por parte de la Entidad Licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente.

El Instituto podrá a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole la ampliación de la garantía de fiel cumplimiento, señalada en el inciso anterior, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.

ARTÍCULO 22: VIGENCIA DEL CONTRATO.

La contratación resultante de esta Licitación, comenzará a regir en la fecha de formalización de la misma, esto es, aquella de la aceptación de la Orden de Compra, que en este caso es suficiente contrato; y tendrá una vigencia de 30 días corridos o hasta el tiempo inferior a este en que conste la recepción conforme de los trabajos, los que deben cumplirse en el tiempo ofertado de ejecución de los mismos.

22.1  PLAZO DE EJECUCIÓN.

El plazo de ejecución se contará desde la entrega efectiva del terreno y que constara en el libro de obras, correspondiendo al propuesto por el proveedor en su oferta, y se ajustará a lo que respecto a esto se establece en las presentes bases; estando como garante de su correcto cumplimiento, las cauciones entregas para los efectos.

El Instituto Psiquiátrico podrá aumentar el plazo para la ejecución del contrato previa solicitud del Contratista por escrito, no bastando la anotación en el libro de obras, presentada antes del vencimiento del plazo contractual en los  siguientes casos:

a) Fuerza Mayor, debidamente acreditada.

b) Modificación de contrato por aumento de obras, u Obras Extraordinarias.

c) Situación ajena al Contratista que afecte en forma directa el avance de las obras ccomprobada por la unidad técnica responsable, situación que no dará derecho al adjudicatario a ser indemnizado.

Al realizar una modificación del plazo de ejecución, se deberá verificar la vigencia del contrato y en caso de ser necesario ajustar ésta, a través de resolución fundada.

ARTÍCULO 23: FORMA DE PAGO

El pago se cursará por Estado de Avance Físico de las Obras (%) previa presentación de Factura, visada y aceptada por el Instituto, contra actas de recepción conforme emitidas por el Administrador del Contrato. Las Facturas deben ser ingresadas al Instituto a través de Oficina de Partes, o en el caso de facturas electrónicas, al e–mail existente para estos efectos: factura.elect.psi@redsalud.gob.cl.-

Los Estados de Pago deberán ser presentados por la Empresa adjudicada cumpliendo con la siguiente formalidad: acreditar el monto total del estado de pago mediante entrega de caratula tipo que entregara el administrador del contrato, Informe sobre el detalle financiero que relaciona los % de avance de todas las partidas que conforman el itemizado oficial con sus valores respectivos.

El pago por los servicios contratados se hará dentro de los primeros 45 (cuarenta y cinco) días hábiles- según autorización expresa a los servicios de salud, establecida en la Ley N° 21.053, de Presupuestos para el año 2018- previo envió de la factura electrónica, al e–mail existente para estos efectos: factura.elect.psi@redsalud.gob.cl, en ambos casos, visada y aprobada por el Instituto, contra actas de recepción emitidas por el administrador de contrato.   

Para autorizar el Pago, será necesario que el adjudicatario acompañe un certificado actualizado que acredite el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales, y del pago de remuneraciones de sus trabajadores de acuerdo a lo que dispone el artículo 4 de la Ley N°19.886, el que, dependiendo de la fecha de los pagos, deberá corresponder como máximo al mes que antecede a éste.

Dicho certificado se puede solicitar mediante el Formulario F 30-1, el cual se puede obtener desde el sitio Web de la Dirección del Trabajo - www.dt.gob.cl –, en la respectiva Inspección del Trabajo o en las entidades o instituciones competentes que pueden certificar el cumplimiento de las referidas obligaciones.

ARTÍCULO 24: CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN.

El contratista no podrá ceder o transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo.

La infracción de esta prohibición dará derecho al Instituto para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata sin derecho de indemnización de ninguna especie, de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 29 de las presentes bases y se hará(n) efectiva(s) la(s) totalidad de la  Garantía(s) de Fiel Cumplimiento del Contrato en beneficio del Instituto, en el caso de existir.

Durante la ejecución del contrato la empresa contratista sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones la Contratista deberá solicitar, por escrito, autorización al Instituto. Corresponderá a la Dirección de esta Institución, calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular.

El personal que contrate el Contratista, con motivo de la ejecución de los servicios materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con el Instituto, sino que exclusivamente con la Contratista. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Contratista seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Instituto.

Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el Instituto así lo requiera, el Contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante un Certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva.

El incumplimiento del Contratista a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al Instituto para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el ARTÍCULO 29 de estas Bases.

La Dirección del Instituto dispone que el Administrador del Contrato representante del Instituto, evalúe  el cumplimiento del convenio por parte del contratista, realizando inspecciones, e informando en caso de presentarse algún incumplimiento de contrato que sea susceptible de alguna de las sanciones contempladas en las presentes bases, como así mismo en el futuro contrato, que regule las relaciones entre la empresa contratista y el Instituto, informe que dará inicio al proceso respectivo por parte del Administrador del Contrato.

ARTÍCULO 25: ADMINISTRACIÓN  DEL CONTRATO.

El contrato será administrado por el Jefe Unidad de Mantención y Reparaciones.

Serán funciones del administrador del contrato:

  • Supervisar la ejecución del contrato, posterior a la adjudicación y mientras dure éste, en cumplimiento de lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
  • Ser el nexo entre el proveedor adjudicado y la Institución, durante la ejecución de éste, llevando registro de cualquier situación que se produzca.
  • Realizar envió de comunicación escrita al proveedor en caso de incumplimiento de contrato, comunicando a su vez a la Unidad de Abastecimiento de ésta situación.
  • Informar a la Unidad de Abastecimiento en el caso de que el proveedor realicé alguna solicitud que tenga relación con solicitud de aumento de plazo de ejecución, modificación de contrato, o presentación de descargos enmarcados dentro del proceso infraccional establecido en el presente documento.
  • Aumentar el plazo de ejecución y solicitar la formalización de esto, cuando se requiera por causas no imputables al proveedor y que retrasen el plazo establecido originalmente.
  • Informar y dejar constancia de discrepancias entre el proveedor y el Instituto, en lo relativo a la Adecuada Interpretación de las Bases.
  • Solicitar el término anticipado del contrato, en caso de ser procedente.
  • Realizar los Informes  que se le soliciten y que tengan relación con la contratación y su función, además de levantar actas de recepción conforme de la entrega de bienes o término de los trabajos encomendados.
  • Toda aquella función u obligación que se establezca expresamente en las presentes bases y que sean de su responsabilidad.

