Licitación ID: 2667-7-LR18
ENERGIA ELECTRICA PLANTA SOLAR FV MODELO ESCO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE VITACURA, SECPLA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Unidades de suministro de energía 1 Global
Cod: 39121004
Ahorro ofertado, % de descuento al valor del kWh en tarifa AT 4.3, de acuerdo a empresa distribuidora ENEL (ANEXO N° 6)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ENERGIA ELECTRICA PLANTA SOLAR FV MODELO ESCO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El objeto de la presente licitación es la compra de energía eléctrica a una empresa que se rija bajo el modelo ESCO, quien estará encargada de la implementación y explotación de una planta solar fotovoltaica instalada en el techo del Centro Cívico de Vitacura CCV, bajo el modelo ESCO “venta de energía eléctrica”, con la finalidad de generar energía eléctrica que permita abastecer los consumos eléctricos propios del edificio CCV autoconsumo. Lo anterior mediante el modelo de negocio ESCO Ahorro compartido “Venta de energía eléctrica”, el contratista deberá indicar como parte de la oferta la disposición final de la planta solar fotovoltaica al termino de contrato, es decir, si será donada al Municipio o será retirada del edificio CCV. Todo lo anterior conforme a lo indicado en las presentes Bases Administrativas Especiales BAE, Bases Técnicas BT.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Unidad de compra:
SECPLA
R.U.T.:
69.255.600-3
Dirección:
AVDA. BICENTENARIO N° 3800.
Comuna:
Vitacura
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-04-2018 14:00:00
Fecha de Publicación: 29-01-2018 18:02:25
Fecha inicio de preguntas: 29-01-2018 19:30:00
Fecha final de preguntas: 06-03-2018 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-03-2018 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-04-2018 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-04-2018 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 03-09-2018 10:33:05
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA, Viernes 09/02/2018, a las 10:00 Hrs., en Av. Bicentenario N° 3.800, Piso 2, Dirección de Infraestructura Comunal 09-02-2018 10:00:00
VISITA A TERRENO OBLIGATORIA, Miércoles 21/02/2018, a las 10:00 Hrs., en Av. Bicentenario N° 3.800, Piso 2, Dirección de Infraestructura Comunal. 21-02-2018 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Adjuntar antecedentes administrativos, según Punto N° 6, BAE. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar antecedentes técnicos, según Punto N° 6, BAE. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
 
Documentos Económicos
1.- La Oferta Económica asociada al ID de esta licitación debe ser detallada conforme a Anexo Económico Nº 6, en la cual se indica el porcentaje (%) de descuento aplicado a valor de la energía eléctrica de acuerdo a distribuidora ENEL, para tarifa AT 4.3. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes EXPERIENCIA EN kWp INSTALADOS: Revisar Pauta de Evaluación, según Punto N° 8, de las Bases Administrativas Especiales. 10%
2 Plazo de Entrega PLAZO DE EXPLOTACION DEL SISTEMA: Revisar Pauta de Evaluación, según Punto N° 8, de las Bases Administrativas Especiales. 10%
3 Cumplimiento de los requisitos CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Revisar Pauta de Evaluación, según Punto N° 8, de las Bases Administrativas Especiales. 5%
4 Precio OFERTA ECONOMICA % AHORRO OFERTADO: Revisar Pauta de Evaluación, según Punto N° 8, de las Bases Administrativas Especiales. 60%
5 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios OFERTA TECNICA kWp OFERTADO: Revisar Pauta de Evaluación, según Punto N° 8, de las Bases Administrativas Especiales. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE BUCAREY SEPULVEDA
e-mail de responsable de pago: jbucarey@vitacura.cl
Nombre de responsable de contrato: RICARDO FUENZALIDA DE LAFUENTE
e-mail de responsable de contrato: rfuenzalida@vitacura.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22402283-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 16-07-2018
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán Garantizar la Seriedad de su Oferta, mediante documento en la forma establecida en los artículos 50° y 51° de las BAG. El monto de esta Garantía será de $5.000.000.- (cinco millones de pesos) y deberá estar vigente por al menos 90 días corridos, desde la fecha de apertura de la licitación. La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser digitalmente incorporada a través del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de que el documento el original debe entregarse obligatoriamente en la Secretaría Municipal, Av. Bicentenario 3.800 3° piso, teniendo como plazo límite, la fecha y hora de la apertura de la licitación. En el evento de no cumplir con la entrega material de la garantía de seriedad de la oferta en tiempo y forma, el oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, inadmisible su oferta.
Glosa: Seriedad de la oferta, ID 2667-7-LR18
Forma y oportunidad de restitución: En caso que la adjudicación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el Municipio podrá solicitar la prórroga de éstas, siendo obligación del oferente su cumplimiento. La devolución de esta garantía, se realizará conforme a lo establecido en el artículo N° 50, de las BAG.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 31-12-2019
Monto: 20000000 Peso Chileno
Descripción: Una vez notificada en el Portal la adjudicación de la Licitación, el Adjudicatario, deberá presentar dentro del plazo de diez (10) días seguidos a contar de la fecha de notificación del Decreto Alcaldicio de Adjudicación, en la Secretaría Municipal, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Buena Ejecución de las Obras, en la forma establecida en los artículos 52° y siguiente de las BAG. Esta garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores. El monto de esta Garantía, será de $20.000.000 (veinte millones de pesos), y deberá estar vigente por al menos 180 días posteriores al término del contrato. La devolución de esta garantía, se realizará una vez finalizado el contrato y recibidas conforme por parte del ITS, todas las prestaciones del servicio y efectuados todos los pagos al adjudicatario, sin observaciones.
Glosa: Fiel y oportuno cumplimiento ID 2667-7-LR18
Forma y oportunidad de restitución: SEGUN BAE.
    Otras Garantías
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 31-12-2019
Monto: 1500 Unidad de Fomento
Descripción: Dentro de los diez (10) días corridos anteriores a la fecha de inicio de los trabajos en terreno, el contratista deberá entregar al ITO, una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros a favor de la Municipalidad, por un valor de UF 1.500 (mil quinientas unidades de fomento) con una vigencia del plazo del contrato, más 30 días, deberá incluir cláusula de responsabilidad patronal por UF 1.000 para el periodo del servicio, sin sublímites y deberá excluir expresamente cláusula de arbitraje y debe considerar cláusula de inalterabilidad, según lo establecido en el art. Nº 57 de las BAG. Si la póliza es con deducible, en las condiciones particulares de ésta, deberá estipular expresamente que el deducible deberá ser de cargo exclusivo del contratante de dicha póliza. En caso de renovación, deberá hacerse con un mínimo de 30 días corridos de anticipación a su respectivo vencimiento. En caso de daños a la propiedad privada, pública o a terceros, cuyo monto sea inferior al deducible del seguro, el Contratista deberá responder en forma inmediata una vez notificado por el ITO.
Glosa: SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL ID 2667-7-LR18.
Forma y oportunidad de restitución: SEGUN BAE
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
GENERALIDADES DE LA LICITACION

