BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS
“CONTRATO DE SUMINISTRO MEDALLAS, TROFEOS Y GALVANOS”
- GENERALIDADES:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco requiere contar con trofeos, copas y medallas grabadas, con el propósito de premiar y reconocer el esfuerzo y desempeño de instituciones y deportistas destacados de la comuna.
Para ello, se llama a Licitación Pública a través del portal www.mercadopublico.cl, con el fin de suscribir un contrato de suministro de medallas, trofeos y galvanos, todos con sus respectivos grabados —cuyo texto será proporcionado al momento del requerimiento—, destinados a la Oficina de Deportes y Organizaciones Comunitarias de la I. Municipalidad de Coltauco.
Este contrato permitirá evitar el fraccionamiento de compras y asegurar una adecuada respuesta a las solicitudes formuladas por las Organizaciones Comunitarias, así como para las actividades organizadas por la Municipalidad. Todo lo anterior se realizará conforme a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas y Formularios, los cuales tienen como objetivo principal establecer lineamientos claros sobre los derechos y deberes de los participantes.
De acuerdo a las atribuciones que confiere la Ley N°21.634, “Moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado”.
2. FINANCIAMIENTO:
El financiamiento se imputará al presupuesto municipal en las siguientes cuentas contables:
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AREA GESTIÓN
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PROGRAMA
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SUB-PROGRAMA
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CÓDIGO CUENTA
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ITEM
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Programas Recreativos
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Talleres y Formación Deportivas
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Talleres y Formación Deportivas
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Premios y Otros
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215.24.01.008.001.001
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Programas Sociales
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Organizaciones Comunitarias
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Organizaciones Comunitarias
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Premios y Otros
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215.24.01.008.001.001
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El monto total disponible para ejecución año 2025 es de $3.500.000.- (tres millones quinientos mil pesos) impuestos incluidos.
3. MANDANTE:
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Organismo mandante
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:
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I. Municipalidad de Coltauco
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RUT. Nº
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:
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69.080.700-9
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Dirección
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:
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Avda. Arturo Prat Nº66, Coltauco
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4. UNIDAD TÉCNICA:
Dirección de Desarrollo Comunitario (Oficina de Deportes).
5. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES PARA OFERTAR Y CONTRATAR:
Podrán participar en la licitación, las personas naturales y/o jurídicas, en forma individual o colectiva, respecto a las cuales no concurra alguna de la causales de inhabilidad contenidas en los Artículos 4° de la Ley N°19.886, inhabilidades previstas en el Artículo 35 quáter de la Ley N°19.886 agregado por la Ley N°21.634, no haber sido sancionado de acuerdo a la Ley N°20.393 con la prohibición absoluta o temporal para celebrar actos o contratos con los organismos del Estado.
Los oferentes para participar del presente proceso de licitación, deberán encontrarse inscritos y hábiles en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl, de conformidad con lo establecido en el artículo 16° de la Ley N°19.886. En el caso de que un oferente no se encuentre inscrito ni hábil en el registro indicado, su oferta será declarada inadmisible.
Tratándose de uniones temporales de proveedores (UTP) cada uno de sus integrantes para ofertar deberá encontrarse inscrito y hábil en el registro de proveedores del portal www.mercadopublico.cl.
Para ofertar:
1.- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o del contrato) (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
2.- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos Ley N°20.393, Artículo 10°.
3.- No haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (Artículo 4° Ley N°19.886/2003).
4.- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (Artículo 26, Letra d) Decreto Ley N°211).
5.- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (Artículo 4° de la Ley N°19.886/2003) (Artículo N°56 de la Ley N°18.575).
6.- El proveedor no debe estar contratado por el mismo organismo del Estado, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo organismo, ni ser cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecidas en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidad a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Abundando en el punto anterior, se entiende por grado de consanguinidad y/o afinidad lo siguiente:
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GRADO
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CONSANGUINIDAD
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GRADO
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AFINIDAD
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TITULAR (Funcionario de planta, contrata u honorarios)
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CONYUGE O CONVIVIENTE CIVIL
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1°
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Padres (padre o madre)
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1°
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Suegros / padres del conviviente civil
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Hijos e hijas
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Hijos e hijas del Cónyuge o Conviviente Civil
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2°
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Hermanos y hermanas
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2°
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Cuñados / hermanos del Conviviente Civil
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Abuelos / nietos o nietas
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Abuelos del cónyuge / nietos o nietas
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Los oferentes al ingresar su oferta el portal www.mercadopublico.cl, se considerarán que declaran no encontrarse inhabilitados por ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad descritas precedentemente.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y anexos.
Para contratar:
Al momento de contratar el oferente adjudicado deberá tener vigente su contrato en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado “hábil” para contratar con el Estado. Además, se obtendrá desde la plataforma de www.mercadopublico.cl, la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, que es aquella que el oferente debe completar al momento de ingresar su oferta (el formato adjunto es sólo de carácter referencial).
La Persona Natural y/o Jurídica deberá contar con iniciación de actividades ante SII (Servicio de Impuestos Internos), como así mismo estén previamente inscritos en www.mercadopublico.cl y cumplan con las habilidades que exige el Reglamento de la Ley Nº19.886/2003 “Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios”.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el Artículo 27 de la Ley N°19.913, en el artículo 8° de la Ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. La Municipalidad de Coltauco verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva, de conformidad a con lo dispuesto en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
6. CARACTERÍSTICAS DE LOS PRODUCTOS REQUERIDOS:
La Ilustre Municipalidad de Coltauco, con el propósito de atender las solicitudes de las organizaciones deportivas y comunitarias, y a su vez reconocer la trayectoria y el esfuerzo de deportistas y dirigentes destacados de la comuna, requiere establecer un contrato de suministro que permita la adquisición de medallas, trofeos (copas) y galvanos, conforme a las especificaciones que se detallan a continuación:
6.1. Medalla metálica (50 mm a 60 mm)
- Material: metal (latón, zamak u otro metal resistente, no plástico)
- Color y acabado: dorado, plateado o cobre con acabado brillante o satinado
- Dimensiones: diámetro entre 50 mm y 60 mm
- Grosor mínimo: 3 mm
- Grabado:
- Logo institucional a proporcionar por la Municipalidad
- Texto con nombre del evento o categoría
- Grabado en bajo relieve o láser (no impresión)
- Presentación: incluye cinta tricolor o institucional para colgar (a definir por la Municipalidad, con ancho mínimo 2 cm)
6.2. Trofeo/Copa metálica de 40 cm con placa grabada
- Material: cuerpo metálico (aluminio, acero, aleación metálica) con base que puede ser de resina, madera o metal.
