9.1. Validez de las Ofertas
Los oferentes, por el sólo hecho de presentar oferta
significará que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las
presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características
técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las
condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan,
con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las
condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento
de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de
ninguna especie.
Las ofertas
deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de
cierre de recepción de ofertas.
El oferente será
responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través
de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el
Portal www.mercadopublico.cl.
Toda la
documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en
cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor
conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante
todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano
en la oportunidad en que éste lo requiera.
9.2. Apertura de las Ofertas
La apertura de las
ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura
electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las
presentes Bases.
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará
considerando sólo a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente la
garantía por seriedad de la oferta.
9.3. Metodología de Evaluación
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una
Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio,
designados por el Subdirector de Vivienda y Equipamiento, mediante Orden de
Servicio.
Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener
conflictos de interés con los Oferentes, de conformidad con la normativa
vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el
Acta de Evaluación respectiva.
La Comisión Evaluadora
emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de
evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados
en la evaluación de las ofertas, las ofertas que deben declararse inadmisibles
por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose
los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación
como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión
Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los
intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada
criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes,
así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de
evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la
evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad
facultada para adoptar la decisión final. Esta acta será publicada en el Portal
www.mercadopublico.cl.
Las ofertas sólo
se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del
Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de
los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones
que en cada caso se establecen.
SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura
electrónica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a
través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y
cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos
oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto
es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes
a través del Portal www.mercadopublico.cl.
SERVIU
Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes
que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a
través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se
hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento
del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes,
tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del
respectivo requerimiento a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano
o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.
Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la
siguiente metodología de evaluación:
-
Experiencia del Oferente (A):
Se evaluará la
experiencia según la cantidad de proyectos de diseño de parques o espacios
públicos acreditados como autoría del oferente, mediante documentación original.
Cantidad de Proyectos
|
Puntaje
|
1-3
|
25
|
4-6
|
50
|
7-10
|
75
|
11 o mas
|
100
|
-
Experiencia Individual
Integrantes del Equipo (B):
Se evaluará la
experiencia de cada profesional integrante de equipo ofertado, de acuerdo a los
meses de experiencia acreditada de cada uno de ellos en forma individual. Se
deberá considerar en la oferta a los siguientes profesionales:
Cantidad
mínimo
|
Cargo
|
Titulo
Profesional
|
Área de Experiencia
|
Labores Especificas
|
1
|
Jefe(a) de Equipo Consultora
|
Arquitecto
|
Experiencia demostrable en diseño de espacios
públicos, áreas verdes y recreativas o parques urbanos.
|
Será el profesional a cargo de conducir el
correcto desarrollo de la consultoría y de interpretar la información
derivada del proceso de desarrollo de los Talleres de Participación
Ciudadana.
Será quien se relacione en representación de la
Consultora con SERVIU Metropolitano, manteniendo contacto permanente con el
Supervisor del proyecto y cada uno de los aspectos técnicos y administrativos
que el desarrollo de la consultoría requiera, manteniendo a la vista y
disponibles los antecedentes que se le soliciten, entregándose a través suyo
las consultas, instrucciones, sugerencias o reclamos que pudieran
producirse. Asimismo, será quien presente
los informes y productos correspondientes en tiempo y forma a SERVIU
Metropolitano para su revisión, siendo el responsable, además, de conocer el
estado de cada uno, y las acciones que deban cumplirse en cada caso, todo sin
perjuicio de las reuniones o jornadas de trabajo que deban efectuarse con el
resto de los profesionales de la Consultora.
El jefe(a) de proyecto podrá cumplir roles de
profesional especialista en las materias indicadas, siempre y cuando se
demuestre la profesión y experiencia.
Es deseable que presente una experiencia mínima
de 60 meses.
|
1
|
Profesional Diseño Paisajismo y Riego
|
Arquitecto del Paisaje, Ecólogo Paisajista o
Diseñador Paisajista.
|
Experiencia demostrable en diseño de paisajismo,
proyectos de sistema de riego, construcción
y mantención de áreas verdes
|
Debe ser capaz de tomar decisiones en diseño
paisajístico. Asimismo, deberá ser capaz de identificar y proponer especies
vegetales de bajo consumo hídrico y de proyectar espacios públicos y áreas
verdes sustentables. Deberá elaborar el proyecto de paisajismo en
coordinación con las especialidades relacionadas.
Es deseable que presente una experiencia mínima
de 60 meses.
|
1
|
Profesional área Social
|
Sociólogo o Asistente Social
|
Experiencia en estudios y procesos de Participación
ciudadana
|
Deberá desarrollar la propuesta de Plan de
Participación ciudadana, para luego velar por su cumplimiento.
Deberá entregar a los profesionales del área del
diseño los requerimientos de la comunidad levantados en las jornadas de
participación ciudadana.
