GENERALIDADES |
Las presentes Bases Administrativas, y todo otro documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán la adquisición de los productos. La presente licitación originará Resolución de Adjudicación, Orden de Compra y el Contrato respectivo, en su caso. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
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DEFINICIONES |
* Director SSC :Sr. Víctor Valenzuela Alvarez
* Director CVMF : Dra. Vilma Razmilic Bonacic
* Servicio :CESFAM Dr. VMF, VIII región.
* Mandante :CESFAM Dr. VMF
* Unidad Técnica :CESFAM Dr.VMF.
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UNIDAD TECNICA |
Para los efectos de la licitación, la Unidad Técnica fija su domicilio en calle Maipú N°2120, Concepción, Unidad de Abastecimiento, Edificio Anexo.
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DOCUMENTOS DE LA LICITACION |
Los documentos y procedimientos de licitación, así como la relación contractual, estarán integrados e informados, además de la normativa legal y administrativa que gobierna la materia, por los siguientes antecedentes:
- Las presentes Bases Administrativas.
- Las consultas y respuestas.
- Las enmiendas del Servicio sobre las Bases y demás aclaraciones que de él deriven.
- Los Formularios.
- La oferta adjudicada.
- La Orden de Compra y/o el Contrato de Compraventa.
- Todo otro documento que forme parte de la Licitación que emane del CESFAM Dr. VMF.
El oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, anexos, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos de la Licitación. El CESFAM podrá admitir errores de forma que no afecten la igualdad de las ofertas ni la estricta sujeción a las bases.
Se hace presente que la entrega de documentos y/o información falsa, obligará al CESFAM a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Los documentos señalados se considerarán parte integrante del contrato que se suscriba, sin necesidad de mención expresa, complementando las obligaciones que allí se detallen.
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DE LOS PROPONENTES |
Sólo podrán participar en la presente Propuesta, aquellas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Asimismo, podrán postular consorcios o Unión de Proveedores, cuya propuesta deberá ser presentada por una única persona natural o jurídica a la que se denominará “oferente”.
Dicha persona natural o jurídica, cuando forme parte de un consorcio o Unión de Proveedores, actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de éste y será responsable directa de la propuesta ante el CESFAM, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de las otras empresas del consorcio, o proveedores integrantes de la Unión de Proveedores e independientemente de cualquier alianza o acuerdo que haya efectuado con éstas con el objeto de presentarse a la licitación. El prestador y/o su representante deberán constituir domicilio en la República de Chile.
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INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL |
Las ofertas deben ser ingresadas en el portal electrónico www.mercadopublico.cl (subir todos los documentos requeridos para la presente licitación), dentro del plazo y hora estipulados en las presentes bases.
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MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACION |
El CESFAM Dr. VMF, podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes que venza el plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante enmienda autorizada por resolución fundada, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente.
El CESFAM deberá prorrogar el plazo para la presentación de las ofertas y/o plazo de adjudicación o cualquier otra fecha indicada en la ficha de licitación lo cual será comunicado vía portal www.mercadopublico.cl.
Comunicaciones: Cualquier comunicación que deba realizar el CESFAM a los proponentes, será a través del portal www.mercadopublico.cl.
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ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA |
Documentos Administrativos
a) Anexo N°1, “Identificación del Oferente”.
b) Formularios N°1, 2, 3A y 3B, según corresponda.
c) Formulario N°4, Datos para el Pago.
d) En el caso de presentarse alguna oferta de Unión Temporal de Proveedores (UTP), se debe adjuntar instrumento privado del acuerdo solidario, individualizando los integrantes de esta unión, donde conste ID y nombre de licitación en la que comparecen, donde conste su solidaridad respecto de las obligaciones que se derivan de la o las ofertas que presenten, asimismo que las causales de inhabilidad para la presentación de ofertas, formulación de propuesta o suscripción de contrato afectarán a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores individualmente considerado, que no podrán ceder derechos de la participación de los miembros integrantes de la UTP, indicar que la vigencias cubrirá el periodo del contrato más 60 días hábiles, fijar domicilio de la UTP y nombrar un representante o apoderado común de ésta, designando un suplente.
e) Las declaraciones juradas sobre habilidades para ofertar y contratar por el Estado, deben ser presentadas digitalmente mediante los formatos tipos que Mercado Público dispone.
