Licitación ID: 4023-3-LE18
REPOSICIÓN SIST DE PARARRAYOS, COMUNA DE PUTRE
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUTRE, Secoplac
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 7
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
REPOSICIÓN SISTEMAS DE PARARRAYOS, SECTOR GUALLATIRE-SURIRE, COMUNA DE PUTRE Se determinó realizar una reposición total de los sistemas de pararrayos, debido a que gran parte se encuentra fuera de norma, con algún desperfecto o su rango de protección no  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REPOSICIÓN SIST DE PARARRAYOS, COMUNA DE PUTRE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
REPOSICIÓN SIST DE PARARRAYOS, COMUNA DE PUTRE Se determinó realizar una reposición total de los sistemas de pararrayos, debido a que gran parte se encuentra fuera de norma, con algún desperfecto o su rango de protección no es el adecuado. El sistema de pararrayos básicamente estará constituido por: mástil de acero galvanizado de 9 mt de altura (continuo), con 6 vientos ubicados en dos posiciones (zona media y extremo superior), mástil pequeño de 1 metro donde se conectará el equipo pararrayos a través de la pieza de adaptación, el que se interconectará a través de un conductor tipo cable de cobre blando desde el equipo pararrayos, pasando por dentro del mástil, hasta la arqueta de registro, la que finalmente une al sistema de puesta a tierra, el traspaso desde el mástil hacia la arqueta de registro se realizará a través de un ducto de PVC que se instalará en la fundación del mástil. El mástil se fijara al terreno por medio de una fundación de hormigón armado, como también existirán 3 fundaciones de anclaje para los 6 vientos (2 por cada fundación)
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUTRE
Unidad de compra:
Secoplac
R.U.T.:
69.250.800-9
Dirección:
J. M. Carrera 350
Comuna:
Putre
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-09-2018 16:00:00
Fecha de Publicación: 12-09-2018 15:49:06
Fecha inicio de preguntas: 12-09-2018 16:05:00
Fecha final de preguntas: 20-09-2018 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-09-2018 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-10-2018 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-10-2018 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 26-11-2018 18:29:50
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Según Bases administrativas Generales adjuntas
Documentos Técnicos
1.- Según Bases administrativas Generales y Especificaciones Técnicas adjuntas
 
Documentos Económicos
1.- Según Bases administrativas Generales adjuntas
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más económica, considerando que la variación del monto total no deberá ser inferior al 15% del monto propuesto por el mandante. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula: Dirigirse al punto 4.4.1.1 de las BAG 30%
2 Plazo de ejecución Corresponde al plazo de ejecución de la obra, considerando que la variación del plazo total de ejecución no deberá ser inferior al 10% del plazo propuesto por el mandante. El puntaje máximo lo tendrá aquel oferente que presente un menor plazo en la ejecución. Las ofertas se evaluarán de la siguiente forma: Dirigirse al punto 4.4.1.2. de las BAG 30%
3 Experiencia dirigirse al punto 4.4.1.3. de las BAG 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: ZOFRI S.A.
Monto Total Estimado: 30400000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: alicia condori
e-mail de responsable de pago: alicia.condori@imputre.cl
Nombre de responsable de contrato: Cristian Marca Onofre
e-mail de responsable de contrato: cristian.marca@imputre.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2572524-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Putre
Fecha de vencimiento: 28-12-2018
Monto: 450000 Peso Chileno
Descripción: 1 La seriedad de la oferta de los proponentes se garantizará mediante la presentación de una Boleta Bancaria de Garantía, a nombre de la Municipalidad de Putre, con una validez mínima de 90 días corridos, contados desde el día siguiente a la fecha de apertura de propuestas, o vale vista, por un monto fijo en pesos chilenos de $ 450.000.- (Cuatrocientos mil pesos). La glosa de la Garantía debe señalar: “Para garantizar Seriedad de la Oferta licitación, Reposición Sistemas de Pararrayos, sector Guallatire-Surire, Comuna de Putre”. 8.1.2 La boleta o vale vista deberá ser ingresada en forma física hasta las 17:45 horas del día hábil anterior, al fijado para la Apertura electrónica de la Licitación, en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Putre ubicada en calle José Miguel Carrera N°350, ciudad de Putre. 8.1.3 La boleta o vale vista, deberá ser devuelta, cuando corresponda, a cada uno de ellos, salvo a aquellos que obtuvieron los dos primeros lugares, en un plazo no superior a los 10 días hábiles contados desde la fecha de apertura. La devolución de las boletas bancarias de garantía o vales vista por seriedad de la oferta a los proponentes que obtuvieron los dos primeros lugares, se hará dentro de 10 días hábiles contados desde la fecha de firma del contrato. 8.1.4 El Mandante tendrá derecho a hacer efectiva la boleta bancaria de garantía o vale vista por seriedad de la oferta en caso que el proponente adjudicado no se presentare a firmar el contrato dentro de los 5 días hábiles a contar de la fecha en que por escrito se le comunique dicha decisión.
Glosa: Para garantizar Seriedad de la Oferta licitación, Reposición Sistemas de Pararrayos, sector Guallatire-Surire, Comuna de Putre
Forma y oportunidad de restitución: La boleta o vale vista, deberá ser devuelta, cuando corresponda, a cada uno de ellos, salvo a aquellos que obtuvieron los dos primeros lugares, en un plazo no superior a los 10 días hábiles contados desde la fecha de apertura. La devolución de las boletas bancarias de garantía o vales vista por seriedad de la oferta a los proponentes que obtuvieron los dos primeros lugares, se hará dentro de 10 días hábiles contados desde la fecha de firma del contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Putre
Fecha de vencimiento: 28-12-2018
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para Garantizar el fiel cumplimiento del contrato, Reposición Sistemas de Pararrayos, sector Guallatire-Surire, Comuna de Putre
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al contratista a su solicitud, previa presentación de la boleta bancaria de garantía o vale vista para caucionar la correcta ejecución de las obras, una vez que se haya dado término a la ejecución de la misma y recibido conforme sin observaciones En caso de ampliación de plazo, la vigencia de la Garantía deberá ser prorrogada, de acuerdo al nuevo plazo contractual, más 90 días corridos.
    Otras Garantías
Beneficiario: Municipalidad de Putre
Fecha de vencimiento: 31-12-2018
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: Para Garantizar la correcta ejecución de las Obras del contrato, Reposición Sistemas de Pararrayos, sector Guallatire-Surire, Comuna de Putre
Forma y oportunidad de restitución: La boleta bancaria o vale vista por correcta ejecución de las obras tendrá un plazo de validez de 365 días más 90 días adicionales contados desde la fecha del acta de recepción provisoria de la obra, transcurrido este plazo y previa verificación por la unidad técnica del buen estado de conservación de las obras, la garantía le será devuelta al contratista a su solicitud, sin perjuicio del plazo de responsabilidad del contratista por 5 años, a que se refiere el Código Civil, artículo 2.003, inciso 3.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Propuestas
Los documentos que presenten los oferentes se deberán obligatoriamente remitir en forma digital a través del sistema www.mercadopublico.cl, en idioma español, escritos a máquina o en un medio electrónico. Además, la documentación escaneada y/o impresa debe ser legible y sin errores. Opcionalmente, se podrá ingresar por oficina de parte de la Municipalidad de Putre, un ejemplar de la propuesta (original), sin enmiendas ni palabras manuscritas, lo que se considera como parte de los criterios a evaluación, en los términos del punto 4.4. “Procedimiento de Adjudicación” de las presentes Bases Administrativas Generales. La oficina de Partes de la Municipalidad de Putre, se encuentra ubicada en la calle Carrera N°350 de la ciudad de Putre.
