1.- GENERALIDADES |
Las presentes Bases Administrativas Especiales se refieren al llamado a Propuesta Pública para la “PRODUCCIÓN DE EVENTOS FIESTA DEL PASTEL DE CHOCLO QUILLÓN 2025”.
En caso de haber cualquier discrepancia entre las Bases Administrativas, Ficha de Licitación, Contrato, Bases Técnicas y demás documentos, será facultad de la Municipalidad de Quillón, interpretarlas en la forma que mejor beneficie a la licitación.
La I. Municipalidad de Quillón invita a los proveedores inscritos en el portal www.mercadopublico.cl a participar de la presente licitación pública.
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2.- DEFINICIONES |
Para todos los efectos de estas bases, los términos utilizados que se indican a continuación tienen el significado que en cada caso se precisa:
a) Adjudicatario: Es el Oferente cuya oferta ha sido aceptada por la Municipalidad de Quillón para brindar el “PRODUCCIÓN DE EVENTOS FIESTA DEL PASTEL DE CHOCLO QUILLÓN 2025”, de acuerdo a lo solicitado.
b) Bases: Son el conjunto de normas y disposiciones que regulan el servicio requerido y a la cual queda sometida la relación del Municipio y el Oferente. Comprenden las Bases Administrativas Especiales, Especificaciones Técnicas, anexos y cualquier otro documento que forme parte de la licitación.
c) Bases Técnicas: Son el conjunto de características que condicionan al proveedor en la elaboración de la propuesta.
d) Días: Siempre significa días corridos, salvo que específicamente en las bases se indique lo contrario.
e) Garantías Administrativas: Se refiere a garantías de Seriedad de la Oferta, fiel cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de la obra que se materializarán a través de cualquier documento bancario que garantice el cumplimiento de obligaciones en dinero y que tenga como finalidad indemnizar en el caso del no cumplimiento de la obligación.
f) I.T.S.: Inspección Técnico del Servicio, quien a su vez podrá ser asesorado por otros funcionarios municipales competentes relacionados con el servicio.
g) Mandante: Ilustre Municipalidad de Quillón.
h) Municipalidad: Corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, a la cual le corresponde la administración de una comuna cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna.
i) Oferente: Cualquier persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos exigidos para participar en la Propuesta Pública y que se encuentre inscrito en el Registro Chile proveedores.
j) Oferta o Propuesta: Es el conjunto de proposiciones técnico-económicas presentadas por el Oferente, las que deberán ajustarse a los antecedentes exigidos.
k) Proveedor: Es el Adjudicatario cuya oferta ha derivado en un contrato firmado para hacerse cargo de la ejecución del servicio de acuerdo a lo solicitado por la Municipalidad de Quillón en las presentes Bases Administrativas Especiales y documentos complementarios.
l) Suma Alzada: La oferta a precio fijo, en que la cantidad de insumos tiene valores unitarios inamovibles, sin que procedan en consecuencia, cancelar mayores cantidades, ampliar plazos ni otorgar indemnización por concepto o motivo alguno.
m) Unidad Técnica: Unidad encargada fundamentalmente de la gestión del Proceso Licitatorio.
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3.- APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO |
La presente licitación y su consecuente contrato se regirán exclusivamente por las presentes bases, especificaciones técnicas, formularios anexos, oficios y enmiendas que formen parte del mismo y que pueda emitir la municipalidad durante el proceso de licitación hasta la fecha de respuesta de las aclaraciones.
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que contempla la legislación vigente en la materia.
Toda divergencia que surja entre las partes, acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales ordinarios correspondientes a la comuna de Quillón, ciudad donde las partes fijan su domicilio.
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4.- CONDICIONES DE LA LICITACIÓN |
4.1.- Modalidad de Contratación
Propuesta pública a suma alzada, en moneda corriente, sin intereses ni reajustes, según calendario de licitación contenido en portal mercado público. Esta contratación incluye todos los antecedentes que conforman la presente licitación.
4.2.- Reglamentación
a) Las disposiciones contenidas en el Decreto N°661, de fecha 03 de junio de 2024 del Ministerio de Hacienda, donde aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024.
b) Por las presentes Bases, con todos los antecedentes que ellas incluyen y las eventuales aclaraciones y/o respuestas, posteriores.
