Licitación ID: 2239-21-LP11
Búsqueda y Evaluación de Altos Directivos Públicos
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA, División de Convenio Marco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 11
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de reclutamiento 1 Unidad
Cod: 93141802
Servicios de Búsqueda y Evaluación  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Búsqueda y Evaluación de Altos Directivos Públicos
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad de los organismos afectos a la ley Nº 19.886, de contar con una amplia y variada gama de opciones en la tienda electrónica de Convenios Marco correspondiente al rubro Servicios de Búsqueda y Evaluación de Altos Directivos Públicos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Unidad de compra:
División de Convenio Marco
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
Monjitas 392, 8vo. Piso
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-02-2012 15:00:00
Fecha de Publicación: 14-12-2011 15:16:00
Fecha inicio de preguntas: 15-12-2011 9:00:00
Fecha final de preguntas: 26-12-2011 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-01-2012 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-02-2012 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-02-2012 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 09-07-2012 12:53:12
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 35 Días
Reunión Informativa 19-12-2011 14:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Requisitos Mínimos para Participar de la Oferta
No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los 2 años anteriores a la presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los adjudicatarios de cada licitación para la celebración del contrato respectivo (anexo N° 2), sin perjuicio de las facultades de la DCCP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros que para tal efecto lleva la Dirección del Trabajo.
2.- Anexos Administrativos
Anexos N° 1 “Formulario Datos del Oferente” y N° 2 “Declaración Jurada para Ofertar”, todos los cuales deberán ser enviados a través del sistema www.mercadopublico.cl.
3.- Anexos Económicos
“Formulario CM de la Ficha Electrónica” .
4.- Asistir a reuniones y/o visitas a terreno
Se realizará una reunión informativa, de asistencia voluntaria, en la fecha señalada en el Punto 4 de estas Bases, "Etapas y Plazos", a la cual los interesados deberán confirmar su asistencia al correo electrónico reunion.informativa@chilecompra.cl, hasta un día antes de la fecha indicada. La reunión se llevará a cabo en la DCCP, Monjitas 392 piso 8 Santiago.
5.- Anexos Técnicos
Anexo N° 3 “Nómina de Gerentes de Proyecto y de Profesionales ”; N°4 “Trayectoria de la Empresa”, junto con su documentación de respaldo. Los señalados anexos y documentos deberán ser enviados a través del sistema www.mercadopublico.cl
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
No hay información de requisitos para persona natural


No hay información de requisitos para persona jurídica

Observaciones Observaciones:Revisar Res. N°101 Tomada Razón Aprueba Bases Licitación ID 2239-21-lp11 Servicios de Búsqueda y Evaluación de Altos Directivos
En relación a la Inscripción en ChileProveedores En caso que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 60 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Condiciones Técnicas Detalle en el Punto 11, "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, acápite “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas” 70%
2 Condiciones Comerciales Detalle en el Punto 11, "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, acápite “Procedimiento de Evaluación de las Ofertas” 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 2000000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto total estimado de acuerdo a lo transado el año 2010.
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Confirming
Nombre de responsable de pago: No hay información
e-mail de responsable de pago: No hay información
Nombre de responsable de contrato: Gloria Venegas Castaño
e-mail de responsable de contrato: gloria.venegas@chilecompra.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-2904440-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe la subcontratación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Tipo de documento: Boleta de Garantía
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública.
Fecha de vencimiento: 30-06-2015
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: Descripción Esta garantía deberá ser entregada físicamente o bien enviada por correo certificado y recepcionada en Monjitas 392 piso 8, Santiago, dentro de los 60 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la adjudicación correspondiente. La boleta bancaria deberá ser pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomada por el Adjudicatario. No obstante lo detallado en cláusulas precedentes, el vale vista y el certificado de fianza a la vista, también serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel cumplimiento de contrato. Éstos deberán ser de igual monto y características y se les aplicarán las mismas normas establecidas para la boleta de garantía, es decir, deberán ser a la vista, tener el carácter de irrevocable y ser tomados por el adjudicatario. En el caso del vale vista, este instrumento, en razón de su naturaleza, no requerirá la glosa indicada anteriormente.
Glosa: La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para Garantizar el Cumplimiento de la Propuesta Pública por Convenio Marco ID N° 2239-21-LP11”.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone el Convenio Marco, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del convenio marco sin derecho a indemnización alguna. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de culminado el convenio marco. Mientras se encuentre vigente el convenio marco, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de cada una de ellas, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Categorías Licitadas
La Dirección de Compras y Contratación Pública requiere contratar, mediante el mecanismo de convenios marco, a consultoras externas especializadas en servicios de asesoría para procesos de selección de altos directivos públicos.

Específicamente, se pretende licitar las categorías denominadas “búsqueda” y “evaluación”, en el marco de los procesos de selección regidos por el título VI de la ley Nº 19.882, así como todo otro proceso para la selección de cargos, en cuya provisión participe total o parcialmente, por sí o representado, el Consejo de Alta Dirección Pública.

Asimismo, se comprenden en el presente convenio marco los servicios de búsqueda y evaluación de los altos directivos pertenecientes a los servicios públicos que, en virtud del artículo trigésimo sexto de la ley Nº 19.882, se encuentran excluidos del Sistema de Alta Dirección Pública.

La presente licitación contempla, por lo tanto, las siguientes categorías:

I.- Servicio de Búsqueda.
 
II.- Servicio de Evaluación.

Definición
 
I.- Servicio de Búsqueda: Consiste en la búsqueda de candidatos (as) que reúnan la totalidad de condiciones, requisitos, atributos o competencias presentes en el perfil del cargo aprobado y que estén en condiciones de integrar las nóminas de candidatos (as) elegibles de los procesos de selección.
 
II.- Servicio de Evaluación Consiste en un proceso de valoración del grado de idoneidad de los candidatos (as) que postulen a los procesos de selección, en base a los atributos o competencias incluidas en el perfil de selección.
Descripción de las Categorías
A continuación se describen aspectos relevantes de ambas categorías Licitadas.

Consideraciones Generales:

1.- Tanto los procesos de selección regidos por el título VI de la ley Nº 19.882, así como los otros procesos en los que debe participar total o parcialmente, por sí o representado, el Consejo de Alta Dirección Pública, son públicos y deben ser convocados en forma abierta y con amplia difusión.

2.- En los procesos indicados en el número anterior se podrán contratar Consultores Externos Especializados, con el fin de contar con asistencia técnica en la preparación y ejecución de los concursos, o en la preparación y realización directa de los mismos, pudiendo en este último caso llegar en ellos hasta la etapa de informar a la autoridad de los puntajes obtenidos por los postulantes.

3.- Cada vez que los servicios de las mencionadas Consultoras Externas sean requeridos por algún Organismo Público, en el contexto de la ejecución del presente convenio marco, aquéllas deberán acreditar su inscripción en el Registro de Consultores Externos Especializados que administra la Dirección Nacional del Servicio Civil, en adelante DNSC, de acuerdo al reglamento contenido en el decreto N° 382, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

4.- Los Consultores Externos Especializados firmarán una Orden de Trabajo con las condiciones del concurso dentro de los primeros 5 días hábiles una vez iniciada la convocatoria pública del concurso.

5.- Los candidatos que participen en los respectivos concursos públicos deben cumplir con los requisitos legales declarados en el perfil del cargo.

6.- Los Consultores Externos Especializados tendrán una participación activa durante todo el proceso concursal, según si se han adjudicado los servicios de búsqueda o de selección. Éstos serán citados al menos al culminar cada etapa/hito o entrega de producto, o bien cuando el respectivo organismo Público lo estime necesario.

7.- Las rentas asociadas a los cargos se harán explícitas en la Orden de Trabajo de cada concurso.

8.- Cabe destacar que las condiciones administrativas-operativas de los servicios que prestarán los Consultores Externos Especializados, deberán sujetarse a los lineamentos operacionales diseñados por la Dirección Nacional del Servicio Civil, en virtud de sus atribuciones contenidas en el artículo vigésimo sexto de la ley N° 19.882.
 
9.- Se deja expresa constancia que, de acuerdo al artículo 20 del reglamento contenido en el citado decreto N° 382, los servicios públicos y el Consejo de Alta Dirección Pública emitirán informes a la Dirección Nacional del Servicio Civil respecto del desempeño de los consultores externos especializados que hubieren contratado en sus respectivos procesos de selección de personal. Dicha información se reflejará en una hoja de vida respecto de cada consultora externa.

10.- Situación Especial Multiconcurso: Los procesos que se publiquen y administren en forma paralela y simultáneamente, recibirán el nombre de “multiconcursos”(esto es, cuando se requiera proveer el mismo cargo en distintas zonas geográficas, o bien, cuando se requiera proveer distintos cargos en un mismo Servicio u otra situación de características similares). Las instituciones podrán de manera especial acordar condiciones de plazos, económicas y de metodología de evaluación que optimicen estos procesos. Estos procesos, por lo tanto, podrán ser acordados directamente entre las instituciones y los respectivos Consultores Externos Especializados, a través del envío de una orden de trabajo específica. Ahora bien, si el monto de la adquisición excede de 1.000 UTM, ésta deberá formalizarse mediante el procedimiento de “Grandes Compras”, regulado en el artículo 14 bis del reglamento de la ley N° 19.886.

Tratándose de “multiconcursos”, el cálculo de pago se efectuará en base a persona seleccionada y no al número de postulaciones. Se utilizará para este cálculo, la mayor renta líquida mensualizada de los cargos a los cuales el postulante esté optando.


Obligaciones de los Consultores Externos Especializados:
 
1. Todos los candidatos deben ser evaluados por los Consultores conforme a los mismos estándares, definidos en el perfil de selección de cada cargo, respetando los principios de igualdad, no discriminación, confidencialidad y mérito.

2. Los Consultores Externos Especializados deberán contar con un número suficiente de profesionales y gerentes de proyecto que aseguren el cumplimiento de los plazos y la calidad que el respectivo Organismo Público requiera.

3. Los Consultores Externos Especializados deberán contar con cobertura en todas las regiones de la(s) zona(s) a la cual postulan, a través del trabajo de profesionales contratados, asegurando el cumpliendo de los estándares definidos por el respectivo Organismo Público.

4. Las contrataciones de nuevos profesionales por parte de los Consultores Externos Especializados, en forma posterior a la Adjudicación, deben ser sometidas a la autorización de la Dirección ChileCompra. Para efectos de otorgar dicha autorización, esta Dirección deberá consultar la opinión de la Subdirección de la Alta Dirección Pública, perteneciente a la Dirección Nacional del Servicio Civil. En todo caso, se deja constancia de que los nuevos profesionales, a fin de ser incorporados a los respectivos equipos de trabajo por los Consultores Externos, deberán tener, a lo menos, 5 años de titulación y experiencia laboral en evaluación o búsqueda de ejecutivos, según cual sea el servicio adjudicado.