Propuesta Administrativa
Corresponde al archivo digital “ANEXO ADMINISTRATIVO”, en el cual el proponente deberá incluir lo siguiente: a. Formato tipo de identificación completa del proponente: Si es persona natural, deberá adjuntar copia simple de Cédula Nacional de identidad; tratándose de personas jurídicas se deberá adjuntar los documentos pertinentes que acrediten su representación legal, salvo inscripción vigente en el registro de proveedores del estado www.chileproveedores.cl (Anexo 1). b. Boleta de Garantía bancaria de Seriedad de la Oferta: a la Vista o Vale Vista bancario emitido a nombre o a favor de la Municipalidad de Putre por el valor en pesos chilenos correspondiente a $ 450.000.- (Cuatrocientos cincuenta mil pesos), plazo de vigencia e identificación del proyecto determinado en las presentes Bases Administrativas Generales y deberá ser tomada por el proponente que presente la oferta o su representante legal. No se aceptarán garantías tomadas por terceros ajenos a la sociedad. La presentación de este documento será física, el que deberá ser ingresado en oficina de partes de la Municipalidad de Putre, a más tardar hasta las 17:45 horas del día anterior a la Apertura de la Propuesta Electrónica, esto es, considerando el horario de oficina de la Municipalidad de Putre. La Oficina de Partes de la Municipalidad de Putre, se encuentra ubicada en calle José Miguel Carrera N°350 de la ciudad de Putre. c. Certificado vigente emitido por la Inspección del Trabajo: en el cual se acredite que el oferente no tiene denuncias ni reclamaciones pendientes derivadas de sus obligaciones laborales y previsionales, ni multas ejecutoriadas pendientes de pago, respecto de sus trabajadores o los de subcontratistas si los hubiere, que pudieren involucrar su responsabilidad subsidiaria o solidaria. La vigencia de este certificado deberá ser de una antigüedad no superior a 30 días antes del día fijado para la apertura de la propuesta. d. Declaración jurada simple de conocimiento y aceptación de las Bases de Administrativas Generales, BAG (Anexo 2).
Propuesta Técnica
Corresponde al archivo digital “ANEXO TECNICO”, en el cual el proponente deberá incluir lo siguiente: a. Nómina del personal profesional y técnico: que se hará cargo de la obra, de acuerdo a formato tipo (Anexo 4). b. Listado de obras ejecutadas y/o en ejecución: en el rubro de Proyectos de Obras Civiles en generales, instalaciones eléctricas, sistemas de puesta a tierra, instalación de sistemas de pararrayos, efectuados en sector rural, pre-cordillera y cordillera de cualquier lugar del país, indicando monto de inversión para cada uno de ellos (incluye: Obras Civiles Mayores, Obras Civiles Menores, Construcción de sistemas de puesta a tierra, instalación de sistemas de pararrayos, instalaciones eléctricas interiores, etc.). Este informe o listado de proyectos debe ser debidamente respaldado con certificaciones (Contratos Resoluciones, Certificados de Servicios Públicos, de empresas Privadas, Actas de adjudicación del Portal, Órdenes de Compras y otros antecedentes de respaldo de carácter legal). (Anexo 5) c. Experiencia Profesional del Proponente: Se refiere a contratos que se encuentren en ejecución o ejecutados por parte del oferente en los últimos cinco años y que tengan relación con obras de edificación, eléctrica, sean de naturaleza pública, municipal o privada. Es obligatorio indicar el teléfono y nombre de contacto del mandante, su omisión facultará al mandante a no incluirlo en la evaluación. El oferente deberá adjuntar a dicho anexo los documentos, contratos, órdenes de compra, recepciones provisorias o certificados, emitidos por instituciones públicas y/o particulares que acrediten la realización de cada proyecto declarado. Solo los trabajos acreditados serán evaluados. (Anexo 6) d. Programación - Carta Gantt: de acuerdo al desglose establecido en el itemizado o especificaciones técnicas del proyecto (Formato libre). e. Copia simple de certificado visita a terreno: de acuerdo a lo expresado en el punto 4.1.2 de las BAG.
Propuesta económica
Corresponde al archivo digital “ANEXO ECONOMICO”, en el cual los proponentes deberán incluir: a. Cuadro resumen de Presupuesto: indicando el monto total de la oferta en pesos chilenos, indicando Valor Neto, IVA y Valor Total del Proyecto. (Anexo N°7) b. Formato Oficial de Presupuesto: en el cual se incluirán todas las partidas e ítems solicitados por el Mandante. En el caso de no estar especificada alguna de ellas, deberá ser incluida en el orden secuencial que corresponda. Del mismo modo, se deberá indicar expresamente si algún ítem está incluido en otra partida del presupuesto, estipulando frente a ella textualmente lo siguiente: “incluido en ítem ...”. Se deberá incluir un desglose del ítem “otros”, en el caso de que éste exista. (Anexo N°8) c. Oferta Económica del Proponente: Formato que representa la Oferta Económica del proponente, con indicación del monto total en pesos, en palabras, plazo de ejecución de la obra y plazo de la validez de la oferta (Anexo 9). Tanto el valor de la oferta como el plazo de ejecución, presentados en el formato papel, deberán ser coincidentes con lo señalado en el portal del Mercado Público, en caso contrario primará lo informado en formato digital en el portal del Mercado Público. Se deberá considerar las bases del Mercado Público, que contempla que el valor a ingresar de la oferta en la plataforma, debe ser NETO, sin IVA.
Procedimiento de Apertura y requisitos de Preselección
4.3.1 Procedimiento de constitución del Comité de Apertura: La Unidad Técnica, representada por el Comité de Apertura que para estos efectos serán los siguientes directivos:  Director de Secretaría Comunal de Planificación, quien lo subrogue o quién designe.  Administrativa de Secretaria comunal de Planificación, quien lo subrogue o quién designe.  Encargado de Obra, quien lo subrogue o quien designe. Se constituirá con el fin de realizar la apertura electrónica de la propuesta, según lo indicado en la ley Nº19.886 (“Ley de Compras Públicas). La Unidad Técnica se reunirá en acto público con la asistencia de los proponentes que acudan para la apertura de la Propuesta Administrativa (Anexo Administrativo) la Propuesta Técnica (Anexo Técnico) y Propuesta Económica (Anexo Económico) de esta licitación, que se efectuará en la Municipalidad de Putre, calle José Miguel Carrera Nº350, Putre, a la hora consignada en el Portal Mercado Publico. Se levantará y suscribirá un Acta de Apertura de Propuestas en que como mínimo se individualizarán los proponentes, se consignarán los montos de sus ofertas, y se dejará constancia del cumplimiento que ellos hayan dado a las exigencias de presentación estipuladas en las bases respectivas. Se incluirán además las observaciones hechas por los proponentes, así como los comentarios y alcances que se estimen de interés. El acta aludida deberá ser firmada por todos los proponentes que participen en la apertura de propuestas y por los integrantes de la Unidad Técnica que conformen la comisión para el efecto. La ausencia de algún miembro de la comisión Municipal, no invalidará el proceso, a menos que se trate del Ministro de Fe del proceso de Apertura. Para efectos de preseleccionar oferentes, se establece que no se recibirán ofertas ni se podrá modificar o retirar propuestas después de la hora indicada para la apertura de las mismas. El incumplimiento por parte de los proponentes de las exigencias estipuladas en estas bases dará lugar a su eliminación inmediata del proceso de preselección contemplado para la presente licitación. 4.3.2 Procedimientos de recepción de los sobres de propuestas en formato papel: En el caso que proponentes opten por hacer entrega de las propuestas en formato papel, la Unidad Técnica procederá a recibir los sobres “Propuestas Técnicas” y “Propuesta Económica” en la oficina de Partes del Municipio, en Calle José Miguel Carrera N°350 en la localidad de Putre, hasta la hora de Cierre Electrónico de la licitación publicado en el Portal, dejando constancia de ello mediante certificación escrita de la funcionaria de Oficina de Partes, lo que deberá quedar constancia en forma posterior, en el Acta de Apertura Correspondiente. 4.3.3 Procedimiento de Apertura de Propuesta Administrativa “ANEXO ADMINISTRATIVO”: Se verificará que los proponentes hayan adjuntado la Propuesta Administrativa, la cual corresponde a los documentos digitales “Anexo Administrativo”, consignando en el acta de apertura los nombres de los proponentes, quedando sin revisar las Propuestas Técnicas y Económicas correspondientes. En aquellos casos en que el proponente no cumpla con lo estipulado en las Bases Administrativas Generales y en los demás antecedentes de licitación quedará eliminado de ésta, le será devuelta la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta, según se indica en el punto 4.3.7 de las presentes bases. Los antecedentes incluidos en el sobre “Propuesta Administrativa”, quedarán en poder de la Unidad Técnica. 4.3.4. Procedimiento de Apertura de Propuesta Técnica “ANEXO TECNICO”: Se verificará que los proponentes hayan adjuntado la Propuesta Técnica, la cual corresponde a los documentos digitales “Anexo Técnico”, consignando en el acta de apertura los nombres de los proponentes, quedando sin revisar las Propuestas Económicas que corresponden al “Anexo Económico”. En aquellos casos en que el proponente no cumpla con lo estipulado en las Bases Administrativas Generales y en los demás antecedentes de licitación quedará eliminado de ésta, le será devuelta la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta, según se indica en el punto 4.3.7 de las presentes bases. Los antecedentes incluidos en el sobre “Propuesta Técnica”, quedarán en poder de la Unidad Técnica. 