Documentos Técnicos
Los oferentes deberán incluir en su oferta los siguientes antecedentes:
a) Subir copia de Título Profesional.
b) Currículum Vitae.
c) Subir Certificados, originales o copias, emitidos por entidades competentes, que indiquen horas cronológicas de capacitación del oferente, en atención de pacientes con situaciones de salud mental y adicionalmente, en materias propias de su especialidad, sólo para efectos de evaluación.
d) Para acreditar Experiencia en el área de salud mental, se requiere que los oferentes adjunten Certificados, originales o copias, emitidos por entidades, deseable de Atención Primaria en Salud o similares, donde hayan prestado o presten actualmente el servicio, en los últimos tres años, sólo para efectos de evaluación.
Documentos Económicos
a) El Proveedor adjudicado deberá mantener los valores inicialmente ofertados, durante el período que dure el Contrato, sin reajustes ni modificación de ningún tipo. Ingresar valor unitario (mensual) neto.
b) En caso que la oferta supere el presupuesto disponible, ésta se declarará inadmisible.
c) Será responsabilidad del oferente acreditar si los servicios ofertados no se encuentran afectos a impuestos (Exentos de IVA). Caso contrario, se aplicará la regla general referida a que, debido a la entrada en vigencia de las modificaciones a la Ley del IVA, corresponde aplicar a los montos adjudicados el impuesto indicado, según lo dispone la Circular 50 de fecha 27.10.2022.
Para ello, se requiere subir Anexo en Formato Libre señalando esta condición o dejar consignado el antecedente en Ficha de Postulación.
d) Emitir Factura a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, RUT 61.607.104-1, Dirección: Maipú N°2120, Concepción.
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el CESFAM podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PROVEEDORES |
PERSONA NATURAL
Requisitos para Ofertar
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
• No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
Requisitos para ser Contratado
• No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que " Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios
directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos
de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
• Estar Inscrito en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886.
PERSONA JURÍDICA
Requisitos para ofertar:
• No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
• No haber sido condenado por delitos concursales establecidos en los Artículos 463 y siguientes del Código Penal, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 20.720, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
Requisitos para ser Contratado:
• No estar afecto a lo señalado en el art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”
• Estar Inscrito en Chileproveedores, entidad que verifica la no existencia de las inhabilidades contempladas en el art. 92 del Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886. En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el Registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación.
• No Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal de persona jurídica (incumplimiento artículos 8 Y 10, Ley 20.393).
Documentos persona jurídica
- Fotocopia del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886.
- Declaración jurada respecto de inhabilidad del artículo 10, Ley 20.393.
- Copia de escritura de Constitución Social y Estatuto y sus modificaciones.
- Certificado de Vigencia de Sociedad no superior a 30 días.
- Certificado de Vigencia de Poder no superior a 30 días.
UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES.
En este caso, quienes la componen deben cumplir con los mismos requisitos exigidos, ya sea si corresponden a persona natural o jurídica.
Documentos UTP:
1. Instrumento privado en el que conste la unión.
2. Demás antecedentes exigidos en los puntos, ya sea que se trate de persona natural o jurídica.
3. En relación a los formularios en donde conste las declaraciones juradas sobre inhabilidades para ofertar o ser contratado por el Estado, el apoderado de la UTP es quien deberá suscribir dichos formularios, entendiéndose que su declaración representa a los oferentes que componen el consorcio.
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GARANTÍAS REQUERIDAS |
Los instrumentos de garantía consistirán en una Boleta de Garantía o Vale Vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva. La garantía deberá ser irrevocable y pagadera a la Vista. Se tomarán por los montos, períodos de vigencia y condiciones indicadas en las presentes Bases Administrativas y deberán indicar la propuesta y la naturaleza del compromiso que garantizan, esto es, “Fiel Cumplimiento del Contrato".