La Municipalidad de Vitacura, dada la oportunidad de utilizar los recursos disponibles para generar energía eléctrica, a través de energía renovable no convencional, ha dispuesto se someta a Licitación Pública la “Compra de energía eléctrica a planta solar fotovoltaica en el Centro Cívico de Vitacura, mediante modelo ESCO”, venta de energía eléctrica, identificado en el portal www.mercadopublico.cl con la ID 2667-7-LR18.

En todo lo no regulado en las presentes Bases Administrativas Especiales (en adelante BAE) y Bases Técnicas (en adelante BT), el proceso licitatorio se regirá por el Decreto Alcaldicio Sec. 1ª N° 4/3150 de fecha 5 de septiembre del 2014 que aprueba las Bases Administrativas Generales (BAG), lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (en adelante, Ley de Compras Públicas) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda de 2004 (en adelante el Reglamento de la Ley de Compras Públicas), y, sin que ello sea taxativo, las disposiciones legales y reglamentarias detalladas en el Punto N° 17, de las presentes BAE.

Para todos los efectos legales, se entenderá que forman parte integrante del Contrato a que dé lugar la adjudicación, tanto las presentes BAE, las BT, y las BAG, las Consultas de los Oferentes, las Respuestas y Aclaraciones, los Decretos Alcaldicio pertinentes, los antecedentes administrativos, técnicos y económicos que conformen la oferta del Adjudicatario y todas las normas legales y reglamentarias vigentes que se relacionen con el objeto y la materia de la Licitación (en adelante los Documentos del Contrato).

OBJETO DE LA LICITACION

El objeto de la presente licitación es la compra de energía eléctrica a una empresa que se rija bajo el modelo ESCO, quien estará encargada de la implementación y explotación de una planta solar fotovoltaica instalada en el techo del Centro Cívico de Vitacura (CCV), bajo el modelo ESCO “venta de energía eléctrica”, con la finalidad de generar energía eléctrica que permita abastecer los consumos eléctricos propios del edificio CCV (autoconsumo).

Lo anterior mediante el modelo de negocio ESCO (Ahorro compartido) “Venta de energía eléctrica”, el contratista deberá indicar como parte de la oferta la disposición final de la planta solar fotovoltaica al termino de contrato, es decir, si será donada al Municipio o será retirada del edificio CCV. Todo lo anterior conforme a lo indicado en las presentes Bases Administrativas Especiales (BAE), Bases Técnicas (BT).