4.3.5 Procedimiento de Apertura de Propuesta Económica “ANEXO ECONÓMICO”: Posteriormente, se procederá a verificar la Propuesta Económica, la cual corresponde a los documentos digitales “Anexo Económico”, leyendo en cada caso el nombre del proponente, el plazo de ejecución de la obra, el precio de la oferta en la Oferta Económica como del Formato de Presupuesto del Proyecto, si existiera diferencia entre estos primará la Oferta Económica (Anexo N°9). Si algún proponente queda eliminado en esta etapa de la licitación, su propuesta será leída, quedará en acta y se le devolverá la boleta de garantía de seriedad de la oferta, según se indica en el punto 4.3.7 de las presentes bases. El resto de los documentos que haya presentado el proponente, quedarán en poder de la Unidad Técnica. 4.3.6 Lectura y firma del Acta de Apertura: Luego, se dará lectura al Acta de Apertura. Los proponentes deberán firmarla y podrán dejar estampadas observaciones al proceso de apertura. A continuación, el Mandante entregará una copia del acta a los proponentes y de esta manera se dará término a la ceremonia de apertura de propuestas de la licitación. 4.3.7 Proponentes eliminados: La Boleta de Garantía por Seriedad de la Oferta o Vale Vista se devolverá una vez que el proponente firme el acta en la cual ha quedado constancia de las causas que determinaron su eliminación de la licitación, con especial mención a los artículos respectivos de estas bases y consignando las observaciones que tanto el Mandante como el proponente estimen necesario hacer. El proponente que requiera el endoso de la boleta de garantía deberá solicitarlo por escrito, en cuyo caso ésta quedará en poder del Mandante, quien la devolverá antes de 10 días hábiles a contar de la fecha de solicitud. 4.3.8 Observaciones y aclaraciones: Los proponentes individualizados en el Acta de Apertura que hayan formulado observaciones o reclamos durante el proceso de apertura, deberán fundamentar sus reclamos por escrito ante el Comité de Apertura, por medio de una presentación que se deberá ingresar en la Oficina de Partes del Municipio, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de apertura, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada. La Unidad Técnica podrá solicitar por escrito, con posterioridad al acto de apertura, las aclaraciones o informaciones que considere oportunas, que no alteren o modifiquen los antecedentes de licitación, el principio de igualdad entre los proponentes y que no signifique alteración de la oferta. Las respuestas serán presentadas por escrito y se limitarán a los puntos solicitados. 4.3.9 Causales de eliminación del proceso de preselección de propuestas: Serán causales de eliminación del proceso de preselección de propuestas los siguientes motivos: a. Por no presentación electrónica; si el Proponente no presentó su propuesta en el portal www.mercadopublico.cl se eliminará del proceso de preselección de propuestas y se dejará constancia en Acta de Apertura. b. Por no presentación de Boleta de Garantía. Si el Proponente no adjunta la Boleta de Garantía o el Vale Vista por la Seriedad de la Oferta, en formato papel, se eliminará del proceso de preselección de propuestas y se dejará constancia en Acta de Apertura. Asimismo, la glosa de la garantía debe señalar: “Para garantizar Seriedad de la Oferta licitación, Reposición Sistemas de Pararrayos, sector Guallatire-Surire, Comuna de Putre” c. Por Valor de la Garantía. Si la Boleta de Garantía o el Vale Vista de Seriedad de la Oferta es extendido por un valor inferior al establecido, se eliminará del proceso de preselección de propuestas y se dejará constancia en Acta de Apertura. d. Por Validez de la Garantía. Si el Proponente presenta una Boleta de Garantía o el Vale Vista de Seriedad de la Oferta cuyo período de validez sea menor al requeri¬do, se eliminará del proceso de preselección de propuestas y se dejará constancia en Acta de Apertura. e. Falta de documentos requeridos en Propuesta Técnica y Propuesta Económica: Si el proponente NO hace entrega de uno o algunos de los documentos requeridos como parte de la Propuesta Técnica y Propuesta Económica, se eliminará del proceso de preselección de propuestas y se dejará constancia en Acta de Apertura
Procedimiento de Adjudicación
Concluido el proceso de apertura de la propuesta especificado en el punto anterior y dentro del plazo establecido para la evaluación, se reunirá el Comité de Evaluación de la propuesta, que podrá ser el mismo Comité de Apertura. Sin embargo, el comité de evaluación serán los siguientes cargos:  Director de Secretaría Comunal de Planificación, quien lo subrogue o quién designe.  Administrativa de Secretaria comunal de Planificación, quien lo subrogue o quién él designe.  Encargado de Obra, quien lo subrogue o quién él designe. Este comité es para verificar que cada oferta cumpla con los requisitos especificados en los anteceden tes de licitación. En el acto de evaluación técnica – económica correspondiente, según las pautas o criterios de evaluación, se determinará los puntajes y aplicará las ponderaciones correspondientes a cada factor en evaluación, hasta llegar a la obtención del puntaje final de cada proponente y de acuerdo con esta puntuación, determinar el lugar o ranking, de mayor a menor puntaje, correspondiente de cada uno de ellos. Este comité también podrá reevaluar y verificar el proceso de Acta de Apertura, si fuese necesario, inclusive eliminar algún oferente en caso que no haya cumplido con los requisitos solicitados
Procedimiento de evaluación Técnica-Económica
Concluido el proceso de apertura de la propuesta especificado en el punto anterior y dentro del plazo establecido para la evaluación, se reunirá el Comité de Evaluación de la propuesta, que podrá ser el mismo Comité de Apertura u otro que especialmente determine la Alcaldesa de la Comuna de Putre mediante Decreto Alcaldicio, para verificar que cada oferta cumpla con los requisitos especificados en los antecedentes de licitación. Posteriormente y en el mismo acto de evaluación, se procederá con la evaluación técnica – económica correspondiente según las pautas o criterios de evaluación, determinándose los puntajes y aplicando las ponderaciones correspondientes a cada factor en evaluación, hasta llegar a la obtención del puntaje final de cada proponente y de acuerdo con esta puntuación, determinar el lugar o ranking, de mayor a menor puntaje, correspondiente de cada uno de ellos. Como criterios de evaluación, en las consideraciones generales se incluirán los siguientes, con la ponderación que se indica: Oferta Económica: 30% Plazo Ejecución : 30% Experiencia últimos 5 años del contratista: 40% El detalle del procedimiento de evaluación de cada una de estas propuestas, se detalla en cada uno de los siguientes puntos de las BAG 4.4.1.1 Oferta económica 4.4.1.2 Plazo de ejecución 4.4.1.3 Experiencia Posteriormente, el Mandante, dentro de un plazo de 5 días hábiles, mediante Decreto Alcaldicio adjudicará el Contrato al proponente ganador, efectuando la correspondiente publicación en el portal Mercado Publico con todos los antecedentes de la Adjudicación. Posteriormente, la Unidad de Secretaría Comunal de Planificación tendrá custodiada el proceso de licitación, adjuntando los siguientes documentos, que básicamente son los mismos que deben publicarse en el Portal: a. Documentos de la propuesta: 1. Copia del Acta de Apertura. 2. Copia Acta de Evaluación. 3. Presupuesto con detalle de su cálculo. 4. Cuadro comparativo de todas las ofertas. 5. Decreto Alcaldicio que adjudica la propuesta. 4.4.3 El Mandante adjudicará la obra, a la propuesta de entre aquellas que, cumpliendo con todas las condiciones establecidas en las bases y documentos de licitación en cuanto a plazo, programa de ejecución, calidad de materiales, análisis de precios unitarios, etc., sea evaluada como la más conveniente, la que no necesariamente debe ser la más económica. El Mandante podrá rechazar las ofertas si éstas no se ajustan plenamente a lo exigido en las Bases Administrativas Generales y demás antecedentes de licitación o declarar nulo el proceso si se detectan vicios administrativos debidamente fundados. 4.4.4 El Mandante deberá comunicar por escrito esta decisión a todos los oferentes que hubieren participado en la propuesta. Los proponentes cuyas propuestas no fuesen aceptadas, no tendrán por las circunstancias anotadas, derecho a pretender indemnizaciones. 4.4.5 En caso de empate en la puntuación total luego de aplicado los criterios de evaluación descritos en las presentes Bases Administrativas Generales, se procederá a aplicar el siguiente criterio de desempate, en orden sucesivo, a saber: 1. El comité de selección propondrá la adjudicación al proponente que obtenga la mayor puntuación en el criterio “Oferta Económica”. De persistir el empate se procederá de acuerdo a lo indicado en el siguiente punto. 2. El comité de selección propondrá la adjudicación al proponente que obtenga la mayor puntuación en el criterio “Plazo de ejecución”. 3. El comité de selección propondrá la adjudicación al proponente que obtenga la mayor puntuación en el criterio “Experiencia en Obras Civiles Similares”.
