Licitación ID: 1943-3-LP18
Manejo de regeneración natural
Responsable de esta licitación: CORP NACIONAL FORESTAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
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Productos o servicios
1
Servicios de repoblación forestal 1 Unidad
Cod: 70151507
Manejo de regeneración natural en la Reserva Nacional Lago Peñuelas – año 2018  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Manejo de regeneración natural
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Manejo de regeneración natural en la Reserva Nacional Lago Peñuelas – año 2018
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
V Región - Oficina Regional de Valparaiso
R.U.T.:
61.313.000-4
Dirección:
3 Norte 555
Comuna:
Viña del Mar
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-08-2018 16:00:00
Fecha de Publicación: 20-07-2018 11:19:53
Fecha inicio de preguntas: 20-07-2018 15:01:00
Fecha final de preguntas: 02-08-2018 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-08-2018 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-08-2018 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-08-2018 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 27-08-2018 14:23:41
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Plazo de entrega: El proveedor deberá indicar claramente el plazo de entrega del servicio licitado en días corridos. Se entiende por plazo de entrega el que comienza con la recepción de los rodales, por parte del proveedor adjudicado lo que se efectuaría con posterioridad a la firma del respectivo contrato. La entrega del servicio deberá formalizarse a través de un acta debidamente firmada por las partes y concluye con las actividades consideradas en las bases totalmente terminadas, cada una de ellas, recibidas conforme por CONAF. Esta información se considerará para el proceso de evaluación. Aquellas ofertas que excedan los 120 días corridos como plazo de término, no serán evaluadas y serán rechazadas en el acto de apertura electrónica. Pueden postular personas naturales o jurídicas.
2.- Declaraciones Simples: 1) Anexo 1: El oferente deberá presentar una declaración simple en la cual señale conocer los lugares en que se efectuará la faena objeto de esta licitación, sus vías de acceso y caminos, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular. 2) Anexo 2: El oferente deberá presentar una declaración simple de aceptación explícita de las Bases Administrativas y Técnicas. 3) Anexo 3: Información del Oferente 4) Anexo 4: No tener condenas por prácticas antisindicales 5) Anexo 5A: No tener calidad de directivo (persona jurídica) 6) Anexo 5B: No tener calidad de directivo (persona natural) 7) Anexo 6: No tener deudas de remuneraciones y/o previsionales con sus trabajadores. Todos estos anexos deben venir debidamente firmados por el oferente y son de carácter obligatorio, de no ser incluidos, se rechazará la oferta íntegramente en acto apertura electrónica. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
Documentos Técnicos
1.- Visita a Terreno: Esta licitación contempla la obligatoriedad de realizar una visita a terreno. Para estos efectos, en los 3 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la presente base, se prevé la ejecución de una visita al lugar donde se emplazará la faena la que tendrá lugar, a partir de las 11:00 hrs y hasta las 13:00 hrs aproximadamente. El margen previsto para la hora de llegada no excederá a las 11:15 hrs, quien llegue en un horario posterior a este último, no podrán participar en la visita a terreno. Se les solicitará a los postulantes informar su concurrencia a esta actividad al Administrador de la Reserva, Sr. Aldo Valdivia Ahumada, al teléfono móvil 09-96403568, o al correo electrónico aldo.valdivia@conaf.cl con copia a fernando.hurtado@conaf.cl. En esta visita se levantará un acta debidamente firmada por los oferentes y/o por sus representantes, la que será parte del expediente de la licitación. Las ofertas cuyos oferentes no hayan realizado la visita a terreno, no serán evaluadas y serán rechazados en acto de apertura electrónica.
 
2.- Experiencia del Oferente: El proveedor deberá indicar, en los Anexos N° 7a y 7b “Experiencia del Oferente” adjunto a su oferta, la cantidad de trabajos similares al servicio requerido realizados por la empresa y/o el encargado de la faena en terreno, para lo cual deberá listar y respaldar la información requerida. CONAF se reserva el derecho de verificar todos los antecedentes presentados. Esta información será parte del proceso de evaluación. A su vez, aquellas ofertas que no entreguen esta información serán rechazadas en apertura electrónica y no serán evaluadas.
 
3.- Anexo técnico: El proveedor deberá ingresar un anexo técnico, en el cual detalle a lo menos: 1) Cantidad de trabajadores que ejecutarán la faena, 2) Carta Gantt que describa el desarrollo de las actividades, los costos asociados a éstas. Además del personal con que cuenta, de acuerdo a lo establecido en ítem “Actividades a desarrollar”. 3) Detalle de las actividades a realizar. El anexo solicitado es parte esencial de la oferta presentada. La oferta que no acompañe este anexo no será evaluada y será rechazada en el acto de apertura. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá desestimar la oferta declarándola inadmisible en la etapa de evaluación si ésta no adhiriera plenamente a la ejecución de las 3 actividades descritas en las bases técnicas de esta licitación. Las actividades mínimas solicitadas para la ejecución de esta licitación son las siguientes: Actividades descritas para su ejecución en anexo técnico: 1.- En rodales donde quedará Pinus radiata: Eliminación de cepas de Eucalipto globulus existentes o de regeneración natural por semillas a través de control químico, mecánico o manual de esta especie u otras latifoliadas exóticas no deseadas (Acacia sp o Robinia sp) para alcanzar la densidad de plantas de pino insigne deseada para cada rodal. Esto implica también, eventualmente, la eliminación parcial de plantas de pino insigne que estén a un distanciamiento inferior al solicitado (4,5 m) respecto del ejemplar de pino seleccionado para quedar en pie, que debe cumplir con tener buen crecimiento, buena forma (recto y de tallo vertical y buen estado sanitario. 2.- En rodales donde quedará Eucalyptus globulus: Eliminación parcial a través de control químico, mecánico o manual de la regeneración natural por semilla de Eucalipto existente, para alcanzar la densidad definida para cada rodal, cuyos ejemplares remanentes deben tener tallo recto, vertical, con buen crecimiento y estado sanitario y que queden espaciados, de acuerdo al distanciamiento requerido en cada rodal. Además habrá clareo dentro de las cepas de la especie (1 o 2 varetas de acuerdo a lo requerido para cada rodal). También habrá eliminación total a través de control químico, mecánico o manual de la regeneración natural de pino insigne u otra especie conífera o latifoliada existente, para que se dé preferencia al ejemplar de Eucaliptus globulus seleccionado. 3.- En rodal donde quedará bosque mixto de Pinus radiata y Cupressus macrocarpa: Es igual a la primera actividad descrita, salvo que en este caso se selecciona el mejor ejemplar presente en cada situación particular del rodal, que puede ser de pino o ciprés. Otra particularidad de este rodal, es la presencia de un bosquete de 0,16 ha de Acacia melanoxylon (aromo australiano), el cual debe permanecer sin intervención alguna. En todo lo restante, no hay cambios. Las propuestas que se presenten mejorando los estándares mínimos en uno 1 o más de las actividades mencionadas en el cuadro anterior, serán evaluadas con una mayor puntuación en el criterio N°4 “Estándar de las actividades a ejecutar en el servicio”. Por lo tanto, las ofertas que se evaluarán serán aquellas que propongan la ejecución del servicio considerando las tres actividades mínimas por realizar, señaladas precedentemente, siendo adjudicadas aquellas que obtengan mayor puntaje en la evaluación general.
 