Es deseable que presente una experiencia mínima
de 36 meses.
|
1
|
Profesional
Diseño Pavimentos
|
Ingeniero Civil
|
Experiencia demostrable en proyectos de Obras
civiles, pavimentos y parques y/o espacios públicos.
|
Deberá realizar la propuesta de ingeniera de
pavimentos
Deberá proveer de su proyecto al jefe de equipo y
coordinar con este todas las reuniones que se requieran.
Es deseable que presente una experiencia mínima
de 36 meses.
|
1
|
Profesional
Diseño Eléctrico
|
Ingeniero Civil Eléctrico o Ing. Eléctrico
|
Proyectos eléctricos con eficiencia energética en
Parques y/o Espacios Públicos
|
Deberá realizar la propuesta de electricidad del
proyecto.
Deberá proveer de su proyecto al jefe de equipo y
coordinar con este todas las reuniones que se requieran.
Es deseable que presente una experiencia mínima
de 36 meses.
|
La experiencia individual de los integrantes del equipo deberá ser
acreditada según lo indicado en Anexo N°3.
Se evaluará de acuerdo a
la siguiente tabla de puntajes:
CARGO
|
CANTIDAD
|
|
PUNTAJE
DE ACUERDO A LOS MESES DE EXPERIENCIA COMPROBABLE EN EL ÁREA REQUERIDA
|
PONDERACIÓN
POR PROFESIONAL (%)
|
0-48
MESES
|
49-60
MESES
|
61
– 108 MESES
|
DE
109 MESES O MÁS
|
Jefe(a) de Equipo Consultora
Se evaluará como Profesional Arquitecto y
no de jefatura
|
1
|
0
|
25
|
50
|
100
|
30%
|
Profesional Diseño Paisajismo y Riego
|
1
|
0
|
25
|
50
|
100
|
25%
|
CARGO
|
CANTIDAD
|
|
PUNTAJE
DE ACUERDO A LOS MESES DE EXPERIENCIA COMPROBABLE EN EL ÁREA REQUERIDA
|
PONDERACIÓN
POR PROFESIONAL (%)
|
0-24
MESES
|
25
A 36 MESES
|
37
A A 72 MESES
|
73
O MÁS MESES
|
Profesional área Social (participación)
|
1
|
0
|
25
|
50
|
100
|
15%
|
Profesional Diseño Pavimentos
|
1
|
0
|
25
|
50
|
100
|
15%
|
Profesional Diseño Eléctrico
|
1
|
0
|
25
|
50
|
100
|
15%
|
Se considera como
puntaje total la sumatoria de las ponderaciones obtenidas por cada uno de los
integrantes del equipo, de acuerdo a lo indicado en la tabla de puntajes
presentada anteriormente.
-
Fundamentos, Partido
General e Imagen Objetivo (C):
Se evaluará la capacidad
del Consultor de acuerdo a la aplicación de los objetivos y requerimientos
generales de diseño planteado por “el Patrocinante del Proyecto” en los
antecedentes del proyecto con recomendación favorable (Rate RS), descrito en el
numeral 3 de las Bases Técnicas.
Corresponde a la entrega
de:
Partido General e Imagen
Objetivo: Consiste en la aplicación y representación formal de los criterios y
requerimientos de diseño desarrollados en las Bases Técnicas y demandados en la
tabla de evaluación. Se deberá entregar 3 láminas formato A1, en PDF, las que
contendrán:
-
Lam 1 = Planta General, que muestre el proyecto en su totalidad.
-
Lam 2 = 3 Cortes, que representen la propuesta general.
-
Lam 3 = 3 Imágenes digitales (imagen 3D, fotomontaje u otra
representación gráfica) a modo de imagen
objetivo que grafique la propuesta presentada.
Fundamentos:
Los fundamentos de la
propuesta expresada en las tres láminas descritas anteriormente deberán
obligatoriamente considerar como mínimo los siguientes aspectos. En el caso de
que no lo incluya, la propuesta será rechazada.
Objetivos y
Requerimientos obligatorios de la propuesta
|
1
|
Fortalecimiento de la imagen e identidad
local
|
1.1 Incluir características del entorno,
tales como la escala, tipos de construcciones, tipos de usos y usuarios,
entre otros.
|
2
|
Requerimientos de usos y flujos existentes
|
2.1 Proponer programa acorde a las
características del lugar.