- Altura total con base incluida: 40 cm (+/- 2 cm)
- Color: plateado, dorado o combinado (según diseño propuesto)
- Base: sólida, estable, con buen peso
- Placa grabada:
- Grabado con láser o bajo relieve (no impresa)
- Nombre del evento, año y categoría (texto a definir por la Municipalidad)
- Diseño: clásico o moderno según requerimiento, elegante y acorde a premiación formal.
- Presentación: caja individual ecológica.
6.3. Medalla de madera grabada (60 mm a 70 mm)
- Material: madera natural (pino, raulí, roble u otra), tratada y pulida
- Diámetro: entre 60 mm y 70 mm
- Grosor mínimo: 4 mm
- Grabado:
- Grabado láser directo sobre la madera
- Debe incluir logo institucional y nombre del evento o categoría (definido por la Municipalidad)
- Diseño: circular, con o sin biselado
- Terminación: barnizada o con sellador protector
- Cinta: cinta para colgar (color a definir, mínimo 2 cm de ancho)
6.4. Galvano de madera o vidrio grabado (23 x 30 cm)
- Material: madera (barnizada) o vidrio (templado)
- Dimensiones: 23 cm x 30 cm
- Espesor mínimo:
- Madera: 10 mm
- Vidrio: 6 mm
- Base o soporte:
- En caso de madera: puede ser autoportante o con base de apoyo
- En caso de vidrio: debe incluir soporte estable o pie metálico
- Grabado:
- Grabado láser o bajo relieve
- Debe incluir logo institucional, nombre del evento, persona o institución homenajeada, fecha y texto institucional (indicado por la Municipalidad)
- Terminación: pulido, bordes suaves, sin rebabas
- Presentación: estuche protector o caja
- 7.FORMULARIO DE ADQUISICIÓN:
Se creará el formulario de adquisición por parte del operador del sistema correspondiente a la dirección / departamento / oficina requirente, conforme a lo siguiente:
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N°
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Clasificación ONU
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Cant.
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Unid. de Medida
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Descripción
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1
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49101701
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1
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Unidad
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Medalla metálica / Trofeo/Copa metálica / Medalla de madera / Galvano de madera o vidrio, según características indicadas en numeral 7 de las Bases Administrativas y Técnicas
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8. CALENDARIO DE ACTIVIDADES:
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PROCESO
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DESCRIPCIÓN
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Fecha de Publicación
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Se publicará a más tardar al quinto día hábil, de dictado el decreto que aprueba las bases y autoriza la publicación.
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Fecha Inicio de Preguntas
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A contar de las 23:59 hrs. de día publicado y estará vigente por 48 hrs. hábiles.
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Fecha Final de Preguntas
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El foro de consultas estará activo durante 48 hrs. hábiles, desde el inicio de las preguntas.
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Fecha Publicación de Respuestas
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A contar de las 15:00 hrs. al día siguiente de terminado el proceso de consultas, si este fuere un día inhábil, será el día siguiente a las 15:00 hrs.
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Fecha de Cierre de Recepción de Ofertas
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Será de 10 días, reduciéndose a 05 días, por tratarse de un producto de simple y objetiva especificación y dicho plazo será contado desde la fecha de publicación, en día hábil, a las 15:00 hrs.
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Fecha de Apertura Electrónica
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Se podrá realizar la apertura al minuto siguiente del cierre de las ofertas.
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Fecha de Adjudicación
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Se procederá a adjudicar pasado 5 días hábiles de la fecha de apertura de la licitación.
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Fecha suscripción del contrato
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Se podrá suscribir el Contrato de Suministro, en un plazo no superior a 10 días hábiles a contar de la fecha de adjudicación.
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9. GARANTÍAS DEL CONTRATO:
No se considera.
10. INSTRUCCIONES PARA PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Las Ofertas se deberán presentar solamente a través del Formulario de Presentación de Ofertas que incluye el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, adjuntando todos los anexos indicados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
Sólo se considerarán las Ofertas de los proponentes que hayan enviado oportunamente por la vía antes mencionada. Es decir, las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl.
No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de Anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser consultado por el oferente en todo momento y puede ser impreso para su resguardo.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Del momento en que el oferente ingrese una oferta en el sistema, es que ha tomado conocimiento cabal de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y las acepta en su totalidad.
Para facilitar el ingreso de la documentación al Sistema de Información, se sugiere evitar el ingreso de múltiples archivos por separado, los cuales pueden ser agrupados en un solo documento contenedor de formato pdf.
El Oferente deberá ingresar en www.mercadopublico.cl, en la licitación denominada “CONTRATO DE SUMINISTRO MEDALLAS, TROFEOS Y GALVANOS”, debidamente llenado los siguientes antecedentes:
a) Documentos Administrativos
El oferente deberá ingresar en anexos administrativos el siguiente documento:
- Formulario Nº1 Individualización del Oferente, conforme a formato adjunto, consignándose nombre completo, RUT o C.I., domicilio, teléfono (de la empresa y su representante). En el caso de que el proponente sea persona jurídica deberá acompañar copias autorizadas legalmente de su Escritura de Constitución y Certificado de Vigencia en el registro de Comercio y sus modificaciones, autorizadas ante Notario y con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de la propuesta. Si estos antecedentes están presentes en el Registro de Proveedores, bastará con que el oferente adjunte un “pantallazo” del portal. La Comisión Evaluadora se reserva el derecho de corroborar y solicitar información complementaria pertinente, para la validez de tales antecedentes.
b) Documentos Técnicos:
El oferente deberá ingresar en anexos técnicos los siguientes documentos:
- Formulario Nº2 “Programa de Integridad y Ética Empresarial”, conforme a formato adjunto.
