CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
Los oferentes podrán realizar consultas y obtener las respuestas o aclaraciones sobre el proceso de licitación en la fecha indicada en el cronograma, el que será solamente a través del foro electrónico del portal www.mercadopublico.cl, las respuesta y aclaraciones que emita este Hospital se pondrán en conocimiento de todos los proveedores participantes a través de este sitio, sin indicar autor de estas. Las respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las Bases Administrativas y Técnicas de esta propuesta, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes de la presente licitación pública.
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MECANISMO PARA SOLUCION DE CONSULTAS SOBRE LA ADJUDICACION |
Se dará respuesta al oferente mediante foro de Mercado Publico disponible para dichas consultas en www.mercadopublico.cl
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ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA PRESENTACION DE LA OFERTA |
El Hospital podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo de cierre de la licitación.
Por lo tanto el oferente tendrá como un plazo fatal de 24 horas para salvar errores u omisiones (Art.° 40 del Reglamento 250, de Ley N° 19.886). Los Anteriores solo podrán ser de carácter administrativo, considerando que serán evaluados en escala diferente a los oferentes que dan cumplimiento según las bases correspondientes al proceso licitatorio.
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EVALUACION DE LAS OFERTAS |
Declarada la admisibilidad administrativa (realizada por Depto. de Abastecimiento) y técnica (realizada por una comisión de evaluación), se efectuará la evaluación de las ofertas.
El informe de evaluación será emitido por una comisión de ofertas que estará integrada por un representante de la parte que desarrolló las especificaciones técnicas, el jefe de la Unidad de Abastecimiento, Subdirector administrativo, funcionario asesor del departamento jurídico del Servicio de Salud O’Higgins (para licitación que impliquen riesgo, enmarcada en ámbitos estratégicos o de importancia económica por la naturaleza de los servicios o productos); informe que será publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
Previa a la evaluación, mediante el presente acto administrativo, se publicará en el portal el nombre y cargo de los integrantes de la comisión evaluadora de ofertas.
Esta comisión deberá emitir un informe comparativo de las ofertas, considerando todos los antecedentes exigidos, el que será remitido a la autoridad llamada a adoptar la decisión, esto es, el Director del Hospital de Santa Cruz.
La Comisión de Evaluación para la presente Licitación Pública estará conformada por los siguientes funcionarios, o sus subrogantes o designaciones, según corresponda:
1. Subdirector Administrativo, Pablo Martínez Quinteros.
2. Jefe Unidad Logística, José Moreno Castillo.
3. Jefe de Abastecimiento, Alex Gatica Araya.
Corresponderá a la Comisión:
1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad lo previsto en las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas que hayan sido calificadas como admisibles y realizar el análisis de todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.
3. Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas.
4. Propondrá, la oferta más idónea y con mayor puntaje, al Director del Hospital de Santa Cruz, de acuerdo a los resultados de la evaluación de cada propuesta que cumplió con todos los requisitos solicitados en la licitación.
Durante el proceso de evaluación, el Hospital podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el Hospital de Santa Cruz.
Respecto de aquellas ofertas incompletas, el hospital podrá solicitar a los proponentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos proponentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los profesionales, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
La evaluación se inicia con la revisión de los antecedentes enviados por los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl .
La evaluación y calificación de las ofertas técnicas y económicas presentadas por los oferentes será realizada previo efectuar el análisis y evaluación respectiva, dejando constancia de este acto en un instrumento que se denominará “Acta de Pre Adjudicación” proponiendo a la Directora(s) del Hospital, la adjudicación de la Licitación objeto de las presentes Bases. El contenido del informe de evaluación deberá contener al menos lo siguiente:
1. Verificación de admisibilidad de los oferentes: Se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada uno de ellos sobre la presentación en tiempo y forma de las propuestas. En el evento de detectarse alguna causal de exclusión se deberá deja constancia de ello.
2. Análisis particular de las propuestas.
3. Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas por orden del puntaje total obtenido.