Documentos Económicos
1.- Costos asociados: La oferta debe considerar e incluir en el costo total del servicio, todos los costos asociados a los trabajos, tales como costo de personal, alimentación, elementos de seguridad, transporte, materiales a utilizar etc. como asimismo cualquier otro costo asociado. Una vez adjudicado los trabajos, CONAF no asumirá ningún costo adicional que el proveedor no haya incluido en su oferta.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio • El factor “precio” se calculará aplicando la siguiente fórmula: Valor mínimo ofertado * 100/valor ofertado 35%
2 Cumplimiento de los Requisitos Formales • Cumple con la entrega de toda la información en los plazos establecidos: 100 Puntos. • Cumple con la entrega de toda la información fuera de los plazos establecidos: 50 Puntos. 5%
3 Experiencia del Oferente • 4 o más trabajos similares según anexo: 100 ptos. • 2 o 3 trabajos similares según anexo: 50 ptos. • Un trabajo similar: 0 ptos. Nota: Se considerará como EXPERIENCIA DEL OFERENTE la que corresponda a faenas similares ejecutadas en los últimos 5 años. Quedarán fuera de este proceso, quienes no demuestren experiencia en, al menos, manejo de regeneración vegetativa de eucaliptus globulus. 20%
4 Estandar de las actividades a ejecutar en el servi • Mejora el estándar básico en las 3 actividades mencionadas en el anexo técnico: 100 puntos. • Mejora el estándar básico de 2 de las 3 actividades mencionadas en el anexo técnico: 50 puntos. • Mejora el estándar básico en 1 de las 3 actividades mencionadas en el anexo técnico: 20 puntos. • Mantiene el estándar básico solicitado por CONAF: 0 Puntos. 20%
5 Plazo de entrega Este factor se medirá de la siguiente manera • Actividad desarrollada en el plazo menor a 90 días corridos: 100 Puntos. • Actividad desarrollada desde 90 hasta 120 días corridos: 50 Puntos. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 150 PROGES
Monto Total Estimado: 70000000
Justificación del monto estimado Se considera un monto máximo total disponible para la ejecución del servicio asociado descrito en esta licitación de 70.000.000. – con impuesto incluido, de acuerdo al presupuesto. Aquellas ofertas que superen este monto, CONAF podrá desestimarlas en l
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Se considera un monto máximo total disponible para la ejecución del servicio asociado descrito en esta licitación de 70.000.000. – con impuesto incluido, de acuerdo al presupuesto. Aquellas ofertas que superen este monto, CONAF podrá desestimarlas en l
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Luisa Morales
e-mail de responsable de pago: luisa.morales@conaf.cl
Nombre de responsable de contrato: Fernando Hurtado Torres
e-mail de responsable de contrato: fernando.hurtado@conaf.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-32-2320251-251
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 31-08-2018
Monto: 700000 Peso Chileno
Descripción: El postulante deberá entregar a CONAF para garantizar la seriedad de la oferta, una garantía pagadera a la vista y tener carácter de irrevocable a nombre de la: "Corporación Nacional Forestal, Rut. 61.313.000-4 por un monto equivalente a $700.000.- (setecientos mil pesos). Entrega del documento: El documento deberá ser entregado en la Oficina de partes, ubicada en 3 norte #555, Viña del Mar, en horario de atención de público, de lunes a viernes entre las 09:00 hrs. hasta las 14:00 hrs, antes del cierre de la licitación.
Glosa: La garantía debe indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación Pública “Manejo de regeneración natural en la Reserva Nacional Lago Peñuelas – año 2018”, CONAF, Región de Valparaíso”.
Forma y oportunidad de restitución: Forma y oportunidad de la restitución: La garantía será restituida, en el caso del proveedor adjudicado, una vez firmado el respectivo contrato. En el caso de los proveedores no adjudicados será restituida 15 días hábiles a la fecha de adjudicación. En caso en que el proveedor adjudicado no suscriba el contrato, o bien desistiere por cualquier otro motivo, CONAF hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corporación Nacional Forestal
Fecha de vencimiento: 30-04-2019
Monto: 10 %
Descripción: El postulante que resulte adjudicado deberá entregar a CONAF garantías para el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, consistente en una garantía pagaderas a la vista de carácter de irrevocable, a nombre de la Corporación Nacional Forestal, Rut 61.313.000-4, por un monto equivalente al 10% del valor total de los servicios contratados (con impuesto incluido), y con la vigencia hasta el 30 de abril 2019. Entrega del documento: El documento se deberá entregar durante los 2 días siguientes a la adjudicación, en Oficina de Partes CONAF, ubicado en 3 Norte 555 viña del Mar, en sobre cerrado dirigido al JEFE DEPARTAMENTO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, indicando la leyenda “Contiene garantía de fiel cumplimiento licitación pública “Manejo de regeneración natural en la Reserva Nacional Lago Peñuelas – año 2018, CONAF Región de Valparaíso”. Debe tener vigencia hasta el 30 de abril de 2019.
Glosa: La garantía debe indicar en su texto lo siguiente: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de la licitación pública “Manejo de regeneración natural en la Reserva Nacional Lago Peñuelas – año 2018, CONAF Región de Valparaíso”, además del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales”
Forma y oportunidad de restitución: Se efectuará la devolución de los documentos de la siguiente forma: A los 90 días hábiles siguientes al término del contrato, previo finiquito firmado por las partes, el cual se suscribirá una vez realizado el informe de cumplimiento por parte de la Administración de la Reserva y su correspondiente recepción conforme del jefe del departamento de Desarrollo y Fomento Forestal.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Apertura de las ofertas
La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.