Definiciones:

ESCO: Empresas de servicios energéticos.

kWp: Potencia máxima que genera un panel, cuanto está en STC

STC: Condiciones de test estándar. Para un Panel fotovoltaico es de una radiación de 1.000 W/m² (incidencia normal), distribución espectral AM 1.5 y temperatura de la célula a 25° C.

FV: Fotovoltaico.

CCV: Centro Cívico de Vitacura.

Tarifa AT 4.3: Es la tarifa que cuenta el Edificio Municipal Centro Cívico de Vitacura. Esta modalidad considera los siguientes cargos:

• Cargo fijo mensual.

• Lectura de medidores.

• Facturación.

• Reparto de boletas y facturas.

• Recaudación y atención de nuestros clientes.

Cargo por energía: es el resultado de la potencia que ocupas, por la cantidad de artefactos y por el tiempo utilizado.

Cargo mensual por demanda máxima leída de potencia en horas punta: es el resultado de tu consumo máximo entre los meses de abril y septiembre. El resto de los meses, se factura el promedio de las dos demandas más altas registradas durante las horas punta en los cinco meses de invierno inmediatamente anterior.

Cargo mensual por demanda máxima de potencia suministrada: es el resultado del promedio de las dos demandas más altas registradas en los últimos 12 meses inmediatamente anteriores, incluido el mes que se factura.

OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR

Podrán participar en la presente Licitación a través del Portal www.mercadopublico.cl aquellas personas naturales o jurídicas, que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 6º de las BAG.

Serán de cargo del Oferente todos los costos directos e indirectos asociados a la participación, preparación y presentación de su oferta, incluyendo la visita a terreno. La Municipalidad en ningún caso será responsable de dichos costos.

Será responsabilidad y cargo del Contratista preparar, presentar, tramitar y obtener todos los permisos o autorizaciones que se requiera para el suministro del producto, la ejecución de las obras, o la prestación de los servicios, con excepción de los permisos que expresamente se señale en estas BAE que son de responsabilidad y/o cargo de la Municipalidad.

Asimismo, será responsabilidad del Contratista obtener las certificaciones que conforme las exigencias legales se requieran para la aprobación de las obras.

VISITAS A TERRENO OBLIGATORIAS

Los oferentes deberán asistir a una visita a terreno de carácter obligatoria, que se efectuará en los días y horarios que se indican en el Decreto Alcaldicio de llamado a Licitación.

El Inspector Técnico de Obra (en adelante ITO), profesional designado por la Unidad Municipal Requirente (en adelante la UMR), para inspeccionar el trabajo, levantará un Acta de cada Visita a Terreno, consignando los asistentes, los documentos entregados si los hubiere y las consultas efectuadas durante esta actividad, la que será fechada y firmada por todos los asistentes, la que una vez digitalizada será enviada al Departamento de Compras Públicas de la Municipalidad para su registro y publicación en el Portal.

DE LA ADJUDICACION

La modalidad de esta Adjudicación se realizará a un solo Oferente, mediante modelo ESCO, será por venta de energía eléctrica generada a través de una planta FV instalada en techo del CCV.

La adjudicación será resuelta por el Alcalde mediante Decreto Alcaldicio que será publicado en el Portal, previo Informe de la Comisión Revisora de Bases y Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas. La Comisión Revisora de Bases y Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas recomendará la adjudicación, cuya oferta sea la más conveniente a los intereses Municipales, teniendo para ello en consideración el Informe Económico Técnico que presente la UMR.

La Municipalidad de Vitacura se reserva el derecho a desestimar fundadamente todas las ofertas presentadas, si estima que éstas no satisfacen los intereses municipales. Lo anterior no dará derecho a indemnización alguna a favor de los licitantes. De igual manera, y por razones de servicio, se reserva el derecho de modificar eventualmente la fecha de adjudicación establecida en el Portal, sin que ello genere un perjuicio para los proponentes.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los Oferentes podrán realizar Consultas respecto de la Adjudicación, a través del Foro de Consultas y Aclaraciones disponible en el Sistema de Información, bajo el ID de la presente Licitación Pública.

ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN

Los oferentes deberán elevar al portal www.mercadopublico.cl los documentos que se singularizan a continuación, hasta la fecha y hora del cierre de las ofertas, indicadas en el Decreto de llamado de licitación.