2.2 Proponer circulaciones acordes a las
características del lugar.
|
3
|
Consideraciones medioambientales
|
3.1 Criterios de eficiencia energética.
|
3.2 Optimización del recurso hídrico.
|
4
|
Diseño Urbano
|
4.1 El trazado propuesto mejora el trazado
existente.
|
5
|
Criterios de integración social
|
5.1 Programa destinado a todos usuarios
presentes en el área de influencia (rangos etarios, culturales, género, entre
otros).
|
Se asignará puntaje a
este ítem según los criterios optativos
que se describen a continuación:
Criterios optativos de
la propuesta
|
No incluye
|
Incluye Parcialmente
|
Incluye
|
1
|
Fortalecimiento de la imagen e identidad
local
|
1.1 Patrimonio sociocultural local
(actividades cotidianas) tales como ferias, festividades u otras.
|
0
|
5
|
15
|
2
|
Consideraciones medioambientales
|
2.1 Criterios de especies vegetales
apropiados al lugar del proyecto (incluye los 3 estratos vegetales, arbolado,
arbustivas y herbáceas)
|
0
|
5
|
15
|
3
|
Diseño Urbano
|
3.1 Propicia la conectividad con el
contexto urbano.
|
0
|
5
|
15
|
3.2 Vínculo con equipamientos del área de
influencia.
|
0
|
5
|
15
|
4
|
Criterios de control y seguridad incorporados
en la idea fuerza.
|
4.1 Propicia una óptima visibilidad
|
0
|
5
|
10
|
4.2 Activación del lugar a través del
programa arquitectónico.
|
0
|
5
|
15
|
5
|
Criterios de integración social
|
5.1 Diseño inclusivo, mediante criterios de
accesibilidad universal.
|
0
|
5
|
15
|
|
Total
|
|
100
0
|
Se considera como
puntaje total la sumatoria de los puntajes obtenidos en cada uno de los
factores de acuerdo a lo indicado en la tabla de puntajes presentada anteriormente.
-
Portafolio (D):
Junto con lo anterior,
el oferente deberá ingresar un portafolio con 5 Proyectos como máximo que haya
desarrollado (diseño o construcción), en Parques o Espacios públicos. El
documento deberá ser presentado en formato doble carta e incluir obligatoriamente
lo indicado en la tabla “Contenidos del Portafolio”. En el caso de que no lo
incluya, la propuesta será rechazada.
Cada proyecto se
presentará en máximo dos páginas doble carta.
Se evaluará de acuerdo a
lo establecido en el cuadro “Criterios
de evaluación del Portafolio”.
Contenidos Obligatorios del Portafolio
|
1
|
Nombre del proyecto
|
2
|
Lugar de ubicación
|
3
|
Duración del proyecto (diseño o construcción)
indicando mes y año de inicio y termino.
|
4
|
Mandante
|
5
|
Breve texto explicativo de los principales
fundamentos de la propuesta
|
6
|
Plano de ubicación en la comuna
|
7
|
Plano de emplazamiento en el área de
influencia
|
8
|
Planta del partido general
|
9
|
Elevaciones o cortes de la propuesta
|
10
|
Imágenes 3d, fotomontajes o fotos del
proyecto construido
|
Criterios de evaluación del Portafolio
|
No incluye
|
Incluye
|
1
|
Diseño Urbano
|
1.1 Los trazados propuestos son legibles y coherentes
|
0
|
20
|
1.2 Propicia la conectividad con el
contexto urbano.
|
0
|
10
|
1.3 Promueven el vínculo de los proyectos con
equipamientos del área de influencia.
|
0
|
10
|
2
|
Consideraciones medio ambientales
|
2.1 Proponen criterios de especies
vegetales apropiados al lugar del proyecto (incluye los 3 estratos vegetales,
arbolado, arbustivas y herbáceas)
|
0
|
10
|
2.2 Proponen criterios de eficiencia
energética.
|
0
|
10
|
2.3 Proponen criterios de optimización del
recurso hídrico.
|
0
|
10
|
3
|
Consideraciones programáticas
|
3.1 Proponen un programa acorde a las características
del lugar.
|
0
|
10
|
4
|
Criterios de integración social
|
4.1 Los diseños responde a los requerimientos
de la comunidad mediante métodos de Participación ciudadana
|
0
|
20
|
Total
|
100
|
-
Precio (E):
Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje Precio =
(Oferta menor valor/Oferta en evaluación)*100
Donde:
-
Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor
de todas las ofertas recibidas.
-
Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de
evaluación mediante la operación ejecutada.
-
Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (F):
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales
de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos,
obtendrá 100 puntos. Mientras que, el oferente que haya incumplido los
requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones que no
constituyan requisitos de admisibilidad, al momento de presentar su oferta, aun
cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del
Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio.
-
Cálculo Puntaje Total Ponderado:
Se aplicará una
ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo
estipulado en las presentes bases. Al puntaje
obtenido en el criterio experiencia del oferente (PA) se le
aplicará una ponderación de un 25%, al puntaje obtenido en el criterio
experiencia individual integrantes del equipo (PB) se le aplicará una
ponderación de un 25%, al puntaje obtenido en el criterio fundamentos, partido general e imagen objetivo (PC) se le
aplicará una ponderación de un 25%, al puntaje obtenido en el criterio
portafolio (PD) se le aplicará una ponderación de un 5%, al puntaje obtenido en
el criterio precio (PE) se le aplicará una ponderación de un 15%,
y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PF) se le
aplicará una ponderación de un 5%, para así obtener el puntaje total ponderado
de acuerdo a la siguiente expresión:
PTP = PA * 0,25 + PB
* 0,25+ PC * 0,25 + PD * 0,05 + PE * 0,15 + PF * 0,05
Donde:
-
PTP: Puntaje Total Ponderado.