GARANTÍA DE FIEL, CORRECTO Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Tipo de instrumento: Boleta, Vale Vista u Otro Instrumento
Beneficiario: CESFAM DR. VICTOR MANUEL FERNANDEZ
Monto: 10%
DESCRIPCIÓN: Para garantizar el fiel, oportuno y correcto cumplimiento del contrato el proveedor que se adjudique la licitación, deberá hacer entrega de boleta de garantía, vale vista u otro instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, tomada por uno o varios de los integrantes del oferente y pagadera a la vista de carácter irrevocable por un valor equivalente al 10% del valor total adjudicado (IVA Incluido), con vigencia de 60 días hábiles posteriores a la fecha de finalización del contrato, plazo que se contará desde la notificación de la Adjudicación. Esta garantía además, asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores de la empresa contratante acorde con lo dispuesto en el artículo 11, inciso primero de la Ley N°19.886. Las garantías deberán ser entregadas en sobre cerrado en Oficina de Partes del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción, ubicada en Maipú Nº2120, Concepción dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la Resolución de Adjudicación. En los casos que se otorgue garantía electrónica, deberá ajustarse a lo señalado en la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández hará efectiva esta garantía en el evento de generarse las causales establecidas en el numeral 34.2, del Nº1 al Nº8 “Del Término Anticipado del Contrato”. Asimismo, hará efectiva esta garantía, en el evento de cobrar multas o sanciones que se deriven de los incumplimientos señalados en los Puntos N°32.1 de las presentes bases administrativas, de la forma que en dichos párrafos se indica.
En los casos de modificación de contrato, los proponentes deberán ampliar o renovar la vigencia de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato presentada, ya sea con un nuevo documento o un endoso o renovación de la vigencia del mismo instrumento presentado inicialmente.
GLOSA: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE LA LICITACION PUBLICA 1057434-38-LE24, “ADQUISICION DE SERVICIOS PROFESIONALES DE TRABAJADOR SOCIAL Y PSICOLOGO PARA CESFAM DR. V.M. FERNANDEZ”.
FORMA Y OPORTUNIDAD DE RESTITUCIÓN: Al adjudicatario se le devolverá la garantía de fiel cumplimiento mediante oficio, enviada por carta certificada al domicilio del oferente informado en la licitación, adjuntando la garantía endosada por el Director del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de su vencimiento o dentro de los 10 días hábiles de suscrita el acta de recepción cualitativa, según el caso. Tratándose de la Garantía Electrónica, ésta se restituirá dentro de 10 días hábiles, contados desde los mismos casos, en la forma que señale el oferente dentro de su oferta.
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MONTOS Y DURACION DEL CONTRATO |
a) Estimación en base a: Presupuesto Referencial.
b) Fuente de Financiamiento: Fondos Programa PRAPS Salud Mental 2024.
c) Monto Total Disponible por 04 Meses: $9.300.000.- Exento de Impuesto, de acuerdo al sigiente desglose:
- Trabajador Social 44 Hrs. : $6.200.000.-
- Psicólogo 22 Hrs. : $3.100.000.-
d) Tipo Contrato: Compra de Servicios
e) Duración del Contrato: Contrato de ejecución en el tiempo.
f) Tiempo de ejecución: La vigencia del contrato será hasta el 31.12.2024, contemplándose para el primer mes, pago de manera proporcional.
g) Plazos de pago: Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada, según lo señalado en el punto 30 de las presentes Bases.
h) Opciones de Pago: Transferencia electrónica.
i) Responsable del pago: Luis Carrasco Pizarro.
j) e-mail de responsable de pago: jefefinanzascvmf@ssconcepcion.cl
k) Nombre del responsable de contrato: Ps Andrea Cienfuegos Zaror.
l) e-mail del responsable del contrato: jefesaludmentalcvmf@ssconcepcion.cl
m) Teléfono responsable de contrato: 41-2721406
n) Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación parcial: transporte para el traslado de Informes, en caso de ser necesario para la prestación de los servicios.
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DE LA COMISION DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN |
La Comisión de Evaluación y Adjudicación estará integrada, por las siguientes personas o quienes la subroguen:
1. Subdirector Administrativo CVMF.
2. Jefe Unidad Salud Mental CVMF
3. Jefe Departamento de Finanzas CVMF
4. Jefa (S) Departamento Abastecimiento CVMF.
Funciones de la comisión:
1) Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o Ficha Técnica del Portal Mercado Público.
2) Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de las mismas, así como también solicitar que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas, todo lo cual deberá ser canalizado e informado al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Fuera de este mecanismo, los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la Comisión. El oferente deberá dar respuesta en a través del mismo medio, dentro del plazo señalado, de la forma indicada en el párrafo “Presentación de Aclaraciones y Antecedentes Omitidos”.
3) Revisar y estudiar la documentación solicitada, ponderando las ofertas técnica y económicamente, confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes, todo ello en conformidad a los criterios de evaluación contemplados en el pliego de condiciones.
