SERVICIO DE SALUD MAULE HOSPITAL DE LINARES
SUBDIRECCION DE GESTION ADMINISTRATIVA UNIDAD DE ABASTECIMIENTO
BASES ADMINISTRATIVAS
“CONTRATACION DE INGENIEROS DE EJECUCION EN COMPUTACION E INFORMATICA PARA EL DEPARTAMENTO T.I.C. DEL HOSPITAL DE LINARES”
ID 5184-171-LE18
Especificación: CONTRATACION DE INGENIEROS DE EJECUCION EN COMPUTACION E INFORMATICA PARA EL DEPARTAMENTO T.I.C. DEL HOSPITAL DE LINARES.
ID Licitación: 5184-171-LE18
Mandante: Hospital de Linares. Duración del contrato: 12 meses Unidad Técnica: Departamento TIC.
Tipo de Adquisición: Licitación Pública, Mayor a 100 UTM y Menor a 1000 UTM.
Tipo de Convocatorio: Abierta.
Tipo Adjudicación: Múltiple, sin emisión automática de Orden de Compra.
Moneda: En Pesos Chilenos.
Etapa del Proceso: En una Etapa.
I.- ESPECIFICACIONES ADMINISTRATIVAS 1.- GENERALIDADES:
La entidad mandante es el Hospital de Linares, con domicilio en Av. Brasil Nº 753, de Linares, requiere la contratación de “CONTRATACION DE INGENIEROS DE EJECUCION EN COMPUTACION E INFORMATICA PARA EL DEPARTAMENTO T.I.C. DEL HOSPITAL DE LINARES”.
Que revisado el catálogo del portal www.mercadopublico.cl, se constata, que el servicio requerido no se encuentra disponible a través del sistema de Convenio Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Las presentes Bases Administrativas establecen y rigen las condiciones para establecer la contratación de “CONTRATACION DE INGENIEROS DE EJECUCION EN COMPUTACION E INFORMATICA PARA EL DEPARTAMENTO T.I.C. DEL HOSPITAL DE LINARES”. La
Licitación contempla la compra de servicios por un periodo de 12 meses, según requerimiento señalado por la Unidad Técnica de Licitación.
El proceso de la presente Licitación Pública se regirá íntegramente por lo dispuesto en la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su reglamento, además por sus Especificaciones Técnicas y Bases Administrativas debidamente aprobadas.
Los oferentes, por el sólo hecho de presentar sus propuestas a esta Licitación se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran las bases, eventuales respuestas a las consultas formuladas por los proveedores y aclaraciones, si las hubiere.
El presente llamada a licitación será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras Públicas, esto es www.mercadopublico.cl, se efectuará a través del mismo el proceso completo de postulación y selección de ofertas, adjudicación y contratación se encontrará disponible gratuitamente en dicho sitio electrónico a fin de que los interesados puedan tomar conocimiento y participar en el proceso.
Podrán presentar ofertas en esta licitación aquellas personas naturales y/o jurídicas que acrediten su situación financiera e idoneidad técnicas conforme lo establece la Ley Nº 19.886 y su reglamento, cumpliendo con los requisitos exigidos en las presentes Bases de Licitación.
El oferente adjudicado en esta licitación deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores del portal www.mercadopbulico.cl, o en su defecto, proceder a su inscripción en el plazo máximo de 5 días, en conformidad con lo dispuesto en el inciso 4 del artículo 16 de la Ley Nº 19.886. Los oferentes que hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de dos años previos, quedarán excluidos de la presente licitación.
1.1.- Mandante:
NOMBRE Hospital de Linares.
DOMICILIO Av. Brasil # 753, Linares.
1.2.- Unidad Técnica
DEPARTAMENTO Departamento TIC.
DOMICILIO Av. Brasil # 753, Linares.
2.- ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACION:
Se deja establecido el siguiente calendario de actividades a efectuar durante el periodo de licitación en cuanto a fechas, plazos y horario. Esta información sólo podrá ser modificada por la Unidad Técnica mediante comunicación por escrito (aclaraciones) a todos los proponentes.