Contratación de las Obras
5.1 La modalidad de contrato corresponderá al Sistema de Suma Alzada, sin reajustes ni intereses de ninguna especie y expresado en pesos chilenos. 5.2 Al momento de suscripción del contrato de ejecución de obras, el contratista deberá entregar al Mandante la boleta bancaria de garantía. 5.3 El contrato será suscrito por la Alcaldesa y el Contratista dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que por escrito se comunique la adjudicación. 5.4 Si por causa imputable al proponente favoreció el contrato no se firmare en el plazo estipulado, se hará efectiva la boleta bancaria de garantía por seriedad de la oferta, quedando el Mandante en libertad para adjudicar la propuesta al segundo proponente o bien declarada nula. 5.5 El contratista previo a la iniciación de ejecución de obras conformara una carpeta, según lo señalado en la Ley General de Urbanismo correspondientes en la Dirección de Obras Municipales respectiva y/o en subsidio, del MINVU. Las obras ejecutadas conforme a la Ley N°18.138, articulo 11, están exentas del pago de los derechos municipales. 5.6 Una vez adjudicada la propuesta se procederá a la suscripción del contrato de ejecución de obras. El contratista además deberá entregar al Mandante la Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista, por “Fiel Cumplimiento del contrato” y la programación definitiva de las obras y Carta Gantt, para lo cual tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles. 5.7 Si por causa imputable al proponente favorecido el contrato no se firmare en el plazo de 5 días hábiles, se hará efectiva la boleta bancaria de garantía por seriedad de la oferta, quedando el Mandante en libertad para adjudicar la propuesta al segundo proponente o bien declararla desierta. 5.8 De igual forma, se procederá, si al cabo de los 5 días hábiles de firmado el contrato, el contratista favorecido no presentará la Boleta de Garantía o Vale Vista Bancario para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato, lo que permitirá al Mandante, revocar el contrato y hacer efectiva la Boleta de garantía, por Seriedad en la Oferta. 5.9 En la eventualidad que sea procedente y siempre que las condiciones lo permitan, el contratista previo a la iniciación de ejecución de obras, conformará una carpeta según lo señalado en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, artículo 116, y deberá obtener los permisos de edificación y urbanización correspondientes en la Dirección de Obras Municipales respectiva y/o en el MINVU. Las obras ejecutadas conforme a la Ley Nº18.138, artículo 11, están exentas del pago de los derechos municipales.
Garantías
8.1 Garantía de seriedad de la oferta 8.1.1 La seriedad de la oferta de los proponentes se garantizará mediante la presentación de una Boleta Bancaria de Garantía, a nombre de la Municipalidad de Putre, con una validez mínima de 90 días corridos, contados desde el día siguiente a la fecha de apertura de propuestas, o vale vista, por un monto fijo en pesos chilenos de $ 450.000.- (Cuatrocientos mil pesos). La glosa de la Garantía debe señalar: “Para garantizar Seriedad de la Oferta licitación, Reposición Sistemas de Pararrayos, sector Guallatire-Surire, Comuna de Putre”. 8.1.2 La boleta o vale vista deberá ser ingresada en forma física hasta las 17:45 horas del día hábil anterior, al fijado para la Apertura electrónica de la Licitación, en la Oficina de Partes de la Municipalidad de Putre ubicada en calle José Miguel Carrera N°350, ciudad de Putre. 8.1.3 La boleta o vale vista, deberá ser devuelta, cuando corresponda, a cada uno de ellos, salvo a aquellos que obtuvieron los dos primeros lugares, en un plazo no superior a los 10 días hábiles contados desde la fecha de apertura. La devolución de las boletas bancarias de garantía o vales vista por seriedad de la oferta a los proponentes que obtuvieron los dos primeros lugares, se hará dentro de 10 días hábiles contados desde la fecha de firma del contrato. 8.1.4 El Mandante tendrá derecho a hacer efectiva la boleta bancaria de garantía o vale vista por seriedad de la oferta en caso que el proponente adjudicado no se presentare a firmar el contrato dentro de los 5 días hábiles a contar de la fecha en que por escrito se le comunique dicha decisión. 8.2 Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato: Una vez firmado el Contrato, el contratista tendrá un plazo de 5 días hábiles para garantizar el fiel cumplimiento de éste, mediante la presentación de una boleta bancaria de garantía o vale vista a nombre de la Municipalidad de Putre, por un monto en pesos chilenos igual al 10% del valor contratado y/o adjudicado, y cuya validez no sea menor al tiempo de ejecución de la obra, más 90 días corridos contados a partir de la fecha del contrato, y podrá ser prorrogado si a juicio de la municipalidad es necesario para el fiel cumplimiento del contrato. La garantía será devuelta al contratista a su solicitud, previa presentación de la boleta bancaria de garantía o vale vista para caucionar la correcta ejecución de las obras, una vez que se haya dado término a la ejecución de la misma y recibido conforme sin observaciones En caso de ampliación de plazo, la vigencia de la Garantía deberá ser prorrogada, de acuerdo al nuevo plazo contractual, más 90 días corridos. La glosa de esta Garantía debe señalar: “Para Garantizar el fiel cumplimiento del contrato, Reposición Sistemas de Pararrayos, sector Guallatire-Surire, Comuna de Putre” La Municipalidad hará efecti¬va dicha boleta en caso de incumplimiento en los plazos de entrega de las obras o si hubiera incumplimiento por parte del contratista de las obliga¬ciones del contrato, califi¬ca¬do por la Ilustre Municipalidad de Putre, sin perjuicio de las multas que corresponda aplicar, en concordancia a las Bases Administrativas Generales. Si por alguna razón, al cabo de los 5 días hábiles de firmado el contrato, el contratista favorecido NO presentara la Boleta de Garantía o Vale Vista Bancario para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato, esto permitirá al Mandante, revocar el contrato y hacer efectiva la Boleta de garantía, por Seriedad en la Oferta. 8.3 Garantía por Correcta Ejecución de las Obras: Para caucionar la correcta ejecución de las obras, el Contratista deberá presentar una boleta bancaria de garantía o vale vista, a nombre de la Municipalidad de Putre, por el monto equivalente al 10% del precio del contrato en pesos chilenos, una vez que ellas estén ejecutadas y terminadas, como requisito previo a la cancelación total de la obra. En caso de existir obras de urbanización que deban ser garantizados ante los servicios pertinentes, dichas garantías se descontaran de la boleta o vale vista de correcta ejecución, de tal modo de no duplicar la garantía sobre dichas obras, situación que se deberá verificar solicitando una copia de la garantía del servicio correspondiente. La boleta bancaria o vale vista por correcta ejecución de las obras tendrá un plazo de validez de 365 días más 90 días adicionales contados desde la fecha del acta de recepción provisoria de la obra, transcurrido este plazo y previa verificación por la unidad técnica del buen estado de conservación de las obras, la garantía le será devuelta al contratista a su solicitud, sin perjuicio del plazo de responsabilidad del contratista por 5 años, a que se refiere el Código Civil, artículo 2.003, inciso 3. La glosa de esta Garantía debe señalar: “Para Garantizar la correcta ejecución de las Obras del contrato, Reposición Sistemas de Pararrayos, sector Guallatire-Surire, Comuna de Putre” 8.4 Prórroga de garantías: Renovación de garantías El Contratista siempre deberá mantener vigente las boletas bancarias de garantía por fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución de las obras, hasta que se cumplan las condiciones establecidas en las Bases Administrativas Generales para que se proceda a su devolución. Estas deberán ser prorrogadas 10 días antes de su vencimiento. Si el contratista no cumple oportunamente con esta disposición, aplicará una multa equivalente al 0.2% del saldo del Contrato no cancelado a esa fecha, por cada día de atraso hasta la prórroga de las garantías, la que le será descontada en el siguiente estado de pago. El mandante enviará a cobro la garantía el último día hábil de su vigencia si esta no fuese prorrogada. En caso de aumento del monto contratado para la ejecución de la obra, las garantías vigentes deberán aumentarse en el porcentaje correspondiente.