-
PA: Puntaje Experiencia del Oferente.
-
PB: Puntaje Experiencia
Individual Integrantes del Equipo
-
PC: Puntaje Fundamentos, Partido General e Imagen Objetivo
-
PD: Puntaje Portafolio
-
PE: Puntaje Precio.
-
PF: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.
La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la
licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si
existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya
obtenido mayor puntaje en criterio Experiencia del Oferente. En caso de persistir el empate se
adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio
Experiencia Individual
Integrantes del Equipo. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará
a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la
oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl.
Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la
Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los
puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la
pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del
Subdirector de Vivienda y Equipamiento, proponiendo adjudicar aquella oferta
que resulte con el mayor puntaje total ponderado.
9.4. Adjudicación
SERVIU
Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la
Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la
adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de la presentes bases.
SERVIU
Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo
precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se
verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente,
siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por
la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento
de Compras D.S. 250/2004.
9.5. Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar
Desierta la Licitación
SERVIU Metropolitano declarará desierta la
licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten
convenientes a sus intereses. También podrá declarar
inadmisibles o rechazar, según sea el caso, una o más
ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las
presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo
anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no
otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.
9.6. Del Contrato
9.6.1. Suscripción
del Contrato
Una vez
transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes
legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el
contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una
vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su
firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los
antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto
“Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).
El SERVIU
Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer
efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere
realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días
corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de
que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento
imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos
solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a
su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de
proveedores de la Administración del Estado, no haber acreditado la inscripción
vigente en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de
fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.
9.6.2. Documentos
Integrantes del Contrato
Para todos los
efectos formarán parte integrante del contrato: las bases administrativas, las bases
técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones y/o modificaciones a las bases,
si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los
documentos anexos a ella y la oferta económica.
9.6.3. Gastos
del Contrato
Todos los gastos
notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y
cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en
su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.
9.6.4. Domicilio
y Jurisdicción
El adjudicatario deberá
fijar su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago. Las partes se someterán a
la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
9.7. Responsabilidad del Oferente Adjudicado
9.7.1. De las Obligaciones Laborales y
Previsionales
El proveedor
adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales
de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad.
Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los
documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de
fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios
prestados, quién para estos efectos podrá ejercer los derechos de información y
retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas
obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno
cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.
En caso que el
proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones
de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del
contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones,
debiendo el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el
Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 ó F30-1 según
corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de
ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
9.7.2. Con la Garantía de Fiel
Cumplimiento del Contrato
Si por cualquier razón, el SERVIU
Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en
idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días
hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución
financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU
Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo
éste indemnizar los perjuicios causados.
Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta
garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
9.7.3. Confidencialidad y Seguridad de la
Información
El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los
antecedentes reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano
y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato.
El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la
información señalada precedentemente, reservándose el SERVIU Metropolitano el
derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las
normas legales vigentes.
La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida
por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, o después de su
finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones
judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por
los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de
su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él,
conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus
actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y
propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso
de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU
Metropolitano, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley Nº
19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter
personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU
Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la
interposición de las acciones judiciales que correspondan.
9.8. De la Orden de Compra
Una vez tramitada la resolución que
aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano
emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, identificando la etapa
del proyecto realizada. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el
proveedor.
9.9. Del Pago
El precio del contrato
será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el
adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la Orden de Compra emitida a través
del Portal www.mercadopublico.cl. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios
efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.
SERVIU Metropolitano
pagará al proveedor por estado de
avance, previa recepción conforme de las entregas correspondientes (Etapa 0,
Etapa 1, Etapa 2, Etapa 3 y Etapa 4), de conformidad a lo siguiente:
ETAPA
|
DESARROLLO
DE ETAPA
|
PLAZOS
|
PAGO
|
ETAPA 0
|
Ajustes
Metodológicos
|
15
días
corridos
|
10%
del
valor de la Consultoría
|
ETAPA 1
|
Antecedentes
y Análisis del área de intervención
|
42
días
corridos
|
19%
del
valor de la Consultoría
|
ETAPA 2
|
Diagnóstico
y Propuesta de Arquitectura
|
54
días
corridos
|
21%
del
valor de la Consultoría
|
ETAPA 3
|
Anteproyecto
de Arquitectura
|
85
días
corridos
|
22%
del
valor de la Consultoría
|
ETAPA 4
|
Proyecto
definitivo y aprobaciones
|
112
días
corridos
|
28%
del
valor de la Consultoría
|
Totales
|
308
días
corridos
|
100%
de la
Consultoría
|
El pago se realizará dentro de los 30 días
siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o
Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que
administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a
la ley, al contrato que se celebre o a las presentes bases proceda efectuar.