Etapa
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Fecha
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Hora
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Publicación
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05.12.2018
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19:00
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Inicio de Preguntas
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05.12.2018
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19:01
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Final de Preguntas
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07.12.2018
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17:30
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Publicación de Respuestas
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11.12.2018
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15:00
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Cierre de Recepción de Ofertas
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17.12.2018
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17:00
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Acta de Apertura Electrónica
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17.12.2018
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17:01
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Adjudicación
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27.12.2018
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19:00
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3.- LA PRESENTACION DE ANTECEDENTES DEL OFERENTE:
Los interesados deberán presentar su propuesta en forma electrónica en el portal www.mercadopublico.cl, hasta la fecha y hora de cierre publicado en el portal.
Se entenderá por documentos obligatorios a presentar en conjunto con la oferta los siguientes:
- Anexo Nº 1: Identificación de oferente.
- Anexo Nº 2: Declaración Jurada (Simple).
- Curriculum Vitae (ingresar como anexo administrativo).
- Certificado de Título, Copia Simple, (ingresar como anexo administrativo).
***LA NO PRESENTACIÓN DE CURRICULUM Y CERTIFICADO DE TÍTULO EN LA PRESENTE LICITACIÓN, DEJARA FUERA DE REVISIÓN DE ANTECEDENTES, DECLARANDO INADMISIBLE LA OFERTA PRESENTADA POR EL OFERENTE***
4.- ACLARACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN DE ANTECEDENTES:
En conformidad con el artículo 40 inciso 1º de las bases del Decreto Nº 250 que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886 el Hospital de Linares podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de información. Las ofertas deberán ajustarse a los requerimientos y condiciones establecidos en las presentes Bases.
5.- LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS Y EL CRITERIO DE EVALUACIÓN:
Los oferentes deberán ingresar en el portal su precio, el que deberá ajustarse a las presentes bases administrativas y especificaciones técnicas; también deberá incluir cualquier archivo adjunto que certifique los criterios por los cuales serán evaluados.
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos, serán sometidas a un proceso de evaluación interno, de acuerdo a la ponderación que se indica a continuación:
a) Experiencia y Conocimientos en Desarrollo de Ambientes WEB, Sistema Recaudación Hospitalaria y/o Experiencia y Conocimientos en Desarrollo de Ambientes WEB y modelo de atención y cuidado de pacientes (50%):
Esta será evaluada según la experiencia comprobada por medio de las certificaciones correspondientes y del conocimiento demostrado por el candidato.
Entonces la evaluación queda:
Experiencia y Conocimientos
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Puntos
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Demuestra el nivel de experiencia y conocimientos
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10
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No demuestra el nivel de experiencia y conocimientos
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0
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El puntaje final queda:
Puntaje asignado en subcriterio Experiencia y Conocimiento x 50%
Se deberá acreditar con certificados de referentes con quien ha trabajado o que den fe de trabajos realizados.
b) Certificados que Acredite Experiencia en Hospitales del Sector de Salud Pública (25%):
Este certificado deberá ser emitido por la institución en la cual el participante presto o se encuentra prestando servicios.
Experiencia en el Sector Salud
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Puntos
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Con experiencia en el Sector de Salud
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10
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Sin experiencia en el Sector de Salud
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0
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El puntaje final queda:
Puntaje asignado en subcriterio Experiencia en el Sector Salud Publico x 25% Se deberá acreditar con certificados de Entidades Hospitalarias.
c) Conocimientos en Programación CODEIGNIDER, JAVASCRIPT, BOOTSTRAP, JQUERY, PHP Y ORACLE (25%):
Este subcriterio será evaluado a través de una prueba escrita desarrollada por la Unidad de Informática del Hospital de Linares.
Según la nota de la evaluación, el puntaje el puntaje de evaluación será el siguiente:
Nota
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Puntaje
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6,0 – 7,0
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10
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5,0 – 5,9
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7
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4,0 – 4,9
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5
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1,0 – 3,9
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0
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El puntaje final queda de la siguiente forma: Puntaje asignado en subcriterios Conocimientos en Programación x 25%
***El Jefe del Departamento TIC contactará y coordinará personalmente con los oferentes que pasen a evaluación, para la rendición de la prueba de conocimientos, la cual se llevará a cabo la semana posterior al cierre de las ofertas. ***
6.- RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de existir empate en el puntaje de una línea, la comisión evaluadora resolverá lo siguiente, aplicando las siguientes consideraciones:
Se buscará en primer término en las ofertas empatadas, el mejor puntaje obtenido para el factor “Experiencia y Conocimientos en Desarrollo Ambiente WEB, Sistemas de Recaudación Hospitalaria y Conocimientos en modelo de atención y cuidado de pacientes”, adjudicando a dicho oferente la licitación. De persistir el empate, se considerará nuevamente de entre las ofertas aún empatadas, el puntaje obtenido en el factor “Certificados que Acredite Experiencia en el Sector de Salud Pública” y finalmente si el empate persiste se considerará el mayor puntaje en el factor “Conocimientos en Programación CODEIGNIDER, JAVASCRIPT, BOOTSTRAP, JQUERY, PHP Y ORACLE”
7.- MODIFICACIONES A LAS BASES
Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la Propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
En caso de ser necesaria modificaciones los plazos indicados en el número 2 de estas bases se podrán ampliar hasta por 5 días hábiles.