- Patente municipal vigente. El oferente deberá ingresar escaneado la patente municipal vigente al semestre en que se realiza la licitación.
c) Documentos Económicos:
El oferente deberá ingresar en anexo económico el siguiente documento:
- Formulario Nº3 Cotización y Plazo de Respuesta, conforme a formato adjunto. El oferente deberá completar todos los ítems e ingresar la información requerida, en formato Word y/o PDF, de fácil descarga. Si el formato viene incompleto, no será considerado para evaluar.
En los casos en que los documentos ingresados no puedan abrirse o guardarse, se solicitará mediante foro inverso que se repita el proceso. Además, se reducirá el puntaje en el criterio correspondiente por no cumplir con lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. Mientras se resuelve esta situación, la apertura electrónica quedará pendiente de confirmación.
11. DE LA APERTURA ELECTRÓNICA:
La Apertura Electrónica será a través de la página web www.mercadopublico.cl, en una etapa y será un funcionario del Departamento de Adquisiciones el encargado de realizarla, dejando constancia e informando a los Oferentes participantes de las observaciones que hubiere.
Los Oferentes que participen deberán dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en el punto N°10 "Instrucciones para presentación de Ofertas" de las presentes Bases Administrativas y Técnicas, que rigen para esta Licitación.
Aquellas ofertas que no presenten el Formulario N°1 Individualización del Oferente, se entiende que constituyen una omisión formal de aquellas referidas en el Artículo 56 numeral 1) del Reglamento de Compras (Decreto N°661/2024) de la Ley N°19.886/2003.
Por tanto, los Oferentes que se encuentren en esta situación podrán subsanar dicha omisión mediante la presentación de los referidos anexos, dentro del plazo de 48 horas hábiles contando desde que la Municipalidad comunique a dichos proveedores y al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información esta situación, debiendo considerar que será descontado en el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”. Y en caso de persistir la omisión, se asignará 0 (cero) punto.
12. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL:
12.1. De los funcionarios evaluadores:
Se designarán dos funcionarios municipales, que serán sancionados por Decreto Alcaldicio para realizar la evaluación de las ofertas, quienes tendrán las siguientes atribuciones:
(a) Realizar la evaluación de las ofertas, rechazando aquellas ofertas que no cumplan con los documentos de la licitación, que no se ajusten al presupuesto disponible o que contengan errores importantes y que, a juicio de los funcionarios evaluadores, afecte el principio de igualdad de los proponentes.
(b) Se podrá, sin embargo, admitir aquellas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos defectos a su juicio, no sean sobre cuestiones de fondo ni su corrección altere este mismo principio. Dichos rechazos o admisiones serán informados y justificados en el correspondiente informe de evaluación de las ofertas. Se podrá, además, rechazar todas las ofertas presentadas cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Licitación.
(c) Podrán declarar inadmisible una oferta en cualquier momento, en caso de que el incumplimiento referido se detecte con posterioridad a la apertura, es decir, durante el estudio y análisis de las ofertas presentadas.
(d) Si producto de la verificación de los elementos constitutivos de las ofertas surgiera algún aspecto (en lo formal o contenido) no consignado o exigido sin mayor precisión por las bases y que genere cierta controversia sobre los documentos recibidos, tendrán la facultad para establecer y aplicar en dicho proceso, los criterios que permitan dirimir dicha controversia.
(e) Desarrollar la evaluación de las ofertas, considerando para ello los montos ofertados por los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl.
(f) Efectuar el análisis y evaluación de las ofertas recibidas, levantar un Acta de Evaluación dirigido al Sr. Alcalde, con la terna, ordenados del mayor al menor puntaje. Y sólo se podrá adjudicar aquellas ofertas que tengan mayor puntaje y que superen o igualen los 70 puntos.
La Municipalidad de Coltauco podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
12.2. De los Criterios de Evaluación:
En base a los antecedentes acompañados por los oferentes y a las presentaciones y aclaraciones efectuadas, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos para participar en esta licitación, la Comisión Evaluadora procederá a examinar las propuestas y evaluarlas conforme a los criterios de evaluación que se indican más adelante, cuyos puntajes ponderados de cada subcriterio, se expresarán con dos decimales:
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Nº
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Criterio de Evaluación
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Rangos
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1
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Calidad técnica de lo requerido 35%
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Se ajusta a lo requerido y entrega información completa, clara y precisa.
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=
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100 puntos
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Se ajusta a lo requerido y entrega información, pero incompleta
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=
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70 puntos
|
|
Se ajusta medianamente a lo requerido con información poco clara y vaga
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=
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50 puntos
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|
No se ajusta a lo requerido o no indica
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=
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0 puntos
|
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2
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Precio 30%
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Puntaje Precio = (mínimo entre los oferentes) / precio X 100
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3
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Plazo de Entrega 25%
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Dentro de 24 horas hábiles desde la emisión de la OC (1 día hábil)
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=
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100 puntos
|
|
Entre 24,1 y 48 horas hábiles desde la emisión de la OC (2 días hábiles)
|
=
|
80 puntos
|
|
Entre 48,1 y 72 horas hábiles desde la emisión de la OC (3 días hábiles)
|
=
|
60 puntos
|
|
Entre 72,1 y 96 horas hábiles desde la emisión de la OC (4 días hábiles)
|
=
|
40 puntos
|
|
Entre 96,1 y 120 horas hábiles desde la emisión de la OC (5 días hábiles)
|
=
|
20 puntos
|
|
Mayor a 120 horas hábiles desde la emisión de la OC (mayor a 5 días hábiles)
|
=
|
0 puntos
|
|
4
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Cumplimiento de los Requisitos Formales 5%
|
Si cumple con todos los requisitos
|
=
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100 puntos
|
|
Si obtiene entre 70 y 99 puntos
|
=
|
80 puntos
|
|
Si obtiene entre 40 y 69 puntos
|
=
|
50 puntos
|
|
Si obtiene menos 10 a 39 puntos
|
=
|
20 puntos
|
|
Si obtiene menos de 9 puntos
|
=
|
0 puntos
|
|
5
|
Materias de alto impacto social (enfoque de género) 4%
|
Cuenta con sello mujer
|
=
|
100 puntos
|
|
No cuenta con sello mujer
|
=
|
0 puntos
|
|
6
|
Programa de integridad 1%
|
Cuenta con programa de integridad e ingresa verificadores de que éste es conocido por su personal.