El adjudicatario deberá
emitir una Factura o Boleta de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano,
identificando en ella RUT: 61.812.000-7, Dirección: Serrano 45 comuna de
Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el
contrato al que corresponde la Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la
Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:
-
Certificado de
cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) o Certificado de
antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del
Trabajo, según corresponda.
-
Antecedentes del
proveedor para realizar transferencia electrónica.
-
Acta Recepción Conforme
del servicio prestado emitida por el área que administra el contrato.
La Factura o Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en
formato electrónico despachado al correo electrónico tavendanom@minvu.cl. La entrega física de la Factura o Boleta de
Honorarios y demás antecedentes requeridos
para el pago, se efectuará en el Equipo Proyectos Urbanos, ubicado en Serrano 45, cuarto
piso - ala sur, Santiago, teniendo en cuenta el horario de funcionamiento,
entre las 09:00 hrs y las 14:00 hrs. Será
responsabilidad del proveedor entregar oportunamente, para efectos del pago, la
Factura o Boleta de Honorarios y toda la
documentación adjunta que se requiera para tales efectos.
Los pagos se harán en las dependencias del SERVIU Metropolitano,
mediante cheque nominativo, o bien, mediante transferencia electrónica en la
cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Es opción de
SERVIU Metropolitano realizar los pagos,
preferentemente a través de transferencia electrónica, si esta opción se
encontrare disponible tanto para éste como para el proveedor.
Será responsabilidad
exclusiva del proveedor y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios,
informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los
documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos dependiente de
la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que
justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo,
SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros, y bajo ninguna
circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte
inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o Boleta de
Honorarios.
9.10. Multas
SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes
casos:
|
MOTIVO
|
MONTO
|
PERIODICIDAD DE LA MULTA
|
1.
|
No cumplimiento de
cualquiera de los requerimientos de las Bases Administrativas del proyecto, referentes
a: Plazos Parciales, asistencia a reuniones, Subsanación conforme de
observaciones, Plazo final entre otras.
No entrega o no
subsana los productos estipulados en las Bases Técnicas.
|
0,1%
del valor
del contrato
|
Diaria
|
2.
|
No entrega de
aprobaciones de organismos externos relacionados a servicios, como también a
la comunidad.
Se considera tanto en
el caso de no haber realizado los ingresos pertinentes en la etapa estipulada
en las presentes especificaciones técnicas, como también no haber realizado
los seguimientos para la obtención de las aprobaciones.
|
3%
del valor
del contrato
|
Por cada
aprobación de empresas u organismos públicos externos.
|
Dichas multas en su conjunto no
podrán superar el 5% del monto total del contrato, en cuyo caso, SERVIU Metropolitano
podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel
y oportuno cumplimiento del mismo.
Detectada una situación que amerite
la aplicación de multas, el Equipo de Proyectos Urbanos notificará al proveedor,
personalmente o por correo electrónico o por carta certificada, indicando la
infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A
contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco
días hábiles para efectuar sus descargos al Equipo de Proyectos Urbanos, acompañando todos los
antecedentes que estime pertinente.
Vencido el plazo indicado
precedentemente, sin presentar descargos, SERVIU Metropolitano dictará la
respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera
presentado descargos en tiempo y forma, SERVIU Metropolitano tendrá un plazo de
hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para
rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante
la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor,
personalmente o por correo electrónico o por carta certificada; procediendo
respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que
establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de
los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará
supletoriamente para éste procedimiento.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente si el
incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor, u otro imprevisto
no imputable al adjudicatario, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de
público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por el proveedor.
Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán
por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al
adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías
respectivas. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario podrá pagar en
efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48 primer piso
9.11. Modificaciones del Contrato
Estas
podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley
19.886 de Compras Públicas, en especial por las letras a) y e); y en el Art. 77
del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, en especial por las causales
establecidas en los numerales 1 y 6,
previo requerimiento fundado del referente técnico de SERVIU
Metropolitano y siempre que dicha solicitud se sustente en las necesidades del
Servicio. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así
como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del
monto originalmente pactado.
Cualquier
modificación de las previstas en estas bases, que se realice al contrato,
estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.
9.12. Término Anticipado del Contrato
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de
la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004,
SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al
contrato, en las siguientes situaciones:
-
Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
-
En caso de incumplimiento grave de las obligaciones
contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del
Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término
a este, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En
este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas
a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso
con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren
pendientes.
Se considera
incumplimiento grave:
-
No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad
y Seguridad de la Información”, de las bases administrativas.