La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
De la Adjudicación
La adjudicación se realizará solo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan la habilidad para contratar con el Estado.

En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
Readjudicación
En caso de que el proveedor rechace la adjudicación y/o la orden de compra, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación. En este caso, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la Oferta.
Plazo de Adjudicación
Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta indicando el nuevo plazo de adjudicación.
Metodología de desempate
En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el factor “Precio” (valor de la oferta) el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será el “Plazo de entrega” el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será el criterio “Experiencia del oferente” el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate, será la primera oferta ingresada en el sistema www.mercadopublico.cl la que se adjudique la licitación.
Recepción de antecedentes
Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos o económicos. No obstante CONAF podrá solicitar a través del foro inverso la documentación administrativa que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “cumplimiento de los requisitos formales”.
Consultas a la adjudicación
Las consultas a la adjudicación podrán hacerse hasta 2 días hábiles siguiente a la fecha de adjudicación al siguiente correo: cecilia.gonzalez@conaf.cl.
Cláusula de confidencialidad
El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar o hacer publica cualquier información obtenida y/o entregada.
Orden de Compra
Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva orden de compra. En caso de que la orden de compra no sea aceptada en un plazo de 2 días hábiles, CONAF solicitará su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas de dicha solicitud. El envío de esta orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor facultará a la Corporación para realizar, en un plazo no mayor a 10 días hábiles, el contrato respectivo.
Aplazamiento del cierre de la Licitación
En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
Modificación a las Bases
De ser necesario podrán modificarse las presentes Bases de Licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
Comisión Evaluadora
Las ofertas que cumplan con todos los requisitos formales de presentación serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto, una Comisión Evaluadora integrada por Jefe(a) del Departamento Finanzas y Administración o a quien designe, Jefe(a) Departamento de Áreas Silvestres Protegidas o a quien designe, Jefe(a) de la Sección Administración o a quien designe, Jefe(a) de Departamento de Desarrollo Forestal o a quien designe, el encargado(a) de la Sección Plantaciones o quien designe. Como Ministro de Fe y asesor de la comisión, el Jefe(a) de la Unidad de Jurídica o a quién designe. La comisión, luego de su evaluación, emitirá un informe con el análisis de las ofertas evaluadas y su proposición para el Director regional de CONAF.
Suscripción del contrato
El adjudicatario deberá suscribir el contrato correspondiente en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la aceptación de la Orden de Compra. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los dos días hábiles siguientes al envío de la Orden de Compra la documentación necesaria para la confección de éste.

Previo a la firma del contrato, si el adjudicatario es una sociedad, deberá entregar a CONAF los siguientes antecedentes, a menos que éstos se encuentren disponibles en el Portal www.chileproveedores.cl

1) Fotocopia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad y de sus modificaciones.
2) Constancia de la inscripción del extracto y publicación en el diario oficial
3) Certificado de vigencia de la sociedad.
4) Documento que acredite personería y facultades del o los representantes legales con vigencia.

La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.

La presente base de licitación, sus anexos y la oferta, formarán parte integrante del contrato a suscribir.

El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser cedido ni transferido a un tercero bajo ningún título.

La garantía de fiel cumplimiento del contrato asegurará el cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en él, las bases y sus anexos y, en especial, de las obligaciones que se indican a continuación:

1) Ejecutar la totalidad de las actividades en las superficies indicadas en el contrato.
2) Cumplir con la calendarización propuesta.
3) Responder por daños y perjuicios que se ocasionen a bienes y/o inversiones existentes en el predio.
4) Incumplimiento por parte del contratista respecto de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, será considerado incumplimiento grave al contrato, lo que dará motivo para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de poner término anticipado al mismo.
5) Cumplir con la totalidad de lo señalado en las respectivas bases de licitación y en la oferta del proveedor.

