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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia en sistema de riego”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Precio”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "Cumplimiento de los requisitos” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Impacto Medioambiental”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas deberán ser realizadas con el debido fundamento, dentro de las 48 horas siguientes a la adjudicación de la licitación, en la dirección de correo:
milson.cardenas@conaf.cl
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Si no se encuentra en registro de chile proveedores, se solicitará un documento donde señale el cumplimiento de este punto, mediante copia de formulario de cotizaciones timbrada por la institución previsional correspondiente o certificado vigente emitido por la Dirección del Trabajo.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Si es necesario aclaración de ofertas, se utilizará el foro inverso del sistema www.mercadopublico.cl. Los antecedentes que se soliciten deberán tener carácter informativo y/o complementario, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación. Si es necesario aclaración de ofertas, se utilizará el foro inverso del sistema www.mercadopublico.cl
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Readjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar yo la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Definiciones |
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Además de las definiciones señalas en el artículo 2 de la ley 19.886 se entenderá por: a) Corporación o CONAF: La Corporación Nacional Forestal, organismo de derecho privado que tiene a su cargo la administración de las áreas silvestres protegidas del SNASPE, de acuerdo al artículo 10 del D.S. 4363 del año 1931 del Ministerio de Tierras y Colonización, modificado por el artículo 85 de la ley 18.768 de 1989 en el cual se incluyen los parques nacionales. b) Dirección o Dirección Provincial: la Dirección en la provincia de Ultima Esperanza. c) Jefe Provincial: la persona que desempeña el cargo de Jefe de la provincia de Ultima Esperanza de la Corporación. d) Proveedor: la persona natural o jurídica que, en virtud de la oferta, contrae la obligación de abastecer o entregar el bien requerido de acuerdo a los presentes términos de referencia. e) Especificaciones técnicas: El pliego de características, requisitos, dimensiones, marcas, garantías, etc. que deberán cumplir los servicios, permitiendo su clara identificación. f) Propuesta: La cotización ofrecida por el proponente para los objetos indicados en la letra anterior, la que deberá ajustarse a los antecedentes suministrados por la licitación.
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Prorroga fecha cierre recepción de ofertas |
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La fecha de cierre de recepción de ofertas podrá ser prorrogada por la Corporación si no se hubieran recibido ofertas antes de 24 horas para el cierre o se efectuasen modificaciones complementarias a las bases, en caso que a dicha fecha no se hayan recibido ofertas en el portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl, En este mismo acto, también podrán ser ampliadas cada una de las fechas de las demás etapas de esta licitación pública.
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Complementación de las bases |
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La Corporación podrá complementar las bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl Estas complementaciones formaran parte integral de las bases.
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Servicios adicionales |
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Si la Unidad técnica requiere servicios adicionales a los señalados en la presente licitación pública, se podrá recurrir a este proceso licitatorio ajustado, el que en ningún caso podrá exceder al monto estipulado para las presentes bases.
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Sobre la adjudicación |
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La CONAF declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la CONAF de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La CONAF podrá además declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada.
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Resolución de adjudicación |
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La CONAF adjudicará a través de una resolución fundada que será publicada en www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitada.
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Regulación de la licitación |
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La presente licitación se regirá en todo momento por lo dispuesto en la Ley 19.886, su reglamento y las presentes bases.
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Readjudicación de ofertas |
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La Corporación podrá readjudicar las ofertas cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento o desistimiento, de acuerdo a la Ley 19.886 y su Reglamento, adjudicando a la oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación. De igual manera hará efectiva la garantía que se hubiere establecido como seriedad de la oferta comprometida.
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Estado de pago |
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El pago del servicio se hará a treinta (30) y sesenta (60) días o una vez finalizado la totalidad de los trabajos requeridos, los cuales serán recepcionados por parte del Jefe de la Unidad Forestal Provincial quien elaborará un informe de conformidad respecto a los trabajos.
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Contratos y seguridad de los trabajadores |
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El prestador del servicio deberá tener los contratos al día con sus trabajadores. Ya en la operación de las actividades del vivero, se deberán mantener los contratos e imposiciones al día, así como los seguros laborales y el contrato con la empresa de mutualidad correspondiente. Se deberá velar además por la seguridad de sus trabajadores, lo cual será responsabilidad inmediata del Administrador y del contratista, debiendo velar por la capacitación en técnicas de autocuidado y de suministrar los elementos de seguridad necesarios para un trabajo seguro.
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Uso de la ficha de evaluación y re-evaluación para el servicio solicitado |
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CONAF aplicará el Formulario de Evaluación y Re-Evaluación del Proceso de Compra a los funcionarios responsables de la recepción conforme de los productos y/o servicios recibidos. Los resultados promedios de la aplicación del formulario a los/las proveedores/as externos/as se considerarán para futuros procesos concursables.
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Descripción del servicio |
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El servicio a contratar por parte de CONAF y su Departamento Forestal de la provincia de Última Esperanza, corresponde a los servicios de mantención y reparación del sistema de riego del vivero forestal Dorotea. La descripción detallada de este servicio se expone en el Anexo 7.
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Multas |
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El adjudicatario podrá ser sancionado por la Corporación con el pago de multas por la no realización del servicio. La multa podrá hacerse efectivas a través de descuento en el respectivo pago. La multa por la no realización del servicio se aplicará por cada día que no se haya efectuado el servicio y se calculará en base al 3% del valor ofertado por el adjudicatario. Al adjudicatario se le informará de la sanción vía correo electrónico. El valor a cobrar por la multa se rebajará directamente a la factura generada por el servicio solicitado.
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De la Comisión Evaluadora |
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La comisión evaluadora estará conformada por los siguientes funcionarios: a) Jefe DEFF y DAFF Provincial, b) Profesional Apoyo DEFF y DAFF. El informe final de la comisión evaluadora, deberá referirse a las siguientes materias: a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. c) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante. d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. e) La proposición de adjudicación para adoptar la decisión final.
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Causales de término de prestación de servicios |
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La Conaf o el contratista podrán poner término a la prestación de servicio por los siguientes motivos: 1. Por mutuo acuerdo entre las partes. 2. Por necesidad de cualquiera de las partes, para lo cual deberá dar aviso escrito a la otra parte con al menos treinta días de anticipación. 3. Por incumplimiento de los aspectos técnicos en forma reiterada y no subsanada por parte del contratista. 4. Por incumplimiento de las leyes laborales hacia los trabajadores contratados por el contratista.
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