5. La infraestructura que utilicen los Consultores, sea propia o arrendada, deberá adecuarse a las condiciones apropiadas para la realización de las entrevistas a los candidatos.
 
6. Cuando el perfil de selección indique la necesidad de manejo de algún idioma extranjero, los Consultores Externos deberán disponer del servicio con alguna institución que lo acredite.

7. Los Consultores Externos deberán participar en actividades de formación y lineamientos impartidos por el respectivo Organismo Público, con el objetivo de mejorar el sistema y favorecer el trabajo conjunto con los proveedores.


Aspectos relevantes de cada una de las categorías:

I.- Servicio de Búsqueda:

1.- Se espera que los Consultores Externos Especializados entreguen al respectivo organismo público el nombre de uno o más candidatos idóneos, de acuerdo a los atributos del perfil.

2.- El producto a entregar en esta etapa será el informe de evaluación, sus respectivas currícula e informe de referencias de los postulantes presentados, documentos legales de acreditación de requisitos legales (Título profesional definido en el perfil, certificado de antecedentes, declaración jurada simple, entre otros), de acuerdo a los lineamientos operacionales definidos por la respectiva institución.

3.- Para cumplir este objetivo se espera que la consultora externa encargada de la búsqueda contacte un número amplio de candidatos. Sólo se solicitarán informes de evaluación respecto de los candidatos que sean evaluados por la consultora externa para desempeñar el cargo, independiente del resultado de aquéllos, (Idóneo, Idóneo con Observaciones o No Idóneo).

Estos informes serán utilizados por la respectiva institución para complementar las entrevistas de la etapa final del proceso.

4.- Las consultoras externas que presten el servicio de búsqueda para un determinado proceso concursal, no podrán contactar a eventuales candidato/as para cargos específicos antes de la publicación de la respectiva convocatoria y sólo podrán presentar candidato/as hasta el cierre de la convocatoria del concurso respectivo (corresponde al último día hábil de la postulación), no permitiéndose reposición de candidato/as en forma posterior al cierre de una convocatoria.

5.- No se considerará como presentado por la consultora externa aquel candidato/a que, paralelamente o con anterioridad, hubiese postulado al mismo cargo a través del sistema de postulación en línea de la Dirección Nacional del Servicio Civil.

6.- La consultora externa tendrá un plazo que será establecido para cada concurso para entregar los informes de evaluación de los candidatos/as que haya presentado en virtud del servicio de búsqueda. Se espera que estos informes estén disponibles en conjunto con los informes de los candidato/as que se hayan presentado al concurso a través de la convocatoria pública.

7- Excepcionalmente, las consultoras externas encargadas de la búsqueda podrán presentar a un/a mismo/a candidato/a idóneo a 2 o más cargos publicados en forma paralela. Sin embargo, se le pagará a la respectiva consultora externa sólo una vez, independiente del número de nóminas que aquélla haya conformado.

8.- Con respecto a los candidatos contactados, la consultora externa encargada de la búsqueda deberá informar formalmente al candidato la no continuidad en el proceso. De la misma forma, la consultora externa debe notificarle por escrito a la respectiva Institución, la identificación de los candidatos contactados que desistieron de seguir participando en el proceso de búsqueda.

9.- Es responsabilidad de la consultora externa encargada de la búsqueda mantener informados a los candidatos presentados, de los avances del proceso. Esta información debe ser obtenida de los historiales de cada concurso. En todo caso, tratándose de los procesos de selección regidos por el título VI de la ley Nº 19.882, la información de dichos historiales se encuentra publicada en la página web: www.serviciocivil.cl .


II.- Servicio de Evaluación:

Productos: El servicio comprende la entrega de uno o más de los siguientes productos:
 
1-Análisis Curricular (P1); de un universo de candidatos/as entregados por el Organismo Público a partir del resultado de la convocatoria abierta realizada para el concurso. Se espera que la consultora externa entregue una metodología de análisis curricular - según el perfil definido - durante el proceso de convocatoria, la que debe ser analizada con el Organismo Público una vez terminado el período de convocatoria. Adicionalmente, la empresa consultora deberá entregar una base de datos indicando la calificación de cada candidatos/as y su fundamentación de acuerdo a la metodología definida previamente. Los tiempos de entrega de este producto serán acordados para cada proceso.
 
2-Evaluación Gerencial (P2); del universo de candidatos/as acotado por el Organismo Público a partir del análisis curricular. En esta etapa, la empresa consultora deberá entrevistar y evaluar a cada candidato/a con el propósito de verificar los antecedentes laborales y académicos como la motivación e interés del candidatos/as por el cargo. Se espera como producto una calificación dicotómica de idoneidad para cada candidatos/as y un informe de aquellos calificados como No Idóneos, el que deberá sujetarse a los lineamentos operacionales diseñados por la Dirección Nacional del Servicio Civil, en virtud de sus atribuciones contenidas en el artículo vigésimo sexto de la ley N° 19.882

3-Evaluación Psicolaboral (P3); son candidatos/as considerados como evaluables en la etapa de Evaluación Gerencial (P2), donde la empresa consultora debe complementar la entrevista anterior con otra en profundidad que considere la evaluación psicolaboral de cada uno de los atributos definidos en el perfil, según la metodología de calificación definido por el Organismo Público. El producto a entregar es un Informe Psicolaboral, incluyendo estudios de referencias laborales y concluyendo la idoneidad del candidato/a para desempeñar el cargo. Los tiempos de entrega de este producto serán acordados para cada proceso. El formato del Informe Psicolaboral así como el de Referencias Laborales deberán sujetarse a los lineamentos operacionales diseñados por la Dirección Nacional del Servicio Civil, en virtud de sus atribuciones contenidas en el artículo vigésimo sexto de la ley N° 19.882.
Presentación de Oferta
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los Formularios Anexos requeridos, para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

Las únicas Ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas. No se aceptarán Ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los Oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus Ofertas.

De acuerdo a lo anterior y en relación a la presentación de las ofertas, los oferentes:
 
1. Deberán tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los formularios dispuestos por la DCCP y sólo aquellas ofertas de los proponentes que las hubiesen enviado oportunamente. Por lo tanto, no se deberá modificar el formato original de los Anexos (Excel y/o Word).

2. Deberán presentar el Anexo N°1 "Formulario Datos del Oferente”.

3. Deberán completar y presentar el anexo N°2 “Declaración Jurada para Ofertar”, que acredita no haber sido condenado por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

4. Deberán completar y presentar los anexos N°s 3 “Nómina de Gerentes de Proyecto y Profesionales” y N° 4 “Trayectoria de la Empresa”, adjuntando además, y de manera digital, toda aquella documentación que respalde lo declarado en los anexos respectivos.

5. Podrán omitir realizar ofertas para alguna o algunas de las regiones requeridas por la DCCP. Cada Oferente al elegir una zona, está obligado a ofertar para los tres Ítems.

6. Deberán completar en la Ficha Electrónica de Oferta el “Formulario CM”, en el cual debe declarar todas las Condiciones Comerciales y Regionales allí requeridas. Además deberán ingresar el factor ofertado, en un número con hasta un decimal y que incluya los impuestos a que está afecto el servicio que presta, en caso que esté afecto a algún impuesto. Este factor será utilizado para el cálculo de pago de los servicios ofertados.

7. Para proceder al llenado de la Ficha Electrónica de Oferta, los oferentes deberán realizar lo siguiente:

a. Habiendo ingresado al Portal de Compras Públicas, www.mercadopublico.cl, y tras digitar el “Usuario” y “Clave”, en el “Escritorio”, hacer clic en “Búsqueda de Licitaciones para Ofertar”, buscar por Número de Adquisición, con el ID 2239-11-LP11. Presionar el Botón “Buscar”.

b. Se desplegará una página, en la cual se señala: “Se encontró 1 resultado para su búsqueda”. Hacer click sobre “Ofertas” y luego clickear sobre “Ingresar Nueva Oferta”.

c. Se abrirá página “Realizar Oferta para Adquisición 2239-21-LP11”, donde se muestra el primer paso: “Completar el Nombre de la Oferta” y una breve descripción de ella. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.

d. Luego “Completar Ofertas Económicas”, en campo dispuesto para precio, ingresar un valor de referencia, que no será evaluado, por ejemplo $1. Luego, presionar sobre el Botón “Siguiente”.

e. A continuación, “Ingresar Documentación Anexa”, proceder a ingresar los Anexos Administrativos (Anexo N°1 “Datos del Oferente” Anexo N° 2 “Declaración Jurada para Ofertar”), Anexo Económico ( “Formulario CM”) y Anexos Técnicos (Anexos N°s 3 “Nómina de Gerentes de Proyecto y Profesionales” y N°4 “Trayectoria de la Empresa””. En los anexos económicos, deberá presionar el botón denominado “FORMULARIO CM” para que se despliegue la Ficha Electrónica de Oferta.

f. En seguida deberá ingresar todos los datos requeridos en el Paso 1, correspondientes a las Garantías Generales de la Oferta y Condiciones Regionales, aplicables a cada Orden de Compra. Una vez concluido el ingreso de las condiciones generales y regionales, presionar el botón “siguiente”.

g. En el paso 2, deberá seleccionar los productos correspondientes a los Servicios de Búsqueda y/o Selección que usted desea ofertar y en el campo, predeterminado, deberán ingresar el valor del Ponderador, en un número con hasta un decimal y que incluya los impuestos a que está afecto el servicio que presta, en caso que esté afecto a algún impuesto.

h. Este factor será utilizado para el cálculo de pago de los servicios ofertados, para avanzar al siguiente paso, presionar “siguiente”. En el Paso 3 “Guardar Documento”, el proponente deberá guardar el “Archivo PDF” generado, en su computador, posteriormente deberá buscar la licitación 2239-21-LP11, seleccionar editar la oferta que estaba realizando y adjuntar el archivo PDF guardado, como un anexo económico. De esta manera queda terminado el proceso de carga de oferta. Luego, hacer click en “siguiente”.
 
i. En el paso 4, “Confirmar e Ingresar Oferta”, revise la veracidad de los datos. Si está todo correcto, presione el botón “Ingresar Oferta”.
 
j. Finalmente, deberá asegurarse de haber enviado la oferta a través del portal electrónico de compras públicas, para ello se debe verificar el despliegue automático del “Comprobante de Ingreso de Oferta”, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
 
El contenido del formulario de ficha electrónica se representa gráficamente en el anexo N° 5 de las presentes Bases.