Estados de Pago
La obra se cancelará en pesos chilenos mediante estados de pago periódicos, debiéndose restar los valores que corresponda por concepto de multas, si las hubiere, de acuerdo a lo establecido en el punto 12.3 de las presentes Bases. En caso de existir multas por incumplimiento del plazo contractual, éstas serán descontadas del último estado de pago, según lo establecido en el punto 12.3.2 de las presentes bases. 9.2.1 Aprobación del estado de avance y del estado de pago Cada Estado de Pago con su correspondiente Estado de Avance se deberá poner a disposición de la Inspección Técnica de Obras (ITO) para su aprobación, la cual deberá contrastar el avance físico real de obras, con el avance físico programado (Carta Gantt). La ITO, para aprobar el Estado de Pago, deberá a su vez verificar que el Contratista haya dado cumplimiento a la ejecución de las obras correspondiente, la cual es parte de su oferta y, por ende, de su obligación contractual. 9.2.2 Presentación de los Estados de Avance y Estados de Pago Todos los documentos deberán presentarse en original y dos copias. Posterior a la fecha de entrega del terreno, el Contratista presentará los avances físicos acumulados programados los días 20 de cada mes o día hábil anterior, desde el comienzo de la obra (0%) hasta el término (100%). Para estos efectos deberá adjuntar los siguientes documentos:  Carta dirigida al Mandante en la que conste la fecha del cobro del estado de pago y los documentos que acompaña.  Factura a nombre de la Ilustre Municipalidad de Putre, Rut: 69.250.800-9, dirección Calle José Miguel Carrera N°350, señalando nombre del proyecto, el ID y nombre de la licitación pública si corresponde.  Informe de avance de la obra del periodo (según presupuesto detallado).  Mínimo 5 fotografías de avance de obra.  Certificado de la inspección del trabajo que acredite que el contratista ha dado cumplimiento a las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, conforme a lo señalado en el Decreto Ley Nº2.759 de 1979, artículo 4°.  Planillas de cotizaciones previsionales y de salud al día. Certificado del pago de cotizaciones del Organismo Administrador de la Ley 16.744 a la cual se encuentre afiliada la empresa contratista.  Nómina del personal que la obra en las obras objeto del proyecto, con indicación nombre completo, carné de identidad, especialidad y labor que desarrolla.  Certificado(s) de ensaye(s) de materiales, si corresponde.  Certificaciones de calidad de materiales y/o partidas del proyecto, que hayan sido solicitadas por la inspección técnica de obra (ITO).  Formulario de estado de pago, debidamente suscrito por el inspector técnico del proyecto y por el contratista, deben venir firmados y timbrados por la Unidad Técnica, el que deberá incluir el avance porcentual del proyecto.  Copia del Documento que acredite el pago de las multas aplicadas, sólo si corresponde.  Copia de permiso de edificación o de la institución correspondiente de inicio de obra. Adicionalmente, para el último estado de pago, el contratista deberá presentar los siguientes documentos:  Boleta de garantía o vale vista por la Correcta Ejecución de la Obra de acuerdo a lo estipulado en el punto 8.3 de las Bases Administrativas Generales.  Documento del Contratista que indique haber solucionado las observaciones realizadas (si las hubiere) por la Inspección Técnica (Acta de recepción Provisoria y/o definitiva). En caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, el Mandante podrá retener de las obligaciones que se tengan para con el contratista el monto de que se es responsable y pagar con ella al trabajador o institución previsional acreedora. El contratista deberá presentar al Mandante los estados de avance y de pago aprobados por la ITO todos los días 20 de cada mes o el día hábil anterior, si el día 20 no lo fuese. Si éste no los presenta en la fecha estipulada, no tendrá derecho a cobrar el estado de pago en ese mes y se acumulará al siguiente. En el caso del último estado de avance y estado de pago, el contratista deberá presentar al Mandante dichos documentos en la fecha de término de la obra y lo estipulado en el punto 8.3 de las presentes bases. 9.2.3 Pago de los Estados de Pago El Mandante aprobará los estados de pago y gestionará en un plazo no mayor de 20 días hábiles, procederá con el correspondiente pago al Contratista, con excepción del último estado de pago que será cancelado una vez emitido el decreto que aprueba el acta de recepción provisoria de la obra.
Plazo de ejecución de las Obras
El plazo de ejecución de la obra, será el ofrecido por el contratista en su propuesta, en días corridos debiendo siempre ser igual o inferior al plazo estipulado por el municipio en la Bases Administrativas Generales, considerando que la variación del plazo total de ejecución no deberá ser inferior al 10% del plazo propuesto por el mandante, el cual corresponde a 52 días corridos y regirá a contar del día siguiente a la fecha del Acta de Entrega de Terreno. 10.1 Ampliación de plazo El Mandante podrá aumentar el plazo de ejecución de obras en caso de fuerza mayor, entrega de terrenos atrasada o problemas administrativos comprobadamente ajenos al contratista. Se entenderá como fuerza mayor que justifique una solicitud de aumento de plazo de ejecución de obras, una situación climática de emergencia o catástrofe nacional o local, u otra situación que afecte en forma irrecuperable el avance de la obra y que sea demostrada adecuada y oportunamente al Mandante. Lo señalado no dará derecho al contratista a ser indemnizado por el Mandante, ni implicará variaciones en el monto total contratado, sin embargo, cuando las causales sean imputables al Mandante, es decir, se efectúe entrega de terrenos atrasada o se produzcan problemas administrativos internos del municipio comprobadamente ajenos al contratista que impliquen una demora en dicha entrega en más de 30 días corridos, éste podrá demandar la caducidad del contrato y que le sean restituidos los gastos en que haya incurrido hasta ese momento, costos que serán de cargo municipal. Las solicitudes de aumentos de plazo contractuales serán autorizadas exclusivamente por el mandante.
