Resolución de Empates |
En el caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre éstas, la oferta que haya obtenido el mayor porcentaje entre los criterios que se señala a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:
I. Precio
II. Plazo de entrega
III. Garantía
IV. Cumplimiento de los requisitos formales
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Toda consulta o aclaración a las presentes Bases y/o a sus Anexos o información adicional que requieran los oferentes, como también las respuestas que la Entidad Licitante emita, deberán efectuarse sólo a través del “Sistema de Información” de la Dirección de Compras y Contratación Pública y dentro del plazo dispuesto en el Cronograma de actividades, las que formarán parte integrante de estas Bases.
Las preguntas y consultas recibidas y sus respectivas respuestas y aclaraciones se pondrán a disposición de todos los proponentes, sin indicar la identidad de quien las formule, a través del sistema de información portal www.mercadopublico.cl en la oportunidad indicada en el Cronograma de la Licitación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Una vez recibida la correspondiente factura y demás documentos exigidos para el pago (el proveedor adjudicado en los casos de prestación de servicios debe acompañar documento que acredite que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años), esta entidad licitante tendrá el plazo de 30 días corridos para efectuar el pago.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Considera la presentación de documentación y antecedentes solicitados para evaluar las ofertas entregadas, este criterio no se verá afectado por preguntas por el foro inverso, salvo que expresamente se entreguen documentos o modificaciones que alteran la oferta inicialmente presentada, a su vez, siempre y cuando se respete el trato igualitario frente a los oferentes.
• Será asignado al oferente que presente la totalidad de los documentos solicitados (según sea persona natural o jurídica), dentro del plazo originalmente establecido, se le otorgará 100 puntos.
• Será asignado al oferente que presente la totalidad de los documentos solicitados (según sea persona natural o jurídica), posterior al plazo, se le otorgará 50 puntos.
• Al proveedor que no presente parcial o totalmente la documentación conforme a lo solicitado en las bases de licitación, podrá ser declarada inadmisible, por no dar estricto cumplimiento a las bases.
10% del puntaje obtenido = Puntaje obtenido de acuerdo los puntos anteriores X 10 100
Se podrán solicitar aclaraciones de oferta cuando existan incongruencias de los antecedentes ofertados, ejemplo entre ficha y anexo, con valores o especificaciones distintas, lo que, para efectos de evaluación de llegar a ser corregidos, estos afectarán en el puntaje, otorgando solamente 50 puntos en el presente criterio.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Cláusula de adjudicación por TODO |
Esta licitación será adjudicada por un TODO, adjudicándose un proveedor, en el caso que no exista un proveedor que haya ofertado por la totalidad de líneas, se podrá evaluar individualmente todas las líneas de manera íntegra dentro del presupuesto disponible, pudiendo adjudicarse más de un proveedor y siempre se priorizará entre la combinación más ventajosa para la Unidad.
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Cláusula de la formalización de la compra y/o contrato |
La adquisición del bien y/o servicio se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, por ende, no se requerirá suscripción de contrato.
El plazo para la aceptación de la orden de compra será de 48 horas, contados desde el envío de la orden de compra.
El plazo de entrega de los productos y/o servicios de la orden de compra comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de su aceptación, hasta que termine el plazo de entrega adjudicado y se produzca su recepción conforme.
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Cláusula de ofertas técnicas de proveedores |
Las ofertas técnicas de los proveedores deben individualizar claramente los productos y/o servicios ofertados, sin dejar ambigüedades o interpretaciones subjetivas de la oferta, debiendo indicar de forma clara marcas, modelos y características de lo ofertado, pudiendo adjuntar fotos y anexos detallados.
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Término Anticipado |
Sin perjuicio de las acciones y derechos que correspondan a la Institución, de conformidad al ordenamiento jurídico en caso de incumplimiento del proveedor adjudicado, la Brigada Motorizada N.°1 “Calama” podrá ejercer la facultad de resolver y dar por terminado anticipadamente el contrato y hacer efectiva la multa de “termino anticipado del contrato”, si el proveedor incurre en alguna de las situaciones que se describen a continuación, las que constituyen incumplimiento grave de las obligaciones del contrato:
a) Si el prestador no realizara la entrega de los requerimientos contratados.
b) Si el proveedor se encontrare en cesación de pagos o en una situación patrimonial que por razones fundadas permite presumir que impedirá el cabal y oportuno cumplimiento de sus obligaciones contractuales, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Si el proveedor, incurre en incumplimiento de cualquiera otra obligación que se haya establecido en algún documento del contrato como esencial y determinante o que para cuyo incumplimiento se haya previsto expresamente la resolución o terminación anticipada del contrato.
Sin perjuicio de lo señalado, el contrato, podrá modificarse o terminarse anticipadamente, cuando concurra alguna de las cláusulas definidas en el Art.77° del Reglamento de la Ley N.° 19.886.
Asimismo, ante cualquier incumplimiento del proveedor en las obligaciones establecidas, la Brigada Motorizada N.°1 “Calama” podrá hacer cobrar la multa del “termino anticipado del contrato”, equivalente al 20% del monto total de la orden de compra aceptada por el proveedor, sin forma de juicio.