-
No dar cumplimiento a la prohibición de cesión,
establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.
-
Aplicar multas que, en su conjunto, superen el 5% del
monto total del contrato.
-
Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término
unilateralmente al contrato por razones de mérito o conveniencia fundados en el
interés general y por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al
proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de
anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna
especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los
servicios efectivamente prestados.
-
En caso de disolución de la unión temporal de proveedores,
de corresponder al proveedor contratado.
-
Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos
que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para
garantizar el cumplimiento del contrato.
-
Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de
antecedentes laborales y previsionales (F-30 ó F30-1 según corresponda) emitido
por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato,
con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano
procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en
el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.
Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán
comunicarse al proveedor en forma personal o por correo electrónico o por carta
certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo,
indicando los hechos que la sustentan, quien podrá formular sus descargos,
dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU
Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por
resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos
dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.
Las cartas certificadas que envíe el SERVIU
Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin
perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones
que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del
plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de
Compras D.S. 250/2004.
9.13. Plazos
El contrato tendrá una
duración de 308 días corridos, se contemplan los siguientes plazos parciales
máximos para la ejecución de cada una de las etapas que a continuación se
indican:
ETAPA
|
|
DESARROLLO DE ETAPA
|
PLAZOS EN
DÍAS CORRIDOS
|
ETAPA 0
|
i)
|
Ajustes Metodológicos
|
05
|
15
días
corridos
|
ii)
|
Revisión Comisión Técnica
|
04
|
iii)
|
Subsanación
Observaciones
|
03
|
iv)
|
Revisión Comisión Técnica Subsanación de Observaciones
|
03
|
ETAPA 1
|
i)
|
Antecedentes y Análisis del área de intervención
|
18
|
42
días
corridos
|
ii)
|
Revisión Comisión Técnica
|
08
|
iii)
|
Subsanación
Observaciones
|
08
|
iv)
|
Revisión Comisión Técnica Subsanación de Observaciones
|
08
|
ETAPA 2
|
i)
|
Diagnóstico y Propuesta de Arquitectura
|
20
|
54
días
corridos
|
ii)
|
Revisión Comisión Técnica
|
12
|
iii)
|
Subsanación
Observaciones
|
12
|
iv)
|
Revisión Comisión Técnica Subsanación de Observaciones
|
10
|
ETAPA 3
|
i)
|
Anteproyecto de Arquitectura
|
38
|
85
días
corridos
|
ii)
|
Revisión Comisión Técnica
|
18
|
iii)
|
Subsanación Observaciones
|
15
|
iv)
|
Revisión Comisión Técnica Subsanación de Observaciones
|
14
|
ETAPA 4
|
i)
|
Proyecto definitivo y aprobaciones
|
40
|
112
días corridos
|
ii)
|
Revisión Comisión Técnica
|
21
|
iii)
|
Subsanación Observaciones
|
15
|
iv)
|
Revisión Comisión Técnica Subsanación de Observaciones
|
15
|
v)
|
2a Subsanación Observaciones
|
11
|
vi)
|
Revisión Final Comisión Técnica Subsanación de Observaciones
|
10
|
Plazo Total Máximo
|
308 días corridos
|
-
Revisiones
de avances en cada etapa: se realizarán entre la comisión y el consultor en las
que deberá presentar los avances de los productos solicitados. Cada reunión será registrada en un Acta de
Acuerdos, la que deberá ser firmada por todos los asistentes (Contraparte
Técnica y Consultor).
-
Período de
Revisión por parte de la Contraparte técnica en cada etapa: La revisión será
mediante el uso de “minuta de observaciones”, las cuales son desarrolladas por
SERVIU, estas serán previamente entregadas al Consultor. Incluye notificación
al consultor del resultado de la evaluación.
-
Subsanación
de observaciones por parte del consultor en cada etapa.
-
Aprobación
por parte de la comisión técnica en cada etapa: Incluye notificación al
consultor del resultado de la evaluación.
-
Plazos
totales de entregas por etapa: De acuerdo a la sumatoria de los plazos
estimados parciales más la revisión, subsanación y aprobación de cada etapa se
desprende lo siguiente:
-
Etapa 0: 15 días corridos
-
Etapa 1: 42 días corridos
-
Etapa 2: 54 días corridos
-
Etapa 3: 85 días corridos
-
Etapa 4: 112 días corridos
Cuando el cumplimiento de un plazo parcial máximo coincida por
calendario con un día feriado, sábado o domingo, se prorrogará su cumplimiento
para el día hábil siguiente al día de término del plazo. Se aplicará este
criterio, para el cumplimiento de todos los plazos parciales máximos
estipulados en los puntos la tabla precedente.
Se considerará el inicio de una etapa, desde el día siguiente de la
emisión del Informe de Cierre Conforme.