Los documentos son los siguientes:

a) Individualización completa del oferente, (Anexo Nº 1).

b) Garantía de Seriedad de la Oferta. De acuerdo al punto N° 10.1 de estas bases.

c) En el caso que el oferente sea una persona jurídica, deberá acompañar además una declaración jurada, firmada por el representante legal, acreditando la actual composición del directorio o la identificación de los socios según sea el caso.

d) Declaración Jurada Simple (Anexo Nº 2).

e) Formulario de Condiciones de empleo y remuneraciones (Anexo Nº 3).

f) Patente Municipal al día.

g) Plazos de ejecución (Anexo Nº 4) y carta Gantt de las actividades a realizar.

h) Certificado de experiencia (Anexo N° 5).

i) Oferta económica (Anexo N° 6).

j) Memoria y antecedentes Técnicos, según lo especificado en punto Nº 6 de las BT.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En el caso de los documentos indicados en las letras c), d) y f) precedentes, que no se hayan entregado en la oportunidad indicada en el párrafo primero del presente artículo, deberán ser entregados por el oferente a más tardar, al tercer día hábil de requerida la entrega por la unidad técnica municipal encargada de la propuesta pública, y si no lo hiciera queda fuera de bases.

 

La presentación de estos eventuales antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, sólo será admisible cuando dichas certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

Según Formulario de Condiciones de Empleo y Remuneraciones (Anexo N° 3).

OFERTA ECONOMICA
La Oferta Económica asociada al ID de esta licitación debe ser detallada conforme a Anexo Económico Nº 6, en la cual se indica el porcentaje (%) de descuento aplicado a valor de la energía eléctrica de acuerdo a distribuidora ENEL, para tarifa AT 4.3.
EVALUACION DE LAS OFERTAS

Para la evaluación de las Ofertas se considerarán los siguientes Criterios de Evaluación:

Criterios de Evaluación

Ponderación

Oferta Económica: % Ahorro ofertado

60%

Oferta Técnica: kWp ofertado

15%

Plazo de explotación del sistema

10%

Experiencia en kWp Instalados

10%

Cumplimiento de los Requisitos Formales

5%

Total, Oferta

100%


OFERTA ECONOMICA: AHORRO OFERTADO (60%)


Ahorro ofertado, corresponde al ahorro obtenido por la compra de energía eléctrica del sistema FV, comparándola con el valor de la energía de acuerdo a cliente regulado de tarifa eléctrica AT4.3, de distribuidora eléctrica Enel.

Fórmula: (% de ahorro ofertado en evaluación) / (% de ahorro ofertado mayor) x 60.

OFERTA TECNICA: kWp OFERTADO (15%)

Potencia instalada en kWp, se obtiene al multiplicar la potencia de un panel fotovoltaico por la cantidad de los que componen la planta solar fotovoltaica.

Fórmula: (kWp ofertado en evaluación) / (kWp ofertado mayor) x 15.

PLAZO DE EXPLOTACIÓN DEL SISTEMA (10%)

De acuerdo a Anexo N° 4. Plazo de explotación del sistema FV (Anexo N° 4.1).

Fórmula: (Plazo menor / Plazo en evaluación) x 10.

EXPERIENCIA kWp INSTALADOS (10%).

De acuerdo a Anexo N° 5.

Fórmula: (kWp en evaluación / Mayor kWp Instalado) x 10

Se deberán presentar Certificados de contratos terminados que acrediten experiencia en obras similares en los últimos 3 años, estos deben contener, a lo menos:

- Monto del contrato.

- Duración de las obras en meses.

- kWp Instalados.

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (5%).

La ponderación del 5% relativa al Cumplimiento de los Requisitos Formales de presentación de las Ofertas, se realizará de la siguiente forma:

SUBFACTOR

PUNTAJE

El oferente cumple con la totalidad de los documentos solicitados, en los plazos requeridos, antes del cierre

5

El oferente presenta los antecedentes omitidos en el plazo señalado en el Foro Inverso (posterior al cierre)

0

El oferente no cumple con la totalidad de los documentos solicitados o NO informa

Fuera de Bases






Resolución de Empates

Si al completarse la evaluación dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a quien presente el mayor puntaje en la Oferta Económica asociada al mejor ahorro ofertado, y en caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien presente el mayor puntaje en la Oferta Técnica relativa a la mayor cantidad de kWp ofertados. De persistir el empate, se resolverá a favor de quien presente el mayor puntaje en el criterio plazo de explotación del sistema.

GARANTIAS Y SEGUROS

Garantía de Seriedad de la Oferta

Los oferentes deberán Garantizar la Seriedad de su Oferta, mediante documento en la forma establecida en los artículos 50° y 51° de las BAG. El monto de esta Garantía será de $5.000.000.- (cinco millones de pesos) y deberá estar vigente por al menos 90 días corridos, desde la fecha de apertura de la licitación.

La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser digitalmente incorporada a través del portal www.mercadopublico.cl sin perjuicio de que el documento el original debe entregarse obligatoriamente en la Secretaría Municipal, Av. Bicentenario 3.800 3° piso, teniendo como plazo límite, la fecha y hora de la apertura de la licitación. En el evento de no cumplir con la entrega material de la garantía de seriedad de la oferta en tiempo y forma, el oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, inadmisible su oferta.