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Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos |
La Brigada Motorizada N.°1 “Calama” notificará al proveedor de los incumplimientos y las conductas que lo constituyen como tal, en conformidad al Art. 46 de la Ley N.°19.880, para que dentro del plazo de 05 (cinco) días hábiles contados desde la fecha de la notificación, el proveedor pueda remitir a esta unidad sus respectivos descargos.
Transcurridos este plazo; y también en caso de no levantar la multa, la Brigada Motorizada N.°1 “Calama” notificara de la resolución al proveedor a través del portal electrónico, señalando la forma de cumplir con el pago de la multa en un tiempo no mayor a 10 (diez) días hábiles desde la notificación.
Una vez ejecutado el pago, el proveedor deberá acreditar este último ante la Sección Finanzas de la Brigada Motorizada N.°1 “Calama” a través de carta certificada o al correo electrónico adq.brimot.n1@gmail.com , adjuntando el comprobante del vale vista en un plazo no mayor a 2(dos) días hábiles posterior a haber efectuado el deposito dentro de los plazos entes establecidos.
Para lo anterior, el vale vista debe ir dirigido a la cuenta “FORA”, Rol Único Tributario 61.101.052-4, cuenta N.° 9005579.
El plazo posterior al “Plazo de entrega” adjudicado, es de 20 (veinte) días hábiles equivalente al máximo cobro de multa. En caso de no cumplimiento luego de este último plazo, se podrá dictaminar el “Término anticipado del contrato” por no cumplimiento del proveedor, devolviendo los productos recibidos y cobrándose la multa correspondiente al “Término anticipado del contrato” que equivale al 20% (veinte por ciento) del monto total de la orden de compra aceptada por el proveedor.
El monto máximo de la multa aplicable por atraso en la entrega de los productos corresponde a un 20% (veinte por ciento) del monto total figurado en el contrato (Orden de compra aceptada por el proveedor), por lo cual, la multa diaria corresponde a un 1% (un por ciento) hasta completar el 20% (veinte por ciento). En caso de que el atraso supere los 20 días hábiles de multa, se podrá dictaminar el “Término anticipado del contrato” por no cumplimiento del proveedor, cobrándose la multa correspondiente.
En caso de ser notificado el proveedor por productos en mal estado o baja calidad, este deberá reponerlos en un plazo igual al inicialmente ofertado, en caso de no dar cumplimiento a ello, se podrá dictaminar el “Término anticipado del contrato”, por no cumplimiento del proveedor, cobrándose la multa correspondiente al 20% (veinte por ciento) del monto total de la orden de compra aceptada por el proveedor.
Finalmente, la entidad licitante, podrá ejercer la facultad de resolver y dar por “Término anticipado del contrato” por incumplimiento de las obligaciones del proveedor, por consiguiente, en caso de que se establezca el término anticipado del contrato, se podrá readjudicar al oferente que sigue con el mejor puntaje según matriz de evaluación, siempre y cuando que su oferta sigue vigente.
En caso de que el proveedor no cumpla con el pago de las multas antes mencionadas, la Brigada Motorizada N.°1 “Calama”, podrá remitir los antecedentes al Consejo de defensa del Estado a fin de que se ejerzan las acciones encaminadas al resarcimiento de los perjuicios causados al patrimonio fiscal.
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Efectos derivados de incumplimientos del proveedor |
Se entenderá por atraso en la entrega de los productos y/o servicios acordes a los días que superen el “Plazo de entrega” adjudicado, en concordancia a los establecidos en las presentes bases.
En caso de atraso en la entrega, la Brigada Motorizada N.°1 “Calama” aplicará una multa al proveedor, equivalente al 1% (un por ciento) por producto de la orden de compra aceptada por el proveedor, por cada día hábil de atraso, hasta que se cumpla el 20% máximo de multa o, en su defecto, hasta que la entrega se materialice a plena conformidad de la Brigada Motorizada N.°1 “Calama”, la recepción de lo requerido, en las condiciones convenidas.
Se hace presente que, de existir recepción parcial esta multa se calculara acorde a los productos que fuesen entregados fuera de plazo, de esta forma la multa será proporcional. En el caso de los servicios que son considerados como un todo, la multa se calculara contra recepción total, entendiendo que no se puede determinar una recepción parcial del servicio, a salvedad que existan hitos estipulados por contrato que establezcan fases de ejecución, que puedan ser cuantificadas para efectos de pago por entregas parcializadas del servicio.
Las multas por atraso, se impondrán hasta un 20% (veinte por ciento) de la orden de compra aceptada por el proveedor, y una vez alcanzado ese porcentaje se procederá a resolver el contrato total o parcialmente o bien a exigir su cumplimiento forzado.
En caso de declararse el termino anticipado del contrato, se cobrará una multa del 20% de la orden de compra aceptada por el proveedor.
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Clausula de bases técnicas y administrativas |
EL presente proceso se regira por bases adjuntas al portal.
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VISITA TERRENO OBLIGATORIA (EXCLUYENTE) |
Visita a Terreno de carácter OBLIGATORIA.
La visita a terreno iniciara en dependencias Brigada Motorizada N.°1 “Calama” ubicada en Avenida Chorrillos 716, Calama, la fecha y hora serán definidas según lo establece el portal, esta visita será OBLIGATORIA.
El horario de inicio de la visita será a partir de las 08:30 hasta las 09:30 AM, una vez en el lugar se reconocerán las dependencias a habilitar, todo quedará reflejado en una “Acta de visita a terreno”.
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