17° ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 56 del del Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.
Para la corrección de estos errores u omisiones y/o para la presentación de antecedentes omitidos, los oferentes tendrán el plazo fatal de 48 horas, contados desde el requerimiento que para estos efectos realice la Dirección de Atención Primaria a través del Sistema de Información.
La entidad licitante no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviadas a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
No se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.
La solicitud de la entidad de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe informar y publicar a través del Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl
El plazo que tendrán los oferentes, en este caso, para dar cumplimiento a lo solicitado por la Entidad Licitante, no podrá ser superior a 48 horas, que se contarán desde la publicación del requerimiento en el portal www.mercadopublico.cl.
La incorporación de los antecedentes presentados en la forma señalada será considerada por la Comisión Evaluadora al momento de la Evaluación de las ofertas, asignando menor puntaje, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos Formales”.
Son errores formales aquellos que inciden en una exigencia meramente formal de las bases de licitación, que no constituye un error que afecte la validez de la respectiva propuesta. Esta facultad no se podrá ejercer con los documentos que son considerados DE ADMINISBILIDAD por estas bases de licitación.