8.- CONSULTAS DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados.
9.- COMISIÓN EVALUADORA
La comisión que realizará la evaluación para la adjudicación, estará constituida por: Sra. Caroline Beals Campos Rut N°: 9.160.178-8, Subdirector de Gestión Administrativa, Don Cristian Opazo Bustamante Rut N°: 10.614.278-5, Jefe Departamento TIC, Srta. Ana Flor Barros Soto Rut N°: 9.555.721-K, Jefe Finanzas y Sra. Yesica Muñoz Garrido Rut N°: 14.549.260-2, Jefe de Abastecimiento o en su defecto, las personas que subroguen dichos cargos.
La comisión evaluadora quedará reflejada en la Resolución de Publicación de Licitación
10.- DE LA ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
La adjudicación se realizará conforme a los criterios de evaluación establecidos en el punto 5 de las “Especificaciones Administrativas” de las presentes Bases. Se contendrá en una Resolución Interna en la cual se incorporará el acta debidamente firmada.
10.1.- La adjudicación será publicada en el portal Mercado público entendiéndose notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes transcurridas 24 horas desde dicha publicación, de acuerdo al artículo N° 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
10.2.- Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con el Hospital de Linares para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentación, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que se pudiesen requerir durante la evaluación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
10.3.- El Hospital de Linares, se reserva el derecho de declarar desierta la Licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando esta no resulte conveniente a sus intereses. Para declarar desierta la presente Licitación se requerirá Resolución fundada que así lo disponga, publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
10.4.- Si se resuelve el rechazo de todas las propuestas, se procederá a declarar desierta la licitación mediante Resolución publicada en el portal Mercado público. Se deja constancia que los antecedentes adjuntos a las ofertas no serán devueltos. El mismo procedimiento será aplicado a los proveedores que no resulten adjudicados.
10.5.- El HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de declarar inadmisible la o las ofertas cuando no cumplieren con los requisitos exigidos en las presentes bases. La declaración de inadmisibilidad de la presente licitación, se efectuará por resolución fundada, publicándose en el portal www.mercadopublico.cl.
10.6.- El HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de aceptar la propuesta que le pareciere más conveniente a sus intereses, siendo no necesariamente la más económica de acuerdo a los criterios de evaluación antes señalados.
10.7.- EL HOSPITAL DE LINARES, se reserva el derecho de adjudicar en el caso de que existiera un oferente que cumpla con las expectativas.
10.8.- La entidad licitante se reserva el derecho de modificar la fecha de adjudicación de acuerdo a lo establecido en el artículo N° 41 inciso 2° del reglamento de la Ley N° 19.886.
11.- DEL RECHAZO DE TODAS O ALGUNAS DE LAS PROPUESTAS
11.1.- La Comisión y el Mandante se reservan la facultad de rechazar todos o algunos de las ofertas realizadas, declarando desierta la Licitación total o parcialmente si se considera que no satisfacen propósito o los requerimientos técnicos de la Licitación; si se estima que no son convenientes a los interés locales, si las disponibilidades presupuestarias fueron insuficientes, atendidos sus montos o por otras razones técnicas o presupuestarias que se expresarán en la Resolución fundada que así lo resuelva, la que será puesta en conocimiento de los oferentes, mediante el portal www.mercadopublico.cl.
La calificación de las causas precedentemente señaladas, será facultad de la Comisión y Mandante y el rechazo de las ofertas fundadas en alguna de ella, no dará derecho a reclamo ni indemnización alguna.
11.2.- Causales para Declarar Desierta la Licitación
La Comisión Evaluadora podrá declarar desierta la Licitación por las siguientes causales:
- Que no se presenten oferentes.