4.3.- Orden de Prelación
Ante cualquier incongruencia, de los antecedentes que rigen la presente Licitación, el orden de prelación de la documentación (en orden de mayor a menor importancia), será:
• Prelación administrativa
1) Bases administrativas especiales, anexos y enmiendas
2) Los oficios, aclaraciones e instructivos emitidos por la municipalidad.
3) Contrato.
• Prelación técnica
1) Aclaraciones
2) Bases técnicas
3) Propuesta del oferente
La publicación de la licitación se efectuará en el portal www.mercadopublico.cl además, se solicita la presentación de toda la documentación que conforma la oferta del oferente por el mismo medio, según calendario contenido en el portal y en el punto 09 de las presentes bases.
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5.- DEL PROYECTO |
La presente licitación denominada “PRODUCCIÓN DE EVENTOS FIESTA DEL PASTEL DE CHOCLO QUILLÓN 2025”, considera la entrega de los servicios de producción de evento, que se realizará en la Sede de la Junta de Vecinos, sector de Santa Ana de Caimaco y consiste en los servicios de, amplificación, iluminación, pantallas led, escenario, generador eléctrico, carpa y producción artística entre otros, los cuales deben ser entregados según las características mencionadas en las presentes bases administrativas especiales y detalladas en sus bases técnicas.
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6.- DEL PRECIO |
El presupuesto total disponible para la presente licitación es de $12.500.000.- (Doce millones quinientos mil pesos) IVA incluido.
La Unidad Técnica, podrá adjudicar el proyecto cuando el monto ofertado no supere el monto indicado, conforme al marco presupuestario efectivamente autorizado.
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7.- DE LOS PLAZOS Y ENTREGA DEL SERVICIO |
El plazo para la entrega del servicio deberá ajustarse a la información contenida en la siguiente tabla y detallado explícitamente en sus bases técnicas:
SERVICIOS FECHA Y HORA LUGAR
PRODUCCIÓN DE EVENTOS FIESTA PASTEL DE CHOCLO QUILLÓN 2025 01 de febrero de 2025
10:00h hasta el 02 de febrero 2025 a las 03:00h.
Montaje 31 de enero de 2025 08:00h hasta el 01 de febrero a las 07:00h Sede JJ.VV. Santa Ana de Caimaco, Quillón.
Nota: la entrega de los servicios queda sujeta a cambios de día y/o horario, ya sea en tipo de actividad o por condiciones meteorológicas desfavorables, desastres naturales, o ante situaciones imprevistas debidamente justificadas en caso que la administración lo estime necesario y conveniente para el éxito de las actividades programadas, lo que no será considerado responsabilidad de la Municipalidad.
En este sentido la Inspección Técnica del Servicio notificará por escrito al proveedor al correo electrónico señalado en el Formulario Anexo N°1 Identificación del Oferente
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8.- DE LOS PARTICIPANTES |
Podrán participar en la propuesta todas las personas naturales o jurídicas que sean proveedores del servicio requerido o rubro solicitado y que cumplan con las exigencias que se indican en las presentes BAE, además de encontrarse debidamente inscritos y habilitados en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
8.1.- Inhabilidades para participar: no podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas que se encuentren afectados:
a) Por una solicitud de declaración de quiebra;
b) Tengan pactado convenio extrajudicial preventivo de quiebra;
c) Tengan vigente los efectos de una declaratoria de quiebra;
d) Que hayan incurrido con anterioridad en algún incumplimiento de contrato con la municipalidad de Quillón.
Por el solo hecho de presentar una oferta, se entenderá que el oferente declara que al momento de la presentación de la propuesta no se encuentra afecto a alguna de estas circunstancias.
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9.- CALENDARIO DE LICITACIÓN |
En la siguiente tabla se detallan los plazos máximos de cada proceso de licitación:
ACTIVIDAD PLAZO
Fecha de Publicación Dentro de los 2 días hábiles contados desde la total tramitación del decreto que aprueba el llamado a licitación.