Ejecución de Obras
11.1 Entrega de terreno El Mandante procederá a entregar el terreno al proponente adjudicado, previo acuerdo entre ambos, dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la emisión del decreto municipal que aprueba el contrato. La no concurrencia oportuna del Contratista a la entrega del terreno será sancionada con una multa diaria de 1 (una) UF. Si este incumplimiento persiste por un período superior a 10 días hábiles, será causal para que el mandante de término anticipado al contrato de ejecución de obras, por causas imputables al contratista. De igual forma, será causal para que el mandante de término anticipado al contrato, si efectuada la entrega de terreno, éste no iniciare la ejecución de obras dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de ésta. 11.2 Obligaciones y responsabilidades del Contratista: a) El Contratista estará obligado a cumplir con lo estipulado en el contrato y sus documentos anexos, por lo cual toda obra que presente fallas o vicios constructivos deberá ser demolida, reparada o reconstruida por su cuenta y cargo. b) El Contratista será el único responsable de la obra frente al Mandante y a terceros. c) El Contratista deberá mantener a cargo con dedicación exclusiva a la obra, a un profesional residente en la localidad donde ésta se ejecute. Este deberá ser un Constructor Civil u otro profesional, con estudios equivalentes o superiores. d) El Contratista deberá mantener permanentemente en obra un libro foliado, en triplicado, que denominará “Libro de Obra”, documento oficial donde deberá quedar constancia de las observaciones respecto de la misma, provenientes de la inspección técnica de obras, proyectistas, inspectores de servicios y del contratista. Todas sus hojas deberán estar firmadas por la inspección técnica de obras y por el contratista, a fin de dejar constancia que se ha tomado conocimiento de las observaciones. e) El Contratista deberá mantener los suministros de agua potable, electricidad y la evacuación de aguas servidas, en forma permanente durante la ejecución de las obras, en todas las viviendas existentes que posean uno o más de estos servicios, así como en todas las propiedades que se vean afectadas por las obras y que formen parte del proyecto contratado. f) El Contratista deberá hacer aprobar por los respectivos servicios, los proyectos de urbanización y de las instalaciones sanitarias y eléctricas. En cuanto al pago de derechos y aportes, los proyectos quedarán sujetos a lo dispuesto en la legislación vigente. g) Será de responsabilidad del Contratista obtener oportunamente en los respectivos servicios (SERVIU, empresas sanitarias y de electricidad respectivas, declaración ante el SEC, etc.), la inspección, recepción y certificados necesarios para solicitar al Mandante la recepción provisoria de la obra, siempre que estas certificaciones sean procedentes y posibles de obtener. En caso contrario, una vez verificada la situación por la Municipalidad, bastará con certificación otorgada por la Unidad Técnica, para continuar con el procedimiento respectivo. Asimismo, todos los gastos que irrogue este proceso de inspección y recepción serán de cargo del contratista. h) El Contratista será responsable del cuidado de las obras, hasta la fecha del acta de recepción provisoria de la obra. i) Las obras no deberán afectar en lo posible las edificaciones habitacionales existentes, sobre todo si ellas fueren de buena calidad, mejorables o ampliables. Si a juicio del Mandante resulta conveniente o necesario efectuar ajustes menores en los planos y especificaciones técnicas de la infraestructura sanitaria de modo de favorecer el desarrollo de viviendas existentes, el Contratista estará obligado a acogerlas. j) Todo daño y perjuicio, de cualquier naturaleza atribuible a las operaciones del Contratista, que con motivo de la ejecución de las obras se ocasione a terceros, será de exclusiva responsabilidad del Contratista, debiendo subsanarlos a su costa. El Mandante no cancelará al Contratista ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones producto de lo expuesto. Si por causa de lo señalado, el Contratista estima que ello significa una ampliación en el plazo de ejecución de la obra, ésta deberá ser solicitada por escrito a la Unidad Técnica. k) Todos los materiales, herramientas y maquinarias serán proporcionados por el Contratista.
Inspección y Supervisión de Obras
12.1 Inspección de obra 12.1.1 La Unidad Técnica o Mandante, durante la ejecución de la obra será representada ante el contratista por la Inspección Técnica de Obras (ITO), quien deberá velar por el cumplimiento de la Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC), y su Ordenanza, en particular lo prescrito en el Art. N°18 y Art. N°143 de la LGUC, además de realizar una inspección periódica de la misma, teniendo las siguientes funciones:  Velar por la correcta ejecución del proyecto ciñéndose estrictamente a las Bases Administrativas Generales, planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes de licitación;  Formular las observaciones que le merezca la ejecución de las mismas, la calidad de los suministros u otros aspectos;  Interpretar los planos y especificaciones del proyecto;  Requerir el cumplimiento de medidas de seguridad;  Controlar el cumplimiento de las normas laborales;  Controlar el correcto cumplimiento de la programación de obras del proyecto;  Informar al Mandante acerca del cumplimiento del contrato. 12.1.2 En consecuencia, la Inspección Técnica de Obras estará facultada para rechazar materiales llegados a la obra, suspender faenas cuando se compruebe incumplimiento de las especificaciones técnicas y/o planos del proyecto, exigir ensayes de materiales cuando le merezca duda la calidad de las obras. En este caso, los costos que irroguen tales ensayes serán de cargo del contratista. 12.1.3 Se deja expresa constancia que los funcionarios que el Mandante designe para ejecutar la Inspección Técnica de obras, deberán informar a la autoridad competente del Mandante, respecto al grado de cumplimiento del contrato por parte del contratista. En consecuencia, si dichos funcionarios infringieren esta norma, toda modificación ejecutada por el contratista, sin previa autorización, será de su exclusiva responsabilidad, aplicándose las sanciones pertinentes. 12.1.4 En caso que el Mandante ordene ensayes de tipo destructivos sobre cualquier elemento incorporado a las obras, el gasto que ello demande será de cargo del Mandante, siempre que el resultado de estos ensayes sea favorable al Contratista; en caso contrario, será de cargo de éste último. 12.1.5 La Inspección Técnica de Obras podrá exigir la separación de cualquier subcontratista o trabajador del contratista, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado, quedando siempre responsable el contratista de los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada. El incumplimiento de estas disposiciones, debidamente consignado por la inspección técnica de obras (ITO) en el libro de obra, obligará al contratista a pagar una multa diaria de 0,5 a 2 UF. Si dicho incumplimiento persiste por un período superior a 10 días hábiles, será causal para que el mandante de término anticipado del contrato de ejecución de obras, por causas imputables al contratista. 12.2 Control de avance físico de obras El avance físico real de la obra será controlado por la ITO sobre la base de los avances físicos acumulados que determina el programa de construcción originalmente presentado por el contratista. El Contratista sólo en el caso de aprobarse un aumento de plazo podrá presentar una nueva programación de avance físico. 