El incumplimiento de éstas y otras obligaciones establecidas en el contrato hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía indicada, pena que corresponde a la evaluación anticipada de los perjuicios producidos, sin necesidad de ningún otro trámite judicial ni extrajudicial.
Término anticipado del contrato
Las causales para poner término anticipado al contrato son las siguientes:

a) El no pago de las multas en el plazo estipulado en las presentes bases de licitación.

b) Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos, un incendio al interior de la Reserva Nacional Lago Peñuelas.

c) No facilitar, cuando CONAF así lo solicite, documentos fotocopiados de las imposiciones y comprobante de pago de remuneraciones de la totalidad del personal dependiente del oferente y, en general, cualquier incumplimiento relativo a la ley N°20.123 sobre subcontrataciones.

d) No atender las instrucciones de la Administración de la Reserva o del supervisor que esté a cargo de la faena.

e) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.

g) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.

h) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.

i) Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato y la ley N°19.886.-

j) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.

k) Mutuo acuerdo de las partes.

l) Incumplimiento de lo señalado en el contrato y en las respectivas bases de licitación.
Finiquito del contrato
Se procederá a elaborar el finiquito del contrato una vez efectuado el informe de cumplimiento por el Administrador de la Unidad y con su correspondiente recepción conforme por parte del Jefe del Departamento de Desarrollo Forestal o quien lo subrogue. Una vez suscrito el finiquito por las partes, CONAF procederá a restituir al adjudicatario la garantía de fiel cumplimiento de contrato en un plazo de 90 días hábiles, contado desde esta fecha.
Prórroga de contrato
El contrato podrá ser prorrogado, de común acuerdo entre las partes, a partir de una solicitud fundada del proveedor y que haga referencia a situaciones fortuitas o de fuerza mayor que hayan retrasado el normal desarrollo de la faena.

La prórroga, en ningún caso, podrá ser mayor al plazo original en que se adjudicó la faena. Asimismo, ésta se regirá de acuerdo a los demás términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento de los montos adjudicados.

De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga.
Registros de Terreno
Con el fin de mantener un sistema de registro y comunicación efectiva entre la empresa adjudicataria y CONAF, respecto a la gestión de las actividades, sean estas no conformidades u otras situaciones que eventualmente surgieran en la faena, se establecerá un registro de terreno con observaciones, amonestaciones y multas, las cuales deberán ser obligatoriamente recibidas por el Supervisor de Terreno de la empresa, quien deberá dar recepción conforme a través de la firma del documento.
Sanciones y multas
Serán consideradas como infracciones al contrato, y podrán ser sancionadas con multas y/o en la forma en que cada caso se indica, las siguientes situaciones o incumplimientos:

a) Atrasos en el avance de las faenas según lo comprometido en la carta Gantt presentada por el oferente.

b) En el caso de faltas relacionadas con el cumplimiento de los implementos de seguridad para los trabajadores

c) Causar daño o perjuicio en los recursos naturales, bienes e inversiones existentes en la Reserva, ello, sin perjuicio, de iniciar las acciones legales que correspondan y/o término anticipado del contrato.

d) Aspectos o impactos ambientales identificados a través de registros de terreno de los supervisores de faena de CONAF, en las siguientes áreas:

i. Manejo de los Residuos generados.
ii. Manejo de sustancias peligrosas.
iii. Ocurrencia de incendios forestales.
iv. Daño a áreas de protección.

Las multas por el incumplimiento a lo anteriormente señalado ascenderán a 3 UF por cada día, no extendiéndose éste por más de 10 días. Las multas serán de carácter acumulable y se aplicarán unilateralmente, previo a la facturación. CONAF informará en caso de corresponder cursar la multa, el valor de ésta. Una vez superado el plazo máximo de 10 días establecido, CONAF aplicará el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento y se procederá al término del contrato por incumplimiento. (en U.F. al primer día hábil siguiente del incumplimiento).

Procedimiento de aplicación de las multas

a. En caso de que el adjudicatario incurra en uno o más incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF comunicará esta situación, a través de Registro de Terreno dirigido al supervisor de terreno por parte de la empresa adjudicada.

b. El adjudicatario, tendrá un plazo de 5 días, desde la recepción del Registro de Terreno de la supervisión de CONAF, establecido en el literal a) para realizar las acciones de corrección al incumplimiento que se hayan indicado en el registro ya mencionado o formular descargos.

c. Una vez transcurrido el plazo para ejecutar acciones correctivas o emitir en términos formales los descargos, los que se deberán informar por correo electrónico dirigido al Administrador(a) de la Reserva Nacional Lago Peñuelas, y una vez resueltos por CONAF, se podrá aplicar o no la multa correspondiente. En caso de proceder la aplicación de dicha multa, ésta se formalizará mediante comunicado formal del Administrador de la Reserva Nacional Lago Peñuelas al Jefe(a) del Depto. de Desarrollo Forestal, en su plazo no superior a 48 horas. A su vez, el Director Regional comunicará al proveedor adjudicado la aplicación de la multa, a través de carta oficial al domicilio señalado por el adjudicado.
Forma de Pago
Se establece la siguiente forma de pago:

Primer pago: 50% del total del pago, correspondiente al manejo finalizado satisfactoriamente en 80 hectáreas de los rodales, contra informe aprobatorio emanado de la administración de la Reserva Peñuelas y recepción conforme del Jefe(a) del Departamento Desarrollo Forestal.

Segundo pago: 50% del monto total al concluir el manejo de las 75,5 hectáreas restantes de la presente licitación, contra informe aprobatorio emanado de la administración de la Reserva Peñuelas y recepción conforme del Jefe(a) del Departamento Desarrollo Forestal.

En cualquier caso, se iniciará el proceso de pago siempre y cuando éste sea contra cumplimiento de avance de las faenas o actividades a desarrollar, lo que será informado por la Administración de la Unidad a través de la emisión de un informe técnico de cumplimiento que apruebe y reciba conforme las actividades establecidas, tanto por el primer pago como por el segundo.

El contratista deberá emitir la factura respectiva para cada etapa, la cual será pagada en un plazo de 30 días hábiles, posterior a la recepción conforme de éstas.
Obligaciones generales del adjudicatario
1) El adjudicatario responderá por sus hechos y omisiones, por los de sus trabajadores y por los de sus contratistas, subcontratistas y trabajadores de éstos. Asimismo, el adjudicatario asumirá la señalada responsabilidad respecto de todas aquellas personas que ingresen al predio por cuenta de aquél, bajo cualquier título.

