Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta económica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "Plazo entrega", si aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "Garantía post venta" y finalmente, de continuar empatados, se decidirá por el oferente que primero haya ingresado su oferta a portal www.mercadopublico.cl
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Conforme con los antecedentes registrados en sistema de informaciones www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Solo a través del sistema de informaciones www.mercadopublico.cl
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Comisión evaluadora |
Se designará una comisión evaluadora formada por al menos tres integrantes de la Defensa Civil de Chile, para efectuar la selección de las ofertas de la licitación.
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Despacho y facturacion |
Una vez elaborado, se coordina y presenta en las bodegas del oferente para verificar y aprobar el producto ya elaborado y terminado. Contacto Sr. Robinson Garrido, Celular 950120363.
Se requiere indicar N° Cuenta corriente, e.mail contacto, para pago por transferencia bancaria.
Horario de entrega y recepción:
En la mañana, de lunes a viernes de 08:30 a 12:00 hrs.
En la tarde, de lunes a jueves de 14:30 a 17:00 hrs.
Datos para facturación
RAZON SOCIAL: DEFENSA CIVIL DE CHILE
RUT.: 61.109.000-5
DOMICILIO: ALAMEDA 1170 PISO 10
COMUNA: SANTIAGO
TELÉFONO: 56-2-26884743
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Del pago |
El pago se hará efectivo dentro de los treinta días que se materializarán contados desde la recepción de los bienes y la correspondiente factura o del respectivo instrumento tributario de cobro.
La factura se gestionará a pago, al encargado del Departamento Finanzas de la Institución, previa la aceptación en cantidad y calidad del bien requerido por parte del encargado del Departamento Logístico de la Institución, designado para tales efectos.
Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la Defensa Civil certifique la recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos.
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Causal de rechazo de orden de compra |
El adjudicatario sólo podrá rechazar órdenes de compra válidamente emitidas, en los siguientes casos:
Que Ia Defensa Civil que emite la Orden de Compra tenga una deuda vencida con el Adjudicatario, acreditado por antecedentes objetivos y fidedignos presentados por el propio Adjudicatario.
Que el valor de la orden de compra recibida por el adjudicatario, sea inferior al valor mínimo declarado por el oferente en su oferta
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Inadmisibilidad de las ofertas |
Se declararán inadmisibles las ofertas de los proponentes que hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores a la presentación de las ofertas, o por delitos concúrsales establecidos en el Código Penal
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Solo a través del sistema de informaciones www.mercadopublico.cl
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Multas y Sanciones |
El incumplimiento del plazo de entrega, la calidad de los productos adquiridos, y en general todas aquellas obligaciones estipuladas en las presentes bases, como en el contrato, dará derecho a la Defensa Civil, a sancionarlos con una multa de 1% diario sobre el valor del contrato, con un tope de un 10%. No procederá el cobro de la multa si el incumplimiento se debe a caso fortuito o fuerza mayor u otro motivo no imputable al proveedor. El caso fortuito o de fuerza mayor será calificado como tal por la Defensa Civil, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el proveedor acredite el hecho que le impide cumplir. Las multas que correspondan, serán canceladas en pesos chilenos, mediante Vale Vista a nombre de la Defensa Civil (se sugiere sea tomado en el Banco Estado, entidad en la cual esta institución posee cuenta corriente), en un plazo no superior a 5 días hábiles a contar de su notificación. Las multas impagas se harán efectivas de acuerdo a los procedimientos legales, descontándolas administrativamente del pago que corresponda al adjudicatario, pendiente al momento de la fijación de la multa. Las multas estipuladas en ésta cláusula se entenderán sin perjuicio de la facultad de la Defensa Civil, de poner término unilateralmente al contrato.
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