12.3 Multas y sanciones 12.3.1 Multas por incumplimiento de instrucciones de la inspección técnica de obras El Contratista deberá someterse a las instrucciones de la inspección técnica de obras, las que se impartirán siempre por escrito según lo establecido en el punto 11.2 letra (d), conforme a los términos y condiciones del contrato. El incumplimiento de cada instrucción impartida por la ITO será sancionado con una multa diaria de 0,5 a 2 UF mensuales, según la gravedad del hecho por el período que se mantenga la transgresión a dichos preceptos, las que serán deducidas del siguiente estado de pago. El Contratista podrá apelar ante el Mandante dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la fecha en que la inspección técnica de obras haya formulado una instrucción. El Mandante resolverá en un plazo no mayor a 5 días hábiles desde su recepción en la oficina de partes, considerando, para evaluar la gravedad del hecho, la eventual reiteración de éste y el grado en que afecte aspectos esenciales de la obra. Si el Contratista no apelare o si su apelación fuera rechazada y se resistiese a acatar la orden impartida, el mandante podrá, previa notificación, suspender la tramitación de los estados de pago o, según la gravedad del caso y previa notificación hecha con 10 días hábiles de anticipación al contratista, poner término anticipado al contrato de ejecución de obras, por causas imputables a éste. 12.3.2 Multas por incumplimiento del plazo contractual Si finalmente la obra termina atrasada, se aplicará una multa del 1% por cada día de atraso. Esta multa deberá cobrarse a partir de la fecha de término de contrato, sobre la base del saldo no cancelado de este, y hasta la fecha en que el contratista comunique por escrito el término de las obras y solicite la recepción provisoria correspondiente. En caso de existir observaciones a las obras ejecutadas, el contratista tendrá un plazo máximo equivalente al 10% del plazo contractual, a contar de la fecha de recepción provisoria, para subsanarlas. Vencido este plazo, si este no ha dado cabal cumplimiento a lo solicitado por la unidad técnica, estará afecto a una multa diaria 0,5% del monto total contratado, la que se hará efectiva hasta que dichas observaciones hayan sido subsanadas en su totalidad, situación que deberá constar en el acta de recepción provisoria, plazo que no podrá ser superior al 5% del plazo contractual de ejecución de obras. Para los efectos del cálculo de multas, el plazo otorgado por la comisión de recepción para subsanar observaciones se considerará como plazo de gracia no afecto a multas. Las operaciones producto de lo anteriormente indicado deberán consignarse en el formato Estado de Pago. Si el monto de la multa fuese superior al valor del estado de pago final dicha diferencia será cubierta con las boletas bancarias de garantía que caucionan el fiel cumplimiento del contrato. Si aún quedase un saldo por recuperar de multa, se procederá mediante cobranza judicial por parte de la municipalidad. 12.4 Paralización de faenas Por requerimiento del Contratista o el Mandante por determinación propia, podrá determinar la paralización transitoria de faenas debido a causales absolutamente justificadas, por razones de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, particularmente por condiciones climáticas que afecten el desarrollo de las obras, en cuyo caso, se reanudaran las obras hasta que las condiciones climáticas a juicio de la ITO lo permitan, efectuándose la correspondiente ampliación de plazo debido a fenómenos naturales. 12.5 Liquidación anticipada del contrato El Mandante se reserva la facultad de poner término definitivo o suspender transitoriamente la ejecución de las obras en cualquier momento y bajo alguna de las siguientes circunstancias: a) Por decisión del Mandante, b) Por causas imputables al contratista por incumplimiento del contrato, c) Por acuerdo entre las partes (resciliación) d) O por fallecimiento del contratista (solo si es persona natural). En todos los casos de término anticipado del contrato, se procederá a valorizar la obra ejecutada de acuerdo a los precios del presupuesto ponderado, dándose valor “cero” a toda la obra que deba ser reconstruida, se efectuará una liquidación final dando curso a un último estado de pago y se respaldará el término administrativo mediante decreto municipal. 12.5.1 Liquidación por decisión del Mandante El Mandante tendrá derecho a ordenar el término anticipado del contrato de ejecución de obras cuando no haya fondos disponibles para llevarlas adelante o cuando así lo aconsejan sus necesidades. El aviso de término deberá ser comunicado por escrito al contratista con una anticipación mínima de 30 días corridos. Si la unidad ejecutora pone término anticipado al contrato por causa que no sea imputable al contratista, quedará obligada a cancelar a éste las sumas por concepto de: a) Derechos notariales e impuestos derivados de la suscripción del contrato. b) Gastos por instalación de faenas. c) Utilidad del contratista conforme al avance de la obra. d) Gastos generales correspondientes al tiempo transcurrido. e) Costo de los trabajos realizados hasta ese momento, por partida o fracción de partida, de acuerdo al presupuesto ponderado. f) Materiales o elementos que hubiere adquirido antes de recibir la orden de paralización de faenas y siempre que acredite que corresponden a la obra y cumplan con las exigencias del proyecto. g) Otros gastos en que el Contratista haya incurrido, que sean plenamente demostrables y comprobables por el Mandante. Para el cobro de estas cantidades, el contratista, cuando proceda, deberá acreditar con los documentos, comprobantes o recibos pertinentes, los gastos en que hubiere incurrido. El Contratista tendrá derecho a que se proceda a la recepción provisoria de las obras. Todos los gastos administrativos que hubiere que efectuar con motivo de la liquidación anticipada del contrato, serán de cargo del Mandante. 12.5.2 Liquidación por causas imputables al contratista El Mandante podrá poner término anticipado al contrato de ejecución de obras, por causas imputables al Contratista, en los siguientes casos: a) Si el Contratista, por causa que le sea imputable, no se presentase oportunamente a la entrega de terreno y tal situación persistiese por un período superior a 10 días hábiles. De igual forma, si efectuada la entrega de terreno, éste no iniciare la ejecución de obras dentro del plazo máximo de 10 días hábiles a partir de ésta. b) Si el Contratista no cumple oportunamente con mantener vigentes las boletas bancarias de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de las obras y esta situación persistiese por más de 30 días corridos, contados desde la fecha en que contractualmente debían ser renovadas. c) Si el Contratista no finiquita el contrato de cualquier subcontratista o trabajador que la inspección técnica de obras le haya solicitado, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado y tal situación persistiese por un período superior a 10 días hábiles. d) Por grave incumplimiento de las instrucciones impartidas por la inspección técnica de obras o por la comisión de recepción. e) Si la obra se encuentra atrasada, de manera que la diferencia entre el avance físico acumulado programado y el avance físico real es mayor a un 30% por una sola vez, o si es mayor a un 20% por segunda vez consecutiva. f) Si por error en la ejecución de la obra, ésta quedase con defectos graves que no pudiesen ser reparados y comprometieran la seguridad de la misma. g) Si el Contratista abandona la ejecución de obras por cinco o más días hábiles seguidos, sin razón alguna. h) Si en la recepción provisoria de las obras se detecta que las obras no están totalmente terminadas y el plazo contractual esta vencido, o no habiéndose solicitado la recepción de las obras el plazo contractual vence, y tal situación persiste por un período superior al 10% de dicho plazo. i) Si se detectan observaciones en la ejecución de obras, en el proceso de recepción provisoria de las mismas y éstas no son subsanadas en el plazo otorgado para el efecto. j) Si el Contratista es declarado en quiebra. k) Si el Contratista es formalizado o sometido a proceso por delito que merezca pena aflictiva. l) Si el Contratista fuere una sociedad y se disolviere, o por documentos comerciales protestados que se mantuvieren impagos por más de 60 días, o no fuesen debidamente aclarados durante ese plazo. m) Si el Contratista no cumple con lo estipulado en el contrato y sus anexos. Habiéndose resuelto anticipadamente el contrato, por cualquiera de las causas señaladas, se harán efectivas las garantías del contrato las que servirán para responder de deudas pendientes con los trabajadores (sueldos, pagos previsionales), construcción de obras pendientes y por reconstruir, multas a que hubiere lugar, o cualquier otro gasto o perjuicio que resulte para el mandante con motivo de esta liquidación. Todos los gastos administrativos que hubiere que efectuar con motivo de la liquidación anticipada del contrato serán de cargo del contratista. . 12.5.3 Resciliación de contrato Corresponde resciliar un contrato cuando de común acuerdo, el Mandante y el Contratista deciden poner término y liquidar anticipadamente el contrato. Con tal objeto, la parte interesada en resciliar deberá formular una presentación por escrito, y la otra parte, aceptarla. Se perfeccionará esta resciliación mediante decreto del mandante. Se rescilia el contrato sin indemnización para las partes, reembolsando al contratista las inversiones efectuadas en la obra y el desahucio de los trabajadores contratados, devolviéndose las boletas bancarias de garantía pertinentes. 12.5.4 Fallecimiento del contratista En caso de fallecimiento del contratista, solo si es persona natural, se procederá a la liquidación anticipada del contrato, y si ella arroja un saldo a favor del contratista, éste les será entregado a sus herederos conjuntamente con las garantías y retenciones, una vez suscrito el finiquito correspondiente.