4) De existir empate en la nota final entre dos o más ofertas en el resultado, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, ésta deberá dirimir a través del análisis del criterio de evaluación con mayor ponderación, según lo establecido en el párrafo de “Resolución de Empates”.
5) Podrá proponer la declaración de inadmisibilidad de una oferta, si de la evaluación se determina que no cumple con lo exigido en las bases. De la misma forma, La comisión podrá sugerir la declaración de la presente licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, porque juzga que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del CESFAM.
6) Confeccionar un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean éstos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros, y contendrá a lo menos: los hitos más relevantes
del proceso de licitación, Cuadro Comparativo o Evaluativo de las Ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación. Dicho documento será firmado por los integrantes de la presente comisión para ser presentado a la Autoridad del Servicio que adjudicará.
7) En caso de existir dudas entre los miembros de la comisión, podrán solicitar un pronunciamiento al departamento Jurídico del Servicio, como asesor externo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva de Compras N° 14.
8) Insertar en el informe una declaración en la cual los integrantes de la comisión afirmen no tener conflicto de intereses. De presentarse la situación de tener algún conflicto de este tipo, el integrante afectado deberá abstenerse, siendo reemplazado por otro funcionario mediante acto administrativo.
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PRESENTACION DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder lo solicitado por el CESFAM, o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El CESFAM no considerará las respuestas recibidas una vez vencido dicho plazo, dejando la oferta inadmisible.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
1) Precio = 50%
2) Experiencia del Oferente en el Area = 20%
3) Capacitaciones = 20%
4) Cumplimiento de Documentación y Requisitos Formales. = 5%
5) Comportamiento Contractual Anterior = 5%
El cálculo y Fórmulas de los Criterios de Evaluación descritos, se encuentran desarrollados en el Numeral 20 de las Bases de Licitación.
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RESOLUCION DE EMPATES |
En caso de empate entre dos o más oferentes, aun cuando de la evaluación se esté usando el máximo de decimales posibles, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1) Precio
2) Experiencia del Oferente en el Area
3) Capacitaciones
4) Cumplimiento de Documentación y requisitos Formales.
5) Comportamiento Contractual Anterior
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DE LA ADJUDICACION |
Finalizado el proceso de evaluación de las Ofertas, el CESFAM adjudicará bajo la modalidad de Adjudicación Múltiple aceptando la oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación, emitiendo al efecto la Resolución Fundada de Adjudicación, la que se publicará a través del Sistema de Informaciones www.mercadopublico.cl, entendiéndose notificada luego de las 24 horas transcurridas desde su publicación en el portal.
El CESFAM declarará inadmisible la oferta cuando ésta no cumpla con los requisitos establecidos en las bases y podrá declarar desierta la licitación en forma total, cuando no se presenten ofertas, o bien cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal y reglamentaria aplicable, previa resolución fundada dictada al efecto. La adjudicación será dejada sin efecto por el CESFAM dictando la resolución fundada correspondiente, en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario rechaza la adjudicación: Se entenderá por rechazada la adjudicación cuando el adjudicatario rechaza expresamente, ya sea por escrito o a través del portal.
b) Si el adjudicatario no acredita encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, previa emisión de la orden de compra.
c) Si el adjudicatario infringiere la Ley N° 19.886 en cualquier modo que afecte su capacidad y calidad para contratar con la Administración del Estado, en los términos contemplados en el artículo 4° de la referida Ley.
d) Si el adjudicatario no presenta la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, dentro de los plazos establecidos en estas Bases.
En todos estos casos, el CESFAM podrá readjudicar la licitación, dentro de los 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, de acuerdo al artículo 43 del Reglamento, y siempre que resulte convenientes a los intereses institucionales. En caso de no existir otro oferente, se deberá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierta la licitación.
El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tendrá la facultad de adjudicar en una fecha distinta a la establecida originalmente. Luego, este cambio de fecha, se formalizará a través del acto administrativo correspondiente, el cual se publicará en el portal para que estén en conocimientos los oferentes. (En concordancia con lo establecido en artículo 41 de Decreto N°250 que establece Reglamento de compras).
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MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACION |
Las consultas generadas producto de la adjudicación deberán realizarse a través de correo electrónico a la Jefa del Depto. de Abastecimiento o a quien la subrogue: jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl; abastecimiento3cvmf@ssconcepcion.cl
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CONTRATO Y ORDEN DE COMPRA |
DEL CONTRATO
Para este convenio se considera la existencia de Contrato, el que se formalizará con la emisión y aceptación de la primera OC, dado que la contratación es de simple y objetiva especificación.