- Que lo ofertado no resulte conveniente a los intereses del Hospital de Linares
- Que el valor de la oferta exceda el monto presupuestario que para estos efectos dispone el Hospital de Linares.
- Que sólo se presente un oferente y que cuyos precios no sean convenientes para el Hospital.
La existencia de la causal para declarar desierta la Licitación será calificada exclusivamente por la Comisión Evaluadora. Esta declaración deberá ser efectuada mediante una Resolución fundada, que deberá ser publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
12.- VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 30 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el Hospital de Linares podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
13.- VIGENCIA DE LA OFERTA
La vigencia de la oferta presentada a través del Portal Mercado público, será válida por el plazo de 12 meses.
14.- READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, o no acepta la orden de compra, no puede prestar el servicio o entregar los bienes adjudicados, no entrega los antecedentes legales para contratar, se desiste de firmar el contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde notificada la adjudicación, la entidad licitante podrá, dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje al adjudicatario inicial, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la Licitación.
15.- FECHA DE ADJUDICACIÓN (aplazamiento)
Si por causas no imputadas al Hospital de Linares, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las Bases para Adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, lo cual no podrán exceder los 5 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
16.- GARANTÍAS (Exigencias comunes)
No aplica para esta licitación.
17.- DEL CONTRATO
17.1.- Formalización del Contrato
Para las adjudicaciones cuyo monto sea menor a 100 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor; cuando se trate de adjudicaciones cuyo monto sea mayor o igual a 100 UTM y menor a 1000 UTM, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y la aceptación de ésta por parte del Proveedor, siempre y cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación y, por último en el caso de las adjudicaciones mayores a 1000 UTM el contrato se formalizará mediante la suscripción del mismo, de acuerdo a los requisitos y condiciones que se expresan en los puntos que a continuación se indican.
17.2.- Plazo para celebrar el Contrato
El contrato deberá suscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles desde la total tramitación de la Resolución de Adjudicación. Si vencido este plazo el proponente adjudicado no ha suscrito el Contrato, el Hospital de Linares podrá dejar sin efecto la Resolución de Adjudicación, pudiendo Readjudicar esta propuesta al oferente que sigue en puntaje al adjudicatario inicial o declarar desierto el proceso, situación de la cual se dejará constancia en el portal.
17.3.- Inicio del Contrato
El Contrato que se celebre al respecto comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto que lo apruebe, salvo en aquellos casos en los cuales en que, por razones de buen servicio las prestaciones contenidas deban iniciarse desde el momento de la adjudicación.
17.4.- Vigencia del Contrato
El Contrato tendrá una duración por el periodo de 12 meses, contados desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo aprueba.
Con todo, el Hospital de Linares, podrá poner término anticipado al Contrato en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, con la única formalidad de comunicar al oferente su decisión mediante carta certificada.
17.5.- Modificación de Contrato
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato, se incorporarán en nuevos anexos, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% de valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
17.6.- Gastos del Contrato
Todos los gatos, derechos, impuestos, aranceles, honorarios y demás que se acusen en la celebración del contrato serán siempre de cargo del proveedor.
17.7 Acreditación de Cumplimiento de Obligaciones Laborales
Al comenzar la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Esta declaración deberá ser presentada cada seis meses de vigencia del contrato. Sin perjuicio de ello, el Hospital de Linares también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
17.8 Precio y Reajustabilidad
Los precios ofertados se mantendrán inalterables por toda la vigencia del Convenio.
17.9 Confidencialidad
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El adjudicatario, así como sus consultores y personal dependiente que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios.
La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito, será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El Adjudicatario, debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la Entidad licitante el derecho de ejercer las sanciones legales que correspondan, de acuerdo a las normas legales vigentes.
17.10.- Supervisión y Coordinación del Contrato por parte de la entidad licitante
La Supervisión y Coordinación del Contrato, estará a cargo del Jefe del Departamento TIC del Hospital de Linares, o quien lo subrogue, en calidad de contraparte técnica para el coordinador del respectivo Contrato y ejercerá las siguientes funciones:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
c) Dar visto bueno y recepción conforme de los bienes, como también la tramitación de multas y sanciones.
Las demás que le encomiende el presente instrumento.
17.11.- Coordinador del Contrato por parte del proveedor adjudicado.
