Licitación ID: 48-41-LQ18
Servicio asesoria ITO const. ciclovia La Bandera
Responsable de esta licitación: SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA, SERVIU Metropolitano
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 4
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
Servicio de asesoría para la inspección técnica de obras de Construcción Ciclovía La Bandera - La Cisterna y San Ramón, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas establecidas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio asesoria ITO const. ciclovia La Bandera
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SERVIU Metropolitano llama a Licitación Pública para contratar “servicio de asesoría para la inspección técnica de obras de Construcción Ciclovía La Bandera - La Cisterna y San Ramón”, con el propósito de contar con un apoyo técnico y especializado en las funciones de fiscalización y control que debe ejercer la ITO durante la ejecución de las obras relacionadas a la Construcción Ciclovía La Bandera - La Cisterna y San Ramón.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION AREA METROPOLITANA
Unidad de compra:
SERVIU Metropolitano
R.U.T.:
61.812.000-7
Dirección:
Serrano 45 Piso Subterraneo - Bodega (29013342)
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-06-2018 15:00:00
Fecha de Publicación: 17-05-2018 12:17:52
Fecha inicio de preguntas: 17-05-2018 13:00:00
Fecha final de preguntas: 29-05-2018 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 31-05-2018 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-06-2018 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-06-2018 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 12-07-2018 17:53:55
Fecha de entrega en soporte fisico 07-06-2018
Fecha estimada de firma de contrato 23-07-2018
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 4 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Presentación de Ofertas: Los oferentes que deseen participar de este proceso licitatorio deberán ingresar electrónicamente su oferta (Administrativa, Técnica y Económica) al Portal www.mercadopublico.cl según lo indicado en las presentes bases. Todos o parte de los antecedentes solicitados para ofertar, pueden estar acreditados en Chileproveedores, en cuyo caso no será necesario adjuntarlos a la oferta. Los oferentes deben constatar que el envío de sus antecedentes a través del sitio www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes requeridos. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar esta información, deberá contactarse de inmediato con la Mesa de Ayuda del Portal www.mercadopublico.cl, Fono: 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas, especialmente en el evento de existir indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá acreditarse conforme a los requisitos, procedimiento y plazos señalados en el propio Reglamento de la Ley Nº 19.886/2003 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. Cabe destacar que, cuando se ha ingresado correctamente la oferta, el mismo Portal permite imprimir un Comprobante de Envío de Oferta que, ante cualquier evento, certifica el ingreso de las ofertas en el Sistema. Queda prohibido a los oferentes tomar contacto con el SERVIU Metropolitano o con sus funcionarios, con motivo de la presente licitación, durante el curso del proceso, con excepción de la entrega de la garantía de seriedad de la oferta y de las preguntas y respuestas, las que deberán formularse y responderse a través del mecanismo establecido para estos efectos en el sistema de información.
2.- Antecedentes Administrativos: Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes administrativos: a) Todos los oferentes deberán completar, firmar y adjuntar Anexo N°1, declaración jurada simple referida a las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, si esta declaración se encuentra acreditada en Chileproveedores no será necesario adjuntarla. b) Aquellos oferentes que sean personas Jurídicas deberán además completar, firmar y adjuntar Anexo N°2, declaración jurada simple referida al Art. 8 y 10 de la Ley Nº 20393, si esta declaración se encuentra acreditada en Chileproveedores no será necesario adjuntarla.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes Técnicos: Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes técnicos: a) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°3, experiencia del oferente. b) Adjuntar certificados que acrediten la experiencia del oferente en la ejecución y término de contratos con entidades públicas o privadas en asesorías a la inspección técnica de obras de pavimentación, sea de al menos 1 año (12 meses). Estos certificados de ejecución y término de contratos de asesorías deben ser emitidos por las Empresas mandantes (Públicas: por el Jefe de área técnica y ministro de fe, según corresponda; o Privadas: por el representante legal de la empresa) de los contratos de asesorías, especificando fechas de inicio y término de los contratos, escaneado en copia fiel de la original legalizada ante notario. c) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°4, experiencia Individual del equipo asesor. d) Adjuntar los curriculum del equipo que conformará la asesoría, los cuales deben indicar claramente los periodos de tiempo (en meses al menos) de la experiencia; y los certificados de título de cada integrante, los cuales deben ser escaneados en copia fiel del original legalizado ante notario escaneado. e) Completar, firmar y adjuntar Anexo N°5, carta compromiso del equipo profesional. f) Adjuntar descripción de la metodología de trabajo que empleará la asesoría para cumplir las tareas solicitadas, conteniendo un enfoque conceptual con el detalle de las tareas a realizar y la participación del Plan de Trabajo en diagrama Gantt, con plantel de profesionales ofrecido. Indicando las tareas y actividades a realizar
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes Económicos: El oferente debe ingresar la oferta económica a través del Portal Mercado Público, en los campos diseñados para estos efectos. El valor ingresado debe corresponder al precio total neto del servicio requerido de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas, y estar expresado en pesos chilenos ($), sin cifras decimales y sin considerar reajuste e intereses. En la oferta económica estarán incluidos todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él, y que el oferente tenga que efectuar para prestar el servicio con estricto apego a las especificaciones técnicas definidas. El oferente deberá señalar claramente en el “Campo Especificaciones del Proveedor” al momento de ingresar su oferta económica en el Portal Mercado Publico, si el precio total neto del proyecto estará: Afecto a IVA, Exento de IVA o se debe agregar la Retención de Impuesto si entrega Boleta de Honorarios. Completar, firmar y adjuntar Anexo N°6, formulario oferta económica. Los valores ingresados en este Anexo deben ser coincidentes con los ingresados al Portal Mercado Público, en caso de existir diferencia primará la oferta ingresada en el Portal Mercado Público.
2.- Antecedentes Físicos: Entregar garantía de Seriedad de la Oferta de acuerdo a lo establecido en el punto “Naturaleza y Montos de las Garantías”. La no presentación de este documento por parte del oferente, implicará un rechazo de su oferta al momento de realizar la apertura administrativa-técnica a través del Portal www.mercadopublico.cl.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Antecedentes Legales para ser Contratado : Ver punto 5, Resolución adjunta.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Antecedentes Legales para ser Contratado : Ver punto 5, Resolución adjunta.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 a) Oferta Técnica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 10%
2 b) Precio u Oferta Económica La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 85%
3 c) Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta La metodología empleada para seleccionar las ofertas se encuentra detallada en el punto “Otras Cláusulas - Metodología de Evaluación”, de las presentes Bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 31.02.002 30442882-0
Monto Total Estimado: 97213000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El contrato se inicia el día de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Tiempo del Contrato 240 Días
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Maria Gamboa Rojas
e-mail de responsable de pago: mgamboar@minvu.cl
Nombre de responsable de contrato: Marcela Romo Avendaño
e-mail de responsable de contrato: mromoa@minvu.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-29013244-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación parcial de del servicio requerido, producto de la responsabilidad de su íntegro cumplimiento.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 06-09-2018
Monto: 3000000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá presentar boleta bancaria, vale a la vista, póliza de seguro, depósito a plazo o cualquier otra forma de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Oferente y tenga el carácter de irrevocable. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónicamente. Para el caso de formato electrónico deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, según corresponda, en cuyo caso deberá adjuntarse el documento electrónico en los Anexo Administrativos de la oferta en el Portal Mercado Publico. Para el caso de formato físico deberá ser ingresada en la Sección Control de Gestión de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales de SERVIU Metropolitano, ubicada en Serrano N°45 - piso Zócalo ala sur, indicando el número de ID de la licitación, en horario de atención de público de 09:00 a 14:00 hrs hasta la fecha de cierre de recepción de ofertas establecida en el punto “Etapa y Plazos” de la presentes bases.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación: Servicio de asesoría para la inspección técnica de obras de Construcción Ciclovía La Bandera - La Cisterna y San Ramón.
Forma y oportunidad de restitución: Es responsabilidad de los oferentes retirar la garantía de Seriedad de la Oferta en el Departamento de Contabilidad del SERVIU Metropolitano. Al adjudicatario se le devolverá esta garantía una vez que haya entregado la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y que se encuentre totalmente tramitada la resolución que apruebe el respectivo contrato suscrito con él. A los oferentes cuyas propuestas hayan sido declaradas inadmisibles se les restituirá esta garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que da cuenta de la adjudicación realizada en el Portal Mercado Publico. A aquellos oferentes a quienes no se les adjudique la licitación se les restituirá esta garantía una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato con el oferente seleccionado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: SERVIU Metropolitano
Fecha de vencimiento: 18-06-2019
Monto: 5 %
Descripción: El oferente deberá presentar vale a la vista, póliza de seguro, depósito a plazo o cualquier otra forma de garantía que asegure su pago de manera rápida y efectiva, sea pagadera a la vista, sea tomada por uno o varios integrantes del Adjudicatario y tenga el carácter de irrevocable. La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el porcentaje a caucionar. Esta caución o garantía podrá otorgarse en forma física o electrónicamente, según corresponda, y deberá ser ingresada a SERVIU Metropolitano dentro de los 5 días hábiles siguientes de notificada su adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl. Para el caso de formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Para el caso de formato físico, deberá entregarse en el la Sección Control de Gestión de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales de SERVIU Metropolitano, ubicada en Serrano N°45 - piso Zócalo ala sur, indicando el número de ID de la licitación.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de: Servicio de asesoría para la inspección técnica de obras de Construcción Ciclovía La Bandera - La Cisterna y San Ramón.
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, será devuelta una vez ejecutada de manera íntegra y oportuna todas las obligaciones contraídas por parte del adjudicatario en conformidad a la presente licitación y al contrato, una vez transcurridos los 90 días corridos posteriores fijados para el término del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Otras Cláusulas