Recepción de las Obras
13.1 Recepción provisoria Dentro del plazo de ejecución de la obra estipulada en el contrato, el Contratista deberá solicitar por escrito al Mandante la recepción provisoria de la obra, acompañando los antecedentes que sean necesarios de acuerdo a lo establecido en el contrato. Dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles a contar de la fecha de recepción de la solicitud, el Mandante procederá a nombrar una comisión de recepción, compuesta por profesionales de la Secretaria Comunal de Planificación, y a efectuar la recepción de las mismas, proceso que no podrá exceder de 5 días hábiles. Antes de la recepción de las obras, el Contratista realizará la limpieza de las obras que abarquen los trabajos, los empréstitos, así como de los terrenos que haya ocupado para realizar la faena, de modo de restablecer la accesibilidad y habitabilidad en el asentamiento y el barrio en que se ubica. Previo a la recepción provisoria de las obras, el contratista deberá presentar la siguiente documentación: a) Respaldo digital y copias de todos los planos de construcción con sus respectivas especificaciones técnicas y memorias, todos ellos debidamente aprobados por el ITO Municipal y el ITO asesor. b) Certificado de recepción de instalaciones domiciliarias y de urbanizaciones, si correspondiere, para lo cual rige lo estipulado en el D.S. Nº804 (I) de 1982 y sus modificaciones, artículo 24 letra (e) donde textualmente se expresa que: “En general, todas las recepciones de obras relativas a la urbanización de estos loteos deberán efectuarse, incluido el otorgamiento del certificado correspondiente, dentro de un plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha de presentación de la solicitud respectiva. Si existieren observaciones, éstas deberán ser comunicadas por escrito al contratista correspondiente dentro de un plazo de 10 días corridos desde la fecha de presentación de la solicitud de recepción. Una vez vencido el plazo de recepción, las obras se considerarán aprobadas y recibidas, siendo válido como certificado de recepción el comprobante de ingreso de la solicitud, situación que certificará el secretario municipal dentro del plazo de 48 horas del respectivo requerimiento.” c) Boleta bancaria de garantía o vale vista por correcta ejecución de las obras, según lo estipula el punto 8.3 de las presentes bases, para reemplazar la boleta bancaria o vale vista por fiel cumplimiento de contrato. d) Otros antecedentes solicitados por el Mandante. Se deja establecido que es responsabilidad del Contratista, solicitar oportunamente a la Municipalidad los documentos necesarios para obtener los certificados, aprobaciones u otro antecedente de recepción de las obras. Si en la recepción se detecta que las obras no están totalmente terminadas y el plazo contractual está vencido, el Mandante deberá aplicar al contratista las multas estipuladas en el punto 12.3 de las presentes bases a contar de la fecha de término contractual y hasta que efectivamente se dé término a la ejecución de obras. Si tal situación persiste por un período superior al 10% del plazo contractual, será causal para que el mandante de término anticipado al contrato de ejecución de obras, por causas imputables al contratista. Si en la recepción resultan observaciones a los trabajos ejecutados, la comisión de recepción establecerá un plazo que no podrá ser superior al 10% del plazo contractual de ejecución de obras, para que éstas sean subsanadas por el contratista dejando constancia en el acta de recepción que se debe levantar para el efecto y en el libro de obras. Cumplido este plazo, la comisión de recepción deberá constituirse nuevamente en terreno a objeto de constatar que las observaciones hayan sido subsanadas, contemplando como fecha de recepción aquella que la ITO informe como de término real. Si el Contratista no subsanase las observaciones dentro del plazo otorgado para tal efecto, el Mandante deberá aplicar las multas estipuladas en el punto 12.3 párrafo 2° de las presentes bases, a contar de la fecha en que venza el plazo para subsanarlas y por un período que no podrá ser superior al 5% del plazo contractual de ejecución de obras. Si cumplida esta fecha, las observaciones persistiesen el mandante deberá dar término anticipado al contrato de ejecución de obras y hacer efectiva las boletas bancarias de garantía pertinentes. El acta definitiva de recepción provisoria se levantará cuando no existan observaciones respecto de la ejecución de obras. El Contratista tendrá un plazo de 15 días corridos contados desde la fecha definitiva de recepción provisoria para formular por escrito al Mandante cualquier reclamo respecto de la recepción, aplicación de multas, cancelación de estados de pago y otros. En caso de no hacerlo, se entenderá por no presentado sin derecho a apelación posterior. 13.2 Recepción definitiva El plazo de garantía por la correcta ejecución de las obras se fija en al menos 365 días más 90 días adicionales contados desde la fecha del acta de Recepción Provisoria. Este plazo se entenderá sin perjuicio del plazo de responsabilidad del contratista por 5 años, a que se refiere el Código Civil, artículo 2.003, inciso 3. La Recepción Definitiva se hará en la misma forma que la provisoria, una vez que se haya cumplido el plazo de 12 meses y previa solicitud por escrito del Contratista, la que deberá ingresar al municipio al menos 30 días antes del vencimiento de dicho plazo. Efectuada esta recepción, se procederá a la devolución de la boleta bancaria de garantía o vale vista correspondiente a la correcta ejecución de la obra (10% del monto del contrato). La comisión de recepción verificará básicamente durante la recepción definitiva de la obra, la buena ejecución de los trabajos, que no se hayan producido daños atribuibles a ejecución defectuosa y a mala calidad de los materiales empleados, levantando un acta de recepción definitiva. En caso de detectarse observaciones estas deberán ser estipuladas en dicha acta, otorgando un 5% del plazo contractual de ejecución de obras para subsanarlas. Sin perjuicio de lo anterior, el contratista queda obligado a solucionar cualquier desperfecto y/o efectuar las reparaciones correspondientes, que a juicio del Mandante le corresponda efectuar dentro del período de garantía estipulado y en el plazo que le sea solicitado. Si el Contratista no subsanase las observaciones a que hubiere lugar en el plazo otorgado para el efecto, el Mandante estará facultado para hacer efectivas las garantías pertinentes.
formatos para presentación para propuesta (anexos)
ANEXO 1 Identificación del proponente. ANEXO 2 Formato Declaración jurada Simple conocimiento de Bases. ANEXO 3 Formato Declaración jurada simple Ley 19.886 y Ley 18.834 ANEXO 4 Formato nómina del personal profesional y técnico que se hará cargo de la obra. ANEXO 5 Listado de obras ejecutadas y/o en ejecución, en el rubro de proyectos de obras civiles y eléctricas, de similares o iguales características al proyecto en referencia, tanto en sectores urbanos como rurales de cualquier lugar del país ANEXO 6 Experiencia Profesional del Proponente: declaración de los proyectos ejecutados y/o en ejecución de obras civiles y eléctricas, de similares o iguales características al proyecto en referencia, en los últimos 5 años, efectuados en sectores rurales o urbanos de cualquier lugar del país. ANEXO 7 Cuadro Resumen del Presupuesto ANEXO 8 Presupuesto Detallado ANEXO 9 Oferta Económica del Proponente Estos Anexos, que deberán ser presentados durante la fase de licitación del proyecto, deberán ser subidos o publicados en el Portal Mercado Publico junto con los demás establecidos y requeridos en el numeral 4.2 de las presente Bases y que tienen formato de presentación libre.
Plazo de validez de la Oferta
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos , contados desde la fecha de cierre en la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Durante el periodo de vigenciade las ofertas, la Municipalidda de Putre, deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación.
Derecho a desestimar las ofertas
La Municipalidad de Putre, se reserva el derecho de desestimar, desechar, aceptar parcial o totalmente cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el informe de evaluación correspondiente .En tales casos, los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Municipalidad de Putre.
Fecha de adjudicación de la licitación
La fecha de adjudicación podrá ser modificada según las necesidades de la municipalidad, mediante acto administrativo que indique las razones que justifican el incumplimiento a través del portal y el nuevo plazo de adjudicación.
Notificación y aceptación de orden de compra
La Municipalidad de Putre publicará el resultado de la licitación en el Portal de Mercado Publico, una vez tramitada la resolución de adjudicación. De acuerdo al Art. 6 del reglamento de la Ley 19.886, se entenderá por notificado al proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Municipalidad de Putre publique en Mercado Publico, la resolución objeto de la notificación. Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar en un plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la fecha de emisión de la respectiva orden de compra remitida a través del portal, en señal de aceptación del contrato adjudicado con la municipalidad de Putre.
Readjudicación de la licitación
La municipalidad de Putre podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases , se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la ley 19.886 y su reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. En tal caso, se dejara sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar.
Prohibición de cesión
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo del presente contrato.
modificación de las bases
La Municipalidad de Putre , podrá modificar o aclarar algunos puntos de las bases de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes , antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, o durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.Las modificaciones que se lleven a cabo , serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl y formaran parte integral de las bases y obligaran su cumplimiento a todos los proponentes.
Recepción de las obras
El ITO asesor como se señaló en las bases administrativas deberá aprobar las recepciones de las obras provisorias y definitivas o quien lo reemplace, pudiendo ser el profesional Proyectista de Secoplan de la Municipalidad de Putre.
Visita a terreno
Los oferentes deberán participar de forma obligatoria en la visita a terreno, a realizarse el día martes 25 de Septiembre de 2018 las 09:30 hrs. en dependencias de esta municpalidad, ubicada en José Miguel Carrera 350, Putre. para que posterior dirigirse al lugar donde se instalarán los pararrayos. Esta instancia estará a cargo del funcionario Sr. Eduardo Salgado Aciares. El incumplimiento a la visita a terreno tendrá como consecuencia que la oferta no será evaluada.