ARTÍCULO 26: MULTAS Y SANCIONES

El contratado deberá cumplir mientras dure la ejecución del contrato, con las distintas obligaciones que se desprenden de las presentes bases, además de mantener siempre un clima de respeto en la Institución, estas obligaciones son extensivas a cada uno de los trabajadores que estén en su representación. El no cumplimiento  de lo antes dicho podría generar un proceso infraccional, y posibles sanciones. 

TIPO DE MULTAS:

26.1 Multa por Atraso en la entrega de los trabajos encomendados en la primera Fase.

En caso de atraso en la entrega del servicio, en el plazo establecido por el oferente y no habiéndose concedido ampliación de plazo de acuerdo a lo regulado en las presentes bases o no habiéndose justificado caso fortuito o fuerza mayor de acuerdo a lo estipulado en el artículo 45 del Código Civil, se aplicará una multa por día de atraso en la entrega del servicio, se multara con 2 UF el  incumplimiento por día de retraso, en caso de atraso de más de 10 días se procederá a anular la Orden de compra y se evaluará negativamente al proveedor, procediendo a readjudicar la licitación, todo esto a través de resolución fundada.

En caso que el Servicio o asistencia técnica, no se ejecute en el plazo ofrecido por el proveedor se aplicar una multa de 0,5 UF por día de atraso.

26.2 Multa por Conducta inapropiada en la Institución.

Los trabajadores que permanezcan en dependencias de la Institución deberán, durante todo momento, mantener una conducta adecuada y de respeto frente al personal, usuarios de la institución y familiares de éstos. No se permitirá tratos agresivos, gritos, vocabulario de grueso calibre u palabras ofensivas de ningún tipo, malos modales y actos de falta a la moral.

Ante cualquier situación o tipo de conducta igual o similar a las descritas, la Contraparte técnica de la Institución, tiene la facultad de cobrar una multa de  1 a 5 UF. por cada evento de acuerdo a su magnitud, y en caso de ser grave la situación o que la conducta se repita por más de 3 veces, se revisará y evaluará la continuidad de los servicios, exponiéndose a una multa de hasta 50 UF. y posterior término anticipado del contrato, ya que se considerará como una infracción de carácter gravísima.

26.3 ATRASOS NO IMPUTABLES AL CONTRATISTA.

Si durante la ejecución de los servicios o entrega de los productos, se produjeren atrasos parciales ocasionados por fuerza mayor o caso fortuito, o se presentara imposibilidad temporal no atribuible al Servicio para continuar con su ejecución, el proveedor deberá presentar al Administrador de contrato su justificación antes de trascurridos 3 días corridos desde su ocurrencia, él que calificará los motivos de los atrasos para los efectos de la prórroga del plazo, o su rechazo. Pasados los cinco días no se aceptará justificación alguna.

La petición escrita de prórroga podrá ser aceptada o rechazada por el Administrador de contrato; de ser aceptada, se dictará el Acto Administrativo que corresponda.

En todo caso no se admitirá la prórroga una vez transcurrido el plazo de cumplimiento del contrato. La ampliación del plazo en estas circunstancias, no dará derecho a pago adicional.

ARTÍCULO 27: PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES

A la constatación de cualquier incumplimiento de contrato, se  seguirá el siguiente procedimiento:

1.    Se enviará una comunicación escrita al proveedor, por el Administrador del Contrato o por el Abogado de la Unidad de Abastecimiento en caso de ausentarse el primero, al e-mail registrado por la institución y que consta en los distintos anexos  presentados por el oferente, señalándose en dicho correo la comisión de la falta. Desde la fecha de envió del correo por parte de la Institución, el proveedor tendrá un plazo de tres días hábiles para formular los descargos respecto de la falta que se le imputa.

En el caso que el Administrador sea quien hace envió de la comunicación escrita, se deberá informar de ésta situación a la Unidad de Abastecimiento. 

2.    El contratado deberá evacuar informe escrito con sus descargos, en el plazo antes señalado, vía correo electrónico, o en su defecto a través de la Oficina de partes dirigiéndose a Unidad de abastecimientos. En el caso que el proveedor alegase caso fortuito o fuerza mayor, será de su cargo probar la veracidad de éstas afirmaciones.

3.    Si no se cumpliese con ésta obligación,  y constatado que el incumplimiento se mantiene, el administrador de contrato, deberá, mediante informe, comunicarlo a la Unidad de Abastecimiento.

4.    La institución una vez cumplido el término antes señalado en el punto N°1,  ponderará los descargos de la contraparte, en el caso que existiesen, además del informe emitido por el Administrador del contrato del Instituto y procederá si es que corresponde a la aplicación de la multa. Dicha decisión será formalizada a través de Resolución Fundada, con el carácter de Exenta.

5.    Tanto, la comunicación escrita de la falta, así como el procedimiento infraccional no suspenderá  en ningún caso la ejecución del contrato. En especial respecto de la causal establecida el artículo 26.1, ya que en ese caso el monto de la multa se determinará  en virtud de la cantidad de días del retraso en las entrega de los trabajos encomendados.

6.    En que el caso de que procediese la multa, esta tendrá un tope máximo del 20% del valor total del contrato, llegándose a éste porcentaje y/o manteniéndose el incumplimiento por parte del proveedor, la Institución estará facultada de poner término del contrato sin más trámite, por incumplimiento del contrato y aplicar las reglas de la readjudicación. Excepcionalmente, para efectos del término anticipado del contrato, el tope no se aplicará si la Dirección de este Instituto estima, por Resolución Fundada, que no resulta conveniente para los intereses de éste poner término al contrato, considerando el nivel de avance de las obras.