2) El adjudicatario deberá realizar las instalaciones de campamento que requiera para sus trabajadores, fuera de la Reserva.

3) Será obligación del adjudicatario disponer de un supervisor general de la faena de contratación directa de la Empresa, que actúe como un representante con permanencia diaria en las faenas que se ejecuten con motivo de la presente licitación, a fin de que CONAF, a través de sus funcionarios pueda entenderse, solucionar problemas que se presenten y notificar al adjudicatario de incumplimientos y no conformidades. El adjudicatario deberá identificar ante CONAF a su representante en terreno, quien debe tener capacidad de resolución y decisión para planificar, programar e informar previa y oportunamente a CONAF, toda clase de novedades que afecten el proceso.

4) En el caso que el adjudicatario contrate los servicios de terceros para la ejecución de las faenas, las obligaciones estipuladas en las presentes bases serán de cumplimiento obligatorio para ellos, lo que no exime de las obligaciones contractuales al adjudicatario. CONAF no contraerá ningún vínculo laboral con los trabajadores que participen en las faenas. Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá solicitar al adjudicatario copia de las planillas de pago de las cotizaciones y comprobantes de remuneraciones mensuales que acrediten que éstas se encuentran debidamente pagadas. Así también, podrá solicitar el Libro de Asistencia en la faena.

5) Ante cualquier problema que se suscite con terceros, se deja expresamente establecido que la relación contractual es entre CONAF y el adjudicatario.

6) La vigilancia diurna y nocturna de las instalaciones que realice el adjudicatario, así como de los bienes y productos que permanezcan en el lugar de la faena, son de exclusiva responsabilidad del adjudicatario. La nómina del personal de vigilancia debe ser informada oportunamente a la Administración de la Unidad.

7) En el caso de existir cercos u otra clase de infraestructura y si éstos resultan dañados como consecuencia de las faenas, éstos deberán ser reparados por el adjudicatario.

8) En concordancia con la Ley Nº 20.653, se deberá instruir a los trabajadores de la prohibición de hacer fuego y fumar dentro de la Reserva.

9) El adjudicatario deberá cumplir con el procedimiento de seguridad y medioambiente que establece las obligaciones y responsabilidades, que en estas materias debe cumplir toda empresa que provee un servicio al interior de la Reserva y que se encuentran señaladas en el Manual de Implementación de Procedimientos de Seguridad y Medioambiente de Empresas Colaboradoras, documento que será entregado formalmente al adjudicatario al momento de la suscripción del contrato y que será exigible además a todo su personal.

10) Al término de la faena, el adjudicatario deberá entregar el área usada con sus instalaciones libres de todo residuo sólido o líquido que pueda generar un impacto ambiental y entregar el sector en las mismas condiciones en que lo recibió al inicio del contrato.

11) El adjudicatario deberá cumplir con las obligaciones que emanen del Decreto Supremo N° 594 del Ministerio de Salud, que aprueba el “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.

12) Además, el adjudicatario deberá dotar sin costo para los trabajadores, de los elementos de protección necesarios para proteger su integridad física de acuerdo al tipo de faena, considerando, al menos, los siguientes elementos: quepís, guantes, ropa contra agua, zapatos de seguridad, antiparras, mascarillas, bloqueador solar, entre otros.

13) El adjudicatario deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que impone la Ley 16.744 sobre el Seguro de Accidentes y Enfermedades Profesionales, sus Decretos y Reglamentos, además de las Disposiciones Legales vigentes en materia de las actividades a realizar.

14) El adjudicatario velará por la correcta ejecución de los trabajos, de tal forma que se ejecuten sin accidentes, impactos y/o daños a la salud de las personas y al medioambiente.

15) El adjudicatario no podrá ejecutar más actividades administrativas que las estrictamente necesarias dentro de los recintos de CONAF.

16) El adjudicatario controlará que la instalación de faenas cumpla con las exigencias legales aplicables, especialmente en lo relacionado con el almacenamiento y disposición de materiales y sustancias peligrosas.

17) No se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, ni cualquier otro tipo de droga, así como tampoco, trabajadores del adjudicatario en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas al interior de la Reserva.

18) Al término del plazo de la faena, el adjudicatario dispondrá de 5 días hábiles para ejecutar todas aquellas actividades relacionadas al abandono de faena. Entre estas actividades se encuentran:

a. Retiro de todo el personal desde la Reserva.
b. Retiro de las instalaciones y maquinarias utilizadas en la faena desde el interior de la Reserva.
c. Mejoramiento de caminos y alcantarilla si correspondiese.
d. Eliminación de desechos sólidos y líquidos, etc.
Trabajadores dependientes del adjudicado
Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio, serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a éste cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le correspondan en cuanto empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
Implementación de seguridad
El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar accidentes ocurridos por causa de los trabajos licitados.
Otras disposiciones
Ley Subcontratación

El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.

El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de la entrega del terreno y/o suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos:

1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Carta Gantt de actividad a realizar.
4. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
5. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI). 6. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
7. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
8. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
9. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
10. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley. 11. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.

Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. El proveedor deberá entregar los antecedentes laborales y previsionales de los trabajadores que participen directamente en el servicio. Se deberán acompañar específicamente los comprobantes de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que correspondan, de todos los trabajadores que forman parte del equipo de trabajo. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación. Esta documentación será solicitada para el pago de la factura correspondiente.

Para la presentación de antecedentes previsionales, deberá adjuntar “Certificado de Cotizaciones Previsionales Pagadas”. No se aceptarán certificado de cotizaciones declaradas.
BASE TÉCNICA DE L I C I T A C I Ó N “Manejo de regeneración natural en la Reserva Nacional Lago Peñuelas – año 2018”
1. CARACTERISTICAS GENERALES DE LA FAENA.