En caso que la adjudicación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el Municipio podrá solicitar la prórroga de éstas, siendo obligación del oferente su cumplimiento. La devolución de esta garantía, se realizará conforme a lo establecido en el artículo N° 50, de las BAG.

Glosa referencial de la garantía: “Seriedad de la oferta, ID 2667-7-LR18”.

Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Buena ejecución de las obras.

Una vez notificada en el Portal la adjudicación de la Licitación, el Adjudicatario, deberá presentar dentro del plazo de diez (10) días seguidos a contar de la fecha de notificación del Decreto Alcaldicio de Adjudicación, en la Secretaría Municipal, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Buena Ejecución de las Obras, en la forma establecida en los artículos 52° y siguiente de las BAG. Esta garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores.

El monto de esta Garantía, será de $20.000.000 (veinte millones de pesos), y deberá estar vigente por al menos 180 días posteriores al término del contrato. La devolución de esta garantía, se realizará una vez finalizado el contrato y recibidas conforme por parte del ITS, todas las prestaciones del servicio y efectuados todos los pagos al adjudicatario, sin observaciones.

Glosa referencial de esta garantía: “Fiel y oportuno cumplimiento ID 2667-7-LR18”.

SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

Dentro de los diez (10) días corridos anteriores a la fecha de inicio de los trabajos en terreno, el contratista deberá entregar al ITO, una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros a favor de la Municipalidad, por un valor de UF 1.500 (mil quinientas unidades de fomento) con una vigencia del plazo del contrato, más 30 días, deberá incluir cláusula de responsabilidad patronal por UF 1.000 para el periodo del servicio, sin sublímites y deberá excluir expresamente cláusula de arbitraje y debe considerar cláusula de inalterabilidad, según lo establecido en el art. Nº 57 de las BAG.

Si la póliza es con deducible, en las condiciones particulares de ésta, deberá estipular expresamente que el deducible deberá ser de cargo exclusivo del contratante de dicha póliza.

En caso de renovación, deberá hacerse con un mínimo de 30 días corridos de anticipación a su respectivo vencimiento. En caso de daños a la propiedad privada, pública o a terceros, cuyo monto sea inferior al deducible del seguro, el Contratista deberá responder en forma inmediata una vez notificado por el ITO.

Pólizas de Garantía.

En caso de que las garantías requeridas fueran entregadas como pólizas de seguro, deberán excluir expresamente cláusula de arbitraje e incluir cláusula de inalterabilidad, según lo establecido en el art. Nº 57 de las BAG.

FORMA DE PAGO

La forma de pago será en pesos chilenos, con impuesto incluido, pagándose el precio convenido mediante estados de pagos mensuales, una vez que se ponga en funcionamiento la planta fotovoltaica y se comience a abastecer de energía eléctrica al CCV, desde ese mes se deberá presentar un cobro por la energía generada, éste deberá ser presentado dentro de los primeros días de cada mes y se considerara el mes anterior para su facturación.

En facturación mensual por venta de energía, debe indicar al menos: La energía generada en kWh (la que fue abastecida al CCV para auto), valor del kWh (que considere el % de descuento ofertado de acuerdo a tarifa AT 4.3), periodo de facturación, entre otros datos relevantes.

Las boletas de cobro (energía generada), deberán ser recepcionados y validados por la ITO durante el mes.

Si el documento de cobro es entregado en forma física, deberá ingresarlo en la subdirección de finanzas del municipio. Si se trata de factura electrónica, deberá enviarla al correo facturas@vitacura.cl

Documentación a entregar por el Contratista con cada estado de pago:

a) Certificación del Inspector Técnico de la Obra a cargo del contrato, en el que conste la conformidad de la factura y la aprobación del estado de pago, de la documentación del contrato y de las garantías.

b) Factura del Adjudicatario, cuyo monto final debe coincidir con el monto recepcionado por la ITO.

c) Certificado emitido por la Inspección del Trabajo, si correspondiera, referido al período en que se curse el pago, conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C, del Código del Trabajo y D.S. 319, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.

d) Pago de multas si las tuviere.

e) Patente Municipal al día para los pagos de los meses de enero y julio de cada año.

f) Comprobante de pago de la póliza y/o prima si correspondiere.

Cualquier observación que la ITO formule, deberá ser subsanada por el Contratista, antes de su presentación al cobro.

El Pago, se podrá retener en los siguientes casos:

• Si no se acredita oportunamente, por el Adjudicatario, el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, conforme lo dispuesto en el artículo 183-C, del código del trabajo y Decreto Supremo Nº 319, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales.

• Existencia de reclamos en la Inspección del Trabajo o laborales o previsionales pendiente por parte del Adjudicatario y que hayan sido notificadas a la Municipalidad.

• Si la Municipalidad fuera demandada solidaria o subsidiariamente, quedará facultada para pagar con estos fondos.

