Licitación ID: 48-48-LQ20
Convenio servicio fresado carpeta rodado
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asfalto 1 Metro Cuadrado
Cod: 30121601
Servicio de fresado de carpeta de rodado, para la Región Metropolitana. Se ejecutarán en calles de las comunas de la región Metropolitana.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Convenio servicio fresado carpeta rodado
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar el “servicio de Fresado Carpeta de Rodado, para la Región Metropolitana”, con el propósito de conservar la Red Vial de la Región Metropolitana.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 08-07-2020 15:00:00
Fecha de Publicación: 16-06-2020 13:56:02
Fecha inicio de preguntas: 16-06-2020 14:01:00
Fecha final de preguntas: 26-06-2020 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-07-2020 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-07-2020 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-07-2020 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 03-08-2020 16:35:21
Fecha de entrega en soporte fisico 08-07-2020
Fecha estimada de firma de contrato 27-08-2020
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 12 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 5.2. Instrucciones para Presentación de Ofertas 5.2.1. Presentación de Ofertas Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el numeral 2 del Artículo 62 del Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- 5.2.2. Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes administrativos. Los anexos y/o documentos solicitados en el presente punto constituyen requisitos obligatorios, según corresponda; en caso de que los oferentes no los adjunten o éstos se presenten en forma incompleta, serán solicitados a través del Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La no presentación definitiva de los documentos solicitados en este punto, implicará la declaración de inadmisibilidad de la propuesta del oferente. a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, si esta declaración se encuentra acreditada en Chileproveedores no será necesario adjuntarla. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, si esta declaración se encuentra acreditada en Chileproveedores no será necesario adjuntarla.
Documentos Técnicos
1.- 5.2.3. Antecedentes Técnicos Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos. En el caso del anexo N°3 enunciado en el presente punto, constituye requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, dicha propuesta no será evaluada. Los documentos que se adjunten para acreditar la información contenida en el Anexo N°3, constituyen requisitos obligatorios, por lo tanto, en caso de no ser presentados en la oferta, se podrán solicitar mediante Foro Aclaración de Ofertas, aplicándose el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”, y sólo serán considerados aquellos que acrediten la información señalada en el anexo respectivo. En caso de que el oferente no adjunte la información de respaldo del Anexo N°3 una vez solicitada mediante el Foro de aclaración de ofertas, su propuesta será declarada fuera de bases. a) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°3, “Equipamiento técnico”, en el cual el oferente indicará al menos una Fresadora y Barredora con las cuales se realizará el servicio. Además, el oferente deberá adjuntar información que respalde el año de fabricación de las maquinarias, tales como: factura, certificado de primera inscripción del registro civil e identificación, etc.
 
Documentos Económicos
1.- 5.2.4. Antecedentes Económicos El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio unitario neto, por metro cuadrado, del servicio requerido de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las bases técnicas definidas. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, formulario oferta económica. Los valores ingresados en este anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta indicada en el anexo N°4. El presente anexo constituye un requisito de admisibilidad, por lo tanto, en caso de no ser presentado al momento de ofertar, o de no presentarse debidamente completado y firmado, dicha propuesta no será evaluada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Ver punto N°6 de bases administrativas: Antecedentes legales para ser contratado.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Ver punto N°6 de bases administrativas: Antecedentes legales para ser contratado.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 c) Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta: La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases". 5%
2 a) Equipamiento Técnico: La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 45%
3 b) Precio u Oferta Económica: La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases". 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 31.02.004.40014050-0
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La entrada en vigencia se contará a partir del día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Tiempo del Contrato 5 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Maria Gamboa Rojas
e-mail de responsable de pago: mgamboar@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Silvia Herrera Villalón
e-mail de responsable de contrato: sherrera@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29014523-4523
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
EL proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del servicio requerido, producto de la responsabilidad de su integro cumplimiento y de la calidad del servicio efectuado.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVIU METROPOLITANO
Fecha de vencimiento: 08-10-2020
Monto: 3000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar boleta bancaria, vale a la vista, póliza de seguro, depósito a plazo o cualquier otra forma de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónicamente. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Secretaria de la Planta Asfáltica ubicada en Departamental N° 01233 comuna de La Florida, indicando el número de ID de la licitación, hasta la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y Plazos” de la presentes bases. Sólo de manera excepcional, y en el único caso de que las oficinas de SERVIU Metropolitano se encontraren cerradas para la atención de público, a consecuencia de la dictación de medidas sanitarias derivadas del COVID-19, los oferentes podrán hacer entrega de la garantía conforme a lo establecido en la Resolución Exenta N° 1219/2020, de SERVIU Metropolitano, que autoriza el “procedimiento de ingreso especial de garantías por vía de correo electrónico a SERVIU Metropolitano, bajo las condiciones que indica”. Conforme a ésta, el oferente deberá ingresar, vía correo electrónico dirigido a cbarahonat@minvu.cl, con copia a (sherrera@minvu.cl) y (jperezc@minvu.cl); los siguientes documentos: • Solicitud orden de garantía en formato PDF. • Garantía escaneada en formato PDF. • Declaración Jurada en formato PDF. • Datos ejecutivos en formato PDF. Durante este período, el documento en garantía deberá quedar bajo custodia de una notaría a elección del oferente, que esté dentro de la Región Metropolitana, con la siguiente instrucción: “1.- Que el otorgante del documento en garantía que a continuación se indica ………………………………………… (indicar datos del documento en garantía), instruye al señor Notario, entregarle la señalada garantía a un representante del SERVIU Metropolitano, quien deberá acreditar dicha representación con la respectiva Orden de Servicio; 2.- Quien suscribe la presente instrucción, declara y deja constancia que la estipulación ha sido otorgada en el solo interés de SERVIU Metropolitano, en razón de lo mismo, esta instrucción no podrá ser modificadas sin la concurrencia de SERVIU Metropolitano”. En el correo electrónico donde se adjunten los antecedentes ya indicados, se deberá señalar la información de contacto de la notaría (teléfono y correo electrónico) para efectos de verificar esta situación. Una vez regularizada la atención de público, SERVIU Metropolitano informará, a través del Portal de Mercado Público, la disponibilidad de recepción física de garantías de seriedad de la oferta. Esta garantía de seriedad de la oferta, podrá ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa, por SERVIU Metropolitano en los siguientes casos: a) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. b) Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las presentes bases. c) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases, para el caso del proveedor adjudicado. d) Por la no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado, si corresponde. e) En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación: servicio de Fresado Carpeta de Rodado, para la Región Metropolitana.
Forma y oportunidad de restitución: Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que se haya verificado la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. A los oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles o fuera de bases, se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Publico. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado. Para todos los casos señalados anteriormente, será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Seriedad de la Oferta en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338). Solo se procederá de la forma señalada anteriormente, cuando la garantía antes mencionada, haya sido recepcionada físicamente en SERVIU Metropolitano. En el caso que se aplique el procedimiento especial por COVID-19, y la garantía se encuentre en custodia de la notaría, la restitución se realizará de conformidad a lo señalado en el ítem” Descripción” de la presente tabla, debiendo el oferente retirarla previa autorización expresa de SERVIU Metropolitano comunicada a la notaría correspondiente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU METROPOLITANO
Fecha de vencimiento: 30-03-2021
Monto: 10 %
Descripción: El oferente deberá presentar boleta bancaria, vale a la vista, póliza de seguro, depósito a plazo o cualquier otra forma de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Adjudicatario y tenga el carácter de irrevocable. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del art 68 de la ley de compras. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónicamente, según corresponda, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 7 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. Para el caso de formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de formato físico, deberá entregarse en la Secretaria de la Planta Asfáltica ubicada en Departamental N° 01233 comuna de La Florida, indicando el número de ID de la licitación. Sólo de manera excepcional, y en el único caso de que las oficinas de SERVIU Metropolitano se encontraren cerradas para la atención de público, a consecuencia de la dictación de medidas sanitarias derivadas del COVID-19, el adjudicatario podrá hacer entrega de la garantía conforme al procedimiento establecido en la, Resolución Exenta N° 1219/2020, de SERVIU Metropolitano, que autoriza el “procedimiento de ingreso especial de garantías por vía de correo electrónico a SERVIU Metropolitano, bajo las condiciones que indica”. Conforme a ésta, el adjudicatario deberá ingresar, vía correo electrónico dirigido a cbarahonat@minvu.cl, con copia a (sherrera@minvu.cl) y (jperezc@minvu.cl); los siguientes documentos: • Solicitud orden de garantía en formato PDF. • Garantía escaneada en formato PDF. • Declaración Jurada en formato PDF. • Datos ejecutivos en formato PDF. Durante este período, el documento en garantía deberá quedar bajo custodia de una notaría a elección del proveedor adjudicado, que esté dentro de la Región Metropolitana, con la siguiente instrucción: “1.- Que el otorgante del documento en garantía que a continuación se indica ……………………………..………………… (indicar datos del documento en garantía), instruye al señor Notario, entregarle la señalada garantía a un representante del SERVIU Metropolitano, quien deberá acreditar dicha representación con la respectiva Orden de Servicio; 2.- Quien suscribe la presente instrucción, declara y deja constancia que la estipulación ha sido otorgada en el solo interés de SERVIU Metropolitano, en razón de lo mismo, esta instrucción no podrá ser modificadas sin la concurrencia de SERVIU Metropolitano”. El proveedor deberá señalar al administrador del contrato la información de contacto de la notaría (teléfono y correo electrónico) para efectos de su verificación. Una vez regularizada la atención de público, SERVIU Metropolitano informará al proveedor, mediante correo electrónico.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: servicio de Fresado Carpeta de Rodado, para la Región Metropolitana.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato. Será responsabilidad del oferente retirar la garantía de Fiel Cumplimiento en Caja del Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano, ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso (se puede consultar al teléfono 229013338). En el caso que se aplique el procedimiento especial por COVID-19, y la garantía se encuentre en custodia de la notaría, la restitución se realizará de conformidad a lo señalado en el ítem” Descripción” de la presente tabla, debiendo el proveedor retirarla previa autorización expresa de SERVIU Metropolitano comunicada a la notaria correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras Cláusulas

10.       Otras Cláusulas

10.1.   Validez de las Ofertas

Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas, si durante este periodo de validez de la oferta, el proponente retira su oferta, SERVIU Metropolitano hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

10.2.   Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente la garantía por seriedad de la oferta.

10.3.   Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, mediante Orden de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

La Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano podrá solicitar a los Oferentes, a través del foro Aclaración Ofertas del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.

SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal Mercado Publico, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del foro Aclaración Ofertas del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

a)     Equipamiento Técnico:

Las ofertas se evaluarán en consideración a la información entregada en el Anexo N°3, respecto del equipamiento técnico.

El oferente deberá considerar en su propuesta a lo menos una fresadora, con características establecidas en el punto 1.2.1 de las bases técnicas. En caso de que en el Anexo N°3 “Equipamiento Técnico” no se oferte ninguna fresadora, la propuesta del oferente será inadmisible.

A su vez, el oferente deberá considerar a lo menos una barredora, con características establecidas en el punto 1.2.2 de las bases técnicas.  Esto corresponde a un requisito admisibilidad, por lo que si el oferente no oferta en el anexo N°3 “Equipamiento Técnico” al menos una barredora, será inadmisible. Si bien es un requisito de admisibilidad, para efectos de evaluación, solo se considerará lo referente a la fresadora.

El oferente deberá adjuntar información que respalde el año de fabricación de las maquinarias, tales como: factura, certificado de primera inscripción del registro civil e identificación, etc.

La asignación de puntaje se realizará en función del año de fabricación de la fresadora, dado que se encuentra asociado al mayor o menor rendimiento del equipo, a su tecnología y uso.

El puntaje será de acuerdo al siguiente detalle:

ü  Se asignará 100 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2010 a 2019.

ü  Se asignará 75 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2007 a 2009.

ü  Se asignará 50 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2004 a 2006.

ü   Se asignará 25 puntos a aquéllas cuyo año de fabricación corresponda desde 2001 a 2003.

ü  Desde el año de fabricación 2000 o más antigüedad, se asignará con 0 (cero) punto.

Si bien, la evaluación será aplicada por máquina, en caso de que el oferente proponga más de una, se calculará el promedio de toda la maquinaria presentada, para así obtener el puntaje final asociado al criterio de “Equipamiento Técnico”.

b)     Precio:

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación)*100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

c)     Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta:

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellos oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo quinto del punto 10.3 de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.

d)     Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio equipamiento técnico (PET) se le aplicará una ponderación del 45%, al puntaje obtenido en el criterio precio (PP) se le aplicará una ponderación del 50% y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación del 5%, para así obtener el puntaje total ponderado:

PTP = PET * 0,45 + PP * 0,50 + PCRFO * 0,05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü PET: Puntaje Equipamiento Técnico.

ü PP: Puntaje Precio.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio equipamiento técnico. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes, de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

10.4.   Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto  “Etapas y Plazos” de la presentes bases.

En el evento, que el monto adjudicado supere en más de un 30% al presupuesto  estimado por SERVIU Metropolitano, se deberá explicitar en el acto adjudicatorio, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, debiendo, asimismo, mantener los antecedentes para su revisión y control posterior por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.5.   Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También podrá declarar inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

10.6.   Del Contrato

10.6.1.                        Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

10.6.2.                        Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

10.6.3.                        Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

10.6.4.                        Domicilio y Jurisdicción

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.

10.7.   Responsabilidad del Oferente Adjudicado

10.7.1.            De las Obligaciones Laborales

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quién, para estos efectos,  conforme establece el artículo 183 C, del Código del Trabajo, podrá ejercer los derechos de información, en virtud del cual SERVIU Metropolitano podrá pedir informes al proveedor sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores; así como también podrá ejercer el derecho legal de retención, mediante el cual SERVIU Metropolitano estará facultado para retener los pagos que deba efectuar al proveedor, en caso que éste no haya dado cumplimiento íntegro a sus obligaciones laborales y previsionales Incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En conformidad a lo previsto en los incisos 3° y 4° del artículo 6° de la ley N° 21.192, que sanciona la Ley de Presupuestos del Sector Público Correspondiente al Año 2020, el proveedor, al momento de contratar con el SERVIU Metropolitano, deberá acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que el oferente adjudicado se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Servicio mientras no subsane el incumplimiento que la afecte.

Si el proveedor contratado, durante la vigencia del contrato incurriere en incumplimiento de las leyes laborales y previsionales, determinado por la autoridad competente, SERVIU Metropolitano deberá exigirle que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor será calificado con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.

Asimismo, en caso que el proveedor registrare saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, SERVIU Metropolitano quedará facultado para dar por terminado el respectivo contrato pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

El proveedor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de sus trabajadores. También deberá velar para que el servicio se preste de tal forma que se respeten los derechos de los trabajadores del proveedor, en especial respecto de la jornada de trabajo, horas extraordinarias, fuero, descanso y feriado.

10.7.2.            Con la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.

 

10.7.3.            Confidencialidad y Seguridad de la Información

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.

10.8.   De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano, emitirá una Orden de Compra al proveedor contratado, indicando la cantidad total de metros cuadrados para el período de vigencia del contrato. Se considerará la prestación del servicio de 1.500 m2 mínimos diarios de lunes a viernes, hasta agotar el monto total del contrato o hasta el cumplimiento del plazo de vigencia del contrato, lo que ocurra primero. La Subdirección de Pavimentación y Obras Viales solicitará a la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, mediante Formulario de Compra, emitirá una Orden de Compra a través del Portal Mercado Público, indicando la cantidad total de metros cuadrados para el periodo de vigencia del contrato.

10.9.   Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la Orden de Compra emitida a través del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente entregados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

SERVIU Metropolitano pagará al proveedor contra entrega conforme del servicio requerido, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que de conformidad a la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.

El adjudicatario deberá emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

ü  Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo, según corresponda.

ü  Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü  Vº Bº del Supervisor del Contrato, en razón de haberse prestado conforme lo señalado en las presentes bases y, en estricto apego a la respectiva Orden de Compra y recibido a satisfacción del SERVIU Metropolitano.

La Factura podrá ser en soporte físico o en formato electrónico despachado al correo electrónico sherrera@minvu.cl. La entrega física de la Factura y demás antecedentes requeridos se efectuará en la Secretaria de la Planta Asfáltica ubicada en Departamental N° 01233 comuna de La Florida, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09:00 hrs. y las 14:00 hrs. Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la Factura y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.

Los pagos se harán mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Sólo en casos excepcionales, y siempre que no esté disponible el pago mediante transferencia electrónica, SERVIU Metropolitano pagará al proveedor mediante cheque nominativo.

Será responsabilidad exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de Honorarios.

10.10. Anticipos

SERVIU Metropolitano podrá otorgar anticipos hasta del 100% del monto del contrato, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 73 del Decreto N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003, y sus modificaciones legales.

Para el otorgamiento de este anticipo, el proveedor deberá garantizar los anticipos otorgados mediante garantía del mismo tipo a la establecida para el fiel cumplimiento del contrato, a nombre de SERVIU Metropolitano, con la glosa: para garantizar anticipo licitación ID correspondiente, por un monto equivalente al 100% de los recursos anticipados, con el mismo plazo de vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La devolución de la garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme por SERVIU Metropolitano del servicio que el proveedor haya prestado con cargo al respectivo anticipo, y se autorice el pago por el equivalente al 100% de los recursos anticipados, a fin de proceder a compensar dicho pago con el anticipo otorgado. También procederá devolver la garantía por anticipos en caso de que el proveedor reintegre el 100% de los recursos anticipados. También se podrán reducir estas garantías, en la misma proporción en que se reduzcan los anticipos de acuerdo a los pagos que se vayan autorizando.

10.11. Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos:

ü  En caso de atraso en la entrega del servicio se aplicará una multa diaria equivalente al 1% (uno por ciento), de la Orden Compra. Se entiende atraso la no entrega del servicio de 1.500 m2 mínimos diarios, de acuerdo a la carta Gantt que el proveedor deberá entregar al inicio de los trabajos.

ü  Por observaciones formuladas al servicio suministrado, el proveedor tendrá un plazo determinado por el Supervisor, a fin de subsanarlas. En caso que las observaciones subsistan, luego de una segunda revisión, se aplicará una multa diaria, equivalente al 2% de la Orden de Compra.

ü  Si el proveedor, al término de cada trabajo referido a un sector, no deja completamente limpio de cualquier desecho, escombro o material generado durante el trabajo prestado. En caso de existir observaciones por parte del Supervisor y luego de una segunda revisión, se aplicará una multa diaria, equivalente al 0,05% de la Orden de Compra.

ü  Por no uso de señalética, de acuerdo a lo que indica el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. En caso de existir  observaciones y luego de una segunda revisión, se aplicará una multa diaria, equivalente al 1% de la Orden de Compra.

ü  Por no entrega de antecedentes técnicos, solicitados en el punto N°10.15 letra j) de las bases administrativas, dentro del plazo de a lo más 30 días corridos desde el momento de terminada la calle, se aplicará una multa diaria, equivalente al 0,5% del valor de la Orden de Compra.

 

Dichas multas en su conjunto no podrán ser superiores al 10% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el jefe del Depto. Planta Asfáltica notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al jefe del Depto. Planta Asfáltica, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente.

Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N°48 primer piso.

10.12. Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Públicas, en especial por los literales a) y e); y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales establecidas en los numerales 1 y 6, previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

10.13. Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

a)    Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

b)   En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

Se considera incumplimiento grave:

b.1)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.

b.2)          No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas.

b.3)          No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

b.4)          Cuando se hayan aplicado multas que, en su conjunto, superen el 10% del monto total del contrato.

b.5)          En caso de presentar cualquier documentación, certificación o información falsa o inexacta, ya sea en sus antecedentes, nóminas, informes u otros que se relacionen con los servicios a contratar.

b.6)          No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7.2, de las presentes bases administrativas, en relación a la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

c)     Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

d)     En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder al proveedor contratado.

e)     Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f)      Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 ó F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo, indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

10.14. Coordinación y Supervisión del Servicio

Durante la vigencia del contrato, el SERVIU Metropolitano designará un Supervisor del Contrato, mediante una orden de servicio del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, a proposición del Departamento de la Planta Asfáltica, quien está encargada de la contratación.

El Supervisor será responsable de fiscalizar el efectivo cumplimiento de los  términos del contrato y entre sus funciones se encuentran las siguientes:

a) Revisar y controlar el avance del servicio en cualquier momento, formulando las observaciones que procedan, y disponer las complementaciones o correcciones que estime necesarias;

b) Verificar los plazos de cumplimiento en la entrega del servicio que se hayan definido en la carta gantt y constatar su calidad;

 

c) Mantener la documentación que se genere tanto en el proceso de licitación como en el desarrollo del contrato y distribuirla a quien corresponda;

d) Solicitar que se cursen los pagos que proceda, verificando previamente la entrega conforme de los sectores intervenidos y el cumplimiento de todos los requisitos que procedan, en los términos y plazos fijados en el respectivo contrato, o bien, formular las observaciones que corresponda;

e) Fijar reuniones de coordinación para el control del servicio licitado.

f) Controlar la garantía del servicio.

El Supervisor del Contrato, deberá preaprobar los informes para el control de avance, establecidos en el punto N°10.15 letra f) de las bases administrativas. Concluido el objeto del contrato, el Supervisor del Contrato deberá revisarlo y requerir las correcciones pertinentes, si procede.

A mayor abundamiento, deberá conservar toda la documentación y antecedentes que se generen durante la ejecución y al término del contrato.

                                                                                                                                              

10.15. Otras condiciones

El Proveedor contratado:

a) Deberá contar con un mínimo de personal contratado para la prestación del servicio, los cuales son:

ü  Un (1) operador de Fresadora

ü  Un (1) operador de Barredora

ü  Un (1) ayudante de Fresadora

ü  Un (1) ayudante de limpieza

ü  Un (1) capataz de terreno

ü  Un (1) supervisor a cargo

Para el caso del supervisor, el proveedor deberá disponer de un profesional en terreno (Constructor Civil, Ingeniero Constructor o profesional afín) a cargo del servicio.

a)    El proveedor deberá dotar de elementos de seguridad al personal a su cargo, tales como zapatos de seguridad, cascos de seguridad, etc.

b)   Antes de la ejecución de los trabajos, el supervisor del Contrato de SERVIU Metropolitano, enviará por correo electrónico un informe de entrega de terreno al proveedor contratado, el cual deberá ser presentado según lo estipulado en la letra d) de este punto.

c)    Al inicio de los trabajos en terreno, el proveedor contratado deberá entregar al supervisor del Contrato de SERVIU Metropolitano, la orden de compra, en conjunto con la siguiente documentación:

  • · Permiso municipal para ejecución de trabajos.
  • · Informe de entrega de terreno firmado por el representante legal de la empresa.
  • · Listado de Elementos de Protección Personal (ver letra b).
  • · Listado de maquinarias ingresados en la oferta en el anexo N°3.
  • · Carta Gantt con especificación de los plazos a prestar el servicio.

d)   Cada vez que la empresa proveedora requiera cambiar a algún integrante del equipo de trabajo en terreno o la maquinaria, deberá solicitar este cambio al jefe del Departamento de la Planta Asfáltica por escrito, adjuntando los antecedentes del profesional sugerido y/o maquinaria de trabajo. A su vez, deberá indicar la fecha tentativa de inicio de sus labores y las razones de dicho cambio.  Será decisión del jefe del Departamento de la Planta Asfáltica si acepta dicho cambio, lo cual será informado al proveedor mediante correo electrónico antes de la realización de los trabajos.

e)    A fin de llevar el Control de Avance de prestación de servicio, el proveedor deberá remitir al día hábil siguiente de su prestación, un informe con los trabajos realizados al correo del supervisor del Contrato designado por SERVIU Metropolitano. El Departamento de la Planta Asfáltica de SERVIU Metropolitano, acordará un formato de informe con el respectivo Proveedor en un plazo no superior al 2º día hábil de aprobado el contrato.

f)    La maquinaria que se utilice en la presentación de la oferta, deberá contar con logotipo de la empresa que indique dirección y teléfono.

g)    A fin de proteger las zonas de trabajo, el proveedor deberá disponer de dispositivos consistentes en soleras tipo New Jersey y/o conos plásticos de 28” con anillos reflectantes, en cantidad suficiente para prevenir accidentes y congestiones en exceso. El uso de señalética, será de acuerdo a lo que indica el Manual de Señalización de Tránsito del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

h)   El proveedor deberá dar íntegro cumplimiento a las disposiciones reglamentarias vigentes, relativas a condiciones básicas en lugares de trabajo, higiene y proveer de alimentación a sus trabajadores, conforme sus jornadas de trabajo lo requieran.

i)     Al término de la calle, deberá entregar al Supervisor del Contrato de SERVIU Metropolitano, un Monograma en soporte papel, que contendrá como mínimo la indicación de: calles, tramos y medidas de las intervenciones efectuadas.

Especificaciones Técnicas

1.         Fresado de Carpeta de Rodado.

1.1.     Descripción y Alcances

Este servicio corresponde a la remoción de la capa de rodado del pavimento de concreto asfáltico existente en mal estado, en las áreas y en el espesor definidas por el supervisor del contrato de acuerdo a la necesidad específica de la vía a intervenir. El material extraído será transportado a cualquier distancia para ser depositado en un botadero de escombros autorizado para residuos no peligrosos.

Las intervenciones afectas a estas reparaciones se llevarán a cabo en calles de cada comuna.

1.2.       Procedimiento de Trabajo

El trabajo consistirá en fresado de espesor variable, de acuerdo a las características de la carpeta de rodado de la calle a intervenir. El espesor del fresado de la carpeta asfáltica será el necesario hasta llegar a topar con hormigón o proporcionar la profundidad que necesite la nueva carpeta de rodado.

Los trabajos se ejecutarán en calles que determinen las Municipalidades.
Los trabajos deberán ejecutarse en turnos de día, noche y durante los fines de semanas, si fuese necesario y si la municipalidad lo autoriza.

Antes de iniciar los trabajos de fresado el proveedor replanteará la solución geométrica de la reposición de carpeta de rodado definiendo la nueva rasante mediante dos puntos referenciales correspondientes a 2 cruces consecutivos de calles. La solución para la pendiente longitudinal y transversal deberá ser planteada respetando el proyecto original. En todos los casos las soluciones planteadas deberán asegurar el libre escurrimiento de las aguas.

Se deberá poner especial atención en los cruces de calles, para lo cual se deberá realizar un completo levantamiento del cruce a fin de estudiar en conjunto con el Supervisor del Contrato la mejor forma de compatibilizar el cumplimiento de espesores en todos los puntos, con lo expuesto en el párrafo anterior en relación al escurrimiento de las aguas.

El equipo a utilizar en este trabajo consistirá en una máquina fresadora autopropulsada con potencia propia, tracción y estabilidad suficientes para mantener con exactitud el espesor de corte y pendiente transversal del pavimento del resto de la calzada.

Deberá contar con dispositivos que permitan establecer con exactitud y automáticamente el espesor de corte a ambos extremos de la máquina con la tolerancia indicada, tomando referencia del pavimento existente por medio de un sistema de patines o zapatos, o bien mediante controles de índole independiente, permitiéndole así una correcta lisura longitudinal y pendiente transversal. Deberá contar además con un elemento que cargue el material fresado durante el avance de la máquina (autocargador) o cargado en forma indirecta.

Se deberá contar con un equipo barredor a fin de lograr una limpieza adecuada luego de realizado el fresado, esta limpieza debe dejar la superficie en condiciones de efectuar el pintado con riego de liga.

La medición final será realizada sólo después que se haya removido el total espesor previsto, y en las secciones terminadas y la pendiente transversal apropiada.

El fresado del pavimento bituminoso deberá ejecutarse a la temperatura ambiente sin recurrir al impacto de martillos ni al uso de solventes ó ablandadores que puedan afectar la granulometría de los agregados pétreos y las propiedades del asfalto existente. En todo caso, deberá evitarse la contaminación del material removido con agentes extraños al mismo.

Cuando el pavimento asfáltico a remover se encuentre ubicado próximo a tapas de cámaras de inspección, rejillas u otras singularidades, y no pueda ser extraído con la máquina de fresado, deberá utilizarse otros métodos aprobados por el Supervisor del Contrato, debiendo quedar la superficie del pavimento libre de material suelto y de acuerdo a las condiciones indicadas en los perfiles tipos adoptados.

La mezcla asfáltica extraída mediante este procedimiento deberá transportarse hasta el botadero, el cual se podrá encontrar a cualquier distancia del lugar de las obras.

 

La remoción del pavimento podrá ser realizada en una o varias etapas de fresado, la última de ellas deberá dejar una superficie nivelada, de textura rugosa, aunque no fracturada por defecto del fresado, con una tolerancia de ± 0,5 cm respecto de la cota solicitada por el supervisor del Contrato.

Cualquiera que fuere el método utilizado por el proveedor para ejecutar este servicio, no deberá producir daños y/o perturbaciones a objetos, estructuras ó instalaciones que se encuentren próximos a la zona donde acciona el equipo, así como tampoco afectar las estructuras de pavimento adyacentes que quedan en servicio, ni a las obras aledañas.

En los casos en los cuales al final de la jornada laboral no se haya completado el fresado de la misma capa en todo el ancho del pavimento, quedando en el sentido longitudinal bordes verticales de altura superior a 3 cm, éstos deberán ser suavizados de tal forma que no signifiquen peligro para el tránsito usuario durante el período de inactividad.

En caso de rompimiento del anillo o tapa de cámaras, o deterioro de los sumideros estas deberán ser reemplazadas, por el contratista.

Para la supervisión técnica el Proveedor Adjudicatario deberá disponer un vehículo, con antigüedad máxima de 3 años, con chofer, para visita a terreno del supervisor.

1.2.1. Fresado de Carpeta Asfáltica Existente

En las calles que se hayan definido dentro del área a intervenir, se retirará la carpeta asfáltica existente, en un espesor que permita dar cabida a la carpeta asfáltica proyectada, lo que deberá efectuarse con una máquina fresadora de acuerdo a la especificación correspondiente.

Posterior al retiro de la carpeta asfáltica existente se deberá evaluar la calidad de la nueva plataforma a fin de asegurar una adecuada y uniforme capacidad de soporte, pudiendo el Supervisor del Contrato solicitar al contratista el retiro de la carpeta existente en todo el espesor en zonas en que a su juicio no cumplan con este requisito.

La Fresadora debe contar con:

 - Distancia entre puntos no superior a 10 mm.

 - Sistema de nivelación longitudinal y transversal.

 - Debe poseer cinta de carga.

1.2.2. Barredora

El equipo de limpieza deberá incluir a lo menos una barredora autopropulsada y regar las superficies antes del barrido, evitando la polución.

La Barredora debe contar con: 

 - Debe poseer giro de escobilla hidráulico.

 - Debe ser autopropulsada.

 - Debe contar con sistema de riego para evitar polución.