El proveedor adjudicado deberá nombrar un Coordinador del Contrato, cuya identidad deberá ser informada a la Unidad de Abastecimiento del Hospital de Linares.
En el desempeño de su cometido, el Coordinador del Contrato deberá, a lo menos:
a) Informar oportunamente a Don Cristian Opazo Bustamante, Jefe Departamento TIC del Hospital de Linares, de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.
b) Representar al Proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este Contrato.
La designación del coordinador y todo cambio relativo a ésta, deberá ser informado a Unidad de Abastecimiento del Hospital de Linares, por el proveedor a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado la designación o cambio. El Hospital de Linares podrá rechazar
o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.
17.12.- Cesión de Contrato y Subcontratación
Procede la subcontratación parcial de los bienes. Al respecto, sólo pueden subcontratarse los bienes de la presente Licitación.
17.13.- Disolución del Contrato
Serán causales de disolución del Contrato, las contempladas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley 19.886.
18.- DERECHO A EXIGIR CALIDAD EN EL SERVICIO
DERECHO A EXIGIR CALIDAD EN EL SERVICIO
El Hospital de Linares podrá aplicar medidas de sanción económica en aquellos casos justificados en que la empresa no cumpla con la calidad del servicio ofrecido en su propuesta inicial.
18.1.- La Amonestación: corresponde a un registro escrito y firmado por ambas partes, que deja de manifiesto cualquier falta menor cometida por el adjudicatario, en atención a su importancia, no está afecta a sanción directa. La acumulación de dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados ameritará una multa de 1 UTM.
18.2.- La Multa: deja de manifiesto una falta cometida por la empresa, de gravedad leve, moderada o mayor, en que incurra, cada vez que el adjudicatario no dé cumplimiento a cualquiera de las obligaciones contempladas en las presentes bases, especificaciones, a su oferta o en el contrato. El monto de cada multa, dependerá de la gravedad de la infracción cometida, en este sentido las multas se clasifican en:
- Multa Leve: será considerada LEVE aquella situación originada por una falta, que no origine riesgos graves a pacientes o funcionarios del Hospital, originados por la empresa. La multa LEVE será de 1 a 2 UTM. Sin que la enumeración taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa leve son:
- Por comportamiento inadecuado, indecoroso o insolente del personal del contratista hacia superiores o iguales, pacientes y/o funcionarios del establecimiento. 1UTM.
- Cada vez que el contratista acumule dos amonestaciones en un mes calendario o cuatro en tres meses continuados o discontinuados. 2 UTM.
- Utilización de personal en actividades que no correspondan a su función. 2UTM.
- Multa Moderada: será considerada MODERADA, aquella situación originada por una falta, que afecte o ponga en riesgo la integridad física o moral, directa o indirectamente a pacientes, personas o a la Institución o que limite significativamente la atención y calidad del servicio, pero que sea factible de ser corregida. La multa MODERADA será de 3 a 5 UTM.
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que pueden estar afectas a multa MODERADA son:
- Utilización deficiente de implementos indispensables, o falta de elementos para vigilancia: 3 UTM.
- Utilización de las instalaciones, equipos y/o plata física en objetivos que no sean los convenidos: 5 UTM.
- Multa Grave: será considerada GRAVE, aquella situación que ocasiones daño económico, moral o físico al Hospital de Linares, a su personal o pacientes, según corresponda, como así mismo el incumplimiento grave de las obligaciones estipuladas en el contrato, todo lo cual podrá ser causal de término de contrato. La multa GRAVE será de 6 a 10 UTM.
Sin que la enumeración sea taxativa, las conductas que puedan estar afectas a multa GRAVE son:
- Incumplimiento reiterado de falta de no asistencia a llamados. 10 UTM.
- Utilización de personal no calificado. 7 UTM.
- Hurto o malversación de parte de los funcionarios de la empresa en la institución. 10 UTM
- El Supervisor o Coordinador del Contrato llevará un registro de reclamos para los casos señalados anteriormente.
- La aplicación de multas según detalle de cuadro, facultará al Hospital para poner término anticipado al contrato.
Sanción
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Cantidad de veces aplicada
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Amonestación
|
5
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Multa Leve
|
4
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Multa Moderada
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3
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Multa Grave
|
2
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18.3.- MULTA POR ATRASO Por cada día hábil de atraso en la entrega o tiempo de respuesta, se cobrará una Multa del uno por mil (1 %) del valor neto del producto o servicio requerido, según respectiva Orden de Compra, y aplicable a las cantidades o servicios que se entreguen atrasadas, con un tope de 10 días hábiles.