DE LA ORDEN DE COMPRA
Se emitirán Órdenes de Compra mensuales, previas Solicitudes emitidas a través del Sistema Informático CGCOM, por parte de la Unidad de Salud Mental del CESFAM Dr. VMF, correspondiente a los servicios a ejecutar durante el respectivo mes, una vez que se encuentre tramitada la Resolución adjudicatoria y ésta sea publicada en el portal www.mercadopublico.cl., entendiéndose notificada al adjudicatorio, 24 horas posteriores a su publicación en el Portal Mercado Público
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VIGENCIA Y RENOVACIÓN |
La vigencia del contrato será hasta el 31.12.2024, contemplándose para el primer mes, pago de manera proporcional a las prestaciones efectivamente trabajadas ese mes.
No Contempla Renovación de Contrato.
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ACREDITACION DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL |
Para ser contratado, el proveedor adjudicado deberá adjuntar los formularios N°4A O 4B según corresponda y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 30 días, acreditando o no el cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social para con sus trabajadores.
Si el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con trabajadores actuales o con trabajadores contratados durante los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
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MODALIDAD DE PAGO |
El pago se realizará contra factura, previa recepción conforme por parte del requirente, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura respectiva, (Ley de Presupuesto de la Nación para el año 2024, Ley N°21.640 de fecha 18.12.2023 , glosa 2, letra e) de las partidas del Ministerio de Salud, “Las obligaciones devengadas de cada Servicio de Salud deberán ser pagadas en un plazo que no podrá exceder de 30 días, a contar de la fecha en que la factura es aceptada”.
La factura deberá ser emitida a nombre del CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción RUT. 61.607.104-1, dirección Maipú N°2120, Concepción, cancelada en original y dos copias. INDICANDO ADEMAS EL NUMERO DE ID DE LA LICITACION QUE DIO ORIGEN A COMPRA, CTA. CORRIENTE Y ENTIDAD BANCARIA, PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA ELECTRONICA, Y CORREO ELECTRÓNICO PARA SU NOTIFICACIÓN.
En el caso que la empresa adjudicada emita factura electrónica, se requiere que este además sea enviado al correo electrónico del Encargado de Oficina de Partes, ofpartescvmf@ssconcepcion.cl.
El proveedor deberá enviar el XML de la factura a la dirección dipresrecepcion@custodium.com y el número de OC se debe indicar en referencia (801).
En virtud del dictamen de Contraloría General de la República N° 7561N18 de fecha 19 de marzo de 2018: “se debe tener en cuenta que el artículo 3° de la ley N° 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, previene que para los efectos de esta ley, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si no se reclamara en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción”. Por lo tanto, en base a lo anteriormente señalado, el plazo para la recepción cuantitativa será de 8 días corridos a partir de la recepción de bultos, transcurrido el cual se entenderá fuera de plazo la recepción señalada y se entenderá la factura aceptada, si no hubiere sido rechazada conforme a la normativa anteriormente señalada.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), será el representante de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva, para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
Para efectos de pago el proveedor deberá acompañar la documentación entregada con el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo (F-30).
En conformidad al Artículo 8 de la Ley de presupuestos, el adjudicado/contratado debe contar con cuenta bancaria para efectuar el pago mediante transferencia electrónica de fondos.
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DEL FACTORING Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN |
El CESFAM respetará los contratos de factoring suscritos por sus adjudicatorios, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
Por otro lado, el adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.
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PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES |
En todos estos casos, detectada una situación que amerite la aplicación de sanciones, por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones” el cual será notificado mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato” comunicando del inicio del procedimiento y especificando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el tipo de sanción que correspondiere. Tratándose de multa, además se informará su monto. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para aceptar la aplicación de sanción o efectuar sus descargos a través de la plataforma www.mercadopublico.cl modulo gestión de contrato los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución aplicando o no la sanción.
Si el adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de estos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del Reglamento de Compras Públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público “Gestión de Contrato”.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes) desde notificada la resolución en portal Mercado público “Gestión de Contrato” para presentar recurso de reposición a través de carta certificada o con entrega presencial en Oficina de Partes o derivando sus descargos al correo electrónico oficina de ofpartescvmf@ssconcepcion.cl – jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl – jefesaludmentalcvmf@ssconcepcion.cl - abastecimiento4cvmf@ssconcepcion.cl. Resuelto el recurso de reposición, ya sea éste acogido parcial o totalmente, será notificado al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones”, el que a su vez notificará mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico que el Sistema dirige al “administrador del Contrato”; en caso que el recurso de reposición sea rechazado, el acto administrativo que así lo resuelva será notificado por correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato”.