• Observaciones no subsanadas, notificadas por él ITO.

MULTAS POR INCUMPLIMIENTO

En caso de incumplimiento de las obligaciones del Adjudicatario, la Inspección Técnica aplicará las multas que a continuación se detallan, de acuerdo con el procedimiento fijado en los artículos 58, 59 y 60 de las Bases Administrativas Generales, con la excepción de la unidad monetaria, que será en UTM.

Se aplicarán las siguientes multas según lo constatado por el ITO mediante libro de obras:

a) 3 UTM diarias: Si el contratista excede el plazo de instalación y puesta en marcha de la obra ofertado, por cada día fuera del plazo.

b) 3 UTM por no aplicar el % de ahorro ofertado en la energía generada por la planta Fotovoltaica en facturación mensual y valor de tarifa AT 4.3 que corresponda al periodo de facturación.

c) 3 UTM diarias: Si el contratista excede el plazo señalado o instruido por la ITO para las reparaciones en caso de fallas en él sistema.

d) 2 UTM por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas Especiales y Técnicas y demás documentos que forman parte del presente proceso de licitación, que atente contra la correcta ejecución del contrato y que no tenga asociada una multa especifica.

Multas adicionales .

Además de las multas indicadas en el punto anterior, se contemplan multas inmediatas de 2 UTM diaria, por los siguientes incumplimientos:

A) Personal sin identificación.

B) Comportamiento inadecuado, indecoroso e insolente hacia los vecinos o funcionarios en general, por parte de los trabajadores de la empresa.

C) La no presentación del supervisor durante la jornada diaria, cuando sea requerido por el ITO.

D) Incumplimiento a las normas de Seguridad y de tránsito, cuando realicen trabajos de instalación y mantención de la planta fotovoltaica.

El valor de la UTM a considerar en ambos tipos de multas será el correspondiente al del día de pago de la multa.

PLAZOS DEL CONTRATO

El plazo del Contrato debe considerar lo siguiente:

1. Plazo de instalación y puesta en marcha (se debe indicar en Anexo N°4), este plazo comenzara desde la fecha que indique el acta de entrega de terreno.

2. Periodo de explotación de la planta fotovoltaica ofertada (se debe indicar en Anexo N°4), este periodo comenzara desde que se finalice la instalación de la planta fotovoltaica y este en óptimas condiciones para entregar energía eléctrica al edificio CCV.

3. Se debe considerar un periodo de 120 días corridos, los que corresponden al periodo de recepción provisoria y comenzará a regir desde la fecha de firma del decreto que así lo establezca, terminado este periodo se procederá a hacer entrega de la recepción definitiva.

VALOR RESIDUAL DE LAS INVERSIONES

En caso que se produzca la extinción del contrato por una causal no asociada al incumplimiento grave del contrato. El Municipio, extendiendo autorización presupuestaria, y mediante un acto administrativo fundado, pagara el valor Residual de las inversiones realizadas por el oferente, la cual corresponde a la diferencia entre la inversión señalada en anexo N°6 y la sumatoria de las cuotas pagadas a la fecha.

Una vez pagado el valor Residual de las inversiones, la propiedad de los bienes que componen la inversión pasara en forma definitiva al Municipio.

Se entenderá que el Valor Residual de las inversiones será igual a $0 (cero pesos) con el pago de la última cuota señalada en la oferta económica del Anexo N° 6.

GARANTIA EXTENDIDA DEL PRODUCTO

a) En los últimos 120 días corridos del contrato, al que corresponde la recepción provisoria, el cual será indicado por libro de obra y decreto, el contratista deberá reparar las fallas en un tiempo no superior a 24 Hrs. de notificado, estas notificaciones podrán ser mediante libro de obras y/o correo electrónico.

b) El contratista tomará las medidas necesarias para garantizar en forma permanente, durante todo el período que dure la garantía, el buen funcionamiento de los equipos y en general, la responsabilidad de asumir a su cargo, todas las instalaciones de tipo mecánico, eléctrico, electrónico, de comunicación, fijaciones, estructural y terminaciones requeridas para el buen desarrollo de la obra, materia de la presente licitación.

c) Una vez finalizado el periodo de recepción provisoria y con la recepción definitiva otorgada por Decreto Alcaldicio, el adjudicatario deberá dejar en perfecto funcionamiento la planta fotovoltaica, con la finalidad que el Municipio siga con la gestión de explotación de este sistema.

SUPERVISION DEL CONTRATO

La Supervisión de este contrato se efectuará por la Municipalidad, a través de la Dirección de Infraestructura Comunal.

Se inspeccionará las instalaciones periódicamente y se dejará registro por Libro de Obras. El Supervisor del Contratista a cargo, deberá atender los llamados y el tiempo de respuesta del Supervisor no debe ser más de 4 horas.