En lo que respecta a las Mantenciones de Equipos Médicos e Industriales: En lo referente a Mantenciones Preventivas: El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y el plazo de entrega coordinado con la Unidad Técnica, según cronograma de trabajo.
En lo referente a Mantenciones Correctivas: El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y el plazo de entrega y tiempo de respuesta estipulado en su cotización.
En lo que respecta a la compra de Accesorios, Herramientas y Productos de Consumo: El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y el plazo de entrega estipulado en su oferta, contado desde la aceptación de la orden de compra, la que deberán materializarse por el oferente dentro del plazo de 24 horas, contados desde la fecha de su emisión.
En lo que respecta a las Obras de Construcción, Remodelación e Instalaciones: El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y el plazo de entrega estipulado en su oferta, el que comenzará a regir a contar de la fecha del Acta Entrega de Terreno. La fecha de Acta Entrega de Terreno, será la que indique el funcionario responsable en la Institución beneficiaria con su nombre, firma y timbre.
18.4.- EXCEPCIÓN DE APLICACIÓN DE MULTA POR ATRASO CALIFICADO:
En aquellos casos en que los plazos de entrega se vean afectados exclusivamente por un hecho fortuito o por una causa mayor, que el adjudicatario se vio imposibilitado de prever o que pudiendo haberlo previsto le fue imposible evitarlo, estará obligado a notificarlo al supervisor o coordinador del contrato (señalar nombre y cargo), por escrito.
En la mencionada notificación, el adjudicatario deberá indicar además, los planes de contingencia adoptados y el nuevo plazo de entrega al que se compromete.
En todo caso, la calificación de excepción de aplicación de multa por atraso, recaerá siempre en el supervisor o coordinador del contrato.
18.5- PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:
En casos de incumplimiento por parte del adjudicatario, de cualquiera de las obligaciones consagradas en las Bases de Licitación, especificaciones, en su oferta o en el contrato, se procederá a dictar Ordinario que contendrá el incumplimiento y la normativa infringida, y que será notificado al adjudicatario en forma personal o mediante carta certificada, con la finalidad de que en un plazo de 10 días hábiles, manifieste sus descargos en relación al incumplimiento y acompañe todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez recepcionados los descargos presentados dentro del plazo legal conferido, la Entidad tendrá un plazo de 10 días hábiles, a contar de la fecha de recepción de los mismos, para acogerlos total o parcialmente o rechazarlos y formular la aplicación de la multa, todo lo cual, se materializará mediante la dictación de Resolución fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada al adjudicatario.
Respecto a la mencionada Resolución fundada, el adjudicatario, una vez notificado, tendrá un plazo de 5 días hábiles, para presentar Recurso de Reposición y acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes. Una vez vencido el referido plazo y habiendo presentado recurso, la Entidad tendrá un plazo de 30 días hábiles, a contar de la presentación del mismo, para acogerlo total o parcialmente o para rechazarlo y hacer efectiva la aplicación de la multa, mediante Resolución Fundada emanada del Director del Hospital de Linares y que será notificada personalmente o mediante carta certificada.
En lo referente a las notificaciones en forma personal, estas se entenderán válidamente practicadas, cuando el respectivo comunicado o resolución, sean entregadas, por un funcionario de la entidad, al adjudicatario o al o los representantes legales de la empresa adjudicada, según sea el caso, bajo recepción de firma conforme o de estampado que dé cuenta de la negativa de realizar dicha acción.
En lo referente a las notificaciones por medio de carta certificada y dirigidas al domicilio que el adjudicatario hubiera informado en documentos del proceso licitatorio, estas se entenderán válidamente practicadas, a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
En lo que respecta a la Resolución fundada emanada de la autoridad máxima de la Entidad y que instruye la aplicación de multa o exonera de la misma al adjudicatario, se publicará oportunamente en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.-
18.6.- DEL COBRO DE LAS MULTAS:
Válidamente notificada la Resolución fundada que instruye la aplicación de multas, cualesquiera sean éstas, ya sea por atraso o por infracción a la calidad del servicio, el monto podrá ser rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá a cobrar la multa directamente al adjudicatario, para lo cual, éste dispondrá de un plazo de 10 días hábiles.