|
=
|
100 puntos
|
|
Cuenta con programa de integridad, no ingresa verificadores de que éste es conocido por su personal
|
=
|
50 puntos
|
|
No tiene o no ingresa programa de integridad
|
=
|
0 punto
|
12.2.1. Calidad técnica de lo requerido: (35%)
Se otorgará un puntaje máximo de 100 puntos a aquella oferta que incluya el Formulario N°3 “Cotización y Plazo de Respuesta” debidamente completado, junto con un documento en formato Word o pdf donde se incluya ficha técnica y fotografías de los productos ofrecidos. Se valorará especialmente que la información presentada sea clara, precisa y completa, permitiendo una adecuada evaluación de la calidad de los productos requeridos.
La asignación de puntaje se realizará de la siguiente manera:
- 100 puntos: Oferta que adjunta el Formulario N°3, ficha técnica y fotografías, con información clara, precisa y completa.
- 70 puntos: Oferta que cumple con lo requerido y entrega la información solicitada, pero de forma parcial o incompleta (ingresa detalle pero no de la totalidad de los productos).
- 50 puntos: Oferta que se ajusta parcialmente a lo solicitado, con información poco clara, vaga o insuficiente (faltó ingresar ficha técnica y/o fotografía de los productos).
- 0 puntos: Oferta que no se ajusta a lo requerido o no entrega la información solicitada.
12.2.2. Precio: (30%)
El Oferente deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, en la Línea de Compra, el valor de $1.- (1 peso).
Para realizar la evaluación se considerará el valor total del Formulario N°3 “Cotización y plazo de respuesta”. Se comparará el precio de cada oferta por el precio menor ofertado.
Este criterio se calculará mediante la siguiente fórmula:
|
Precio Mínimo Ofertado
|
X 100
|
|
Precio de la Oferta
|
Se aplicará dos decimales, para el cálculo.
Si al momento de la evaluación, el valor ofertado no se ajusta al presupuesto disponible, la oferta no será considerada para adjudicar.
12.2.3. Plazo de Entrega: (25%)
Este criterio se refiere al tiempo comprometido para la entrega del producto. El oferente deberá informar este plazo en el Formulario N°3: “Cotización y Plazo de Respuesta”, incluido en las presentes bases.
Dado que el producto requiere personalización, el proveedor deberá especificar claramente el plazo de entrega en dicho formulario. Se evaluará con mayor puntaje el menor plazo de entrega y con menor puntaje aquellos plazos más extensos. El plazo máximo permitido es de 120 horas corridas desde el requerimiento, con entrega en domicilio.
Las ofertas que no indiquen el plazo de entrega obtendrán 0 puntos en este criterio. Asimismo, no se considerará válida ninguna oferta que señale “entrega inmediata” como plazo.
Importante: Los productos deben ser entregados en Coltauco, en la Oficina del Deporte, ubicada en Avda. Arturo Prat N°218.
12.2.4. Cumplimiento de los Requisitos Formales: (5%)
Obtendrá mayor puntaje aquel Oferente que al momento de la apertura electrónica, cumpla con la totalidad de los requisitos solicitados.
Para esta evaluación, se asignarán puntajes a cada uno de los ítems indicados en la tabla siguiente. La sumatoria de estos entregará un puntaje máximo de 100 puntos, el cual será ponderado con un 5% del total de la evaluación:
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Nº
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Requisitos a cumplir
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Puntos
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1
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Ingreso del Formulario N°1 “Individualización del Oferente”
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20
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2
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Ingreso del Formulario N°2 “Programa de Integridad y Ética Empresarial”
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20
|
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3
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Ingreso de Patente Municipal vigente al semestre en que se realiza la licitación
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20
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4
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Que presente la totalidad de los documentos solicitados en las presentes Bases Administrativas y Técnicas. (Si ingresa documentos extras no solicitados, o bien faltó Ingresar alguno de los solicitados, no se asigna este puntaje).
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15
|
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5
|
Que los formatos sean los proporcionados en la presente licitación, correctamente llenados, sin cambiar su estructura
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15
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6
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Que los archivos al momento de descargarse puedan ser abiertos correctamente.
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10
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TOTAL
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100
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Conversión del Puntaje a Escala de Evaluación:
En caso de no obtener los 100 puntos, se aplicará la siguiente escala para definir el puntaje final:
100 puntos: Si obtiene el puntaje total de 100 puntos en la tabla anterior.
80 puntos: Si obtiene entre 70 y 99 puntos.
50 puntos: Si obtiene entre 40 y 69 puntos.
20 puntos: Si obtiene entre 10 y 39 puntos.
0 puntos: Si obtiene menos de 10 puntos.
Finalmente, el puntaje obtenido será ponderado con un 5% sobre el total de la evaluación.
12.2.5. Materias de alto impacto social, enfoque de género (4%)
Las materias de alto impacto social son aquellas que contribuyen al desarrollo social, económico o ambiental, generando beneficios directos para las comunidades. En este contexto, y con el objetivo de fomentar la participación de las mujeres en el sistema de compras públicas, así como promover a las empresas de menor tamaño y proveedores locales, se incorpora un criterio con enfoque de género.
Se asignará un puntaje de 100 puntos a los oferentes que cuenten con el Sello Mujer, el cual será ponderado en un 4% dentro de la evaluación total.
La existencia del Sello Mujer será verificada a través del Registro de Proveedores.
12.2.6. Programa de integridad (1%)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formulario N°2 Programa de Integridad y Ética Empresarial. A su vez, deberá adjuntar el referido programa de integridad a su oferta, como medio de verificación. En caso de que no se presente el Formulario N°2 Programa de Integridad y Ética Empresarial, debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido.
Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
12.3. Otros aspectos de la evaluación:
a) De las consultas (foro inverso):
La Comisión Evaluadora o Funcionarios evaluadores, podrá solicitar a los oferentes que salve errores u omisiones formales (no se considera error formal errores en el precio de la oferta) y estas rectificaciones no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Para ello, se activará el link correspondiente en Foro Inverso, ingresando la pregunta o aclaración respectiva, otorgando un plazo de 48 horas hábiles para responder.
b) De los empates:
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio que más adelante se describe y que si persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el Criterio que siga y así sucesivamente y que si aún persiste se adjudicará a quien haya ingresado primero la oferta:
1° Calidad Técnica de lo requerido.
2° Oferta económica.
3° Plazo de Respuesta.
4° Cumplimiento de Requisitos Formales.
5° Programa de Integridad.
6° El oferente que haya ingresado primero su oferta.
c) Del puntaje mínimo para adjudicar:
Sólo podrá ser adjudicada aquella oferta que cumpla con todos los requisitos solicitados en las presentes bases y que en la sumatoria de sus puntajes tengan igual o superior a 70 puntos.
d) De los antecedentes omitidos:
En caso de haber omitido alguno de los siguientes documentos:
1.- El Formulario N°1 Individualización del Oferente
2.- El Formulario N°2 Programa de Integridad y Ética Empresarial
3.- La Patente Municipal vigente al semestre en que se realiza la licitación.
Se otorgará un plazo de 48 horas hábiles para subsanar dicha omisión, descontándose puntaje en Criterio de Evaluación “Cumplimiento de Requisitos”.
Sin embargo, será marginado del proceso licitatorio si el oferente no ingresa los siguientes documentos:
1.- Formulario N°3 Cotización y Plazo de Respuesta
e) De los antecedentes o documentos extra no exigidos en las bases:
Con el propósito de colaborar con el medio ambiente y optimizar los recursos financieros y humanos, aquellas ofertas donde el Oferente haya ingresado documentos no solicitados en las presentes bases, éstos no serán impresos ni considerados por la comisión evaluadora, y se procederá a descontar 5 puntos del total obtenido, por no respetar esta medida.
f) De presentarse ofertas riesgosas o temerarias:
La Municipalidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
En función del número de oferentes participantes en el proceso de contratación, se aplicarán los siguientes parámetros para detectar una oferta temeraria:
- Si solo hay un oferente en el proceso de contratación pública, se considera baja temeraria si la oferta es inferior en más de 25% al presupuesto base establecido.
- Con dos oferentes participando, la baja temeraria se detecta si la oferta es inferior en más de 20% a la otra oferta presentada.
- Cuando tres oferentes participan, se considera baja temeraria cualquier oferta que sea inferior en más de 10% a la media aritmética de todas las ofertas.
- En licitaciones con cuatro o más participantes, una oferta se considera temeraria si es inferior en más de 10% a la media aritmética de todas las ofertas.
g) De presentarse solo una oferta:
Cuando en una propuesta se presentase una (01) sola oferta, la Comisión de Evaluación procederá a evaluar los antecedentes de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderaciones establecidos en las presentes bases, pudiendo eventualmente proponer su adjudicación o rechazo. Lo recién indicado debe entenderse de conformidad con el artículo 9, inciso segundo de la ley 21.634.
La Municipalidad declarara inadmisible las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases.
h) De la autenticidad de la información:
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para dejar inadmisible la oferta de aquellos oferentes, en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
La Comisión se reserva el derecho de calificar defectos de forma, omisiones o errores de menor importancia siempre que estos no alteren el tratamiento igualitario de los oferentes ni la correcta evaluación de las propuestas.
i) Del contacto entre el Municipio y los Proveedores:
Se recuerda a los Oferentes, que conforme al Artículo 35° ter de la Ley N°19.886/2003, … “se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que se desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes…”.
j) De la Unión Temporal de Proveedores (UTP):
De conformidad a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Compras, los oferentes podrán presentar ofertas bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores, cumpliendo para ello los requisitos establecidos en el Artículo 180° del citado reglamento. Para lo cual, si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compras, deberán establecer, en el documento que formaliza la UTP, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Este documento podrá ser público o privado, según corresponda.
Oportunidad de presentación del instrumento: Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjunta al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El documento deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes.
Para contrataciones iguales o superiores a 1000 UTM y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, un documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Documento que deberá contener a lo menos la información señalada en los párrafos precedentes. De resultar adjudicada, esta Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. De resultar adjudicados, la Municipalidad exigirá que, al momento de la suscripción del contrato respectivo, todos los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) se encuentren inscritos y hábiles en el Registro de Proveedores.
Duración de la Unión Temporal de Proveedores (UTP): La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación o prórroga, si hubiere.
Presentación de la oferta: Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión temporal determinarán que antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma, debiendo en todo caso dar cumplimiento a todos los requisitos exigidos en las bases.
Corresponde a la Municipalidad determinar los criterios de evaluación y sus ponderaciones, sin embargo, las UTP gozan de total discreción a la hora de determinar cómo formulan sus ofertas y de elegir los antecedentes que presentarán para cumplir con lo exigido en las bases y para ser evaluados de acuerdo a los criterios y ponderaciones predeterminados en las bases. En efecto, una UTP podría, a modo ejemplar, presentar conjuntamente con su oferta, la experiencia de todas o de sólo algunas de las empresas que la integran, según cual sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta.
13. DE LA ADJUDICACIÓN:
El Oferente deberá tener en consideración que la Municipalidad de Coltauco adjudicará a un solo proveedor la totalidad de la Línea de Compra, siempre que reúna y cumpla todos los requisitos establecidos en las presentes bases.
Una vez aceptada la propuesta realizada por la Comisión Evaluadora al Sr. Alcalde o a quien delegue esta función, se procederá a dictar el Decreto Alcaldicio, que será notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, en un plazo no superior a las 24 horas.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se cumple cualquiera de los plazos que establecen las presentes Bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
En caso de que la Licitación se declarara desierta por no presentarse ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales, se procederá a efectuar un análisis de las razones de dicha deserción, y podrá autorizar a realizar un segundo llamado.