Las superficies consideradas en esta licitación fueron intervenidas entre los años 2015 y 2016. Actualmente, cada área presenta procesos puros o mixtos de regeneración natural (semilla y vegetativa de tocón) de las especies Pino Insigne, Eucalyptus globulus y Cupressus macrocarpa.

El objetivo general de las actividades a ejecutar en esta licitación es tender a establecer, en el corto plazo, masas monoespecíficas en las superficies comprometidas, excepto en el caso de composición mixta de pino insigne-ciprés macrocarpa.

La superficie total comprometida en esta licitación es de 155,5 hectáreas de manejo de regeneración natural, de las cuales 8,5 hectáreas corresponden a formación mixta de Pinus radiata (o pino insigne) y de Cupressus macrocarpa (ciprés); 113,1 hectáreas a Eucalyptus globulus y 33,9 hectáreas a Pinus radiata.

Cabe señalar que los criterios que deben primar en este manejo, son el buen estado sanitario de las plantas escogidas y el espaciamiento mínimo solicitado entre plantas, de acuerdo a lo indicado para cada rodal.

Actividades por ejecutar

1. En rodales donde quedará Pinus radiata:

Eliminación de cepas de Eucalipto globulus existentes o de regeneración natural por semillas, a través de control químico, mecánico o manual de esta especie u otras latifoliadas exóticas no deseadas (Acacia sp o Robinia sp) para alcanzar la densidad de plantas de pino insigne deseada para cada rodal. Esto implica también, eventualmente, la eliminación parcial de plantas de pino insigne que estén a un distanciamiento inferior al solicitado (4,5 m) respecto del ejemplar de pino seleccionado para quedar en pie, el que debe cumplir condiciones de buen crecimiento, buena forma (recto y de tallo vertical y buen estado sanitario.

2. En rodales donde quedará Eucalyptus globulus:

Eliminación parcial a través de control químico, mecánico o manual de la regeneración natural por semilla de Eucalipto existente no deseada respecto del ejemplar seleccionado que quedará, permitiendo alcanzar la densidad definida para cada rodal. Los ejemplares seleccionados remanentes deben tener tallo recto, vertical, con buen crecimiento y estado sanitario, y que queden espaciados, de acuerdo al distanciamiento requerido en cada rodal. Además habrá clareo dentro de las cepas de la especie (1 o 2 varetas de acuerdo a lo requerido para cada rodal). También habrá eliminación total a través de control químico, mecánico o manual de la regeneración natural de pino insigne u otra especie conífera o latifoliada existente, para que se dé preferencia al ejemplar de Eucaliptus globulus seleccionado.

3. En rodal donde quedará bosque mixto de Pinus radiata y Cupressus macrocarpa:

Es igual a la primera actividad descrita, salvo que en este caso se selecciona el mejor ejemplar presente en cada situación particular del rodal, que puede ser de pino o ciprés. Otra particularidad de este rodal, es la presencia de un bosquete de 0,16 ha de Acacia melanoxylon (aromo australiano), el cual debe permanecer sin intervención alguna. En todo lo restante, no hay cambios.

1.1. Características técnicas del manejo de la regeneración de Pino.

El objetivo general de esta actividad es establecer una masa homogénea de la especie Pinus radiata a través de la intervención de rodales que actualmente presentan mayoritariamente, regeneración natural de esta especie. La densidad final planificada es de 500 plantas por hectáreas, distribuidas en forma lo más regular posible, considerando un espaciamiento promedio de 4,5 de separación entre uno y otro árbol de la especie. También en este caso, el criterio que prima es el del distanciamiento indicado y el buen estado sanitario del ejemplar seleccionado.

Los rodales considerados para el desarrollo de esta actividad son los siguientes:

Ver cuadro en Bases Técnicas.

1.2. Características técnicas del manejo de la regeneración de Eucalyptus.

El objetivo general de esta actividad es establecer una masa homogénea de la especie Eucalyptus globulus a través de la intervención de rodales que actualmente contienen regeneración natural de esta especie (vegetativa y por semilla), y de Pino insigne (por semilla). La densidad final planificada es de 320 a 400 plantas por hectáreas (dependiendo del rodal) distribuidas en forma aproximadamente regular.

Los rodales considerados para el desarrollo de esta actividad son los siguientes:

Ver cuadro en Bases Técnicas.

Cabe destacar que, mediante el método de manejo de renuevos de eucaliptus, se dejará, en los rodales 2/2 y 3/5, una vareta o vástago por cepa; mientras que en el resto de los rodales se dejará como máximo 2.

Para efectos de definir la densidad final, se considerará la cantidad de cepa y no el número de vástagos, además del número de ejemplares seleccionados que provengan de la regeneración natural por semillas de la especie.

En los rodales donde el número de cepas sea inferior a la densidad establecida, se complementará con regeneración por semillas de Eucalyptus ya establecida, esto con el objeto de alcanzar la densidad deseada por hectárea. Esto implica, para los rodales cuya densidad final sea de 320 tallares (de regeneración vegetativa) y semilleros por hectárea, el distanciamiento no debe ser inferior a 5,6 metros de los más próximos.

En el caso de los restantes rodales (con densidad final de 400 tallares o semilleros por hectárea), en claros donde se deje regeneración por semilla de eucaliptus, deberá quedar a un distanciamiento no inferior a 5,0 metros del resto de las plantas.

1.3. Características técnicas del manejo de la regeneración mixta de Pino y Ciprés.

El objetivo general de esta actividad es establecer una masa arbórea mixta de las especies Pinus radiata y Cupressus macrocarpa, a través de la intervención del rodal que actualmente presenta la regeneración natural de estas especies. La densidad final planificada es de 500 plantas por hectáreas, distribuidas en forma aproximadamente regular, considerando un espaciamiento promedio de 4,5 de separación entre uno y otro árbol de la especie. También en este caso, el criterio que prima es el del distanciamiento indicado y buen estado sanitario.