El no pago de la multa en el plazo establecido, faculta a la Entidad para hacer el cobro de la Boleta de Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, si es que la hubiere.
19.- PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:
En casos de incumplimiento del proveedor de cualquiera de las obligaciones consagradas en las bases, en la oferta del proveedor, términos de referencia, o en el respectivo contrato, si lo hubiere, o que emanen de la propia naturaleza de lo contratado o licitado, se pedirá información al proveedor, a través de oficio a fin de que éste manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento, dentro del tercer día de notificado. Una vez recepcionados los descargos o vencido el plazo para hacerlo sin que exista respuesta del proveedor, el Hospital de Linares se pronunciara sobre la procedencia y aplicación de medidas, sanciones o multas contra el proveedor, las que deberán formalizarse a través de una Resolución fundada, que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Las notificaciones para solicitar información sobre el incumplimiento al proveedor se harán por escrito, mediante carta certificada dirigida al domicilio que el proveedor hubiere designado en las bases de licitación. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda. Las notificaciones podrán, también, hacerse de modo personal por medio de un empleado del órgano correspondiente, quien dejará copia íntegra del acto o resolución que se notifica en el domicilio del interesado, dejando constancia de tal hecho. Asimismo, las notificaciones podrán hacerse en la oficina o servicio de la Administración, si el proveedor se apersonare a recibirla, firmando la debida recepción.
20.- MULTA POR ATRASO
Por cada día de atraso, se cobrará una Multa de 1 U.F. con tope de 10 UF (10 días), por retraso de la entrega o no cumplimiento del tiempo de respuesta. El valor de las multas cualesquiera sean éstas, ya sea por atraso o por infracción a la calidad del servicio, podrá ser descontado del pago de los productos/servicios adjudicados.
El proveedor adjudicado deberá respetar lo indicado en las presentes Bases Administrativas y el plazo de entrega y tiempo de respuesta estipulado en su oferta, esto es “El plazo de entrega de los servicios requeridos será el señalo en su oferta, contados desde la aceptación de la orden de compra.
Todos los días que transcurran posteriores al periodo de entrega ofertado serán días de multa, los cuales se considerarán como corridos.
Lo indicado en el presente número, sólo se hará efectivo para aquellos Proveedores cuya multa por atraso total sea igual o superior $10.000.- (diez mil pesos).
21.- ORDEN DE COMPRA:
21.1.- La Orden de Compra será Generada por la Unidad de Abastecimiento, del Hospital de Linares, con cargo al presupuesto definido para esta institución.
21.2.- La Orden de Compra emitida a través del portal, deberá ser aceptada por el oferente dentro del plazo de 24 horas.
21.3.- El adjudicatario facturará o emitirá boleta de honorarios posterior a la entrega y recepción conforme de los servicios, la que debe llevar Vº Bº de la Unidad Técnica correspondiente o quien lo subrogue.
21.4.- La factura o Boleta de Honorarios deberá estar emitida a Nombre de Hospital de Linares, Rut: 61.606.917-9, cuya dirección es Avda. Brasil # 753 de Linares, Giro Servicios.
Sólo corresponde facturar o emitir boleta de honorarios a la persona o empresa cuyo nombre figura en la Resolución de adjudicación en caso contrario no se cursará el respectivo pago.
21.5.- El proveedor adjudicado y que cuente con una orden de compra emitida, deberá aceptar esta en el portal www.mercadopublico.cl, la no realización de esta acción significará el rechazo de la orden de compra y postergación del pago.
22.-FORMA DE PAGO:
22.1.- El pago lo realizará el Hospital de Linares, a través del Departamento de Finanzas (Caja), en horario de 08:30 a 16:00 horas, de lunes a jueves, viernes de 08:30 a 15:00 horas, CONTRA FACTURA O BOLETA DE HONORARIOS, quién deberá certificar la conformidad en la entrega (30 días desde recepción conforme). El pago mensual se efectuará durante los 10 primeros días hábiles del mes siguiente, contra presentación de Boleta de Honorarios, Hoja de Asistencia, Certificado de Pago de Cotizaciones (SEGÚN OPCION QUE OPTE EL CONTRIBUYENTE, OTORGADA POR LEY) y Certificado de Cumplimiento visado por el jefe directo.