El consultor podrá presentar una propuesta modificando solo los “plazos
de entregas parciales por etapa” de la carta Gantt, la cual deberá ser aprobada
por la comisión técnica en la etapa de ajuste metodológico, Etapa 0. En ningún
caso podrá modificarse los plazos de revisión de la comisión técnica,
corrección de observaciones, aprobaciones ni el plazo máximo de la consultoría
de 308 días corridos.
La Contraparte Técnica Revisora definirá, de acuerdo al estudio de
factibilidad entregado por la consultora, en su Informe de Cierre Conforme de
la Etapa 3, las Aprobaciones de Empresas u Organismos, mínimas requeridas para
la Entrega de la Etapa 4 del Proyecto.
9.13.1. Plazo de Revisión
Respecto a la recepción parcial de cada una de las etapas antes
indicadas, la Comisión Técnica Revisora, deberá pronunciarse manifestando su
conformidad o sus observaciones a través de una minuta, en el plazo parcial
máximo descrito para el ítem de “revisión”, que corresponde a una cantidad de
días corridos para cada etapa según lo definido en la tabla precedente, los que
serán contados desde el día de presentación de los respectivos antecedentes por
parte de la consultora, salvo en los siguientes casos:
-
En aquellas ocasiones en las cuales coincida la revisión
con otra consultoría en el mismo periodo, las fechas de entrega de
observaciones, se prorrogarán hasta por un máximo de 5 días hábiles, según
decisión de comisión técnica, lo cual quedará estipulado en el Acta de Cierre
de la Etapa correspondiente.
En el caso de no existir observaciones, se emitirá por parte de la
Comisión Técnica Revisora, un informe que establezca la conformidad y cierre de
la etapa.
En el caso de existir observaciones, el adjudicatario deberá proceder a
su subsanación, en un plazo máximo de días corridos definidos para cada etapa
en la tabla precedente, contados desde el día inmediatamente siguiente, al día
en que éstas le sean comunicadas, de acuerdo a lo definido para el Ítem
“Subsanación de Observaciones”.
Una vez subsanadas las observaciones, la Comisión Técnica Revisora
emitirá un informe que establezca la conformidad y cierre de la etapa, en un
plazo máximo de días corridos, definidos para cada etapa en la tabla
precedente, contados desde el día inmediatamente siguiente a la fecha de
ingreso de la subsanación de observaciones.
Dicho informe podrá contener algunas consideraciones, definidas como
observaciones menores y que no afecten el desarrollo de la consultoría y que el
consultor deberá incorporar en la entrega de la etapa siguiente, sin
considerarse plazo adicional a lo establecido en la tabla del punto 9.13.
“Plazos”.
De persistir las observaciones, se aplicarán las multas
correspondientes, hasta que éstas sean subsanadas.
Si el Cierre conforme de la Etapa se establece antes del cumplimiento
del Plazo máximo definido para ésta, excepcionalmente, previa solicitud formal
y según evaluación de Comisión Técnica Revisora, los días restantes para el término
de dicha etapa se sumarán al plazo parcial máximo definido tabla del punto
9.13. “Plazos”.
Esto deberá quedar establecido en el Informe de Conformidad y Cierre de
la Etapa.
En el evento que se verifique por parte del adjudicatario un
incumplimiento a los plazos antes indicado, SERVIU Metropolitano podrá aplicar
la sanción establecida en la cláusula “Multas” de las presentes bases. En el
caso de existir observaciones a la entrega de la Etapa y de verificarse que las
observaciones entregadas no hayan sido
ingresadas y subsanadas a conformidad en
el plazo antes señalado le serán aplicadas las sanciones establecidas en la
cláusula “Multas” de las presentes bases.
Excepcionalmente, el mandante por razones justificadas o de fuerza
mayor, las que deberán ser representadas mediante un informe fundado del
consultor, podrá otorgar aumentos de plazos en las etapas, hasta un máximo de
30 días corridos por solicitud, sin tener derecho por esto, el consultor, a
percibir pagos adicionales.
9.13.2. Suspensión de Plazos
Se establece que los plazos podrán suspenderse en las siguientes
oportunidades:
-
Si la Comisión Técnica demora más días de los designados
en el ítem “Revisión” para cada Etapa, se suspenderá la instancia de revisión
hasta su entrega. Esto no alterará los plazos establecidos en el punto 9.13.
“Plazos”. Para las siguientes etapas, sin embargo, el calendario de entregas y
revisiones iniciales deberá ajustarse según la fecha de entrega de la revisión
de la etapa, lo cual implicará que el plazo total de la consultoría se
ampliará.
-
Con la finalidad de no atribuir la responsabilidad de la
demora al consultor (descrita anteriormente), este deberá manifestar su interés
por obtener la minuta de observaciones en el plazo acordado inicialmente,
mediante correos electrónicos o cartas enviadas por oficina de partes al Serviu
Metropolitano.