            Presentación de las Ofertas

Los oferentes por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.

El oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl.

Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.

9.2.     Apertura de las Ofertas

La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en dos etapas, una respecto de las ofertas administrativas-técnicas y otra respecto de las ofertas económicas.

Los actos de aperturas de las ofertas administrativa-técnica y económicas se efectuarán a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl, según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.

La apertura de las ofertas administrativa-técnica sólo se efectuará en relación a los oferentes que hubiesen entregado oportunamente garantía por seriedad de la oferta.

La apertura de las ofertas económicas solo procederá respecto de aquellos oferentes que cumplan con la evaluación de la oferta técnica. Para lo anterior, la Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación Técnica identificando aquellos oferentes que hubieren calificado su oferta técnica a fin de proceder a la apertura económica, instancia en que será publicada dicha evaluación en el Portal www.mercadopublico.cl.

9.3.     Metodología de Evaluación

La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por al menos tres funcionarios del Servicio, designados por el Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, Subdirector Jurídico y el Subdirector de Administración y Finanzas, mediante Ordenes de Servicio.

Los miembros de la comisión evaluadora, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva.

Las ofertas ingresadas al Portal, se evaluarán en dos instancias, una después de la apertura administrativa-técnica y otra después de la apertura económica. En ambas etapas la Comisión Evaluadora emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo, se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas en cada etapa, las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio, si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de los oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.  Ambas actas serán publicadas en el Portal www.mercadopublico.cl.

Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen los oferentes a través del Portal Mercado Publico, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso se establecen.

SERVIU Metropolitano podrá solicitar a los Oferentes, a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera e esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl.

SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal Mercado Publico, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.

Las ofertas se evaluarán por proveedor, aplicando la siguiente metodología de evaluación:

9.3.1.  Evaluación Técnica

a)     Experiencia del Oferente (A):

En este aspecto se requiere certificar la experiencia del oferente en asesorías a la inspección técnica de obras de pavimentación, el mínimo será de al menos 1 año (12 meses).

Se declarará inadmisible la oferta de un oponente que no entregue certificados o documentos que acrediten la experiencia mínima exigida como Asesorías a la Inspección Técnica de obras de pavimentación, en contratos con entidades públicas o privadas.

ü Se asignará cero (0) punto, si el oferente no entrega certificados o documentos que acrediten la experiencia mínima exigida como Asesorías a la Inspección Técnica de obras de pavimentación, en contratos con entidades públicas o privadas.

ü Se asignará cincuenta (50) puntos, si el oferente entrega certificados o documentos que acrediten una experiencia entre 1 año y 10 años como Asesoría a la Inspección Técnica de obras de pavimentación, en contratos con entidades públicas o privadas.

ü Se asignará setenta (70) puntos, si el oferente entrega certificados o documentos que acrediten la experiencia superior a 10 años e inferior a 20 años como Asesoría a la Inspección Técnica de obras de pavimentación, en contratos con entidades públicas o privadas.

ü Se asignará cien (100) puntos, si el oferente entrega certificados o documentos que acrediten la experiencia superior a 20 años como Asesoría a la Inspección Técnica de obras de pavimentación, en contratos con entidades públicas o privadas.

b)     Experiencia del Equipo Profesional y Técnico (B):

En este aspecto se requiere certificar la experiencia del equipo profesional y técnico, por tanto deberá adjuntar curriculum detallado por meses, certificado de título y documentación de respaldo de la experiencia señalada.