4. Análisis final de evaluación y de observaciones.
5. Proposición fundada de adjudicación de la licitación a alguno de los oferentes.
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ACEPTACION, ADJUDICACION Y RESOLUCION DE LA PROPUESTA |
La adjudicación de la licitación es prerrogativa exclusiva del Director del Hospital Santa Cruz, aun cuando ésta, no sea la de menor valor en comparación con otros oferentes, situación que será aceptada por el oferente en el sentido de facultar al Hospital para que sea una prerrogativa exclusiva de éste. Así mismo, Hospital podrá solicitar cualquier información complementaria, respecto de la capacidad económica y financiera de cualquier oferente, como asimismo sobre sus aspectos que guarden relación con su identidad, comercial o cualquier otro, si lo estima necesario, con posterioridad a la Apertura de las Propuestas. Se deja establecido, que dicha información no podrá ser ponderada de manera beneficiosa ni perjudicial para el oferente.
Aceptación y Adjudicación Parcial: Sin perjuicio de lo anterior el Hospital se reserva el derecho de aceptar y adjudicar total o parcialmente cualquiera de las ofertas, aunque no sea la oferta más económica, de conformidad con lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento. El resultado de la licitación, será comunicado a través del sitio o portal www.mercadopublico.cl a los oferentes.
Ejercicio de Opción: El Hospital de Santa Cruz se reserva el derecho de ejercer la opción de un 10% adicional del total del producto o servicio adjudicado, ante lo cual el proveedor estará obligado a mantener el precio ofertado. Para estos efectos, la decisión de hacer efectivo este derecho deberá adoptarse previo a la fecha de la total tramitación de la respectiva resolución aprobatoria del contrato.
Admisibilidad y Rechazo de las Propuestas. En forma previa a la evaluación de las propuestas, el Contratante efectuará un análisis de admisibilidad de éstas, mediante el cual comprobará que los postulantes hayan cumplido con los requisitos establecidos en las Bases Administrativas. El Contratante declarará inadmisibles las ofertas por resolución fundada, cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases Administrativas incluidos aquellos casos en que habiéndose solicitado a los proponentes salvar errores, omisiones formales y/o complementar sus antecedentes, según lo establecido en el párrafo anterior, no se hubiere dado cumplimiento a lo requerido dentro del plazo indicado en la solicitud respectiva. También el Contratante se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, de acuerdo al Artículo 9) de la Ley 19.886, cuando no se presenten ofertas, cuando estas no cumplan con lo establecido con la Bases Administrativas y Técnicas, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses del Hospital de Santa Cruz en base a razones objetivas y no discriminatorias, que deber ser fundamentadas en la respectiva resolución para todos los casos.
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RESOLUCION DE EMPATES |
Una vez evaluadas las ofertas, si se producen empates en las evaluaciones finales, para su desempate se atenderá a los mayores puntajes obtenidos en los siguientes criterios de evaluación:
a. Mayor puntaje en propuesta económica.
b. Si se mantiene el empate con la evaluación económica, se aplicará como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en la evaluación de los aspectos técnicos.
c. Si persiste el empate, se recurrirá al siguiente criterio de plazo de entrega.
d. De persistir el empate se optará por el oferente que primero presentó la oferta en plataforma Mercado Público.
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FACTURACION DEL PROVEEDOR Y PAGO |
El Hospital de Santa Cruz pagará a la empresa por la venta de los productos la suma adjudicada, impuestos incluidos, de acuerdo en lo señalado en la oferta económica realizada por la empresa a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, previa emisión de la Orden de Compra y recepción de bodega emitida por el Departamento de Logística del Hospital.
Si los productos especificados no fueran proporcionados en su totalidad, la empresa proveedora, se obliga a emitir Nota(s) de Crédito(s) respectivas por el total o diferencia del valor o monto en un tiempo no mayor a 72 horas una vez informada la incongruencia, permitiendo la coincidencia exacta de los documentos, de no ser así, estas serán devueltas al proveedor.
El Hospital, procederá a efectuar el pago que corresponda en el plazo de 30 días corridos, contados a partir de la fecha en que la empresa presente los siguientes documentos: La respectiva factura al momento de entregar los productos en bodega, o en su defecto, en la Oficina de Partes del Hospital en Horario de 8:30 a 13:00 horas, extendida a nombre del Hospital de Santa Cruz, Rut 61.602.148-6, con domicilio en Av. Errázuriz N° 921, Santa Cruz o vía mail a erika.bonilla@redsalud.gov.cl, y visada por el Jefe de Abastecimiento y Jefe de Finanzas, o quien les subrogue o reemplace.