7.    Las multas serán descontadas de las facturaciones pendientes de pago, para lo cual se solicitará al proveedor que emita dicha factura con el monto correspondiente incluyendo los descuentos señalados por la institución.   En caso de no existir saldos pendientes la multa se hará efectiva en la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, debiendo el Proveedor entregar otra Garantía, por el monto restante del remanente del contrato, en el caso de que exista una garantía en el contrato. En el caso que el monto de lo facturado no coincida con lo estimado a pagar, incluyendo el descuento por multas, el proveedor deberá proceder a anular la factura existente y presentar una nueva con el monto correcto.

8.    En caso de incurrir en una nueva infracción, se aplicará el mismo procedimiento antes señalado, el que podría acarrear una nueva sanción.

9.    La resolución se publicará oportunamente en el sistema de Información. En contra de esta resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, de conformidad al Artículo 79 ter del Reglamento de la ley N° 19.886.

10.  Si se debe cursar una multa, esta sanción trae aparejada la evaluación negativa del Proveedor en el Sistema de Información.

Estas sanciones son independientes a las que otros organismos fiscalizadores consideren aplicables por posibles transgresiones a la legislación vigente.

Con todo, la aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Instituto de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en estas bases, mediante Resolución Fundada, estime que dado el estado de avance del contrato, resulta esta medida perjudicial a los intereses de la Institución.

ARTÍCULO 28: MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.

El contrato sólo podrá ser modificado durante su ejecución, por el consentimiento de ambas partes o por la sola voluntad del Instituto. Las variaciones sólo podrán corresponder a materias relacionadas con el servicio contratado, dentro de la misma especialidad de éste y que se consideren indispensables para cumplir con los trabajos originalmente contratados.

En caso que las variaciones representen un aumento de los servicios, éste monto no puede superar  lo máximo estimado para las licitaciones tipo LE, incluyendo la contratación original.

Cualquier modificación del monto de los servicios que signifique un aumento de ellos será objeto de una nueva resolución del Instituto, la que seguirá el mismo trámite que el contrato original.

La suma total  de estas modificaciones, no podrá exceder al 30% del valor total de la contratación.

Toda solicitud de modificación de contrato se formalizará a través del instrumento denominado “Nota de cambio”.

28.1 NOTA DE CAMBIO

Instrumento elaborado por el Instituto, y que debe ser completado y presentado por el Contratista para solicitar una modificación de contrato. El formato de Nota de Cambio será entregado por el I.T.O al Contratista el día de Entrega de Terreno mediante correo electrónico.

La Nota de Cambio será el único instrumento que tendrán ambas partes (Contratista e I.T.O) para realizar modificaciones del contrato referido a obras extras, aumentos y disminuciones de obra  y los aumentos de plazos asociados a dichas modificaciones.

Las solicitudes de modificación de contrato y posterior elaboración de la Nota de Cambio, podrá provenir:

  • , dejando registro en el libro de obra, en relación a mejoras, cambios, agregaciones o disminuciones que se deban realizar para la buena y correcta ejecución de las  obras.
  • Cuando el Contratista lo estime pertinente, previa anotación en el libro de obras de alguna novedad, que merezca una modificación del contrato, para la buena y correcta ejecución de las  obras.  

El Contratista tendrá un plazo máximo de 4 (cuatro) días hábiles para dar respuesta a la solicitud de modificación  del I.T.O,  mediante la presentación de la Nota de Cambio completa con la información requerida en formato papel con firmas respectivas, con toda la documentación de respaldo que acredite dicha solicitud y justifique los cálculos y valores presentados. Plazo que será contado desde el día siguiente a la anotación por parte de la I.T.O. en el libro de obra.

La I.T.O. procederá a su revisión, teniendo un plazo de 2 (dos) días hábiles para dar respuesta al proveedor en relación a la procedencia o no de la modificación, en caso de existir discrepancias u observaciones, será devuelta al contratista a través de correo electrónico para su corrección o modificación.

El Contratista tendrá un plazo de 2 (dos) días hábiles para subsanar las observaciones efectuadas a la Nota de Cambio indicadas por la I.T.O., en caso contrario se dará como válida la observación y el Contratista estará obligado a aceptar dichas modificaciones.

Ingresada la nota de cambio con las modificaciones o correcciones solicitadas en formato papel con firmas respectivas, el ITO tendrá un plazo 2 (dos) hábiles para terminar el proceso y remitir los antecedentes a las unidades respectivas para la formalización de la modificación, en caso de ser procedente.

Cuando las modificaciones se refieran a disminuciones o aumentos, los montos involucrados deberán tener correlación con lo establecido previamente en el itemizado ofertado por el proveedor, cuando se trate de obras extraordinarias deberá atender a valores de mercado, pudiendo el ITO objetar estos precios si están alejados de la realidad.

28.2: DISMINUCIONES Y AUMENTOS DE OBRAS.

El Instituto podrá ordenar el aumento o disminución de obras debido a imprevisto técnicos, o por ser imprescindibles para una mejor funcionalidad de la obra que se ejecuta, y que impliquen una modificación del proyecto original.

Aumento o disminución de obra:

“La modificación de las cantidades de obras indicadas en los documentos de la licitación, que deriven de una variación del proyecto”.

El monto del aumento de obras o disminución no podrá exceder al treinta por ciento (30%) del monto total del contrato. El contratista  quedará obligado a ejecutar los nuevos trabajos o aceptar la disminución de las obras, hasta el porcentaje indicado. Los aumentos o disminuciones de obra podrán dar origen a una variación  del plazo, que será resuelto por el Instituto de acuerdo con los antecedentes del caso, y el informe que para tal efecto elabore el Inspector Técnico de la Obra.

El valor de los aumentos o la reducción del precio del contrato, se determinará sobre la base de los precios unitarios del Presupuesto Detallado. El precio resultante se recargará o disminuirá en el porcentaje de gastos generales y utilidad de la oferta.

En caso de disminución de obras el contratista no tendrá derecho a indemnización alguna por parte del Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”.

El documento formal, con los presupuestos de aumento y disminución de obra deberán ser  presentados  por  el  Contratista  dentro  de  un  plazo  prudencial  fijado  por  la I.T.O. -teniendo en cuenta el estado de avance de la obra y la fecha de entrega de la misma-, a la Inspección Técnica de la Obra, desde la orden escrita impartida por dicha Inspección.