Es responsabilidad de los oferentes la verificación del envío correcto y completo de los archivos adjuntos a su oferta.
Procedimiento de Evaluación de Ofertas
La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión especialmente designada al efecto.

Dicha comisión estará compuesta por 3 integrantes designados por resolución del Director de la DCCP, por 2 integrantes designados por el Director de la Dirección Nacional del Servicio Civil, y por un consejero del Consejo de la Alta Dirección Pública o, en su defecto, por un representante de éste, especialmente designado por dicho organismo colegiado.

Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la comisión designados por las autoridades y organismos arriba indicados, podrán ser personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que integran la comisión.

Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director de la DCCP las adjudicaciones de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.


Evaluación de las Ofertas por Categorías:

Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto “Instrucciones para Presentación de Ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación de la oferta.

El mecanismo de asignación de puntajes dependerá de cuál sea la categoría ofertada.

La evaluación se hará a nivel Regional, por categoría y por ponderador.


I.- SERVICIO DE BÚSQUEDA:

Para la evaluación de las propuestas, se aplicarán los siguientes criterios y ponderaciones:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

A.- Condiciones Comerciales (30%)

Precio

100%

B.- Condiciones Técnicas (70 %)

B.1.- Experiencia profesional de Gerentes de Proyecto

 

25 %

 

 

B.1.1. Experiencia en RR.HH

 

70 %

B.1.2. Experiencia Directiva

30 %

 

B.2.-  Trayectoria de la Empresa

 34 %

B.2.1 Años de Trayectoria

50%

B.2.2 N° de  Clientes (Empresas Grandes)

50%

B.3.- Experiencia Equipo Profesional

28 %

 

B.4.- Comportamiento contractual anterior

12 %

B.5.- Cumplimiento requisitos formales de la Oferta

1 %


 El puntaje final se calculará de acuerdo al siguiente polinomio:

30% de Condiciones Comerciales + 70% Condiciones Técnicas

Donde las condiciones técnicas se calculan de acuerdo al siguiente polinomio:

Puntaje total de las Condiciones Técnicas= 0,25 * Puntaje Experiencia Gerentes de Proyecto + 0,34 * Puntaje Trayectoria de la Empresa + 0,28* Puntaje Experiencia Equipo Profesional + 0,12* Puntaje Comportamiento Contractual Anterior + 0,01 * Puntaje por Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta

Puntaje total de las Condiciones Comerciales=100%


A.-Condiciones Comerciales (30%):

La oferta Económica deberá ser presentada en la Ficha Electrónica de Oferta denominada Formulario de Convenio Marco, en el cual se presentan estratificados los servicios de Búsqueda por separado considerando las zonas geográficas.

La propuesta económica será expresada por medio de un ponderador que refleje el nivel de precios de búsqueda de cada zona geográfica ofertada. Dicho ponderador, descrito en la sección “Del Pago” del presente punto de las bases, deberá ser expresado en números con hasta un decimal, en valores que incluyan los impuestos a los que se encuentran afectos los servicios.

Para el cálculo de este puntaje, se seguirá el siguiente procedimiento:

Se obtendrá para cada servicio el ponderador mínimo ofertado entre todos los oferentes de una misma zona geográfica, valor que será comparado con el ponderador ofertado por cada proveedor en la misma zona. Para esto, se utilizará la siguiente fórmula:

X1 = (Ponderador Mínimo Ofertado en Zona Geográfica / Ponderador ofertado por Oferente) x 100

El resultado obtenido (X1) será multiplicado por el Coeficiente definido para cada Zona Geográfica.
 
X2= (X1 * Coeficiente Regional)

Los coeficientes definidos para cada zona geográfica son los siguientes:

Zonas Extremas : Coeficiente 1
Otras Regiones : Coeficiente 3
Zona Centro: Coeficiente 8

Las características y el alcance de cada una de las zonas geográficas se definen en la citada sección “Del Pago” de las presentes bases.

La suma de resultados obtenidos en cada zona por cada oferente, se dividirá, por la suma de coeficientes asignados a las zonas geográficas en las cuales haya participado el oferente.
Puntaje Servicios por Oferente = (Sumatoria Resultados por Zona / sumatoria coeficientes)

El puntaje final de este criterio, será ponderado por el porcentaje correspondiente al Criterio Oferta Económica y el valor resultante será sumado al resultado obtenido en la evaluación técnica, obteniendo de esta forma el puntaje final de cada Oferente por el Servicio de Búsqueda.
 

B.-Condiciones técnicas (70%):

B1.- Experiencia profesional de Gerentes de Proyecto:

Se evaluará mediante el análisis de las currícula de profesionales expertos que cumplirían el rol de gerentes de proyectos. (ANEXO Nº3) El resultado se manifestará con una puntaje entre 0 a 100.

Se requiere que al menos el 50% de los Gerentes de Proyectos, declaren experiencia profesional en el ámbito de Recursos Humanos y en experiencia gerencial o directiva en organizaciones públicas y/o privadas de tamaño grande, conforme a la clasificación de “Empresas por Tamaño” realizada por CORFO, de acuerdo al monto total de ventas netas anuales.
 
El sub-factor B.1.1 “Experiencia en RR.HH” (experiencia profesional en el ámbito de Recursos Humanos) se ponderará en un 70 %, mientras que el sub-factor B.1.2 “Experiencia Directiva” (experiencia gerencial o directiva en organizaciones públicas y/o privadas de tamaño grande) se ponderará en un 30 %.

De este modo, el puntaje total del sub-criterio B.1. “Experiencia profesional de Gerentes de Proyecto” se calculará de acuerdo al siguiente polinomio:

Puntaje total B.1= 0,70 * Puntaje Experiencia en RR.HH (B.1.1) + 0,30 * Puntaje Experiencia Directiva (B.1.2)

La asignación de puntajes para cada uno de los sub-factores (B.1.1 y B.1.2), se materializará de acuerdo a lo siguiente:

Puntaje (Pts)

Experiencia en RR.HH (B.1.1) 70 %

Experiencia Directiva (B.1.2) 30 %

100

11 años o más

12 años o más

85

9 a 10 años

8 a 11 años

65

7 a 8 años

5 a 7 años

50

6 años

3 a 4 años

25

5 años

1 a 2 años

0

Menor a 5 años o no informa

Menor a 1 año o no informa 



Para obtener el puntaje de este sub-criterio se considerará la experiencia declarada por el oferente para los gerentes de proyectos singularizados en el anexo 3 de estas bases, promediándose los puntajes asignados a cada uno de aquéllos. El sub-criterio B.1. “Experiencia profesional de Gerentes de Proyecto” se ponderará en un 25%.


B.2.- Trayectoria de la empresa:

Se evaluará mediante el análisis cualitativo integral de antecedentes. Para esto las empresas deberán describir su experiencia en procesos de búsqueda de altos directivos públicos o privados, su experiencia en distintos sectores económicos, y las referencias de sus principales clientes, entre otros (ANEXO Nº4 ). El resultado de este criterio se manifestará con puntaje entre 0 a 100.

El sub-factor B.2.1 “Años de Trayectoria” (experiencia en procesos de búsqueda de altos directivos públicos o privados, así como su experiencia en distintos sectores económicos) se ponderará en un 50 %, mientras que el sub-factor B.2.2 “N° de Clientes (Empresas Grandes)” (clientes referenciados en el anexo N° 4) se ponderará en un 50 %.

De este modo, el puntaje total del sub-criterio B.2. “Trayectoria de la Empresa” se calculará de acuerdo al siguiente polinomio:

Puntaje total B.2= 0,50 * Puntaje Años de Trayectoria (B.2.1) + 0,50 * Puntaje N° de Clientes (B.2.2)
 
La asignación de puntajes para cada uno de los sub-factores (B.2.1 y B.2.2), se materializará de acuerdo a lo siguiente

Puntaje (Pts)

Años de Trayectoria (B.2.1) 50 %

N° de Clientes (Empresas Grandes)   (B.2.2) 50 %

100

9 años o más

12 o más

85

6 a 8 años

8 a 11  

65

5 años

5 a 7  

50

3 a 4 años

3 a 4  

25

1 a 2 años

1 a 2  

0

Menos a 1 año o no informa

0 clientes o no  informa


 El sub-criterio B.2. “Trayectoria de la empresa” se ponderará en un 34%.


B.3.- Experiencia equipo profesional: Se evaluará mediante el análisis cualitativo integral de los antecedentes curriculares de los miembros del equipo profesional. Para esto, el oferente deberá enviar una nómina que incluya el título profesional de los integrantes del equipo técnico de la propuesta (ANEXO Nº3). Se espera que los profesionales cuenten con experiencia en búsqueda de altos directivos y/o ejecutivos de empresas públicas o privadas. El resultado se manifestará con un puntaje entre 0 a 100. Este factor ponderará 28%.

La asignación de puntajes en este sub-criterio, se materializará de acuerdo a lo siguiente:

Puntaje (Pts)

N° de Años Experiencia profesional en Búsqueda de Altos Directivos o Ejecutivos

100

9 o más

85

6 a 8

65

5

50

3 a 4

25

1 a 2

0

Menos de 1 año o no informa



Para obtener el puntaje de este sub-criterio se considerará la experiencia declarada por el oferente para cada uno de los miembros del equipo profesional, singularizados en el anexo 3 de estas bases, promediándose los puntajes asignados a cada uno de aquéllos.


B.4.- Comportamiento contractual anterior (12 %): La evaluación de este sub-criterio, se realizará tomando en consideración las respuestas que entreguen los clientes del oferente a las preguntas definidas en el anexo N° 12 "Certificado de Cumplimiento Contractual Anterior", de estas bases. Los señalados Certificados deberán ser entregados por el proponente, conjuntamente con los demás anexos técnicos, al momento de presentar su oferta. Dichos certificados deberán llevar las firmas de los representantes legales, o de las personas autorizadas por éstos, de cada una de los clientes allí referenciados. En los referidos documentos, las clientes referenciadas deberán señalar su nivel de satisfacción con los servicios prestados por el proponente, de acuerdo al formato establecido en el citado anexo N° 12 de las presentes bases.El oferente debe asegurar la fidelidad de los datos e incluir la información vigente de los contactos (teléfono, e-mail, etc.) de los clientes referenciados.

El oferente deberá presentar a lo menos 5 certificados de Cumplimiento Contractual Anterior, correspondientes a 5 clientes distintos, o bien, a 5 procesos de búsqueda en los que haya participado, aun cuando algunos o todos ellos hayan sido encargados por un mismo cliente.