El rodal considerado para esta actividad es el N°3/3, de 8,5 hectáreas, ubicado en el sector norte a la ruta 68 de la Reserva.

Una proyección de las actividades que corresponde realizar en estas áreas, con el fin de establecer las especies solicitadas son:

Actividades de manejo de regeneración
Rodal Nº: 3/3
Superficie: 8,5
Año: 2018
Especies predominante por dejar. Pinus radiata – Cupressus macrocarpa
Densidad: 500 pl/ha de pino-ciprés y 1 vareta por cepa de eucalipto o su eliminación.

Debido a la presencia ocasional de cepas de E. globulus en el rodal, y si el contratista escoge la opción de control mecánico para su reducción, no se desarrollarán actividades de destronque por la fragilidad del suelo, por tanto se manejara cada cepa dejando una (1) vareta.

La densidad final considerada debe ser de aproximadamente 500 plantas por hectárea, es decir, un distanciamiento medio no inferior a 4,5 metros entre plantas seleccionadas.

2. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR:

2.1. Control de competencia químico de cepas y regeneración de semilla de Eucalyptus u otra latifoliada en rodales donde será preferente la presencia de pino insigne.

En el caso de presencia de eucaliptos, ya sea de regeneración vegetativa o por semillas, si la opción escogida por el oferente es el control químico, el producto recomendado es Garlon 4 o similar, correspondiente a un herbicida sistémico de alta efectividad si se aplica en la zona del cambium vascular de la planta de manera inmediata, posterior a la remoción de vástagos, rebrotes o retoños de las cepas. Este paso es de gran importancia, pues si no se realiza de manera inmediata, los conductos vasculares del xilema y el floema se cierran, evitando la entrada del químico.

Para Eucalipto, la preparación recomendada del químico, debe ser al 0,5% según la base del producto activo (Triclopir 61.6%), lo que sugiere 15 ml. por litro de agua aproximadamente. En este caso en particular el Garlon 4 puede ser mezclado con un producto surfactante, para evitar el escurrimiento por el tocón del árbol y contribuir a que el producto penetre con mayor facilidad a la planta.

Al momento de programar la aplicación, se debe considerar el tiempo atmosférico, ya que no debe ser aplicado en días nublados ni con precipitaciones pues el químico escurre y no entra a la planta. Se recomienda aplicar con tiempo soleado considerando que la absorción del producto no debería tomar más de 3 horas. Entre otras recomendaciones, se debe procurar que la boquilla del aspersor debe estar bien regulada para evitar que el material particulado llegue a otras plantas o a cursos de agua. También puede usarse una brocha para hacer un trabajo más puntualizado y prolijo. Se puede utilizar un colorante para ver cómo es aplicado el químico y evitar su escurrimiento. En el suelo, el químico permanece entre 24 a 48 horas, luego se degrada. En el agua puede ser más tóxico por lo tanto se deben extremar las precauciones de escurrimiento hacia cursos de agua.

En el caso que el contratista proponga otro producto, se privilegiarán los herbicidas de baja toxicidad (etiquetas verde, azul o amarilla); se deberá informar adecuadamente sobre su dosificación, recomendaciones del fabricante, precauciones en su manejo y aplicación, así como de la permanencia de los residuos.

Se deberá evitar o minimizar su aplicación en sectores cercanos a suelos que presenten alto grado de erosión, o en áreas de protección, como cárcavas y cursos de agua.

Solo se deberán usar herbicidas autorizados por el SAG y su aplicación debe realizarse bajo supervisión permanente de profesionales o expertos autorizados.

El personal que realizará la aplicación, obligatoriamente deberá utilizar todos los elementos de protección personal adecuados para evitar el contacto con el producto durante el desarrollo de la actividad evitando intoxicaciones en los trabajadores, tanto en la manipulación como en la aplicación (lentes protectores, mascarilla de doble vía, gorro protector, guantes, traje protector, botas, etc.).

El contratista no debe transportar ni almacenar productos químicos junto con alimentos, ropa y otros elementos de uso personal.

Se deberán preparar las mezclas alejado de cursos de agua, utilizando envases apropiados y seguros. No se deben cambiar los productos de sus envases originales. No debe dejarse envases botados en terreno, ni vaciar restos de productos químicos en el suelo ni en cursos de agua. Se debe evitar toda clase de derrames. Para efectos de manipulación, los operadores deberán lavar bien sus manos antes de la colación y comidas, así como al finalizar el trabajo diario.

El contratista deberá retirar los envases vacíos y productos sobrantes del interior de la Reserva Nacional Lago Peñuelas.

Toda vez que esta actividad se realice, deberá contar con la supervisión y aprobación del encargado o supervisor CONAF de la faena, previamente a su aplicación.

Respecto de si se opta por la eliminación mecánica de la competencia entre individuos de regeneración natural de pino insigne, respecto de la planta seleccionada a permanecer, toda esta vegetación indeseable (excepto la nativa que pueda estar presente) se debe extraer por medios mecánicos (con uso de maquinaria, o bien utilizando herramientas manuales) teniendo presente de no dejar rama lateral alguna que tenga hojas, que pudiera permitir la sobrevivencia de la planta que se desea eliminar.

El control de competencia deberá ejecutarse por una sola vez, haciéndose exigible su repetición en aquellos lugares en que no se efectuare adecuadamente.

2.2. Control de competencia manual, mecánico y/o químico de regeneración natural por semilla de Eucalipto, aromo del país y/o Pino en rodales donde será preferente la presencia de eucalipto.

