Licitación ID: 918434-19-LP25
ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE EQUIPAMIENTO Y RED
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
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Productos o servicios
1
Software de red LAN 1 Unidad
Cod: 43232905
ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE EQUIPAMIENTO Y SERVICIOS DE RED  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE EQUIPAMIENTO Y RED
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género llama a presentar propuestas para la adquisición e implementación de equipamiento y servicios de red, específicamente: switches de CORE, switches de acceso PoE, accesorios de conectividad y los servicios de instalación y configuración asociados, con el fin de fortalecer la infraestructura tecnológica institucional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
R.U.T.:
61.980.680-8
Dirección:
CATEDRAL N°1401 2DO PISO
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-09-2025 20:00:00
Fecha de Publicación: 04-09-2025 12:13:32
Fecha inicio de preguntas: 04-09-2025 12:31:00
Fecha final de preguntas: 09-09-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-09-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-09-2025 8:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-09-2025 8:30:00
Fecha de Adjudicación: 03-10-2025 15:34:58
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 06-10-2025
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1-A
2.- 1-B
3.- 1-C
4.- 2-B
5.- 2-A
6.- 2-C
Documentos Técnicos
1.- 3
 
2.- 4
 
3.- 5
 
4.- 7
 
5.- 8
 
6.- 9
 
7.- 10
 
Documentos Económicos
1.- 6
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Tiempo de entrega del equipamiento Anexo N° 9 y sus antecedentes adjuntos. (revisar bases) 5%
2 Enfoque de Género Anexo N° 7 y sus antecedentes adjuntos. (revisar bases) 5%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, de acuerdo con el Anexo N° 6. El puntaje se asignará dividiendo la Oferta de menor precio por la Oferta a evaluar, y el resultado de esa división se multiplicará por 30, que corresponde al puntaje a asignar por este concepto, con lo que se obtendrá el puntaje de la Oferta evaluada. Lo anterior, se expresa en la siguiente fórmula: Para efectos de evaluar este criterio, el oferente está obligado a completar el Anexo N° 6, de las presentes bases de manera íntegra. En caso de que no se acompañe el Anexo N° 6, o se complete de manera parcial, toda la propuesta será declarada inadmisible. 30%
4 Experiencia en trabajos similares (provisión e imp Anexo N° 3 y sus antecedentes adjuntos. (revisar las bases) 25%
5 Certificación de partner tecnológico autorizado de Anexo N° 4 y sus antecedentes adjuntos. (revisar las bases) 10%
6 Posicionamiento de la marca ofertada en el “Cuadra Anexo N°10 y sus antecedentes adjuntos. (revisar bases) 5%
7 Programas de Integridad Anexo N° 5 y sus antecedentes adjuntos. (revisar bases) 5%
8 Equipo técnico propuesto para la implementación (i Anexo N° 8 y sus antecedentes adjuntos. (revisar bases) 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género
Monto Total Estimado: 78000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jessica Hernandez Salinas
e-mail de responsable de pago: jhernandez@mmeg.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudia Lorena Donaire Gaete
e-mail de responsable de contrato: cdonaire@mmeg.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25196402-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género
Fecha de vencimiento: 06-10-2026
Monto: 5 %
Descripción: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley de Compras, el/la proveedor/a deberá entregar una garantía, es decir, un instrumento pagadero a la vista de carácter irrevocable que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, pudiendo ser cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, por ejemplo, una boleta de garantía, vale vista, certificado de fianza, póliza de seguro u otro análogo, pagadero a la vista e irrevocable, por un valor equivalente al 5% del monto total del contrato, valor que deberá estar fijado en pesos, a nombre del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT 61.980.680-8,
Glosa: “para garantizar la contratación de la adquisición e implementación de equipamiento y servicios de red del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género” (debe indicar además el número ID asignado en el portal de Mercado Público).
Forma y oportunidad de restitución: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley de Compras, el/la proveedor/a deberá entregar una garantía, es decir, un instrumento pagadero a la vista de carácter irrevocable que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, pudiendo ser cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, por ejemplo, una boleta de garantía, vale vista, certificado de fianza, póliza de seguro u otro análogo, pagadero a la vista e irrevocable, por un valor equivalente al 5% del monto total del contrato, valor que deberá estar fijado en pesos, a nombre del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, RUT 61.980.680-8 Esta garantía deberá estar vigente hasta los 60 días hábiles siguientes a la terminación de la vigencia del contrato. La devolución de la garantía será realizada por la División de Administración y Finanzas previo informe y autorización de devolución por parte de la contraparte técnica designada. Sin perjuicio de aquellos casos que, por incumplimiento del contrato, la Subsecretaría deba hacer efectiva la referida caución. En caso de aumento de plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en el párrafo anterior. Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado a Catedral Nº 1401, piso 2, comuna de Santiago. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y ser enviada al correo electrónico: ofpartes@minmujeryeg.gob.cl. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 del Reglamento, el Proveedor deberá entregar la garantía de cumplimiento a la Subsecretaría hasta antes del momento de suscribir el contrato definitivo, y se devolverá a el/la adjudicatario/a al efectuarse la recepción conforme de la totalidad del servicio y/o producto contratado, Las garantías se mantendrán en custodia por la Subsecretaría en calidad de entidad licitante. En caso de incumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la entidad licitante puede ejercer, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el incumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones del contratista. Con todo, en el evento de ser necesario el cobro de la garantía, se seguirá el procedimiento de aplicación de medidas que disponen las bases y que se encuentra regulado en el artículo 137 del Reglamento de Compras Públicas. La boleta deberá ser entregada en el plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la adjudicación