El I.T.O. y el Contratista  no podrán requerir ni presentar presupuestos de aumento o disminución, dentro de los 5 días previos a la fecha fijada para el término de la obra o plazo de vencimiento del contrato, salvo casos excepcionales, justificados por la Unidad Técnica.

Toda modificación al contrato, deberá ser aprobada por la correspondiente Resolución.

28.3: OBRAS EXTRAORDINARIAS.

El Instituto podrá disponer, durante el desarrollo del contrato, la ejecución de obras extraordinarias, hasta por un treinta  por ciento (30%) del valor total del contrato, que el contratista está obligado a ejecutar.

Obras Nuevas o Extraordinarias:

“Obras que se incorporan o agregan al proyecto durante su ejecución, cuyas características son diferentes a las especificadas o contenidas en los antecedentes de la licitación y que tienen por finalidad llevar a mejor termino la obra contratada, las cuales serán previamente informadas según el caso por la I.T.O., y contaran con el V°B° de la Unidad Técnica.”

Las Obras extraordinarias podrán dar origen a una variación del plazo, que será resuelto por el Instituto de acuerdo con los antecedentes de cada caso y el informe elaborado para tal efecto por la Inspección Técnica de la Obra.

Para determinar el monto de la obra extraordinaria se aplicará a las cantidades efectivas de obra el precio unitario que se pueda deducir u homologar del presupuesto detallado. Si no existiere  un valor unitario en el mencionado presupuesto detallado, se considerará para la obtención del mismo, los que se encontraren en el análisis de precios unitarios entregados por el contratista y, a la falta  de alguno de estos, los valores se fijarán de común acuerdo entre las partes, en base de los precios de mercado actualmente existentes y que sean equivalentes en calidad y funcionalidad, según los requerimientos y necesidades del Instituto. El ITO deberá verificar dichos valores, a fin de que se ajusten a la realidad.

Las modificaciones de obras originarán un convenio entre las partes el  que será  sancionado por la Resolución respectiva en los mismos plazos señaladas en el numeral anterior.    

Con todo, los aumentos de obras, y obras extraordinarias efectivas, no podrán exceder del treinta  por ciento (30%) del valor del contrato, deduciendo las disminuciones de obras, si las hubiere. Sin perjuicio de lo expresado anteriormente cualquier aumento de obras u obra extraordinaria deberá contar con la autorización de Disponibilidad Presupuestaria respectiva.

En caso de aumento de obras u obras extraordinarias deberá complementarse la o las garantías acompañadas en el inicio del contrato.

Toda modificación de contrato (aumento, disminución u obra extraordinaria) deberá gestionarse a través del documento denominado NOTA DE CAMBIO y descrito en el artículo 28.1. Por parte del Instituto Psiquiátrico la Nota de Cambio será firmada por Inspector Técnico de la Obra y Subdirectora Administrativa. Por parte de la empresa adjudicada la Nota de Cambio será firmada por el Representante Legal y Profesional a cargo de la obra. Este documento será aprobado mediante resolución fundada, posteriormente a la completa tramitación del acto administrativo señalado, se podrá emitir la respectiva Orden de pago, o lo que en consecuencia corresponda.   

 

ARTÍCULO 29: TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.

Al contrato, derivado de esta licitación, se podrá poner término anticipado o realizar modificaciones por las siguientes causales:

1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes (en el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, si la facultad de resciliar está conferida únicamente al apoderado, igualmente se deberá notificar a cada miembro).

2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

4. Si el contratista es declarado en quiebra por procesos anteriores a la entrada en vigencia de la Ley N°20.720; se encuentra dentro de un procedimiento concursal de liquidación; o en estado de notoria insolvencia a menos que mejore las cauciones entregadas.

5. En caso de término de giro, liquidación, disolución de la sociedad contratista o muerte del contratista si es persona natural. A excepción que se pueda continuar con el contrato por una empresa o persona continuadora legal de la originaria.  En tales eventos la contratista o quien haga las veces de su heredero, tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al Instituto dentro del plazo de 10 (diez) días corridos contados desde el suceso respectivo.

6. Si la calidad de los bienes entregados no satisface las exigencias mínimas para los objetivos señalados en las Bases Técnicas.

7. Si se verificara cualquier otro incumplimiento considerado como falta grave de las obligaciones contraídas por el contratista, de acuerdo a la clasificación de faltas del ARTÍCULO 26. Se consideraran como conductas grave, el incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio convenido conforme con lo estipulado en las especificaciones técnicas de las presentes Bases; inobservancia o vulneración de protocolos, guías clínicas e instructivos referidos a calidad; inobservancia o vulneración de lo establecido en las presentes bases en lo referente a la prohibición de cesión y subcontratación; la aplicación de multas que excedan el 20% del precio total del contrato.

8. El Instituto podrá poner, unilateralmente, término anticipado al contrato, por escrito y con aviso previo de 60 (sesenta) días corridos, todo esto a través de resolución fundada, previo informe técnico y administrativo que justifique la decisión, en el caso que el servicio contratado no cumpla efectivamente con la necesidad por el que fue adquirido.

9. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP):

a)    Si se constata que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia (en cuyo caso, además se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica).

b)    Si uno de los integrantes se retira, y éste reunía una o más características objeto de la evaluación de las ofertas, a menos que pueda continuarse con el contrato en las mismas condiciones que si esa persona continuara en la UTP, en atención a la magnitud de esta contratación y a las necesidades del Servicio.

c)    Si, en el transcurso del Contrato, se verifica que ha ocultado información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

d)    Alguna Inhabilidad sobreviniente de uno (o varios) de sus integrantes, siempre la que la UTP no pueda continuar ejecutando el Contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

Cuando se trate de las causales contenidas en el Nº 1, en cuanto a la modificación del contrato, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.

 

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de la indicada en el 1. ó en caso de muerte si se trata de persona natural y no se pueda continuar con el contrato, el Instituto podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimento de contrato,  sin perjuicio de las acciones legales que pudieren corresponder al Instituto en contra del contratante.

En los casos en que se ponga término anticipado al contrato sin cobro de la garantía de fiel cumplimiento, ésta será devuelta al contratista dentro de los  10 días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo que pone término al contrato y una vez que el Instituto haya verificado que no existen obligaciones pendientes de tipo laboral o de seguridad social del contratista con sus trabajadores.