-
Si durante el desarrollo de la consultoría se presentan
indefiniciones referidas a temas que impidan el correcto avance de esta y que
sean de naturaleza externa al consultor. Con el fin de velar por el buen
desarrollo de la consultoría, se deben considerar un máximo de tres
suspensiones por esta causa, al cabo de las cuales se desarrollará una reunión
de comisión técnica para tomar decisiones en relación al avance de la
consultoría de diseño.
-
Si se encuentra pendiente algún informe necesario que
deba emitir algún Organismo Público o Empresa y este no lo emita en tiempo
prudencial, situación que deberá ser calificada por SERVIU Metropolitano,
debiendo el adjudicatario solicitar la suspensión del plazo antes del
vencimiento del plazo contractual, lo que no dará derecho al Consultor a
formular cobros ni indemnizaciones de ninguna especie.
Esta suspensión en el caso de corresponder a emisión de aprobaciones de
empresas u organismos públicos, solicitadas para la entrega final del proyecto,
podrán ser consideradas individualmente.
9.14. Supervisión y Revisión Técnica
9.14.1. Contraparte Técnica
La Contraparte Técnica estará constituida por la Comisión Técnica
Revisora más un representante de la SEREMI de V. y U. y dos profesionales de la
Ilustre Municipalidad de San Pedro, representantes del área técnica y social.
Las contrapartes deberán ser designadas por los respectivos organismos e
informadas a SERVIU Metropolitano oportunamente mediante oficio.
Las funciones definidas para
la Contraparte Técnica son:
-
Revisión de Entregas de Etapas del Diseño en conjunto con
el Supervisor del Proyecto en los plazos estipulados en el punto 9.13.
“Plazos”.
-
Coordinación interna dentro sus respectivos organismos
para revisión de las Entregas.
-
Emisión de Informe de Observaciones para Entregas de
Etapas del Diseño, donde el formato y contenido será provisto por el Supervisor
del Proyecto.
-
Asistir a las reuniones de seguimiento del proyecto.
-
Colaborar y facilitar las gestiones tendientes a asegurar
el buen desarrollo de la Consultoría de Diseño.
Entre las funciones atribuidas a la Contraparte Técnica, está ejercer no
tan sólo el control de la correcta ejecución del estudio, sino que, además,
deberá ejercer una asesoría técnica y estratégica constante a lo largo del
desarrollo del estudio, para lo cual elaborará un calendario de reuniones de
coordinación a partir del cronograma ajustado entregado por el Consultor.
El Consultor debe comprometer su asistencia a cada una de las reuniones
programadas para informar de los avances de la Consultoría y ceñirse a las
orientaciones que se acuerden en dichas reuniones.
9.14.2. Comisión Técnica Revisora
Para la designación de la Comisión Técnica Revisora del adjudicatario,
el Subdirector de Vivienda y Equipamiento del SERVIU Metropolitano, a
proposición de la Unidad encargada de la licitación, designará mediante una
Orden de Servicio a la Comisión Técnica Revisora, la cual deberá ser
constituida por 2 o más funcionarios y un Supervisor de Proyecto.
La Comisión revisora tiene por función la colaboración en el control y
revisión del avance del servicio, en conjunto con el Supervisor del Proyecto.
Son funciones de la Comisión Técnica Revisora:
-
Emisión de Informes de Conformidad y Cierre de la Etapa.
-
Revisión de Entregas de Antecedentes del Consultor en
conjunto con el Supervisor del Proyecto.
-
Autorizar Estados de Pago y Cierre de Etapas.
-
Citar a reuniones de seguimiento entre las Contrapartes
Técnicas y el equipo del Consultor.
-
Emisión de las Actas de reunión, con las instrucciones al
Consultor que deben incorporarse en el Proyecto.
9.14.3. Supervisor de Proyecto
Ejercerá las funciones de fiscalización técnica y administrativa del
servicio contratado, siendo responsable de velar por el efectivo cumplimiento
de los términos del contrato.
Entre otras sus principales funciones son las siguientes:
-
Solicitar por intermedio del Encargado de Compras de la
Subdirección de Vivienda y Equipamiento, a la Sección Adquisiciones de SERVIU
Metropolitano la emisión de la Orden de Compra respectiva, a través del Portal
Mercado Público.
-
Revisar y controlar, en conjunto con la persona encargada
del Equipo de Proyectos Urbanos, el avance del servicio en forma periódica,
formulando las observaciones que resulten procedentes y, disponer las complementaciones
o correcciones que estime necesarias.
-
Verificar el cumplimiento de los plazos estipulados para
la entrega y correcta ejecución del servicio contratado.
-
Custodiar y gestionar la documentación que se origine
durante el desarrollo del contrato.
-
Formular los estados de pagos, en los términos y plazos
establecidos en las presentes bases y en el respectivo contrato.
-
Citar a reuniones de coordinación.
-
Presidir las reuniones de seguimiento del proyecto.