Eventualmente, la Unidad Compradora podrá, de acuerdo al Artículo Nº58 del Reglamento de Compras Decreto N°661/2024, indicar un nuevo plazo de adjudicación a través del sistema, al no poder realizarlo dentro del plazo señalado e indicando las razones que justifiquen dicho incumplimiento. De existir modificación en la fecha de Adjudicación, estas podrán ser hasta 30 días corridos, contados desde la fecha de apertura en la plataforma.
14. DE LA ORDEN DE COMPRA ELECTRÓNICA:
Por tratarse de un Contrato de Suministro, la Orden de Compra Electrónica se enviará cuando se requiera el producto o servicio. Para ello, la Dirección de Desarrollo Comunitario, el supervisor técnico del contrato de suministro o quien lo subrogue, conforme a los plazos y procedimientos internos, levantará el requerimiento mediante una Solicitud de Orden de Compra (Memo, en formato en soporte papel o digital). Esta solicitud será enviada por el Supervisor Técnico del Contrato a la Oficina de Mercado Público.
El contenido mínimo de la solicitud debe indicar de manera clara y precisa los motivos, montos y fechas en que se requiere el suministro de productos y/o servicios de mantención, reparación o reposición. Además, debe incluir detalles como el ítem, proveedor, RUT, fecha del Decreto que aprueba el Contrato de Suministro, PAC, entre otros datos relevantes.
El plazo para generar la Orden de Compra a través del portal www.mercadopublico.cl será de 24 horas, pudiéndose extender hasta 72 horas, debidamente justificado.
Una vez emitida la orden a través de www.mercadopublico.cl al proveedor, se imprimirá dicha OC y se remitirá a la Dirección de Administración y Finanzas, para los trámites que correspondan, acompañado del siguiente documento:
- Orden de Compra Electrónica
- Solicitud de Orden de Compra debidamente firmada por el Supervisor Técnico del Contrato.
Por tanto, una vez emitida y enviada la OC al proveedor, este último tendrá un plazo de 24 horas para revisarla y aceptarla. En caso de rechazarla, deberá indicar claramente el motivo, a fin de dar pronta solución y evitar que sufra cortes el suministro normal del servicio contratado.
15. DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO DE SUMINISTRO:
Una vez adjudicado y notificado a través del portal www.mercadopublico.cl, el Municipio y el adjudicatario, formalizarán con un Contrato de suministros. Para ello tendrán un máximo de 10 días hábiles y cuyo contenido contendrá entre otros puntos, el plazo de entrega de los servicios y/o insumos a requerir, formas de pago, causales de término anticipado de éste y multas.
El Proveedor adjudicado deberá encontrarse hábil para contratar con el Estado.
Se verificará la habilidad del Proveedor cada vez que se emita orden de compra, debiendo estar hábil. Si el proveedor no tiene un contrato vigente o presenta alguna inhabilidad, deberá resolver su situación en un plazo máximo de 48 horas hábiles. Si no logra solucionar la inhabilidad en ese tiempo, se procederá a dar término anticipado al contrato.
15.1. Anticipo:
No se contempla.
15.2. Del pago de la Orden de Compra (Contrato):
El sistema de pago del contrato de suministro, será financiado con recursos municipales, con cargo al presupuesto municipal. En la respectiva Orden de compra se realizará la imputación correspondiente de la cuenta presupuestaria.
Dado lo anterior, la facturación deberá ser mensual donde deberá indicarse los servicios/productos solicitados y las órdenes de compra correspondientes a este periodo.
Los servicios/productos solicitados según contrato, se pagarán dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de entrega de la Factura. Dicha factura deberá ser ingresada por la Oficina de Partes, o bien enviarla al correo facturas@coltauco.cl, con especial atención a la Dirección de Desarrollo Comunitario, quien en un plazo no superior a 24 horas, contados desde la recepción, remitirá un informe favorable con todos los antecedentes de respaldo al Departamento de Administración y Finanzas para su respectivo trámite de pago.
Al momento de emitir facturas, cada orden de compra emitida dentro del mes o periodo deberá estar en estado “aceptada” en el sistema.
15.3. De las multas:
La aplicación de las multas se hará administrativamente, sin forma de juicio y se deducirá de la correspondiente factura, por tanto, en el caso de incumplimiento de las presentes bases y/o documentación que rige la presente licitación, se procederá al cobro de las multas estipuladas a continuación:
- Atraso en la entrega de los productos:
La Municipalidad aplicará una multa del 5% de la UTM. (del mes en que se cursa) por cada día de atraso en la entrega de los productos, con un tope de hasta 10 días corridos.
- Atraso en la entrega del producto luego de solicitada su corrección:
La Municipalidad de Coltauco está facultada para el cobro una multa del 1% de la UTM. por 12 horas de atraso en la nueva entrega de los productos o prestación de los servicios (incluyendo días inhábiles) contados desde la fecha de notificación del rechazo de los productos o servicios, con un tope de 5 días corridos.
Con todo, la aplicación de las multas al proveedor no podrá exceder del 20% del monto total de la contratación (I.V.A incluido), cualquiera sea el periodo de contratación. Si excediere dicha cantidad la Municipalidad de Coltauco podrá poner término anticipado a la contratación.
- Incumplimiento en las especificaciones técnicas contratadas:
La Municipalidad de Coltauco está facultada para el cobro una multa del 5% de la UTM (del mes en que se cursa), por cada incumplimiento en las especificaciones técnicas de cada uno de los productos determinados en la solicitud de cotización y en la oferta del proveedor, lo cual será determinado por la contraparte técnica de la contratación, con un tope de hasta el 20% del valor total del contrato, lo que dará lugar a término anticipado de contrato.
El proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar la entrega nuevamente, a sus expensas, en un plazo no superior a 24 horas corridas, contado desde la fecha de notificación del rechazo de los productos o servicios.
15.4. Recurso de reposición:
La Municipalidad de Coltauco podrá aplicar multas en forma administrativa. El Oferente tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la sanción, para presentar sus descargos, los que serán revisados por la Contraparte Técnica. Finalmente, será el Alcalde quien resolverá si procede la aplicación de la multa y, en su caso, determinará su monto.