ARTÍCULO 30: GASTOS POR PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO.

La participación en la presente licitación no considera ninguna remuneración para los proponentes de parte del Instituto, ni indemnizaciones de ninguna especie para los proponentes que no resulten favorecidos.

ARTÍCULO 31: INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DEL CONTRATO.

En caso de discrepancias que se produjeren entre el Instituto y el proveedor, se canalizarán a través del administrador del contrato, a su superior Jerárquico, quien informará a la Dirección de esta Institución, quien solicitará un informe respecto al punto a la Abogado de Compras Públicas del Instituto, con esto, la Dirección se pronunciará; si posterior a esto, persisten las discrepancias, estás serán sometidas a la resolución de los tribunales ordinarios de justicia.

ARTÍCULO 32: DISCREPANCIAS ENTRE BASES Y SISTEMA DE INFORMACIÓN.

De existir discrepancias entre la información contenida en las presentes bases aprobadas por resolución exenta y el texto transcrito en el Sistema de Información, se estará a lo que indica la Resolución Exenta respectiva que aprueba las Bases, subida al Sistema, ya referido, escaneada, en formato digital.

En caso de existir discrepancia entre las oferta económica subida a la plataforma de Chile compra y el anexo económico, se estará a lo señalado en este último, documento que debe estar debidamente digitalizado, de acuerdo a lo señalado en el artículo 18 en la Ley N° 19.886.

ARTÍCULO 35: DOMICILIO Y JURISDICCIÓN.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.


  1. BASES TÉCNICAS

ARTÍCULO 1: OBJETIVO GENERAL DE LA CONTRATACIÓN

El objetivo de esta contratación se centra en Servicios Confección e Instalación de Ventanas, Protecciones, Rejas de Acceso Dormitorios, en dependencias de  U.E.P.I. Varones, del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak, para dar una mejor seguridad a los pacientes.

ARTÍCULO 2: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO A REALIZAR

PROTECCIONES VENTANAS SECTOR SUR

  1. RASGO

1.1  Se deberán retirar los elementos existentes.

1.1  Se procederá a la reparación de rasgos.

1.2  Se deberá pintar el rasgo, incluyendo bota agua (esmalte al agua).

2     PROTECCIÓN

2.1  Se deberá realizar la confección de la protección  4100 mm. x 1400 mm. Aproximadamente.

2.2  Su formación se debe realizar por elementos ferrosos del tipo pletina y fierros cilíndricos lisos (macizos).

2.3  Los fierros cilíndricos lisos, quedaran instalados de forma vertical.

2.4  Las pletinas deberán quedar de forma horizontal, alojando en perforaciones del centro del alma con el diámetro del fierro cilíndrico liso al amarre correspondiente, las cuales deberán quedar soldadas en la zona superior e inferior de cada paso que se realice.

2.5  La protección deberá ser anclada al rasgo existente con miembros de forma cilíndrica y con estrías, con un diámetro y longitud determinada en las presentes especificaciones técnicas.

2.6  Esta protección deberá ser revestida (elemento de protección) con dos manos de anticorrosivo.

2.7  La terminación del revestimiento (pintura, color blanco), debe ser a lo menos con tres manos de pintura, con aplicación de pistola a compresión.

3     DETALLE DE CONFECCIÓN y MATERIALIDAD DE LA PROTECCIÓN COMEDOR Y DORMITORIOS.

3.1  Fierro cilíndrico redondo liso espesor 25.4 milímetros.

3.2  Fierro plano 10 milímetros de espesor por un ancho de 50 milímetros.

3.3  Fierros de anclajes del tipo cilíndrico estriado de 16 mm.

3.4  Fierro de contención extremos y tensora de paños de malla cuadriculada de 30 x 3 milímetros.

3.5  Malla acerada 30 x 30 milímetros.

3.6 La luz de separación de elementos verticales, será de eje a eje  de 100mm.

4. CONFECCIÓN DE PROTECCIONES COMEDOR Y DORMITORIOS.

4.1  Se confeccionara el marco de la protección con pletina de 10 milímetros de espesor y ancho de 50 milímetros.

4.2 Esta deberá permitir en forma vertical mediante perforaciones el paso de los elementos verticales.

4.3 Posteriormente se instalaran en la luz del marco cuatro sub divisiones horizontales de 350 milímetros aproximados, con las perforaciones que calcen correctamente de forma vertical con el paso de los fierros designados.

4.4 Realizada la cuadratura se procederá a la soladura final de los elementos

4.5 En la pletina del perímetro se deberá dejar cuatro perforaciones en los lados verticales al igual que en su parte superior, para la instalación de miembros de fijación, los cuales deberán ser instalados con puente adherente, para su final remate de soldadura, esperando el tiempo de correcto secado del elemento antes mencionado.

       Las caras de los anclajes deberá quedar lisa, sin dañar y retirar la aplicación de la soladura.

5. INSTALACIÓN DE LAS PROTECCIONES COMEDOR Y DORMITORIOS.

5.1 Las protecciones serán instaladas según la disponibilidad del recinto, las cuales deberán estar confeccionada para su montaje.

5.2 Solo al momento de la fijación final, deberán quedar detalles de terminaciones, con un plazo no mayor a 24 horas,  para pasar a las siguientes instalaciones a intervenir.

       Cada instalación se realizara paulatinamente, aprobada, de manera de existir la aprobación por parte de los encargados y responsables de la custodia del recinto.

6. CIERRE ACCESO A DORMITORIOS

6.1 Confección de paños fijos ferrosos perfil rectangular, perfil cuadrado, planchas acero, fijaciones cilíndricas.

6.2 Confección de puerta de acceso.

6.3 Fijación a rasgos existentes.

6.4 Fijación de hoja batiente, en modo apertura.

7. DETALLE DE  CONFECCIÓN Y MATERIALIDAD DE REJA DE ACCESO

7.1 En los rasgos de los extremos se confeccionara marco con perfil rectangular de 500 x 700 x 3 mm.

7.2  Se instalaran en el centro del marco perfiles cuadrados de 200 x200 x 3 mm.

7.3  Se deberá aplicar dos manos de revestimiento de protección elemento ferroso.

7.4 Se procederá a la fijación con fierros estriados de 16 mm. De diámetro y una longitud de 150mm.

7.5 Los miembros de fijación deberán ser instalados con puente adherente.

7.6 Se procederá a realizar terminación de revestimiento con esmalte sintético semi brillo (color gris similar al existente).

