Modificación de bases:
La CONAF podrá modificar los documentos de la licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
Fecha de la Adjudicación:
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, CONAF publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
Adjudicación, Deserción o Inadmisibilidad:
La CONAF se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la CONAF de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho de adjudicar y/o declarar inadmisible total o parcialmente cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidos en las Bases. Podrá además declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. En estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser por Resolución Fundada.
Cláusula de Readjudicación:
En el caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato; no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases; se desista de su oferta o sea inhábil para ofertar y contratar de acuerdo con los términos de la Ley 21.634 y su Reglamento, CONAF podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
Postulación:
Podrán participar en esta licitación, personas naturales o jurídicas que cumplan las especificaciones técnicas y administrativas indicadas en estas Bases de Licitación. El proveedor deberá postular en el Portal Electrónico www.mercado.publico.cl, debiendo cumplir con los criterios de evaluación exigidos e indicados en las presentes bases de licitación. Las ofertas deberán hacerse en un valor fijo neto en pesos chilenos, especificando el valor unitario del producto o servicio.
Antecedentes legales para realizar el contrato:
Los antecedentes legales que debe cumplir y/o entregar el oferente adjudicado (persona natural o jurídica, según corresponda) al momento de la firma del contrato y aceptación de la orden de compra, son los siguientes: Encontrarse inscrito en el registro oficial de Proveedores del Estado, denominado Chileproveedores. De no estar inscrito, se transcribe a continuación, la instrucción de la Circular N° 09, de fecha 06 de marzo de 2007, de los Ministerios del Interior y Hacienda: “En caso que el o los proveedores adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación o de la emisión de la orden de compra respectiva. Esta Corporación examinará la habilidad legal del oferente adjudicado a partir de los antecedentes del proveedor, que se encuentren publicados digitalmente en el Sistema Chileproveedores.
Causales para dar término al contrato:
La Corporación podrá poner término anticipado al contrato, o bien llamar a licitación nuevamente, por simple acto administrativo, sin necesidad de demanda ni requerimiento judicial, pudiendo hacer efectiva las garantías que se hubieran constituido, si concurre alguna de las causales que, a continuación, se señalan, sin perjuicio de las que establece la ley:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento, por parte del oferente, de las obligaciones y plazos establecidos en las Bases de Licitación administrativas y técnicas.
3. Estado de notoria insolvencia del oferente, a menos que mejore las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Declaración de quiebra del oferente.
5. Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del oferente.
6. Muerte o incapacidad sobreviniente del oferente, si fuese una persona natural.
7. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
8. Aplicación de 2 Multas leves o 1 Multa grave.
9. Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo Contrato.
10. Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva, o es formalizado por iguales delitos o por delitos en que CONAF tenga la calidad de víctima.
11.Si el Adjudicatario cayere en inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
12. Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N°21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023.
13. Si se llegase a acreditar el incumplimiento por parte del oferente con lo indicado en el programa de integridad presentado, si corresponde. CONAF y el Adjudicatario, de común acuerdo, podrán resolver poner término al Contrato. Por su parte, el Prestador de Servicios podrá poner término anticipado al Contrato, por motivos fundados y previamente aceptados por CONAF, dando aviso de manera escrita al respectivo Responsable de Contrato de CONAF, con 30 días de anticipación. En caso de que la Corporación decida unilateralmente terminar anticipadamente el contrato, se comunicará tal decisión al Proveedor mediante carta certificada, el cual podrá expresar sus descargos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación. Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulados descargos, el Director Regional procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en la Ley 19.880. La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta certificada y, además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
MULTAS
Con el objeto de asegurar la calidad y continuidad del servicio, CONAF estará facultado a cobrar multas de acuerdo a faltas al proveedor adjudicado de acuerdo al siguiente detalle:
1.- Leve
No ejecución de Aseo por inasistencia de personal de aseo 1 UF por día con tope de 3 días en 1 mes.
2.- Grave
No ejecución de Aseo por inasistencia de personal de aseo 1 UF por día con tope de 4 días en 2 meses consecutivos. El proveedor deberá comunicar por escrito, tan pronto prevea un retraso, el nuevo plazo, alegando las causas que justifiquen el aplazamiento, para lo cual la Corporación se pronunciará pudiendo acoger los fundamentos y prorrogar la entrega de los productos, o en su defecto, no acogerlos y aplicar las multas que correspondan.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
El Procedimiento de Aplicación de Multas regula las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento por parte de los proveedores y sus obligaciones establecidas en las Bases de Licitación o contratos correspondientes. Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, el Responsable del Contrato notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación precedente, el proveedor tendrá un plazo de (5) cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director Regional, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo indicado precedentemente, sin presentar descargos, CONAF dictará la respectiva resolución fundada aplicando la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, CONAF tendrá un plazo de hasta (5) cinco días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente, lo que se determinará, mediante la respectiva resolución fundada, lo que se notificará al proveedor, por correo electrónico o por carta certificada. El monto máximo a cobrar en concepto de multas, no podrá sobrepasar el 10% del monto total del contrato.