La Municipalidad tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver los descargos presentados.
La resolución que acoja total o parcialmente el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto la sanción impugnada. En caso de que la multa sea finalmente cursada, total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante su deducción en el siguiente estado de pago o facturación del contrato. Si ello no fuere posible, podrá exigirse mediante la emisión de un vale vista o cheque a nombre de la Municipalidad de Coltauco.
15.5. Término anticipado del Contrato:
La Municipalidad podrá terminar en forma anticipada y administrativamente el contrato y sin forma de juicio, aduciendo las siguientes causales:
a) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Prestador de Servicios. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la Municipalidad de Coltauco un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
b) Si el adjudicado fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.
c) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
d) Si se disuelve la empresa adjudicada.
e) Si el Prestador de Servicios lo solicita por razones de fuerza mayor, debidamente calificada.
f) Si el prestador de servicios fuese condenado a pena aflictiva.
g) De común acuerdo entre la Municipalidad y el Oferente Adjudicado, sin cargo para ambas partes.
h) Si en alguna de las etapas comprendidas en el periodo de duración del contrato se producen fallas o incumplimientos graves que puedan poner en riesgo, vulnerar o afectar el perfecto y puntual cumplimiento del contrato de suministro.
i) Si al momento de generar la orden de compra, el adjudicatario se encuentra en estado inhábil en el registro de proveedores y no resuelve su situación dentro de un plazo de 05 días hábiles.
j) Por multas reiteradas que superen el 20% del monto total contratado o multas sucesivas, que afectan el normal desarrollo del contrato (más de 5 multas sucesivas o alternadas dentro del semestre).
k) En el caso de que el Prestador de Servicios sea una Unión Temporal de Proveedores y se presente la siguiente situación:
i. Cuando uno de los miembros de la UTP se retira de ésta y dicho integrante hubiera reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta;
ii. Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
iii. Inhabilidad sobreviniente de algunos de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
iv. Disolución de la Unión Temporal de Proveedores.
En caso de presentarse cualquiera de estas causales, será responsabilidad del Supervisor Técnico, preparar y tramitar todos los documentos necesarios, dentro de los plazos que establece la Ley de Actos Administrativos.
15.6. De la Supervisión Técnica del Contrato:
La supervisión técnica del contrato será realizada por la Encargada de Of. De Deportes, o por quien la subrogue. Será responsable de velar por el fiel cumplimiento del contrato, coordinando para ello los mecanismos de control necesarios respecto de los productos solicitados.
15.7. Vigencia o duración del contrato:
Será a partir de la fecha de suscripción del contrato de suministro y tendrá una vigencia de 24 meses.
15.8. Modificación al contrato:
Las partes podrán modificar el correspondiente contrato suscrito por ellas. Todas las modificaciones de servicios acordadas durante el periodo de vigencia del respectivo contrato se incorporarán en nuevos anexos, lo que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. Al respecto, los señalados anexos deberán perfeccionarse por mutuo acuerdo de las partes y aprobarse mediante el correspondiente acto administrativo. Las modificaciones no podrán superar el 30% del valor toral del respectivo contrato ni alterar la naturaleza de éste.
Se podrá modificar el contrato, introduciendo nuevas marcas, modelos o diseños de trofeos, medallas y galvanos, lo que será debidamente informado.
15.9. Reajuste:
Los precios podrán ser reajustados previa solicitud por escrito presentado por el adjudicatario, cada 12 meses o en su defecto 1 vez en el año, a partir del inicio de la vigencia del Contrato, reajustándose de acuerdo a IPC, utilizando así los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
Para estos efectos, se considerará la siguiente fórmula de reajuste, teniendo presente que el mes inicial es aquel donde se aprueba el Contrato de Suministro:
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Factor de reajustes (FR)
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=
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(IPC mes final – IPC mes inicial)
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IPC mes inicial
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Una vez obtenido el factor de reajuste, se debe aplicar este a los precios establecidos inicialmente en el contrato, de la siguiente manera:
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Precio Reajustado
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=
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Pr x (1 + FR)
|
IPC mes inicial = corresponde al valor del IPC en el mes de inicio
IPC mes final = corresponde al valor del mes final de IPC
Pr = es el precio establecido en el contrato
FR = es el factor de reajuste.
16. MODIFICACIONES A LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS:
La Municipalidad de Coltauco podrá modificar las Bases Administrativas y Técnicas hasta antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integral de las Bases Administrativas y Técnicas (Artículo 40° de Reglamento de Compras – Decreto N°661/2024).
17. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las Ofertas que presenten los oferentes deberán tener una vigencia no menor a 30 días corridos.
18. OTRAS CONSIDERACIONES:
18.1. De la Subcontratación:
No se permite subcontratación, porque se contrata en vista de la capacidad e idoneidad del proveedor adjudicado, quien no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
18.2. De la Publicidad Ofertas Técnicas:
Serán de público conocimiento una vez que se resuelva el Proceso Licitatorio.
18.3. Mecanismos para solución de consultas respecto de la adjudicación:
Cualquier duda o consulta será por escrito: e-mail consultasmercadopublico@coltauco.cl, una vez recibido será derivado a la Comisión Evaluadora y procederá a aclarar cualquier duda respecto de la adjudicación, la que será respondida dentro de un plazo de 48 horas hábiles.
18.4. Pacto de Integridad:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
19. DE LA OPERACIÓN DE FACTORING:
En el evento de celebrar un contrato de factoring o cesión de crédito, el proveedor deberá notificar al Servicio dentro de 48 horas de su celebración.
Asimismo, la contraparte técnica del contrato deberá adoptar las medidas pertinentes para que la simple recepción de una factura no implique la aceptación de su pago o recibo conforme, lo que corresponderá realizar al cursar conforme el respectivo estado de pago, todo ello, sin perjuicio de las demás exigencias establecidas en la ley N° 19.983. No será aceptada la factura y por ende no podrá cederse si existen obligaciones o multas pendientes, Además, el incumplimiento de la exigencia precitada configurara la causal de incumplimiento grave para los efectos del término del Contrato.