Fecha inicio de preguntas 01 día posterior a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, de las presentes bases, a las 13:00 h
Fecha cierre de preguntas 01 día posterior a la fecha de inicio de preguntas del llamado, en portal www.mercadopublico.cl, a las 14:00 h
Respuesta preguntas 01 día posterior al cierre de preguntas en el portal.www.mercadopublico.cl a las 16:00 h
Fecha de cierre de recepción de ofertas 10 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 09:00 h
En caso que la fecha de cierre de recepción de la oferta corresponda a un día sábado, domingo o festivo, será reemplazado por el día hábil siguiente.
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10.- CONSULTAS |
Se establecerá un plazo de consultas sobre la documentación y proceso de licitación. Estas consultas, deberán ser formuladas, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio y punto N°9 de las presentes Bases.
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11.- RESPUESTAS A LAS CONSULTAS |
Las respuestas a las consultas serán efectuadas únicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl, según calendario expuesto por el mismo medio. Se debe precisar que toda la documentación que se adjunte al documento donde se efectúan las aclaraciones es parte integral de las mismas. Será de responsabilidad del interesado la toma de conocimiento de las aclaraciones, ya que éstas forman parte integral de las bases. No se dará respuesta a consultas verbales o efectuadas fuera de los plazos o en forma distinta a lo indicado precedentemente.
Asimismo, el mandante se reserva el derecho de hacer de oficio, aclaraciones, enmiendas o rectificaciones a las bases administrativas de la presente propuesta, las que serán adjuntadas en el portal, a través del documento denominado “Aclaraciones”, considerando el mismo calendario de las aclaraciones a las consultas efectuadas por los oferentes.
De igual modo, la municipalidad podrá solicitar por el portal, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas y que no alteren o modifiquen sustancialmente los antecedentes de la licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifiquen alteración de la oferta. Las respuestas deberán ser igualmente, a través del portal y se deberán limitar a los puntos solicitados.
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12.- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA |
La propuesta a suma alzada se deberá efectuar en el portal www.mercadopublico.cl antes de las fechas y horarios definidos en el cronograma de licitación. En tal sentido, se debe adjuntar archivo con formularios y documentos solicitados a continuación en este mismo punto, en formatos Word, Excel, JPG o PDF (no se aceptará otro tipo de formato, facultando a la municipalidad para dejar fuera de bases al proponente).
La oferta se hará en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses.
Las propuestas, documentos formularios anexos y todo otro antecedente deberán presentarse en idioma español (o con traducción) y con los valores en moneda nacional, indicando claramente el valor neto y el de los impuestos IVA.
12.1.- Archivo documentación administrativa, deberá incluir:
a) Identificación del oferente firmado por su representante legal, Formulario Anexo Nº1
b) Declaración jurada simple, firmada por el representante legal, Formulario Anexo N°2.
c) Patente municipal vigente.
d) El oferente deberá incluir un Programa de Integridad según lo establecido en dictamen N°E370752 de 2023, de acuerdo a lo señalado en el punto N°17.1 criterio de evaluación N°6 de las presentes Bases Administrativas Especiales.
e) Declaraciones juradas firmadas por trabajadores respecto del conocimiento del Programa de Integridad, según punto N°17.1 criterio de evaluación N°6, de las presentes Bases Administrativas Especiales.
12.2.- Archivo documentación técnica deberá incluir:
a) Acreditación de experiencia, indicando actividades ejecutadas durante los últimos 2 años con características similares al licitado, señalando: nombre de la actividad, monto, unidad, año y mandante (en caso de ser servicio público, indicar ID licitación). Se deben adjuntar órdenes de compra o facturas y rellenar Formulario Anexo Nº3.
b) Propuesta técnica y artística Formulario Anexo Nº4.
12.3.- Archivo documentación económica deberá incluir:
a) Formulario Anexo Nº5, oferta económica. La propuesta, deberá considerar todos los gastos que irrogue la adquisición.
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en estas bases.
Para el llenado de los documentos se deberá utilizar métodos mecanizados de escritura y no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase; deberán ser firmados por el representante legal, en el caso de los formatos oficiales.
La Municipalidad se reserva el derecho de poder ampliar el plazo de cierre de la licitación, siempre y cuando no se hubiere presentado ninguna oferta al portal www.mercadopublico.cl, lo cual será informado a través del mismo medio.
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13.- APERTURA DE LA LICITACIÓN |
La apertura de la propuesta será en la fecha y horario definido en el cronograma de licitación expuesto en portal www.mercadopublico.cl. y en el punto 9 de las presentes bases.
El acto de apertura electrónica de la presente licitación se realizará en una sola etapa, esto es, se procederá a abrir tanto la oferta técnica, la oferta económica y Anexos exigidos. Dicho proceso se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que el Servicio estará facultado para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previo certificado de indisponibilidad técnica del portal Mercado Público; si y solo si, se presentaran situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el correcto desarrollo de la apertura electrónica.
Para iniciar la evaluación de las ofertas con los criterios, se promueve la oferta más conveniente para la Municipalidad de Quillón. Si las ofertas no poseen las consideraciones exigidas en las presentes BAE, no se procederá a incluirlas en la evaluación de la oferta, indicando los motivos en las observaciones del “Acta de Evaluación de la Oferta”.
Asimismo, no se considerarán las ofertas propuestas por los proveedores, si:
a) La oferta del proveedor no cumple en su totalidad con las especificaciones técnicas solicitadas, no será considerada su oferta.
b) Si el precio se encuentra fuera del presupuesto disponible para el proyecto.
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14.- DE LAS GARANTÍAS |
a) Las Garantías podrán consistir en “cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva”.
b) Las Garantías deberán ser tomadas por el oferente, a la orden de la Ilustre Municipalidad de Quillón. Deberán entregarse con el nombre del proyecto: “Producción de Eventos Fiesta del Pastel De Choclo Quillón 2025”.
c) Las Garantías expresarán claramente lo que caucionan y el objeto específico de la misma, debiendo decir: Para garantizar "la seriedad de la oferta", "el fiel cumplimiento de contrato", "anticipo" o "correcta ejecución”, según corresponda.
d) Las garantías podrán otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorguen de manera electrónica, deberán ajustarse a la Ley N°19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y su reglamento.
e) Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de las garantías serán de cargo del Contratista y será este responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan.
f) El beneficiario (Mandante o Unidad Técnica según cada caso) estará facultado para hacer efectivas las garantías, si procediere, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
g) No se aceptarán garantías tomadas por terceros.
14.1 Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato
El proponente que se adjudique las líneas de la presente licitación, deberá ingresar garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato a través de la oficina de partes, por un monto del 5% del total de la oferta por línea adjudicada y deberá ser emitida a nombre de la I. Municipalidad de Quillón, Rut 69.141.400-0, dentro de los 3 días hábiles siguientes a la emisión de la orden de compra, con una vigencia del plazo contractual aumentado en 30 días, en formato digital al correo electrónico encargadadeabastecimiento@quillon.cl, con copia a secretariasecplan@quillon.cl, bajo la Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento de contrato del Servicio de Producción De Eventos Fiesta del Pastel de Choclo Quillón 2025”
La Unidad Mandante estará facultada para hacer efectivo el documento en garantía de fiel cumplimiento del contrato, frente a cualquier incumplimiento de las obligaciones por parte del oferente.
El documento en garantía sólo será restituido al licitante a condición de que no exista demanda o acción legal de especie alguna deducida en contra de éste o de la Unidad Mandante, derivada directa o indirectamente de la presente licitación. De existir tal demanda o acción legal, la Unidad Mandante queda facultada para hacer efectivo el presente documento en garantía.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se devolverá al adjudicatario a su solicitud por escrito, posterior a la presentación del Informe emitido por el ITS.
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15.- DE LAS OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD |
Subir al sistema de información del portal www.mercadopublico.cl el Decreto Alcaldicio que adjudica la Propuesta en un plazo de 02 días hábiles.
Pagar el precio por la provisión del servicio, de acuerdo con lo establecido en estas Bases de Licitación.
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16.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
Los integrantes de la comisión de evaluación, serán sujetos pasivos según los dispuesto en
la Ley Nº20.730, que Regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, por el periodo que dure el proceso de evaluación y estará constituida por los Siguientes funcionarios o quienes subroguen:
NOMBRE DEPARTAMENTO
Patricio Chávez Benavente Jefe de contabilidad
Fabiola Estay Sepúlveda Encargada de programas Dideco
Juan Carlos Villalobos Ramos Encargado Gabinete, en calidad de asesor
Daysi Padilla Betanzo Encargada de programas Dideco
Edgardo Carlos Hidalgo Varela Secretario Municipal, ministro de Fe
Los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.
La misión de dicha Comisión será elaborar un acta de evaluación que contenga una selección de las ofertas en orden de conveniencia, en virtud de la pauta de evaluación establecida en las presentes Bases. El plazo para emitir esta acta será como máximo 03 días hábiles a contar de la fecha de cierre en el portal www.mercadopublico.cl, dicha Comisión podrá además pedir la asesoría de un especialista para analizar aspectos técnicos de mayor complejidad.
Para todos los efectos legales, en caso de ausencia de algún integrante titular, pasa a formar parte de la comisión respectiva quien corresponda, o quienes los subroguen o designen. De no poder conformarse dicha comisión por falta de más de la mitad de los integrantes, será quien determine el señor alcalde mediante Decreto Alcaldicio, los cuales verificarán en detalle el cumplimiento de las ofertas y los requerimientos establecidos en las bases de licitación.
Vale decir que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 54 del Decreto N°661, del 03 de junio de 2024, del Ministerio de Hacienda que, que aprueba reglamento de la Ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250 de 2024, los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.
La Municipalidad adjudicará la propuesta mediante Decreto Alcaldicio dictado al efecto, según lo dispuesto en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
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17.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
Dentro de las ofertas que cumplan con todas las exigencias impuestas, se seleccionará la oferta de acuerdo a los siguientes criterios:
17.1.- Pauta de evaluación:
La evaluación de las ofertas se hará de acuerdo con la siguiente pauta, y se realizará de acuerdo con los antecedentes de las ofertas, verificando el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad, y lo exigido en las Bases que componen la presente Licitación, estableciendo un orden de prelación según la siguiente pauta:
N° Criterio de Evaluación Porcentaje Asignado
1 Precio 30 %
2 Propuesta técnica 20 %
3 Propuesta artística 20 %
4 Experiencia del oferente 10 %
5 Cumplimiento de los requisitos formales 10 %
6 Existencia de programas de integridad 10 %
CRITERIO DESCRIPCIÓN PUNTOS
PRECIO 30% Mínimo ofertado 100
Segundo mínimo ofertado 80
Tercer precio mínimo ofertado. 50
Cuarto y más alto precio 10
PROPUESTA TÉCNICA 20% Presenta propuesta técnica completa según lo solicitado en los requerimientos técnicos y además realiza una descripción detallada del servicio. 100
Presenta propuesta técnica completa, con descripción del servicio en forma incompleta, de acuerdo con lo exigido en los requerimientos técnicos, sin embargo, al momento de la entrega del servicio, deberá cumplir con las EE.TT. del servicio requerido, el que será evaluado por I.T.S. 50
Presenta propuesta técnica incompleta o sin relación a lo solicitado en bases técnicas.
No presenta propuesta técnica. Fuera de bases
PROPUESTA ARTÍSTICA 20% Presenta propuesta artística completa, de acuerdo a lo solicitado en las bases técnicas 100
Presenta propuesta artística inferior a lo solicitado en las bases técnicas 50
No presenta propuesta artística Fuera de bases
EXPERIENCIA DEL OFERENTE 10% 04 o más servicios de producción de eventos a clientes durante los últimos 2 años, por un monto igual o superior a $5.000.000.- en cada servicio presentado. 100
03 o menos servicios de producción de eventos a clientes durante los últimos 2 años, por un monto igual o superior a $5.000.000.- en cada servicio presentado. 80
Sin experiencia 0
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES 10% Para la presentación de documentos omitidos al momento de efectuar la oferta, la Unidad mandante podrá solicitarlos a través del portal www.mercadopublico.cl, siempre y cuando no otorguen al oferente una situación de privilegio. No afectando la igualdad de participación de los mismos. Los que deberán ser adjuntos a la plataforma en un plazo fatal de 25h. Presenta documentos dentro de los plazos establecidos a través del portal www.mercadopublico.cl 100
Presenta documentación fuera del plazo primitivo 50
No presenta antecedentes Fuera de Bases
EXISTENCIA DE PROGRAMAS DE INTEGRIDAD 10% El oferente deberá incluir en su propuesta administrativa un Programa de Integridad que sea conocido por su personal, tal como se exige en el dictamen N°E370752 de 2023.
La acreditación de que cuenta con Programa de Integridad, y que es conocido por sus trabajadores, deberá ser a través de una declaración jurada ante notario de cada uno de sus trabajadores. Presenta pacto o programas de integridad y se acredita haberse puesto en conocimiento de sus trabajadores. 100
No presenta pacto o programas de integridad. 0
La comisión emitirá un informe de evaluación, que será suscrito por todos los miembros de la comisión y propondrán al alcalde un adjudicatario si corresponde.
En caso de empate por parte de dos o más oferentes, se priorizará aquel que posea el mayor puntaje en el criterio Precio. En caso de persistir el empate, se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el criterio Propuesta Artística, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el Propuesta técnica, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el Experiencia del oferente, de persistir el empate se priorizará al oferente que posea mayor puntaje en el Existencia de programa de integridad y por último al oferente que posea mayor puntaje en el Cumplimiento de los Requisitos Formales.
17.2.- Comportamiento contractual
Cuando el oferente haya sido contratado anteriormente por este municipio, se evaluará la experiencia de esta entidad con respecto al comportamiento contractual que presentó el proponente.
Entonces, si el proponente cumple con las condiciones para adjudicarse el proyecto, pero, presenta multas por atrasos o término anticipado de contrato, se facultará a la municipalidad para desestimar la eventual adjudicación y proceder con la segunda mejor opción.
17.3.- Foro inverso
La municipalidad, podrá realizar preguntas al proveedor en relación a la oferta que este presentó durante el proceso de licitación. Como no debe existir contacto directo entre ambas partes, la instancia oficial será en www.mercadopublico.cl, con el fin de resguardar la transparencia en el proceso.
Es importante señalar, se podrá solicitar a los oferentes que accedan a corregir errores u omisiones formales en un plazo no superior a 25 horas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes. Esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
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18.- ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN |
La entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y período de evaluación.
El plazo para la corrección de estas omisiones será de 1 días hábil, contados desde el día y hora del requerimiento de la entidad licitante.
En estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido.
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19.- DE LA ADJUDICACIÓN |
Se debe precisar, que sólo se podrá adjudicar al proponente cuyas ofertas hayan sido recibidas, a través de los sistemas electrónicos o digitales establecidos por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
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20.- DEL CONTRATO |
Posterior a la notificación efectuada por el portal www.mercadopublico.cl, quedará supeditado en su validez, el hecho que dentro de un plazo no superior a 24 horas desde la emisión de la orden de compra esta sea aceptada por el proveedor.
Esta relación contractual se formalizará a través de Orden de compra de acuerdo al Art. 117 del Decreto Nº661 que aprueba reglamento de la ley Nº19.886 de bases sobre Contratos Administrativas de Suministro y Prestación de Servicios.
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21.- PROHIBICIÓN DE CEDER O TRANSFERIR EL CONTRATO |
En cuanto a las obligaciones comprometidas por el Contratista, no podrá ceder o transferir el contrato, a persona natural o jurídica alguna.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que para el “Contratista” se establecen, facultará a la “Municipalidad” para poner término anticipado al contrato.
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22.- SUPERVISIÓN |
La adquisición del servicio será supervisada por una Contraparte Técnica I.T.S. que recae en el Sr. Pedro Arriagada Sandoval, encargado de la oficina de turismo y cultura, quien tendrá la función de revisar los procesos y/o actividades y exigir a los proveedores las correcciones que procedan. Lo anterior de acuerdo a lo definido en la reglamentación que la rige. La Contraparte Técnica cursará y visará el estado de pago según se indica en el punto 24 de las presentes BAE, de acuerdo a las etapas pre fijadas en las Bases Administrativas.
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23.- PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DEL SERVICIO |
Será detallado en las respectivas bases técnicas que forman parte de la presente licitación.
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24.- ESTADO DE PAGO |
El precio de la orden de compra se cancelará en un estado de pago, una vez ejecutada la actividad calendarizada, mencionada en el punto N°07, supervisada y aprobada por la inspección técnica del servicio, quien emitirá el informe respectivo, de acuerdo al valor convenido y lo comprendido en las presentes bases administrativas especiales y bases técnicas.
Para dar curso al estado de pago, el proveedor del servicio deberá acompañar los siguientes documentos en formato digital al correo electrónico encargadadeabastecimiento@quillon.cl:
a) Factura a nombre del Ilustre Municipalidad de Quillón, dirección 18 de septiembre N°250, Quillón, RUT: 69.141.400-0, la cuál deberá ser emitida posterior a la prestación del servicio, una vez aprobado por el I.T.S.
b) Set fotográfico que contenga a lo menos 3 imágenes por cada ítem del servicio contratado.
Una vez autorizado el estado de pago, el proveedor tendrá la posibilidad de factorizar las facturas, siempre y cuando el ITS hubiere acreditado la recepción conforme al 100% y dentro del plazo correspondiente, dándose cumplimiento a las disposiciones establecidas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, y, especialmente, a lo prescrito por el Artículo 127 del Reglamento de la ley 19.886: “Las Entidades deberán cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus Contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.”
OBSERVACIÓN: La Municipalidad sólo pagará las facturas debidamente cursadas, en un plazo de 30 días posterior al ingreso de la factura por oficina de partes o en forma digital al correo encargadadeabastecimiento@quillon.cl
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25.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR |
El proveedor será responsable de entregar el servicio ofertado según bases técnicas requeridas en los plazos pactados en la oferta.
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25.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PROVEEDOR |
El proveedor será responsable de entregar el servicio ofertado según bases técnicas requeridas en los plazos pactados en la oferta.
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26.- DE LAS MULTAS |
La Ilustre Municipalidad de Quillón, a través de la Dirección de Desarrollo Comunitario, podrá aplicar multas según las siguientes causales y con los respectivos descuentos según tabla:
CAUSAL MULTA
No cumple con las características de los equipos ofertados 1 UTM
Por equipo
Ausencia o no presentación de los artistas ofertados 20 UTM
Por artista o grupo musical
Por cada 15 minutos de retraso en la entrega del servicio. 2 UTM
Por eventualidad
El valor UTM, corresponderá al día en que se informe la aplicación de multa.
Las multas establecidas según tabla, se descontarán del estado de pago en curso.
Será el ITS quién se encargue de emitir el informe correspondiente para la aplicación de multas, razón por la cual se deberá considerar los tiempos de entrega al momento de ofertar y la buena calidad y totalidad de los mismos al momento de la entrega del servicio.
Procedimiento multas:
• Emisión de informe del ITS y/o quien le subrogue, por faltas al cumplimiento en la entrega del servicio.
• Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario N°1), el cual tendrá un plazo máximo de 5 días corridos para responder la situación.
• Informe extendido al alcalde, que contenga los respaldos indicados en los puntos 1 y 2, con el objeto de definir resolución del proceso, emitido por el (la) ITS.
• Emisión de Decreto Alcaldicio que aplica o desestima multas de no tener respuestas y/o de no ser considerada válida la justificación del proveedor, según criterio profesional y técnico.
• Notificación al oferente vía correo electrónico (al contacto de compra indicado en formulario anexo N°01), acerca de la resolución de la multa.
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27.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1.- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2.- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3.- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida.
4.- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5.- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal casi, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este Reglamento.
6.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. En caso de emergencia comunal o estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en todo el territorio nacional declarado por Decreto Supremo.
7.- Las demás establecidas en la ley, en la respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
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28.- DEL DOMICILIO Y JURIDICCIÓN APLICABLE |
Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas bases, así como de los que se deriven del contrato, según corresponda, las partes fijan domicilio en la ciudad de Quillón y prorrogan la competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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