Para tender a formar rodales puros de Eucalyptus, y para que la regeneración deseada ocupe rápidamente el sitio, potenciando la sobrevivencia y el crecimiento en altura y diámetro de las plantas, se deberá eliminar la vegetación exótica indeseada. Si la extracción es manual, puede utilizarse herramientas tales como el azadón o azahacha. En el caso de eucalipto de regeneración natural por semillas, o bien de aromos (Acacia dealbata o melanoxylon) que requiera ser eliminada, considerar la posibilidad de uso de herbicida, de la característica ya mencionada anteriormente. El espaciamiento ya fue informado anteriormente: para rodales con densidad final de 320 plantas y cepas por hectárea, el distanciamiento mínimo es de 5,6 metros. Para los rodales con densidad final de 400 plantas y cepas por hectárea, la separación mínima es de 5,0 metros.

2.3. Control de la Competencia de Pino y Ciprés (clareo) para ejemplares no deseados.

Con el fin de alcanzar la densidad esperada, se debe eliminar la competencia interespecífica entre individuos de regeneración natural de Pino o Ciprés con respecto a la planta seleccionada (la cual debe ser la que preferentemente tenga mayor crecimiento, buen estado sanitario y recta), se deberá intervenir mediante el método de “clareo”, ya sea mediante extracción mecánica (uso de maquinaria) o utilizando herramientas manuales (azadón o azahacha), toda la vegetación (exceptuando la nativa) en el área que circunda a la planta. La densidad final de estos rodales debe llegar a promediar las 500 plantas/hectárea, lo que es equivalente a una separación mínima de 4,5 metros entre una y otra planta que se deje en pie.

El tratamiento de control de competencia deberá ejecutarse por una sola vez, haciéndose exigible su repetición en aquellos lugares en que no se efectuare adecuadamente.

Cuando corresponda eliminar un ejemplar de pino o ciprés macrocarpa, deberá cortarse de tal forma de no dejar alguna rama lateral expuesta, que pudiera permitir la sobrevivencia de la planta.

Se recuerda que en este rodal, no se debe intervenir el bosquete de aromo australiano presente.

Para los tres tipos de control de competencia descritos, la vegetación nativa presente de manera natural, no deberá ser removida ni alterada.

3. CALENDARIO Y AVANCE DE LAS INTERVENCIONES.

El adjudicatario deberá programar la faena de manera que el avance de las actividades en cada rodal sea geográficamente ordenado, no pudiendo dejar sectores rezagados sin intervenir.

El avance podrá tener más de un frente de trabajo, a condición que se respete el sentido de avance acordado y que una misma cuadrilla no inicie faenas en un sector sin haber finalizado totalmente la intervención en el sector anterior. La unidad básica de intervención será el rodal.

4. DE LAS NORMAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS.

El adjudicatario, sus contratistas, subcontratistas y todos los trabajadores que formen parte de la faena, deberán cumplir las siguientes normas:

1) Todo residuo generado en los trabajos propios de la faena (basuras), así como también los provenientes de vehículos o maquinarias (combustibles, petróleo, aceites usados, trapos impregnados con derivados de hidrocarburos u otros) se deberán colocar en recipientes herméticos, sellados con tapa y su disposición final será fuera de los límites de la Reserva, en rellenos autorizados por el Servicio de Salud.

2) Se deberán instalar y mantener operativos e higienizados baños químicos y sitios de descanso adecuados para atender las necesidades de la totalidad del personal asignado a la faena.

3) No se podrá hacer fuego bajo ninguna circunstancia.

4) Está prohibido fumar en los lugares de faena.

5) No se permitirá la presencia ni estadía de personas ajenas a las faenas.

6) Queda prohibida la presencia de animales domésticos en los lugares de la faena.

7) Queda prohibido el uso de armas de fuego y de aire comprimido, así como el uso de hondas y trampas.

8) Se deben proteger los valores del paisaje especialmente en aquellos que limitan con sectores de uso público.

9) Se debe cubrir el suelo, con una superficie impermeable, en el momento de realizar llenado de combustible de maquinarias (motosierras), etc.

10) Se debe realizar la Mantención de los basureros donde se depositen los residuos generados por la faena. Estos deben ser eliminados a diario de la Reserva por parte de la empresa.

11) Queda estrictamente prohibido cazar, matar y/o molestar a especies de fauna de todo tipo, incluyendo aves, reptiles, anfibios y mamíferos inferiores.

12) En los rodales a intervenir, el contratista deberá evitar la corta o daño de especies vegetales nativas y/o endémicas a escala regional o nacional que se encuentren en alguna categoría de amenaza para su conservación, tanto se trate de especies arbóreas o arbustivas.

13) De ser necesario, la Administración de la Unidad desarrollará una inspección técnica de estos sectores, y podrá determinar la ejecución de actividades de rescate o protección de estas especies. El contratista deberá cumplir las instrucciones de la administración en este sentido y permitir al personal profesional y guardaparques de la Unidad ingresar al sector para el desarrollo de esta labor.

14) Cabe agregar que, antes del inicio de las faenas, todo el personal con el cual el adjudicatario opera al interior de la Reserva deberá asistir, junto con éste, a una exposición de inducción sobre los objetivos de la Unidad y de la importancia de los recursos naturales que se protegen y que impartirá la administración de la Reserva.

15) Por último, el adjudicatario y su personal deberán colaborar en el rescate de especies de flora y fauna silvestre que se hallen en el área de la faena y que sean de interés para la Corporación salvaguardar para su conservación, ya sea trasladando ejemplares o bien con el cercado del lugar donde se localizan.

Horario de faenas:

Las faenas deberán realizarse en días hábiles de lunes a viernes desde las 09:00 hasta las 18:00 horas según el régimen laboral propuesto por el oferente. Cuando se trate de días sábado o festivo, la coordinación del trabajo en terreno deberá tratarse directa y exclusivamente con la Administración de la Reserva, en horario por acordar.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.