Para proceder a ejecutar el o los pagos que correspondan, la(s) Orden(es) de Compra(s) deberán encontrarse aceptadas por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl.
El pago podrá realizarse por transferencia electrónica, para ello el proveedor deberá informar al Hospital de Santa Cruz, al momento de formalizar la contratación los antecedentes de la cuenta bancaria respectiva y el nombre del Banco receptor de dicha transferencia.
Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital de Santa Cruz, podrá reclamar en contra del contenido de la factura dentro del plazo de 30 días corridos, de acuerdo a lo establecido en la Ley 18.983.
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ACEPTACION DE LA ORDEN DE COMPRA E INCUMPLIMIENTO DE LA OFERTA |
Emisión. Una vez dictada la resolución aprobatoria del contrato, serán emitidas las Órdenes de Compra respectivas por el Sistema de Información. Esta Orden de Compra generará, a su vez, el correspondiente pedido, no obstante, aplique la solicitud de despacho o entrega parcial de los productos o servicios.
La Orden de Compra emitida a través del Portal deberá ser aceptada dentro del plazo de dos hábiles. En caso contrario, el Hospital de Santa Cruz podrá dejar sin efecto el contrato respectivo y a la correspondiente resolución de adjudicación, pudiendo re adjudicar esta propuesta a una o más de las ofertas presentadas en la licitación que obtuvieren el siguiente mejor puntaje, o declarar desierto el proceso, sin perjuicio de remitir estos antecedentes para ser conocidos nuevamente por la Comisión de Adjudicación, en los casos que corresponda, situaciones todas de las cuales se deberá dejar constancia en el portal. Lo anterior no obsta a las demás acciones que se pudieran derivar de esta retracción intempestiva de la oferta y cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento.
El no cumplimiento cabal de la oferta faculta al “Hospital” para dejar constancia en el portal Chilecompra el reclamo respectivo, y no aceptar futuras ofertas.
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MULTAS |
El adjudicatario podrán ser sancionados con una multa igual a un 1% (uno por ciento) del valor Bruto de la Orden de Compra, en caso de incumplimiento en la entrega oportuna de los productos, deterioro en la calidad del insumo de manera consistente y continua. Todo evento deberá ser informado formalmente por el encargado de abastecimiento, quien le subrogue o se designe, vía email al Subdirector Administrativo con copia a la empresa prestadora de insumos. El Hospital podrá aplicar la multa a través del correspondiente descuento en futuros estados de pago a la empresa. Todo lo anterior deberá ser fundado mediante el acto administrativo correspondiente.
Faltas al contrato Hecho Monto de la multa
Atraso en la entrega de productos Atraso en el plazo de entrega según oferta y sin mediar justificación oportuna 1 UTM
Entrega de información inexacta En caso de incumplimiento de lo estipulado en el punto 14 de las presentes Bases. 1 UTM
Fallas de calidad Que la serie o lote del insumo adjudicado presente 5 o más reclamos de calidad correctamente fundamentados 1 UTM
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CANTIDADES LICITADAS |
Deberán corresponder a lo indicado, para cada licitación, lo indicado en el apartado técnico y en el documento Anexo No 3 de las presentes bases. En la presente licitación las cantidades solicitadas podrán variar, considerando que las cifras corresponden a estimaciones de acuerdo a la demanda observada, y según necesidad, por lo tanto podrán disminuir o aumentar. En el caso de una mayor demanda y que supere la cantidad licitada, la Subdirección correspondiente deberá justificar dicho aumento mediante un informe firmado y timbrado para validar la modificación, la que no podrá en ningún caso exceder el 3% del monto de la licitación. Además se adjuntará un certificado de disponibilidad presupuestaria complementaria, en caso de corresponder.
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DESPACHO DE PRODUCTOS |
El despacho será en forma parcial para los meses de octubre, noviembre y diciembre, hasta las bodegas del Hospital y será responsabilidad del proveedor la entrega, y en ningún caso implicará costos adicionales para el Hospital.
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CANJE Y DEVOLUCION DE LOS PRODUCTOS |
Los distintos productos, objeto de la presente licitación, que se reciban con daño atribuible al proceso de traslado o de calidad (organolépticas) atribuibles al proveedor, podrán ser devueltos previo informe y fundamento objetivo de la no conformidad de los productos. El proveedor por su parte eximirá del pago por estos productos y se obliga a la restitución del mismo.
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