20. DE LOS FORMULARIOS:
Formulario N°1 Individualización del Oferente
Formulario N°2 Programa de Integridad y Ética Empresarial
Formulario N°3 Cotización y Plazo de Respuesta
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SUPERVISORA DEPARTAMENTO ADQUISICIONES
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GCV/ipc
FORMULARIO Nº1
INDIVIDUALIZACIÓN DEL OFERENTE
Coltauco, _________de_____________del 2025
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
FORMULARIO N°2
PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ETICA EMPRESARIAL
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NOMBRE Y APELLIDOS DEL OFERENTE
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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TELEFONO
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CELULAR
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E-MAIL
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En relación a los Programas de Integridad y Ética Empresarial, el oferente declara que su empresa:
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Marcar (x) la alternativa que corresponda
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Si cuenta con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal
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No cuenta con Programas de Integridad que sean conocidos por su personal
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NOMBRE, RUT Y FIRMA
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NOMBRE, RUT Y FIRMA
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REPRESENTANTE LEGAL
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JEFE O ENCARGADO DE PERSONAL
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Nota 1: Este formato deberá ser firmado por el representante legal de la empresa.
Nota 2: En caso que la empresa cuente en su orgánica con área de personal, este formato también deberá ser firmado por la jefatura o el encargado correspondiente.
Nota 3: Aquellos oferentes que participen en calidad de uniones temporales de proveedores, cada uno de los asociados de la UTP deberán presentar este formato y firmarlo de acuerdo a lo indicado anteriormente.
Coltauco, _________de_____________del 2025
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Técnicas.
FORMULARIO Nº3
COTIZACIÓN Y PLAZO DE RESPUESTA
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NOMBRE Y APELLIDOS DEL OFERENTE
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R.U.T. N°
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DOMICILIO
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TELEFONO
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CELULAR
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E-MAIL
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PRODUCTO: Medalla metálica 50 mm a 60 mm
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Características
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Indicar detalle de su oferta
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Precio unitario neto
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Diámetro
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Ejemplo: 55 mm
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$
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Material
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Ejemplos: latón, zamak, etc.
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Color
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Ejemplo: dorado
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Acabado
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Ejemplo: brillante
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Grosor
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Ejemplo: 3 mm
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Tipo de grabado
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Ejemplo: láser
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Cinta (colores, ancho)
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Ejemplo: tricolor, ancho 2 cm
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PRODUCTO: Trofeo/Copa metálica de 40 cm con placa grabada
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Características
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Indicar detalle de su oferta
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Precio unitario neto
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Material
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Ejemplo: aluminio
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$
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Altura total con base incluida
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Ejemplo: 40 cm
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Color
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Ejemplo: plateado
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Tipo de grabado
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Ejemplo: láser
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Presentación
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Ejemplo: caja individual ecológica
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PRODUCTO: Medalla de madera grabada (60 mm a 70 mm)
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Características
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Indicar detalle de su oferta
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Precio unitario neto
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Material
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Ejemplo: madera pino
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$
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Diámetro
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Ejemplo: 65 mm
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Grosor
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Ejemplo: 4 mm
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Tipo de grabado
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Ejemplo: láser
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Diseño
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Ejemplo: circular con biselado
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Terminación
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Ejemplo: barnizada
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Cinta (colores, ancho)
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Ejemplo: tricolor, ancho 2 cm
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PRODUCTO: Galvano de madera (23 x 30 cm)
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Características
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Indicar detalle de su oferta
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Precio unitario neto
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Material
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Ejemplo: pino
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$
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Dimensiones
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Ejemplo: 23x30 cm
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Espesor
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Ejemplo 10 mm
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Base o soporte
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Ejemplo: base madera autoportante
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Tipo de grabado
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Ejemplo: láser
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Terminación
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Ejemplo: pulido
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Presentación
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Ejemplo estuche protector
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PRODUCTO: Galvano de vidrio grabado (23 x 30 cm)
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Características
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Indicar detalle de su oferta
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Precio unitario neto
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Material
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Ejemplo: vidrio templado
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$
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Dimensiones
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Ejemplo: 23x30 cm
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Espesor
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Ejemplo: 6 mm
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Base o soporte
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Ejemplo: base cristal con detalle azul
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Tipo de grabado
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Ejemplo: láser
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Terminación
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Ejemplo: bordes suaves
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Presentación
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Ejemplo: estuche de presentación azul
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SUBTOTAL NETO
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$
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I.V.A. 19%
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$
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TOTAL
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$
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IMPORTANTE: OFERENTE DEBE INGRESAR DOCUMENTO WORD O PDF QUE INCLUYA FICHA TÉCNICA Y FOTOGRAFÍAS DE LOS PRODUCTOS OFRECIDOS
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PLAZO DE ENTREGA :
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HORAS HÁBILES (desde emisión de OC)
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FIRMA PROPONENTE / REPRESENTANTE LEGAL
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Coltauco, _________de_____________del 2025
NOTA: Los oferentes deberán tener especial cuidado en que la identificación incluida en el presente formulario, sea coincidente con la de su calidad de Proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl.
Este formulario deberá incluirse en el Portal www.mercadopublico.cl en el mismo formato, puede ser con el mismo tipo de archivo o escaneado, en anexos administrativos, según Bases Administrativas y Bases Técnicas.
DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR
(Identificación del declarante)
Yo, _______________________________________________, RUT N° ____________________ con domicilio en _____________________________________________en representación de _______________________________ RUT N° _________________ del mismo domicilio, para la licitación pública _______________________ declaro bajo juramento que:
- No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
- Mi representada no ha sido condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
- No he sido condenado por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que mi representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, declaro que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
- No soy ni he sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
- No integro la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni soy contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni estoy unido(a) a éstos o aquéllos por lo vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
- Mi representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean accionistas o beneficiarias finales.
- Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en los párrafos cuarto y quinto precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
- No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
Declaro que toda la información ingresada en este formulario es veraz, completa y se encuentra actualizada. Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que “el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
Firmado con/sin Clave Única
Fecha: