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Resolución de Empates |
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En caso de producirse empate entre dos o más oferentes, la comisión evaluadora favorecerá al oferente con mayor puntaje obtenido en el criterio “Plazo de entrega”. De continuar el empate se consideraran los siguientes criterios:
- Como segundo criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado “Oferta económica”.
- Como tercer criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado “Garantía del vehículo y equipamiento”.
- Como cuarto criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado “Mantención anual (en terreno)”.
- Como quinto criterio, se favorecerá al proveedor que obtenga mayor puntaje en el criterio denominado “Cumplimiento de antecedentes formales”.
- De Persistir la Igualdad de puntaje la comisión seleccionará aquella oferta donde el oferente se encuentre con mejores calificaciones en el portal mercado público.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Deben ser realizadas con el debido fundamento, dentro de las 48 horas siguientes a la adjudicación de la licitación, en la dirección de correo gilberto.gonzalez@conaf.cl.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El o los oferente deberá adjuntar a su oferta el Boletín laboral y previsional de la Dirección del trabajo.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Los antecedentes que se soliciten deberán tener carácter informativo y/o complementario, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
La Corporación podrá solicitar a los/as oferentes que salven errores u omisiones formales detectados durante el proceso de postulación, de acuerdo a lo señalado en el Art. 40° del Reglamento, de la Ley 19.886. Estás enmiendas no corresponderán cuando se trate de aspectos evaluables tales como el Anexo Económico.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Interpretación de las Bases |
Las presentes Bases de licitación, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a una licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del proyecto, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate.
En caso de discrepancia en la interpretación primará lo dispuesto en las Bases de Licitación por sobre lo establecido en la Oferta del Adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los Oferentes o Adjudicatarios en la obtención de información y estudio de los documentos relativos a un proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la adquisición del bien regida por estas Bases.
Por lo tanto serán de su cargo, todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretaciones de la información disponible o que se obtenga de las presentes Bases.
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Modificación de las bases |
Las presentes Bases podrán ser modificadas durante el proceso de licitación pudiendo los Oferentes realizar consultas de carácter administrativa o técnica que estimen necesarias dentro de los plazos establecidos para el efecto y así mismo la CONAF, tendrá la facultad de aclarar las consultas realizadas y/o agregar antecedentes técnicos o administrativos, las que darán lugar a “ACLARACIONES” o “ADICIONES” según su naturaleza.
Si las modificaciones eventuales son importantes, la Corporación podrá extender cada uno de los plazos, con el propósito que los oferentes puedan realizar mejoras y ofertas más completas. Además CONAF podrá extender el plazo de cierre de la licitación en el caso de no tener ofertas o contar con un bajo número de ofertas recibidas.
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Consultas y aclaraciones |
Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta licitación (punto 3.-).
Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha indicada para esto.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir, las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación.
Tales Aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página Web www.mercadopublico.cl .
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Presentación de ofertas |
Las únicas ofertas válidas serán aquellas presentadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, salvo el caso contemplado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley 19.886, sobre Compras Públicas.
Los Oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del sitio www.mercadopublico.cl hayan sido ingresadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios y Anexos requeridos; para ello se deben verificar el posterior despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Será responsabilidad de los/as oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas.
Se deberán adjuntar electrónicamente como documentos anexos, todos y cada uno de los antecedentes que formen parte de la oferta, como asimismo aquellos que se consideren necesarios para su mejor comprensión y entendimiento.
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Comisión de Apertura Electrónica y Evaluación de Ofertas |
La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de compras del Estado y la evaluación de las ofertas aceptadas durante la apertura electrónica de esta licitación pública serán evaluadas por una comisión creada para tal efecto, constituida por:
El Jefe de Departamento de Finanzas y Administración o quien lo represente;
El Jefe de Departamento Protección Contra Incendios Forestales o quien lo represente;
El Jefe de la Sección Control del DEPRIF o quien lo represente
Una abogada de la Unidad Jurídica en calidad de Asesora y Ministra de Fé
Dicha comisión estudiará y evaluará las propuestas y antecedentes, para luego elaborar un Informe Comparativo y Evaluativo de las ofertas, considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los(as) oferentes.
Si lo estima pertinente, previo a la adjudicación, CONAF podrá solicitar por escrito a través del portal mercado publico, precisiones a uno o más proponentes sobre aspectos de su propuesta “no evaluables” que no resulten suficientemente claros, en cuyo caso tanto las aclaraciones solicitadas, como las respuestas de las mismas, pasarán a formar parte integrante del contrato en caso de serle adjudicado.
El proceso de evaluación será interno y no se entregará información durante su desarrollo a los oferentes.
La Comisión evaluadora de ofertas emitirá un informe final de evaluación proponiendo al Director Regional el oferente seleccionado para la adjudicación.
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Adjudicación de la Licitación |
La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y, podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria indicada en estas bases; en estos últimos casos, dichas declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl , señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases.
Con este efecto la Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl , de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 hrs. transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
El puntaje total obtenido por cada oferente en el proceso de evaluación, se obtiene de la suma de los factores ponderados (∑(Puntaje) y corresponderá al 100% de la ponderación total.
Sin perjuicio de lo anterior, el puntaje mínimo requerido para ser adjudicado no podrá ser inferior a 50 puntos.
Para ser adjudicado se requiere que el oferente se encuentre inscrito en CHILEPROVEEDORES y en estado HÁBIL.
En caso que el oferente adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva.
La Inscripción en este registro será requisito obligatorio para la firma del contrato, si el oferente adjudicado no se inscribe dentro del plazo antes indicado se procederá a cancelar la adjudicación y se readjudicará al oferente que obtuvo el segundo lugar, o se procederá conforme a lo que señala la Ley de Compras públicas 19.886.
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Disponibilidad Presupuestaria |
El presupuesto máximo disponible es de $ 172.550.000.- IVA incluido, las ofertas que superen ese valor no serán evaluadas.
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Forma de pago |
Contra factura a 30 días, previa recepción conforme del bien por parte dela comisión receptora.
La Factura deberá ser extendida a nombre del Gobierno Regional de Aysén, RUT 72.222.000-5, con domicilio en calle Ejército N° 405, Coyhaique.
Esta deberá indicar en su glosa la siguiente frase: “Compra Gobierno Regional de Aysén RUT 72.222.000-5 para la CORPORACION NACIONAL FORESTAL (CONAF), RUT: 61.313.000-4 en el marco del proyecto ADQUISICION EQUIPAMIENTO PREVENCION Y COMBATE DE INCENDIOS FORESTALES REGION DE AYSEN, Código BIP 40009549-0”. Pudiendo resumirse esta información según la capacidad de caracteres que se permitan.
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Anticipo |
No aplica
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Contrato |
CONAF y él adjudicatario(a) suscribirán un contrato por lo licitado, el cual será publicado en la respectiva licitación del portal de compras dentro de los 15 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación.
Este contrato establecerá las cláusulas que regirán el proceso de adquisición, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes Bases.
Si el adjudicatario(a) no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto CONAF, tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso.
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Duración del Contrato |
El contrato tendrá una vigencia igual al plazo de entrega ofertado.-
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Ampliación de contrato |
No se considera.-
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Multas y Procedimientos |
El incumplimiento de plazos de entrega y coberturas por causas imputables al proveedor, salvo causas de fuerza mayor comunicadas formalmente por éste, podrá ser objeto de una multa de 5 UF por cada día hábil de atraso, en la entrega total del producto.
El atraso comenzará a contar a partir del día hábil siguiente a la fecha de término contemplada para el servicio.
Nota: El oferente que indique un menor plazo de ejecución, deberá tener presente que el plazo máximo de extensión igual será de 15 días corridos. Contados desde la fecha final de su propuesta.
a. Monto máximo Cobro Multa
El monto máximo a cobrar no podrá sobrepasar un 10% del monto total de la Orden de
Compra.
b. Procedimiento de Aplicativo de Multas
A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas:
1) Detectada una situación que eventualmente amerite la aplicación de multa, según lo estime la Corporación, la contraparte técnica del respectivo contrato, informará a través de un Memorándum a la contraparte Administrativa las situaciones que ameriten la aplicación de multa o del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a través de la entrega de un informe técnico, con todos los documentos de respaldo necesarios.
2) El Departamento Manejo del Fuego calculará y validará con el Departamento de Finanzas las multas aplicadas, y posteriormente notificará de ello al proveedor mediante carta certificada, informándole los hechos que motivan dicha sanción o el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, según sea el caso, y sobre los hechos en que aquéllas se motivan.
3) A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito a través de carta dirigida al Sr. Director Regional de CONAF, acompañando todos los antecedentes y argumentos que respalden su apelación. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Avenida Ogana 1060, Piso 2, Coyhaique.
4) Sin perjuicio de lo anterior, CONAF podrá rebajar o condonar dicha multa en caso de alguna circunstancia extraordinaria o especial, cuya calidad será juzgada “como tal” exclusivamente por la Corporación.
5) Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción, informando de ello al proveedor por medio de una carta certificada de CONAF.
6) Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional de CONAF tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
7) Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de una carta certificada de CONAF, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar.
8) En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
9) En el evento de que la multa sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuento en el pago más próximo que CONAF deba efectuar al proveedor.
10) En el evento que la garantía de cumplimiento sea finalmente cursada, el cobro se hará efectivo administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
11) Además, de acuerdo a las Bases, CONAF podrá poner término anticipado al contrato de servicios, producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud de los daños y perjuicios ocasionados.
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Término anticipado del Contrato |
CONAF queda facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el/la prestador/a de Servicios, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el/la Adjudicatario/a fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si se produjese cualquier incumplimiento gravísimo de las obligaciones establecidas en Bases, Contrato y/o Anexos Vinculantes.
c) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
d) Cuando CONAF y el/la Adjudicatario(a) del Servicios, de común acuerdo, resuelvan poner término al Contrato.
e) Si el adjudicatario/a es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Cuando en cualquier forma la Corporación Nacional Forestal considere que están siendo vulnerados sus intereses.
h) Si el proveedor no responde satisfactoriamente a las solicitudes que la Corporación imparta en interés de superar dificultades suscitadas.
i) Si concurre alguna causal de fuerza mayor o caso fortuito, la que deberá declararse por Resolución Fundada del Director Regional de CONAF.
j) Si a raíz de modificaciones de cualquier naturaleza, introducidas en cualquier actividad sin las indispensables autorizaciones escritas de la CONAF, el(la) adjudicatario(a) se negare a efectuar a su costa las rectificaciones pertinentes
k) Si el(la) adjudicatario(a) fuere una sociedad y se disolviere o se hubiere manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del contrato
l) Por incumplimiento reiterado de las especificaciones técnicas
m) Si durante la vigencia del contrato se detecta que el oferente seleccionado ha omitido información o la proporcionada al presentar la oferta no es veraz
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Supervisión de la gestión |
La Corporación, a través del Departamento Protección Contra Incendios forestales actuará como contraparte técnica, velando por los intereses de la Corporación, supervisará en todo momento, y podrá efectuar los controles que estime necesarios para comprobar la calidad del servicio encomendado.
El adjudicatario deberá otorgar todas las facilidades, de manera se pueda ejercer el control y supervisión.
Si de la recepción de los productos y/o servicios, resulta que estos no cumplen con los requisitos estipulados en estas bases o el producto llega o se recepciona en deficientes condiciones o el bien es de mala calidad no se dará curso a la recepción, debiendo subsanar el proveedor las deficiencias encontradas al menor plazo posible según lo señalado por esta Corporación.
En este caso, además, la Corporación quedará facultada para cancelar la adjudicación y proceder a readjudicarla, o para poner término anticipado al contrato.
Esta supervisión estará compuesta por una comisión, la cual se detalla a continuación (quienes evaluarán el bien a recepcionar y elevarán un acta):
El Jefe de Departamento Protección Contra Incendios Forestales o quien lo represente;
El Jefe de la Sección Control del DEPRIF o quien lo represente
Encargado de la Unidad de Vehículos o quien lo represente
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De las obligaciones del proveedor |
El proveedor seleccionado estará obligado a entregar documentación de acuerdo a lo establecido en las presentes bases administrativas y técnicas, especificaciones técnicas y otros documentos que así lo establezcan.
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Otras obligaciones |
a) Si el contratista no diere oportuno cumplimiento al pago de las remuneraciones o de las imposiciones previsionales del personal ocupado en las faenas, incluido el personal de las empresas subcontratistas, CONAF estará facultado para pagar a quien corresponda, ante un Inspector del Trabajo, las cantidades adeudadas imputándolas a cualquier pago pendiente.
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Confidencialidad |
El contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento el proveedor(a), relativa a actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros bajo ninguna circunstancia, incluso después de la terminación del mismo.
Específicamente, queda prohibido al proveedor(a), divulgar a hacer pública cualquier información entregada y/o obtenida de CONAF respecto a su actuar, administrativo, de investigación y de gestión.
En consecuencia el proveedor(a) no deberá copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente, evitando el acceso de terceros a la misma; adoptar medidas de seguridad adecuadas para conservar la propiedad de la Información confidencial, libres de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia Información confidencial.
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Propiedad intelectual |
Los resultados intelectuales o materiales, informes y productos, que con ocasión de la ejecución del presente contrato se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, son de propiedad de la Corporación Nacional Forestal, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie para su uso, no pudiendo por tanto el proveedor(a) realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización de CONAF.
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Resolución de Conflictos |
Las partes procurarán solucionar sus conflictos en forma amistosa y de común acuerdo. En caso de no prosperar o no llegar a acuerdo en los términos señalados se someterán a los tribunales ordinarios de Justicia de Coyhaique.
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Contraparte Técnica |
La contraparte de CONAF estará representada por una comisión, la cual estará compuesta por:
El Jefe de Departamento Protección Contra Incendios Forestales o quien lo represente;
El Jefe de la Sección Control del DEPRIF o quien lo represente
Encargado de la Unidad de Vehículos o quien lo represente
Quienes evaluarán el bien a recepcionar y elevarán un acta de recepción conforme.-
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