El contratista deberá proveer un Libro de Obras (Manifold autocopiativo art. Nº 1570 carbonless triplicado 50 hojas) y en este mismo libro se consignarán las anotaciones, tanto por parte del ITO, como del contratista y servirá para todos los efectos como el principal medio de comunicación para el desarrollo de la obra.

El contratista tomará diversas fotografías al inicio, durante y al finalizar las obras, debiendo entregarse en un CD al ITO.

El contratista deberá contar con el personal técnico idóneo y los elementos de prevención de riesgos adecuados en su personal operativo para realizar la mantención. Cualquier intervención en los sistemas eléctricos deberá realizarlo tomando todas las medidas de seguridad pertinentes lo cual será de su entera responsabilidad.

La dirección de la obra por el contratista deberá ser supervisada por un profesional a cargo del área eléctrica, con carné de instalador Clase A, con experiencia comprobada mínimo 3 años, la cual deberá ser demostrable mediante Curriculum Vitae y al menos 2 certificados en los cuales conste trabajos anteriores de características técnicas similares al proyecto licitado, lo cual será incluido dentro de la Oferta Técnica.

MARCO REGULATORIO VIGENTE

Para el fiel cumplimiento de sus obligaciones contractuales, el Contratista deberá considerar como parte integrante del contrato las siguientes ordenanzas y normativas:

• Ley 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (Ley de Compras Públicas).

• Decreto 250 del 24 de septiembre de 2004 del Ministerio de Hacienda. Reglamento de la Ley de Compras Públicas.

• DFL 1-19653 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia del 2000. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

• DFL 1-18.695 del Ministerio del Interior del 2006. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipales.

• Resolución N° 1600 de la Contraloría General de la República de 2008. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado que establece normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

• Ley 19.300. Aprueba Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

• Decreto Supremo N° 40 del Ministerio del Medio Ambiente de 2012. Aprueba reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

• Ley N° 19.653 Sobre Probidad Administrativa de los Organos de la Administración del Estado.

• Ley 19.880 Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Organos de la Administración del Estado.

• Ley 20.285 Sobre acceso a la información pública.

• Ley 20.880 Sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses.

• Ley N° 20.730. Regula el Lobby y las Gestiones que representen intereses particulares ante las Autoridades y funcionarios.

• Ley N° 20.393. Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los delitos de Lavado de Activos, Financiamientos del Terrorismo y Delitos de Cohecho.

• Código del Trabajo En Particular Título III “Del Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales”, y sus modificaciones.

• Ley 20.123. Regula trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.

• Ley N°16.744, sobre prevención de accidentes del trabajo, de seguridad e higiene industrial.

• Decreto Supremo 594 de 1999 el Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

• Decreto N° 54 de 1969 de la Subsecretaría de Previsión Social y sus modificaciones. “Aprueba Reglamento de Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad”.

• Decreto N° 50 de 1988 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. “De la Obligación de Informar a los Trabajadores de los Riesgos Laborales”.

• Decreto Alcaldicio Sección 1ª N 10/2420 de 10 de noviembre de 2017. Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Municipalidad de Vitacura.

• Decreto Alcaldicio Sección 1ª N° 4/3150 de fecha 22 de mayo de 2014. Aprueba Bases Administrativas Generales para la Adquisición de Bienes, Ejecución de Obras y/o Prestación de Servicios a través de Licitación Pública o Privada, a través del portal www.mercadopublico.cl

• Decreto Alcaldicio N° 5/1245, de fecha 22 de junio de 2016, que aprueba el Reglamento sobre Función y Deberes de los Administradores de Contrato de la Municipalidad de Vitacura.

• Decreto Alcaldicio Sección 1ª N° 10/1839, de fecha 30 de agosto de 2017 aprueba texto refundido del Procedimiento de Resguardo de Boletas de Garantía y otras Acreencias.

• Las Ordenanzas Municipales Locales y sus posteriores modificaciones (Aseo y Ornato, Medio Ambiente, Obras, Tránsito u otras), de la comuna de Vitacura tales como: Ordenanza Local para Ocupación Transitoria de Espacios Públicos por Trabajos, Ordenanza Local Sobre Derechos Municipales, Ordenanza Local Sobre Horario de Carga y Descarga de Camiones de la Construcción, Ordenanza Comunal sobre Mantención de áreas verdes y especies vegetales en la vía pública, Ordenanza de Urbanismo y Construcción y Ordenanza Municipal Ruidos Molestos, entre otros.

• Políticas y condiciones de uso del Sistema ChileCompra, instrucción que la Dirección de Compras Públicas emite para uniformar la operatoria en el Portal Mercado Público.

• Dictámenes pertinentes de la Contraloría General de la República (CGR).

• Directivas de la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP).