El puntaje para los profesionales y técnicos ofertados se calculará de acuerdo a lo siguiente:

ü Se asignará cien (100) puntos, si cada uno de los miembros del equipo profesional cumple la experiencia indicada en Bases Técnicas.

ü Se declarará inadmisible la Oferta si el oferente no entrega los curriculum y certificados de títulos que acrediten la experiencia mínima exigida y profesión correspondiente de alguno de los miembros del equipo profesional.

c)     Metodología, Programa y Plan de Trabajo (C):  

ü Se asignará cero (0) punto, si el oferente no entrega una Metodología, Programa  y Plan de Trabajo de acuerdo a las labores a desarrollar.

ü Si entrega Metodología, Programa y Plan de Trabajo la evaluación parcial considerará los siguientes aspectos los cuales se sumarán:

Comprensión de las tareas encomendadas: veinte (20) puntos. Para dar cumplimiento a este punto, se exigirá que la Metodología, Programa y Plan de Trabajo entregado se adecúe a las funciones que la asesoría desarrollará en su labor fiscalizadora.

Programación de las actividades y su secuencia dentro del plan de trabajo: cuarenta (40) puntos. Para dar cumplimiento a este punto, se exigirá que la Programación de las actividades sean concordantes con el desarrollo de las obras a inspeccionar, demostrando conocimiento en el tema.  

     

Calidad de la metodología propuesta para controlar la buena realización de los         trabajos encomendados: cuarenta (40) puntos. Para dar cumplimiento a este punto, se exigirá que la metodología propuesta demuestre eficiencia y eficacia, en la función a desarrollar por la asesoría, en relación a la aplicación de sus funciones al desarrollo de las obras a inspeccionar.

d)     Proponer Mejoras (D):  

Se evaluará en cuanto a las técnicas, sistemas, equipos, profesionales, etc propuestos como mejoras a los requerimientos señalados en las bases. Se entenderá por propuesta de Mejoras cuando el oferente agrega algo adicional, ya sea un sistema nuevo, equipos electrónicos, profesionales u otro elemento que no se encuentre solicitado por bases y que ayude a una mejor calidad o cantidad en el proceso de inspección técnica de las obras.

ü Se asignará cero (0) punto, si el oferente no entrega propuesta de Mejoras a los requerimientos señalados por bases.

ü Se asignará cien (100) puntos, si el oferente entrega propuesta de Mejoras a los requerimientos señalados por bases.

e)     Cálculo de Puntaje Evaluación Técnica:

Para el cálculo del puntaje de evaluación de la Oferta Técnica, se ponderarán cada uno de los aspectos mencionados en las letras a), b), c) y d) precedente, según la siguiente expresión:

POT = A * 0,30 + B * 0,40 +C * 0,20 + D * 0,10

Donde:

ü POT: Puntaje Oferta Técnica

ü A: Experiencia del Oferente

ü B: Experiencia del Equipo Profesional y Técnico

ü C: Metodología, Programa y Plan de Trabajo

ü D: Proponer Mejoras

Los oferentes que obtengan un Puntaje Oferta Técnica (POT) inferior a 70 puntos, no pasarán a la etapa de Evaluación Económica y Final.

9.3.2.  Evaluación Económica y Final

La Comisión Evaluadora considerará para los efectos de su evaluación económica y final cada uno de los siguientes aspectos, a evaluarse en base a una escala de 0 a 100 puntos:

a)        Precio:

Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Precio = (Oferta menor valor/Oferta en evaluación)*100

Donde:

ü Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.

ü Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.

b)     Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta:

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. Mientras que el oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio.

c)     Cálculo Puntaje Total Ponderado:

Para el cálculo del puntaje de evaluación económica y final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio oferta técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 10%, al puntaje obtenido en el criterio precio (PP) se le aplicará una ponderación de un 85% y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5% para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:

PTP = POT * 0,10 + PP * 0,85 + PCRFO * 0,05

Donde:

ü PTP: Puntaje Total Ponderado.

ü POT: Puntaje Oferta Técnica.

ü PP: Puntaje Precio.

ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.

La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje se adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la oferta económica más baja. En caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al oferente que haya obtenido mayor puntaje en criterio oferta técnica. Finalmente en caso de persistir el empate se adjudicará la licitación al proveedor que resulte favorecido en un sorteo realizado ante el Ministro de Fe de SERVIU Metropolitano.

Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo detallado de los puntajes de cada uno de los oferentes de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.

9.4.     Adjudicación

SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.

La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todos los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto  “Etapas y Plazos” de la presentes bases.

SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

9.5.     Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación

SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna.

9.6.     Suscripción del Contrato

Una vez transcurrido el período para que el adjudicatario entregue los antecedentes legales para ser contratado, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el cual deberá suscribir el adjudicatario una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de éste presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (ver punto “Antecedentes Legales para ser Contratado” de las presentes bases).

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder, y readjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso de que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable al adjudicatario como: la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, acreditar inscripción vigente en el Registro de Consultores del MINVU, no entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento dentro del plazo establecido.

9.7.     Del Contrato

9.7.1.  Documentos Integrantes del Contrato

Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones a las Bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por el oferente adjudicado, los documentos anexos a ella y la oferta económica.

9.7.2.  Gastos del Contrato

Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de este, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo del oferente adjudicado.

9.7.3.  Cobros Adicionales

SERVIU Metropolitano bajo ningún término pagará: intereses, reajustes, multas, fletes, bodegaje o almacenamiento, cargos y/o cualquier partida adicional que recargue el precio de lo ofertado.

9.7.4.  Responsabilidad del Oferente Adjudicado

El proveedor adjudicado deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar al SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que este pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien para estos efectos podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y/o a descontarlos de los pagos al proveedor.

En caso que el proveedor adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor adjudicado acreditar al SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 ó F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Si por cualquier razón, el SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el adjudicatario deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU Metropolitano para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.

Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del adjudicatario.

9.7.5.  Confidencialidad

El adjudicatario deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes, reservados o no, que pongan a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios. El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, también respecto de sus dependientes y/o subcontratistas, reservándose el SERVIU Metropolitano el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.

La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario y/o sus dependientes y subcontratistas, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.

9.7.6.  Propiedad Intelectual

Las creaciones intelectuales que el adjudicatario desarrolle con motivo de la presente licitación serán de exclusiva propiedad de SERVIU Metropolitano. En consecuencia, el adjudicatario no podrá disponer o hacer uso, en cualquier forma o tiempo, sin autorización escrita del SERVIU Metropolitano de dichas creaciones, por corresponder ellas al producto del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

El adjudicatario dejará documentado todas las aplicaciones, códigos fuentes, funcionalidades y bases de datos que haya desarrollado con ocasión de los servicios de que da cuenta el presente contrato. En caso de incumplimiento de este punto, SERVIU Metropolitano podrá terminar anticipadamente el contrato, reservándose el inicio de las acciones judiciales que procedan.

9.7.7.  Contraparte Técnica

La I.T.O. ejercerá las funciones de fiscalización técnica y administrativa del servicio licitado, siendo responsable de velar por el efectivo cumplimiento de los términos del contrato. Sus principales funciones son las siguientes:

ü  Revisar y controlar el servicio en forma periódica, formulando las observaciones que resulten procedentes y, disponer las complementaciones o correcciones que estime necesarias.

ü  Verificar el cumplimiento y correcta ejecución del servicio contratado.

ü  Formular los estados pagos, en los términos y plazos establecidos en el respectivo contrato.

ü  Citar a reuniones de coordinación.

9.7.8.  Modificaciones del Contrato

Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Pública y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.

Cualquier modificación que se realice al contrato estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.

9.7.9.  Término Anticipado del Contrato  

Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:

ü  En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo al segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a este, en forma inmediata, administrativa, unilateral, y anticipada, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.

ü  Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por motivo no imputable al adjudicatario, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el proveedor, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.

ü  Si el proveedor, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 ó F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, SERVIU Metropolitano procederá a poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo previsto en el Nº 5 del Artículo 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento, debiendo comunicarse al proveedor por carta certificada, al domicilio fijado por éste en el contrato o convenio respectivo,  quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.   

Las cartas certificadas que envíe el SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, dentro del plazo de 24 horas de dictarse de conformidad al Art. 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.

9.7.10.            Multas

SERVIU Metropolitano podrá aplicar multas al proveedor en los siguientes casos:

ü  En caso de incumplimiento por atraso en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presentes Bases y en el no cumplimiento en el plazo de todas las instrucciones, órdenes y obligaciones impartidas por escrito por la ITO, se aplicará una multa diaria de 3 0/00 (tres por mil) sobre el monto del contrato, hasta que dicha observación se resuelva conforme.

ü  Una multa de 1 UF diaria se aplicará por cada día de atraso en la entrega del (los) Informe(s) relacionado(s) con la inspección, detección de posibles errores u omisiones, avances físicos de las partidas del cuadro de precios compensados o detallados, de los avances físicos de las obras.

ü  Además de lo anterior, se aplicará una multa de 5 UF en cada oportunidad en que no se dé cumplimiento a la presencia del personal de la Asesoría, ya sea en las obras, reuniones, citaciones u otros eventos importantes a juicio de la ITO.

ü  En caso de incumplimiento en el servicio de información a la comunidad, se aplicará una multa diaria de 5 UF.

Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario no podrán sobrepasar en su conjunto el 5% del monto total del contrato en cuyo caso, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, su aplicación será por la vía administrativa, pudiendo descontarlas de los pagos que deba al adjudicatario que se contrate, o bien, aplicarlas con cargo a las garantías respectivas. También el proveedor podrá realizar el pago directo de la multa en Caja, ubicada en Arturo Prat 48 primer piso.

Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento, la ITO dejará constancia del incumplimiento en el Libro de Faenas o mediante correo electrónico al proveedor, quien podrá formular sus descargos, dentro del término de 5 días hábiles de notificado, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en la Ley 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para éste procedimiento.

9.7.11.            Cambio Profesionales

SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de disponer la remoción de uno o más de los integrantes del equipo profesional, si a juicio del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, no se desempeña con la debida eficiencia; probidad o por negligencia o negativa a dar cumplimiento a las instrucciones impartidas.

El cambio de profesional a solicitud de la Asesoría, sólo podrá ser sometido a consideración del Subdirector de Pavimentación y Obras Viales, en casos de fuerza mayor debidamente acreditados, reservándose éste la facultad de aceptar o rechazar el cambio, en cuyo caso no aplicará multa. El o los profesionales de reemplazo no podrán tener inferior calidad técnica ni de experiencia que lo solicitado en las bases

9.7.12.            Domicilio

El adjudicatario deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago.

9.8.     De la Orden de Compra

Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor contratado, identificando el servicio a requerir. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por el proveedor.

9.9.     Del Pago

El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado el adjudicatario en la presente licitación a través del Portal Mercado Público y con el mérito de la Orden de Compra respectiva. El adjudicatario sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano.

El servicio objeto de la presente licitación se pagará mediante Estados de pago cada 30 días corridos, contemplándose 9 estados de pago, y un gasto programado para el año 2018 de $97.213.000, debidamente visados por el Encargado del respectivo contrato y/o por el Jefe del Departamento de Obras de Pavimentación.

Si al último estado de pago mensual se encontrara pendiente la recepción conforme por parte del Encargado del contrato del informe final del servicio de asesoría, se hará una retención al pago equivalente al 5% del monto total del contrato, la cual será devuelta al proveedor una vez recibido satisfactoriamente el informe señalado.

El adjudicatario deberá emitir una Factura ó Boleta de Honorarios a nombre de GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO, RUT: 61.923.200-3, Dirección: Bandera N° 46, comuna de Santiago, giro: ADMINISTRACIÓN PÚBLICA; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la Factura ó Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:

ü  Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) emitido por la Inspección del Trabajo. En el caso que el proveedor no tenga trabajadores contratados, se solicitará el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo.

ü  Antecedentes del proveedor para realizar transferencia electrónica.

ü  Copia de Orden de Compra.

La entrega de la factura se efectuará en las oficinas del GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO, ubicadas en calle Bandera N° 46. Será responsabilidad del adjudicatario entregar oportunamente, para efectos del pago, la factura y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos. Los pagos se harán mediante cheque nominativo, o bien, mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que el proveedor acredite mantener al efecto. Es opción del GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO realizar los pagos, preferentemente a través de transferencia electrónica, si esta opción se encontrare disponible tanto para este como para el proveedor.

Será responsabilidad exclusiva del adjudicatario, en el evento de celebrar un contrato de factoring,  informar o notificar al GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO dentro de la 48 horas siguientes de su celebración, adjuntando los documentos fundantes del caso. El  SERVIU Metropolitano y el GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO no responderán frente a terceros, y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar al proveedor resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la factura, debido a la aplicación de multas, sanciones, reembolsos o pagos que el SERVIU Metropolitano aplique o haga por cuenta del proveedor.

Especificaciones Técnicas

            Objetivos Generales

SERVIU Metropolitano requiere contratar los servicios de Asesoría para la Inspección Técnica de Obras de Construcción Ciclovía La Bandera – La Cisterna y San Ramón.-, para los efectos de contar con un apoyo técnico y especializado en las funciones de fiscalización y control que debe ejercer la ITO durante la ejecución de las obras relacionadas a este convenio.

En virtud de lo anterior, las labores de asesoría se ejercerán en forma permanente durante el desarrollo de las obras, para lo cual la Asesoría, deberá disponer de todos los equipos y elementos físicos de control, necesarios para el adecuado cumplimiento de sus funciones en la totalidad de las obras enunciadas anteriormente, sin perjuicio, que alguna de ellas no sea contratada durante el presente año, situación que será informada a la Asesoría adjudicada y que en ningún caso modificará su oferta.

Asimismo, la Asesoría será la encargada de apoyar a los diferentes I.T.Os de cada una de las obras en las evaluaciones técnicas, replanteos, niveles topográficos, discusión y toma de decisiones, a fin de garantizar la seguridad y calidad de los trabajos que se ejecuten.

2.         Descripción del Servicio de Asesoría Técnica

A continuación, se describen las labores que deberán cumplir el equipo profesional y técnico destinado en la obra denominada “Asesoría para la Inspección Técnica de Obras de Construcción Ciclovía La Bandera – La Cisterna y San Ramón”.

2.1.     Respecto de la Asesoría Técnica a la Inspección de Obras

Las actividades de la Asesoría deberán desarrollarse en forma compatible con la legislación vigente, con las normas técnicas de ingeniería básica y especializada, con los reglamentos vigentes, especificaciones técnicas generales de pavimentación, sin perjuicio del hecho que son de exclusiva competencia del SERVIU Metropolitano las facultades de fiscalización de las obras.

Los servicios que deberá prestar serán los necesarios para una adecuada asesoría para los contratos de ejecución de las obras individualizadas en el punto anterior, entendiéndose que toda la gestión de la Asesoría y los recursos asociados a ella servirán de apoyo integral a la gestión de las I.T.Os. del SERVIU Metropolitano y de sus representantes.

El personal destinado al trabajo en terreno por parte de la Asesoría, será personal con experiencia específica en el trabajo de Inspección de obras de pavimentación, debiendo en consecuencia:

Obtener información de terreno, verificar los avances de obra físicos, verificando niveles trazados y controles de calidad de cada etapa crítica constructiva, de tal forma de permitir un adecuado control de las obras y de sus estados de pagos.

Interpretar información de terreno, realizando los reportes y recomendaciones pertinentes a la ITO.

La información será registrada y reportada en formatos adecuados, indicando fecha, lugar y la evolución en el tiempo de los trabajos.

Será responsabilidad de la Asesoría efectuar en forma periódica el traspaso y mantenimiento a formato digital de toda la información asociada a la obra a lo largo de este contrato. Para ello deberá disponer de todos los elementos necesarios tales como computadores, impresora, scanner, cámaras fotográficas, etc. debiendo entregar al final del contrato, si la ITO lo requiera, dicha información en un dispositivo cuyo formato permita el adecuado almacenamiento y acceso a dicha información.

2.2.     Labores a Realizar por la Asesoría Técnica en Relación con el Contrato

Las actividades de la Asesoría, atendida la naturaleza de las obras, deberán ser: asesorar e informar por el buen cumplimiento de todas las etapas constructivas de las obras contenidas en el contrato de construcción y verificar que éstas se desarrollen en forma compatible con la legislación vigente, con las normas técnicas de la Ingeniería especializada, con las especificaciones correspondientes y con las normas de seguridad y de protección del medio ambiente, emitiendo una opinión fundada y comprometiéndose responsablemente en la elaboración de la documentación de respaldo que sea necesaria, para gestionar a través de la I.T.O. las autorizaciones, aprobaciones, modificaciones o cualquier acción que demande el contrato de construcción, de acuerdo a pautas que entregue la I.T.O. con el objeto de:

ü  Estudiar antecedentes relativos a las Obras.

ü  Llevar registro de las reuniones y otras comunicaciones para la aprobación de los proyectos de desvíos de tránsito y otras coordinaciones de Servicios y entidades estatales tales como Municipios, SEREMITT, UOCT, CONASET, Carabineros de Chile, etc. realizadas por las empresas contratistas.

ü  Estudiar en profundidad cada proyecto y su documentación correspondiente, para dominarlo íntegramente con el objeto de prevenir eventuales inconsistencias, llevando para ello un adecuado control del proyecto durante la ejecución de las obras, debiendo informar oportunamente a la I.T.O. del resultado de esta gestión.

ü  Asesorar a la I.T.O. en la revisión y/o desarrollo a nivel de detalle de Ingeniería los perfeccionamientos que sean necesarios a juicio del SERVIU Metropolitano, sin que esto signifique un costo adicional.

ü  Asesorar a SERVIU Metropolitano en la interpretación de las diversas cláusulas de los contratos celebrados con la empresa contratista y en apego a las Bases Generales Reglamentarias aprobado por D. S. Nº 236/02 (V. y U.) Bases Generales Reglamentarias de contratación de Obras, e informar sobre cualquier anomalía que se produzca y que altere la buena ejecución de las obras.

ü  La Asesoría deberá realizar un análisis crítico de las partidas en ejecución, proponiendo correcciones al proyecto cuando corresponda y evaluando las causas de eventuales problemas en plazo, calidad y/o rendimiento en las obras.

ü  La Asesoría deberá prestar a SERVIU Metropolitano servicios del más alto nivel de calidad y simultáneamente velar por el control preciso de los costos de la obra construida.

ü  Estudiar en profundidad todo lo referente a seguridad establecido en la Resolución N° 1860 de fecha 14.11.85 (Ministerio del Trabajo y Previsión Social), Ley N° 16.744/68 Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decretos N° 40/69 (Ministerio de Trabajo y Previsión Social) Sobre Prevención de Riesgos Profesionales y N° 54/69 (Min. Trabajo y Prev. Soc.) que aprueba el reglamento sobre Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

ü  Verificar el cumplimiento por parte de la empresa contratista de dichas disposiciones, respecto de su personal.

ü  Además estudiar las disposiciones contractuales y todo lo referente a protección del medio ambiente.

ü  La Asesoría deberá prestar movilización permanente a la I.T.O. cuando sea requerida.

2.3.     Labores a Realizar por la Asesoría en Relación con la Construcción de las Obras

Asesorar a las I.T.Os. en el control del cumplimiento del Programa de Construcción, del calendario de ejecución de obras, así como evaluar permanentemente la calidad del trabajo en ejecución y verificar su conformidad con los términos del contrato, asesorando al SERVIU Metropolitano en el control de su cumplimiento durante la ejecución de las diferentes obras.

Además, deberá proporcionar a las I.T.Os. toda la información que requieran a través de todo el personal de la Asesoría destacado en las obras y/o en la oficina central.

Al inicio de su labor, la Asesoría deberá desarrollar un estudio de plazos, informando a la I.T.O. de aquellos hitos relevantes del contrato, tales como plazo máximo de protocolización de Resolución del contrato, fecha de inicio, fechas de entregas parciales si las hubiere, fecha de término, entregas de informes, fecha de evaluaciones parciales del contratista, plazo máximo de tramitación de modificaciones del contrato, etc. y todo aquel otro hecho relevante que sea necesario destacar y controlar.

Además, deberá asistir a la I.T.O. en la supervisión de las obras a ejecutarse en cada uno de los lugares de trabajo que corresponda; también la Asesoría deberá contemplar en su plan de actividades la programación de obras y turnos del Contratista, de modo que exista una permanente y adecuada presencia de la Asesoría, para la satisfactoria inspección de las obras, tanto diurna como nocturna, sábados, domingos y festivos, cuando la obra así lo exija y según requerimientos de la I.T.O.

Entre las responsabilidades de control de la Asesoría, se incluye controlar la perfecta y permanente información de todas las actividades de la faena, así como la calidad de las obras ejecutadas.

La Asesoría deberá informar por escrito cuando la ITO lo estime conveniente, sobre la validez del trabajo ejecutado por el encargado de autocontrol durante dicho periodo del contrato, realizando un análisis de los certificados de autocontrol emitidos hasta la fecha.

Además, deberá revisar e informar a la ITO, sobre la efectiva ejecución de las obras que se cobran y sus montos, para lo cual deberá llevar un control riguroso del Avance Real de la obra, detectando las diferencias con respecto a lo programado en cada ítem que compone la obra, también deberá realizar las proyecciones de la Caja Mensual. Por lo anterior se le exigirá un sistema de registro de cubicaciones por partida, que sea absolutamente confiable y oportuno, actualizado, con una frecuencia de anotación de los datos diarios o semanales, según el tipo de ítem que se esté controlando.

En las recepciones de obras participará asesorando a la I.T.O. y a la Comisión que recibirá las obras, en sus avances parciales y acumulados y en la calidad de las mismas, informando a la ITO las observaciones y las respectivas recomendaciones que estime pertinente.

Asesorar íntegramente a la I.T.O. en la implementación y evaluación de los cambios y modificaciones que puedan sufrir los proyectos debido a las condiciones reales del terreno, consideradas o no en el proyecto original, y en la definición y/o ubicación de todas aquellas obras que por su naturaleza deben terminar de definirse en terreno durante su ejecución. Para el logro satisfactorio de tales modificaciones deberá coordinarse con los profesionales especialistas, proyectistas y demás entes involucrados, correspondiendo a la I.T.O., de ser necesario, oficializar estas modificaciones (en planos o documentos oficiales, dentro los periodos y plazos según normativas reglamentarias).

De igual forma deberá generar una base de datos, tanto con los documentos ya señalados, como los generados por la I.T.O. También deberá llevar un respaldo digital de toda la información concerniente al Contrato.

Finalmente deberá colaborar en la revisión de las multas, analizando los certificados de laboratorio de acuerdo al plan de ensayes de los contratos respectivos.

2.4.     Control de Cumplimiento de Normas de Seguridad

A fin de cautelar la seguridad de los usuarios en relación a los Art. 99 y 102 de la Ley de Tránsito N° 18290/84 del Ministerio de Justicia y el cumplimiento de la Res. E-1826/83 de Vialidad del MOP, el cual Determina Normas Técnicas para la Señalización, Control y Regulación del Tránsito en Vías donde se Realicen Trabajos, el Decreto N° 90/2002 (publicado en D.O. el 20/01/2003) del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que aprueba el nuevo texto y anexos del capítulo quinto del “Manual de señalización de tránsito”, la Asesoría a la ITO deberá supervisar permanentemente el estado y suficiencia de la señalización de obras, comunicando oportunamente a la ITO sobre el cumplimiento correspondiente.

Verificar el cumplimiento por parte de la Empresa Contratista y sus Subcontratos declarados, respecto de su personal de las disposiciones establecidas en la Ley N° 16.744/68 Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y Decretos N° 40/69 (Sobre Prevención de Riesgos Profesionales) y N° 54/69 (Constitución y Funcionamiento de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad), todas del Min. del Trabajo y Previsión Social, comunicándolo oportunamente a la ITO correspondiente.

2.5.     Control de Disposiciones Ambientales

La Asesoría deberá controlar el cumplimiento de las especificaciones ambientales, en que se indican consideraciones especiales que deberá cumplir la empresa contratista, en lo que se refiere a manejo y transporte de materiales contaminantes y peligrosos, empréstitos o botaderos, protección de recursos naturales (vegetación y fauna), restos históricos o arqueológicos, planes y programas de participación ciudadana, plantas de producción de materiales, taludes de corte y terraplenes, suspensión temporal de los trabajos por periodos prolongados, transporte durante la faena de construcción, desvíos, cuidados de recursos de agua, terminaciones, aseo y presentación final de la obra, sanciones, etc.

La Asesoría deberá supervisar el cumplimiento de lo indicado en las Bases del contrato de construcción en lo que se refiere a impacto ambiental e informar cada vez que sea necesario al respecto.

2.6.     Plan de Aseguramiento de la Calidad (PAC)

La Asesoría deberá revisar en profundidad el Plan de Aseguramiento de la Calidad presentado por la empresa contratista, informando a la ITO las recomendaciones y correcciones que deban implementarse para una óptima aplicación. Posteriormente deberá controlar su estricto cumplimiento por parte del contratista, y controlar aquellos aspectos que no sean cumplidos a cabalidad, así como controlar las correcciones al proceso constructivo que ello implique.

2.7.     Mantenimiento de Archivos Actualizados

La Asesoría deberá mantener archivos actualizados en obra de todos los documentos relacionados con su labor ya sean originales o duplicado, y que permitan responder en forma rápida e inmediata consultas en el momento que éstas se requieran.

Toda la información que tenga relación con la calidad de la obra, así como también la correspondencia al respecto (por vía de ejemplo, y sin ser excluyente: certificados de ensayes de granulometría, Proctor, CBR, densidades, resistencias, etc.), tanto del Autocontrol, como los propios de la Asesoría deberán mantenerse en obra, en archivos ordenados,  los que una vez finalizada la labor de la Asesoría deberán quedar en poder del SERVIU Metropolitano cuando se haya completado toda la información disponible hasta la fecha de liquidación del contrato de Asesoría. Esta información deberá entregarse en uno o los volúmenes necesarios empastados junto con el Informe Final. Asimismo deberá entregar entonces un completo informe de todos los controles que aún quedan pendientes.

2.8.     Entrega de Informes

2.8.1.  Informe Mensual

Se deberá entregar un Informe mensual, que cubra periodos de 30 días, que contenga el resumen del período, indicando toda la información relevante de la obra. En este informe se justificará el programa de cajas entregado durante el inicio del período.

Además, se debe incluir en informe el porcentaje de avance de las obras y grado de cumplimiento del programa, los problemas que se han presentado y las soluciones planteadas, indicando todas aquellas modificaciones del proyecto que pudiesen significar una modificación de contrato, relación de estados de pago de la o las empresas contratistas y Asesoría.

En el primer informe, además se deberá entregar:

ü  Minuta Descriptiva del Proyecto, en lo concerniente tanto a las obras como a la Asesoría.

ü  Informar detalladamente sobre el seguimiento de la Ley 20.123 de Subcontratación y DS 594, condiciones de higiene mínimas que se deben tener presente en las instalaciones de faena adjuntando fotografía que demuestre el cabal cumplimiento de éste.

ü  Como Anexo al informe deberá incluir un juego fotográfico con al menos 40 fotos de 10 x 15 cm, dimensiones mínimas, en donde se muestre el estado de avance de la obra, con su correspondiente respaldo digital.

Los informes deberán ser entregados impresos y en formato digital a la I.T.O., sin perjuicio de lo solicitado particularmente por esta, junto con el estado de pago del período informado, y su estructuración, será concordada con la I.T.O.

2.8.2.  Informe Final

La Asesoría deberá confeccionar y entregar un informe final que resuma todos los antecedentes del contrato, así como las labores efectuadas por la Asesoría, sin perjuicio de continuar las labores del contrato hasta la fecha de término de éste, entregando un informe adicional en caso de ser necesario, situación que será evaluada por el Director de cada una de las obras.

Deberá detallar, al menos:

ü  Minuta ejecutiva resumen de las obras y de los hechos más relevantes ocurridos en su ejecución (máx. 2 páginas).

ü  Modificaciones de Contrato (disminuciones, aumentos y obras extraordinarias).

ü  Cubicaciones Finales.

ü  Balance Final del Contrato.

ü  Curvas de Avance Físico y Financiero desarrolladas durante la ejecución de las obras.

ü  Dificultades de la Ejecución de Obras.

ü  Informe de Observaciones Técnicas de la Obra.

ü  Revisión y chequeo de todos los Certificados de Control de Calidad de acuerdo al Itemizado y Especificaciones Técnicas.

ü  Análisis, Reporte y Resumen de multas aplicadas al Contrato.

ü  Evaluación de la aplicación del plan de Aseguramiento de la Calidad.

ü  Evaluación de la aplicación del plan de Seguridad.

ü  Toda otra información requerida por la ITO.

Además, si de los informes solicitados se desprende que la Asesoría no satisface las necesidades, no es idónea o no cautela los intereses fiscales en forma oportuna y adecuada, el SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dar término anticipado al contrato, haciendo efectiva a su favor la garantía y retenciones.

2.9.     Servicio de Información a la Comunidad

La Asesoría será responsable de implementar un servicio de información a la comunidad, de modo de dar solución a los conflictos, consultas y sugerencias que puedan establecer los futuros usuarios de las obras.

Deberá mantener un registro de los reclamos recibidos, su seguimiento y respuesta.

Dicho servicio deberá entregarse durante todo el plazo de vigencia del contrato y extenderse durante 60 días adicionales a la entrega del Informe Final (establecido en el Punto 2.6.2).

De ser necesario y en caso de ser requerido por la ITO, deberá coordinar, las reuniones con las juntas de vecinos (dejando acta que incluya registro fotográfico y nómina de asistentes con su respectiva firma), con convocatoria ampliada a la comunidad, disponer de un número telefónico para respuesta a estas consultas y la elaboración de encuestas de medición de satisfacción y evaluación de la aceptación y conformidad de la ejecución de las obras.

2.10.   Otras Labores a Realizar por la Asesoría Técnica

El personal de la Asesoría, deberá conocer e interpretar especialmente lo dispuesto en las Bases Generales Reglamentarias de Contratación de Obras para los Servicios de Vivienda y Urbanización D. S. N° 236 de 2002 (V. y U.), Bases y todos los antecedentes que digan relación con el Contrato de Obra y Asesoría.

El SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de disponer la remoción de los profesionales señalados si, de los informes que solicite la I.T.O., se infiere el desconocimiento de los antecedentes ya señalados.

3.         Documentación Obligatoria

La Asesoría deberá mantener comunicaciones con la I.T.O. relativas al contrato de asesoría, obras ejecutadas en cada especialidad, durante todas las jornadas de las faenas, incluyendo aquellas jornadas especiales, y los aspectos relevantes que presentaron en ella, dejando constancia de las reuniones efectuadas, los acuerdos, etc. Esta comunicación deberá ser por escrito correo electrónico.

4.         Requerimientos Específicos

La Asesoría deberá considerar dos (2) vehículos de movilización para el normal y adecuado desempeño de la Asesoría, debiendo indicar expresamente en su Oferta Técnica, cuantos vehículos dispondrá la asesoría, donde la Inspección Técnica de Obras determinará en el caso de ser necesario un móvil para la movilización de esta y la Asesoría. Estos deberán ser camionetas doble cabina, año de fabricación 2014 en adelante, tracción simple y no menos de cuatro puertas, con aire acondicionado. Cada uno con chofer y estacionamiento cercano al Serviu Metropolitano, que dispondrá la Asesoría. En el interior de la camioneta se deberá contar con 2 conos de tránsito para poder realizar las inspecciones con seguridad.

Será una exigencia que la camioneta esté permanentemente limpia y en buenas condiciones en general.

El(los) chofer(es) deberá(n) contar con teléfono celular exclusivo para el desempeño de las labores. La movilización deberá incluir todos sus gastos de operación y mantención, durante todo el período de vigencia.

La vigencia de la movilización será por 240 días corridos.

 

La entrada en vigencia del servicio de movilización será solicitada por la subdirección de pavimentación con una semana de anticipación al inicio del servicio y podrá ser desfasada hasta en 30 días corridos desde el inicio de la asesoría.

La Asesoría deberá contar con los especialistas y equipos de trabajo que se requieran y que como mínimo serán los que se indican en el siguiente cuadro:

Cantidad

Perfil

Características de Ponderación Máxima

1

Ingeniero Civil o Ingeniero Constructor (Residente)

Con diez (10) años de experiencia, desde la fecha de titulación, en Administración, Inspección y/o Ejecución de Obras de Pavimentación, Aguas Lluvias y/o Urbanización. Tiempo Completo.

1

Topógrafo, Ingeniero Geomensor o Ingeniero en Ejecución en Geomensura

Con ocho (8) años de experiencia, desde la fecha de titulación, en Administración, Inspección y/o Ejecución de Obras de Pavimentación, Aguas Lluvias y/o Urbanización. Tiempo Completo.

Deberá contar con los siguientes implementos mínimos de trabajo:

•          Un Alarife.

•          Nivel, con certificación de precisión proporcionada por un servicio técnico calificado y cuya precisión deberá certificarse, como mínimo, cada dos meses durante el transcurso de la obra.

•          Estación total, que deberá cumplir con los mismos requisitos exigidos para el Nivel.

•          Termómetro Digital

•          Radio Transmisor, min. 5 km alcance y 8 hr. Duración de batería recargable.

•          Miras y Jalones.

•          Huincha de medir y Odómetro.

•          Elementos para trabajo de gabinete, computador, impresora, scanner, calculadora, croquis, implementos para dibujo, etc.)

Todos los equipos deberán ser de última tecnología y estar a completa disposición en las dependencias de la obra para su utilización inmediata, durante todo el período de la Asesoría.

2

Ingeniero Civil, Constructor Civil, Ingeniero Constructor, o Ingeniero en Construcción.

Con ocho (8) años de experiencia, desde la fecha de titulación, en Administración, Inspección y/o Ejecución de Obras de Pavimentación, Aguas Lluvias y/o Urbanización. Tiempo Completo.-

Al equipo profesional y Técnico de la Asesoría se le exigirá dedicación exclusiva y permanente en oficina y obra, en horario similar al de la Empresa Constructora que ejecute las obras, incluyéndose sábados y domingos si las necesidades de estas obras a juicio de la I.T.O. así lo requieran, lo que no dará derecho a la Asesoría a formular cobro por horas o labores extraordinarias a este SERVIU Metropolitano, lo cual no excluye de ningún modo a la Asesoría de sus obligaciones laborales de acuerdo a la Leyes vigentes.

El personal de la Asesoría deberá ejecutar su labor en la jornada de trabajo que se defina en las presentes Bases de acuerdo a las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Lo indicado, deberá ser absorbido por la Asesoría en la evaluación económica de su oferta y no dará derecho a cobro extraordinario alguno.

Para el desarrollo de las labores contratadas, el personal profesional y administrativo perteneciente a la Asesoría deberá contar desde el inicio del contrato, con todo el equipo de seguridad vial para la inspección técnica de obras, el cual incluirá al menos los siguientes implementos:

ü  Cinco (5) chalecos reflectantes tipo geólogo con malla color azul.

ü  Cinco (5) Cascos de seguridad, color blanco, tipo North con arnés o similar.

ü  Cinco (5) pares de zapatos o bototos de Seguridad térmico, cuero Nobuck waterproof, forro completo en split gamuzado, fuelle forrado y acolchado, tobillera acolchada, aislante térmico tecnología Thinsulate, refuerzo de TPU en talón, sobrepuntera de caucho, pasacordones y ganchos plásticos, aislante eléctrico, plantilla interior intercambiable, entreplanta de EVA ultra confortable, planta de caucho resistente a hidrocarburos, punta de acero templado, certificación Norma Chilena Oficial.

ü  Además, para la adecuada y expedita comunicación de la asesoría con los inspectores del SERVIU Metropolitano un mínimo de dos (2) teléfonos celulares habilitados, tipo Smartphone, 4G RAM, sistema operativo Android OS v6.0, procesador Octacore, Gorilla Glass 4 Super Amoled, cámara dual 12 MP, y 5 MP para mejor fotografías, batería 3600mAh Li-Ion, memoria interna de 64 GB, minutos ilimitados, internet 4G  ilimitado de alta velocidad permanente, o en su defecto con mínimo de 10 GB de Descargas.

ü  Cinco (5) Notebook que cuenten como mínimo con las siguientes características: Con procesador Intel Core i7-3610QM de 2,3GHz turbo 3,3 GHz, numero de núcleos 4 fisicos/8 virtuales, Memoria 8 GB DDR3 SDRAM (2DIMM), Disco duro de 1TB mínimo, pantalla 17” de diagonal HD + LED(1600x900), WebCam integrada HD 1,3MP, Video NVIDIA Geforce GT650M 2 GB GDDR5, sonido 5.1 Creative Sound Blaster Recon3Di con sofware THX TruStudio Pro, Parlantes 2.1 integrados Unidad optica Slot-Load Dual Layer DVD Burneo, DVD+-RW, Touchpad iluminado, Wifi 802.11 b/g/n, internal Bluetooth 4.0., puertos de entrada/salida 1xHDMI – 1xVGA – 1xDisplayPort – 1xMicrófono – 2xaudifono – 2xUSB 3.0 – 1xUSB 2.0 para carga de dispositivos – 1xLAN, Bateria de 8 celdas, con sistema operativo Window 10 home Premium 64-bit. Mouse USB.

El SERVIU Metropolitano no se hará responsable por el deterioro, mala manipulación, robo o hurto de los equipos indicados en los puntos anteriores, siendo responsabilidad de la Asesoría su seguro y garantía por todo el período de vigencia del contrato. Su plazo de reposición, en caso de cualquiera de los eventos mencionados, será el plazo que establezca la I.T.O.

No deberá considerar en su oferta el costo de instalaciones de oficina, por lo que ocupará las oficinas dispuestas para ello por él o los contratistas de las obras dentro de su Instalación de Faena (de acuerdo al punto 3.4 de las Bases Técnicas vigentes para los Contratos de Obras y al título IV Art. 57 del D.S. N° 236/2002 (V. y U.)).