Los oferentes que adjunten menos de 5 certificados (correspondientes a clientes o procesos distintos), obtendrán 0 puntos en este sub-criterio.

Para cada oferente y para cada uno de los clientes incluidos en los respectivos certificados, se calculará el puntaje como el promedio de las calificaciones realizadas por los clientes que se incluyan en el certificado (éstos no pueden omitir ninguna pregunta). Luego, se calculará el puntaje total como el promedio de los puntajes obtenidos individualmente en cada uno de los certificados.

Los certificados a proporcionar deben corresponder al formato establecido en el anexo 12 de las presentes bases. En dichos certificados las calificaciones se gradúan desde el valor 1 al 5, de acuerdo al siguiente cuadro:
 

Promedio encuesta

Valor absoluto

Concepto

Puntaje

> 1 X

< 1,9

1

Malo

0

> 2 X

< 2,9

2

Regular

20

> 3 X

< 3,9

3

Suficiente

40

> 4 X

< 4,9

4

Bueno

80

= 5

5

Excelente

100



La suma total obtenida por cada certificado se dividirá por 8 (cantidad total de preguntas) y el puntaje obtenido será ponderado en un 12% (peso del sub-criterio).

La información contenida en los certificados entregados por los oferentes será directamente corroborada por esta Dirección a través de los clientes referenciadas en los mencionados certificados, mediante los datos de contacto allí indicados.

Adicionalmente, y en los casos en que la DNSC disponga de esta información, se cotejarán los mencionados certificados con la evaluación de desempeño de los 2 años anteriores a la época de presentación de la oferta, contenida en las hojas de vida de las consultoras externas inscritas en el registro especial que al efecto lleva la DNSC. La información de dichas hojas de vida debe originarse en los informes emitidos por los servicios públicos y el Consejo de Alta Dirección Pública, de acuerdo al artículo 20 del decreto N° 382, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de Registro de Consultores Externos Especializados.


B.5.- Cumplimiento de Requisitos Formales (1%): El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 0 pts. en este sub-criterio.

La asignación de puntajes en este sub-criterio, se materializará de acuerdo a lo siguiente:

Cumple con los requisitos formales contenidos en las presentes Bases

Puntaje

SI

100 pts.

NO

0 pts





II.- SERVICIO DE EVALUACIÓN

Criterios de evaluacion:

Para la evaluación de las propuestas, se aplicarán los siguientes criterios y ponderaciones:
 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

A.- Condiciones Comerciales (30%)

Precio

100%

B.- Condiciones Técnicas (70 %)

B.1.- Experiencia profesional de Gerentes de Proyecto

 

15 %

 

 

B.1.1. Experiencia en RR.HH

 

70 %

B.1.2. Experiencia Directiva

30 %

 

B.2.-  Trayectoria de la Empresa

 

34 %

B.2.1 Años de Trayectoria

50%

B.2.2 N° de  Clientes (Empresas Grandes)

50%

B.3.- Experiencia Equipo Profesional

38 %

 

B.4.- Comportamiento contractual anterior

12 %

B.5.- Cumplimiento requisitos formales de la Oferta

1 %



El puntaje final se calculará de acuerdo al siguiente polinomio:

30% de Condiciones Comerciales + 70% Condiciones Técnicas

Donde las condiciones técnicas se calculan de acuerdo al siguiente polinomio:

Puntaje total de las Condiciones Técnicas=

0,15 * Puntaje Experiencia profesional de Gerentes de Proyecto y Expertos + 0,34 * Puntaje Trayectoria de la Empresa + 0,38 * Puntaje Experiencia Equipo Profesional + 0,12 * Puntaje Comportamiento Contractual Anterior + 0,01 * Puntaje por cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta

Puntaje total de las Condiciones Comerciales=100%


A.- Condiciones Comerciales (30%):

La oferta Económica deberá ser presentada en la Ficha Electrónica de Oferta en el denominado Formulario Convenio Marco, en el cual se presentan clarificados los servicios y zonas geográficas.
 
La propuesta económica será expresada por medio de un ponderador que refleje el nivel de precios de cada servicio por proponente. El ponderador deberá ser expresado en números con hasta un decimal, en valores que incluyan los impuestos a los que se encuentran afectos los servicios, de acuerdo a la siguiente tabla:
 
Ítems A y B (según la definición de Ítems contenida en la citada sección “Del Pago” de las presentes bases):
 

 

 

Ponderador B

Ponderador C

Zonas Extremas

 

 

 

 

Zona Centro

 

 

 

 

Otras Regiones

 

 

 

 

 

 



Por cada oferente se evaluará en forma separada, los ponderadores “B” y “C” ofertados para cada zona geográfica.

Para el cálculo de este puntaje, se seguirá el siguiente procedimiento:

Se obtendrá para cada ítem el ponderador mínimo ofertado entre todos los oferentes de una misma zona geográfica, valor que será comparado con el ponderador ofertado por cada proveedor en la misma zona. Para esto, se utilizará la siguiente fórmula:

X1 = (Ponderador Mínimo Ofertado por Ítem y Zona Geográfica / Ponderador ofertado por Oferente) x 100

El resultado obtenido (X1) será multiplicado por el Coeficiente definido para cada Zona Geográfica.
 
X2= (X1 * Coeficiente Regional)

Los coeficientes definidos para cada zona geográfica son los siguientes:

- Zonas Extremas: Coeficiente 1
- Otras Regiones : Coeficiente 3
- Zona Centro: Coeficiente 8

La suma de resultados obtenidos en cada zona por cada oferente, incluyendo ambos ítems, se dividirá, por la suma de coeficientes asignados a las zonas geográficas.

Puntaje Servicios por Oferente = (Sumatoria Resultados por Zona / sumatoria coeficientes)
 
El puntaje final de este criterio por ítems A y B, será ponderado por el porcentaje correspondiente al Criterio Oferta Económica y el valor resultante, será sumado al resultado obtenido en la evaluación técnica, obteniendo de esta forma el puntaje final de cada Oferente.

Cabe señalar que cuando del cálculo de los puntajes parciales o totales resulten números con decimales, éstos serán redondeados al número entero más cercano.
 

Ítem C: Valores individualizados de acuerdo a cada producto ofertado: Análisis Curricular o Evaluación Gerencial o Evaluación Psicolaboral, considerando criterios de cantidad y zonas geográficas.

Este criterio no será evaluado, no obstante es obligatorio declararlo en la oferta.


B.-Condiciones Técnicas (70%): Las ofertas técnicas serán evaluadas por la Comisión Evaluadora. El resultado de la evaluación técnica entregará por oferta un puntaje entre 0 a 100 puntos.

La evaluación técnica considerará los siguientes criterios:


B1.- Experiencia profesional de Gerentes de Proyecto:

Se evaluará mediante el análisis de las currícula de Profesionales que cumplirían el rol de gerentes de proyectos. (ANEXO Nº3) El resultado se manifestará con un puntaje entre 0 a 100.

Se requiere que al menos el 50% de los Gerentes de Proyectos, declaren experiencia profesional en el ámbito de Recursos Humanos y en experiencia gerencial o directiva en organizaciones públicas y/o privadas de tamaño mediano o grande, conforme a la clasificación de “Empresas por Tamaño” realizada por CORFO, de acuerdo al monto total de ventas netas anuales.

El sub-factor B.1.1 “Experiencia en RR.HH” (experiencia profesional en el ámbito de Recursos Humanos) se ponderará en un 70 %, mientras que el sub-factor B.1.2 “Experiencia Directiva” (experiencia gerencial o directiva en organizaciones públicas y/o privadas de tamaño mediano o grande) se ponderará en un 30 %.

De este modo, el puntaje total del sub-criterio B.1. “Experiencia profesional de Gerentes de Proyecto” se calculará de acuerdo al siguiente polinomio:

Puntaje total B.1= 0,70 * Puntaje Experiencia en RR.HH (B.1.1) + 0,30 * Puntaje Experiencia Directiva (B.1.2)


La asignación de puntajes para cada uno de los sub-factores (B.1.1 y B.1.2), se materializará de acuerdo a lo siguiente:

Puntaje (Pts)

Experiencia en RR.HH (B.1.1) 70 %

Experiencia Directiva (B.1.2) 30 %

100

11 años o más

12 años o mas

85

9 a 10 años

8 a 11 años

65

7 a 8 años

5 a 7 años

50

6 años

3 a 4 años

25

5 años

1 a 2 años

0

Menos de 5 años o no informa

Menos de 1 año o no informa 


Para obtener el puntaje de este sub-criterio se considerará la experiencia declarada por el oferente para los gerentes de proyectos singularizados en el anexo 3 de estas bases, promediándose los puntajes asignados a cada uno de aquéllos.

El sub-criterio B.1. “Experiencia profesional de Gerentes de Proyecto” se ponderará en un 15%.


B2.- Trayectoria de la empresa: Se evaluará mediante el análisis cualitativo integral de antecedentes. Para esto las empresas deberán describir su experiencia en procesos de estas características, y principales clientes, entre otros. El resultado de este criterio se manifestará con puntaje entre 0 a 100.

El sub-factor B.2.1 “Años de Trayectoria” se ponderará en un 50 %, mientras que el sub-factor B.2.2 “N° de Clientes (Empresas Grandes)” se ponderará en un 50 %.

De este modo, el puntaje total del sub-criterio B.2. “Trayectoria de la Empresa” se calculará de acuerdo al siguiente polinomio:

Puntaje total B.2=

0,50 * Puntaje Años de Trayectoria (B.2.1) + 0,50 * Puntaje N° de Clientes (B.2.2)
 
La asignación de puntajes para cada uno de los sub-factores (B.2.1 y B.2.2), se materializará de acuerdo a lo siguiente

Puntaje (Pts)

Años de Trayectoria (B.2.1) 50 %

N° de Clientes (Empresas Grandes)   (B.2.2) 50 %

100

12 años o más

12 o más

85

8 a 11 años

8 a 11  

65

5 a 7 años

5 a

50

3 a 4 años

3 a

25

1 a 2 años

1 a

0

Menos a 1 año o no informa

0 clientes o no  informa


 El sub-criterio B.2. “Trayectoria de la empresa” se ponderará en un 34%.
 

B3.- Experiencia equipo profesional: Se evaluará mediante el análisis cualitativo integral de los antecedentes curriculares de los miembros del equipo profesional. Para esto, el oferente deberá enviar una nómina que incluya el título profesional de los integrantes del equipo técnico de la propuesta. (ANEXO Nº3) Se espera que los profesionales cuenten con experiencia en selección de directivos. El resultado se manifestará con un puntaje entre 0 a 100. Este factor se ponderará en un 38%.
 
La asignación de puntajes en los sub-criterios, se materializará de acuerdo a lo siguiente:

Puntaje (Pts)

N° de Años Experiencia profesional en selección de Ejecutivos o Directivos

100

12 o más

85

8 a 11

65

5 a 7

50

3 a 4

25

1 a 2

0

Menos de 1 año o no informa


Para obtener el puntaje de este sub-criterio se considerará la experiencia declarada por el oferente para cada uno de los miembros del equipo profesional, singularizados en el anexo 3 de estas bases, promediándose los puntajes asignados a cada uno de aquéllos.


B.4.- Comportamiento contractual anterior (12 %): La evaluación de este sub-criterio, se realizará tomando en consideración las respuestas que entreguen los clientes del oferente a las preguntas definidas en el anexo N° 12 "Certificado de Cumplimiento Contractual Anterior", de estas bases. Los señalados Certificados deberán ser entregados por el proponente, conjuntamente con los demás anexos técnicos, al momento de presentar su oferta. Dichos certificados deberán llevar las firmas de los representantes legales, o de las personas autorizadas por éstos, de cada una de los clientes allí referenciados. En los referidos documentos, las clientes referenciadas deberán señalar su nivel de satisfacción con los servicios prestados por el proponente, de acuerdo al formato establecido en el citado anexo N° 12 de las presentes bases. El oferente debe asegurar la fidelidad de los datos e incluir la información vigente de los contactos (teléfono, e-mail, etc.) de los clientes referenciados.

El oferente deberá presentar a lo menos 5 certificados de Cumplimiento Contractual Anterior, correspondientes a 5 clientes distintos, o bien, a 5 procesos de evaluación en los que haya participado, aun cuando algunos o todos ellos hayan sido encargados por un mismo cliente.
 
Los oferentes que adjunten menos de 5 certificados (correspondientes a clientes o procesos distintos), obtendrán 0 puntos en este sub-criterio.

Para cada oferente y para cada uno de los clientes incluidos en los respectivos certificados, se calculará el puntaje como el promedio de las calificaciones realizadas por los clientes que se incluyan en el certificado (éstos no pueden omitir ninguna pregunta). Luego, se calculará el puntaje total como el promedio de los puntajes obtenidos individualmente en cada uno de los certificados.

Los certificados a proporcionar deben corresponder al formato establecido en el anexo 12 de las presentes bases. En dichos certificados las calificaciones se gradúan desde el valor 1 al 5, de acuerdo al siguiente cuadro:

Promedio encuesta

Valor absoluto

Concepto

Puntaje

> 1 X

< 1,9

1

Malo

0

> 2 X

< 2,9

2

Regular

20

> 3 X

< 3,9

3

Suficiente

40

> 4 X

< 4,9

4

Bueno

80

= 5

5

Excelente

100



La suma total obtenida por cada certificado se dividirá por 8 (cantidad total de preguntas) y el puntaje obtenido será ponderado en un 12% (peso del sub-criterio).

La información contenida en los certificados entregados por los oferentes será directamente corroborada por esta Dirección a través de los clientes referenciadas en los mencionados certificados, mediante los datos de contacto allí indicados.
 
Adicionalmente, y en los casos en que la DNSC disponga de esta información, se cotejarán los mencionados certificados con la evaluación de desempeño de los 2 años anteriores a la época de presentación de la oferta, contenida en las hojas de vida de las consultoras externas inscritas en el registro especial que al efecto lleva la DNSC. La información de dichas hojas de vida debe originarse en los informes emitidos por los servicios públicos y el Consejo de Alta Dirección Pública, de acuerdo al artículo 20 del decreto N° 382, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de Registro de Consultores Externos Especializados.


B.5.- Cumplimiento de Requisitos Formales (1%): El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886, obtendrá 0 pts. en este sub-criterio.
 
La asignación de puntajes en este sub-criterio, se materializará de acuerdo a lo siguiente:

Cumple con los requeridos formales exigidos  en las Bases

Puntaje

SI

100 pts.

NO

0 pts



Adjudicación
La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

En este proceso licitatorio, la DCCP adjudicará por categorías, al número de proveedores que representen el 70% de los mejores puntajes obtenidos entre los proponentes evaluados, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en estas Bases de Licitación. En el caso de que el número de proveedores que representen el 70% de los mejores puntajes sea un número con decimales, se aproximará al número entero más cercano.

Para efectos de la adjudicación indicada en los dos párrafos anteriores, esta Dirección elaborará una lista jerarquizada para cada servicio ofertado, encabezada por el mayor puntaje obtenido en dicha categoría, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases.

La adjudicación será realizada mediante resolución fundada, considerando la evaluación económica de las ofertas y la evaluación técnica en función del informe de evaluación que haya emitido la Comisión Evaluadora.

La DCCP podrá además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Al igual que en el caso anterior, la señalada declaración deberá materializarse a través de una resolución fundada de la DCCP.

Resolución de empates: sólo en caso de requerirse se podrá aplicar esta cláusula, en virtud de la cual, en el caso que dos o más oferentes al final de la evaluación obtengan el mismo puntaje, los criterios para definir la oferta mejor evaluada se sujetarán al siguiente orden de prelación:

1°) Mayor puntaje en el criterio Condiciones Comerciales.
2°) Mayor puntaje en el criterio Condiciones Técnicas.
3°)Mayor puntaje en el sub-criterio Experiencia Equipo Profesional.
Resolución de Adjudicación
La DCCP adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Aclaraciones
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 4 de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. La DCCP pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 4.

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.

Además la DCCP podrá, durante la evaluación, solicitar aclaraciones o pruebas.

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Modificaciones a las bases
La DCCP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases deberán someterse al trámite de toma de razón y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

De existir modificaciones a las bases, deberá considerarse un plazo prudencial para que los proveedores puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
Acuerdo Complementario
Para iniciar la operación de los servicios adjudicados, las Entidades requirentes deberán coordinarse con el proveedor seleccionado, con el objeto de verificar su disponibilidad y capacidad para prestar dicho servicio, como también para definir y acordar los detalles del requerimiento. Este contacto previo debe ser formalizado a través de un correo electrónico, en el cual conste al menos:

1. Descripción del servicio requerido

2. Perfil del cargo

3. Lugar de sede del cargo

4. Programa de actividades cuando corresponda
 
5. Otros aspectos relevantes para prestar el servicio

A partir de lo anterior, y existiendo acuerdo entre las partes, las Entidades deberán generar y enviar al proveedor un protocolo de inicio de servicio, en adelante, Orden de Trabajo, a partir del cual se contabilizarán los plazos de entrega.
 
Los tiempos de entrega se determinan en función de la urgencia del comprador y la capacidad del proveedor.

Por acuerdo entre las entidades y el proveedor adjudicado, podrá suscribirse un acuerdo complementario, en el cual se consignen los aspectos antedichos, así como el monto de la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en artículo 68 del reglamento de la ley N° 19.886 -que en este caso corresponderá a un 5% del monto total del mencionado acuerdo-, y en el que se especifiquen otras condiciones particulares de la adquisición. Tales condiciones especiales, en todo caso, no podrán apartarse de los aspectos regulados por las presentes bases y por el convenio marco suscrito entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.
Regulación de la licitación y del Convenio Marco
La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la ley N° 19.886, su reglamento y las presentes bases y sus anexos. Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la DCCP, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes, o bien, impartidas por esta Dirección de oficio.

El convenio marco se ceñirá a la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente orden de prelación:

-Ley N° 19.886 y su reglamento.
-Bases de licitación, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones.
-Contenido de las respectivas ofertas adjudicadas. -Contrato Marco celebrado entre la DCCP y el respectivo adjudicatario.
 -Órdenes de Compra que emitan los organismos públicos habilitados para usar el sitio www.mercadopublico.cl

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo a través del sitio www.mercadopublico.cl, desde donde podrán acceder gratuitamente a dicha documentación.
Condiciones contractuales
Las condiciones se ajustarán a las cláusulas siguientes:
Vigencia de las condiciones comerciales
Las condiciones comerciales del presente Convenio Marco serán publicadas en el catálogo electrónico de Convenios Marco y se mantendrán vigentes por toda la duración del Convenio Marco, salvo que se produzca una modificación de acuerdo con las modalidades establecidas en el presente Convenio Marco. Asimismo, el Catálogo Electrónico contendrá los precios de los productos catalogados.

El Adjudicatario se compromete a mantener en Convenio Marco, las mejores condiciones comerciales ofertadas a sus clientes, de los productos objeto de dicho convenio. En caso que el Adjudicatario ofrezca mejores condiciones comerciales, deberá incorporar dichas condiciones en el Catálogo Electrónico de Convenios Marco.

De acuerdo a lo anterior, en cualquier momento, durante la vigencia del presente Convenio Marco, el o los proveedores adjudicados podrán rebajar los valores ofertados para todas las Entidades, de todos o algunos de los ítems adjudicados. Estas rebajas se mantendrán hasta el término del convenio, salvo que exista una nueva modificación de acuerdo con lo establecido en el presente convenio. La DCCP publicará en el catálogo los nuevos valores en el plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud del Adjudicatario.
Operatoria del Convenio Marco
Una vez que el presente Convenio Marco entre en vigencia, operará a través del Catálogo Electrónico disponible en el sitio www.mercadopublico.cl, al cual cualquier Entidad, podrá acceder y emitir a través de él directamente Órdenes de Compra al Adjudicatario, quien para todos los efectos legales se relacionará comercial y contractualmente de manera directa con cada Entidad.

Para los efectos del presente convenio marco, sólo se considerarán válidas las Órdenes de Compra que se generen y emitan a través del sitio www.mercadopublico.cl, salvo que concurra alguna de las siguientes causales:

a) Cuando existan antecedentes que permitan presumir que los proveedores adjudicados o la respectiva Entidad requirente, no cuentan con los medios tecnológicos para utilizar los sistemas electrónicos o digitales establecidos de acuerdo al reglamento de la ley N° 19.886.

b) Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la DCCP.

c) Cuando en razón de caso fortuito o fuerza mayor no es posible generar y emitir las respectivas órdenes de compra a través del Sistema de Información.

d) Cuando no exista de manera alguna conectividad en la comuna correspondiente a la respectiva Entidad pública para acceder u operar a través del Sistema de Información.

El Adjudicatario sólo podrá rechazar las Órdenes de Compra válidamente emitidas en conformidad a este convenio en los siguientes casos:

a) Que la Entidad que emite la orden de compra tenga una deuda vencida con el Adjudicatario o con cualquier proveedor de este Convenio Marco, acreditado por antecedentes objetivos y fidedignos presentados por el propio Adjudicatario.

b) Que el valor de la orden de compra recepcionada por el Adjudicatario, sea inferior al valor mínimo declarado por el oferente en su oferta.

c) No adjuntar a la orden de compra, el certificado debidamente autorizado por la autoridad competente, que acredite la disponibilidad presupuestaria que posee el organismo requirente para adquirir los productos consignados en ella.
 
El Adjudicatario no podrá establecer diferencias arbitrarias en el trato que dé a las Entidades que requieran sus servicios, a través de las emisiones de Órdenes de Compra que se ajusten al presente convenio.
Reajustabilidad
No se contempla reajustabilidad
Compras iguales o mayores a UTM 1.000 (mil UTM)
En las adquisiciones vía convenio marco superiores a 1.000 UTM, las entidades deberán comunicar, a través del Sistema, la intención de compra a todos los proveedores que tengan adjudicado en el presente Convenio Marco el producto requerido.

Esta comunicación será realizada con la debida antelación, considerando los tiempos estándares necesarios para la entrega de la cantidad de bienes o servicios solicitados, plazo que en ningún caso será inferior a los 10 días corridos antes de la emisión de la orden de compra.

En ella se indicará, al menos, la fecha de decisión de compra, el producto o servicio requerido, la cantidad y las condiciones de entrega. La entidad deberá seleccionar la oferta más conveniente según resultado del cuadro comparativo que deberá confeccionar sobre la base de los criterios de evaluación y ponderaciones definidas en las presentes bases de licitación, en lo que les sean aplicables, cuadro que será adjuntado a la orden de compra que se emita y servirá de fundamento de la resolución que apruebe la adquisición.
Desarrollo Comercial del Convenio
Dentro del ámbito comercial que involucra el desarrollo del Convenio, el Adjudicatario podrá desarrollar las siguientes actividades:
 
i. Posicionamiento de ítems o productos. El Adjudicatario podrá desarrollar distintas actividades con el propósito de posicionar, entre las Entidades, su participación como proveedor de los bienes y servicios objeto del presente convenio marco, promociones especiales, jornadas de capacitación masivas, entre otros.
 
ii. El Adjudicatario podrá realizar acciones para activar ítems o productos de baja rotación en el Catálogo, durante la vigencia del convenio, pudiendo lanzar promociones especiales para ser difundidas en el Catálogo.
 
iii. En caso de que la DCCP desarrolle actividades de difusión de Convenios Marco, tales como encuentros, ferias u otros, el Adjudicatario podrá participar en estas actividades con el fin de dar a conocer sus productos con las Entidades.
Actualización de productos Adjudicados
Durante la vigencia del Convenio Marco, el Adjudicatario, deberá mantener en el Catálogo Electrónico los productos e ítems adjudicados con las condiciones más ventajosas para las Entidades. En cuanto al equipo de profesionales, el Adjudicatario podrá solicitar lo siguiente:

1. Agregar nuevos profesionales expertos al Equipo de Trabajo de los Servicios adjudicados, previa aprobación de la DCCP. Para efectos de otorgar dicha autorización, esta Dirección deberá consultar la opinión de la Dirección Nacional del Servicio Civil. Cualquier rechazo a la incorporación de un nuevo profesional deberá materializarse a través de un informe fundado.

2. Reemplazar uno o más Profesionales de la Nómina de Consultores, previa aprobación de la DCCP. Para efectos de otorgar dicha autorización, esta Dirección deberá consultar la opinión de la Dirección Nacional del Servicio Civil. Dicha autorización se materializará siempre y cuando los nuevos consultores incorporados al Equipo de Trabajo posean una calificación y experiencia equivalente a la del profesional saliente. Cualquier rechazo al remplazo de un profesional por otro deberá materializarse a través de un informe fundado.

3. Eliminar uno o más Profesionales de la Nómina de Consultores, previa notificación a la DCCP, siempre y cuando la empresa consultora externa especializada continúe cumpliendo con las características técnicas presentadas en su propuesta inicial, respecto al equipo de trabajo. La información notificada a la DCCP deberá ser comunicada por ésta a la DNSC.

Asimismo, durante la vigencia del Convenio Marco, el Adjudicatario podrá solicitar lo siguiente:

1. Eliminar uno o más productos o ítems adjudicados.

2. Bloquear uno o más productos o ítems adjudicados por un período de tiempo, con la previa autorización de la DCCP.

3. Reemplazar productos o ítems, por otros similares, siempre y cuando correspondan a una misma categoría. Para ello, será necesario lo siguiente:

a. La no presentación del nuevo producto o ítem por parte del adjudicatario al momento de la oferta.

b. La identidad del ítem o producto específico con la categoría a la que se adscribe.
 
c. La mantención de las condiciones comerciales adjudicadas, establecidas en la ficha electrónica de la oferta, de acuerdo a lo señalado en el punto 11, “Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, en el acápite “Presentación de Ofertas” de las presentes bases.

En todo caso, el adjudicatario no podrá en ningún caso bloquear o reemplazar los productos o ítems adjudicados con anterioridad a los dos meses contados desde la entrada en vigencia del presente Convenio Marco.

4. Agregar nuevos productos o ítems, siempre y cuando correspondan a aquellas categorías licitadas, para lo cual será requisito lo siguiente:
 
a. La no presentación del producto o ítem por parte del adjudicatario al momento de la oferta.

b. La identidad del ítem o producto específico con la categoría a la que se adscribe.

c. La mantención de las condiciones comerciales adjudicadas, establecidas en la ficha electrónica de la oferta, de acuerdo a lo señalado en el Punto 11, “Requerimientos técnicos y Otras cláusulas”, en el acápite “Presentación de las ofertas”, de las presentes bases.

Para el primer proveedor que haga uso de esta opción, la DCCP evaluará el producto o ítem ofertado por el proveedor solicitante, de acuerdo al proceso de evaluación correspondiente al criterio Precio, contemplado en estas bases.

La DCCP verificará que el precio sea menor al mejor precio ofrecido por el proveedor a sus clientes, mediante un número representativo de facturas, listados públicos u otros documentos que estime necesarios, y que deberá presentar el adjudicatario solicitante.

Para los siguientes solicitantes, que deseen incorporar productos o ítems que se hubieren incorporado, con motivo de la aplicación del presente numeral, se aplicará la fórmula de evaluación del criterio precio, contemplada en estas bases, comparando el mejor precio del producto o ítem idéntico vigente en el Catálogo, con el nuevo que se ha solicitado incorporar. El resultado que obtenga el producto o ítem solicitado incorporar, deberá ser igual o superior al puntaje mínimo exigible para resultar adjudicado.

5. Mejorar las condiciones comerciales ofrecidas, tales como disminuir los precios de los productos o ítems, disminuir los plazos de entrega de los servicios, ya sea para algunas o todas las regiones ofrecidas, la incorporación de otros servicios adicionales sin costo y la ampliación de la cobertura a otras regiones bajo las mismas o mejoradas condiciones comerciales.

Los proveedores adjudicados no podrán solicitar la incorporación en el Catálogo de aquellos ítems o productos que luego del proceso de evaluación de las ofertas, hayan resultado desestimados (no adjudicados).

Las actualizaciones de los productos o ítems adjudicados señalados precedentemente, deberán solicitarse a través de las herramientas que la DCCP destine para dichos efectos, en el back office del catálogo electrónico, habilitado para los proveedores adjudicados de convenio marco.

La DCCP realizará un análisis de las solicitudes, debiendo consultar la opinión de la DNSC. La DCCP podrá aceptar o rechazar dichas solicitudes, o bien, acordar modificaciones con el Adjudicatario, en un plazo de 20 (veinte) días hábiles, contados desde su recepción. El silencio de la DCCP, transcurrido el plazo antes referido, se entenderá como aceptación de la solicitud.
Sanciones
Los adjudicatarios podrán ser sancionados con una o más de las siguientes medidas:

1.- Multas: El Adjudicatario podrá ser sancionado por las Entidades contratantes con el pago de multas por atrasos en la provisión de los servicios. Las multas por atraso se aplicarán por cada día hábil de atraso, y se calcularán como un 2% del valor de los servicios solicitados, respecto del plazo de entrega acordado, con un tope de 5 días hábiles.

Procedimiento para aplicación de multas:

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario, por carta certificada, indicando, la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva resolución o acto administrativo aplicando la multa.
 
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de diez días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, comunicándose a través de fax o carta certificada al adjudicatario o a su Representante Legal, en el caso de las personas jurídicas, y al coordinador del convenio.

Cobro de la multa:

Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicha resolución o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa.

El monto de las multas será rebajado del pago que la Entidad deba efectuar al adjudicatario en las facturas o boletas más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente.

El no pago de la multa, dentro de los plazos establecidos, faculta a la Entidad, para requerir a la DCCP, la ejecución de la garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento. Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto de la Entidad.


Procedimiento de Reposición:

El adjudicatario dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, si hubiere sido notificado por fax, o de ocho días hábiles, a contar de la fecha de recepción de la carta certificada, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.

El jefe superior de la respectiva Entidad o la autoridad que sea competente, resolverá dentro de cinco días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la Reposición. Se notificará dicha resolución o acto administrativo al Director de la DCCP.
 
2.- Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico: El Adjudicatario podrá ser sancionado por la DCCP con la suspensión temporal en el Catálogo Electrónico de todos o parte de los productos que tiene en el presente Convenio Marco, en los siguientes casos:
 
i. No entrega de la información solicitada para catalogación de los ítems o productos en los plazos convenidos.

ii. Atraso en la entrega de los ítems o productos, superiores a 5 días hábiles desde el cumplimiento del plazo ofertado y/o acordado, según corresponda. Cabe señalar que en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será de 2 veces el tiempo que se incurrió en atraso.
 
iii. 3 reclamos mensuales de una o más Entidades. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será por un período de 7 días corridos.
 
iv. Rango de entre 4 y 6 reclamos mensuales de una o más Entidades. Cabe señalar que, en este caso, el tiempo de suspensión temporal en el catálogo será por un período de 15 días corridos. La sanción se hará efectiva durante el mes siguiente a aquel en el cual se verificaron los señalados reclamos.

v. No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en el caso de la prórroga del convenio marco, de acuerdo a lo establecido en el punto 11 “Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”, sección “Plazo de Vigencia del Convenio Marco”, de las presentes bases. Para estos efectos, se considera renovación oportuna la entrega dentro del plazo de 5 días hábiles antes del vencimiento de la garantía, de una nueva, con las mismas características que la anterior, que la reemplace, por todo el periodo de vigencia que corresponda.

En los casos i y v la suspensión temporal se extenderá hasta que se subsane la situación que da origen a la aplicación de la sanción.

3.- Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato:

El Adjudicatario podrá ser sancionados por la DCCP con el cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato, en los siguientes casos:
 
i. No pago de multas dentro del plazo establecido, a requerimiento fundado de las Entidades.
 
ii. Más de 6 reclamos mensuales de una o más Entidades.

iii. Aplicación de 2 o más veces de alguna de las sanciones establecidas, a requerimiento fundado de una o más Entidades.

iv. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los ítems o productos adjudicados, establecidas en este convenio marco, a requerimiento fundado de las entidades.

v. Incumplimiento de las obligaciones impuestas por las Bases y el Contrato, a requerimiento fundado de las Entidades o a iniciativa de la DCCP por esta misma causa, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.

En el caso de los reclamos, la DCCP se reserva el derecho de revisar que aquéllos sean válidamente emitidos, los cuales serán informados al Adjudicatario.
Procedimiento para Aplicación de Sanciones
Para que la DCCP proceda a aplicar al Adjudicatario la sanción de Suspensión Temporal del Catálogo Electrónico o la del Cobro de la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato, deberá seguirse el siguiente procedimiento:

La Entidad afectada deberá remitir a la DCCP un oficio, donde conste lo siguiente:
 -Número de la Orden de Compra.
-Fecha de emisión de la Orden de Compra.
-Razones que fundamentan la solicitud de aplicación de la sanción requerida.
-Explicación del proveedor, si la hubiere.
-Copia de la Orden de Compra.
-Solicitud expresa a la DCCP de la aplicación de alguna de las sanciones establecidas en el presente convenio.

En el caso de retraso en la entrega de los productos, deberá indicarse, además:

-La identificación de los servicios con rezago.
 
-El valor o monto de los servicios rezagados.
 
-Los días hábiles de atraso en la provisión de los servicios.

Una vez que la DCCP reciba el oficio señalado podrá, dentro de los siguientes 7 días hábiles, consultar o solicitar más antecedentes a la entidad reclamante y/o al proveedor, quienes deberán responder en un plazo no mayor a 7 días hábiles; La DCCP resolverá sobre la aplicación de la sanción en un plazo no superior a los 30 días hábiles contados desde la recepción del respectivo oficio, o bien, desde la recepción de la respuesta de la entidad reclamante o del proveedor, según sea el caso.

En caso que la DCCP aplique alguna de las sanciones establecidas en el presente convenio, lo realizará por resolución fundada.
Término Anticipado del Convenio Marco
El Convenio Marco podrá terminarse anticipadamente por la DCCP, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las siguientes causales:
 
i. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
 
ii. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de una o más de sus obligaciones, que importe una vulneración a los elementos esenciales del convenio marco, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y/o que dicho incumplimiento le genere a la DCCP o a la respectiva Entidad contratante un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
 
iii Quiebra o el estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas.

iv. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del presente convenio marco, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a una entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad compradora.

b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución del presente convenio marco.

c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del contrato en detrimento de la respectiva Entidad pública.

v. No entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el punto 10 “Naturaleza y Montos de Garantía” de las bases de licitación.

vi. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Para concretar lo indicado en el párrafo precedente, la DCCP notificará por escrito al adjudicatario, con un aviso previo de 10 (DIEZ) días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el adjudicatario deberá satisfacer íntegramente las órdenes de compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado, las cuales, a su vez, deberán ser íntegramente pagadas por las respectivas Entidades.

En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para el Adjudicatario. De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, además del término anticipado del convenio marco, procederá el cobro de la garantía de fiel cumplimiento por parte de la DCCP.
Del Pago
Para efectos de tramitar el pago, los servicios públicos deben considerar lo siguiente:

Una vez aprobados los servicios prestados por la Consultora Externa Especializada, se emitirá la Orden de Compra de Convenio Marco, a través del sistema. El pago será efectuado dentro de los 30 días siguientes, contados desde la recepción conforme de la Factura respectiva

El pago de los servicios de búsqueda y evaluación será en pesos chilenos, calculados de la conversión del valor de la UF al día de la fecha de emisión de la Orden de Trabajo.

Cabe señalar que, cuando del cálculo del valor de los servicios prestados convertidos a pesos chilenos, resulten un número con decimales, este se redondeará al número entero más cercano.

El adjudicatario deberá adjuntar a la Factura dicha Orden de Compra para el trámite de pago.

Con todo, la DCCP no es responsable del pago de los ítems o productos que se adquieran o soliciten a través del presente Convenio Marco. Dicha responsabilidad recae únicamente en las Entidades que en cada caso actúen como compradores.

NORMAS ESPECÍFICAS PARA EL CÁLCULO DE PAGO DE LOS SERVICIOS:

I. SERVICIOS DE BÚSQUEDA:

La oferta del servicio y el pago posterior de éste, debe considerar criterios de renta y zona geográfica.

La zona geográfica en la cual se prestarán los servicios se distingue entre:

a) Zonas Extremas: XV, I, XI y XII Regiones.

b) Zona Centro: RM, V y VI Regiones.

c) Otras regiones: II, III, IV, VII, VIII, IX, XIV y X

Cálculo de pago: el pago será calculado de la siguiente forma, según el servicio contratado:

Pago Final Servicio de Búsqueda =
Z*(0,2*W + 0,3*W*N)

Dónde: Z: Ponderador ofertado. Su valor dependerá del nivel de precios del oferente en el mercado y de la zona geográfica en la que se desarrollará el respectivo proceso de selección. Es importante señalar que el ponderador que oferte cada proveedor debe incluir los impuestos a que está afecto el servicio que presta, en caso que esté afecto a algún impuesto. Es decir, la institución pagará por el servicio contratado, solamente el valor resultante de la ecuación antes señalada, valor dentro del cual se considera incluido el IVA o cualquier otro impuesto que resulte aplicable.

W: Renta líquida promedio del cargo.

N: Número de candidato/as entregados por proceso de búsqueda que integren la nómina final.

Por ejemplo: Si la empresa oferta el ponderador Z=2,5, la renta líquida promedio del cargo (W) es de $3.000.000 y el número de candidato/as entregados por proceso de búsqueda (N) que quedan en la nómina es igual a 3, el pago final será:

Pago Final= 2,5 * (0,2 * 3.000.000 + 0,3* 3.000.000 * 3)= $ 8.250.000

Cada oferente deberá tener presente que se cancelará un 20% del valor de la remuneración líquida promedio por el respectivo ponderador, independientemente del número de candidatos/as que se incluyan en la nómina final. Adicionalmente, se cancelará un 30% de la renta líquida promedio por el respectivo ponderador por cada uno de los candidatos que integren la nómina final.

La oferta de este ponderador “Z”, deberá ser realizada en el Anexo CM “Formulario CONVENIO MARCO” disponible en la Ficha electrónica de Oferta.

II.- SERVICIO DE EVALUACIÓN:

Productos: El servicio comprende la entrega de uno o más de los siguientes productos:

1-Análisis Curricular (P1); de un universo de candidatos/as entregados por el Organismo Público a partir del resultado de la convocatoria abierta realizada para el concurso. Se espera que la consultora externa entregue una metodología de análisis curricular - según el perfil definido - durante el proceso de convocatoria, la que debe ser analizada con el Organismo Público una vez terminado el período de convocatoria. Adicionalmente, la empresa consultora deberá entregar una base de datos indicando la calificación de cada candidatos/as y su fundamentación de acuerdo a la metodología definida previamente. Los tiempos de entrega de este producto serán acordados para cada proceso.

2-Evaluación Gerencial (P2); del universo de candidatos/as acotado por el Organismo Público a partir del análisis curricular. En esta etapa, la empresa consultora deberá entrevistar y evaluar a cada candidato/a con el propósito de verificar los antecedentes laborales y académicos como la motivación e interés del candidatos/as por el cargo. Se espera como producto una calificación dicotómica de idoneidad para cada candidatos/as y un informe de aquellos calificados como No Idóneos, el que deberá sujetarse a los lineamentos operacionales diseñados por la Dirección Nacional del Servicio Civil, en virtud de sus atribuciones contenidas en el artículo vigésimo sexto de la ley N° 19.882

3-Evaluación Psicolaboral (P3); son candidatos/as considerados como evaluables en la etapa de Evaluación Gerencial (P2), donde la empresa consultora debe complementar la entrevista anterior con otra en profundidad que considere la evaluación psicolaboral de cada uno de los atributos definidos en el perfil, según la metodología de calificación definido por el Organismo Público. El producto a entregar es un Informe Psicolaboral, incluyendo estudios de referencias laborales y concluyendo la idoneidad del candidato/a para desempeñar el cargo. Los tiempos de entrega de este producto serán acordados para cada proceso. El formato del Informe Psicolaboral así como el de Referencias Laborales deberán sujetarse a los lineamentos operacionales diseñados por la Dirección Nacional del Servicio Civil, en virtud de sus atribuciones contenidas en el artículo vigésimo sexto de la ley N° 19.882

Items:

El respectivo Organismo Público podrá asignar a la consultora externa alguno o todos los ítems que a continuación se detallan:

ÍTEM A: Incluye la entrega de tres productos: Análisis Curricular (P1), Evaluación Gerencial (P2) y Evaluación Psicolaboral (P3).

ÍTEM B: Incluye la entrega de dos productos: Evaluación Gerencial (P2) y Evaluación Psicolaboral (P3).

ÍTEM C: Incluye la entrega de un producto: Análisis Curricular (P1), Evaluación Gerencial (P2) o Evaluación Psicolaboral (P3).

La oferta del servicio y el pago posterior de éste, debe considerar criterios de renta y zona geográfica.

La zona geográfica en la cual se prestarán los servicios se distingue entre:

a) Zonas Extremas: XV, I, XI y XII Regiones.
 
b) Zona Centro: RM, V y VI Regiones.

c) Otras regiones: II, III, IV, VII, VIII, IX, XIV y X

Cálculo de pago: El pago será calculado de la siguiente forma, según el ÍTEM contratado:
 
PAGO FINAL ÍTEM A (P1+P2+P3)=
B*(0,2UF*N1 + 2UF*N2 + 3,5UF*N3)

Donde:

B: Ponderador ofertado. Su valor dependerá del nivel de precios del oferente en el mercado y de la zona geográfica en la que se desarrollará el respectivo proceso de selección. Es importante señalar que el ponderador que oferte cada proveedor debe incluir los impuestos a que está afecto el servicio que presta, en caso que esté afecto a algún impuesto. Es decir, el Organismo Público pagará por el servicio contratado, solamente el valor resultante de la ecuación antes señalada, valor dentro del cual se considera incluído el IVA o cualquier otro impuesto que resulte aplicable.

N1: Es el número de CV analizados, evaluados y calificados en primera instancia, según el perfil de selección del cargo. Los resultados de este análisis serán reportados en el informe denominado P1.

N2: Es el número de informes P2 correspondientes a los candidato/as que concluyen su participación en la etapa de evaluación gerencial previo análisis del respectivo Organismo Público.

N3: Es el número de informes P3 correspondientes a los candidato/as que se les ha aplicado la evaluación psicolaboral, previo análisis del Organismo Público.

Ejemplo: Si la empresa oferta el ponderador 1,2 y el proceso incluyó el análisis curricular de 100 candidatos/as, 25 informes P2 y 10 informes P3, a un valor de la UF= $ 22.000, el pago final será:

Pago final= 1,2* (0,2 UF* 100+ 2 UF * 25 + 3,5 UF * 10) = $2.772.000 aprox.


Incentivo por candidatas(os) en nómina:

En caso que el proceso de Evaluación considere, adicionalmente y en forma simultánea, el servicio de búsqueda con una segunda consultora, la empresa de evaluación tendrá un incentivo por cada candidato que conforme nómina. El pago final será:

Pago Final ÍTEM A (con Servicio de Búsqueda) =

B*(0,2UF*N1 + 2UF*N2 + 3,5UF*N3) + 0,15*W*N4

Dónde:

B: Ponderador ofertado. Su valor dependerá del nivel de precios del oferente en el mercado y de la zona geográfica en la que se desarrollará el respectivo proceso de selección. Es importante señalar que el ponderador que oferte cada proveedor debe incluir los impuestos a que está afecto el servicio que presta, en caso que esté afecto a algún impuesto. Es decir, el Organismo Público pagará por el servicio contratado, solamente el valor resultante de la ecuación antes señalada, valor dentro del cual se considera incluido el IVA o cualquier otro impuesto que resulte aplicable.

N1: Es el número de CV analizados, evaluados y calificados en primera aproximación, según el perfil de selección del cargo. Los resultados de este análisis serán reportados en el informe denominado P1.

N2: Es el número de informes P2 correspondientes a los candidato/as que concluyen su participación en la etapa de evaluación gerencial previo análisis del Organismo Público.

N3: Es el número de informes P3 correspondientes a los candidato/as que se les ha aplicado la evaluación psicolaboral, previo análisis del Organismo Público.

W: Renta líquida mensualizada del cargo.

N4: Número de candidato/as que integren la nómina final.

Ejemplo: Si la empresa oferta el ponderador 1,2 y el proceso incluyó el análisis curricular de 100 candidatos/as, 25 informes P2 y 10 informes P3, con 1 candidato en nómina, en un cargo de renta líquida promedio de $2.600.000, a un valor de la UF= $ 22.000, el pago final será:

Pago final= 1,2* (0,2 UF* 100+ 2 UF * 25 + 3.5 UF * 10) + 0,15 *3.000.000 = $ 3.222.000 aprox

PAGO FINAL ÍTEM B (P2+P3) = C*(2UF*N2 + 3.5UF*N3)

Dónde:
 
C: Ponderador ofertado. Su valor dependerá del nivel de precios del oferente en el mercado y de la zona geográfica en la que se desarrollará el respectivo proceso de selección. Es importante señalar que el ponderador que oferte cada proveedor debe incluir los impuestos a que está afecto el servicio que presta, en caso que esté afecto a algún impuesto. Es decir, el Organismo Público pagará por el servicio contratado, solamente el valor resultante de la ecuación antes señalada, valor dentro del cual se considera incluido el IVA o cualquier otro impuesto que resulte aplicable.

N2: Es el número de informes P2 correspondientes a los candidato/as que concluyen su participación en la etapa de evaluación gerencial previo análisis del respectivo Organismo Público.

N3: Es el número de informes P3 correspondientes a los candidato/as que se les ha aplicado la evaluación psicolaboral, previo análisis del respectivo Organismo Público.


ÍTEM C (P1 o P2 o P3): Incluye la entrega de un solo producto: Análisis curricular o Evaluación gerencial o Evaluación psicolaboral. Este Servicio debe obligatoriamente ser declarado en la oferta.

Además sólo para este servicio, la empresa consultora presentará la propuesta económica en Unidades de Fomento (UF) para cada uno de los productos: Análisis curricular (P1), Evaluación gerencial (P2) y/o Evaluación psicolaboral (P3). La empresa podrá presentar propuestas para todos los productos (P1, P2 y P3) o sólo para algunos de éstos.

El valor UF a consignar deberá ser expresado en números con un máximo de un decimal , en valores que incluyan impuestos a los que se encuentra afecto y.

Para efectos de la presentación de los valores en cada producto individual, el oferente deberá indicar valores individuales por zonas geográficas y rangos de cantidad si fueran necesarios.

Ejemplo: Sólo se presenta oferta por Evaluación Psicolaboral (P3) en 2 zonas:

 N° Informes

Valor individual Zona Centro

Valor individual Zona Extrema

0-5

UF 4

UF 6

6-15

UF 3,5

UF 5

16

UF 3

UF 5


Es importante señalar que el valor que oferte cada proveedor debe incluir los impuestos a que está afecto el servicio que presta, en caso que esté afecto a algún impuesto. Es decir, el Organismo Público pagará por el servicio contratado, solamente el valor resultante de cantidad por el valor individual indicado en la tabla anterior, valor dentro del cual se considera incluido el IVA o cualquier otro impuesto que resulte aplicable.

Finalmente, es importante indicar que todas las ofertas de los servicios deberán ser formuladas en el Formulario Convenio Marco de la Ficha Electrónica de Oferta y que las consultoras externas no están obligadas a presentar ofertas económicas en todas las Zonas Geográficas. Sin embargo, cada oferente al elegir una Zona Geográfica está obligado a ofertar para los tres ÍTEMS indicados (ÍTEM A, B y C). En caso que el proveedor omita alguno de los tres ítem en alguna zona, su oferta podrá ser desestimada.
Confirming
Las Entidades contratantes podrán otorgar a los proveedores respectivos, la opción de acceder al sistema de liquidación de facturas habilitado al efecto por la Dirección de Compras y Contratación Pública, con el fin de que se les anticipen sus respectivos pagos por parte de entidades financieras que participen del mismo.
Plazo de Vigencia del Convenio Marco
El convenio entrará a regir a contar de la total tramitación de la resolución de la DCCP que lo apruebe y su vigencia se extenderá hasta que se cumplan 36 meses desde la total tramitación de la resolución de adjudicación, a menos que cualquiera de las partes manifieste su intención de ponerle término, mediante el envío de carta certificada con a lo menos 40 días corridos de anticipación.

La DCCP, con la antelación suficiente, procederá a licitar nuevamente este Convenio Marco. Con todo, si por causas no imputables a ella, el proceso se extendiese más allá de los límites previstos, podrá prorrogar este convenio sólo por el tiempo en que se procede a un nuevo proceso de licitación, para un nuevo Convenio Marco, lo cual no podrá superar los 9 meses.
Coordinador del Convenio Marco
El Adjudicatario deberá nombrar un coordinador del Convenio Marco, el que deberá ser informado a través del formulario que la DCCP destine para estos efectos, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la firma del presente convenio.

En el desempeño de su cometido deberá:

1. Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Convenio.

2. Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes.

3. Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio.

4. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación de este convenio con la Institución que requiera sus servicios.

Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado a la DCCP, por el representante legal del Adjudicatario.
Responsabilidad del Adjudicatario
Durante la vigencia del Convenio Marco el Adjudicatario deberá administrar y mantener el catálogo de servicios adjudicados, lo cual implicará las siguientes responsabilidades:

1.- Entregar toda la información que sea necesaria para la catalogación de los ítems o productos adjudicados, tales como descripciones, especificaciones, fotografías u otros datos que correspondan, en los plazos y formatos establecidos por la DCCP. Para estos efectos, el Adjudicatario podrá trabajar en forma directa, o a través de alguna fábrica de contenidos disponible en el mercado, cuya elección será de su absoluta responsabilidad.

2.- Disponer de los recursos humanos y técnicos que sean necesarios para mantener actualizados los productos catalogados y sus respectivas condiciones comerciales, asegurando que las Entidades dispongan siempre de los mejores precios y de listas de productos vigentes, de manera de evitar problemas por discontinuidad o por falta de stock.

3.- Incorporar al catálogo aquellos ítems o productos licitados en este proceso y adjudicados al proveedor, de los cuales se tenga conocimiento que son de interés de las Entidades.

4.- Conocer y operar adecuadamente el sistema de administración de Catálogo, disponible para los proveedores de Convenio Marco, a través del sitio www.mercadopublico.cl.

5.- Responder y gestionar, según corresponda, todos los casos de reclamos y/o consultas reportados por la DCCP y/o las Entidades, en un máximo de 24 horas corridas.

6.- Los proveedores deberán asegurar la catalogación de su oferta, disponiendo de los recursos humanos necesarios para que esto se materialice.
Comportamiento ético del Adjudicatario
El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los productos que resulten adjudicados en la presente propuesta, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito a una Entidad licitante, o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético.
Concordancia entre el servicio ofertado y el servicio entregado.
El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el Servicio, de acuerdo a las especificaciones técnicas, que haya declarado en su oferta. La DCCP podrá en todo momento, requerir información a las Entidades compradoras acerca del cumplimiento de la presente cláusula, por sí o a través de asociaciones vinculadas a la industria.
Conflicto de intereses
En el caso que una empresa consultora presente un candidato/a para un concurso que tenga algún grado de parentesco o relación con los dueños, directores, representantes, administradores o socios o personal de la firma consultora, según el artículo 54 de la ley de bases de la administración del Estado, para efectos de transparencia, esta situación deberá ser informada a la DCCP.
Confidencialidad, igualdad, no discriminación, mérito
Los proveedores adjudicados deben dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información de los candidato/as como de los procesos de selección y toda información que los representantes, el personal y/o sus sub -contratados conozcan con ocasión de la ejecución de los servicios convenidos, será considerada confidencial, quedando prohibida su difusión por cualquier forma o medio durante la vigencia del presente convenio o después de su finalización salvo expresa autorización de la Entidad involucrada.

También les cabe resguardar la igualdad, no discriminación y mérito en cada uno de los procesos de evaluación o búsqueda que lleven a cabo.

Para garantizar lo anterior las empresas adjudicadas firmaran un Acuerdo de Confidencialidad.