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Aclaración N° 1
En el punto N°5.1 de las bases técnicas, remplácese como indica a continuación: Potencia Conectada: 1.200 kW
Tarifa AT 4.3
Cliente N° 2589251-8
Aclaración N° 2
En el punto N°11 “Forma de pago del precio del contrato”, remplácese como indica a continuación:
FORMA DE PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO
La forma de pago será en pesos chilenos, con impuesto incluido, pagándose el precio convenido, una vez que se ponga en funcionamiento la planta fotovoltaica y se comience a abastecer de energía eléctrica al CCV, desde ese mes se deberá presentar un cobro por la energía generada, éste deberá ser presentado dentro de los primeros días de cada mes y se considerara el mes anterior para su facturación.

En facturación mensual por venta de energía, debe indicar al menos: La energía generada por el sistema fotovoltaico en kWh (para autoconsumo del CCV, registrada en el medidor autorizado por la SEC), valor de la tarifa eléctrica considerada para el periodo (tarifa AT 4.3, adjuntar el pliego tarifario vigente publicado por la empresa distribuidora en su web), porcentaje de descuento ofertado y valor final del kWh, periodo de facturación, entre otros datos relevantes.

 Las boletas de cobro (energía generada), deberán ser recepcionados y validados por la ITO durante el mes.

Si el documento de cobro es entregado en forma física, deberá ingresarlo en la subdirección de finanzas del municipio. Si se trata de factura electrónica, deberá enviarla al correo facturas@vitacura.cl

Documentación a entregar por el Contratista con cada estado de pago:
 a) Certificación del Inspector Técnico de la Obra a cargo del contrato, en el que conste la conformidad de la factura y la aprobación del estado de pago, de la documentación del contrato y de las garantías.
b) Factura del Adjudicatario, cuyo monto final debe coincidir con el monto recepcionado por la ITO.
 c) Pago de multas si las tuviere.

Cualquier observación que la ITO formule, deberá ser subsanada por el Contratista, antes de su presentación al cobro.

El Pago, se podrá retener en los siguientes casos:
• Existencia de reclamos en la Inspección del Trabajo o laborales o previsionales pendiente por parte del Adjudicatario y que hayan sido notificadas a la Municipalidad.
• Si la Municipalidad fuera demandada solidaria o subsidiariamente, quedará facultada para pagar con estos fondos.
• Observaciones no subsanadas, notificadas por él ITO.
Aclaración N° 3
En el punto N°10.2 “Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y Buena ejecución de las obras”, remplácese el segundo párrafo como indica a continuación:

El monto de esta Garantía, será de 790 UF (setecientos noventa UF), y deberá estar vigente por al menos 180 días posteriores finalizada la instalación del sistema fotovoltaico.

La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de seis meses finalizada la instalación del sistema fotovoltaico, siempre y cuando el sistema se encuentre operativo y haya suministrado energía al municipio.

La devolución de esta garantía, se realizará una vez recibida conforme por parte del ITO, todas las prestaciones del servicio y efectuados todos los pagos al adjudicatario, sin observaciones. Posterior a ese periodo, se debe remplazar por un monto de garantía de 600 UF (seiscientas UF), la cual deberá estar vigente hasta la finalización del contrato más 90 días.
Aclaración N° 4
En el punto 6.3 de las bases técnicas, remplácese como indica a continuación:

6.3.- Medición, Monitoreo y Verificación
Se requerirá un medidor autorizado por la SEC que registre la generación eléctrica total mensual del sistema fotovoltaico en kWh para la facturación y para el pago de la energía eléctrica generada por el sistema. Deberá ser instalado a la salida de los inversores.

Además, se requiere contar con sistema de monitoreo del desempeño del proyecto fotovoltaico que permita el acceso a la información por parte del Municipio y por terceros que este determine. Este monitoreo se podrá realizar en línea a través de perfil de usuario, desde cualquier parte donde se tenga conexión a internet. El municipio proveerá de un punto de conexión a internet, sin embargo, será de costo del adjudicatario la implementación de dicha conexión.
Aclaración N° 5
Reemplácese el anexo N°6 de las Bases Administrativas Especiales , como se indica en Decreto Alcaldicio 16/686 de fecha 28/03/2018 adjunto, que aprueba las Aclaraciones y Respuestas a las Consultas recibidas en la Licitación Pública ID 2667-7-LR18.
Aclaración N° 6
En el punto 14 de las bases especiales, remplácese como indica a continuación:

En caso que se produzca la extinción del contrato por una causal no asociada al incumplimiento grave del contrato. El Municipio, previa autorización presupuestaria, y mediante un acto administrativo fundado, pagara el valor Residual de las inversiones realizadas por el oferente, aplicando la tabla “Valor residual de las inversiones” que se encuentra en Anexo N°6 (Aclaración N°5).