22.2.- Para el proceso de pago, se define como responsable a Ana Flor Barros Soto, Jefe de Finanzas del Hospital de Linares, Correo Electrónico abarros@hospitaldelinares.cl, en cuanto a consultas y recepción de solicitudes, pago que se efectuará mediante uno de los mecanismos que se detallan a continuación:
- Pago Directo en Caja, mediante Cheque Nominativo, el cual deberá ser retirado por el titular de la factura o en caso de personas jurídicas, el representante legal, debidamente acreditado, mediante el acta de constitución o documento que lo indique. Esta opción es automática, y el proveedor que la realice al momento de retirar el cheque, deberá presentar y entregar la copia de cobro ejecutivo cedible, en caja, a fin de dar por terminado el proceso.
- Envío de pago por Carta Certificada: Mediante cheque Nominativo, se hace llegar a la dirección establecida en la respectiva factura, por correo certificado. Esta opción es primordialmente para proveedores de fuera de Linares.
- Depósito Bancario: Se hará depósito en cuenta corriente de los recursos adeudados por el HOSPITAL DE LINARES, a la cuenta corriente del proveedor, para esto será necesario que el proveedor efectúe lo siguiente:
- Una solicitud formal al departamento de finanzas abarros@hospitaldelinares.cl, indicando claramente lo siguiente:
- Nombre de la entidad Bancaria
- N° de cuenta corriente
- N° de fax de contacto
Con estos antecedentes en poder del HOSPITAL DE LINARES, procederá a efectuar el respectivo depósito.
23.- FACTORING
El HOSPITAL DE LINARES, aceptará que el oferente u oferentes adjudicados entreguen su facturación o boleta de honorarios a empresas de factoring o aquellas que presten servicios similares, lo anterior siempre y cuando cumplan con los puntos requeridos a continuación, que tienen por objeto resguardar la correcta aplicación y pago a quien corresponda de los montos adeudados por los servicios recibidos y en los tiempos que el HOSPITAL DE LINARES se ha comprometido a pagar, se detalla a continuación este proceder:
- La verificación de recepción conforme de las facturas que se pretende recibir en Factoring, por las empresas del rubro, se deberá realizar comunicándose, ya sea por vía telefónica o correo electrónico, con el Jefe de Finanzas, del HOSPITAL DE LINARES, al fono 73-2566553 o al Correo electrónico abarros@hospitaldelinares.cl.
- En el caso que el proveedor oferente opte por entregar sus facturas para que sean Factorizadas, deberá informar a la empresa de factoring, que ésta realice el envío de las copias de Facturas Factorizadas, debidamente legalizadas ante notario, a la oficina de partes del Hospital de Linares, Avda. Brasil Nº 753, Linares, antes de 10 días de vencido el plazo para la cancelación de dichos documentos, (30 días desde recepción conforme).
En caso de haber recibido copias de Documentos factorizados, el HOSPITAL DE LINARES, originará el pago del o los documentos adeudados a nombre de la empresa que los haya recibido en Factoring. No teniendo deuda alguna con el proveedor, prestador de los servicios requeridos. La vía de cancelación será a no mediar otra cosa, el pago Directo en Caja.
23.1.- Se recuerda a los proveedores que, las facturas que se presenten por la realización de Servicios o Ventas al HOSPITAL DE LINARES, deberán contar en la Copia Ejecutivo Cedible, claramente con la identificación y otros datos del Receptor de la misma, que para estos efectos es el Encargado de bodega del Departamento de Farmacia, siendo los documentos que cumplan con este requisito, los únicos que podrán ser sometidos a procesos de cobranza y posterior devolución, previa cancelación.
23.2.- Todo Documento de Cobro ejecutivo cedible, de factura que haya sido pagada, deberá ser devuelto por el proveedor o empresa de factoring, en un plazo no mayor de 15 días, contados desde la fecha del pago, a la Oficina Partes del Hospital de Linares, Avda. Brasil Nº 753, Linares.
24.- PRELACIÓN DE DOCUMENTOS:
En caso de discrepancia o discordancia entre los diferentes antecedentes de la licitación, prevalecerán unos sobre otros, conforme al orden de prioridad siguiente:
1) Las aclaraciones y respuestas a consultas de la licitación.
2) Las bases administrativas y técnicas. (Considerándose para este efecto, complementarias y no excluyentes).
3) Oferta del Proveedor.
4) La ley 19.886.
5) El reglamento de la ley 19.886.