7.7 En el rasgo central se confeccionara dos elementos de amarre, entre rasgos fijos y puerta, los cuales deberán ser confeccionados en perfil rectangular 150mmx50x3mm.este llevara una horizontal, para realizar la subdivisión del elemento, en la luz deberá llevar un perfil cuadrado de 200x200x3mm. En el centro del elemento de forma vertical.

7.8 La puerta será con un marco 150x50x3mm, con una división al centro de 150x50x3mm.

7.9 La puerta en la luz central se instalara perfileria con las características de los paños fijos y deberá mantener la uniformidad y estética del elemento.

7.10 La fijación de la puerta, será con pomeles de 1”.

7.11 La puerta solo tendrá apertura hacia el exterior.

7.12 La puerta deberá tener un sistema de fijación que permita la instalación de un candado de manera accesible de manipulación.

7.13 Llevara un cerrojo carcelero el cual será confeccionado, acorde a la puerta  confeccionar, para su fabricación el fierro liso redondo será de 1” pletinas de 500x50x10mm.

7.14 El contorno del cerrojo carcelero llevar una plancha de acero de 5 mm de espesor, con un perímetro de su centro de 500 x500 mm.

7.15 todos los elementos ferrosos, deberán cumplir con la característica de llevar dos manos de anticorrosivo, y tres de esmalte sintético semi brillo, según color definido.

7.16 La luz de separación de elementos verticales, será de eje a eje  de 100mm.

8. CONFECCIÓN E INSTALACIÓN DE VENTANAS DE ALUMINIO

ELEMENTOS GENERALES

8.1 Confección de ventanas de aluminio (blanco).

8.2 Escuadras uniones conectores.

8.3 Sistema de cierre.

8.4 Paños fijos.

8.5 Hojas con desplazamiento.

8.6 Burlete.

8.7 Acrílico 4 milímetros.

8.8 Terminaciones de primera calidad.

8.9 Correcto montaje.

8.10 Línea de buena calidad.

DISEÑO DE VENTANAS

8.11 Las ventanas deberán ser de línea media como mínimo, buena calidad.

8.12 Deberán contar con terminaciones concavadas.

8.13 Deberán presentar correcto montaje y cuadratura.

8.14 Deberán ser instalados todos los accesorios para su correcta funcionalidad y hermeticidad.

8.15 Se confeccionaran paños fijos de 200 mm de ancho, con cortes horizontales y verticales.

8.16 Al centro del rasgo se incorporara un nervio de separación para dar mayor rigidez al elemento.

8.17 Los paños móviles de las ventanas serán 900 milímetros aproximados por hoja desplazante, es decir dos unidades por separación del nervio al centro del eje, encajada en contorno a paños fijos.

8.18 En los extremos superiores existirán dos respiraderos de aluminio del mismo material y características cubriendo ambas caras del elemento de 200x200mm. (Ángulos de aluminio, tipo quiebra vista).

8.19 Se utilizara acrílico de 4 milímetros.

8.20 Deberán contar con cierre en los extremos de cada hoja con cerradura del tipo embutida.

8.21 El espesor del aluminio 2mm.

8.22 Terminaciones sin escuadra, con deficiencia de terminación, será rechazada el elemento completo.

8.23 No se permiten reparaciones posteriores o perforaciones, el elemento será rechazado.

8.24 Deberán ser correctamente montadas.

8.25 Se deberá fijar correctamente.

8.26 Deberá aplicarse al contorno de la unión del elemento de aluminio y hormigón cordón de polímero flexible, con visual y estética aceptable, es decir homogéneo y continuo.

9. DETALLE DE CONFECCIÓN y MATERIALIDAD DE LA PROTECCIÓN SALA DE BAÑO Y DUCHA

9.1   Se deberá realizar la confección de la protección  4100 mm. x 700 mm. Aproximadamente.

9.2   Estará conformada por elementos ferrosos del tipo pletina y fierros cilíndrico liso (macizos).

9.3   Los fierros cilíndricos lisos, quedaran instalados de forma vertical.

9.4   Las pletinas deberán quedar de forma horizontal, alojando en perforaciones del centro del alma con el diámetro del fierro cilíndrico liso, el amarre correspondiente, las cuales deberán quedar soldadas en la zona superior e inferior de cada paso que se realice.

9.5  La protección deberá ser anclada al rasgo existente con miembros de forma cilíndrica y con estrías, con un diámetro y longitud determinada en las presentes especificaciones técnicas.

9.6    Esta protección deberá ser revestida (elemento de protección) con dos manos anticorrosivo.

9.7   La terminación del revestimiento (pintura, color blanco) a lo menos con tres manos de pintura, con aplicación de pistola a compresión.

9.8  La luz de separación de elementos verticales, será de eje a eje  de 100mm.

10. CONFECCIÓN DE PROTECCIONES SALA DE BAÑO Y DUCHA

10.1  Se confeccionara el marco de la protección con pletina de 10 milímetros de espesor y ancho de 50 milímetros.

10.2 Esta deberá permitir en forma vertical mediante perforaciones el paso de los elementos verticales.

10.3 Posteriormente se instalaran en la luz del marco cuatro sub divisiones horizontales de 230 milímetros aproximados, con las perforaciones que calcen  correctamente de forma vertical con el paso de los fierros designados.

10.4  Realizada la cuadratura se procederá a la soladura final de los elementos

10.5 En la pletina del perímetro se deberá dejar cuatro perforaciones en los lados verticales al igual que en su parte superior, para la instalación de miembros de fijación, los cuales deberán ser instalados con puente adherente, para su final remate de soldadura, esperando el tiempo de correcto secado del elemento antes mencionado.

          Las caras de los anclajes deberá quedar lisa, sin dañar y retirar la aplicación de la soladura.

11. INSTALACIÓN DE LAS PROTECCIONES SALA DE BAÑO Y DUCHA

11.1 Las protecciones serán instaladas según la disponibilidad del recinto, las cuales deberán estar confeccionada para su montaje.

