El periodo de Contratación será por un año, el que comenzará a regir desde la firma del Contrato respectivo (Estimado en Agosto de 2017), periodo prorrogable en un año, previo informe emitido por DEFA Centro de Semillas Chillán, respecto de la calidad del servicio prestado y del comportamiento del proveedor adjudicado.
11.- TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El convenio se extinguirá por cualquiera de las siguientes causas:
Ante incumplimiento del contrato. Considerándose como incumplimientos por parte del proveedor, los siguientes casos generales y las posibles situaciones específicas que de ellos se deriven:
• Evidente insolvencia económica o quiebra del proveedor.
• Mutuo acuerdo de las partes involucradas.
• Cuando la Empresa Contratista no esté cumpliendo con los servicio presentados en su propuesta.
• Por incumplimiento grave de sus obligaciones laborales, previsionales o de seguridad con sus propios trabajadores; o por entorpecimientos que afecten el derecho a información consagrado en la Ley N° 20.123 de subcontratación.
En cualquiera de estos casos, la Corporación dispondrá de plena facultad para darle término unilateral y de forma anticipada al convenio, bastando para dichos efectos, la sola notificación mediante carta certificada enviada al domicilio del Representante legal del prestador de servicios que figure en el contrato suscrito, sin derecho a indemnización por parte de Conaf.
12.- FORMA DE PAGO
Los servicios mensuales se pagarán por mes vencido, el pago se cursará dentro de la primera quincena del mes siguiente, y para ello el contratista deberá emitir la factura correspondiente, adjuntando para estos efectos Certificado de la Inspección del Trabajo, o bien, fotocopia de las planillas de cotizaciones previsionales, salud, y liquidaciones de sueldos efectivamente declaradas y pagadas respectivamente. En el caso que el Contratista optara por lo último, CONAF podrá solicitar semestralmente presentar Certificado emitido por la Inspección del Trabajo en que se acredite, por una parte, que sus dependientes se encuentran al día en el pago de sus remuneraciones e imposiciones y que, por otra, no existan demandas o reclamos laborales pendientes, facultándose a la Corporación para retener el pago por concepto de renta hasta el cumplimiento de dichas obligaciones. Lo anterior, habiendo recibido la Factura y previa recepción conforme del trabajador por parte del Encargado del Departamento Administración y Finanzas del Centro de Semillas, Genética y Entomología o quien le subrogue.
13.- DE LA ADJUDICACIÓN
La fecha de adjudicación será la indicada en el portal www.mercadopublico.cl.
La Corporación adjudicará esta licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y técnicas, podrá declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en dichas Bases. Podrá además, declarar desierta esta licitación pública cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan su capacidad presupuestaria; en estos últimos casos, dichas declaraciones deben ser manifestadas por Resolución Fundada. La adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl , señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación. Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases Administrativas. Con este efecto la Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl , de acuerdo a la normativa vigente. La notificación de la Resolución de Adjudicación, se entenderá realizada, luego de las 24 hrs. transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl. En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar, y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
14.- SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO:
CONAF y el adjudicatario suscribirán un contrato de ejecución de servicios, el cual será publicado en la respectiva licitación pública del portal de compras dentro de los 15 días hábiles siguientes desde la notificación de la adjudicación de la licitación en el mencionado portal de compras. Este contrato será confeccionado por Unidad Jurídica de CONAF, y en él se establecerán las cláusulas que regirán el proceso de adquisición, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las Bases Administrativas y Técnicas de esta licitación pública.
15.- READJUDICACIÓN:
Si el oferente adjudicado, no suscribe el contrato dentro del plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases; se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto CONAF, tendrá derecho a encomendar la adquisición de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando inadmisible el proceso.
16.- SANCIONES Y MULTAS
Esta Licitación Pública y posterior Contrato consideran la aplicación de las siguientes multas para cada caso de incumplimiento incurrido por el oferente adjudicado:
• Se aplicará una multa correspondiente a un 50% del valor neto diario del contrato, por ausencia sin reemplazo por cada operario día. La multa se aplicará a partir de la segunda ausencia que pudiera ocurrir dentro de cada semana calendario, ya que en caso que hubiese una ausencia durante la semana, ésta deberá ser compensada el día sábado siguiente al día de la falta, con el aumento de una persona, en calidad de refuerzo, para las labores de aseo de repaso diario de este día.
• 0.5 UF en caso que el personal de reemplazo en periodo de vacaciones de la dotación de personal establecida en contrato conforme la respectiva oferta no cumpla en forma eficiente y en un 100 % con las tareas diarias contratadas, previo aviso verbal y por segunda vez consecutiva por escrito, al supervisor(a) con copia al Gerente(a) de la empresa adjudicada.
• 1 Unidad de Fomento por cada tres semanas de atraso en el cumplimiento de las diferentes tareas quincenales, mensuales y semestrales, establecidas en Bases Técnicas de esta Licitación y en la respectiva oferta.
• 1 Unidad de Fomento por cada falta de equipamiento que afecte vestuario o equipo de seguridad personal. El valor de las multas serán descontadas del estado de pago mensual, siendo facturadas en ese mismo acto.