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de producirse un empate entre ofertas que sean mejor evaluadas al aplicar la pauta de evaluación, la Comisión Evaluadora deberá atenerse a los siguientes criterios para resolver el empate, de acuerdo al siguiente orden: 1° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Técnica. 2° Aquella oferta que presente el mayor puntaje en el criterio Oferta Económica. 3° Aquella oferta que haya obtenido un mejor puntaje en el criterio de evaluación sobre política de inclusión y de género. De persistir el empate, la situación será resuelta por la Subsecretaría mediante resolución fundada. El Informe de la Comisión Evaluadora culminará con una propuesta y recomendación para la Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género.
Multas
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género, podrá, administrativamente, sin necesidad de requerimiento judicial ni acción judicial, cobrar multas al proveedor cada vez que exista un incumplimiento de sus obligaciones contractuales. La multa será aplicada por cada incumplimiento debidamente acreditado según el procedimiento que se indica en el presente acápite. Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en estas bases, la Subsecretaría podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la contraparte técnica de la Subsecretaría. Para estos efectos, de forma meramente ilustrativa, se entenderá que hay incumplimiento en las siguientes situaciones: a. No presentación de el/la profesional o técnico/a a cargo de prestar el servicio de instalación del equipamiento, se aplicará una multa de 2 UF por cada día de incumplimiento. b. Cambios injustificados del personal durante el desarrollo del servicio, sin previo aviso y aprobación de la Contraparte Técnica, se aplicará una multa equivalente al 2 UF por cada incumplimiento. c. Entrega parcial de los bienes y servicios cuya provisión por este acto se licita: El/la adjudicatario/a podrá ser sancionado por la Subsecretaría con el pago de multas por la entrega parcial de los bienes y/o servicios comprometidos en la cotización. Las multas se aplicarán por cada servicio o ítem no entregado y se calcularán por el valor neto total de los servicios no entregados o entregados parcialmente de la contratación. d. Atraso en la entrega de los bienes respecto del plazo declarado en el Anexo N°9 de las presentas bases y/o atraso en el plazo de instalación y configuración acordado en el contrato: El proveedor podrá ser sancionado por la Subsecretaría con el pago de multas por atraso en la entrega de bienes respecto del plazo declarado en el Anexo N°9 de las presentas bases y/o atraso en el plazo de instalación y configuración acordado en el contrato. La multa se aplicará por cada día de atraso en la entrega, instalación y/o configuración de los equipos y corresponderá a un 1% del valor total del monto adjudicado, con tope de 5% de dicho monto adjudicado. El valor a considerar para efectos de la aplicación de multas será aquel que experimente la Unidad de Fomento (UF) el primer día del mes en que se verificó la falta o incumplimiento. Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la Subsecretaría notificará esta circunstancia al proveedor, indicando en forma precisa el incumplimiento y/o hechos que se imputan. El proveedor dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones. No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica. Una vez realizados los descargos por parte del proveedor o, en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el proveedor haya formulado descargos, la Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género informará esta situación a la División de Administración y Finanzas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al proveedor en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos correspondiente. Respecto de esta decisión, procederán los recursos administrativos que al efecto dispone la Ley N°19.880, que establece las Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado. Así, el proveedor podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación. La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada mediante resolución administrativa totalmente tramitada. Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. El acto administrativo que ordene la aplicación de una sanción y/o multa deberá ser totalmente tramitado. El proveedor deberá pagar las multas mediante depósito en la cuenta corriente bancaria que le indique la Subsecretaría, debiendo acreditar su pago a través del comprobante respectivo. Se deja expresa constancia que la aplicación de multas por un valor que exceda en un 20% el monto adjudicado, implicará para el proveedor el término anticipado de la relación contractual por incumplimiento grave del contrato y se podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En caso que el proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o aquellos contratados dentro de los últimos dos años, los primeros estados de pago serán destinados al pago de tales obligaciones, debiendo el proveedor presentar los certificados necesarios para acreditar que ha liquidado la totalidad de tales obligaciones dentro de los primeros tres meses de prestación de los servicios, según lo prescrito en el artículo 4 de la Ley de Compras Públicas.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.