11.2 Solo al momento de la fijación final, deberán quedar detalles de terminaciones, con un plazo no mayor a 24 horas,  para pasar a las siguientes instalaciones a intervenir.

       Cada instalación se realizara paulatinamente, aprobada, de manera de existir la aprobación por parte de los encargados y responsables de la custodia del recinto.

12. DETALLE DE CONFECCIÓN y MATERIALIDAD DE LA PROTECCIÓN SALA CLÍNICA

12.1 Se deberá realizar la confección de la protección  1800 mm. X 1400 mm. Aproximadamente.

12.2 Estará conformada por elementos ferrosos del tipo pletina y fierros cilíndrico liso (macizos).

12.3 Los fierros cilíndricos lisos, quedaran instalados de forma vertical.

12.4 Las pletinas deberán quedar de forma horizontal, alojando en perforaciones del centro del alma con el diámetro del fierro cilíndrico liso, el amarre correspondiente, las cuales deberán quedar soldadas en la zona superior e inferior de cada paso que se realice.

12.5 La protección deberá ser anclada al rasgo existente con miembros de forma cilíndrica y con estrías, con un diámetro y longitud determinada en las presentes especificaciones técnicas.

12.6 Esta protección deberá ser revestida (elemento de protección) con dos manos anticorrosivo.

12.7 La terminación del revestimiento (pintura, color blanco) a lo menos con tres manos de pintura, con aplicación de pistola a compresión.

12.8  La luz de separación de elementos verticales, será de eje a eje  de 100mm.

13. CONFECCIÓN DE PROTECCIONES SALA CLÍNICA

13.1. Se confeccionara el marco de la protección con pletina de 10 milímetros de espesor y ancho de 50 milímetros.

13.2. Esta deberá permitir en forma vertical mediante perforaciones el paso de los elementos verticales.

13.3. Posteriormente se instalaran en la luz del marco cuatro sub divisiones horizontales de 230 milímetros aproximados, con las perforaciones que calcen  correctamente de forma vertical con el paso de los fierros designados.

13.4.  Realizada la cuadratura se procederá a la soladura final de los elementos.

13.5. En la pletina del perímetro se deberá dejar cuatro perforaciones en los lados verticales al igual que en su parte superior, para la instalación de miembros de fijación, los cuales deberán ser instalados con puente adherente, para su final remate de soldadura, esperando el tiempo de correcto secado del elemento antes mencionado. Las caras de los anclajes deberá quedar lisa, sin dañar y retirar la aplicación de la soladura.

14. INSTALACIÓN DE LAS PROTECCIONES CLÍNICA

14.1 Las protecciones serán instaladas según la disponibilidad del recinto, las cuales deberán estar confeccionada para su montaje.

14.2 Solo al momento de la fijación final, deberán quedar detalles de terminaciones, con un plazo no mayor a 24 horas,  para pasar a las siguientes instalaciones a intervenir.

          Cada instalación se realizara paulatinamente, aprobada, de manera de existir la aprobación por parte de los encargados y responsables de la custodia del recinto.

ARTÍCULO 3.1: OBLIGACIONES TÉCNICAS

1. Es de carácter obligatorio asistir a la visita a terreno, quien no asista a esta visita quedara automáticamente fuera de la licitación, este requerimiento es obligatorio.

2. El oferente deberá adjuntar toda la documentación técnica solicitada, la que se detallan a continuación:

a)    Carta Gantt con los tiempos de ejecución de manera general y seccionada por puntos.

b)    Cada oferente deberá señalar explícitamente la garantía con que contaran los trabajos y los tiempos de respuesta Post Venta. Anexo N° 6.

c)    Protocolo de Trabajo, para la correcta ejecución de cada elemento a instalar, cambiar, reponer, respetando tiempos por parte del fabricante o proveedor.

d)    Anexo N°3 de Experiencia.

e)    Carpeta técnica de los materiales a utilizar.

3. Será responsabilidad de la empresa custodiar su patrimonio, como son materiales, herramientas y todo lo que involucre para la ejecución de los trabajos, ya que la Institución no se hará responsable por robo o hurto, deterioro, o por causas de la naturaleza o fuerza mayor, que generen pérdida para la empresa en cuestión, es por esto que, el adjudicatario deberá tomar las precauciones necesarias para el resguardo de sus pertenencias durante su permanencia en el Instituto.

4. En el caso de haber intervenciones de cambio o modificaciones, serán coordinadas con el referente de esta licitación de manera de, poder realizar intervenciones con el menor impacto del equipo industrial intervenido.                                         

5. El oferente será responsable de la provisión de herramientas a sus trabajadores, cuidado de ellas y correcta utilización. Además de la seguridad e instruir al personal en relación a éstas temáticas para la correcta ejecución y maniobras a realizar.

6. El oferente adjudicado, deberá tomar las precauciones que se requieran, en las intervenciones que se realicen para el mejoramiento de las dependencias, custodiando que no afecten las actividades diarias del personal y de los usuarios, prevalecerá el cuidado de las instalaciones ya existentes.

7. La empresa adjudicada deberá, al momento de iniciar sus obras, hacer entrega de manera oficial de una nómina de todos los trabajadores que permanecerán en la Institución. En ella deberá señalarse los nombres, apellidos y cédula de identidad de cada trabajador.

El ingreso a las instalaciones será informado a los funcionarios encargados del turno respectivo, quienes tendrán una copia de dicha nómina, así ellos podrán revisar y registrar el efectivo ingreso de las personas autorizadas. Cuando existan modificaciones en la lista del personal (cambio, ingreso o cese de funcionario), deberá la empresa adjudicada informar inmediatamente de manera formal al I.T.O., quien comunicará los cambios a la unidad correspondiente.

9. Vicios visibles: no se permitirán elementos mal montados, realización de maniobras indebidas, terminaciones defectuosas, lo cual al momento de no contar con la aprobación del I.T.O. el desmontaje de lo que corresponda será con cargo al oferente, para lo cual deberá pedir la aprobación.

10. El libro de obra permanecerá a disposición del I.T.O. en la obra a todo momento de realizar fiscalizaciones e inspecciones.