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PROCEDIMIENTO PARA REALIZAR EL TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
En el caso de que se genere una o más de las situaciones señaladas en los numerales 1 a 8, detectada la situación por parte de la entidad o del funcionario responsable, éste le informará al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones” el cual será notificado mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato” comunicando del inicio del procedimiento y especificando la causal, los hechos que la constituyen y la decisión de poner término al contrato pactado. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para aceptar la aplicación de sanción o efectuar sus descargos a través de la plataforma www.mercadopublico.cl en Módulo Gestión de Contratos, los que sólo podrán fundarse por caso fortuito o fuerza mayor o causa no imputable al proveedor, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes que lo justifiquen. Vencido el plazo para presentar descargos, y sin que éstos se hayan presentado, la entidad dictará la respectiva Resolución aplicando o no la sanción.
Si el adjudicado hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la entidad tendrá un plazo de veinte días hábiles a contar de la recepción de estos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución o acto administrativo. En virtud del Artículo 6 y 79 ter del reglamento de compras públicas la resolución que aplique la multa deberá ser publicada en el sistema de información Mercado público “Gestión de Contrato”.
Sin perjuicio de lo expuesto, posterior a la tramitación de la Resolución que determina la aplicación de multa, el adjudicatario podrá interponer los Recursos establecidos en la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes) desde notificada la resolución en portal Mercado público “Gestión de Contrato” para presentar recurso de reposición a través de carta certificada o con entrega presencial en Oficina de Partes o derivando sus descargos al correo electrónico ofpartescvmf@ssconcepcion.cl – jefeabastecimientocvmf@ssconcepcion.cl – jefegestionoperacionalcvmf@ssconcepcion.cl – abastecimiento4cvmf@ssconcepcion.cl. Resuelto el recurso de reposición, ya sea éste acogido parcial o totalmente, será notificado al adjudicatario a través de la plataforma Mercado Público Módulo Gestión de Contratos “gestión de sanciones”, el que a su vez notificará mediante su escritorio de www.mercadopublico.cl y un correo electrónico que el Sistema dirige al “administrador del Contrato”; en caso que el recurso de reposición sea rechazado, el acto administrativo que así lo resuelva será notificado por correo electrónico dirigido al “administrador del Contrato”.
El CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández tomará las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del proveedor, en el evento de que el perjuicio originado sea mayor al valor de la mencionada Garantía.
El término del contrato por la causal establecida en el numeral 9 se deberá generar mediante la suscripción de mutuo acuerdo del convenio de término anticipado del contrato, que deberá ser aprobado por Resolución o Acto Administrativo sin necesidad de trámite judicial alguno.
Las partes de este contrato han acordado dar el valor esencial a la presente clausula.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el
resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LA OBLIGACION DE CONFIDENCIALIDAD |
El adjudicatario deberá guardar la confidencialidad de todos los antecedentes que conozca con motivo de la prestación del servicio o provisión del suministro, ya sean aquellos de los cuales conozca por la realización del mismo o proporcionados por el CESFAM y no podrá hacer uso de ellos para fines ajenos a la contratación, salvo por aquellos obtenidos de los mecanismos establecidos por la ley.
Cualquier infracción a lo anterior, podrá originar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el punto 34.2 de las presentes bases.
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HOIRRIO DE TRABAJO |
Los horarios de trabajo a los que deberán ceñirse los oferentes que se adjudiquen cada una de las líneas de la presente licitación, serán coordinados por Referente del Programa de Salud Mental, de acuerdo a Pautas establecidas.
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DEL INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR Y SUS SANCIONES |
Ante los siguientes incumplimientos por parte del Oferente contratado, el CESFAM deberá para aplicar las sanciones que se detallan a continuación:
Faltas Leves y sus sanciones:
Por cada una de las faltas Leves a continuación detalladas en que incurra el oferente, por separado e independientes entre sí, salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, obligará al CESFAM Dr. VMF de Concepción a aplicar una multa por evento, equivalente al 2 UF, considerando para este cálculo, la fecha de la UF del día en que se verifica la falta:
- Incumplimiento en la ejecución de las prestaciones correspondientes, debidamente validado a través de reclamos de usuarios e Informe Técnico emitido por la Encargada del Programa.