Resolución de Empates:
Cabe señalar, que si existirá igualdad de puntaje, se aplicará para realizar el desempate, lo siguiente: 1. Se deberá evaluar considerando el que tenga el mejor puntaje en el criterio Precio. 1. De continuar el empara, se deberá considerar a quien en su oferta obtenga el mejor puntaje en el criterio Experiencia Si aplicados los criterios anteriores persiste el empate, será adjudicado el oferente que haya ingresado primero su oferta al portal Mercado Público.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación:
Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del e-mail sergio.farías@conaf.cl, y serán respondidas por el mismo medio.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes:
En caso que uno o más oferentes omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento de CONAF, a través del foro inverso. Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y económica, la cual deberá ser entregada antes del cierre de la adquisición. (Artículo N° 40 del Reglamento)
Consultas y aclaraciones antes del cierre de la licitación:
Las consultas referentes a las Bases de esta licitación pública, deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del Portal de Compras del Estado, durante las fechas indicadas en el calendario de esta licitación. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad, en los plazos estipulados en las presentes bases.
Consultas posteriores al cierre de la licitación y antes de su adjudicación:
CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “FORO INVERSO” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrá constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
Observaciones o Reclamos:
El o los proponentes que deseen efectuar alguna observación, respecto de la apertura de las ofertas, deberá hacerlo a través del portal, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Comisión de Evaluación de las Ofertas:
La Comisión Evaluadora de las ofertas recibidas en la presente licitación pública estará integrada por los siguientes funcionarios de la Corporación:
• Jefe de Sección de Finanzas y Administración de la Oficina Provincial Chiloé o quien subrogue
• Funcionario de la Provincia de Chiloé que se designe.
• Jefe Provincial de la Provincia de Chiloé o quien subrogue.
Responsabilidades de las Partes:
Las responsabilidades de las partes emanadas de las bases de licitación, se adquieren al momento que se adjudica la orden de compra y esta es aceptada por el o los proveedor (es) adjudicado (s).
De las Obligaciones del Proveedor:
El oferente adjudicado estará obligado a entregar el producto y/o servicio solicitado de acuerdo a lo señalado en las presentes bases administrativas y técnicas, especificaciones técnicas, anexos, contrato de adquisición de bienes o de prestación de servicios y otros documentos que así lo establezcan.
Cláusula de Confidencialidad y de Propiedad Intelectual:
El contenido del estudio y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento el contratista, profesional y/o ejecutor, relativa actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros bajo ninguna circunstancia, ya sea por el contratista o sus dependientes, incluso después de la terminación del mismo. Específicamente, quedará prohibido al contratista, profesional y/o ejecutor, y a su personal, divulgar o hacer pública cualquier información entregada y/o obtenida de CONAF respecto a su actuar, administrativo, de investigación y de gestión. En consecuencia el contratista, profesional y/o ejecutor, deberá instruir a cualesquiera de sus empleados y consultores que tengan acceso a dicha información que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente y a mantener la confidencialidad correspondiente, evitando el acceso de terceros a la misma; adoptar medidas de seguridad adecuadas para conservar la propiedad de la Información confidencial, libres de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia Información confidencial.
Los resultados intelectuales o materiales, informes y productos, que con ocasión de la ejecución del estudio se obtengan, sean que estén en soporte material o digital, tales como procedimientos, archivos, manuales u otros, son de propiedad de la Corporación, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie para su uso, no pudiendo por tanto el contratista realizar ningún acto respecto de ellos, salvo expresa autorización de CONAF.
Resolución de Conflictos:
Las partes procurarán solucionar sus conflictos en forma amistosa y de común acuerdo. En caso de no prosperar o no llegar a acuerdo en los términos señalados, se someterán a los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Castro.
Forma de Pago:
A 30 días contra entrega del documento tributario correspondiente. Contados desde la fecha de la recepción conforme de los servicios adquiridos por CONAF, Región de Los Lagos.
La facturación deberá ser extendida de la siguiente forma:
Razón Social: Corporación Nacional Forestal
RUT: 61.313.000-4
Giro: Incremento, conservación, manejo y aprovechamiento de recursos naturales.
Domicilio: Gamboa N°424
Comuna: Castro
Región: Los Lagos.
Para el pago de los servicios, el proveedor debera entregar todo aquel documento que acredite el pago de las imposiciones de los trabajadores asociados a los servicios licitados por CONAF ( F 30 )