11. No se permitirá trabajadores sin elementos de protección, lo cual será motivo de multa que se registrara en el libro de obras, cantidad que quedara estipulado en las bases correspondientes.

12. El encargado de obra deberá permanecer tiempo completo, el administrador tendrá como mínimo la citación a terreno una vez por semana o las necesarias que solicite el I.T.O.

13. Los materiales deberán ser de primera calidad con sello correspondiente.

14. Los materiales que aplique Nch4  D.S.66 deberán ser certificados y contener sello S.E.C. de lo contrario serán rechazados y todo lo que la normativa vigente exija en relación a normas chilenas y decretos supremos.

15. Se deberá contar con la ficha técnica de cada elemento que se requiera su informaciones I.T.O. podrá hacer comprobación bajo factura y partida del producto.

16. Las personas que realicen trabajos y presenten una conducta inadecuada serán remplazadas a la brevedad en la obra, lo cual quedara registrado en el libro de obra, además de enviar mediante correo electrónico la formalidad de la determinación del I.T.O. al administrador de obra y jefe de ésta.

17. Los procesos constructivos deberán ser respetados en procedimientos, tiempos, modalidad de empleo, etc. Cualquier secuencia o método incorrecto será rechazo inmediato con costo al oferente.

18. De ser reiterados los rechazos por mano de obra ineficiente o calidad de los materiales se paralizara la obra y se procederá a cancelar hasta el avance, colocando fin al contrato por incumpliendo de las bases correspondientes.

19. La calidad de la mano de obra deberá realizarse con personas que realicen este oficio, especializados o con un grado de expertiz, el cual realizara la instalación bajo la responsabilidad del encargado de los trabajos (profesional, técnico, capataz.)

3.2. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

Serán obligaciones del adjudicatario:

a. Someterse a la fiscalización e instrucciones que disponga el administrador del contrato, a fin de comprobar el desarrollo de los trabajos y su eficiente ejecución.

b. Mantener de manera permanentemente un responsable, quien será el nexo entre el adjudicatario y el administrador del contrato (Jefe de la Unidad de Mantención y Reparaciones), sin perjuicio de la responsabilidad personal que le compete en la dirección técnica.

c. Entregar al Administrador de Contrato del Instituto un Libro de obras, donde se llevara registro de las diversas situaciones o acontecimientos que se generen.

En general, cumplir con todas las obligaciones que establezcan las leyes, reglamentos y normas vigentes que sean aplicables a la presente mantención.

3.3. ORGANIZACIÓN DE LA OBRA Y PERSONAL DENTRO DEL RECINTO HOSPITALARIO

Será de cargo del contratista la provisión de maquinaria y herramientas necesarias para la ejecución de los trabajos.

Será obligación del contratista tomar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar riesgos de daños a terceros, asegurando durante el período de ejecución de los trabajos la integridad física de los pacientes y funcionarios del Instituto que circulen o trabajen próximos al área de remodelación. Por lo anterior, serán de exclusiva responsabilidad y cargo al contratista, los costos que impliquen cualquier pago o indemnización que se deba cancelar como consecuencia de accidentes o cualquier tipo de evento que se produzca en la ejecución de los trabajos. 

3.4. SUSPENSIÓN EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

Las instrucciones que imparta el administrador del contrato tendrán carácter de obligatorias, debiendo suspenderse la faena si dichas instrucciones no fueran acatadas por el contratista, siendo de su cargo y responsabilidad los costos y atrasos en que se pudiere incurrir por la aplicación de esta medida.

En ningún caso esta paralización temporal de la ejecución, originada por incumplimiento de las instrucciones del administrador del contrato, dará derecho al contratista a solicitar aumentos de plazo o indemnizaciones de ninguna especie.

ARTÍCULO 4. INTERVINIENTES DEL CONTRATO.

 

4.1. REFERENTE TÉCNICO

El referente técnico de estas Bases es el Jefe de la Unidad de Mantención y Reparaciones.

4.2. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

El contrato será administrado por el Jefe de la Unidad de Mantención y Reparaciones.

Serán funciones del administrador del contrato:

  • Supervisar la ejecución del contrato, posterior a la adjudicación y mientras dure éste, en cumplimiento de lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
  • Ser el nexo entre el proveedor adjudicado y la Institución, durante la ejecución de éste, llevando registro de cualquier situación que se produzca.
  • Realizar envió de comunicación escrita al proveedor en caso de incumplimiento de contrato, comunicando a su vez a la Unidad de Abastecimiento de ésta situación.
  • Informar a la Unidad de Abastecimiento en el caso de que el proveedor realicé alguna solicitud que tenga relación con solicitud de aumento de plazo de ejecución, modificación de contrato, o presentación de descargos enmarcados dentro del proceso infraccional establecido en el presente documento.
  • Aumentar el plazo de ejecución y solicitar la formalización de esto, cuando se requiera por causas no imputables al proveedor y que retrasen el plazo establecido originalmente.
  • Informar y dejar constancia de discrepancias entre el proveedor y el Instituto, en lo relativo a la Adecuada Interpretación de las Bases.
  • Solicitar el término anticipado del contrato, en caso de ser procedente.
  • Realizar los Informes  que se le soliciten y que tengan relación con la contratación y su función, además de levantar actas de recepción conforme de la entrega de bienes o término de los trabajos encomendados.
  • Toda aquella función u obligación que se establezca expresamente en las presentes bases y que sean de su responsabilidad.

4.3. ENCARGADO DE LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA EMPRESA

El jefe de obra, debe poseer a lo menos título de Técnico en Construcción, para lo cual se debe anexar al momento de presentar la oferta, fotocopia simple del título técnico o profesional, en caso de que el proveedor adjudicado deba remplazar a la persona encargada, deberá ser informado al Administrador del Contrato del Instituto, con la anticipación necesaria, presentando nuevamente el respectico Título técnico, del nuevo encargado.

La persona que ejercerá las funciones de Jefe de obra, deberá estar durante la ejecución de los trabajos, siendo responsable del desarrollo de la obra en terreno, coordinando los distintos detalles que se puedan generar en relación a la obra o al personal que tienen a cargo, además de ser la persona con quien se comunicara el administrador de contrato del Instituto.