La constatación de 3 faltas en un mes, en la ejecución de las prestaciones mencionadas, permitirá al CESFAM poner término anticipado al contrato.
- Reclamos por parte de los usuarios, organizaciones funcionales, o establecimientos educacionales, respaldados por Informe Técnico emitido por la Encargada del Programa.
- Inasistencias a sus funciones, sin justificación dirigida a Jefe de Unidad de Servicio Social.
4. Atrasos por más de 60 minutos en un mes, sin justificación dirigida a Jefe de Unidad de Servicio Social
En toda sanción, el CESFAM Dr. Víctor Manuel Fernández de Concepción deberá considerar las siguientes reglas:
a) Los hechos que constituyen las causales de sanción deberán ser informadas por el responsable del contrato mediante informe a la sección de Abastecimiento para proceder con el proceso de evaluación del mismo.
b) Las multas de que trata el presente artículo se devengarán desde la fecha en que se haya verificado el hecho que la origina.
c) El CESFAM Dr. VMF podrá descontar las multas detalladas precedentemente en forma administrativa, de los Estados de Pago o contra la garantía de fiel cumplimiento del contrato, hasta por el monto de la multa, salvo que el proveedor deposite el valor de la multa en la cuenta del CESFAM dentro del plazo de 3 días hábiles desde la notificación de la Resolución que aplica la multa. Si la garantía se hubiere tomado por un monto mayor al de las multas, igualmente se podrá hacer efectiva la Garantía, debiendo el CESFAM consignar a cuenta del proveedor la diferencia a su favor dentro de diez (10) días hábiles de ejecutada la garantía. Si se cobra la garantía por aplicación de multa, la empresa deberá emitir, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el cobro, un nuevo documento que garantice el 5% del valor total del contrato, debiendo tener una vigencia igual a la garantía inicial. El CESFAM Dr. VMF retendrá el saldo a favor hasta que el adjudicatario entregue la nueva garantía.
d) Si no existiere pago pendiente o el proveedor no hace el depósito, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el CESFAM. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha del pago. El CESFAM podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente.
e) Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor total del servicio. No obstante lo anterior, el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.
f) El cobro de una o más de las multas precedentes, es sin perjuicio del derecho del CESFAM para poner término al Contrato por causa imputable al proveedor y exigir, en tal caso, la indemnización de los perjuicios.
g) No obstante lo anterior, el incumplimiento en la entrega del bien o prestación de los servicios contratados, significará realizar la adquisición en el mercado, asumiendo el costo diferencial el oferente adjudicado.
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DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
De las modificaciones:
El CESFAM podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado (Art. 77 del Reglamento).
34.2 Del Término Anticipado del Contrato:
Por otro lado, el CESFAM, previo procedimiento administrativo, declarará el término del contrato por alguna de las siguientes causales:
1. Que el proveedor, en los casos en que procediere, fuere sancionado por el acto administrativo correspondiente:
a) Séis veces por Faltas Leves.
b) Cuatro veces por Faltas Graves; o por una Falta Grave, habiéndose aplicado anteriormente más de dos multas por Falta Leve.
c) Las multas serán aplicables hasta un tope del 30% del valor del servicio.
2. Que el proveedor fuese declarado en estado de notoria insolvencia, a menos que mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
4. En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora.
5. Si cede o transfiere en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en la Resolución y/o Contrato definitivo.
6. Incumplir el pacto de integridad u obligación de confidencialidad, en lo que a la ejecución del contrato se refiere.
7. En el caso de la Unidad Temporal del Proveedores (UTP), será causal de término anticipado en los siguientes casos:
a) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
e) Disolución de la UTP.
8. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
9. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
a) No procederá el pago de indemnización alguna a favor del contratista.
b) Las partes fijarán de mutuo acuerdo en el contrato que suscriban, el resto de las
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INICIO DE LOS SERVICIOS |
Los Servicios de iniciarán desde la fecha de aceptación de la primera Orden de Compra emitida, previa recepción de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, El primer mes se pagará proporcionalmente a las prestaciones efectivamente trabajadas ese mes, con pago proporcional desde la fecha de inicio de los servicios y hasta el 31.12.2024.
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